CURSO: LEGALIZACIÓN LIBROS CONTABLES 2013 Página 1
CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LA VIDEOCONFERENCIA Ancho de banda requerido: 150 Kbps promedio de carga y de descarga en el servidor Adobe Flash Player 11.1 o superior http://helpx.adobe.com/es/flash-player.html Java Virtual Machine (Version 6 Update 30 o superior). Preferencia browser: CSS habilitado, Javascript habilitado, Cookies habilitado USB webcam y micrófono La cámara web y el micrófono del participante sólo es necesario para interactuar en audio / video. Auriculares / Altavoces UTILIZACION DEL CHAT Se recomienda que la conexión se haga a través del explorador Google Chrome Los posibles problemas técnicos se plasmarán en el chat en letra minúscula, o se conectará con Central para asistencia en el error. Todas las PREGUNTAS sobre la materia que esté desarrollando el ponente se escribirán en LETRA MAYUSCULA. Las preguntas se contestarán según criterio del ponente (según surjan, por bloques o al final de la formación). Se os informará al principio de esta formación Página 2
PRÓXIMOS CURSOS YA DISPONIBLES PARA RESERVA Legalización de libros contables jueves, 3 de abril de 2014 de 16:00 a 17:00 horas. Cuadre de declaraciones y revisión cifras cierre del ejercicio martes, 8 de abril de 2014 de 16:00 a 17:00 horas. CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LA VIDEOCONFERENCIA Ancho de banda requerido: 150 Kbps promedio de carga y de descarga en el servidor Adobe Flash Player 11.1 o superior http://helpx.adobe.com/es/flash-player.html Java Virtual Machine (Version 6 Update 30 o superior). Preferencia browser: CSS habilitado, Javascript habilitado, Cookies habilitado USB webcam y micrófono La cámara web y el micrófono del participante sólo es necesario para interactuar en audio / video. Auriculares / Altavoces Se recomienda que la conexión se haga a través del explorador Google Chrome UTILIZACION DEL CHAT Los posibles problemas técnicos se plasmarán en el chat en letra minúscula, o se conectará con Central para asistencia en el error. Todas las PREGUNTAS sobre la materia que esté desarrollando el ponente se escribirán en LETRA MAYUSCULA. Las preguntas se contestarán según criterio del ponente (según surjan, por bloques o al final de la formación). Se os informará al principio de esta formación. Página 3
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ÍNDICE I. LEGALIZACIÓN LIBROS OFICIALES DE CONTABILIDAD 1. Aspectos a tener en cuenta a la hora de legalizar los libros oficiales de contabilidad y las implicaciones que ello conlleva. 2. Sistemas actuales de presentación de libros y NOVEDADES (telemáticamente y en papel) 3. Consecuencias de la no llevanza de contabilidad y la legalización fuera de plazo. Página 5
1. Aspectos a tener en cuenta a la hora de legalizar los libros oficiales de contabilidad. Quiénes y cuando están obligados a legalizar los libros oficiales de contabilidad? Estarán obligadas todas las sociedades y ciertos empresarios, que deban llevar la contabilidad conforme al Código de Comercio cada año y por tanto a legalizar los libros contables en el Registro Mercantil donde se encuentre su domicilio social. El plazo para presentarlos y legalizarlos es hasta 4 meses desde el cierre del ejercicio social de la empresa para aquellas empresas con ejercicio social igual al natural el plazo de presentación será a finales del mes abril. Página 6
1. Aspectos a tener en cuenta a la hora de legalizar los libros oficiales de contabilidad. Quiénes están obligados a la llevanza de la contabilidad? Y a legalizarlos? Dependiendo de la forma jurídica en la que se ejerza la actividad y el régimen fiscal de la empresa, esta estará obligada a llevar unos libros u otros, a legalizarlos o no e incluso a no estar obligado a llevar la contabilidad de acuerdo al código de comercio y por tanto tampoco a la legalización de los libros, por ello deberemos diferenciar entre tipo de empresario y la obligación de llevar libros así como la legalización de los mismos. A continuación exponemos un cuadro resumen: PROFESIONALES POR CUENTA PROPIA Obligación: llevanza de libros fiscales, no legalización Libro facturas emitidas Libro facturas recibidas Libro Registro bienes de inversión Página 7
1. Aspectos a tener en cuenta a la hora de legalizar los libros oficiales de contabilidad. Quiénes están obligados a la llevanza de la contabilidad? Y a legalizarlos? EMPRESARIOS Obligación: llevanza de libros contables y legalización Estimación directa: Libro diario, inventario y cuentas anuales Obligación: llevanza de libros fiscales, no legalización Estimación directa simplificada: Libro registro de ventas e ingresos, de compras y gastos y de bienes de inversión Obligación: no llevanza de libros, no legalización Estimación objetiva: Libro registro bienes inversión (solamente si existe deducción amortización) Página 8
1. Aspectos a tener en cuenta a la hora de legalizar los libros oficiales de contabilidad. Quiénes están obligados a la llevanza de la contabilidad? Y a legalizarlos? SOCIEDADES MERCANTILES Obligación: llevanza de libros contables y legalización Libros oficiales obligatorios: El diario, el inventario, las cuentas anuales Otras cuestiones a tener en cuenta: El plazo de conservación tanto de los libros obligatorios (diario, inventario y balance inicial y cuentas anuales) como los no obligatorios( mayor, registro de IVA) y los justificantes que soportan las anotaciones registradas es de 6 años. Deberán legalizar los libros aquellas entidades que estén obligados por norma expresa (fundaciones, asociaciones, cooperativas y las comunidades en el caso de ser empresarios) Página 9
2. Sistemas actuales de presentación de libros (telemáticamente y en papel). La legalización de los libros oficiales de contabilidad se podrán presentar de las siguientes formas: Libros oficiales soporte papel Instancia cumplimentada solicitando la legalización. Registro Mercantil dará una fecha para la entrega de los libros. En la fecha dada se llevarán los libros a legalizar. Devolución del registrador de la instancia y los libros legalizados. Página 10
2. Sistemas actuales de presentación de libros (telemáticamente y en papel) La legalización de los libros oficiales de contabilidad se podrán presentar de las siguientes formas: Libros en soporte digital Utilización del programa informático Legalia. Instancia cumplimentando la solicitud de legalización. Se adjunta el certificado de las huellas digitales de los libros. Soporte magnético con el contenido de los libros. Todo se entregará al registrador y posteriormente será devuelto. Página 11
2. Sistemas actuales de presentación de libros (telemáticamente y en papel) La legalización de los libros oficiales de contabilidad se podrán presentar de las siguientes formas: Telemáticamente NOTA: Programa Legalía (existe nueva actualización) Web: www.registradores.org Importante la forma de pago, para la presentación en papel o soporte magnético. Talón nominativo al registro o ingresos bancarios antes de la presentación al RM. Página 12
2. Sistemas actuales de presentación de libros (telemáticamente y en papel) NOVEDAD 2013 Fin legalización de libros en soporte papel cuyo cierre del ejercicio posterior al 29 de septiembre de 2013. Ver criterios adoptados por cada Registro Mercantil. Pendiente desarrollo reglamentarios. Se permite la agrupación de las operaciones del libro diario por periodos trimestrales. Página 13
3. Consecuencias de la no llevanza de contabilidad y la legalización fuera de plazo o no presentación. Si la legalización de los libros se realiza fuera de plazo constará en la instancia devuelta al presentador. A efectos mercantiles la transcendía en la práctica del incumplimiento del plazo es escaso. A efectos tributarios el retraso en la presentación de los libros puede incurrir en una infracción administrativa. Página 14
3. Consecuencias de la no llevanza de contabilidad y la legalización fuera de plazo o no presentación. Si se incumplen los requisitos formales de la llevanza de los libros las principales consecuencias son: En el caso existir una situación de insolvencia por parte del empresario y este se encuentre en concurso, la calificación del mismo dependerá de este incumplimiento, pudiendo llegar a calificarse como fortuito o culpable. En el caso de la que la normativa tributaria establezca la llevanza de la contabilidad y esta sea realizada de forma irregular o inexistente puede derivar en: Pena de prisión de 5 a 7 meses según viene establecido en el código penal. Infracción tributaria grave como consecuencia del incumplimientos de las obligaciones contables y registrales (ver documento adjunto) Página 15
3. Consecuencias de la no llevanza de contabilidad y la legalización fuera de plazo o no presentación. Página 16
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