1. Objetivo. 2. Definiciones

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Transcripción:

Lineamentos de Operación del Programa de Apoyo al Desarrollo Agroindustrial y Comercialización (PADAC) 1. Objetivo 1.1- El Programa de Apoyo al Desarrollo Agroindustrial y Comercialización (PADAC) tiene como objetivo general promover la agroindustrialización y comercialización de los productos del campo tabasqueño, mediante el otorgamiento de apoyos económicos a microagroindustrias que den valor agregado a la producción primaria y contribuyan a reducir el intermediarismo. 2.1- Para efectos de las presentes, se entenderá por: 2. Definiciones Apoyos: Son los recursos económicos, vía subsidios, que el Gobierno Estatal otorgará por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Forestal y Pesquero, en los términos del Presupuesto de Egresos correspondiente, a quienes resulten beneficiados. Beneficiario: Persona física o jurídico colectiva que recibe el apoyo. Cédula de apoyo: Es el formato a requisitar para solicitar los apoyos del Programa. DAGRO: Dirección de Agronegocios. PADAC: Programa de Apoyo al Desarrollo Agroindustrial y Comercialización. Proyectos: Conjunto de actividades presupuestadas y programadas que se dirigen al cumplimiento del objetivo del Programa. SEDAFOP: Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Forestal y Pesquero. 3. Características de los Apoyos 3.1- Los apoyos del PADAC están integrados por subsidios previstos en el Presupuesto del Programa Operativo Anual del Gobierno del Estado del ejercicio fiscal 2014, y serán otorgados a la población objetivo a través de la SEDAFOP. 3.2- Los apoyos del PADAC, destinados a la ejecución de un proyecto, deberán ser complementados con las aportaciones de los beneficiarios, de tal forma que se integren al cuadro de inversiones de los proyectos, conforme a las disposiciones contenidas en estos Lineamientos de Operación.

4. Presupuesto y Monto de Apoyos 4.1- El presupuesto que se asigna al PADAC del Programa Operativo Anual 2014 para destinarse a los apoyos para la población objetivo, es el autorizado en el presupuesto de egresos para el Proyecto DF042.- Programa de Apoyo al Desarrollo Agroindustrial y Comercialización. 4.2- El porcentaje de apoyo será de hasta el 50% del valor total del concepto a apoyar del proyecto y hasta un monto de $80,000.00. El restante 50% del valor total del concepto a apoyar del proyecto tendrá que ser aportación del solicitante. 5. Cobertura y Población Objetivo 5.1- El PADAC tiene una cobertura estatal, sólo se podrán otorgar apoyos en el Estado de Tabasco y para proyectos que se establezcan dentro de su territorio. 5.2- La población objetivo del PADAC es la que se indica a continuación y que pretenda obtener apoyos para la realización de proyectos en los tipos de apoyo que se describen en el presente Lineamiento de Operación y los que la SEDAFOP determine y autorice: a) Personas físicas en proceso de establecer una microagroindustria o que cuenten con una, cuya actividad esté ligada a la producción agrícola, pecuaria, acuícola, pesquera y forestal. b) Personas jurídico colectiva en proceso de establecer una microagroindustria o que cuenten con una, cuya actividad esté ligada a la producción agrícola, pecuaria, acuícola, pesquera y forestal. 6. Requisitos para Acceder a los Apoyos 6.1- Serán elegidos para acceder a los apoyos del PADAC, la población objetivo señalada en el punto 5.2 de los Lineamientos de Operación, debiendo cumplir con los requisitos siguientes: I. Para las Personas Físicas: Ser mayor de edad y presentar, original con fines de cotejo y copia simple: Identificación oficial vigente; CURP; RFC; Comprobante de domicilio, y Cédula de Apoyo (Anexo A), debidamente requisitada. II. Para las Personas jurídico colectiva.- Presentar original con fines de cotejo y copia simple de: Acta Constitutiva y, en su caso, el instrumento notarial donde consten las modificaciones a ésta y/o a sus estatutos; RFC; Comprobante de domicilio fiscal; Acta notariada de la instancia facultada para nombrar a las autoridades o donde conste el poder general para pleitos y cobranzas y/o para actos de administración o de dominio; Identificación oficial del representante legal; CURP del representante legal, y Cédula de Apoyo (Anexo A) debidamente requisitada. III. Para las personas físicas y personas jurídico colectiva, deberán entregar un Plan de Negocios que describa los puntos señalados en el Guión para la elaboración de un Plan de Negocios para acceder al PADAC (Anexo B) IV. La recepción de la documentación será en las oficinas de la Dirección de Agronegocios de la SEDAFOP, las cuales se encuentran ubicadas en Prolongación Paseo Tabasco No. 1504, Centro Administrativo de

Gobierno, Colonia Tabasco 2000 de la Ciudad de Villahermosa, Tabasco, México, C.P. 86035, en un horario de atención de Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas. V. Los conceptos de apoyo solicitados deben coincidir y ser congruentes en términos de los presentes Lineamientos de Operación. VI. Los proyectos deberán prever la aportación de recursos por parte de los beneficiarios, los cuales deberán comprobar a la Secretaría que cuentan con la aportación complementaria que se destinará al desarrollo del proyecto. VII. El beneficiario deberá presentar al menos dos cotizaciones de la maquinaria y/o equipos solicitados. VIII. No tener adeudos con la SEDAFOP. IX. Estar al corriente en sus obligaciones fiscales o comprobar que se está exento de obligaciones fiscales. X. Acreditar la legal propiedad o posesión de los bienes inmuebles destinados en el proyecto. 7. Conceptos de Apoyo 7.1- Se otorgarán apoyos del PADAC para la adquisición de los siguientes conceptos: Equipamiento: Para maquinaria y equipo de proceso, que permita generar valor agregado a la producción agrícola, pecuaria, acuícola, pesquera y forestal. Diseño y desarrollo de envase: Incluye apoyos para la contratación de servicios profesionales de diseño y desarrollo de envase de productos agroindustriales; apoyos para la adquisición de envase de productos agroindustriales; y la contratación del servicio de maquila de envasado de productos agroindustriales. Exclusiones: No se otorgarán apoyos para los siguientes conceptos: Compra de maquinaria y/o equipo usado. Compra de cualquier tipo de vehículo. Cualquier tipo de construcciones. Reparaciones o mantenimientos o compra de piezas. Pago de pasivos, y Materia prima, insumos o capital de trabajo. Cabe destacar que la maquinaria y/o equipos deberán entregarse por el proveedor llave en mano, es decir, deberán contemplar la instalación por parte del proveedor, así como otorgar los manuales de operación y garantías correspondientes, con la debida capacitación por parte de éste. 8. Proceso 8.1- Para acceder a los apoyos del PADAC, se seguirá el siguiente proceso:

I. Se emitirá la convocatoria en la página web oficial de la SEDAFOP, a partir del 17 de febrero al 4 de abril de 2014, período en donde se recepcionarán las solicitudes para acceder al PADAC. II. Se recepcionará la Cédula de Apoyo en las oficinas de la Dirección de Agronegocios de la SEDAFOP. III. La evaluación de la Cédula de Apoyo (Anexo A) estará a cargo de la Dirección de Agronegocios, quien para tal efecto podrá realizar visitas, entrevistas y/o avalúos para verificar la información contenida en dicha Cédula. IV. Las Cédulas de Apoyo de proyectos serán dictaminadas por la DAGR, a quien le corresponde aprobar o rechazar los proyectos y la asignación de los apoyos, así como emitir la resolución correspondiente. V. En la evaluación de los proyectos se verificará que cumplan con los requisitos previstos en los presentes Lineamientos de Operación y deberán presentar un Plan de Negocios, conforme al Guión para la Elaboración de un Plan de Negocios para acceder al PADAC (Anexo B). VI. En caso de ser favorable el dictamen, se emitirá un oficio de autorización al beneficiario. VII. Para otorgar los apoyos a los beneficiarios, es necesaria la celebración de un Acuerdo de Apoyo Financiero. VIII. Una vez firmado y registrado el Acuerdo de Apoyo Financiero, se procederá al trámite administrativo para la liberación del recurso, para lo cual los beneficiarios deberán entregar un comprobante fiscal o simple por la cantidad autorizada para la ejecución del proyecto y demostrar que posee su aportación. En caso de que no sea entregada esta documentación y exhibida su aportación, se someterá a la consideración de la DAGRO de la SEDAFOP para que proceda a su cancelación. IX. Una vez efectuadas las adquisiciones por parte del beneficiario, éste deberá presentar copia simple y original para fines de cotejo de los comprobantes fiscales de compra de la maquinaria y/o equipos, de acuerdo a los conceptos y montos autorizados. X. Las adquisiciones, fechas de conclusión de los proyectos así como las comprobaciones deberán efectuarse a más tardar el último día hábil del mes de noviembre del año en ejercicio. 9.1- Los beneficiarios tendrán los siguientes derechos: 9. Derechos y Obligaciones de los Beneficiarios I. Recibir los recursos del PADAC para ejercerlos de conformidad a los Lineamientos de operación. II. Recibir asesoría por parte de los funcionarios de SEDAFOP, cuando así lo soliciten, para facilitar la correcta aplicación de los recursos otorgados. 9.2- Son obligaciones de los beneficiarios: I. Suscribir con la SEDAFOP el instrumento jurídico que corresponda. II. Presentar el comprobante fiscal o simple a la firma del instrumento jurídico. III. Contar con una cuenta bancaria específica y exclusiva para la administración y ejercicio de los recursos otorgados por el PADAC, que distinga contablemente su origen e identifique que las erogaciones correspondan al fin autorizado. IV. Presentar el comprobante fiscal correspondiente a las adquisiciones de los conceptos aprobados una vez entregado el apoyo. V. Cumplir con los porcentajes de aportación correspondientes.

VI. Aplicar estrictamente los apoyos del PADAC para la ejecución del proyecto en el concepto o conceptos de apoyo aprobados. VII. Ejecutar las acciones del proyecto aprobado, de conformidad con los compromisos, tiempos, metas y objetivos del proyecto, establecido en la Cédula de Apoyo. VIII. Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión e inspección, y brindar la información y documentación que solicite la SEDAFOP y/o las instancias fiscalizadoras, para los efectos que dichas instancias requieran. IX. Rendir informes a la SEDAFOP, en caso de que esta requiera, del estado que guarda el proyecto para el cual se aprobaron los apoyos, así como los avances en el ejercicio de los recursos, con las metas y objetivos alcanzados a la fecha. X. Conservar la documentación original y comprobatoria del gasto y ejercicio de los apoyos otorgados. XI. Solicitar por escrito a la SEDAFOP, la autorización previa para cualquier modificación al proyecto aprobado. XII. Conservar en buen estado los bienes adquiridos con el apoyo otorgado durante su vida útil. XIII. En general, cumplir y observar en todo momento con los Lineamientos de Operación del Programa y las demás aplicables. 10. Causas de Incumplimiento y Sanciones 10.1- En caso de incumplimiento, la DAGR de la SEDAFOP, emitirá acuerdo mediante el cual podrá determinar medidas preventivas, correctivas o la cancelación total o parcial de los apoyos otorgados, así como la rescisión o vencimiento anticipado de los instrumentos jurídicos suscritos para formalizar la entrega de los apoyos, cuando los beneficiarios incurran en cualquiera de las siguientes causas: I. Incumplan con los términos establecidos en el presente Lineamiento de Operación, para el otorgamiento de los apoyos que le hayan sido asignados. II. No apliquen los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente. III. Incumplan con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo. IV. No acepten la realización de visitas de supervisión e inspección, cuando así lo solicite la SEDAFOP, o cualquier autoridad competente o autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados. V. No entreguen a la SEDAFOP, los informes a que se refieren en la fracción IX del punto 9.2 VI. Presenten información falsa sobre la aplicación de los apoyos o del avance de ejecución del proyecto. VII. Incumplan cualquier otra obligación o deber jurídico previsto en estos Lineamientos de Operación, los instrumentos jurídicos que suscriban para el otorgamiento de los apoyos o en las demás disposiciones jurídicas o administrativas aplicables. 10.2- La SEDAFOP, en función de la gravedad de las causas de incumplimiento a que se refiere el artículo anterior, podrá: I. Requerir al Beneficiario para que dentro del término que se le determine, subsane las omisiones o irregularidades advertidas en las visitas de supervisión e inspección. II. Cancelar en forma total o parcial la entrega de los apoyos, en caso de reincidencia o por las causas a que se refieren I, III y VII del punto 10.1 Simultáneamente, la SEDAFOP podrá efectuar la suspensión de otros apoyos aprobados al Beneficiario.

11. Instancia Ejecutora, Normativa y de Control y Vigilancia. 11.1- La operación del PADAC estará a cargo de la SEDAFOP, a través de la Dirección de Agronegocios, conforme al proceso descrito en el punto 8.1 de los presentes Lineamientos de Operación. 11.2- La instancia normativa del PADAC será la DAGRO de la SEDAFOP, la cual determinará, conforme a las disposiciones de estos Lineamientos de Operación, los proyectos que puedan acceder a los apoyos. 11.3- La instancia encargada del control y vigilancia del PADAC para asegurar el buen uso, manejo y destino de los recursos ministrados será la Dirección de Agronegocios y las unidades administrativas y jurídicas de la SEDAFOP, además de los órganos estatales y federales de supervisión y vigilancia, tales como la Secretaría de Contraloría del Estado de Tabasco y el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco. 12. Difusión y Promoción 12.1- Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos, se instrumentarán las siguientes acciones: Los Lineamientos de Operación del PADAC se difundirán a través de la página Web oficial de la Secretaría: http://sedafop.tabasco.gob.mx/, así como el padrón de beneficiarios. 12.2- La interpretación de los presentes Lineamientos de Operación estarán a cargo de la SEDAFOP. OTROS PRIMERO: Los presentes Lineamientos de Operación entrarán en vigor a partir de la fecha de su firma. SEGUNDO: Las disposiciones de los Lineamientos de Operación, serán aplicables en los ejercicios presupuestales subsecuentes, en lo que no se contraponga con lo dispuesto en el Presupuesto Operativo Anual del año siguiente y hasta en tanto no se modifiquen o se sustituyan las presentes. Villahermosa, Tab., a 17 de Febrero de 2014. El Secretario de Desarrollo Agropecuario, Forestal y Pesquero. Lic. Pedro Jiménez León