ACREDITACIÓN PARA IMPARTIR CERTIFICADOS DE -Normativa: Resolución de 26 de mayo de 2014, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se regula la acreditación e inscripción de centros y entidades de formación que imparten, en la modalidad de teleformación, formación profesional para el empleo en el ámbito de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal. Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación (BOE nº 249, de 17/10/2013). R.D. 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad. - Qué órgano realiza la acreditación del centro que quiere impartir formación conducente a la obtención de un Certificado de Profesionalidad en la modalidad de teleformación? Acreditación SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
ACREDITACIÓN PARA IMPARTIR CERTIFICADOS DE Un centro se identifica mediante un código de centro y queda caracterizado por: -NIF/NIE -Dirección de internet (URL) para seguimiento y control de las acciones formativas. -Especialidades formativas a impartir. -Dirección de internet (URL) de acceso a las acciones formativas. -Centros de sesiones presenciales. Conceptos: Plataforma de teleformación.- Entorno informático a través del que se desarrolla el proceso de aprendizaje y de interacción entre alumnado y tutores-formadores, que aloja los contenidos y actividades de aprendizaje y mediante el cual se administran, gestionan y evalúan acciones formativas a través de internet. Centros de sesiones presenciales.- Centros de formación previamente acreditados.
ACREDITACIÓN PARA IMPARTIR CERTIFICADOS DE - Qué requisitos debe cumplir un centro para cada especialidad formativa que desee acreditar en modalidad de teleformación? Proyecto Formativo Plataforma de teleformación Contenido completo del curso Guías para el alumno y para los tutores-formadores Centros de sesiones presenciales ya acreditados Los centros que soliciten la acreditación, deberán justificar la implantación de SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DE LA FORMACIÓN.
Requisitos: ACREDITACIÓN PARA IMPARTIR CERTIFICADOS DE Organización y gestión de la acción formativa Identificación de la entidad y del Certificado de Profesionalidad Ámbito de actuación geográfico Planificación de la evaluación Proyecto Formativo Nº máximo de alumnos Programación didáctica Planificación didáctica Nº de tutoresformadores El proyecto formativo se presentará cuando la entidad solicite la acreditación del centro al SEPE.
Requisitos: Servicio de atención al usuario y de mantenimiento Manual de instrucciones de uso en línea Fiabilidad, seguridad, accesibilidad ACREDITACIÓN PARA IMPARTIR CERTIFICADOS DE Seguimiento de las acciones formativas PULSE AQUÍ Herramientas de gestión de contenidos, comunicación y colaboración, de seguimiento y evaluación PLATAFORMA DE TELEFORMACIÓN Autoriza: SEPE Interactividad y trabajo cooperativo Dispositivos de acceso simultaneo Integración de herramientas de administración y gestión Accesible a través de servidor con capacidad suficiente Todos los módulos de la acción formativa Acceso 24 horas del día, todos los días de la semana Ver requisitos técnicos de la plataforma
ACREDITACIÓN PARA IMPARTIR CERTIFICADOS DE Requisitos: Desarrollo y diseño de contenidos en formato multimedia CONTENIDO COMPLETO DEL CURSO MATERIALES Y SOPORTES DIDÁCTICOS Integrados en la plataforma virtual Ver requisitos técnicos de los contenidos multimedia (Punto 2 Anexo II Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre) Actividades de aprendizaje en chat, foro, videos, etc. Actividades de aprendizaje a realizar en tutorías presenciales Instrumentos de evaluación y prueba de evaluación final presencial del módulo
ACREDITACIÓN PARA IMPARTIR CERTIFICADOS DE Requisitos: GUÍAS PARA EL ALUMNO Y PARA LOS TUTORES- FORMADORES GUÍA ALUMNO: Información para el alumno sobre el desarrollo del curso GUÍA TUTORES- FORMADORES: Guía de aprendizaje y evaluación de cada módulo Ver especificaciones (Punto 3 y 4 Anexo II Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre)
ACREDITACIÓN PARA IMPARTIR CERTIFICADOS DE Requisitos: INSTALACIONES Y RECURSOS Sesiones Presenciales Centro propio Convenio con otros centros Centros ya acreditados para la impartición presencial en el Registro de Centros y Entidades de Formación de Castilla-La Mancha. Revisión anual de la acreditación mientras se impartan acciones formativas.
ACREDITACIÓN PARA IMPARTIR CERTIFICADOS DE Procedimiento: INICIO.- Previa solicitud interesado o representante con capacidad de obrar. Por medios electrónicos. Necesario firma electrónica en vigor. SUBSANACIÓN.- Según art. 70.1 Ley 30/92 de 26 de noviembre. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA.- Se presentará junto con la solicitud los siguientes documentos digitalizados, cuya fidelidad con el original garantizará el solicitante mediante su firma electrónica: a) Tarjeta de identificación fiscal b) Cuando proceda, escritura de apoderamiento o documento que acredite las facultades de representación. c) Documento que acredite la propiedad (escrituras), arrendamiento o derecho de uso del inmueble, instalaciones, equipos, talleres o campos de práctica del centro en el que vayan a realizarse las sesiones presenciales. d) Declaración responsable comprometiéndose a disponer de tutores-formadores que cumplan las prescripciones y requisitos establecidos en el art. 13 del R.D. 34/2008, de 18 de enero y en el art. 30.2 b) de la Orden TAS/718/2008. e) Proyecto Formativo (por cada especialidad formativa a impartir) f) Guías del alumno y del tutor-formador (por cada especialidad formativa a impartir) g) Acuerdo o convenio de colaboración (en el caso de que se realicen acuerdos o convenios con otros centros ya acreditados para la impartición presencial)
Tramitación ACREDITACIÓN PARA IMPARTIR CERTIFICADOS DE NOTIFICACIONES ADMINISTRATIVAS.- Puede llevarse a cabo por medios electrónicos, siempre que el centro o entidad haya aceptado expresamente dicho medio de notificación como preferente, mediante la identificación de una Dirección Electrónica Habilitada. Instrucción y Finalización INSTRUCCIÓN.- SEPE RESOLUCIÓN.- Máximo 6 meses. Subdirección General de Políticas Activas de Empleo del SEPE. FALTA DE NOTIFICACIÓN EN PLAZO.- Solicitudes estimadas por silencio administrativo Si las solicitudes son estimadas El centro queda acreditado para impartir CP en la modalidad de teleformación Inclusión en el Registro de centros y entidades de Formación del SEPE. Asignación de un código de centro.
CARACTERÍSTICAS DE LOS CERTIFICADOS DE Regulados por Real Decreto. Puede ofertarse de forma completa o parcial. Se realiza a través de una plataforma virtual. La evaluación final de cada módulo formativo es presencial. Puede incluir formación presencial (tutorías presenciales) según Anexo I de la Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre. El módulo de formación práctica en centros de trabajo no se puede impartir mediante teleformación.
ESTRUCTURA DE LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD EN LA MODALIDAD DE TELEFORMACIÓN CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD Módulo Formativo Módulo Formativo Módulo Formativo Módulo Formación Práctica Formación on line Tutoría Presencial Evaluación Final Presencial Formación on line Evaluación Final Presencial Horas de formación on line + Tutorías presenciales + Evaluación final = Duración total del módulo
ESTRUCTURA DE LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD EN LA MODALIDAD DE TELEFORMACIÓN Con prueba presencial final del módulo formativo Con tutoría presencial por módulo Capacidades y criterios de evaluación
ESTRUCTURA DE LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD EN LA MODALIDAD DE TELEFORMACIÓN Con prueba presencial final del módulo formativo Sin tutoría presencial
TUTORÍA PRESENCIAL EN TELEFORMACIÓN Actuación planificada de carácter obligatorio. Referida a cada módulo o unidad formativa. Vinculada a ciertas capacidades y criterios de evaluación. Concretada en actividades. Duración determinada. Realizadas en centros de formación acreditados en modalidad presencial. Durante el periodo de duración del módulo formativo. En las fechas planificadas.
CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN FINAL EN TELEFORMACIÓN Comprobar la medida en que se han logrado los resultados de aprendizaje y adquirido las competencias profesionales Actuación planificada (Fechas, lugares, pruebas, y duración) Referida a cada módulo formativo o unidad formativa Se desarrolla de forma presencial Carácter teórico-práctico En espacios acreditados Mismos efectos de acreditación y validez que la formación presencial
FORMA DE REALIZAR LA EVALUACIÓN FINAL DE MÓDULO FORMATIVO EN TELEFORMACIÓN Se hace mediante métodos e instrumentos que garanticen la objetividad, fiabilidad y validez de la evaluación A través de una prueba de evaluación referida al conjunto de capacidades, criterios de evaluación y contenidos asociados al módulo. La duración está incluida dentro de las horas totales. Acompañada de un sistema de corrección y puntuación. Elaborada por los centros de formación en los que se imparten las acciones formativas. Autorizada por la Dirección General de Formación. Segunda convocatoria para los alumnos que no hayan superado la prueba o no la hayan realizado por causa justificada. Para poder presentarse a la prueba de evaluación final, los alumnos deben haber realizado todas las actividades de aprendizaje establecidas en el módulo.
ACREDITACIÓN PARA IMPARTIR CERTIFICADOS DE Normativa: -Resolución de 26 de mayo de 2014, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se regula la acreditación e inscripción de centros y entidades de formación que imparten, en la modalidad de teleformación, formación profesional para el empleo en el ámbito de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal. http://www.boe.es/boe/dias/2014/06/16/pdfs/boe-a-2014-6338.pdf -Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero. http://www.boe.es/boe/dias/2013/10/17/pdfs/boe-a-2013-10861.pdf -Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad. https://www.boe.es/boe/dias/2008/01/31/pdfs/a05682-05698.pdf - Orden de 18 de octubre de 2012, por la que se crea y regula el Registro de Centros y Entidades de Formacion que imparten Formación Profesional para elempleo en Castilla-La Mancha. http://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargararchivo.do?ruta=2012/10/29/pdf/2012_ 14998.pdf&tipo=rutaDocm Enlace para realizar la solicitud de acreditación del centro al SEPE: http://www.sepe.es/contenido/ /formacion/ formacion/ Enlace para realizar la solicitud de acreditación del centro en el Registro de Centros y Entidades de Formación de Castilla-La Mancha (Tutorías presenciales y prueba de evaluación final de cada módulo): http://empleoyformacion.jccm.es/principal/otras-entidades/entidades-de-formacion/registrode-centros-y-entidades/solicitud/