PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. (SEPIDES, S.A.



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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. (SEPIDES, S.A.), AGRUMINSA, S.A, PARQUE EMPRESARIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, S.L., IBAR ZAHARRA, S.A., A.I. ABRA INDUSTRIAL, S.A. y PARQUE EMPRESARIAL DE SAGUNTO, S.L. Y EL PERSONAL DEPENDIENTE DE ELLOS. 1

ÍNDICE 1. TOMADOR DEL SEGURO... 3 2. ASEGURADO... 3 3. TERCERO... 3 4. OBJETO DEL SEGURO... 4 5. ACTIVIDAD ASEGURADA... 4 6. RECLAMACIÓN... 4 7. SINIESTRO... 4 8. DAÑOS Y PERJUICIOS INDEMNIZABLES... 5 9. ÁMBITO TEMPORAL... 5 10. ÁMBITO GEOGRÁFICO Y JURISDICCIONAL... 5 11. RESPONSABILIDADES Y RIESGOS CUBIERTOS... 5 12. FRANQUICIA... 7 13. GARANTÍA DE ASISTENCIA, DEFENSA JURÍDICA Y FIANZAS... 7 14. LIBERACIÓN DE GASTOS... 8 15. LIMITES DE INDEMNIZACIÓN... 8 16. RESPONSABILIDADES, DAÑOS, PERJUICIOS Y RIESGOS EXCLUIDOS... 8 17. PÓLIZA... 10 18. MEDIACIÓN DEL CONTRATO... 11 ANEXO I. INFORMACION DEL RIESGO... 12 ANEXO II. RELACION DE INMUEBLES, VALLAS Y VOLUMEN DE OBRA... 13 2

1. TOMADOR DEL SEGURO SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. 2. ASEGURADO Tendrán la condición de Asegurado en este Contrato: 2.1 Sepi Desarrollo Empresarial, S.A. (en adelante SEPIDES), Agruminsa, S.A, Parque Empresarial del Principado de Asturias, S.L., Ibar Zaharra, S.A., A.I. Abra Industrial S.A. y Parque Empresarial de Sagunto, S.L. 2.2 Todo el personal de los asegurados anteriores, considerando también al personal directivo, técnico, funcionario, laboral, en formación o en prácticas, los acogidos a algún decreto de fomento al empleo, los relacionados con empresas de trabajo temporal, los becarios, voluntarios y, en general, otros dependientes, cualquiera que fuera su situación administrativa, que presten sus servicios para los asegurados señalados en el apartado 2.1. 2.3 Los herederos y familiares de cualquiera de los Asegurados, respecto a las responsabilidades de estos que les pudieran ser exigibles en el caso de fallecimiento de los Asegurados. 3. TERCERO Tendrán la consideración de Tercero a los efectos de este Contrato: 3.1 Cualquier persona física o jurídica distinta del contratante del seguro y de los Asegurados. 3.2 Los Asegurados en su calidad de usuarios afectados o perjudicados por los servicios o actividades desarrolladas por las sociedades relacionadas en la prescripción 2.1. 3.3 Los Asegurados, respecto a la responsabilidad civil patronal o por accidentes de trabajo. 3.4 Tendrán la consideración de terceros entre sí todos y cada uno de los asegurados, exclusivamente a los efectos de los daños personales que se puedan causar entre sí. El sublímite de indemnización por victima será el establecido para la responsabilidad civil patronal o por accidentes de trabajo. 3

4. OBJETO DEL SEGURO 4.1 El presente contrato tiene por objeto el aseguramiento de las consecuencias económicas derivadas de las responsabilidades aseguradas que durante la vigencia del mismo pudiera corresponder directa, solidaria o subsidiariamente al Asegurado, por daños personales, materiales y/o perjuicios económicos consecutivos, causados a terceros por acción u omisión. 4.2 Asimismo, se garantiza la asistencia, defensa jurídica, costes, gastos judiciales y extrajudiciales, costas procesales y la prestación de fianzas para garantizar las resultas de cualesquiera procedimientos que se incoen contra los asegurados. 5. ACTIVIDAD ASEGURADA La desarrollada por el Asegurado en el ejercicio de las competencias que tiene o pudieran serle atribuidas por sus estatutos y/o legislación. Entre ellas, la de propietario u otro título de inmuebles y vallas promocionales, así como la de promotor sin dirección de obras. Todo ello, dentro de los términos, límites y condiciones establecidas en el presente pliego. 6. RECLAMACIÓN Se entiende por reclamación el requerimiento judicial o extrajudicial formulado con arreglo a derecho contra el Asegurado como presunto responsable de un perjuicio y/o daño amparados por la póliza, y/o contra el Asegurador en el ejercicio de la acción directa por tal motivo. Se considera que constituyen una única reclamación las que se deriven de un mismo siniestro, aunque se formulen en tiempos distintos 7. SINIESTRO Todo hecho del que pueda resultar legalmente responsable el Asegurado, siempre que sea objeto de este contrato de seguro en el marco de las garantías de la póliza de conformidad con los términos y condiciones establecidos. Se considerara como un sólo y único siniestro la sucesión de hechos o circunstancias que se deriven de un mismo origen o igual causa, sin que hubiera mediado intervención correctora del Asegurado, con independencia del número de perjudicados y reclamaciones formuladas y el número de Asegurados implicados. 4

8. DAÑOS Y PERJUICIOS INDEMNIZABLES 8.1 Daños personales: La muerte, lesiones corporales y enfermedad tanto físicas como psíquicas. 8.2 Daños Materiales: La destrucción, deterioro o pérdida de cosas o animales. 8.3 Perjuicios económicos consecutivos: Las pérdidas económicas ocasionadas como consecuencia directa de los daños personales o materiales indemnizables sufridos por el perjudicado/reclamante de dicha pérdida. 9. ÁMBITO TEMPORAL Son objeto de cobertura los daños y perjuicios derivados de actos u omisiones del Asegurado ocurridos durante la vigencia del contrato que sean reclamados al asegurador o asegurado durante su vigencia o durante el período de descubrimiento de veinticuatro meses siguientes a la cancelación del mismo. 10. ÁMBITO GEOGRÁFICO Y JURISDICCIONAL La garantía del contrato se extiende y limita a las responsabilidades derivadas de los daños y perjuicios sobrevenidos en todo el mundo excepto en EEUU y Canadá y reconocidos por tribunales españoles o de cualquier otro estado del mundo excepto EEUU y Canadá. 11. RESPONSABILIDADES Y RIESGOS CUBIERTOS El contrato se suscribe como un todo riesgo de responsabilidad (profesional, explotación, patronal o por accidente de trabajo, etc.) de forma que, salvo aquellas responsabilidades y riesgos que estén expresamente excluidas/os, todas/os las/os demás en las/os que incurra el Asegurado se encuentran cubiertas/os hasta los límites más adelante indicados. A título enunciativo y no limitativo, se incluyen: 11.1 La responsabilidad civil derivada de la propiedad o por otro título de inmuebles y vallas promocionales, así como promotor sin dirección de obra. 11.2 Responsabilidad civil locativa, siempre y cuando los daños no sean consecuencia del deterioro, uso o desgaste de los mismos. 5

11.3 Responsabilidad civil subsidiaria derivada del uso de vehículos propiedad del asegurado o alquilados por estos, cuando son puestos a disposición de las sociedades aseguradas para comisión de servicio, en exceso de los límites y coberturas del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria de vehículos o de cualquier otro seguro válido y cobrable. 11.4 Responsabilidad civil derivada de contaminación accidental con exclusión del coste de eliminar, trasladar o limpiar las sustancias o residuos polucionantes o contaminantes. 11.5 La responsabilidad que pueda corresponder al Asegurado por los daños que ocasionen a terceros los adjudicatarios, concesionarios, contratistas y subcontratistas del Asegurado, siempre que actúen por cuenta del mismo y en defecto o en forma subsidiaria a las coberturas del seguro de responsabilidad suscrito por éstos. 11.6 Responsabilidad civil por voladuras controladas, dirigidas y/o efectuadas por el Asegurado, siempre que los bienes y objetos de la reclamación se hallen a una distancia superior a 150 metros desde el punto de voladura. 11.7 Responsabilidad civil derivada del transporte de mercancías en vehículos terrestres propiedad del Asegurado o de terceros, incluyendo las operaciones de carga, descarga, trasvase y almacenamiento. 11.8 Responsabilidad patronal o por accidente de trabajo que le sea exigida al Tomador y Sociedades Aseguradas de conformidad con la normativa legal vigente y con sujeción a los límites y estipulaciones contenidos en este pliego por los accidentes de trabajo sufridos por el personal que tenga la consideración de Asegurado tal y como se establece en la prescripción 2.2 y 2.3. 11.9 Responsabilidad civil por los daños ocasionados a bienes de los empleados. Se excluyen: dinero, títulos al portador, joyas, objetos de valor y bienes superiores a 1.500 /unidad. Quedan igualmente excluidos los daños por robo, hurto o expoliación. 11.10 Responsabilidad civil derivada de la titularidad de minas y sus instalaciones auxiliares, siempre que no tenga actividad extractiva de mineral, pero sí incluyendo cualquiera operación de las siguientes: 11.10.1 Operaciones de mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo, tanto las voluntarias como las obligatorias exigidas por las administraciones públicas competentes. En estas operaciones quedan incluidas las de estabilización (refuerzo de estructura portante, relleno de cámaras, socavones, etc.). 11.10.2 Operaciones de vigilancia y control de acceso a las minas. 6

12. FRANQUICIA Sin franquicia. 13. GARANTÍA DE ASISTENCIA, DEFENSA JURÍDICA Y FIANZAS Además de los pagos directos que se realicen al amparo de lo establecido en el presente Pliego, y en el procedimiento establecido en los apartados siguientes, y para los supuestos de reclamación judicial que pudieran plantearse, quedan comprendidas en este contrato las siguientes garantías: 13.1 La asistencia y defensa de los asegurados podrá ser atribuida a los profesionales designados por la Aseguradora o al abogado y procurador designado libremente por el Asegurado, sin que, en este último caso, los honorarios profesionales y aranceles que puedan percibir dichos abogados o procuradores puedan ser superiores a los mínimos establecidos en los criterios orientadores de honorarios profesionales del correspondiente Colegio de Abogados y los aranceles de derechos de los Procuradores de los Tribunales que legalmente les correspondan, quedando a cargo del Asegurado la diferencia si la hubiese. 13.2 Los Asegurados, en su caso, deberán comunicar a la Aseguradora la libre elección de Abogado y Procurador. 13.3 La constitución de la fianza que se les exigiera para asegurar su libertad provisional y/o garantizar las responsabilidades pecuniarias. 13.4 El pago de los gastos judiciales, extrajudiciales y de las costas procesales, que, sin constituir sanción personal, sobrevinieran a consecuencia de cualquier procedimiento que se les siguiera. 13.5 La defensa de cualquiera de los Asegurados, incluso contra reclamaciones infundadas, así como los honorarios y gastos de toda clase que vayan a cargo del Asegurado como responsable. En el caso de declararse por sentencia judicial firme que la conducta del Asegurado es dolosa quedará este obligado a reembolsar a la Aseguradora todos los gastos satisfechos. 13.6 En caso de conflicto de intereses se actuará según lo estipulado en el artículo 74 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. 13.7 Las fianzas que deba constituir la Aseguradora, no excederán del límite fijado en el contrato por cada siniestro. Si el Asegurado fuera condenado en un procedimiento criminal, la Aseguradora resolverá, de común acuerdo con el mismo, sobre la conveniencia de recurrir ante el Tribunal Superior competente. Si la Aseguradora estimara motivadamente improcedente el recurso, lo comunicará al interesado quedando éste en libertad de interponerlo, pero por su exclusiva cuenta. La Aseguradora quedará obligada a reembolsarle los gastos judiciales, extrajudiciales, de abogado y procurador, en el caso de que dicho recurso prosperase. 7

La garantía de asistencia y defensa jurídica y fianzas se prestará incluso en los casos de citaciones judiciales, diligencias de investigación, informativas, previas, etc. 14. LIBERACIÓN DE GASTOS Las indemnizaciones establecidas por los riesgos y responsabilidades cubiertas se entenderán liberadas de cualquier deducción por gastos judiciales y extrajudiciales que, como consecuencia de la tramitación del expediente del siniestro, se hayan producido a la Aseguradora cuando aquellos gastos sumados a la indemnización satisfecha, excedan de la citada garantía, siempre y cuando el siniestro ocurra y se reclame dentro del territorio español. 15. LIMITES DE INDEMNIZACIÓN 15.1 Límite de indemnización por siniestro: 1.500.000. 15.2 Límite de indemnización por anualidad: 3.000.000 15.3 Sublímites: 15.3.1 Para la cobertura de responsabilidad civil patronal o por accidente de trabajo de 150.000 por víctima. 15.3.2 Para la cobertura de responsabilidad civil locativa de 600.000 por siniestro y año. Las anualidades se refieren a periodos de 12 meses a partir del inicio del contrato. 16. RESPONSABILIDADES, DAÑOS, PERJUICIOS Y RIESGOS EXCLUIDOS 16.1 Las responsabilidades que se pueden producir directamente en ejecución de actos administrativos normativos de carácter general dictados en el ejercicio de la potestad legislativa y/o reglamentaria de la administración, con la excepción de aquellas que se produzcan por la actuación material, intelectual y/o prestacional del Asegurado. 16.2 La responsabilidad de los Asegurados por daños que tengan su origen en actos dolosos o derivados de la infracción o incumplimiento voluntario e injustificado de las normas que rigen las actividades objeto del seguro, declarados por sentencia judicial firme. 16.3 Las reclamaciones fundadas en pactos o acuerdos que modifiquen la legalmente exigible en ausencia de ellos. 8

16.4 La responsabilidad decenal derivada del artículo 1.591 del Código Civil. 16.5 El pago de multas, penalizaciones o sanciones impuestas por los Tribunales y demás Autoridades. 16.6 Queda excluido cualquier daño inmaterial o perjuicio económico que no sea consecuencia directa de daños materiales y/o corporales, garantizados por el contrato. 16.7 Reclamaciones por daños incluidos en el ámbito del seguro obligatorio de responsabilidad civil de instalaciones radiactivas según lo dispuesto en la Ley 25/1964 de 29 de abril, en el Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, así como en cualquier otra norma posterior que desarrolle la citada legislación. 16.8 La responsabilidad derivada del uso y circulación de vehículos a motor y de los elementos remolcados o incorporados a los mismos, autorizados en circulación de vías públicas. 16.9 La responsabilidad derivada de daños causados por cualquier artefacto, nave o aeronave destinados a la navegación o sustentación acuática o aérea. 16.10 El transporte y entrega de materias peligrosas, definidas en el Reglamento Nacional para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera (T.P.C.), y/o legislación o normativa en vigor. 16.11 La responsabilidad que pudiera corresponder directamente a adjudicatarios, concesionarios, contratistas o subcontratistas que sea declarada por la Administración u Órgano Judicial. 16.12 Las responsabilidades que deban ser objeto de cobertura por un seguro obligatorio. 16.13 Los daños por hechos de guerra civil o internacional, motín o tumulto popular, terrorismo, terremotos e inundaciones y otros eventos extraordinarios. 16.14 Las reclamaciones por asbestosis o cualquiera otra enfermedad, incluido el cáncer, debidas a la fabricación, elaboración, transformación, montaje, venta o uso de amianto o de productos que lo contengan. 16.15 Exclusiones específicas para la cobertura de responsabilidad civil patronal o por accidentes de trabajo: 16.15.1 Las reclamaciones por hechos que no sean calificados como accidente de trabajo o que estén excluidos del seguro de accidentes de trabajo, así como las 9

reclamaciones de trabajadores que no estén dados de alta a los efectos del seguro obligatorio de accidentes de trabajo o no tengan el seguro obligatorio del régimen especial procedente. 16.15.2 Las indemnizaciones y gastos de asistencia por enfermedad profesional o bien por enfermedades no profesionales que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, así como el infarto de miocardio, trombosis, hemorragia cerebral y enfermedades de similar etiología, salvo que sea calificada como accidente de trabajo. 16.15.3 Cualquier género de multas y sanciones, así como los recargos en las prestaciones establecidas en la legislación vigente con carácter punitivo. 16.15.4 Las reclamaciones por incumplimiento de las obligaciones contractuales del empleador de carácter general de las que no se deriven daños corporales. 16.15.5 El resarcimiento de daños materiales. 16.16 Las reclamaciones producidas por legionelosis ocasionada por la falta de mantenimiento de las instalaciones propiedad, uso y/ gestión del Asegurado. Esta exclusión no se aplicará si se demuestra por parte del Asegurado que se han realizado las tareas de mantenimiento necesarias y exigibles para prevenir la misma. En ningún caso se admitirán nuevas exclusiones. 17. PÓLIZA La póliza estará compuesta exclusivamente por el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego de Prescripciones Técnicas, las mejoras ofrecidas por el adjudicatario y los suplementos de modificaciones que correspondan. En el caso de que la póliza finalmente suscrita difiera, contradiga y/o ponga en duda las condiciones establecidas tanto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares como en el Pliego de Prescripciones Técnicas, prevalecerá lo establecido en los citados Pliegos. 10

18. MEDIACIÓN DEL CONTRATO La gestión y administración del contrato se llevará a cabo a través de la correduría de seguros Aon Gil y Carvajal, la cual ha sido adjudicataria de los servicios de mediación de acuerdo con la Ley de Contratos del Sector Público. Todos los avisos y notificaciones que se deriven de este contrato serán cursados por el Asegurado al Asegurador a través de Aon Gil y Carvajal, debiéndose seguir el mismo procedimiento en la tramitación y liquidación de siniestros, así como en las notificaciones relativas a modificaciones en las sumas aseguradas o a los riesgos cubiertos. 11

ANEXO I. INFORMACION DEL RIESGO Esta información se ofrece a los efectos de que los interesados conozcan el riesgo a la fecha actual. No supone responsabilidad ni obligación de actualización por parte del Tomador ni Asegurados en fechas posteriores a la publicación de la misma. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario podrá solicitar actualización de esta información. Esta actualización y las modificaciones en su caso, serán asumidas por el adjudicatario manteniéndose las condiciones del contrato durante su vigencia. A los efectos informativos y con carácter general, la actividad, los inmuebles propiedad, uso y/o gestión de los asegurados y volumen de obra previsto son los siguientes: * SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. (SEPIDES, S.A.) Actividad: inversión y financiación de proyectos empresariales para su radicación en el territorio nacional, el desarrollo de estudios y proyectos empresariales, comerciales y de servicios, así como la participación en sociedades y promoción y captación de nuevas inversiones. Además, desarrolla programas de revitalización económica en antiguas zonas industriales sometidas a reconversiones y asesora a SEPI y a sus empresas en la gestión de su patrimonio inmobiliario. * AGRUMINSA, S.A. Actividad: Minera (en expediente de paralización). Participación de SEPIDES: 100%. * PARQUE EMPRESARIAL PRINCIPADO DE ASTURIAS, S.L. Actividad: Desarrollo, promoción y comercialización del Parque Empresarial Principado de Asturias. Participación de SEPIDES: 100%. * IBAR ZAHARRA, S.A. Actividad: Desarrollo, promoción y comercialización del Parque Empresarial Ibar Zaharra. Participación de SEPIDES: 50%. * A.I. ABRA Industrial, S.A. Actividad: Desarrollo, promoción y comercialización de Abra Parque Empresarial. Participación de SEPIDES: 100%. * PARQUE EMPRESARIAL DE SAGUNTO, S.L. Actividad: Desarrollo, promoción y comercialización de Parc Sagunt. Participación de SEPIDES: 50%. 12

ANEXO II. RELACION DE INMUEBLES, VALLAS Y VOLUMEN DE OBRA TITULAR DENOMINACIÓN UBICACIÓN M2 Totales 1 ABRA INDUSTRIAL S.A. Local comercial Abanto y Ciérvana 60,00 2 ABRA INDUSTRIAL S.A. Parcelas ABRA. Suelo Industrial y Terciario Abanto y Ciérvana / Ortuella 239.272,96 3 ABRA INDUSTRIAL S.A. Terrenos ABRA Abanto y Ciérvana / Ortuella Subtotal ABRA INDUSTRIAL: 689.895,23 929.228,19 4 AGRUMINSA, S.A. Parcela en Paraje Carrascal Bº Loredo. Abanto y Ciérvana 98,00 5 AGRUMINSA, S.A. Terrenos. Fincas. Abanto y Ciérvana 50.135,20 6 AGRUMINSA, S.A. Concesiones mineras. Abanto y Ciérvana 46.834,00 7 AGRUMINSA, S.A. Terrenos-Viales Públicas. Almería 2.492,55 8 AGRUMINSA, S.A. Parcela de terreno Marisma de Potrañes-Astillero Astillero 958,00 9 AGRUMINSA, S.A. Terrenos antigua explotación minera. Castro Urdiales 186.981,66 10 AGRUMINSA, S.A. Terrenos. Fincas. Ortuella 5.048,00 11 AGRUMINSA, S.A. Fincas dispersas en Cabárceno-Sobarzo. Alrededor del Parque Natural Penagos 84.666,00 12 AGRUMINSA, S.A. Parcelas. Liaño, Solia y Villaescusa (Santander) Santander 283.749,00 13 AGRUMINSA, S.A. Barranco Los Canales. Valle de Trápaga 71.850,00 14 AGRUMINSA, S.A. Terrenos de Duroña. Valle de Trápaga 13.536,00 15 AGRUMINSA, S.A. Terrenos. 15 Fincas. Valle de Trápaga Subtotal AGRUMINSA: 83.710,21 830.058,62 16 IBARZAHARRA, S.A. Oficina C/ Colón de Larreategui, 26-4ª plta Bilbao 110,00 17 IBARZAHARRA, S.A. Terrenos Sestao y Valle de Trápaga Valle de Trápaga / Sestao 136.442,00 Subtotal IBARZAHARRA: 136.552,00 18 P.E.P.A., S.L. Aparcamiento subterráneo C.Cultural Oscar Niemeyer Aviles 7.121,00 19 P.E.P.A., S.L. Parcelas. Industrial y Terciario Aviles 347.247,43 20 P.E.P.A., S.L. Restos Fincas en Avilés (AD4, AD3, AD5, Eq.Ferroviario) Aviles 563.512,00 21 P.E.P.A., S.L. Edificio A parcela P-7.1 del P.E.PA. Oficinas Avilés 3.682,40 22 P.E.P.A., S.L. Edificio Antigua Teléfónica-Ensidesa en P.E.P.A. Oficinas Avilés 5.262,00 23 P.E.P.A., S.L. Edificio B parcela P-7.1 del P.E.PA. Oficinas Avilés 1.180,50 24 P.E.P.A., S.L. Edificio parcela P-11 del P.E.PA. Avilés 11.864,72 25 P.E.P.A., S.L. Fincas en AD-6. Industrial Avilés Subtotal P.E.P.A.: 40.890,00 980.760,05 26 P.E.S., S.A. Parcelas PES Sagunto Subtotal P.E.S.: 1.052.547,00 1.052.547,00 27 SEPIDES, S.A. Parcelas de terrenos (P.E.C.) Astillero 63.477,00 28 SEPIDES, S.A. Piso en Barrio de Loredo Abanto y Ciérvana 41,00 29 SEPIDES, S.A. Naves industriales - Cantabria Astillero 24.377,40 30 SEPIDES, S.A. Transformador de Avilés Avilés 56,40 31 SEPIDES, S.A. Viviendas ROCICAS/ESTRELLAS Avilés 637,38 32 SEPIDES, S.A. Colonia de viviendas (directivos) Vilafruns Balsareny 23.351,00 33 SEPIDES, S.A. Colonia de viviendas (empleados) Vilafruns y Club Social Balsareny 73.217,00 34 SEPIDES, S.A. Local (planta semisótano) Finca nº 42.271 Baracaldo 67,89 35 SEPIDES, S.A. Terreno de Navalips - Naves Industriales Cádiz 9.982,00 36 SEPIDES, S.A. Finca Rústica Campello-Alicante 1.210.047,00 37 SEPIDES, S.A. Antiguo teleférico de Carrocera Carrocera 34.124,00 38 SEPIDES, S.A. Naves Industriales parcelas 17 y 18 Catoira 2.353,00 39 SEPIDES, S.A. Parcela III-B2-d Pg Norte Entorno Europerfil (en proindiviso) Cervera 1.779,04 40 SEPIDES, S.A. Fincas Rústicas Corvera 15.115,00 41 SEPIDES, S.A. Transformador Marzaniella y Trasona Corvera 54,00 42 SEPIDES, S.A. Parcela P.2-13-A PEC Astillero 4.015,00 43 SEPIDES, S.A. Parcelas. Terrenos. Gadalmés 35.274,80 44 SEPIDES, S.A. Transformador en Monteana-Gijón Gijón 30,00 45 SEPIDES, S.A. Viviendas JULIANA Gijón 755,12 46 SEPIDES, S.A. Fincas Manzana 8 del Plan Parcial Especial Cortijo del Conde Granada 10.005,66 47 SEPIDES, S.A. Parcelas en PERI Cetarsa Industrial Granada 36.220,16 48 SEPIDES, S.A. Oficina en edificio Centro de Negocios en el Pg. Ind Guarnizo Guarnizo 83,00 49 SEPIDES, S.A. Terreno. Finca nº 759 Güeñes 3.994,00 50 SEPIDES, S.A. Fincas Rústicas La Ara-Riosa La Felguera 44.368,00 51 SEPIDES, S.A. Finca Rústica La Pereda 2.137,00 52 SEPIDES, S.A. Fincas del Ferrocarril Minero La Pereda 2.137,00 53 SEPIDES, S.A. Fincas Rústicas en Langreo La Felguera La Felguera-Langreo 83.196,00 54 SEPIDES, S.A. Finca rústica el Garzo Las Rozas 890.000,00 55 SEPIDES, S.A. Complejo de Edificios Campos Velázquez Madrid 46.477,32 56 SEPIDES, S.A. Edificio "Génesis" Madrid 20.651,44 57 SEPIDES, S.A. Edificio "Villa de Madrid" Madrid 28.117,32 58 SEPIDES, S.A. Oficinas en Castellana, 135 Madrid 1.259,87 59 SEPIDES, S.A. Oficinas en Velázquez, 105 Madrid 572,63 60 SEPIDES, S.A. Tierra en Vicálvaro Madrid 944,80 61 SEPIDES, S.A. Finca nº 12.1 Barri d'obradors (edif.3931 m2) Manises 515,31 62 SEPIDES, S.A. Fincas rústicas Penagos 84.699,00 63 SEPIDES, S.A. Terrenos para Vipar en Piélagos Finca nº 51.504 Piélagos 503.391,00 64 SEPIDES, S.A. Local Puerto Real 609,62 65 SEPIDES, S.A. Terrenos. Quart de Poblet 20.778,00 66 SEPIDES, S.A. C.T.Nº3-C/ Fundicion Sagunto 68,00 67 SEPIDES, S.A. C.T.Nº7- C/ Almacen de Hierros Sagunto 68,00 68 SEPIDES, S.A. Carretera Sagunto 64.665,00 69 SEPIDES, S.A. Finca 1771 Marjal del Moros Sagunto 44.738,00 70 SEPIDES, S.A. Finca 40040 Reserva ferroviaria P.I.S. Sagunto 13.740,94 71 SEPIDES, S.A. Finca 41162 Marjal del Moros Sagunto 22.886,00 72 SEPIDES, S.A. Fincas rústicas. Terreno en fase integral. Partido Causa Sagunto 1.207.310,00 73 SEPIDES, S.A. Nave Nido 0 Sagunto 1.072,66 74 SEPIDES, S.A. Nave Talleres Sagunto 51.504,00 75 SEPIDES, S.A. Pozo nº 4 Incluido en la zona verde nº2 Sagunto 214,00 76 SEPIDES, S.A. Pozo nº 5 Triangulo fuera del parque Sagunto 1,00 77 SEPIDES, S.A. Solar Sagunto 854,55 78 SEPIDES, S.A. Colonia de Viviendas La Botjosa, Iglesia y Escuelas/Polideportivo Sallent 42.085,60 79 SEPIDES, S.A. Huerto en Rial Sallent 292,00 80 SEPIDES, S.A. Parcela en la Rampiña Sallent 21.760,00 81 SEPIDES, S.A. Parcela Industrial La Botjosa-Est Sallent 10.747,00 82 SEPIDES, S.A. Local comercial en C.C. Área Central Santiago de Compostela 300,00 83 SEPIDES, S.A. Antiguo cauce Ballonti Sestao 17.039,00 84 SEPIDES, S.A. Iglesia en calle Corbeta. Sevilla 347,00 85 SEPIDES, S.A. Finca urbana en barrio de Fusteret Suria 2.000,00 86 SEPIDES, S.A. Huerto "Epla de las Hortes" Suria 1.865,00 87 SEPIDES, S.A. Finca Estibella Valencia 1.108,55 88 SEPIDES, S.A. Vivienda C/Dos de Mayo, 13 5B Valladolid 209,00 89 SEPIDES, S.A. Vivienda C/Dos de Mayo, 13 Garaje Valladolid 1,00 90 SEPIDES, S.A. Comedores y aparcamiento de Babcock Wilcox Industrial Valle de Trápaga 27.907,91 91 SEPIDES, S.A. Terrenos. Valle del Trápaga 3.199,42 92 SEPIDES, S.A. Terrenos para Vipar en Villaescusa Finca nº 10.166 Villaescusa Subtotal SEPIDES: 445.224,00 5.260.118,79 TOTAL m2 GRUPO SEPIDES: 9.189.264,65 DENOMINACIÓN UBICACIÓN Uds Valla Publicitaria Promocional en Abra Parque Empresarial Abanto y Ciérvana 1 Valla Publicitaria Promocional en Parque Empresarial IbarZaharra Sestao 1 Valla Publicitaria Promocional en Parque Empresarial de Cantabria Guarnizo 1 Valla Publicitaria Promocional en Parque Emp. Principado de Asturias Avilés 2 Valla Publicitaria Promocional en Edificio Villa de Madrid Madrid 1 Valla Publicitaria Promocional en ParqueEmpresarial Puerta Granada Granada 3 TOTAL Valla Publicitarias Promocionales GRUPO SEPIDES: 9 TITULAR DENOMINACIÓN UBICACIÓN Euros 1 ABRA INDUSTRIAL S.A. Volumen de obra a realizar Vizcaya 100.000 2 AGRUMINSA, S.A. Volumen de obra a realizar Vizcaya - 3 IBARZAHARRA, S.A. Volumen de obra a realizar Vizcaya 750.000 4 P.E.C., S.L. Volumen de obra a realizar Cantabria - 5 P.E.P.A., S.L. Volumen de obra a realizar Asturias - 6 P.E.S., S.A. Volumen de obra a realizar Valencia 1.500.000 7 SEPIDES, S.A. Volumen de obra a realizar Madrid TOTAL Volumen de Obra a Realizar GRUPO SEPIDES: 3.000.000 5.350.000 13