AFECTACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA SEVESO EN LA INDUSTRIA QUÍMICA ESPAÑOLA. Madrid, 31 de Enero de 2007

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AFECTACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA SEVESO EN LA INDUSTRIA QUÍMICA ESPAÑOLA Madrid, 31 de Enero de 2007

LA NORMATIVA SEVESO RD 1254/1999 y modificaciones OBJETIVO: Tratar de prevenir y controlar los accidentes graves que pudieran ocurrir en un establecimiento debido a la presencia de sustancias peligrosas. ORIGEN: La sucesión n de accidentes y desastres con consecuencias trágicas (gran número n de muertos, heridos y daños al medio ambiente) generaron una presión n social y unos costes económicos y ambientales enormes, y motivaron el inicio de una actuación n legislativa en la UE para abordar la prevención n y control de este tipo de accidentes

ALGUNOS ACCIDENTES INDUSTRIALES FLIXBOROUGH Reino Unido, 1974 SEVESO Italia, 1976 SAN JUAN DE IXHUATEPEC México, 1984 BHOPAL India, 1984 AZNALCOLLAR España 1998 TOULOUSSE Francia, 2001 Explosión de vapor de ciclohexano Explosión de una reactor y fuga de dioxinas Explosiones sucesivas en depósitos y tanques de GLP Escape de isocianato de metilo en una planta de fabricación de insecticidas Rotura de una balsa que contenía residuos tóxicos de minería Explosión en fábrica de fertilizantes 28 muertos y cientos de heridos 500 heridos. Evacuación de miles de personas. Miles de animales muertos 1.000 desaparecidos. Destrucción masiva de viviendas. Efecto dominó Más de 20.000 muertos, 150.000 requirieron ayuda médica Riada tóxica en el Guadiamar. Pérdida de cosechas, prohibición de ganadería 29 muertos y más de 1.000 heridos

GENERALIDADES SOBRE LA NORMATIVA Se definen dos categorías as de empresas Seveso: Instalaciones afectadas por el umbral inferior Instalaciones afectadas por el umbral superior Todos los establecimientos afectados tiene que: Adoptar las medidas necesarias para prevenir accidentes graves y limitar sus consecuencias para las personas, los bienes y el medio ambiente Colaborar con los órganos competentes de las CCAA y demostrar que se han tomado dichas medidas Tanto los industriales como las administraciones competentes tiene responsabilidades derivadas de la normativa Seveso.

GENERALIDADES SOBRE LA NORMATIVA II OBLIGACIONES DE LOS INDUSTRIALES (instalaciones umbral superior y umbral inferior) Informar sobre los riesgos que implica su actividad (Notificación, art.6) Informar sobre las medidas previstas para la prevención n y control de accidentes graves (Pol( Política de Prevención n de Accidentes Graves, art. 7; Sistema de Gestión n de la Seguridad, art.7) Elaborar el Plan de Emergencia Interior, art 11 Informar en caso de accidente grave, art 14

GENERALIDADES SOBRE LA NORMATIVA III Toda esta información n es pública p salvo razones de confidencialidad, pero por lo general, ni los trabajadores ni sus representantes la conocen, salvo el Plan de Emergencia Interior, PEI: PEI o Plan de Autoprotección: : aquel en el que se definen y concretan las organizaciones, el conjunto de medios y los procedimientos de actuación n previstos en un establecimiento con el fin de prevenir los accidentes y, en cualquier caso, mitigar sus efectos en el interior de las instalaciones.

GENERALIDADES SOBRE LA NORMATIVA IV OBLIGACIONES DE LOS INDUSTRIALES (instalaciones umbral superior) Las anteriores y además: Informe de Seguridad (PPAG y SG Seguridad) Información n básica b para la que la administración n elabore el Plan de Emergencia Exterior, PEE PEE: establecerá las medidas de prevención y de información, así como la organización y los procedimientos de actuación y coordinación de los medios y recursos de la propia Comunidad Autónoma, y de otras administraciones pública y de entidades públicas y privadas asignadas al plan, con el objeto de prevenir, y en su caso mitigar, las consecuencias de los accidentes graves en establecimientos Seveso sobre la población, el Medio Ambiente y los bienes que puedan verse afectados.

GENERALIDADES SOBRE LA NORMATIVA V OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN (instalaciones umbral superior y umbral inferior) Deben elaborar los PEE Deben estar homologados por la Comisión n Nacional de Protección n Civil. Se debe informar a la población n y hacer simulacros. Deben inspeccionar los establecimientos afectados.

OBJETIVOS DEL ESTUDIO Identificar las instalaciones afectadas por la normativa (actualmente existe dispersión n de fuentes de información). n). Evaluar el cumplimiento de las principales obligaciones derivadas de la normativa, prestando una atención n especial a los aspectos sobre los que los trabajadores deben ser informados y formados, y sobre los que se reconoce su derecho de participación.

DEFINICIÓN N DE LAS TAREAS 1. Análisis de la normativa 2. Revisión n de documentación, n, registros y bases de datos 3. Solicitud de información n a los órganos estatales y autonómicos correspondientes 4. Entrevistas con las autoridades competentes 5. Envío o de cuestionarios a los representantes de los trabajadores de las instalaciones afectadas. 6. Tratamiento de resultados 7. Redacción n del informe final

1. Análisis de la normativa

EVOLUCIÓN N DE LA NORMATIVA SEVESO Recogida y síntesis de reglamentos de los países CEE Directiva 82/501/CEE, Seveso RD 886/1988 Directiva 96/82/CE, Seveso II RD 1254/1999 Modif. RD 948/2005 Directiva 2003/105/CE, Seveso III RD 948/2005

NORMATIVA SEVESO EN LA ACTUALIDAD NORMATIVA BÁSICA B EN EL ESTADO ESPAÑOL: Real Decreto 1254/1999,, por el que se aprueban medidas de control inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.. Contiene las obligaciones de los titulares de las instalaciones y de las administraciones. Modificado por el RD 119/2005 y el RD 948/2005. HERRAMIENTA TÉCNICA T PARA APLICAR EL RD: Directriz básica b de Protección n Civil, aprobada por el RD 1196/2003. Modifica la anterior Directriz básica b para la elaboración n y homologación n de los Planes Especiales del Sector Químico, publicada en la Resolución n de 30 de enero de 1991

ESTUDIO DE LA NORMATIVA Se ha estudiado la normativa profundizandose en los argumentos legales que dan soporte al derecho de información, n, formación n y participación n de los trabajadores sobre los riesgos de accidente grave en su centro de trabajo. Además s se han tenido en cuenta sus derechos como ciudadanos, lo que amplía a sus opciones de intervención. n.

2. Revisión n de la documentación, n, registros y bases de datos

ESTUDIO DE DOCUMENTACIÓN Se ha localizado y estudiado documentación n ofrecida por las páginas p web de: Ministerio del Interior Dirección n General de Protección n Civil y Emergencias Grupo Universitario de Investigación n Analítica de Riesgos, GUIAR, de la Universidad de Zaragoza Igualmente se han consultado artículos de revistas especializadas, no encontrándose ndose datos de interés para el estudio

3. Solicitud de información a los órganos estatales y autonómicos correspondientes

ENVÍO O DE SOLICITUDES Se ha solicitado información n a las autoridades competentes de cada CCAA y de la Administración General del Estado sobre: Relación n de establecimientos afectados según n umbral de afectación Relación n de Planes de Emergencia Exterior elaborados Relación n de establecimientos homologados por la Comisión n Nacional de Protección n Civil. Planes de emergencia exterior pendientes de finalización n y homologación

RECEPCIÓN N DE LA INFORMACION Según n la LEY 27/2006 por la que se regulan los derechos de acceso a la información, n, de participación n pública p y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, la administración tiene que responder en el plazo de un mes. La información n ya ha sido solicitada, por lo que esperamos recibir la contestación n de los organismos competentes en las próximas semanas.

SELECCIÓN N DE EMPRESAS QUIMICAS AFECTADAS POR SEVESO Cuando se disponga de la relación n de empresas afectadas, se seleccionan las empresas químicas (CNAE 24). Se pretende estudiar una muestra suficientemente representativa, para lo que se seleccionarán n un 20% de las empresas químicas afectadas, a las que se remitirán n los cuestionarios.

4. Entrevistas con las autoridades competentes

ENTREVISTAS CON LAS AUTORIDADES COMPETETES En las solicitudes de información n descritas en el apartado anterior ya se ha consultado a las autoridades sobre los aspectos más m relevantes para el estudio, por lo que a no ser que la respuesta no cumpla las expectativas marcadas no se recurrirá a concertar entrevistas con los responsables de los organismos competentes.

5. Envío o de cuestionarios a los representantes de los trabajadores

ELABORACIÓN N DE CUESTIONARIOS PARA LOS REPRESENTATES DE LOS TRABAJADORES Teniendo en cuenta las conclusiones obtenidas al estudiar la normativa, se ha elaborado un cuestionario para evaluar el grado de conocimiento de los trabajadores y su participación n en la gestión n del riesgo.

ENVÍO O DE CUESTIONARIOS A LOS REPRESENTATES DE LOS TRABAJADORES Los cuestionarios se difundirán n a las empresas seleccionadas a través s de las estructuras sindicales. Los responsables de salud laboral y/o medio ambiente se encargarán n de que los delegados las reciban y las contesten con la mayor brevedad posible.

6. Recepción n de encuestas y tratamiento de resultados

TRATAMIENTO DE RESULTADOS Se tratarán n los resultados de las encuestas sobre plantilla para la posterior obtención n de conclusiones. En caso de que sea necesario realizar alguna entrevista con las autoridades competentes en materia de protección n civil y emergencias, se grabarán n (en caso de obtener permiso), se transcribirán, n, y se intentará tratar los resultados sobre plantilla.

7. Redacción n del informe final

INFORME FINAL El objetivo del informe final es recoger la realidad de las empresas químicas afectadas por la normativa Seveso en España: a: cuantas son, actividad a la que se dedican, y umbral de afectación. Se pretende, igualmente, motivar la participación de los trabajadores y sus representantes en la aplicación n de la normativa Seveso en el ámbito de las empresas afectadas, ofreciéndoles orientación n para la actuación.

MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCION