PROYECTO DE DECLARACIÓN DE PANAMÁ SOBRE LINEAMIENTOS PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL PORTUARIA

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Transcripción:

PROYECTO DE DECLARACIÓN DE PANAMÁ SOBRE LINEAMIENTOS PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL PORTUARIA Los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos CONSIDERANDO: 1. Que los pueblos del hemisferio dependen en gran medida de los recursos naturales de las costas para su supervivencia y bienestar. Que la actividad portuaria y las industrias marítimas tienen un rol significativo en la economía de las zonas costeras. Que en varios lugares del hemisferio la salud, la seguridad y el sustento económico dependen de los recursos disponibles en dichas zonas costeras. 2. Que el uso de las zonas costeras es cada vez más intenso y que una proporción cada vez más alta de la población hemisférica reside en dichas zonas y la actividad portuaria contribuye a incrementar el impacto ambiental en los ecosistemas así como sobre la salud de esas poblaciones costeras. 3. Que el impacto ambiental sobre las áreas costeras del hemisferio por efecto de la mayor población y actividad portuaria puede, en parte, aminorarse incorporando medidas que protejan el ambiente en los procesos de planificación para el desarrollo portuario. Que los países miembros de la OEA debieran considerar dichas medidas como el punto de partida de acciones inmediatas destinadas al establecimiento de estrategias novedosas que cuiden y preserven el ambiente marino y combatan la contaminación del ambiente marino y zonas costeras. Que de este modo se contribuirá significativamente al logro de los objetivos de desarrollo acordados en el Programa 21 de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Río de Janeiro, junio, 1992) y el Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (Johannesburgo, agosto septiembre, 2002), así como con otros

acuerdos multilaterales sobre protección ambiental aplicables a los puertos y la protección costera del hemisferio. 4. Que varios países del hemisferio han logrado progresos significativos en el fomento de la capacidad institucional y en la elaboración de marcos legislativos y políticas ambientales de ordenación sostenible de las costas y áreas portuarias. Que sin embargo dadas las diferencias existentes los pequeños estados insulares y los mediterráneos debieran tener un tratamiento diferenciado en materia de cooperación ambiental. 5. Que un tema clave para la protección ambiental en el hemisferio es la falta de capacidad para la eliminación de los residuos generados por los buques. Que las instalaciones de residuos existentes deben ser mejor identificadas en la base de datos en línea del Sistema Global Integrado de Información sobre el Transporte Marítimo (GISIS de las siglas en ingles) mantenida por la Organización Marítima Internacional (OMI) y que proporciona información relativa a las instalaciones para la recepción de residuos generados por los buques. 6. Que muchas de las importantes preocupaciones ambientales son compartidas por varios países y están relacionadas con el incremento del comercio de mercancías en el hemisferio. Entre estas merece destacarse: a) aumento de la contaminación atmosférica por la actividad de los buques y puertos; b) la provocada por los dragados portuarios; c) las descargas de agua de lastre; d) el desarrollo de especies invasoras que llegan de manera imprevista en los cascos de los buques e) la contaminación resultante de operaciones de mantenimiento de buques; f) la contaminación causada por los derrames de hidrocarburos y productos químicos peligrosos y tóxicos; g) la gestión de desechos y restos de naufragios h) la contaminación visual y auditiva en el entorno portuario. Que la capacidad de los países, de sus puertos e industrias marítimas y del transporte, para tratar estos temas, se puede incrementar con la cooperación en la esfera ambiental y el desarrollo de la capacitación, lo que permitirá identificar e implementar mejoras prácticas de gestión. 2

7. Que la Comisión Interamericana de Puertos (CIP) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), particularmente a través de los Comités Técnicos Consultivos de Control de la Navegación y Protección Ambiental y, posteriormente, de Protección Ambiental Portuaria, ha hecho una significativa contribución en la recopilación y difusión de información para la óptima toma de decisiones destinadas a implementar un desarrollo portuario sustentable. DECLARAN: 1. Expresar su agradecimiento a la Comisión Interamericana de Puertos (CIP) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), por sus esfuerzos para contribuir a promover el desarrollo sostenible de la actividad portuaria e instan a ese organismo a que aumente su apoyo a la aplicación de medidas que contribuyan a la protección ambiental de las áreas portuarias. 2. Reconocer la necesidad de intensificar los esfuerzos destinados a elaborar y aplicar programas de acción en el ámbito local, nacional y regional para protección ambiental en las actividades portuarias. 3. Reafirmar la vigencia e importancia de las medidas de protección ambiental en la actividad portuaria y la necesidad de incorporar estas medidas a todos los niveles públicos y privados vinculados a la industria marítimo-portuaria. Reconociendo que la protección ambiental se refuerza a través de las organizaciones intergubernamentales como la Organización de Estados Americanos y las Naciones Unidas y los acuerdos ambientales multilaterales ratificados por los Estados Miembros. 4. Necesario impulsar la elaboración y aplicación de estrategias integrales de largo plazo para la gestión sostenible de las actividades portuarias y conexas que contribuyan a mejorar la protección ambiental sin descuidar las preocupaciones sociales y económicas. 5. Que es necesario mejorar los sistemas de control y monitoreo, así como la información ambiental que se recoge en todos los niveles gubernamentales y del sector privado, para identificar la contaminación del ambiente y la salud pública, contribuyendo a la 3

planificación e implementación de procedimientos eficientes para prevenir, reducir y limitar la contaminación en zonas costeras con la cooperación de los puertos y las industrias marítimas. 6. La necesidad de fortalecer adecuadamente el marco del derecho internacional que promueve la protección y el uso sostenible del ambiente en áreas portuarias a través de elementos tales como la formulación e implementación de protocolos sobre la contaminación procedente de actividades portuarias y marítimas relacionadas. 7. Comprometerse a trabajar en forma coordinada con otros órganos y procesos regionales e internacionales para la aplicación de los convenios, protocolos y pautas internacionales que estén relacionados con la actividad portuaria, fortaleciendo de esta manera las asociaciones estratégicas destinadas a mejorar la cooperación y coordinación en el intercambio de conocimientos, experiencia y tecnología internacional, en particular para el dragado. 8. La necesidad de procurar que las organizaciones nacionales, regionales e internacionales vinculadas al sector portuario, incorporen los objetivos de la protección ambiental a sus planes de trabajo, actividades, políticas y programas respectivos, en los niveles adecuados. E instar a que se refuercen las relaciones con todos los sectores de la sociedad civil como mecanismos decisivos para la protección ambiental en las áreas portuarias. 9. Priorizar el fomento de la protección ambiental en la actividad portuaria, mediante: a. El fortalecimiento de las consultas, el diálogo y la colaboración amplia entre las administraciones portuarias, las industrias marítimas y las comunidades locales interesadas en facilitar, la integración de planes, actividades, políticas y programas de protección ambiental aplicables a la operación y desarrollo de los puertos. 4

b. Generar y promover tecnologías limpias que combinen una gestión ambiental eficaz y sustentable con un razonable costo-beneficio, preservando los recursos naturales y el ambiente. c. Mejorar la cooperación entre las administraciones portuarias en materia ambiental y facilitar el intercambio de experiencias y la aplicación de sistemas de gestión ambiental que involucren las actividades portuarias y conexas. d. Promover e instaurar en el marco del derecho internacional aplicable, la regionalización de los Planes de Contingencia para Derrames de Hidrocarburos y otras Sustancias Contaminantes, conllevando un enfoque cooperativo para compartir conocimiento, información, personal, equipamiento y materiales en regiones previamente identificadas y procurar compartir información, prácticas de seguimiento y sistemas de gestión ambiental relativos a las fuentes terrestres de contaminación marina y los acuerdos OMI aplicables a la calidad del aire. e. Promover el uso, seguimiento y control de indicadores ambientales y metodologías de cuantificación de aspectos ambientales que permitan medir objetivamente el progreso de las prácticas ambientales en la actividad portuaria hemisférica sobre la calidad del agua, tierra y aire del entorno portuario. 10. Denominar la siguiente declaración como Declaración de Panamá sobre Lineamientos para la Protección Ambiental Portuaria en homenaje a la ciudad de Panamá, República de Panamá, sede de la I Conferencia Hemisférica sobre protección ambiental portuaria de la Comisión Interamericana de Puertos. 5