BASES PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y COMUNITARIO DE LA FLORIDA. FONDOS CONCURSABLES

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Transcripción:

BASES FONDOS CONCURSABLES 2016 PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y COMUNITARIO DE LA FLORIDA www.laflorida.cl

FONDOS CONCURSABLES 2015

Estimados vecinos: Como en años anteriores, quiero invitarlos nuevamente a participar en los Fondos Concursables para el Desarrollo Social y Comunitario de La Florida 2016, para implementar innovadores y creativos proyectos para nuestra comunidad, especialmente en sus barrios con el objeto de fortalecer la participación ciudadana y la asociatividad de sus organizaciones. Asimismo, quiero agradecer el valioso esfuerzo que cumplen como organizaciones sociales y comunitarias en la comuna, y por que han vuelto a creer en la gestión de este municipio que hacemos con tanto cariño. Como Alcalde refuerzo mi compromiso con ustedes para que La Florida siga creciendo. A participar! Un abrazo, Rodolfo Carter Fernández Alcalde

BASES FONDOS CONCURSABLES PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y COMUNITARIO DE LA FLORIDA 2016 I. INTRODUCCIÓN La Municipalidad de La Florida invita a participar a todas las organizaciones de la comuna con personalidad jurídica y directorio vigente, sin fines de lucro, sin rendición de cuentas pendientes, con actividad en La Florida, inscritas en el registro de Ley N 19.862 (registro público de organizaciones receptoras de subvenciones o transferencias), e interesadas en implementar proyectos de relevancia vecinal, asociados al desarrollo local, social y comunitario 2016. II. OBJETIVO GENERAL Contribuir a la implementación de proyectos de mejoramiento barrial y desarrollo sociocomunitario gestionados por las organizaciones, con el fin de colaborar a su fortalecimiento, fomento de su autogestión, promover instancias de participación ciudadana, y establecer redes de colaboración barrial y comunal. III. REQUISITOS PARA POSTULAR El proyecto debe tener las siguientes características: a) Desarrollarse en la comuna de La Florida. b) Ser presentado en un formulario único que será proporcionado por el municipio. c) Considerar aporte propio de la organización, a través de recursos financieros, mano de obra o materiales, cuyo destino va orientado a complementar la ejecución del proyecto. El aporte mínimo corresponde al 10% del valor total de la iniciativa, el cual será debidamente fiscalizado. d) Debe ser de beneficio comunitario y social. 4 MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA

e) Tendrá que estar bajo la responsabilidad de dos personas, sean éstos dirigentes de la organización, socios o beneficiarios, previamente acordados en una asamblea extraordinaria. f) No se considerarán proyectos de infraestructura gruesa que impliquen Recepciones Finales ni equipamiento en vías públicas, como tampoco la adquisición de mediaguas. g) No podrán postular proyectos que no favorezcan o inhiban la participación de la comunidad y el desarrollo local de la comuna. IV. DOCUMENTOS QUE DEBERÁ PRESENTAR LA ORGANIZACIÓN a) Fotocopia del RUT de la organización por ambos lados. b) Fotocopia de la cuenta bancaria a nombre de la organización o en trámite; ésta puede ser de ahorro, corriente o a la vista. En ningún caso a nombre de una persona individual o bipersonal. c) Copia del registro público de organizaciones receptoras de subvenciones o transferencias de acuerdo a la Ley N 19.862 (www.registro19862.cl). d) Fotocopia de cédula de identidad por ambos lados del representante legal de la organización (presidente(a)). e) Acta de asamblea extraordinaria, en la cual, los miembros de la organización y las personas responsables del proyecto aprueban la presentación de la iniciativa, a través de un diagnóstico de necesidades sociales y comunitarias. Anexo N 1. f) Copia de la nómina de un mínimo de 15 personas como beneficiarios directos que avalan el proyecto, consignando su nombre completo, dirección, cédula de identidad, teléfono y firma. No se aceptarán nóminas incompletas. En el caso del Fondeve la nómina deberá ser de un mínimo de 100 beneficiarios. Anexo N 2. g) Documento que autorice el uso del lugar donde se efectuarán las actividades del proyecto si correspondiera. Anexo N 3. h) Tres cotizaciones para cada recurso material a adquirir. i) Cartas de compromiso en caso de convenios con otras organizaciones que aporten al desarrollo del proyecto. j) Curriculum Vitae del Monitor, Profesor, Tallerista y otro de acuerdo a la naturaleza de cada proyecto, en donde se pueda acreditar que la persona que impartirá las clases, tenga los conocimientos idóneos para dicha materia. MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA 5

Observaciones: No se solicita certificado de vigencia de personalidad jurídica ni directorio vigente de la organización (esto se verifica internamente en el municipio). La falta de cualquier requisito o documentación será causal de eliminación al momento de evaluar el proyecto por el municipio. V. POSTULACIÓN a) La organización deberá presentar sólo un proyecto en el marco de todos los Fondos Concursables 2016. b) El proyecto lo conforma el formulario de postulación (punto III.b), más los documentos solicitados (punto IV). c) Todas las organizaciones postulantes podrán solicitar asesoría técnica en el municipio; instancia en que se aclararán los procedimientos establecidos en las presentes bases y se orientará en la formulación de los proyectos a presentar en el concurso según se indica a continuación: Fondo Concursable Deporte, Recreación y Vida Sana: Departamento de Deportes, Alonso de Ercilla N 1270. Fondo Concursable Cultura: Departamento de Cultura y Biblioteca, Vicuña Mackenna N 10.208. Fondo Concursable Personas en Situación de Discapacidad: Programa Discapacidad, Colombia N 7990. Fondo Concursable Mujer y Familia: Programa de La Mujer, El Descanso N 7687. Fondo Concursable para el Adulto Mayor y Envejecimiento Activo: Programa del Adulto Mayor, Av. Walker Martínez N 308. Fondo Concursable para Iniciativas Juveniles: Programa La Florida Joven, Serafín Zamora N 6792. Fondo Desarrollo Vecinal (Fondeve): Departamento de Participación Ciudadana, Av. Vicuña Mackenna N 7210. 6 MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA

d) Del mismo modo, se llevará a cabo la Feria de Postulaciones desde el 16 de mayo al 20 de mayo, de 9:00 a 13:30 hrs. y de 15:00 a 17:00 hrs., donde se ofrecerá orientación y asesoría a todas las organizaciones, para la formulación del proyecto y de los documentos administrativos que se deben presentar. Esto se realizará en las dependencias del Club Vive La Florida, ubicado en calle El Ulmo N 824 (al Costado Oriente del Hospital de La Florida, ex edificio YMCA). También se dispondrá para los postulantes de una Jornada de Capacitación por línea temática, relacionada al proceso de postulación, donde se explicará el proceso de llenado de formulario y se resolverán dudas sobre esta y otras materias de interés para las organizaciones. Las fechas están consideradas según se indica a continuación: Fondo Concursable para Iniciativas Juveniles: Sábado 14 de mayo, 11:00 horas. Edificio Club Vive La Florida. Fondo Concursable Deporte, Recreación y Vida Sana: Lunes 16 de mayo, 19:00 horas. Edificio Club Vive La Florida. Fondo Concursable Personas en Situación de Discapacidad: Martes 17 de mayo, 11:00 horas. Edificio Club Vive La Florida. Fondo Concursable Cultura: Martes 17 de mayo, 19:00 horas. Edificio Club Vive La Florida. Fondo Concursable Mujer y Familia: Miércoles 18 de mayo, 15:30 horas. Edificio Club Vive La Florida. Fondo Concursable para el Adulto Mayor y Envejecimiento Activo: Viernes 20 de mayo, 11:00 horas. Edificio Club Vive La Florida. Viernes 20 de mayo, 15:30 horas. Edificio Club Vive La Florida. Fondo Desarrollo Vecinal (Fondeve): Sábado 14 de mayo, 10:00 horas. Edificio Club Vive La Florida. Club Vive La Florida: Calle El Ulmo N 824, Comuna de La Florida. e) Los proyectos (formulario más documentación solicitada) deberán ser presentados en las oficinas de programas sociales correspondientes a cada una de las líneas de postulación, en dos ejemplares (el original más una copia), escritos con letra imprenta muy clara o en computador, a partir del día 30 de mayo y hasta el 03 de junio, en los horario de 9:00 a 17:00 hrs. Y en las direcciones que se indican a continuación: MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA 7

Fondo Concursable Deporte, Recreación y Vida Sana: Oficina Departamento de Deportes Dirección: Alonso de Ercilla N 1.270. Fondo Concursable Cultura: Casa de la Cultura. Dirección: Vicuña Mackenna N 10.208. Fondo Concursable Personas con Capacidades Diferentes: Programa Discapacidad. Dirección: Colombia N 7.990 esquina Vicente Valdés. Fondo Concursable Mujer y Familia: Casa de la Mujer. Dirección del Programa: El Descanso N 7.687 Fondo Concursable para el Adulto Mayor y Envejecimiento Activo: Programa Adulto Mayor. Dirección: Walker Martínez N 308. Fondo Concursable para Iniciativas Juveniles: Programa La Florida Joven. Dirección: Serafín Zamora N 6792. Fondo Desarrollo Vecinal (Fondeve): Departamento Participación Ciudadana. Dirección: Vicuña Mackenna N 7210. f) Postulación online desde la Página Web de la Municipalidad de La Florida: se podrán realizar postulación utilizando la Página web de la Municipalidad de La Florida (www.laflorida.cl), a partir del día 16 de mayo hasta el 03 de junio. NO SE RECIBIRÁN PROYECTOS FUERA DE LAS FECHAS Y HORARIOS ESTABLECIDOS PARA CADA UNO DE LOS FONDOS CONCURSABLES. VI. FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO El municipio subvencionará un monto máximo del costo total del proyecto, dependiendo del tipo de iniciativa y su impacto socio-comunitario, según se indica a continuación: 8 MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA

Fondo Concursable Deporte, Recreación y Vida Sana: Dirigido a Organizaciones Funcionales, podrán postular proyectos orientados a mejorar la calidad de los procesos deportivos y recreativos de los floridanos como: Adquisición de implementos y equipamiento deportivo, talleres deportivos, promoción de campeonatos y eventos deportivos. Para mayor información consultar reglamento adjunto para Organizaciones Deportivas. Monto máximo a postular: $ 1.000.000.- (un millón de pesos) Iniciativas Deportivas. $ 600.000.- (seiscientos mil pesos) Adquisición de implementos y equipamiento deportivo. Fondo Concursable Cultura, Revalorización y Fortalecimiento de la Identidad Cultural: Dirigidos a organizaciones de carácter cultural para que postule a proyectos de promoción y difusión de: música, danza, literatura (historias de barrio), audiovisuales, artes plásticas, cocina tradicional chilena (una historia una receta), entre otros para sensibilizar y motivar a la población comunal. Como también proyectos de diversidad e intercambio cultural que fomenten el crecimiento sociocultural entre distintos barrios de nuestra comuna a través del desarrollo de eventos artísticos, culturales y académicos. Captar nuevos públicos consumidores de arte y cultura para garantizar la sostenibilidad de la cultura. Constituir formadores generacionales en arte o cultura. Monto máximo a postular:$800.000 (ochocientos mil pesos). Fondo Concursable Personas en Situación de Discapacidad: Dirigido a Organizaciones Sociales (se incluyen centros de padres de escuelas especiales) e instituciones de la comuna de La Florida y excepcionalmente otras fuera de ella que se encuentren con personalidad jurídica vigente de acuerdo a la Ley 19.418 o bajo el Ministerio de Justicia, cuyos beneficiarios residan en La Florida. El objetivo debe promover e incentivar la participación comunitaria, la mejora en la calidad de vida de las personas con capacidades diferentes, a través de actividades de carácter educativo, formativo, cultural, deportivo, salud o participación social. El proyecto debe beneficiar en forma directa a la población infantil o adulta que se encuentra en condición de discapacidad, e indicar claramente el aporte que realiza en superar o derribar alguna(s) de las barreras existentes que impiden una real inclusión de estos vecin@s en nuestra comuna. Monto máximo de postulación: $1.000.000 (un millón de pesos). MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA 9

Fondo Concursable Mujer y Familia: Dirigido a organizaciones de mujeres, centro de madres y agrupaciones de mujeres. Podrán concursar en la implementación de proyectos conducentes a la realización de talleres de Capacitación Laboral, Manualidades y Educativos, orientados a proporcionar técnicas y herramientas para el desarrollo y el acceso a los recursos productivos, contribuyendo a resolver las necesidades prácticas y estratégicas de las beneficiadas y con ello mejorar su calidad de vida. Monto máximo a postular: $ 500.000 (quinientos mil pesos). Fondo Concursable para el Adulto Mayor y Envejecimiento Activo: Dirigido a organizaciones de adultos mayores. Podrá concursar todas las agrupaciones de adultos mayores, constituidas como organizaciones comunitarias funcional o de acuerdo a la Ley Nº19.418 que cuenten con personalidad jurídica vigente, Rol Único Tributario y todos sus integrantes sean mayores de 60 años conforme a la Ley Nº 19.828. En proyectos que tengan por objeto favorecer y promover la autonomía, el envejecimiento positivo, la integración y participación social, el desarrollo de capacidades de autogestión, uso del tiempo libre y recreación. Monto máximo a postular: Talleres Auto Cuidado: $ 400.000 (cuatrocientos mil pesos). Turismo social: $ 300.000 (trescientos mil pesos). Fondo Concursable para Iniciativas Juveniles: Dirigido a organizaciones de carácter juvenil, este fondo financiará proyectos que favorezcan o promuevan el mejor desarrollo de los jóvenes de la comuna y su aporte al bienestar de la comunidad, en áreas tales como: Participación ciudadana, Comunidad, Deportes y Artes Urbanas, Educación, Medioambiente, Trabajo Intergeneracional, Prevención de adicciones, Recreación Y buen uso del tiempo libre, entre otros. Así, los proyectos podrán considerar en su diseño, gastos en honorarios, equipamiento, implementos, materiales, u otros recursos según sea la naturaleza y objetivos del proyecto. Monto máximo a postular: $1.000.000 (un millón de pesos). 10 MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA

Vías para postular a Fondos Concursables para Juventudes 2016: 1. Personalidad Jurídica Vigente (vía preferente): a) Al momento de postular: Podrán postular sólo las organizaciones juveniles con PJ vigente al momento de postular. Al momento de adjudicar los fondos: Podrán postular las organizaciones que estén inscritas en el registro de organizaciones y agrupaciones juveniles del Programa Joven y hayan realizado la Asamblea de Constitución; sin embargo, para adjudicarse un fondo será necesario que hayan terminado los trámites de la PJ y hayan abierto una cuenta bancaria. b) Como requisito para efectuar el cobro del cheque: las organizaciones interesadas deberán cumplir con todos los requisitos solicitados en el inciso anterior (1-a). Patrocinio de otra PJ: Podrá postular cualquier organización o agrupación juvenil que, estando inscrita en el registro de organizaciones y agrupaciones del Programa La Florida Joven y cuya tramitación de obtención de PJ esté en trámite, sea patrocinada en su proyecto por otra organización comunitaria, ya sea territorial o funcional, la que facilitará su PJ y Cuenta bancaria para recibir los fondos. Fondo Desarrollo Vecinal (Fondeve): Fondo destinado exclusivamente para las Juntas de Vecinos de la comuna. Podrán postular proyectos para el mejoramiento de la infraestructura y equipamiento comunitario en propiedades y terrenos legalmente construidos y previamente protegidos para resguardar los bienes adquiridos. Del mismo modo, se financiarán iniciativas que promuevan el mejoramiento de la calidad de vida de los vecinos en el ámbito cultural, deportivo, social, recreativo y educativo. Monto máximo a postular: $ 1.000.000 (un millón de pesos). MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA 11

VII. RESTRICCIONES No se considera como aporte de la organización: a) La coordinación o supervisión del proyecto, debido a que ésta es responsabilidad de los integrantes del directorio de la organización postulante. b) Las sedes comunitarias, áreas verdes o multicanchas públicas. c) Todo aquel recurso que no se relacione estrictamente con los requerimientos del proyecto. No se podrá solicitar con cargo a la subvención municipal: a) Honorarios para dirigentes y/o representantes legales y socios de la organización. b) Pago de deudas de la organización. c) Pago de consumos básicos (luz, agua, gas, teléfono e internet) de la sede comunitaria ni del lugar en donde se ejecutará el proyecto. d) Cócteles o convivencias de finalización de actividades. e) Quienes hayan programado el pago de recursos humanos en el proyecto, deberán contratar a quien(es) se propuso al momento de postular al proyecto. Sólo en casos muy justificados y con previa autorización del municipio. Esta(s) persona(s) podrá(n) ser reemplazada(s). f) En caso de servicios a honorarios, éste no podrá exceder el 60% del costo del proyecto y deberá adjuntar su currículum vitae. VIII. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LOS PROYECTOS Con el fin de asegurar la transparencia, eficacia y eficiencia en la adjudicación de los proyectos postulados, se ha diseñado un proceso de evaluación en tres etapas: Primera Etapa: Pre-evaluación post apertura según cumplimiento de los requisitos y normas establecidas en el presente reglamento, revisión de los resultados del monitoreo aplicado durante el período de ejecución de proyectos seleccionados en el año 2015 -si corresponde-, análisis de rendiciones de cuentas pendientes con el municipio y verificación de personalidad jurídica y directorio vigente de la organización. 12 MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA

Segunda Etapa: Evaluación técnica de los proyectos declarados admisibles en la primera etapa, a cargo de una comisión de profesionales municipales relacionados con la materia en cuestión. Este equipo tendrá la facultad de modificar aspectos presupuestarios de los proyectos cuando así lo estime conveniente y de citar a la organización para reformular algunos aspectos técnicos que lo ameriten. Del mismo modo, cada proyecto será evaluado en base a una pauta técnica diseñada para tal efecto. Tercera Etapa: La comisión técnica informará de los proyectos pre-seleccionados a la Comisión de Participación Ciudadana del Concejo Municipal. Posteriormente, se elaborará una propuesta de proyectos seleccionados al Alcalde el que lo someterá a aprobación en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal. Una vez culminado este proceso, se informará a las organizaciones postulantes sobre los resultados de los Fondos Concursables 2016. IX. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES La organización que no resulte beneficiada con los Fondos Concursables tendrá el derecho a pedir al municipio la devolución de su proyecto. En cuanto a los proyectos seleccionados, la organización beneficiada se someterá a los siguientes procedimientos: a) La subvención será entregada a la directiva vigente de la organización en un cheque a su nombre, previa firma de un convenio entre el representante legal de la organización y del municipio a través del Alcalde. b) En el convenio, se consignarán las actividades a realizar en el proyecto, detalle de los recursos financiados, sus costos, el aporte de la comunidad beneficiada, el período de ejecución, la rendición de los fondos, y todos aquellos elementos que garanticen el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas para la adecuada ejecución y término del proyecto. c) Una vez entregado el cheque, la organización cuenta con 30 días para depositarlo en su cuenta bancaria, la que ya deberá estar aprobada por la institución financiera en su caso, o hacerlo efectivo. Bajo ninguna circunstancia podrá ser depositado en cuentas bancarias personales, bipersonales o de otras organizaciones. MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA 13

d) El Municipio no se hará responsable en caso de pérdida o vencimiento del cheque otorgado a la organización. e) La documentación de la rendición deberá tener fecha posterior al decreto exento que otorga los recursos que financian el proyecto, hasta el 31 de diciembre de 2016. X. PROCESO DE ACOMPAÑAMIENTO Y RENDICIÓN a) Durante los meses de ejecución del proyecto, la organización será supervisada y fiscalizada por la Dirección de Desarrollo Comunitario y Social a través de la unidad que corresponda. b) La organización deberá realizar la rendición de cuentas de los fondos entregados por el municipio en base a las normas establecidas por la Dirección de Control para estos efectos y dentro de los plazos establecidos. c) La rendición se deberá realizar adjuntando sólo y exclusivamente la documentación tributaria correspondiente; boletas y/o facturas originales que respalde el gasto ocasionado por concepto de la ejecución del proyecto. Se aceptarán sólo facturas o boletas de honorarios giradas a nombre de la organización con la documentación que acredite la inversión de la subvención. Se prohibé que los recursos asignados sean dirigidos a socios o dirigentes de la organización. d) La organización no podrá comprar con tarjetas de créditos, red compra, ni en cuotas los recursos aprobados en el proyecto. Como asimismo, hacer uso del saldo si correspondiese comprando elementos e insumos no contemplados en el convenio suscrito. e) La rendición de cuentas será revisada y visada previamente por la Dirección de Desarrollo Comunitario y Social, a través de la unidad que corresponda según sea el Fondo Concursable, antes que se formalice su entrega en la Dirección de Control. f) Se dará término anticipado al proyecto cuando la organización no entregue al municipio información fidedigna en el período de supervisión o auditoría del proyecto y cuando éste no sea ejecutado en los términos en que fue aprobado. g) En caso de término anticipado del proyecto, los recursos asignados por el municipio deberían ser restituidos obligatoriamente a ésta de acuerdo a los procedimientos administrativos establecidos. Del mismo modo, las organizaciones que no hayan ejecutado el proyecto en los plazos establecidos deberán proceder de la misma forma. 14 MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA

h) Una vez finalizado el proyecto, la organización deberá hacer entrega obligatoria a la Dirección de Desarrollo Comunitario y Social mediante la unidad municipal relacionada con el Fondo Concursable de un informe de gestión que incluya en detalle las actividades realizadas, logros obtenidos, dificultades, etc. Este será considerado como parte de la documentación de la rendición de los fondos otorgados. i) Los bienes obtenidos como producto del proyecto pasarán a formar parte del patrimonio de la organización y en ningún caso serán de la propiedad del presidente(a) de la organización o de los responsables del proyecto, debiendo ser inventariados. j) El incumplimiento de las normas anteriores, ameritará que el municipio emprenda las acciones legales que correspondan. MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA 15

www.laflorida.cl Municipalidad de La Florida - Vicuña Mackenna Nº 7210