Programa ACREDITA PLUS

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Transcripción:

Programa ACREDITA PLUS Guía de evaluación para la renovación de la acreditación y la obtención del sello EUR-ACE para títulos oficiales de Grado y de Máster en ingeniería Versión 2. Febrero 2015 Este documento es propiedad de ANECA y del IIE. Su contenido podrá ser utilizado siempre que se cite su procedencia.

Este documento corresponde a la última versión de la Guía de evaluación para la renovación y obtención del sello EUR-ACE para títulos oficiales de Grado y de Máster en ingeniería, de fecha 5/2/2015. La versión 2, varía respecto a la versión 1 de la fecha 31/7/2014, en la que se incluyen los resultados del aprendizaje relativos a Innovación e investigación de ENAEE (European Network for the Accreditation of Engineering Education) en la tabla 2M del apéndice 1.3, que no fueron incluidos en la anterior versión por error. 2

Índice 1. INTRODUCCIÓN... 4 2. EL SELLO EUR-ACE... 5 3. ALCANCE DE ESTA GUÍA... 7 4. EL MODELO DE EVALUACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL SELLO EUR-ACE... 7 5. VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS DEL SELLO EUR-ACE... 15 6. EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL SELLO EUR-ACE... 16 7. RESULTADO PROCESO DE EVALUACIÓN... 23 8. COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONES ESPECÍFICAS DEL SELLO EUR-ACE... 24 9. COSTE DEL PROCEDIMIENTO DE ACREDITACIÓN EUR-ACE... 26 APÉNDICE 1. BLOQUE II DE LOS DOCUMENTOS DE AUTOEVALUACIÓN del programa acredita plus en el ámbito de ingeniería... 28 Apéndice 1.1. GUÍA DE AUTOEVALUACIÓN (Relativa únicamente a los Criterios de evaluación del Bloque II)... 30 Apéndice 1.2. PLANTILLA para la elaboración del INFORME DE AUTOEVALUACIÓN (Relativa únicamente a los Criterios de evaluación del Bloque II)... 38 Apéndice 1.3. TABLAS específicas para la autoevaluación del programa ACREDITA PLUS en el ámbito de la ingeniería solicitadas en la directriz 8.1. y 8.2.... 42 APÉNDICE 2. BLOQUE II DE LOS DOCUMENTOS DE EVALUACIÓN EXTERNA DEL PROGRAMA ACREDITA PLUS EN EL ÁMBITO DE LA INGENIERÍA... 66 Apéndice 2.1. PAUTAS PARA LA VALORACIÓN DE LOS RESULTADOS DE APRENDIZAJE (CRITERIOS 6 Y 8) PARA LOS MIEMBROS DEL PANEL DE EXPERTOS 68 Apéndice 2.2.PLANTILLA PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME DE LA VISITA... 72 Apéndice 2.3. PLANTILLA PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME PROVISIONAL DE EVALUACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL SELLO EUR-ACE... 90 Apéndice 2.4. PLANTILLA PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME FINAL DE EVALUACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL SELLO EUR-ACE... 98 APÉNDICE 3. PROCEDIMIENTO PARA COMPROBAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS PRESCRIPCIONES... 106 APÉNDICE 4. INFORMACIÓN PÚBLICA QUE SE SOLICITARÁ A LA UNIVERSIDAD SOBRE LOS TÍTULOS QUE OBTENGAN EL SELLO... 108 APÉNDICE 5. PRINCIPALES CAMBIOS RESPECTO A La Guía de evaluación para la renovación de la acreditación y la obtención del sello EUR-ACE... 112 3

1. INTRODUCCIÓN Acreditación y sellos de calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) España fue uno de los 30 países que firmaron en 1999 la Declaración de Bolonia en la que se sentaron las bases de un proceso destinado a crear el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), que abarca en la actualidad casi todos los países de Europa en su sentido más extenso. En paralelo, la Unión Europea recomienda desde 2005 la modernización de las universidades para mejorar la competitividad de Europa en la sociedad del conocimiento en un mundo globalizado. El fomento de la calidad universitaria es una dimensión clave del EEES. Se basa en sistemas de garantía y mejora de la calidad internos a las universidades y en procedimientos llevados a cabo por agencias de evaluación y acreditación externas a ellas, que se han creado en los países del EEES, fundamentalmente desde el inicio del siglo XXI, con el objetivo de mejorar la formación y empleabilidad de los egresados, promover el reconocimiento de títulos y la movilidad y aumentar la visibilidad y el atractivo de las instituciones universitarias. Con la globalización, la integración económica y el aumento de la movilidad académica y profesional, se hace cada vez más necesario que las acreditaciones de calidad nacionales se reconozcan fuera del país. Para ello, es clave que las agencias de acreditación apliquen unos criterios y procedimientos para la garantía de calidad que gocen de la confianza de las agencias de otros países, de ahí la creación de una Asociación Europea de garantía de calidad - la European Association for Quality Assurance in Higher Education (ENQA) - y de un registro europeo de las agencias con mayor credibilidad entre sus pares el European Quality Assurance Register for Higher Education (EQAR). En este contexto de internacionalización del EEES y del aseguramiento de la calidad universitaria han surgido también iniciativas para la creación de sellos de calidad europeos - no nacionales - que están enfocados a determinados sectores científicotécnicos o profesionales. Tienen la ventaja de facilitar la comparación transfronteriza y ofrecer a las universidades y a sus egresados la posibilidad de demostrar la calidad de sus titulaciones en el ámbito europeo y mundial. Es el caso del sello EUR-ACE en el campo de la ingeniería, que se creó en el año 2000 con el apoyo inicial de la Comisión Europea y que desde 2006 se gestiona desde la European Network for the Accreditation of Engineering Education (ENAEE) de manera descentralizada a través de agencias nacionales. ENAEE es el organismo europeo responsable que otorga la capacidad de expedir el sello EUR-ACE a agencias u otras entidades capaces de garantizar que la calidad de los programas de ingeniería que obtengan el sello se corresponda con los criterios europeos genéricos establecidos y que sus egresados adquieran las competencias definidas. Ya existen agencias autorizadas en varios países de Europa (como es el caso de Alemania, Italia, Francia, Reino-Unido, Rusia e Irlanda) y ya se han expedido centenares de sellos EUR-ACE a programas de ingeniería de estos países. Sin embargo, en España no existía hasta Julio de 2014 una agencia habilitada por ENAEE para expedir el sello. El programa ACREDITA PLUS En España se abre una nueva fase del proceso de fomento de la calidad con la renovación de la acreditación de títulos oficiales. La renovación de la acreditación es 4

obligatoria según el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, que recoge en su artículo 27 bis que la acreditación inicial de los títulos oficiales debe ser renovada periódicamente a partir de la fecha de su verificación o desde la fecha de su última acreditación. La evaluación para la renovación de la acreditación del título oficial llevada a cabo por ANECA tiene como principal objetivo comprobar si los resultados del título son adecuados y permiten garantizar la adecuada continuidad de su impartición hasta la siguiente renovación de la acreditación. ANECA, aprovechando esta nueva etapa y dando un paso más en la acreditación de enseñanzas, ofrece a los títulos de determinadas disciplinas de cualquier universidad española, la posibilidad de obtener un sello internacional de reconocido prestigio, simultáneamente con el proceso de renovación de la acreditación del título. Este es el objetivo principal del nuevo programa ACREDITA PLUS: evitar la multiplicidad de procesos para obtener la renovación de la acreditación del título y el sello europeo/internacional, aprovechando las sinergias entre ambos procedimientos de evaluación. En el ámbito de la ingeniería, ACREDITA PLUS comenzó como proyecto piloto en otoño de 2013 y como convocatoria ordinaria desde julio de 2014, para dar a los títulos oficiales de grado y máster en ingeniería la posibilidad de solicitar la evaluación para la obtención del sello EUR-ACE, al mismo tiempo que se realiza la evaluación para la renovación de la acreditación de dichos títulos. Por ello, el Instituto de la Ingeniería de España (IIE) -como una de las instituciones más representativas del país de la profesión de ingeniero y también miembro de pleno derecho de ENAEE- y ANECA -como actor principal en el proceso de renovación de la acreditación de títulos en España- han identificado el momento actual como el óptimo para llevar a cabo una colaboración que promueva la calidad y el reconocimiento internacional de los grados y másteres españoles en el ámbito de la ingeniería. Esta circunstancia ha permitido que ANECA, en colaboración con el IIE, hayan obtenido en Julio de 2014 la autorización para otorgar el sello EUR-ACE a títulos de grado y máster en ingeniería. La colaboración entre el IIE y ANECA redundará indudablemente en una mejor proyección de nuestros titulados en ingeniería, ya de por sí muy valorados internacionalmente. En 2015 se prevé generalizar la posibilidad de solicitar el sello EUR-ACE directamente, es decir, sin el acoplamiento al proceso de renovación de la acreditación exigido obligatoriamente por la legislación española para títulos oficiales. Ello abrirá así la posibilidad de conseguir el sello europeo EUR-ACE a títulos de universidades extranjeras, en especial de Latinoamérica. 2. EL SELLO EUR-ACE El sello EUR-ACE es un certificado concedido por una agencia autorizada por ENAEE a una universidad en relación con un título de grado o máster en ingeniería, evaluado según una serie de estándares definidos, de acuerdo con los principios de calidad, relevancia, transparencia, reconocimiento y movilidad contemplados en el EEES. 5

El sello EUR-ACE está internacionalmente reconocido y facilita tanto la movilidad académica como la profesional, ya que permite identificar programas de ingeniería de alta calidad en Europa y más allá de sus fronteras, incorporando la perspectiva de los principales agentes implicados (estudiantes, universidades, empleadores, organizaciones profesionales y agencias de acreditación). El sello EUR-ACE es un sello genérico, que es aplicable: - En la diversidad de contextos europeos en los que se desarrolla la educación necesaria para el inicio de la profesión de ingeniero. - En las diversas ramas o especialidades de la ingeniería. - Para las diferentes competencias de los titulados provenientes de grado o máster, de acuerdo con el Marco Europeo de Cualificaciones en la Educación Superior: ENAEE distingue la obtención del sello EUR-ACE para primer y segundo ciclo. - Para la diversidad de contextos normativos nacionales para el ejercicio de la profesión de ingeniero en Europa: siempre se refiere a titulados de ingeniería, focalizándose exclusivamente en los aspectos de la educación superior, sin entrar en la potestad de los países para decidir si una determinada cualificación, acreditada o no, es suficiente para el ejercicio de la profesión, dejando libertad en ese aspecto para requerir un determinado nivel de cualificación, o la necesidad de demostrar un mínimo de práctica profesional. ENAEE señala en su página web los beneficios del sello EUR-ACE : Para las universidades: - Ofrece una evaluación extra de enseñanzas de alta calidad de ingeniería al cumplir los estándares establecidos por la profesión de la ingeniería. - Es un incentivo para potenciales estudiantes para elegir enseñanzas con la etiqueta EUR-ACE. - Ofrece información fiable sobre la calidad de los títulos de ingeniería de grado y de máster, útil tanto para el acceso a títulos futuros de máster como de doctorado. Para los estudiantes y egresados: - Asegura que el título con el sello EUR-ACE cumple con estándares europeos e internacionales reconocidos por los empleadores en Europa. - Facilita el acceso a otros másteres con el sello EUR-ACE y a programas de doctorado en otras universidades. - Facilita la movilidad de los graduados tal y como se promueve en la Directiva de la Unión Europea sobre reconocimiento de la cualificación profesional. Para los empleadores: - Asegura que los conocimientos, la comprensión y las competencias prácticas de los egresados de un título de ingeniería con el sello EUR-ACE alcanzan una serie de estándares internacionales de la educación en ingeniería. - Garantiza la consistencia con estándares reconocidos internacionalmente, como el Suplemento Europeo al Título. 6

El sello EUR-ACE está también promovido y apoyado por la European Society for Engineering Education (SEFI) y la European Federation of National Engineering Associations (FEANI), asociaciones miembro de ENAEE. 3. ALCANCE DE ESTA GUÍA Cualquier título oficial de ingeniería de grado o máster inscrito en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) podrá solicitar la evaluación para la obtención del sello EUR-ACE siempre que dicha solicitud se realice de manera conjunta y coincida en el tiempo con la solicitud de evaluación para la renovación de la acreditación. La solicitud obedecerá a las siguientes categorías: - Los títulos oficiales inscritos en el RUCT como grados podrán solicitar el sello EUR-ACE de primer ciclo. - Los títulos oficiales inscritos en el RUCT como máster podrán solicitar el sello EUR-ACE de segundo ciclo. Como se señala en la introducción de esta guía, en 2015 se prevé generalizar la posibilidad de solicitar el sello EUR-ACE directamente, sin asociarse al proceso de renovación de la acreditación. Se abrirá así la posibilidad de conseguir este sello a títulos de universidades de otros territorios como, por ejemplo, Latinoamérica, concretándose el procedimiento asociado en otra guía de evaluación específica para tal fin. 4. EL MODELO DE EVALUACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL SELLO EUR-ACE ENAEE establece que para lograr el sello EUR-ACE, los títulos de ingeniería deben cumplir con una serie de criterios determinados y deben ser evaluados en función de unos procedimientos de acreditación establecidos en su documento EUR-ACE Framework Standards for the Accreditation of Engineering Programmes 1. Las reglas y criterios de evaluación que señala ENAEE afectan a los siguientes conceptos: 1. Necesidades, objetivos y resultados: incluye la consideración de las necesidades de los agentes implicados, los objetivos educativos y los resultados del aprendizaje de los estudiantes. 2. Proceso educativo: incluye la evaluación del plan de estudios, su implantación y los métodos de evaluación. 3. Recursos: integra la valoración del personal académico y administrativo, de las instalaciones, los recursos financieros, y los convenios y alianzas con otras instituciones. 4. Evaluación del proceso educativo: incluye la evaluación de los requisitos de entrada y admisión, y determinados ratios tanto de estudiantes como de egresados. 5. Sistema de gestión: considera los procesos de organización y toma de decisiones y el sistema de garantía de calidad establecido. 1 http://www.enaee.eu/wp-content/uploads/2012/01/eur-ace_framework-standards_2008-11-0511.pdf 7

Para cada uno de estos cinco conceptos ENAEE define una serie de requisitos que deben ser analizados durante el procedimiento de evaluación y un listado de evidencias que deben acompañar al informe de autoevaluación del título. Todo ello puede consultarse en las páginas 8 a 11 del documento EUR-ACE Framework Standards for the Accreditation of Engineering Programmes. Siguiendo estos criterios y con ánimo de aprovechar las sinergias que presentan con los procedimientos de verificación, seguimiento y renovación de la acreditación, ANECA, junto con el IIE, ha diseñado un modelo propio que permite a las universidades solicitar el sello EUR-ACE simultáneamente con la renovación de la acreditación, sin tener que presentar dos expedientes estructurados de manera diferente. El modelo se basa en un estudio detallado de la correspondencia entre los criterios utilizados en la verificación, el seguimiento y la renovación de la acreditación y los de EUR-ACE, identificando los que son comunes y los que se requieren adicionalmente por el sello EUR-ACE, de acuerdo con el EUR-ACE Framework Standards for the Accreditation of Engineering Programmes. La figura 1 muestra el modelo de evaluación propuesto para las universidades que soliciten el sello EUR-ACE simultáneamente con la renovación de la acreditación. El modelo está basado en nueve criterios, internacionalmente reconocidos, que han de ser valorados durante el proceso. Los criterios están agrupados en 2 bloques: - Los siete primeros se corresponden con las tres dimensiones del modelo de renovación de la acreditación acordados por la Red Española de Agencias de Calidad Universitaria, REACU. Son los referidos a: organización y desarrollo del título; información y transparencia; sistema de garantía de calidad; personal académico; personal de apoyo, recursos materiales y servicios; resultados de aprendizaje; e indicadores de satisfacción y rendimiento. Estos siete criterios, que son comunes para la renovación de la acreditación y para EUR-ACE, conforman el Bloque I del modelo. - Los criterios octavo y noveno son requisitos específicos del sello EUR-ACE ; consisten principalmente en los resultados del aprendizaje definidos por ENAEE y en la información relativa al soporte institucional del título. El conjunto de estos requisitos adicionales específicos de EUR-ACE conforman el Bloque II del modelo. Figura1. Modelo de evaluación para la obtención del sello EUR-ACE 8

Los criterios del Bloque I se refieren a: LA GESTIÓN DEL TÍTULO. Serán objeto de análisis la gestión y organización del plan de estudios, incluyendo el acceso, los mecanismos de coordinación docente y los sistemas de transferencia y reconocimiento de créditos; la transparencia y visibilidad del título en cuanto a la información que facilita sobre el mismo a los distintos agentes de interés; y la eficacia del Sistema de Garantía Interno de Calidad como instrumento para recoger información, analizarla, llevar a cabo acciones de mejora y realizar su debido seguimiento. LOS RECURSOS. Serán objeto de análisis la adecuación del personal académico y de los recursos materiales, infraestructuras y servicios puestos a disposición de los estudiantes para garantizar la consecución de las competencias definidas por el título. LOS RESULTADOS. Se evaluarán aspectos relacionados con los resultados del título y la evolución que éstos han tenido durante su desarrollo. En este sentido, se analizarán los mecanismos establecidos por la universidad para comprobar la adecuada adquisición por parte de los estudiantes, de las competencias inicialmente definidas para el título, o más correctamente, los resultados del aprendizaje. También se analizará la evolución de los diferentes indicadores de resultados académicos, profesionales (empleabilidad) y personales (satisfacción de la experiencia formativa). Los criterios del Bloque II se refieren principalmente a: LOS REQUISITOS ESPECÍFICOS DEL SELLO EUR-ACE. Se evaluará la adecuación de los resultados del aprendizaje del título de ingeniería con los resultados de aprendizaje establecidos por ENAEE: -Conocimiento y comprensión, Análisis en ingeniería, Proyectos de ingeniería, Investigación e innovación, Aplicación Práctica de la ingeniería, y Competencias transversales-, así como el soporte institucional del título. A continuación se detallan los criterios incluidos en estos bloques, indicándose para cada uno de ellos, una serie de directrices que permiten conocer los aspectos que se tendrán en cuenta a la hora de valorar si un título recibe o no un informe favorable para la obtención del sello EUR-ACE. BLOQUE I (COMÚN A LA RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN) DIMENSIÓN 1. LA GESTIÓN DEL TÍTULO Criterio 1. ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO Estándar: 1. El programa formativo está actualizado y se ha implantado de acuerdo a las condiciones establecidas en la memoria verificada y/o sus posteriores modificaciones. DIRECTRICES A VALORAR PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CRITERIO: Se espera, por tanto, que el título cumpla, en el momento de la renovación de la acreditación, las siguientes directrices: 1.1. La implantación del plan de estudios y la organización del programa son 9

coherentes con el perfil de competencias y objetivos del título recogidos en la memoria de verificación y/o sus posteriores modificaciones. 1.2. El perfil de egreso definido (y su despliegue en el plan de estudios) mantiene su relevancia y está actualizado según los requisitos de su ámbito académico, científico o profesional. 1.3. El título cuenta con mecanismos de coordinación docente (articulación horizontal y vertical 2 entre las diferentes materias/asignaturas) que permiten tanto una adecuada asignación de la carga de trabajo del estudiante como una adecuada planificación temporal, asegurando la adquisición de los resultados de aprendizaje. 1.4. Los criterios de admisión aplicados permiten que los estudiantes tengan el perfil de ingreso adecuado para iniciar estos estudios y en su aplicación se respeta el número de plazas ofertadas en la memoria verificada. 1.5. La aplicación de las diferentes normativas académicas se realiza de manera adecuada y permite mejorar los valores de los indicadores de rendimiento académico. Criterio 2. INFORMACIÓN Y TRANSPARENCIA Estándar: 2. La institución dispone de mecanismos para comunicar de manera adecuada a todos los grupos de interés las características del programa y de los procesos que garantizan su calidad. DIRECTRICES A VALORAR PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CRITERIO: Se espera, por tanto, que el título cumpla, en el momento de la renovación de la acreditación, las siguientes directrices: 2.1. Los responsables del título publican información adecuada y actualizada sobre las características del programa formativo, su desarrollo y sus resultados, incluyendo la relativa a los procesos de seguimiento y de acreditación. 2.2. La información necesaria para la toma de decisiones de los potenciales estudiantes interesados en el título y otros agentes de interés del sistema universitario de ámbito nacional e internacional es fácilmente accesible. 2.3. Los estudiantes matriculados en el título, tienen acceso en el momento oportuno a la información relevante del plan de estudios y de los resultados de aprendizaje previstos. Criterio 3. SISTEMA DE GARANTÍA INTERNO DE CALIDAD (SGIC) Estándar: 3. La institución dispone de un sistema de garantía interna de la calidad formalmente establecido e implementado que asegura, de forma eficaz, la mejora continua del título. DIRECTRICES A VALORAR PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CRITERIO: 2 Se incluye en este apartado: El análisis sobre la adecuada secuenciación de las actividades formativas, contenidos y sistemas de evaluación, en cada una de las materias/asignaturas y entre las distintas materias y asignaturas que conforman el curso académico y el plan de estudios, de manera que se eviten la existencia de vacíos y duplicidades y se facilite, con una carga de trabajo adecuada para el estudiante, la adquisición de las competencias por parte del éste. 10

Se espera, por tanto, que el título cumpla, en el momento de la renovación de la acreditación, las siguientes directrices: 3.1. El SGIC implementado y revisado periódicamente garantiza la recogida y análisis continuo de información y de los resultados relevantes para la gestión eficaz del título, en especial de los resultados de aprendizaje y la satisfacción de los grupos de interés. 3.2. El SGIC implementado facilita el proceso de seguimiento, modificación y acreditación del título y garantiza su mejora continua a partir del análisis de datos objetivos y verificables. 3.3. El SGIC implementado dispone de procedimientos que facilitan la evaluación y mejora de la calidad del proceso de enseñanzaaprendizaje. DIMENSIÓN 2. RECURSOS Criterio 4. PERSONAL ACADÉMICO Estándar: 4. El personal académico que imparte docencia es suficiente y adecuado, de acuerdo con las características del título y el número de estudiantes. DIRECTRICES A VALORAR PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CRITERIO: Se espera, por tanto, que el título cumpla, en el momento de la renovación de la acreditación, las siguientes directrices: 4.1. El personal académico del título reúne el nivel de cualificación académica requerido para el título y dispone de la adecuada experiencia y calidad docente e investigadora. 4.2. El personal académico es suficiente y dispone de la dedicación adecuada para el desarrollo de sus funciones y atender a los estudiantes. 4.3. El profesorado se actualiza de manera que pueda abordar, teniendo en cuenta las características del título, el proceso de enseñanza-aprendizaje de una manera adecuada. 4.4. (En su caso) La universidad ha hecho efectivos los compromisos incluidos en la memoria de verificación y las recomendaciones definidas en los informes de verificación, autorización, en su caso, y seguimiento del título relativos a la contratación y mejora de la cualificación docente e investigadora del profesorado. Criterio 5. PERSONAL DE APOYO, RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS Estándar: 5. El personal de apoyo, los recursos materiales y los servicios puestos a disposición del desarrollo del título son los adecuados en función de la naturaleza, modalidad del título, número de estudiantes matriculados y competencias a adquirir por los mismos. 11

DIRECTRICES A VALORAR PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CRITERIO: Se espera, por tanto, que el título cumpla, en el momento de la renovación de la acreditación, las siguientes directrices: 5.1. El personal de apoyo que participa en las actividades formativas es suficiente y soporta adecuadamente la actividad docente del personal académico vinculado al título. 5.2. Los recursos materiales (las aulas y su equipamiento, espacios de trabajo y estudio, laboratorios, talleres y espacios experimentales, bibliotecas, etc.) se adecuan al número de estudiantes y a las actividades formativas programadas en el título. 5.3. En el caso de los títulos impartidos con modalidad a distancia/semipresencial, las infraestructuras tecnológicas y materiales didácticos asociados a ellas permiten el desarrollo de las actividades formativas y adquirir las competencias del título. 5.4. Los servicios de apoyo y orientación académica, profesional y para la movilidad puestos a disposición de los estudiantes una vez matriculados se ajustan a las competencias y modalidad del título y facilitan el proceso enseñanza-aprendizaje. 5.5. En el caso de que el titulo contemple la realización de prácticas externas, éstas se han planificado según lo previsto y son adecuadas para la adquisición de las competencias del título. 5.6. La universidad ha hecho efectivos los compromisos incluidos en la memoria de verificación y las recomendaciones definidas en los informes de verificación, autorización, en su caso, y seguimiento del título relativos al personal de apoyo que participa en las actividades formativas, a los recursos materiales, y a los servicios de apoyo del título. DIMENSIÓN 3. RESULTADOS Criterio 6. RESULTADOS DE APRENDIZAJE Estándar: 6. Los resultados de aprendizaje alcanzados por los titulados son coherentes con el perfil de egreso y se corresponden con el nivel del MECES (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior) del título. DIRECTRICES A VALORAR PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CRITERIO: Se espera, por tanto, que el título cumpla, en el momento de la renovación de la acreditación, las siguientes directrices: 6.1. Las actividades formativas, sus metodologías docentes y los sistemas de evaluación empleados son adecuados y se ajustan razonablemente al objetivo de la adquisición de los resultados de aprendizaje previstos. 6.2. Los resultados de aprendizaje alcanzados satisfacen los objetivos del programa formativo y se adecúan a su nivel en el MECES. 12

Criterio 7. INDICADORES DE SATISFACCIÓN Y RENDIMIENTO Estándar: 7. Los resultados de los indicadores del programa formativo son congruentes con el diseño, la gestión y los recursos puestos a disposición del título y satisfacen las demandas sociales de su entorno. DIRECTRICES A VALORAR PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CRITERIO: Se espera, por tanto, que el título cumpla, en el momento de la renovación de la acreditación, las siguientes directrices: 7.1. La evolución de los principales datos e indicadores del título (número de estudiantes de nuevo ingreso por curso académico, tasa de graduación, tasa de abandono, tasa de eficiencia, tasa de rendimiento y tasa de éxito) es adecuada, de acuerdo con el ámbito temático y entorno en el que se inserta el título y es coherente con las características de los estudiantes de nuevo ingreso. 7.2. La satisfacción de los estudiantes, del profesorado, de los egresados y de otros grupos de interés es adecuada. 7.3. Los valores de los indicadores de inserción laboral de los egresados del título son adecuados al contexto socio-económico y profesional del título. BLOQUE II (ESPECÍFICOS PARA LA EVALUACIÓN EUR-ACE ) DIMENSIÓN 4. EUR-ACE Criterio 8. RESULTADOS DEL APRENDIZAJE EUR-ACE Estándar: 8. Los egresados del título han alcanzado los resultados de aprendizaje establecidos por la European Network For Accreditation Of Engineering Education (ENAEE) para la acreditación EUR-ACE de programas de ingeniería. DIRECTRICES A VALORAR PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CRITERIO: Se espera, por tanto, que el título cumpla las siguientes directrices: 8.1. Los resultados de aprendizaje definidos en el plan de estudios incluyen los resultados relativos a: Conocimiento y comprensión; Análisis en ingeniería; Proyectos de ingeniería; Investigación e innovación; Aplicación Práctica de la ingeniería y Competencias transversales, establecidos por ENAEE para la acreditación EUR-ACE de programas de ingeniería. 8.2. Los resultados de aprendizaje alcanzados por los titulados satisfacen aquellos establecidos por European Network For Accreditation Of Engineering Education (ENAEE) para la acreditación EUR-ACE de programas de ingeniería mencionados en la directriz 8.1. 13

Criterio 9. SOPORTE INSTITUCIONAL DEL TÍTULO Estándar: 9. El título cuenta con un soporte institucional adecuado para el desarrollo del programa formativo que garantiza su sostenibilidad en el tiempo. DIRECTRICES A VALORAR PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CRITERIO: Se espera, por tanto, que el título cumpla la siguiente directriz: 9.1. Los objetivos del título son consistentes con la misión de la universidad y su consecución se garantiza a través de un adecuado soporte en términos económicos, humanos y materiales y de una estructura organizativa que permite una apropiada designación de responsabilidades y una toma de decisiones eficaz. 14

5. VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS DEL SELLO EUR-ACE 5.1. Niveles Cada uno de los criterios y directrices de acreditación mencionados anteriormente se valorarán atendiendo a cuatro niveles 3 : A. Se supera excelentemente: El estándar correspondiente al criterio se logra completamente y, además, es un ejemplo que excede los requerimientos básicos. B. Se alcanza: El estándar correspondiente al criterio se logra completamente. C. Se alcanza parcialmente: Se logra el estándar en el mínimo nivel pero se detectan aspectos puntuales que han de mejorarse. D. No se alcanza: El criterio no logra el nivel mínimo requerido para llegar al estándar correspondiente. 5.2. Requisitos de superación de criterios En ningún caso podrá conseguirse el sello EUR-ACE si se obtiene la calificación de no se alcanza en alguno de los siguientes aspectos: BLOQUE I (Común a la renovación de la acreditación) Personal académico. Recursos y apoyo al estudiante. Resultados de aprendizaje. BLOQUE II (Específico para la obtención del sello EURA-ACE ) Resultados de aprendizaje EUR-ACE Lo anteriormente señalado no excluye que, en función de la naturaleza del título y de la modalidad de enseñanza-aprendizaje del mismo, la identificación de deficiencias graves en otros criterios o aspectos pueda conducir a la denegación del sello EUR-ACE. 3 Además de los cuatro niveles establecidos, a la hora de valorar alguna de las directrices que solamente aplican a unos determinados títulos (por ejemplo: Modalidad semipresencial o Modalidad a distancia), se podrá señalar en la valoración de esa directriz la categoría No aplica. 15

6. EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL SELLO EUR-ACE El programa ACREDITA PLUS, en el ámbito de la ingeniería, ofrece a las universidades la posibilidad de que, en un mismo procedimiento de evaluación, un título de ingeniería pueda obtener la renovación de la acreditación y el sello EUR- ACE. Aquellos títulos oficiales de grado o máster en ingeniería para los que se solicite el sello EUR-ACE junto con la renovación de la acreditación, independientemente de que pertenezcan a universidades radicadas en CCAA que dispongan de agencia de evaluación autonómica, deberán someterse al procedimiento de evaluación definido en esta sección. ANECA firmará, con las agencias de evaluación autonómicas que así lo deseen, los correspondientes convenios de colaboración pertinentes para que éstas puedan ofrecer, junto con el proceso de renovación de la acreditación, la posibilidad de obtener el sello EUR-ACE para títulos de universidades radicadas en sus territorios. Este procedimiento de evaluación presenta una serie de particularidades como se detallará a continuación, si la evaluación para la renovación de la acreditación la realiza un órgano de evaluación, diferente a ANECA, determinado en la Ley de las Comunidades Autónomas. La duración del procedimiento de obtención del sello EUR-ACE no podrá superar los doce meses contados desde que la universidad presenta la solicitud administrativa hasta que ANECA, junto con el Instituto de la Ingeniería de España, emita la decisión final sobre la adjudicación del sello. La figura siguiente describe la secuencia del procedimiento de evaluación para los títulos oficiales de grado y máster en ingeniería que soliciten la renovación de la acreditación y el sello EUR-ACE en el mismo proceso de evaluación. 16

Figura 2. Procedimiento para la obtención del Sello EUR-ACE --- En caso de títulos que pertenezcan a universidades radicadas en CCAA que dispongan de agencia de evaluación autonómica este proceso será responsabilidad de la agencia de evaluación autonómica correspondiente. 17

Se presentan a continuación las diferentes fases del procedimiento de evaluación para la renovación de la acreditación y obtención del sello EUR-ACE. 6.1 Fase de Planificación La Universidad interesada en solicitar la evaluación para la renovación de la acreditación, conjuntamente con la evaluación para la obtención del sello EUR- ACE para uno o varios títulos se pondrá en contacto con ANECA y con las agencias de evaluación autonómicas en su caso, para planificar las posibles fechas a tener en cuenta en dicho proceso de evaluación. Una vez definida la planificación del proceso, ANECA enviará el presupuesto de la evaluación para la obtención del sello y el correspondiente convenio entre ANECA y la universidad de cara a su formalización. 6.2 Fase de Autoevaluación Formalmente, el proceso comenzará con la presentación del informe de autoevaluación, por parte de la universidad. Dicho informe de autoevaluación incluirá la documentación requerida tanto para la evaluación para la renovación de la acreditación como para la obtención del sello EUR-ACE, según se detalla en esta guía. El informe de autoevaluación constará de dos bloques (Bloque I y Bloque II): - Bloque I: se corresponderá con el proceso para la renovación de la acreditación del título y coincidirá con el Anexo 1 de la Guía de autoevaluación del programa ACREDITA: plantilla para la elaboración del informe de autoevaluación. Para la cumplimentación del Bloque I la universidad deberá considerar la Guía de autoevaluación del programa ACREDITA. Esta parte del informe de autoevaluación será de aplicación tanto para las universidades que tengan que realizar la renovación de la acreditación con ANECA, como para las universidades que deban realizar dicha renovación con un órgano de evaluación diferente a ANECA determinado por la Ley de las Comunidades Autónomas. - Bloque II: incluirá los aspectos adicionales al proceso de renovación de la acreditación del título, específicos y necesarios para la obtención del sello EUR-ACE. El Bloque II del informe de autoevaluación viene detallado en el apéndice 1.2 de esta guía. Para la cumplimentación del Bloque II la universidad deberá considerar la Guía de autoevaluación (relativa únicamente a los criterios de evaluación del Bloque II) que se recoge en el apéndice 1.1 de esta guía. 6.3 Fase de evaluación inicial Nombramiento y formación del panel de expertos. Una vez recibido el informe de autoevaluación y la documentación correspondiente, se nombrará el panel de expertos, encargado de la evaluación inicial y de realizar la visita al centro donde se imparte el título. La dirección de ANECA seleccionará y nombrará el panel de expertos según lo establecido en la sección 8 de esta guía. Asimismo, ANECA facilitará a la universidad, la relación de personas que formarán parte del panel de expertos y proporcionará un breve CV de cada uno de sus 18

miembros, a excepción del secretario. La universidad comunicará a ANECA la aceptación de dichos miembros o podrá, si fuera preciso, recusar a alguno de los mismos de forma motivada 4. En este último supuesto, ANECA estudiará las razones que alegue la universidad y procederá, en su caso, a modificar la composición del panel de expertos que realizará la visita al título. Todos los miembros del panel recibirán la formación oportuna y específica para realizar la evaluación para la obtención del sello EUR-ACE. Dicha formación será definida por ANECA y el Instituto de la Ingeniería de España, y recibirla será requisito indispensable para todos los miembros del panel. El procedimiento contempla la realización de reuniones preliminares de discusión físicas o virtuales- entre los miembros del panel para identificar la información que deberá obtenerse durante la visita. Visita a la universidad El procedimiento incluye una visita al centro donde se imparte el título objeto de evaluación. Dependiendo del número de títulos a evaluar, la duración de la visita será de dos o tres días. El calendario concreto de la visita será acordado con cada universidad. La visita incluirá entrevistas con: - los responsables académicos del título. - el profesorado. - el personal de administración y servicios (opcional). - estudiantes. - egresados. - empleadores/representantes de organizaciones de profesionales de la ingeniería. Incluirá también una visita a las instalaciones (bibliotecas, laboratorios, etc.) y la revisión de dosieres de evaluación de asignaturas, proyectos y trabajo fin de grado/máster, finalizando con una reunión del panel de expertos con la universidad. Elaboración del informe de la visita El presidente del panel, en colaboración con los distintos miembros, coordinará la elaboración de un informe de la visita para cada uno de los títulos objeto de evaluación que será consensuado por todos los miembros del panel de expertos y constará de dos bloques: - Bloque I: contendrá la información relativa a la renovación de la acreditación del título y coincidirá con el Anexo 1 de la Guía de evaluación externa del programa ACREDITA: Plantilla para la elaboración del informe de la visita. Para la cumplimentación del Bloque I el panel de expertos deberá seguir la Guía de evaluación externa del programa ACREDITA. - Bloque II: incluirá la evaluación del panel de expertos sobre los aspectos adicionales al proceso de renovación de la acreditación del título, específicos y necesarios para la obtención del sello EUR-ACE. El Bloque II del Informe de la visita viene detallado en el apéndice 2.2 de esta guía. 4 El procedimiento para la recusación de los miembros del panel es el mismo que el establecido para el programa ACREDITA que está publicado en la web de ANECA (http://www.aneca.es/content/download/12928/160279/file/recusacion_procedimiento_140722.pdf) 19

En este informe se valorarán cada una de las directrices según lo señalado en la sección 5.1 de esta guía. 6.4 Fase de renovación de la acreditación El informe de la visita, junto con toda la información disponible del título, se pondrá a disposición por la comisión encargada de la renovación de la acreditación que corresponda: a) La Comisión de acreditación de ANECA, para títulos cuya renovación de acreditación sea responsabilidad de ANECA. b) La Comisión de acreditación que las agencias de evaluación autonómicas hayan establecido para tal fin. En todo caso, la Comisión de Acreditación que corresponda únicamente tomará en consideración el Bloque I del informe de la visita y del informe de autoevaluación remitido por la universidad. 6.5 Fase de evaluación provisional sobre la obtención del sello EUR- ACE Únicamente el procedimiento continuará si el título para el que se solicita el sello ha obtenido un informe de renovación de la acreditación favorable. De ser así, el informe de renovación de la acreditación, junto con el informe de la visita y el informe de autoevaluación del título -además de toda la información disponible del título que ha solicitado el sello-, serán analizados por la Comisión de Acreditación EUR-ACE ANECA-IIE, que tomará en consideración tanto el Bloque I como el Bloque II del informe de la visita y del informe de autoevaluación remitido por la universidad y elaborará el informe motivado de evaluación provisional para la obtención del sello EUR-ACE. Este informe valorará los criterios según los cuatro niveles señalados en la sección 5 de esta guía. Dicho informe provisional para la obtención del sello EUR-ACE será remitido a la universidad. Ésta podrá presentar las alegaciones que estime oportunas, así como un plan de actuación, en su caso, en el plazo de veinte días. Este plan de actuación (plan de mejoras) tiene como objetivo identificar las actuaciones, los responsables y las fases que realizará la universidad para subsanar o mejorar los aspectos considerados en el informe provisional recibido. 6.6 Fase de evaluación final y decisión sobre la obtención del sello Tras la recepción de alegaciones y el plan de actuación, éstos serán revisados por la Comisión de Acreditación EUR-ACE ANECA-IIE, que elaborará el informe motivado de evaluación final y tomará la decisión sobre la obtención del sello EUR-ACE, que será comunicada a la universidad correspondiente. La decisión final debe corresponderse con una de las señaladas en la sección 7 de esta guía y se incluirá en el informe final sobre la obtención del sello EUR-ACE. De esta forma, la universidad habrá recibido dos informes finales: Informe relativo a la renovación de la acreditación (que se corresponderá únicamente con el Bloque I del modelo de evaluación descrito) responsabilidad de ANECA o del órgano de evaluación que determine la Ley de las Comunidades Autónomas. 20

Informe relativo a la evaluación para la obtención del sello EUR-ACE (que se corresponderá con el Bloque I y el Bloque II del modelo de evaluación descrito en la sección 4 de esta guía), que será responsabilidad de ANECA y del Instituto de la Ingeniería de España (IIE). Apelación sobre la decisión del sello EUR-ACE. La universidad podrá apelar la decisión sobre la obtención del sello EUR-ACE en el plazo de treinta días. Tras su recepción, la reclamación será revisada por la Comisión de Apelación ANECA Instituto de la Ingeniería de España (IIE) que resolverá la reclamación y tramitará la decisión final. 6.7 Expedición, publicación y uso del sello EUR-ACE Expedición y publicación. Aquellos títulos oficiales de grado y máster en ingeniería que hayan obtenido el sello recibirán el correspondiente certificado -que estará firmado por el presidente de la European Network for Accreditation of Engineering Education (ENAEE), el director de ANECA y el presidente del Instituto de la Ingeniería de España y serán incluidos en la lista de títulos EUR-ACE de la página web de ANECA, así como en la web de ENAEE. La universidad que obtenga el sello-con o sin prescripciones- tendrá que cumplimentar el apéndice 4 de esta guía y remitirlo a ANECA en el plazo de 10 días. Utilización del sello. Los títulos oficiales de grado y máster en ingeniería que hayan obtenido una evaluación favorable y, por tanto, hayan obtenido el certificado EUR- ACE correspondiente, podrán utilizar el logo de EUR-ACE para indicar que la enseñanza cumple con los estándares europeos de ENAEE. El logo de EUR-ACE podrá ser descargado de la página web de ANECA para ser incluido en la página web del título, logo que deberá llevar, mediante un hipervínculo, a la página web de ENAEE: http://www.enaee.eu/ La correcta utilización del logo EUR-ACE será responsabilidad de la universidad que ofrezca el título objeto de evaluación. El uso indebido del sello o del logo podrá resultar en su inhabilitación. 21

A modo de conclusión, la siguiente figura ilustra las diferencias en el procedimiento entre el programa ACREDITA y el programa ACREDITA PLUS en el ámbito de la ingeniería. Figura 3. Procedimiento de evaluación para la renovación de la acreditación vs. procedimiento de evaluación para la obtención del sello EUR-ACE Comisión correspondiente de renovación de la acreditación 22

7. RESULTADO DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Una vez completado todo el proceso de evaluación, la Comisión de Acreditación EUR-ACE ANECA-IIE, incluirá en sus informes finales tres posibles decisiones: a) Obtención del sello: para aquellos títulos oficiales de grado y máster en ingeniería que hayan obtenido una valoración A (se supera excelentemente) o B (se alcanza) en todos los criterios de evaluación. La obtención del sello podrá incluir, en cualquier caso, recomendaciones para la mejora del título y tendrá una validez de 6 años en el caso de los grados y de 4 para el caso de los másteres. b) Obtención del sello con prescripciones: para aquellos títulos que, habiendo obtenido valoraciones A o B en la mayor parte de los criterios de evaluación, cuenten con alguna valoración C (se alcanza parcialmente) en algún criterio. Si el título oficial en ingeniería de grado o máster obtiene el sello con prescripciones, éstas serán especificadas en tiempo y forma, y su consecución debe ser posible dentro de un plazo de tiempo razonable (por regla general inferior a la mitad del periodo total habitual de la renovación de la acreditación). Será la comisión de acreditación EUR-ACE la encargada de determinar la fecha de verificación del cumplimiento de las prescripciones. La adjudicación del sello se hará en función de la aceptación de las prescripciones por parte de la Universidad, incluidas en el informe final de evaluación para la obtención del sello. En este caso, el sello tendrá una validez provisional máxima de 3 años para el caso de los grados y una validez provisional máxima de 2 años para el caso de los másteres. El periodo de validez provisional será determinado en todo caso por la comisión de acreditación EUR-ACE. Una vez cumplido ese periodo se comprobará el cumplimiento de las prescripciones señaladas en el informe final de evaluación para la obtención del sello según el apéndice 2.4 de esta guía. Una vez comprobado el cumplimiento de las prescripciones, se extenderá el sello, según corresponda en cada caso. De no cumplirse las prescripciones establecidas en el informe final de evaluación para la obtención del sello, éste dejará de tener validez para ese título. c) Denegación del sello: para aquellos casos en los que el procedimiento de evaluación determine que no se alcanzan los criterios y estándares especificados en esta guía. 23

8. COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONES ESPECÍFICAS DEL SELLO EUR-ACE A continuación se describe la composición de las diferentes comisiones que forman parte del proceso de evaluación para la obtención del sello EUR-ACE. Todos los miembros de estas comisiones reciben la formación oportuna y específica relativa al sello EUR-ACE. Hay que destacar que los acuerdos de las diferentes comisiones se alcanzan de forma consensuada, de manera que la decisión por parte de los expertos es colegiada y de acuerdo con los criterios establecidos en el sistema de acreditación EUR-ACE. 8.1 Paneles de expertos El panel de expertos es el encargado de realizar la visita al centro donde se imparte el título objeto de evaluación para la obtención del sello EUR-ACE y de la elaboración del informe de la visita. Son de aplicación las funciones y competencias de los miembros del panel de expertos descritos en los epígrafe 3 de la Guía de evaluación externa del programa ACREDITA de ANECA, así como el procedimiento y los requisitos para la selección de los miembros del panel de expertos definidos en ese mismo documento. Estos paneles estarán integrados por los siguientes miembros: 1. Un presidente académico con experiencia en procesos de verificación, seguimiento y renovación de la acreditación de títulos como miembro de Comisiones de Evaluación de la rama de ingeniería. 2. Un vocal académico del ámbito científico-técnico del título objeto de evaluación. 3. Un vocal profesional del ámbito de la ingeniería a propuesta del IIE, con la suficiente pericia y experiencia del ámbito de la ingeniería del título objeto de evaluación. 4. Un vocal estudiante, preferentemente del ámbito científico-técnico del título de ingeniería a evaluar, con formación en procesos de evaluación. 5. Un secretario o secretaria técnico especializado en el proceso de evaluación para la obtención del sello EUR-ACE, designado por ANECA. Con objeto de facilitar la diseminación de buenas prácticas en la evaluación para la obtención del sello, el procedimiento ofrece la posibilidad de incorporar observadores externos en el panel de expertos, nacionales o internacionales. Asimismo, el procedimiento establece los mecanismos necesarios para que los miembros del panel de expertos no presenten conflictos de interés con la institución a la que pertenece el título que sea objeto de evaluación para la obtención del sello EUR-ACE. En el caso de títulos que pertenezcan a universidades radicadas en CCAA que dispongan de agencia de evaluación autonómica, la dirección de dicha agencia de evaluación puede proponer a determinados miembros del panel de expertos según quede definido en el correspondiente convenio entre ANECA y la agencia autonómica. 24

8.2 Comisión de Acreditación EUR-ACE ANECA-IIE Esta Comisión es la encargada de analizar el informe de la visita elaborado por el panel de expertos, junto con toda la información disponible del título para el que se ha solicitado el sello -que incluye, entre otros, el informe de autoevaluación del título y el informe de renovación de la acreditación emitido por la Comisión correspondiente-, así como de elaborar el informe motivado de evaluación para la obtención del sello EUR-ACE, de revisar las alegaciones y de tomar la decisión final sobre la adjudicación del sello. Esta comisión representará a todos los ámbitos de la ingeniería y, si fuera necesario, podría contar con subcomisiones. Su composición seguirá la siguiente distribución: 6 ingenieros académicos, designados por ANECA, de reconocido prestigio académico y con experiencia en gestión universitaria y procesos de verificación y renovación de la acreditación. Uno de ellos ejerce de Vicepresidente de la Comisión. 6 profesionales del ámbito de la Ingeniería, designados por el Instituto de Ingeniería de España. Todos ellos representan a las principales ramas de la ingeniería y cuentan con la suficiente pericia y experiencia profesional. Uno de ellos ejercerá de presidente de la Comisión. 2 evaluadores internacionales con experiencia en procesos de evaluación similares, miembros de agencias autorizadas por ENAEE de otros países. Un técnico de ANECA con experiencia y conocimiento en el procedimiento de evaluación para la obtención del sello EUR-ACE, que ejercerá como secretario de la comisión. 8.3 Comisión de apelación EUR-ACE ANECA IIE La comisión de apelación EUR-ACE ANECA IIE será la encargada de revisar las reclamaciones sobre la decisión del sello EUR-ACE que presente la universidad que ha solicitado la evaluación del título. Una vez analizadas, esta comisión resolverá la reclamación y tramitará la decisión final. Esta comisión tendrá una composición paritaria, según la siguiente distribución: 2 profesionales del ámbito de la ingeniería, del Instituto de la Ingeniería de España. Uno de ellos será el Presidente del IIE. 2 miembros de ANECA, uno de de los cuales será el Director de ANECA. Uno de los miembros será designado como secretario para el soporte técnico y metodológico de la Comisión. 25