16752 III. Otras Resoluciones Consejería de Empleo, Industria y Comercio 2708 Dirección General de Industria y Energía.- Resolución de 28 de mayo de 2015, por la que se resuelve de manera provisional la convocatoria de subvenciones destinadas a favorecer el ahorro y la eficiencia energética en el sector del transporte terrestre, para el ejercicio 2015 y se amplían los plazos de ejecución y justificación para esta convocatoria. Vista la propuesta formulada por el Órgano Colegiado para la emisión de informe de evaluación de las solicitudes de subvención al amparo de la Orden de 2 de enero de 2014 (BOC nº 11, de 17.1.14), por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir en la concesión de subvenciones destinadas a favorecer el ahorro y la eficiencia energética en el sector del transporte terrestre. Examinado el expediente tramitado por el Servicio de Eficiencia Energética y Nuevas Energías, para la concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables, en el ejercicio 2015, y se amplían los plazos de ejecución y justificación para esta convocatoria. Teniendo en cuenta los siguientes I. ANTECEDENTES Primero.- Por Orden de 2 de enero de 2014 se aprueban las bases reguladoras que han de regir en la concesión de subvenciones destinadas a favorecer el ahorro y la eficiencia energética en el sector del transporte terrestre, indicando en la exposición de motivos de la misma que estas subvenciones podrán estar enmarcadas en el Plan Operativo FEDER de Canarias 2007-2013, eje 4, categorías 43 y 52, con una tasa de cofinanciación del 85%. Segundo.- Estas bases fueron modificadas mediante Orden de 5 de febrero de 2014 (BOC nº 32, de 17.2.14). Tercero.- Con fecha 22 de diciembre de 2014 se publica en el Boletín Oficial de Canarias la Orden de 12 de diciembre de 2014, por la que se modifican las bases reguladoras que han de regir en la concesión de subvenciones destinadas a favorecer el ahorro y la eficiencia energética en el sector del transporte terrestre, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 247, de 22 de diciembre de 2014. Cuarto.- Con fecha 3 de febrero de 2015 se publica la Orden de 23 de enero de 2015, por la que se efectúa convocatoria para el año 2015, para la concesión de subvenciones destinadas a favorecer el ahorro y la eficiencia energética en el sector del transporte terrestre, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 22, de 3 de febrero de 2015.
16753 Quinto.- Con fecha 13 de abril de 2015 se publica la Resolución de 31 de marzo de 2015, por la que se requiere subsanar las solicitudes según Orden de 23 de enero de 2015, que efectúa convocatoria para el año 2015, para la concesión de subvenciones destinadas a favorecer el ahorro y la eficiencia energética en el sector del transporte terrestre. Sexto.- Con fecha 21 de mayo de 2015, se reunió el órgano colegiado nombrado según Resolución nº 875 de fecha de 18 de mayo de 2015, de acuerdo a lo establecido en la base 16ª de la citada Orden de 2 de enero de 2014, para una vez evaluadas las solicitudes presentadas, emitir el correspondiente informe en el que se concretan los resultados de la evaluación. Séptimo.- Por otra parte, se observa que previsiblemente el periodo existente entre la concesión definitiva de la subvención y los plazos de ejecución y justificación de los proyectos subvencionados será insuficiente para que las inversiones se puedan realizar sin dificultad. II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Primera.- El artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, establece en su apartado cuarto la obligación de resolver. Segunda.- El artículo 90.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, establece que todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el Ordenamiento Jurídico, renunciar a sus derechos, señalando el artículo 91.2 de la citada Ley que la Administración aceptará de plano el desistimiento o la renuncia, y declarará concluso el procedimiento.... Tercera.- Habiéndose requerido a determinados interesados la subsanación de faltas y/o documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendría por desistidos de su petición, conforme a lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procede dictar resolución declarando el desistimiento a su petición de aquellos interesados que no atendieron en su integridad al requerimiento efectuado, o bien manifestaron su desistimiento de forma expresa. Cuarta.- La presente Resolución de concesión provisional se dicta de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16.4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como en la base 17 de la Orden de 2 de enero de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir en la concesión de subvenciones destinadas a favorecer el ahorro y la eficiencia energética en el sector del transporte terrestre. Quinta.- De acuerdo a lo establecido en la base 17 de la Orden de 2 de enero de 2014, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, el órgano instructor elevará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, al titular del Departamento, que adoptará la propuesta, la cual se hará por cada uno de los dos ejes prioritarios, transporte eficiente mediante vehículo eléctrico (43) y sustitución de combustible a GLP (52). La base 18 establece que se deberá otorgar la aceptación en el plazo máximo de los quince días
16754 siguientes a la notificación. En caso de no otorgarla en dicho plazo, se entenderá que el interesado no acepta la subvención. Sexta.- La base 25 de la citada Orden de 2 de enero de 2014, modificada por la Orden de 12 de diciembre de 2014, estipula que las actuaciones objeto de subvención deberán ser realizadas antes del 20 de julio, de cada uno de los años que comprende el periodo de vigencia de las citadas bases. El citado plazo podrá ser objeto de ampliación, procediéndose en este caso a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. Séptima.- La base 29 de la citada Orden de 2 de enero de 2014, modificada por la Orden de 12 de diciembre de 2014, establece que la inversión subvencionada deberá estar justificada antes del 31 de julio de cada uno de los años que comprende el periodo de vigencia de las presentes bases. No obstante, el órgano concedente de la subvención podrá otorgar una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación, siempre que con ello no se perjudiquen derechos de tercero. Octava.- El artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece en su apartado primero que la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros. Novena.- El artículo 23, apartado 2, del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, estipula que el órgano concedente de la subvención podrá otorgar, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, o en su defecto, en la resolución de concesión, una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación, que en ningún caso podrá exceder del concedido inicialmente, siempre que con ello no se perjudiquen derechos de tercero. Décima.- Según el resuelvo décimo de la citada Orden de 23 de enero de 2015, se delega en el/la titular del Centro Directivo con competencia en Energía entre otras la competencia para resolver la convocatoria para la concesión de subvenciones en el marco de las bases aprobadas por la Orden de 2 de enero de 2014 y modificadas mediante Órdenes de 5 de febrero de 2014 y de 12 de diciembre de 2014. Visto el informe elaborado por el órgano colegiado, y los demás preceptos legales de aplicación y en uso de las competencias que me han sido delegadas, R E S U E L V O: Primero.- Conceder, mediante propuesta de Resolución provisional de conformidad con lo dispuesto en la base 17 de la citada Orden de 2 de enero de 2014, las correspondientes subvenciones a los beneficiarios que se relacionan en el Anexo I, en el cual se señala la actuación a realizar, la cuantía de la subvención concedida y la evaluación.
16755 Segundo.- Según la base 21 de la citada Orden de 2 de enero de 2014, se establecerá una lista de reserva con los proyectos que queden sin subvencionar conforme al procedimiento de resolución provisional de adjudicación, por insuficiencia de crédito presupuestario. Dado que no se agota el crédito no se crea lista de reserva. Tercero.- Denegar las solicitudes de subvención para la realización de los proyectos que se relacionan en el Anexo II, en el que se detallan las causas de dicha denegación. Cuarto.- Declarar desistidos de su solicitud de subvención a los interesados que se relacionan en el Anexo III. Quinto.- Los beneficiarios deberán presentar ante la Dirección General de Industria y Energía en el plazo de 15 días siguientes a la notificación de la concesión de la subvención, su aceptación en los términos expuestos en la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en la base 18 de la citada Orden de 2 de enero de 2014 y según formato de modelo Anexo IV de la citada Orden de 2 de enero de 2014. En caso de no otorgarla en dicho plazo, quedará sin efecto la subvención concedida. A efectos de notificación de esta resolución, tal como se establece en las bases reguladoras (base 18), la misma se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con lo dispuesto en el artº. 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por las Leyes 4/1999, de 13 de enero, y 24/2001, de 27 de diciembre. Conforme a lo previsto en el artículo 2 del Reglamento (CE) 1083/2006, de 11 de julio, se comunica que la aceptación de una ayuda cofinanciada con Fondos Estructurales implica la aceptación a ser incluido en una lista de beneficiarios. Sexto.- De acuerdo a lo dispuesto en la base 18.2 de la Orden de 2 de enero de 2014, la Resolución provisional no crea derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Administración, mientras no haya sido notificada y aceptada. Séptimo.- Ampliar, para la convocatoria de subvenciones destinadas a favorecer el ahorro y la eficiencia energética en el sector del transporte terrestre correspondiente al ejercicio 2014, efectuada mediante Orden de 23 de enero de 2015, los plazos máximos de ejecución y justificación establecidos en las bases 25 y 29 de la citada Orden de 2 de enero de 2014, estableciéndolos en el 25 y 30 de septiembre de 2015, respectivamente. Octavo.- Con el objeto de dar cumplimiento a la normativa comunitaria en materia de información y publicidad, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1083/2006 se hace constar que las subvenciones que se concedan con cargo a la convocatoria de 23 de enero de 2015, son susceptibles de contar con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa Operativo de Canarias 2007-2013 (POC 2007-2013), eje 4, categorías 43 y 52, con una tasa de cofinanciación del 85%.
16756 Noveno.- Las subvenciones concedidas se tramitarán con cargo a la aplicación presupuestaria 15.03.425A.750.00, del proyecto de inversión 14.7000.12 denominado Impulso al transporte bajo en carbono en Canarias. Décimo.- Con carácter general, el pago de la subvención, de conformidad con el artículo 37.2 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, se realizará previa justificación por el beneficiario, y en la parte proporcional a la cuantía de la subvención justificada, de la realización de la actividad objeto de subvención, en los términos establecidos en las correspondientes bases así como en la resolución de concesión. Undécimo.- La cuantía de la subvención concedida, tendrá en todo caso el carácter de límite máximo de manera que si el importe total por el que se certifiquen las obras fuese menor a la inversión subvencionada, la aportación de la Dirección General se verá disminuida en la misma proporción. Duodécimo.- Para lo no previsto en esta Resolución de concesión provisional se estará a lo dispuesto en las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de la Consejera de Empleo, Industria y Comercio de 2 de enero de 2014, modificada por las Órdenes de 5 de febrero de 2014 y de 22 de diciembre de 2014, por la cual se establecen las bases reguladoras que han de regir en la concesión de subvenciones destinadas a favorecer el ahorro y la eficiencia energética en el sector del transporte terrestre, a la normativa autonómica reguladora de subvenciones, en especial, al Decreto 36/2009, de 31 de marzo, modificado por el Decreto 5/2015, de 30 de enero, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8 de abril de 2010), así como a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Además, dado su carácter cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, deberán cumplir las condiciones establecidas en la normativa comunitaria, en concreto en el Reglamento (CE) 1080/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, Reglamento (CE) 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y Reglamento (CE) 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006. Estas actuaciones deberán cumplir, además, lo dispuesto en la Orden de 10 de noviembre de 2009 (BOC nº 227, de 19 de noviembre de 2009), por la que se establecen normas para la gestión, seguimiento y control de las operaciones cofinanciadas con Fondos Estructurales. Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de mayo de 2015.- La Directora General de Industria y Energía, María Antonia Moreno Cerón.
16757 RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y ENERGÍA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y ENERGÍA ANEXO I PROYECTOS ANEXO SUBVENCIONADOS I Folio 5 Folio 5 Vehículos turismos y vehículos PROYECTOS comerciales, SUBVENCIONADOS eléctricos, de hasta 3.500 kg de MMA (eje 4, tema prioritario 43) Vehículos turismos y vehículos comerciales, eléctricos, de hasta 3.500 kg de MMA (eje 4, tema prioritario 43) SUBVENCIÓN EXPTE SOLICITANTE ACTUACIÓN PUNTUACIÓN % SUBVENCIÓN EXPTE SOLICITANTE CRISTO ACTUACIÓN PUNTUACIÓN % COMPRA DE VEHÍCULO TR-15/001 CABALLERO 0,5 2938,50 15,00 ELÉCTRICO SANTANA CRISTO COMPRA DE VEHÍCULO TR-15/001 CABALLERO COMPRA 0,5 2938,50 15,00 ELÉCTRICO DE VEHICULO LIMONIUM SANTANA ELÉCTRICO PARA DISMINUIR LA TR-15/002 0,5 4006,27 15,00 CANARIAS S.L. HUELLA COMPRA DE CARBONO DE VEHICULO DE LA LIMONIUM ELÉCTRICO PARA DISMINUIR LA TR-15/002 ACTIVIDAD 0,5 4006,27 15,00 OCEANOGRAFICA CANARIAS S.L. HUELLA COMPRA DE CARBONO DE VEHICULO DE LA DIVULGACION ELÉCTRICO ACTIVIDAD PARA DISMINUIR LA TR-15/003 OCEANOGRAFICA COMPRA DE VEHICULO 0,5 4006,27 15,00 EDUCACION Y HUELLA DE CARBONO DE LA DIVULGACION CIENCIA S.L. ELÉCTRICO ACTIVIDAD PARA DISMINUIR LA TR-15/003 0,5 4006,27 15,00 EDUCACION Y HUELLA ADQUISICIÓN DE CARBONO DE VEHICULO DE LA TR-15/005 SERMUGRAN CIENCIA S.L. S.L. ELECTRICO ACTIVIDAD PARA EL SERVICIO 0,5 2499,55 15,00 ADQUISICIÓN DE ATENCION DE CIUDADANA VEHICULO TR-15/005 SERMUGRAN S.L. ELECTRICO ADQUISICION PARA DEL EL VEHICULO SERVICIO 0,5 2499,55 15,00 GONZALO LOPEZ TR-15/016 DE HIBRIDO ATENCION ENCHUFABLE CIUDADANA 0,5 4299,90 15,00 GERVÁS ADQUISICION VOLKSWAGEN DEL GOLF VEHICULO GTE GONZALO LOPEZ TR-15/016 HIBRIDO ENCHUFABLE 0,5 4299,90 15,00 GERVÁS ADQUISICION DE VEHICULO MARIA LOURDES VOLKSWAGEN HIBRIDO ENCHUFABLE GOLF GTE TR-15/020 CONCEPCION 0,5 7000,00 13,74 MERCEDES ADQUISICION CLASE DE C VEHICULO 350 PLUG IN MARIA FRAGOSO LOURDES HIBRIDO ENCHUFABLE TR-15/020 CONCEPCION HYBRID 0,5 7000,00 13,74 AYUNTAMIENTO MERCEDES CLASE C 350 PLUG IN FRAGOSO DE SUMINISTRO DE UNA TR-15/030 LA MATANZA DE MOTOCICLETA HYBRID ELECTRICA PARA 0,5 2730,00 15,00 AYUNTAMIENTO DE LA SUMINISTRO POLICIA MUNICIPAL DE UNA TR-15/030 AYUNTAMIENTO LA MATANZA DE DE MOTOCICLETA SUMINISTRO ELECTRICA DE VEHICULO PARA 0,5 2730,00 15,00 TR-15/031 LA MATANZA DE ELECTRICO LA POLICIA PARA MUNICIPAL EL PARQUE 0,5 3387,98 15,00 AYUNTAMIENTO DE SUMINISTRO NATURAL EL DE MONTILLO VEHICULO TR-15/031 LA MATANZA DE ELECTRICO SUMINISTRO PARA DE VEHICULO EL PARQUE 0,5 3387,98 15,00 AYUNTAMIENTO DE NATURAL ELECTRICO MONTILLO PARA TR-15/032 LA MATANZA DE SUMINISTRO DE VEHICULO 0,5 4370,87 15,00 AYUNTAMIENTO DE MANTENIMIENTO DEL AYTO DE LA MATANZA ELECTRICO DE PARA TR-15/032 LA MATANZA DE 0,5 4370,87 15,00 MANTENIMIENTO DEL AYTO DE ADQUISICION PARA APOYO Y SUSTITUCION LA MATANZA DE 9 TRACTORES TR-15/035 LOGISTICA 0,5 52380,00 15,00 ACARREO ADQUISICION TERMICOS PARA POR INDUSTRIAL APOYO Y SUSTITUCION 9 TRACTORES TR-15/035 LOGISTICA ELECTRICOS 0,5 52380,00 15,00 ACARREO TERMICOS POR INDUSTRIAL INSTALACION E INFRAESTRUCTURAS ELECTRICOS PARA ATLANTICA TR-15/036 MULTIPUERTO INSTALACION DE CARGA E DE 10 0,5 9061,73 15,00 HANDLING S.L.U. INFRAESTRUCTURAS PARA ATLANTICA CABEZAS TRACTORAS TR-15/036 MULTIPUERTO ELECTRICAS DE CARGA DE 10 0,5 9061,73 15,00 HANDLING S.L.U. TOTAL CABEZAS TRACTORAS 96.681,06 ELECTRICAS Desarrollo TOTAL de infraestructuras para la recarga de vehículos eléctricos (eje 4, tema prioritario 96.681,06 43): Desarrollo de infraestructuras para la recarga de vehículos eléctricos (eje 4, tema SUBVENCIÓN EXPTE SOLICITANTE ACTUACIÓN PUNTUACIÓN prioritario 43): % SUBVENCIÓN EXPTE SOLICITANTE INSTALACIÓN ACTUACIÓN DE PUNTO DE PUNTUACIÓN % CABILDO INSULAR DE RECARGA INDEPENDIENTE DE TR-15/009 INSTALACIÓN DE PUNTO DE 37,5 20000 41,03 USO PÚBLICO PARA VEHICULOS CABILDO INSULAR DE RECARGA EN INDEPENDIENTE ARRIETA DE TR-15/009 37,5 20000 41,03 USO INSTALACIÓN PÚBLICO PARA DE PUNTO VEHICULOS DE RECARGA EN INDEPENDIENTE ARRIETA DE CABILDO INSULAR DE TR-15/010 USO INSTALACIÓN PÚBLICO PARA DE PUNTO VEHICULOS DE 37,5 20000 40,82 RECARGA INDEPENDIENTE DE CABILDO INSULAR DE EN EL MONUMENTO EL TR-15/010 USO PÚBLICO CAMPESINO PARA VEHICULOS 37,5 20000 40,82 INSTALACIÓN EN EL MONUMENTO DE PUNTO EL DE RECARGA CAMPESINO INDEPENDIENTE DE CABILDO INSULAR DE USO INSTALACIÓN PÚBLICO PARA DE PUNTO VEHICULOS DE TR-15/011 37,5 20000 43,33 EN RECARGA AVENIDO INDEPENDIENTE CANARIAS S/N, DE CABILDO INSULAR DE USO PÚBLICO PARA VEHICULOS TR-15/011 FRENTE A LA ESTACIÓN DE 37,5 20000 43,33 EN GUAGUAS AVENIDO DE DE PLAYA CANARIAS BLANCA S/N, FRENTE A LA ESTACIÓN DE GUAGUAS DE PLAYA BLANCA
TR-15/032 APOYO Y TR-15/035 LOGISTICA INDUSTRIAL Boletín Oficial de Canarias núm. 108 TR-15/004 TR-15/009 TR-15/006 TR-15/010 TR-15/007 TR-15/012 TR-15/013 TR-15/014 TR-15/015 TR-15/028 TR-15/033 TR-15/034 AYUNTAMIENTO DE LA MATANZA DE BARCELO HOTELS CABILDO CANARIAS INSULAR S.L. DE BARCELO ARRENDAMIENTOS HOTELEROS S.L. CABILDO INSULAR DE ENERGIAS RENOVABLES DE BALEARS S.L. BARCELO HOTELS CANARIAS S.L. CABILDO INSULAR DE HOTEL DE FUERTEVENTURA PLAYA S.L. BARCELO ARRENDAMIENTOS HOTELEROS S.L. BARCELO ARRENDAMIENTOS HOTELEROS S.L. AYUNTAMIENTO DEL SAUZAL AYUNTAMIENTO DE LA MATANZA DE AYUNTAMIENTO DE LA MATANZA DE NATURAL EL MONTILLO SUMINISTRO DE VEHICULO ELECTRICO PARA MANTENIMIENTO DEL AYTO DE LA MATANZA DE ADQUISICION PARA SUSTITUCION 9 TRACTORES ACARREO TERMICOS POR ELECTRICOS 16758 HOTEL BARCELO TEGUISE BEACH HOTEL BARCELO CORRALEJO BAY INSTALACION DE PUNTO DE RECARGA RAPIDA EN PUBLICO EN AVDA LAS PALMERAS INSTALACION DE PUNTO DE RECARGA PARA VEHICULOS ELECTRICOS EN EL PARQUE NATURAL EL MONTILLO INSTALACION DE 2 PUNTOS DE RECARGA PARA VEHICULOS ELECTRICOS EN EL AYTO DE LA MATANZA DE 0,5 4370,87 15,00 0,5 52380,00 15,00 INSTALACION E TR-15/036 INFRAESTRUCTURAS PARA ATLANTICA MULTIPUERTO DE CARGA DE 10 HANDLING S.L.U. CABEZAS TRACTORAS 0,5 9061,73 15,00 ELECTRICAS TOTAL RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y ENERGÍA 96.681,06 Desarrollo de infraestructuras para la recarga de vehículos eléctricos (eje 4, tema prioritario 43): Folio 6 EXPTE SOLICITANTE ACTUACIÓN PUNTUACIÓN % TR-15/011 SUBVENCIÓN INSTALACIÓN HOTEL BARCELÓ DE PUNTO DE RECARGA 12,5 15000 60,00 FUERTEVENTURA INDEPENDIENTE DE 37,5 20000 41,03 USO PÚBLICO PARA VEHICULOS EN ARRIETA HOTEL BARCELO SANTA CRUZ INSTALACIÓN 12,5 15000 60,00 CONTEMPORANEO DE PUNTO DE RECARGA INDEPENDIENTE DE USO PÚBLICO PARA VEHICULOS 37,5 20000 40,82 HOTEL EN EL BARCELO MONUMENTO SANTIAGO EL 12,5 15000 60,00 CAMPESINO INSTALACIÓN DE PUNTO DE HOTEL RECARGA BARCELÓ INDEPENDIENTE MARGARITAS DE 12,5 15000 60,00 USO PÚBLICO PARA VEHICULOS 37,5 20000 43,33 EN AVENIDO DE CANARIAS S/N, HOTEL FRENTE BARCELÓ A LA ESTACIÓN JANDÍA PLAYA DE 12,5 15000 60,00 GUAGUAS DE PLAYA BLANCA 12,5 15000 60,00 12,5 15000 60,00 12,5 6374,46 60,00 12,5 5309,34 60,00 12,5 10618,68 60,00 TOTAL 201.438,48 TR-15/018 TR-15/023 TR-15/024 TR-15/025 TR-15/027 TR-15/038 TALLER VICTORIA TENERIFE S.L. SANDS BEACH RESORTS S.L. CANARIAS LODGE S.L. CANARIAS LODGE S.L. ITALENTS UNION INTELIGENTE TALENTOS S.L. TALLER VICTORIA TENERIFE S.L. ANEXO II EXPEDIENTES NO SUBVENCIONABLES MERCEDES BENZ- TALLER VICTORIA - MOVILIDAD SOSTENIBLE ADQUISICION DE COCHES ELECTRICOS CARRY ALL 500 COMPRA DE 12 VEHICULOS ELECTRICOS INSTALACIÓN DE 8 PUNTOS DE RECARGA PARA VEHÍCULOS ITALENT GROPU MERCEDES BENZ- TALLER VICTORIA - MOVILIDAD SOSTENIBLE ANEXO III EXPEDIENTES DESISTIDOS Documentación incompleta: Anexos indebidamente firmados. Solicitud presentada fuera de fecha. EXPTE SOLICITANTE ACTUACIÓN TR-15/008 TR-15/017 MOTOR ARISA S.A. E-MOVE EXPERTOS EN MOVILIDAD SOSTENIBLE AHORRO Y EFICIENCIA EN EL SECTOR DEL TRANSPORTE TERRESTRE PARA EL AÑO 2015 E-MOVE MOVILIDAD SOSTENIBLE
TR-15/024 TR-15/025 CANARIAS LODGE S.L. CANARIAS LODGE S.L. Boletín Oficial de Canarias ITALENTS núm. 108 UNION TR-15/027 INTELIGENTE TALENTOS S.L. TR-15/038 TALLER VICTORIA TENERIFE S.L. COMPRA DE 12 VEHICULOS ELECTRICOS INSTALACIÓN DE 8 PUNTOS DE RECARGA PARA VEHÍCULOS 16759 ITALENT GROPU MERCEDES BENZ- TALLER VICTORIA - MOVILIDAD SOSTENIBLE ANEXO III EXPEDIENTES DESISTIDOS Documentación incompleta: Anexos indebidamente firmados. Solicitud presentada fuera de fecha. EXPTE SOLICITANTE ACTUACIÓN AHORRO Y EFICIENCIA EN EL SECTOR DEL RESOLUCIÓN TR-15/008 DE LA MOTOR DIRECCIÓN ARISA GENERAL S.A. DE INDUSTRIA Y ENERGÍA TRANSPORTE TERRESTRE PARA EL AÑO 2015 E-MOVE EXPERTOS TR-15/017 EN MOVILIDAD E-MOVE MOVILIDAD SOSTENIBLE Folio 7 SOSTENIBLE LA CASA DE LOS TR-15/019 BALCONES-CARLOS LA CASA DE LOS BALCONES MOVILIDAD SCHONFELT SOSTENIBLE MACHADO TR-15/021 MARTIN TORRES MORERA ADQUISICIÓN DE TURISMO ELECTRICO PURO TR-15/022 TR-15/026 TR-15/029 TR-15/037 DRUPKA, FUNDACIÓN CANARIA, GARAFIA, LA PALMA CABILDO INSULAR DE TOMAS GOMEZ SOUTULLO ESTACION DE SERVICIOS EL MIRADOR S.L. COMPRA DE UN COCHE 100% ELECTRICO Y SUSTITUCION DE OTRO DE GASOLINA COMPRA DE COCHE ELECTRICO MOVILIDAD SOSTENIBLE ESTACION DE SERVICIOS EL MIRADOR S.L. MOVILIDAD SOSTENIBLE