INFORME FINAL. Municipalidad de Buin. Número de Informe: 653/ de noviembre 2015 DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES ÁREA DE AUDITORÍA 2

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Transcripción:

INFORME FINAL Municipalidad de Buin Número de Informe: 653/2015 04 de noviembre 2015 www.contraloria.c1

Fi I CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PTRA. N : 16.001/2015 REF. N : 225.480/2015 DMSAI. N : 2.144/2015 REMITE INFORME FINAL QUE INDICA SANTIAGO, O4. NOV 1 5 *08 7735 Adjunto, remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe Final N 653, de 2015, debidamente aprobado, sobre auditoría a las contrataciones a honorarios con cargo a la cuenta presupuestaria 21.04.004, en la Municipalidad de Buin. Sobre el particular, corresponde que esa autoridad adopte las medidas pertinentes, e implemente las acciones que en cada caso se señalan, tendientes a subsanar las situaciones observadas. Aspectos que se verificarán en una próxima visita que practique en esa Entidad este Organismo de Control. Saluda atentamente a Ud., AL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE BUIN BUIN RTE ANTECED 'Crl ORDEN DEI CONTRALT 1A1VJA ISABil CARRIL C',A.1.,,::." ABOGADO Jefe División de Murj. :l es et. \ D A D US" \\.k \ 19<, 11621

PTRA. N 16.001/2015 REF. N : 225.480/2015 DMSAI. N : 2.144/2015 REMITE INFORME FINAL QUE INDICA SANTIAGO, 04. NOV 15*087736 Adjunto, remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe Final N 653, de 2015, debidamente aprobado, sobre auditoría a las contrataciones a honorarios con cargo a la cuenta presupuestaria 21.04.004, en la Municipalidad de Buin. Saluda atentamente a Ud., PCR ORDEN DEL CONTKOR GENERAL I,:ARÍA ISABEL CARRIL CAB/lLERO ABOGADO Jefe División de Munizipdidades AL SEÑOR ENCARGADO DE CONTROL MUNICIPALIDAD DE BUIN BUIN CONTROL 06 NOV 2015 RECI 113g, RTE ANTECED

PTRA. N' : 16.001/2015 REF. N : 225.480/2015 DMSAI. N : 2.144/2015 REMITE INFORME FINAL QUE INDICA SANTIAGO, O /4. Noll *O 8 7 7 3 7 Adjunto, sírvase encontrar Informe Final N 653, de 2015, de este Contraloría General, con el fin de que, en la primera sesión que celebre el concejo municipal, desde la fecha de su recepción, se sirva ponerlo en conocimiento de ese órgano colegiado entregándole copia del mismo. Al respecto, Ud, deberá acreditar ante esta Contraloría General, en su calidad de secretario del concejo y ministro de fe, el cumplimiento de este trámite dentro del plazo de diez días de efectuada esa sesión. Saluda atentamente a Ud., 1U ORDEN DEI CONIVIOR GENERAL ISABEL CARRIL CZUERO ABOGADO División de 1ul1,1niclpaiidades AL SEÑOR SECRETARIO MUNICIPAL MUNICIPALIDAD DE BUIN BUIN 2fi r RTE AIMTECED1 CIPALIDANDE BUI R. E n 6 NOV 7615 SECRETARIA MUNICIPAL

SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORIA 2 PTRA. N : 16.001/2015 REF. N : 225.480/2015 DMSA1. N : 2.144/2015 REMITE INFORME FINAL QUE INDICA SANTIAGO, O 4.110V 15 *0 87 7 38 Adjunto, remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe Final N 653, de 2015, debidamente aprobado, con el resultado de la auditoría practicada en la Municipalidad de Buin. Saluda atentamente a Ud., POP, ORDEN DEL COIRALOR GENERAL MARÍA ISABEL CARRIL.CAIMERO ABOGADO Jefe Divisbn de Munic:palidades RECIBIDO EN UNIDAD DE SEGUIMIENTO A LA SEÑORA JEFE UNIDAD DE SEGUIMIENTO FISCALÍA PRESENTE ran IZFÉ- TECED 06 NOV 2015 FISCALIA CONTRALORIA GRAL. DE LA RE.PLIBLICA

PTRA. N 16.001/2015 REF. N 225.480/2015 DMSAI. N 2.144/2015 REMITE INFORME FINAL QUE INDICA SANTIAGO, 4. NOV 5 * O 8 7 7 3 9 Adjunto, remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe Final N 653, de 2015, debidamente aprobado, con el resultado de la auditoría practicada en la Municipalidad de Buin. Saluda atentamente a Ud., PCR ORDEN Lr;EL CO111iLOR GENERAL ISABEL CARRI CAUILEZ ABoGADD División (it3 MUnlz- paiidad.:- A LA SENORITA JEFE UNIDAD TÉCNICA DE CONTROL EXTERNO PRESENTE 9 1.T/11'c) 14 2D CONI1OR1A GENERAL DE LA 161.111 ISABEL VILLAR MONTECINO: Jefa de Unidad Técnica de Control Exten MISIÓN DE MUNICIPPL1DADES E ANTELE

PTRA. N 16.001/2015 REF. N : 225.480/2015 DMSAI. N : 2.144/2015 REMITE INFORME FINAL QUE INDICA SANTIAGO, 13 NOV15*Ü87740 Adjunto, remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe Final N 653, de 2015, debidamente aprobado, con el resultado de la auditoría practicada en la Municipalidad de Buin. Saluda atentamente a Ud., DIVISIÓN DE MU»ALIDADES UNIDAD DE VALIDA Y REGISTRO SECR AR 0 6 2U15 PU, ORDPN DEL CT.!TPALOR GENER,L1!BABEL CARR1 CP2f,LLERD ABOGADO División de IsAunicipalidade' A LA SEÑORA JEFE UNIDAD DE VALIDACIÓN Y REGISTRO PRESENTE RTE ANTECED

PTRA. N : 16.001/2015 REF. N : 225.480/2015 DMSAI. N : 2.144/2015 REMITE INFORME FINAL QUE INDICA SANTIAGO, 04. NOV 5*0 877 41 Adjunto, remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, Informe Final N 653, de 2015, debidamente aprobado, con el resultado de la auditoría practicada en la Municipalidad de Buin. Saluda atentamente a Ud., ORDEN DEL CONTILOR GENFIt iv?,aría ISABEL CARRL CA2,150 ABOGADO efe - 'ivisión de Mulcipalidades AL SEÑOR JEFE UNIDAD DE SEGUIMIENTO PRESENTE CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPICA JONATHAN GONZÁLEZ. PEÑA Jefe (S) Unidad de Segur División de Municipalidades 05-4 - 45- RTÉ ANTECED

PTRA N : 16.001/2015 DMSAI N : 2.144/2015 REF. N : 225.480/2015 INFORME FINAL N 653, DE 2015, SOBRE AUDITORÍA A LAS CONTRATACIONES A HONORARIOS CON CARGO A LA CUENTA PRESUPUESTARIA 21.04.004, EN LA MUNICIPALIDAD DE BUIN. SANTIAGO, 0 4 NOV. 2015 ANTECEDENTES GENERALES En cumplimiento del plan anual de fiscalización de esta Contraloría General para el año 2015, y en conformidad con lo establecido en los artículos 95 y siguientes de la ley N 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, y el artículo 54 del decreto ley N 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, se efectuó una auditoría a las contrataciones a honorarios con cargo al subtítulo 21; ítem 04; asignación 004, del Clasificador Presupuestario. El equipo que ejecutó el examen fue integrado por los señores Héctor Mesina Ojeda y Retro Bernasconi Romero y el señor Carlos Montaña Matamala, auditores y supervisor, respectivamente. La Municipalidad de Buin es una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya misión según lo establece el artículo 1 de la ley N 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna. La revisión considera los honorarios imputados en la cuenta presupuestaria 21.04.004, Prestaciones de Servicios en Programas Comunitarios, la cual comprende la contratación de personas naturales sobre la base de honorarios, para la prestación de servicios ocasionales y/o transitorios, ajenos a la gestión administrativa interna de los municipios, que estén directamente asociados al desarrollo de programas en beneficio de la comunidad, en materias de carácter social, cultural, de rehabilitación o para enfrentar situaciones de emergencia, acorde lo define el decreto N 854, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Determina Clasificaciones Presupuestarias. AL SEÑOR OSVALDO VARGAS ZINCKE.j. / CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA (S) \ PRESENTE

SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORIA 2 Sobre el particular, es pertinente hacer presente, conforme se plasmó en el dictamen N 77.851, de 2014, de este origen, que desde el año 1994 -época en que se adecuaron las plantas municipales-, se ha advertido un incremento en la contratación de personal a honorarios para desempeñarse en programas comunitarios, imputada a la cuenta señalada, verificándose que no satisfacen las condiciones exigidas al efecto para dicha modalidad excepcional de trabajo, la que no está sometida a la limitación presupuestaria prevista en el artículo 13 de la ley N 19.280, que Modifica la Ley N 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y Establece Normas Sobre Plantas de Personal de las Municipalidades. Ahora bien, en relación con lo anterior, es dable manifestar al respecto que, a contar de la emisión del oficio circular N 33.701, de 2014, de este origen a saber, el 14 de mayo del mismo año, se encuentran sometidos al trámite de registro ante este Organismo de Control, entre otros, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 53 de la aludida ley N 18.695, todos aquellos actos administrativos que aprueban contratos a honorarios a que se refiere el subtítulo 21 "Gastos en Personal", incluidos los que se imputen a la aludida asignación 004, modificando en dicho sentido el oficio circular N 15.700, de 2012, de esta Contraloría General, que imparte instrucciones en materia de registro de decretos alcaldicios, y reconsidera parcialmente los dictámenes emitidos por este Órgano de Control NOS 60.469, de 2008; y 8.323, 54.141; y 54.394, todos de 2009. En este orden de ideas, se constató que durante el año 2014, la citada entidad edilicia destinó $ 1.110.555.134.-, para el pago de los honorarios en comento, mientras que para el personal municipal de planta y contrata contempló $ 1.634.090.847.-, conforme al siguiente detalle: CALIDAD JURÍDICA GASTO CANTIDAD DE $ FUNCIONARIOS Planta + Contrata 1.634.090.847 133 Honorario 21.04.004 1.110.555.134 429 Fuente de Informarión Elaboración nre-min c,-,4-,,, 1, R.-..-,.. -1- I- Administración y Finanzas de la Municipalidad de Buin. intormaclonproporcionada a Direccion de Cabe indicar que, con carácter confidencial, el 5 de agosto de 2015, fue puesto en conocimiento de la Municipalidad de Buin el preinforme de observaciones N 653, de esa anualidad, con el propósito de que formulara los alcances y precisiones que, a su juicio, procedieran, lo que se concretó extemporáneamente por oficio N 415, de 7 de septiembre de ese mismo año, no obstante lo cual, la citada respuesta fue considerada en la elaboración del presente informe final. OBJETIVO La fiscalización tuvo por objeto efectuar una auditoría a las contrataciones a honorarios imputadas a la cuenta presupuestaria 21.04.004 "Prestaciones de Servicios en Programas Comunitarios", que hayan sido efectivamente devengadas y pagadas durante el período comprendido entre el 1 de 2

enero y el 31 de diciembre de 2014, y cuyos desembolsos se encuentren vinculados a programas que tengan un total de gastos ejecutados superior a $ 1.000.000.-, en la anualidad auditada, en la Municipalidad de Buin. La finalidad de la revisión fue verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias relativas a las contrataciones a honorarios con cargo a la cuenta citada precedentemente, como también verificar si los cálculos son exactos y si se encuentran debidamente documentados y registrados, conforme a lo señalado en el aludido decreto N 854, de 2004. Todo lo anterior, en concordancia con la Ley de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República. METODOLOGÍA El examen se practicó de acuerdo a las normas que regulan las auditorías efectuadas por este Organismo Superior de Control, las cuales están contenidas en la resolución N 20, de 2015, que Fija Normas que Regulan las Auditorías Efectuadas por la Contraloría General de la República, y la resolución exenta N 1.485 de 1996, que Aprueba Normas de Control Interno de la Contraloría General, ambas de este origen, considerando resultados de evaluaciones de control interno respecto de las materias examinadas y la realización de pruebas de auditoría en la medida que se estimaron necesarias. Asimismo, se practicó un examen de cuentas de gastos relacionados con la materia en revisión. Las observaciones que la Contraloría General formula con ocasión de las fiscalizaciones que realiza se clasifican en diversas categorías, de acuerdo con su grado de complejidad. En efecto, se entiende por Altamente complejas/complejas, aquellas observaciones que, de acuerdo a su magnitud, reiteración, detrimento patrimonial, eventuales responsabilidades funcionarias, son consideradas de especial relevancia por el Organismo Contralor; en tanto, se clasifican como Medianamente complejas/levemente complejas, aquellas que tienen menor impacto en esos criterios. UNIVERSO Y MUESTRA De acuerdo con los antecedentes proporcionados por la entidad fiscalizada, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2014, el total de personas contratadas con cargo a la cuenta 21.04.004, excluyendo los programas con desembolsos inferiores a $ 1.000.000.-, fue de 427, lo que equivale a un total de egresos de $ 1.108.569.973.-. Las partidas sujetas a examen se determinaron mediante muestreo estadístico, con un nivel de confianza del 95% y una tasa de error de 3%, parámetros aprobados por esta Entidad Fiscalizadora, cuya selección ascendió a 96 casos, equivalente a un 29,17% del universo antes identificado, siendo sus gastos asociados, la suma de $ 323.348.810.-. 3

Adicionalmente, se analizaron partidas claves no incluidas en la muestra estadística, constituidas por pagos efectuados a 3 personas, de las cuales, durante el período en revisión, 1 trabajador se desempeñó en tres programas de los que aquí interesan; 1 prestó servicios en un programa comunitario de la Municipalidad de Aysén; y, 1 estuvo a honorarios en la Municipalidad de Peñalolén; quienes originaron para el municipio, un desembolso ascendente a $ 39.325.550.-. El total examinado, muestra estadística y partidas claves, alcanza un total de 99 servidores a honorarios, cuya inversión asociada asciende a $ 362.674.360.-, esto es, un 32,72% del gasto del citado universo de personas contratadas con cargo a la cuenta en revisión 21.04.004. MATERIA ESPECÍFICA Contratos a honorarios imputados a la cuenta contable 21.04.004 UNIVERSO MUESTRA PARTIDAS TOTAL CLAVES EXAMINADO N N 1.108.569.973 427 i 323.348.810 96 39.325.550 362.674.360 99 Fuente de Información: Elaboración propia sobre la base de la información proporcionada por la Directora de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Buin. Luego, con el propósito de constatar en terreno los servicios prestados por parte de los contratados a honorarios, se obtuvo una submuestra a partir del total examinado, correspondiente a trabajadores que fueron contratados en el 2014 y que continuaron prestando servicios en el 2015, ascendente a 25 casos, lo que representa un 25,25% del total auditado. La información utilizada fue proporcionada por la Dirección de Administración y Finanzas, la Dirección de Control, y la Dirección de Desarrollo Comunitario, todas de la Municipalidad de Buin, y puesta a disposición de esta Contraloría General, de forma gradual, entre el 13 de mayo y el 17 de julio de 2015. RESULTADO DE LA AUDITORÍA Del examen practicado, y considerando los argumentos y antecedentes aportados por la autoridad en su respuesta, respecto de las situaciones observadas en este informe, se determinó lo siguiente: I. ASPECTOS DE CONTROL INTERNO El estudio de la estructura de control interno y de sus factores de riesgo, permitió obtener una comprensión del entorno en que se ejecutan las operaciones, del cual se desprende lo siguiente: 1. La estructura y organización interna de la Municipalidad de Buin se encuentra contenida en el reglamento aprobado por decreto alcaldicio N 2.983, de 5 de octubre de 2012, el cual regula su estructura y organización interna, así como las funciones generales y específicas asignadas a las distintas unidades y la necesaria coordinación entre ellas, acto administrativo aprobado por el concejo municipal a través del acuerdo N 954, adoptado en la sesión rdinaria N 224, de 24 de septiembre de 2012, conforme lo exige el artículo 31 de la ey N 18.695. 4

Al respecto, se comprobó que el referido reglamento se encuentra publicado en la página web del municipio, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7, letra b), de la ley N 20.285, Sobre Acceso a la Información Pública, que señala que le corresponde a la entidad edilicia mantener a disposición permanente del público, a través de sus sitios electrónicos, entre otros antecedentes, las facultades, funciones y atribuciones de cada una de sus unidades u órganos internos, actualizada, a lo menos, una vez al mes, sin que se determinaran observaciones sobre la materia. 2. La entidad edilicia cuenta con una Dirección de Control, conforme lo dispuesto en los artículos 15 y 29 de la referida ley N 18.695, encargada, entre otros aspectos, de realizar la auditoría operativa interna del municipio, controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal, informar trimestralmente eventuales déficit al concejo y representar al Alcalde los actos que estime ilegales, cuyas funciones están contempladas en los artículos Nos 116 y 117 del mencionado reglamento aprobado por decreto alcaldicio N 2.983, de 2012. En cuanto a las revisiones efectuadas por la aludida dirección, procede señalar que no practicó auditorías operativas relacionadas con los desembolsos por concepto de honorarios con cargo al subtítulo 21, ítem 04, asignación 004, materia objeto de la presente fiscalización, según lo informado por el Director de Control, mediante memorándum N 94/2015, de 25 de mayo de la presente anualidad. Al respecto, procede anotar que la jurisprudencia administrativa de esta Entidad Fiscalizadora, contenida en el dictamen N 46.618, de 2000, ha manifestado que es responsabilidad de los municipios definir la forma como acometer su proceso de control, obedeciendo ésta esencialmente a las necesidades propias de cada entidad y a las características de su control interno. Sobre este acápite, esa autoridad comunal señala que en el Departamento de Control se desempeñan 2 funcionarios, ejerciendo uno de ellos el rol de jefatura, dedicándose al análisis, revisión y visación de todos los egresos municipales, y de los actos administrativos, el otro servidor, realiza las funciones establecidas en la ley de transparencia, y de apoyo al aludido Jefe de Unidad. En este contexto, para el período 2014, se realizaron 3 auditorías, sobre la custodia de documentos en garantía que caucionan contratos de obra y proyectos en ejecución, de vehículos municipales y de contrato de disposición de residuos domiciliarios, por lo tanto, no llevó a cabo una auditoría a la materia en estudio. Agrega el edil que, en atención a lo observado en este punto, próximamente se auditara la materia sometida a examen, tomando como base el presente informe final. Luego, corresponde manifestar que sin perjuicio de las acciones comprometidas, resulta oportuno anotar que lo antes expresado no constituye una observación propiamente tal, no obstante lo cual, es del todo recomendable que la señalada Dirección de Control incluya en sus futuros planes 5

y fiscalizaciones, los desembolsos por concepto de honorarios con cargo a la cuenta presupuestaria 21.04.004, para un mejor control de los mismos. 3. Por otra parte, se comprobó que la autoridad edilicia no ha creado en el estamento directivo del municipio el cargo de Director de Control, vulnerando con ello lo dispuesto en el artículo 16 de la ley N 18.695, que estableció, en lo que interesa, que la organización interna de las municipalidades debe considerar la Unidad de Control, para cuyos efectos, en aquellas entidades en que sus plantas funcionarias no consideren en el escalafón directivo el cargo señalado, situación que ocurre en la especie, el alcalde estará facultado para crearlos (aplica dictámenes N" 41.047, de 2014, y 11.126, de 2015, de esta Contraloría General). En efecto, en el decreto con fuerza de ley N 268-19.321, de 1994, del entonces Ministerio del Interior, que fijó la planta de personal de la Municipalidad de Buin, no se encuentra nominado el citado cargo. Sobre esta materia, el Alcalde señala en su respuesta que, si bien la citada ley faculta al alcalde para crear el cargo de Director de Control, ésta no estableció que sea un imperativo, ni definió un plazo para ello, luego, estima materializar el cumplimiento de dicha normativa, una vez que existan la condiciones financieras que permitan cumplir con las obligaciones que dicha decisión conlleva. Al respecto, es dable aclarar que el aludido artículo 16 de la ley N 18.695, consigna en su inciso 1 que el municipio deberá contar, entre otras, con a lo menos una unidad de control, por lo que el cumplimiento de dicha normativa, resulta ser una obligación para el ente edilicio. En este contexto, si bien, es efectivo que no se establece un término específico para que las municipalidades procedan a ello, obliga a estas últimas a ejecutar su implementación en el menor plazo, a fin de acatar cabalmente el cuerpo normativo en comento y garantizar la satisfacción de las necesidades de la comunidad local que están llamadas a realizar, en cumplimiento del mandato legal y constitucional a que están sujetas, considerando que se encuentran en tal imperativo desde el 1 de abril de 2014, data de entrada en vigencia del último texto legal citado (aplica dictamen N 41.047, de 2014, y 11.126, de 2015, de este origen). Por lo antes expuesto, corresponde mantener lo observado, mientras no se concrete la creación del cargo en cuestión, y acompañe el acto administrativo que llama a concurso público para proveerlo, hechos que serán verificados en una acción de seguimiento que realice esta Contraloría General, en esa municipalidad. 4. A su turno, se constató que el municipio no cuenta con manuales de descripción de cargos, que permitan conocer las tareas, deberes y responsabilidades de cada puesto de trabajo, lo cual no guarda con lo indicado el numeral 43, de la resolución exenta N 1.485, de 1996, de este origen, que indica que las estructuras de control interno y todas las transacciones y hechos significativos deben estar claramente documentadas y disponible para su 1\)armonía 6

verificación, situación corroborada por la Directora de Administración y Finanzas, en correo electrónico de 8 de junio de 2015. Responde el edil, que la estructura, y las funciones generales y específicas, de las distintas unidades de ese municipio, y la necesaria coordinación entre ellas, se encuentran definidas en el Reglamento Interno de Organización y Funciones, aludido en el numeral 1 de este acápite. Agrega que, la Unidad de Control Interno, se encuentra definida en el capítulo XIV, artículo 116, de dicho reglamento, dando cumplimiento, a su juicio, con lo señalado en el Título III, de la ley N 18.883. No obstante lo anterior, manifiesta el jefe comunal que se encuentran en elaboración las descripciones de cargos más relevantes y genéricos de cada dirección, adjuntando el estado de avance del trabajo realizado en la Dirección de Tránsito. Sobre el particular, es dable consignar que el aludido reglamento interno, se refiere a las funciones de las distintas unidades municipales, sin que en ellas se contenga una definición de los deberes y obligaciones de cada puesto de trabajo. Luego, sin perjuicio de las providencias indicadas, en atención a que éstas se encuentran en desarrollo, la observación debe mantenerse, siendo validada su concreción en una próxima visita de seguimiento por parte de este Ente Fiscalizador. 5. En relación a las potestades del Alcalde contempladas en la letra j) del artículo 63, de la ley N 18.695, esto es, "...Delegar el ejercicio de parte de sus atribuciones exclusivas en funcionarios de su dependencía...", se debe mencionar que mediante el decreto alcaldicio N 1.471, de 20 de mayo de 2013, la autoridad máxima cedió al Administrador Municipal, entre otras, la facultad de suscribir los decretos de pago. Al respecto, se constató en la muestra analizada, que los decretos de pago no registran la fórmula "por orden del Alcalde", vulnerando con ello la anotada letra j), del artículo 63, de la ley N 18.695 (aplica dictamen N 14.473, de 2014, de esta Contraloría General). Acerca de lo expuesto, informa el edil que a contar del día 6 de agosto de 2015, se incluyó en los decretos de pago un campo que consigna "por orden del alcalde", corrigiendo así lo anotado precedentemente. Sobre el particular, corresponde señalar que resultan atendibles las medidas correctivas implementadas, en el sentido de incluir la citada expresión, sin embargo, dicha acción tiene efecto en los actos administrativos dictados durante el año 2015, no así sobre los del 2014, período al cual corresponde la revisión, razón por la que la observación formulada se mantiene, atendido que se trata de un hecho consolidado, no susceptible de regularizar, debiendo en consecuencia, esa entidad, continuar con la aplicación de la medida informada, lo que será comprobado en futuras auditorías. 7

6. Se comprobó que la cuenta corriente municipal N 31014224, del Banco de Crédito e Inversiones, que es utilizada para efectuar los pagos de honorarios relacionados con la materia en examen, fue aprobada por este Organismo de Control a través del oficio N 5.174, de 22 de enero de 2014, no estableciéndose alcances que plantear. Asimismo, se constató que los funcionarios,,, y, durante el período examinado, contaron con la autorización de este Ente Fiscalizador para desempeñarse como giradores de la cuenta corriente individualizada en el párrafo anterior, situación que se ajusta a lo dispuesto en el artículo 54 de la aludida ley N 10.336. 7. La tarea de confeccionar la conciliación bancaria de la citada cuenta corriente N 31014224, del Banco de Crédito e Inversiones, es ejecutada por el Departamento de Finanzas, ciñéndose a lo establecido por este Ente Fiscalizador mediante oficio circular N 11.629, de 1982, punto 3, letra e), sin que se derivaran objeciones que formular. 8. Respecto a la publicación de las ordenanzas municipales en la página web de la entidad edilicia, se verificó el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso final del artículo 12 de la mencionada ley N 18.695, que ordena que todas las resoluciones a que se refiere ese precepto estarán a disposición del público y deberán ser divulgadas en los sistemas electrónicos o digitales con que cuente la municipalidad, no determinándose situaciones que representar. II. EXAMEN DE LA MATERIA AUDITADA 1.- Verificación de los actos administrativos La revisión practicada a las 99 personas seleccionadas en la muestra, determinó que, en términos generales, los contratos a honorarios suscritos por ellas, fueron sancionados por.1a entidad comunal y que las labores que les fueron encomendadas las ejecutaron en una data posterior a la emisión de sus convenios, a excepción de las situaciones que se señalan a continuación: 1.1 Omisión de remisión de decretos que aprueban contratos a honorarios y ausencia de registro electrónico, en el Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado. Efectuadas las verificaciones en el Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado, SIAPER, se comprobó que ese municipio no ha remitido a esta Contraloría General 181 de los decretos alcaldicios que aprobaron los contratos de honorarios de 67 servidores de la muestra, no dando cumplimiento a lo previsto en el citado oficio circular N 33.701, de 2014, de esta Entidad Fiscalizadora, en cuanto a la obligación a que se encuentran sometidos los actos administrativos que aprueban las contrataciones a honorarios a que \ se refiere el subtítulo 21; ítem 04; asignación 004, contenido en el decreto N 854, de 2004, ya aludido, a contar del 14 de mayo de la misma anualidad. 8

SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORIA 2 Por su parte, en cuanto a lo dispuesto por la resolución N 573, de 2014, de esta Contraloría General, que Incorpora Nuevas Municipalidades al Sistema de Registro Electrónico de Decretos Alcaldicios Relativos a las Materias de Personal que Indica, que entró en vigencia el día 1 de diciembre de 2014, y que incluye, entre otras entidades, a la Municipalidad de Buin, cabe advertir que se verificaron 10 casos adicionales de contratados a honorarios imputados a la cuenta 21-04-004, con decretos de aprobación posteriores a dicha fecha, que no fueron subidos a la aludida plataforma electrónica por el ente edilicio. El detalle de lo observado consta en el Anexo N 1. El edil, en su oficio respuesta, reconoce lo objetado, manifestando que desconocía lo previsto en el aludido oficio circular N 33.701, de 2014, de este origen. Agrega que, la remisión de los 181 decretos alcaldicios detallados en el Anexo N 1, y el registro electrónico de los 10 documentos, también citados en el anexo, se encuentra en proceso. Al respecto, sin perjuicio que se confirmó que con fecha 17 de agosto de 2015, la Encargada de Recursos Humanos de la Municipalidad de Buin ordenó el registro en comento, lo observado debe mantenerse en su totalidad, debido a que ello representa una situación consolidada, que no es posible de corregir, en consideración a que se vulneró el plazo de remisión de 15 días hábiles contados desde que fueron emitidos tales actos administrativos, conforme lo previsto en el referido oficio circular N 15.700, de 2012, de este origen, por lo que la autoridad deberá arbitrar las medidas pertinentes para que, en lo sucesivo, no se repita lo representado, realizando oportunamente el pertinente registro, en cumplimiento a lo establecido en las citadas instrucciones, acatamiento que será verificado en futuras auditorías. 1.2 Falta de emisión de contratos a honorarios. Del análisis de los antecedentes proporcionados por esa entidad edilicia, se advirtió la falta de emisión de los contratos a honorarios de 4 prestadores de servicios, no pudiéndose validar las condiciones establecidas entre las partes, tales como: servicios a ejecutar, plazos de entrega, horario, monto del honorario pactado, período y vigencia, en los casos que se indican a continuación: NOMBRE RUT NOMBRE EGRESO FECHA MONTO $ 4.86 Prodesal 2014 275 19-12-2014 350.000 7.95 Limpieza de Acequias 119 29-05-2014 151.620 15.35 Centro de Intervención Familiar 2014 115 29-05-2014 830.000 10.06 Verano junto a usted 96 05-05-2014 393.750 año 2014 119 29-05-2014 393.750 TOTAL 2.119.120 Fuente. de. Sobre a base de los datos obtenidos de las carpetas de prestadores de servicios proporcionada por el Departamento de Recursos Humanos de la Municipalidad de Buin. 9

Cabe señalar que, las situaciones advertidas implican una transgresión a lo previsto en los artículos 3 y 5 de la ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración Del Estado, y al artículo 12, de la ley N 18.695, conforme a los cuales las decisiones escritas que adopten las municipalidades deben materializarse en un documento escrito y aprobarse mediante el respectivo decreto, siendo este el que produce el efecto jurídico básico de obligarlos conforme a la ley (aplica dictámenes Nos 31.870, de 2010, y 78.056, de 2013, de esta Contraloría General). A mayor abundamiento, quienes prestan servicios sobre la base de honorarios tienen como norma reguladora de sus relaciones el respectivo convenio, de modo que las partes se encuentran subordinadas a lo acordado por ellos, por lo que resulta imprescindible, para los efectos de determinar las obligaciones y derechos que a cada una le asisten, la efectiva celebración de los contratos (aplica criterio contenido en el dictamen N 26.904, de 2013, de este origen). Sobre el particular, el edil manifiesta en su oficio respuesta que, los contratos en comento no fueron habidos al momento de ser solicitados por este Organismo de Control, adjuntándolos en esta oportunidad, los cuales, una vez analizados, permiten levantar lo observado respecto de don, RUT 4.86, don, RUT 15.35 ; y, don, RUT 7.95 Sin embargo, en lo referido al caso de don, RUT 10.06, el contrato remitido por el jefe comunal corresponde al programa Oficina de Organizaciones Comunitarias año 2014 y no al individualizado en el cuadro precedente, a saber, Verano junto a Usted, por lo que debe mantenerse lo observado a su respecto, mientras no se acredite la existencia del acuerdo de voluntades concerniente al programa en estudio, lo que será verificado en una próxima visita de seguimiento que realice esta Contraloría General. 1.3 Oportunidad en la dictación de los decretos alcaldicios. Se constató la falta de oportunidad en la dictación de 29 de los decretos alcaldicios que aprueban las contrataciones a honorarios, toda vez que éstos fueron emitidos en una fecha posterior a la de inicio de las labores convenidas, presentándose un desfase promedio de 41 días corridos. El detalle de ellos se indica en el Anexo N 2. Es menester precisar, que la demora en la formalización de un acto administrativo configura una infracción tanto a lo prevenido en los artículos 3, inciso segundo, y 8 de la ley N 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado, que imponen a los órganos que la integran el deber de observar los principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia y de accionar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites, como a lo previsto en el artículo 7 de la citada ley N 19.880, referente al principio de celeridad de los actos de las autoridades y funcionarios públicos (aplica criterio contenido en el dictamen N 12.540, de 2011, de este origen). 10

Al respecto, indica el Alcalde en su respuesta que es efectivo el desfase constatado, argumentando que su ocurrencia se debe a razones de fuerza mayor, e informa que se encuentra implementando un procedimiento tendiente a disminuir el referido desfase, utilizando para aquello un formulario único de "Solicitud de Contratación de Honorarios" que incluye todas las etapas de la contratación. Agrega, que mediante memorándum N 72, de 3 de septiembre de 2015, del Administrador Municipal, se entregaron directrices a los directores municipales, entre otras, el uso del citado instrumento. Finalmente, expresa que el procedimiento antes señalado, una vez que sea implementado, será formalizado mediante el decreto alcaldicio pertinente. Ahora bien, considerando que lo observado no es posible de regularizar por tratarse de un hecho consolidado, éste debe mantenerse, debiendo la autoridad aplicar las medidas comprometidas en esta oportunidad, con la finalidad de evitar la reiteración del alcance advertido y, de esta manera, dar curso en forma oportuna a los actos administrativos correspondientes, antes del inicio de las actividades contratadas a honorarios, lo que será comprobado en posteriores auditorías. 1.4 Labores ejecutadas anteriores a la celebración del contrato. Efectuado el examen a los contratos de honorarios celebrados por el municipio y de los informes de actividades emitidos por los prestadores, se verificó que los trabajos encomendados fueron realizados con anterioridad a la fecha de suscripción de los respectivos convenios, según se detalla en el Anexo N 3. En este contexto, quienes prestan servicios sobre la base de honorarios tienen como norma reguladora de sus relaciones con la entidad de que se trate, el respectivo convenio, de modo que las partes se encuentran subordinadas a lo acordado por ellos, por lo que resulta imprescindible, para los efectos de determinar los deberes y derechos que a cada una le asisten, la efectiva y oportuna celebración de los contratos, conforme al principio de celeridad, dispuesto en el artículo 7, de la referida ley N 19.880; cuestiones que en la especie resultan observables, atendido el desfase indicado (aplica criterio contenido en el dictamen N 26.904, de 2013, de este origen). Sobre la materia, la autoridad comunal reitera lo indicado en el punto precedente, en el sentido de que se encuentra en desarrollo un procedimiento que corrija las demoras del proceso en comento, en atención a lo cual se mantiene la objeción planteada en los mismos términos allí señalados. 1.5 Falta de especificidad en las tareas encomendadas. De la muestra examinada, se advirtió que el servicio convenido en 9 contratos a honorarios, correspondientes a 7 trabajadores, cuyo detalle se expone en el Anexo N 4, se expresó en términos genéricos e imprecisos, tales como encargado de oficina y jefe de unidad. A mayor abundamiento, cabe precisar que los programas sociales a los cuales se adscriben tales contrataciones, tampoco hacen mención a las tareas a desarrollar por cada uno de los integrantes del equipo de 11

trabajo en cada caso, situaciones que no se ajustan a los principios de control y responsabilidad consagrados en el artículo 3, de la ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Al respecto, conforme al criterio contenido en el dictamen N 45.711, de 2001, de esta Contraloría General, cabe indicar que las tareas asignadas mediante un contrato de honorarios que no se individualizan de forma precisa, determinada y circunscrita a un objetivo especial, como ocurre en la especie, puede abarcar cometidos generales e indeterminados, o incluso la no realización de alguna labor en particular, resultando imposible, en esas condiciones, validar por este Organismo de Control la ejecución de los servicios contratados, tal como lo sostiene el dictamen N 16.246, de 2015, de este origen. En relación a este punto, el Alcalde informa a través del memorándum N 1.010, de 18 de agosto de 2015, el detalle de las labores efectuadas por los contratados a honorarios individualizados en el Anexo N 4, agregando que, mediante memorándum N 681, de 13 de agosto de esta anualidad, solicitó la cornplementación y correspondiente modificación de los contratos de dichos profesionales, que eventualmente se encuentren vigentes. Sobre el particular, corresponde señalar que las medidas correctivas informadas en orden a dar mayor precisión a los cometidos de los funcionarios según sus funciones, para un determinado programa, tendrán efecto sobre los convenios correspondientes al año 2015, no así sobre los celebrados en el 2014, que corresponden al período en estudio, para los cuales la observación formulada se mantiene, atendido que se trata de un hecho consolidado no susceptible de ser corregido, debiendo la autoridad aplicar en lo sucesivo las medidas informadas a objeto de detallar los servicios en los contratos respectivos, lo cual será comprobado en próximas auditorías. 1.6 Aguinaldo de Fiestas Patrias autorizado por decreto alcaldicio, sin modificación de contrato. Al respecto, cabe advertir que las personas contratadas a honorarios en la Administración no revisten la calidad de funcionarios públicos y el propio convenio constituye el marco de los derechos y obligaciones de quienes lo celebran, en armonía con lo dispuesto en el artículo 1.545 del Código Civil, que exige a las partes ceñirse estrictamente a los términos pactados (aplica criterio contenido en dictamen N 2.288, de 2014, de este origen). Siendo ello así, a los prestadores de servicios a honorarios, es posible concederles análogos derechos que los establecidos para los funcionarios, no obstante, deben cumplir las mismas condiciones y requisitos exigidos para éstos, haberse acordado explícitamente en el convenio respectivo y sin que, en todo caso, los beneficios puedan ir más allá de los que la ley establece para quienes ienen la calidad de empleados (aplica criterio contenido en dictámenes Nis 31.091, de 011, y 9.804, de 2014, de esta Contraloría General). 12

SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORIA 2 Ahora bien, de acuerdo al decreto alcaldicio N 2.550, de 11 de septiembre de 2014, de la Municipalidad de Buin, se otorgó un bono de Fiestas Patrias en el mes de septiembre de 2014, por un monto de $ 15.000.-, incluido el impuesto de retención, a la nómina de trabajadores allí indicada, ordenándose anexar en el contrato la cláusula de otorgamiento del bono, modificación que en la práctica no se materializó. Los casos correspondientes a la muestra examinada suman $ 540.000.-, y se individualizan en el Anexo N 5. Lo antes expuesto, vulnera el principio de escrituración consignado en el artículo 5, de la ley N 19.880, el cual manifiesta que el procedimiento administrativo y los actos administrativos a los cuales da origen, se expresarán por escrito o por medios electrónicos, a menos que su naturaleza exija o permita otra forma más adecuada de expresión y constancia. Referente a esta materia, el Alcalde adjunta las modificaciones de contrato no aportadas en su oportunidad, todas de 11 de septiembre de 2014. Revisados los aludidos documentos, es pertinente levantar la observación en comento. 2.- Validación de los programas. 2.1 Formalización de los programas comunitarios a través de decreto alcaldicio. De conformidad con la información proporcionada por la Municipalidad de Buin, en el período de enero a diciembre de 2014, ejecutó 37 programas comunitarios, cuyo detalle consta en Anexo N 6, los que fueron formalizados a través del pertinente acto administrativo, dando cumplimiento a lo previsto en los artículos 3 y 5, de la citada ley N 19.880, sin que se verificaran alcances que formular. 2.2 Inclusión de los programas dentro del presupuesto municipal. El examen practicado al balance de ejecución presupuestaria de la entidad fiscalizada, correspondiente al año 2014, evidenció que los 47 programas comunitarios en estudio, imputados a la cuenta 21.04.004, se encuentran contenidos en el presupuesto. Además, se constató que las modificaciones presupuestarias realizadas a la cuenta en comento, fueron presentadas al Concejo Municipal y ratificadas mediante los respectivos actos administrativos, según el detalle que a continuación se indica: ACUERDO DEL DECRETO FECHA PRESUPUESTO Y FECHA MONTO CONCEJO MODIFICACIONES $ 3290 12-12-2013 117 11-12-2013 Inicial 898.743.000 1771 16-06-2014 180 16-06-2014 Aumento 30.000.000 2527 09-09-2014 213 08-09-2014 Aumento 85.000.000 3256 29-11-2014 243 29-11-2014 Aumento 110.000.000 Modificación interna cuenta 3038 07-11-2014 21.04.003.003 Y 21.04.003.002 Disminución (9.547.000) 3219 26-11-2014 Modificación interna cuenta 21.04.003.001 Y 21.04.003.003 Disminución (2.050.000) 3344 10-12-2014 Modificación interna cuenta 21.04.003.002 Disminución (443.000) TOTAL 1.111.703.000 Fuente de Información: Elaboración propia sobre la base de los decretos que aprueban el presupuesto y sus modificaciones, respecto de la cuenta 21-04, proporcionada por la Dirección de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Buin. 13

Lo anterior, da cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 56, inciso segundo; 65, letra a); 81 y 82, letra a), de la ley N 18.695, en cuanto le corresponde al Alcalde, como máxima autoridad edilicia, presentar oportunamente al Concejo Municipal, para su aprobación o rechazo, la elaboración del presupuesto comunal y sus posteriores rectificaciones, sin que se establecieran objeciones que anotar. 3.- Inhabilidades. 3.1 Ausencia de cláusulas de inhabilidades de ingreso en los contratos De la revisión efectuada a los contratos a honorarios de la muestra, así como de su documentación de respaldo, se comprobó en el 100% de los casos, correspondientes a 99 contratados, que tales convenciones no incluyeron una cláusula relativa a la aplicación de las normas sobre inhabilidades e incompatibilidades administrativas establecidas en los artículos 54, 55 y 56, de la ley N 18.575, transgrediendo lo dispuesto por el inciso octavo de artículo 5, de la ley N 19.896, que introduce modificaciones al aludido decreto ley N 1.263, de 1975, que prescribe en lo que interesa que tales exigencias serán aplicables a los contratados a honorarios, debiendo dejarse constancia en éstos, en una cláusula que así lo disponga. El detalle se expone en el Anexo N 7. Sobre el particular, el municipio comunica que instruyó, con fecha 20 de agosto de 2015, que se incorpore la citada cláusula en los contratos a honorarios, conforme a correo de la Encargada de Recursos Humanos dirigido a su secretaría, de esa misma fecha. Sin perjuicio de lo anterior y, atendido que la omisión detectada se trata de una situación consolidada, que no es posible de regularizar, debe mantenerse lo observado, por lo que corresponde que en lo sucesivo se incluya en los respectivos contratos a honorarios una cláusula referente a las inhabilidades previstas en el artículo 54, de la anotada ley N 18.575, materia que ha sido tratada por este Órgano de Control, entre otros, en sus dictámenes Nos 75.078, de 2010, y 20.226, de 2014; evitando la falta objetada, lo que será comprobado en futuras auditorías. 3.2 Falta de certificados de antecedentes y declaración jurada de probidad. En relación con los procedimientos de acreditación de antecedentes, se revisaron los expedientes pertinentes, a objeto de verificar si contaban con el certificado de antecedentes y la declaración jurada de probidad, determinándose que el 100% de los 99 casos examinados no contaban con dichos antecedentes, documentación que permite acreditar que el respectivo servidor no está afecto a las inhabilidades contempladas en el artículo 54 de la aludida ley N 18.575, que de acuerdo con lo concluido en los dictámenes Nos 5.620, de 2013 y 53.913, de 2014, ambos de este origen, son plenamente exigibles a las personas contratadas bajo la modalidad de honorarios. Lo anterior se refleja pormenorizadamente en el citado Anexo N 7. 14

El Alcalde ha indicado en su respuesta que a contar del 7 de mayo de este año, mediante correo electrónico de la Directora de Administración y Finanzas, informó a la Encargada de Personal que debe comenzar a solicitar los documentos citados en el párrafo precedente. Agrega el edil que dicha acción será reforzada con el procedimiento ya anotado en el numeral anterior. No obstante las instrucciones informadas, dado que el hecho observado se trata de una situación consolidada no susceptible de ser corregida, se debe mantener la objeción inicialmente formulada, razón por la cual la municipalidad deberá implementar las medidas comprometidas en esta oportunidad, con la finalidad de evitar la reiteración del alcance advertido, y proceder a exigir a los servidores contratados a honorarios, el certificado de antecedentes y la declaración jurada de probidad, lo que será objeto de una futura auditoría. 4.- Honorarios por prestaciones de servicios en programas comunitarios, que no cumplen con las condiciones establecidas en el decreto N 854 de 2004, del Ministerio de Hacienda. Al respecto, cabe precisar que, acorde se define en el decreto N 854, de 2004, la asignación 004 "Prestaciones de Servicios en Programas Comunitarios", del ítem 04 otros gastos en personal, del subtítulo 21 gastos en personal, comprende "... la contratación de personas naturales sobre la base de honorarios, para la prestación de servicios ocasionales y/o transitorios, ajenos a la gestión administrativa interna de las respectivas municipalidades, que estén directamente asociados al desarrollo de programas en beneficio de la comunidad, en materias de carácter social, cultural, deportivo, de rehabilitación o para enfrentar situaciones de emergencia". Sobre tal imputación, la jurisprudencia administrativa de este Organismo de Control, contenida en los dictámenes Nos 31.394, de 2012, y 14.064, de 2013, ha precisado que ella solo faculta para financiar contrataciones a honorarios que tengan por objeto la prestación de servicios que reúnan las siguientes características: a) que sean ocasionales y/o transitorios, b) que sean ajenos a la gestión administrativa interna de las respectivas municipalidades, y c) que se encuentren directamente asociados al desarrollo de programas en beneficio de la comunidad, en las específicas materias ya mencionadas, ejecutados en cumplimiento de las funciones previstas en el artículo 4 de la ya mencionada ley N 18.695. Al respecto, la verificación del cumplimiento de las indicadas condiciones copulativas, determinó lo siguiente: 4.1 Servicios prestados no ocasionales y/o transitorios. De la comprobación del criterio de ocasionalidad se obtuvo que 23 personas fueron nuevamente contratadas en el año 015, para realizar las mismas tareas convenidas en el año inmediatamente anterior, onforme se advierte en las cláusulas relativas al objeto de la prestación, incluidas en os respectivos contratos a honorarios y de los objetivos específicos previstos en los 15

programas sociales de ambas anualidades, situación que se contrapone con lo señalado en la citada jurisprudencia. El detalle consta en el Anexo N 8. Sobre la exigencia de tratarse de servicios ocasionales y/o transitorios, según expresa el dictamen N 31.394, de 2012, ya citado, esta nomenclatura alude a labores que, si bien corresponden a las municipalidades, son de carácter circunstancial, en contraposición a aquellas que estas deben realizar en forma permanente y habitual. Luego, es preciso indicar que, no se puede desarrollar en formar indefinida labores habituales empleando el servicio de personas contratadas bajo la modalidad de honorarios, puesto que para esos efectos el ordenamiento contempla la existencia de funcionarios de planta y empleos a contrata (aplica criterio contenido en dictámenes Nos 27.724, de 2009; y, 77.146, de 2014, ambos de este origen). A mayor abundamiento, la prestación de servicios personales ha de ser de carácter excepcional y eminentemente transitoria, puesto que la condición de cometido específico se pierde con su reiteración en el tiempo, en que pasa a transformarse en una labor permanente y, por lo tanto, habitual, circunstancia que, en último término, conlleva una desviación de facultades (aplica criterio contenido en dictamen N 47.972, de 2009, de esta Contraloría General). Sobre esta materia, el jefe comunal señala en su respuesta que reconoce el hecho advertido, agregando que dichas contrataciones obedecen a dar continuidad a los programas, actividades y funciones que desarrolla el municipio con la comunidad. Lo antes expuesto, manifiesta la autoridad, ocurre corno consecuencia de que la planta municipal se encuentra fija desde el año 1994, y cuya dotación no le permite cumplir con sus funciones. Siendo ello así, el Alcalde consigna que se compromete a revisar el reglamento interno municipal, con el fin de profundizar el análisis y resolver las modificaciones pertinentes, para efectos de determinar las funciones de carácter interno y permanente, adjuntando una versión preliminar del mismo, aún no aprobada por el Concejo Municipal. A su vez, indica que procederá a los cambios de calidad jurídica de los contratos individualizados en el Anexo N 8, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria. Los argumentos esgrimidos por la autoridad comunal se encuentran en proceso de implementación y, considerando que se trata de una situación consolidada, no es susceptible de ser regularizada, por ende, se debe mantener la observación formulada inicialmente, debiendo esa municipalidad, en lo sucesivo, dar cumplimiento a lo dispuesto en el subtítulo 21 Gastos en Personal, ítem 04 Otros Gastos en Personal, la asignación 004 "Prestaciones de Servicios en Programas Comunitarios" del citado decreto N 854 de 2004, del Ministerio de Hacienda, y la jurisprudencia vigente contenida, entre otros, en los dictámenes Nos 31.394, de 2012 y 77.146, de 2014, de esta Entidad Fiscalizadora, relativos a la materia en análisis, con el objeto de evitar que circunstancias como las advertidas se repitan, cuya observancia será verificada en futuras auditorías. 16

4.2 Labores correspondientes a la gestión interna municipal. En cuanto al cumplimiento del supuesto referido a que los servicios respectivos sean ajenos a la administración interna de la municipalidad, el examen efectuado a los contratos a honorarios celebrados con los servidores seleccionados en la muestra, permitió comprobar que 59 de ellos, asociados a 219 contratos, desempeñaron labores propias de la gestión administrativa, encargadas a la Unidad de Prensa y Difusión; al Departamento de Informática y TIC's; a la Sección Gestión y Modernización Municipal; al Departamento de Formulación de Proyectos; a la Dirección de Desarrollo Comunitario; al Departamento de Desarrollo Social; a la Oficina Municipal de Organizaciones Comunitarias; a la Oficina Municipal de Turismo; a la Oficina Municipal de Deportes; a la Oficina de Gestión Cultural; a Bibliotecas Públicas; a la Oficina de lntermediación Laboral; a la Oficina de Subsidios y Ficha de Protección Social; a la Oficina de Adulto Mayor; a la Oficina Municipal de Discapacidad; a la Unidad de Zonificación y Catastro; a la Dirección de Medio Ambiente, a Aseo y Ornato; y, a la Unidad de Movilización, según lo estipulado respectivamente en los artículos 12, 17, 19, 27, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 46, 47, 48, 53, 91, 98, 99 y 109 del reglamento que fija la estructura y organización Interna de esa entidad. El detalle de los casos observados se contiene en el Anexo N 9. Al respecto, es oportuno manifestar que el requisito definido tiene por objeto evitar que por la vía de las contrataciones a honorarios con cargo a programas comunitarios se suplan posibles carencias de personal en los municipios, y no se encomienden a dichos prestadores de servicios funciones genéricas propias de un cargo o empleo municipal, cuyo cumplimiento ha sido reservado a los funcionarios de planta o a contrata, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, letras a) y f), de la ya citada ley N 18.883 (aplica criterio contenido en el dictamen N 31.394, de 2012, de este origen). Sobre el particular, el Alcalde reitera lo consignado en el numeral 4.1, precedente, complementando que el aludido reglamento interno debe ser modificado a fin de estructurarlo según los departamentos o unidades que realmente existen, y que además lleven a cabo funciones permanentes. Luego, agrega que los estamentos que sean eliminados, se considerarán para efectos de contratar personal que realice labores ocasionales y transitorias. Añade, que varias de las contrataciones individualizadas en el mencionado Anexo N 9, corresponden a tareas puntuales, a pesar de estar incluidas en dicho reglamento. En este contexto, el edil informa que la medida correctiva, correspondiente al ajuste de los vínculos laborales de acuerdo a las funciones que ejecutan los servidores, ya sean éstas transitorias o permanentes, será implementada en el mes de octubre del año 2015, una vez modificado el reglamento interno en comento. 17

Sin perjuicio de las medidas argumentadas corresponde señalar que el cumplimiento de las obligaciones impuestas en la referida ley N 18.695, necesariamente deben ejecutarse dentro de las posibilidades que entrega el marco regulatorio vigente, lo que no ha ocurrido en materia relativa a la contratación de personal bajo el régimen de honorarios, al obviar las restricciones dispuestas en el subtítulo 21 Gastos en Personal, ítem 04 Otros Gastos en Personal, asignación 004 "Prestaciones de Servicios en Programas Comunitarios" del referido decreto N 854, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y a la jurisprudencia administrativa vigente de este Organismo de Control. Por lo anteriormente expuesto, y considerando que se trata de un hecho consolidado, no susceptible de ser regularizado, la objeción debe mantenerse, debiendo evitar en lo sucesivo que se repitan las situaciones advertidas, lo que será materia de futuras auditorías. 5.- Sobre los informes de actividades. La revisión practicada al respaldo de los desembolsos efectuados en el marco de los contratos suscritos con los servidores seleccionados en la muestra, determinó las siguientes situaciones: 5.1 Contenido genérico de los informes de las prestaciones ejecutadas. Sobre el particular, se estableció que los informes de actividades que 4 prestadores emitieron como condición para recibir el pago correspondiente, no dan cuenta de la realización de acciones para dar cumplimiento a los objetivos de los contratos, consignándose aspectos generales, sin hacer referencia a una descripción específica de la labor ejecutada, los que resultan insuficientes para acreditar el desempeño efectivo de los servicios contratados (aplica criterio contenido en los dictámenes Nos 54.056, de 2010, y 42.511, de 2013, de esta Contraloría General). En el Anexo N 10, se individualizan los casos que presentan la situación descrita. En relación a este punto, el Alcalde expresa que solicitó información complementaria a los directores respecto a la acreditación de los trabajos efectuados por los funcionarios en las fechas cuestionadas. Agrega que, los informes se emiten en un documento denominado "Formato Informe sobre Honorarios", y que dada la naturaleza del trabajo no es posible adjuntar en detalle cada una de las actividades realizadas, las cuales son validadas directamente por la inspección técnica, acompañando en esta oportunidad y para estos efectos documentos que dan cuenta de labores realizadas en virtud de la función encomendada. Sobre el particular, corresponde manifestar acerca de lo expresado por el jefe comunal en su respuesta, que ello ratifica el hecho observado, toda vez que, para efectos de confirmar las labores realizadas, remitió los documentos individualizados en el párrafo precedente, los que resultan adicionales a los informes objetados en esta oportunidad. Por lo antes expuesto, la observación formulada se mantiene, atendido además, que se trata de un hecho consolidado no susceptible de ser corregido, debiendo la autoridad, en lo sucesivo, adoptar las 18

providencias que sean necesarias, para que los informes en comento, incluyan el detalle que permita comprobar su efectividad, lo cual será verificado en próximas auditorías. 5.2 Falta de documentación de sustento de los informes de gestión. Examinados los contratos, se verificó que en la cláusula tercera de los mismos, relativa al pago de los honorarios, se pactó que previamente debía emitir un informe de la labor realizada, el que debía ser visado conforme por el Administrador Municipal. Al respecto, si bien se estableció que los informes en comento se ajustaron a lo señalado en el párrafo precedente, no fue posible constatar el cumplimiento efectivo de los trabajos declarados por los servidores, conforme a la naturaleza de sus tareas. En efecto, de acuerdo a los convenios suscritos, los referidos servidores debían elaborar documentos, tales como, informes financieros, diagnósticos, estrategias, informes de transparencia, y estudios, los que no fueron verificados en la especie. Detalle de lo expuesto se indica en el Anexo N 11. En su respuesta, el jefe comunal manifiesta que solicitó a cada director que entregara los antecedentes de respaldo para complementar los informes mensuales consignados en el Anexo N 11, documentos que adjunta en esta oportunidad, y de cuyo análisis, se levanta la observación inicialmente formulada, para los casos de doña, doña, don, doña, doña, doña don, doña, doña, doña, y don. 6.- Validaciones en terreno. Como cuestión previa, cabe indicar que, con el objeto de verificar las labores efectivas que desarrollaron los servidores a honorarios en virtud de los acuerdos de voluntades suscritos con esa entidad, se obtuvo una submuestra de 25 prestadores, que equivalen a un 25,25% del total auditado. Sin embargo, a la fecha de las validaciones en terreno, fue posible practicar esta prueba en 21 casos, debido a que los 4 restantes ya habían terminado su relación de trabajo con el municipio, según consta en certificado N 671, de 14 de julio de 2015, emitido por el Secretario Municipal. Precisado lo anterior, corresponde indicar que las pruebas practicadas entre los días 22 y 25 de junio, y 7 de julio, todos de la presente anualidad, determinaron las siguientes situaciones: a) Se constató en la visita de validación, que las 9 personas que seguidamente se individualizan, se encontraban realizando las tareas encomendadas acorde a los contratos de honorarios suscritos para el período 2015; labores que, eran coincidentes on aquellas convenidas para el año 2014, hecho observado en el numeral 4.1, de ste capítulo. 19

chi CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN NOMBRE RUT PROGRAMA 2014/ 2015 LABOR CONTRADA 2014/ 2015 16.93 Medios de Comunicación Editor televisivo y camarógrafo en oficina de prensa- medios de comunicación. 16.96 16.98 Mantenimiento y reparación de Edificación comunitaria y/o Pública en diversas localidades y Unidades Vecinales de Buin Digitalización catastral D.O.M. 16.96 Oficina de Vivienda 10.14 Mantención de Áreas Verdes 10.41 Red Protección Social Profesional del programa Mantenimiento y reparación de edificación comunitaria y/o pública. Labores administrativas, apoyo en digitalizar documental y planimétricamente, la totalidad de las resoluciones que emanen mensualmente de la Dirección de Obras Municipales, en las cuales se pueda a modo de consulta inmediata, las condiciones de los diversos terrenos en cuanto a superficies, deslindes, etc. Dibujo técnico de arquitectura y obras civiles Mantención de Áreas Verdes y Espacio Público Jefa de la Unidad de Acompañamiento del Programa Puente e Ingreso Ético Familiar y como coordinadora del Centro Comunitario Federico Arteaga, por media jornada. 7.95 Limpieza de Acequias Limpieza de acequias, movimiento de tierras y limpieza de sifones. 10.67 Oficina de Cultura 2014 Encargado de la oficina de cultura, gestor de diversas actividades al rescate del patrimonio local a través de sus fiestas ciudadanas y aniversarios. Oficina de Organizaciones Labores de apoyo administrativo y de 10.06 gestión Comunitarias en la Oficina de Organizaciones Comunitarias. Fuente de Información- Flahnraniñn nrenia cn..ro k I.n hato k elo rin+ne nk+n,i,-4,-,,.-i,, 1-.,,,,,i;,-3,,,,;---- -- a realizadas los días 22 y 25 de junio, y 7 de julio, de 2015. b) Mediante las entrevistas se pudo acreditar que los funcionarios, doña, don, don, doña, doña, y doña, en el período 2014, desarrollaron tareas correspondientes a gestión interna municipal, tales como levantamiento de información relacionada con las organizaciones sociales, coordinador de proyectos, soporte informático, monitoras de actividades DIDECO, y encargada de la oficina de protección social y subsidios sociales, respectivamente, las que se encontraban definidas en los correspondientes contratos, hecho que se expuso en el punto 4.2 de este acápite. c) Por último, respecto de don, don, don, don, don, y don, no se advirtieron situaciones que representar. Acerca de lo observado en las letras a) y b) del presente numeral, el Alcalde en su respuesta reitera los argumentos señalados en los numerales 4.1 y 4.2, consignando que no cuenta con una dotación de planta y ontrata suficiente para cumplir todas sus funciones, por encontrarse éstas fijas desde 20

el año 1994. Agrega que procederá a modificar los contratos a contar del mes de septiembre, en relación a las funciones y disponibilidad presupuestaria. Al respecto, es dable señalar que no obstante ser atendibles las argumentaciones invocadas, ellas no permiten levantar la objeción formulada y, en consideración que otras situaciones relativas a estos servidores ya fueron impugnados en los numerales 4.1 y 4.2, corresponde mantener la observación en idénticos términos a los allí enunciados. III. EXAMEN DE CUENTAS En la presente auditoría se revisó el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen los gastos, la veracidad y fidelidad de las cuentas, la autenticidad y pertinencia de la documentación respectiva, la exactitud de las operaciones aritméticas y de contabilidad, y la autorización del gasto por funcionario competente, en conformidad con lo establecido en los artículos 95 y siguientes de la ley N 10.336. El examen practicado a los pagos derivados de las 99 contrataciones a honorarios seleccionadas, durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2014, ascendente a $ 362.674.360.-, determinó que, en general, las operaciones se ajustaron a la normativa legal y reglamentaria vigente, además, de contar con la documentación de respaldo correspondiente, a excepción de los casos que se indican a continuación: 1.- Pagos no acreditados. Al respecto, esa entidad no proporcionó antecedente alguno que sustentara la erogación consignada en el libro mayor contable, referidos a 15 desembolsos efectuados para 6 trabajadores de la muestra, por la suma total de $ 27.168.886.-, cuyo detalle consta en el Anexo N 12, motivo por el cual se observa por no encontrarse debidamente respaldado en los hechos, conforme a lo establecido en el artículo 95 y siguientes de la ley N 10.336. El Alcalde, en su respuesta, manifiesta que efectivamente los egresos individualizados en el Anexo N 12 no fueron proporcionados, dado el gran volumen de información solicitada. Agrega el jefe comunal que en el aludido Anexo N 12, hay 6 egresos, que ya se encontraban cónsiderados por su número de decreto de pago, por un total de $ 12.999.999.-, lo que resultó ser efectivo, por lo que se levanta la observación relativa a ese monto, ajustándose la cifra observada a la cantidad total de $ 14.168.887.-. Aclarado lo anterior, el edil adjuntó a su oficio de respuesta los egresos faltantes, con sus respectivos respaldos, los que una vez analizados, permiten levantar los hechos objetados. 21

2.- Pagos insuficientemente acreditados. 2.1 Informes de actividades Tal como se expuso en los numerales 5.1 y 5.2, del capítulo II, examen de la materia auditada, la revisión de los comprobantes de egresos cursados en virtud de los contratos de las personas seleccionadas, permitió comprobar que algunos de ellos no cuentan con el respaldo que acredite cabalmente la ejecución de los trabajos encomendados, por cuanto solo se acompañan informes que hacen mención genérica de la labor convenida, o no adjuntan la documentación que los sustenta atendida la naturaleza de los servicios encargados, acorde a la exigido en los respectivos acuerdos de voluntades. Los desembolsos efectuados con respaldo insuficiente, ascendieron a un total de $ 21.567.217.-, cuyo detalle consta en los Anexos Nos 10 y 11. Sobre el particular, según se comunica en el oficio N 216/2015, del Director de Desarrollo Comunitario; en certificado del Director de Obras, y en correos electrónicos del Administrador Municipal y el Director de Secretaría de Planificación, SECPLA, todos de 17 de julio del presente año, la documentación de respaldo que acredita la ejecución efectiva de las labores de los trabajadores señalados en los anexos antes individualizados, no fueron habidos, por lo antes expuesto se observa la suma de $ 21.567.217.-, acorde a los artículos 95 y siguientes de la ley N 10.336. La autoridad edilicia, en relación con los hechos objetados en el numeral 5.1, contenido genérico de los informes de las prestaciones ejecutadas, del capítulo II, examen de la materia auditada, remite en su oficio de respuesta documentación de respaldo, cuyo análisis permite levantar lo observado en los casos de los señores ;, respecto de la boleta N 37, de julio de 2014; doña ; y, don, por un total ascendente a $ 7.383.332.-. Sin embargo, se mantiene la objeción para el servidor a honorarios don, individualizado en el citado Anexo N 10, respecto de las boletas Nos 25 y 36, de 28 de febrero y 30 de junio, ambas de 2014, respectivamente, por un monto de $ 700.000.-, por cuanto el edil no remitió los respaldos de las labores pagadas. En atención a lo anterior, ese municipio deberá enviar a este Órgano de Control, en un plazo no superior de 30 días hábiles contados desde el día siguiente al de recepción del presente informe, los sustentos documentales que acrediten tales erogaciones. En caso contrario, se formulará el reparo pertinente por la suma citada, en virtud de lo previsto en los artículos 95 y siguientes de la ley N 10.336. Por otra parte, en lo referido al numeral 5.2, falta de documentación de sustento de los informes de gestión, el jefe comunal roporcionó antecedentes complementarios, los que una vez analizados, permiten, yantar lo observado, por la suma de $ 13.483.885.-. 22

HILE CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 2.2 Respaldo de honorarios que no se ajustan a las condiciones estipuladas en los contratos relativas a su oportunidad. Tal como se expusiera con antelación, acorde a lo dispuesto en la cláusula tercera de los convenios en análisis, para proceder al pago de los servicios contratados, el servidor debía emitir un informe de la labor realizada, el que debía ser visado conforme por la dirección municipal o unidad de la cual dependía el prestador. Ahora bien, de la validación realizada se comprobó que en 25 casos, los que se exponen en el Anexo N 14, el informe de desempeño, debidamente visado, fue emitido en forma anticipada en relación con la fecha de término de la labor encomendada, la que, atendida su naturaleza, debía realizarse de manera regular, incumpliendo con ello los términos pactados en los instrumentos de que se trata, por un monto total de $ 11.950.798.-. Lo anterior, se advierte de las únicas fechas consignadas en los respectivos documentos de respaldo de la ejecución de los servicios, correspondiente al timbre de recepción del Departamento de Recursos Humanos, que participa en el proceso de pago municipal. En este sentido, el documento presentado no resulta fidedigno y por ende no es considerado admisible para acreditar las labores realizadas, no existiendo certeza de la ejecución de las tareas comprometidas, en razón de lo cual se observa como gasto insuficientemente acreditado, en virtud de los artículos 95 y siguientes de la ley N 10.336. Sobre el particular, el edil, en su respuesta, señala que todas las personas individualizadas en el Anexo N 14, efectuaron las labores encomendadas, cuyos informes de los servicios prestados fueron validados por la inspección técnica encargada de visar y supervisar el trabajo para el cual se les contrató. Agrega el jefe comunal, que los informes fueron recibidos en la unidad de remuneraciones, de acuerdo a las fechas de corte establecidas por la autoridad de la época, en este caso, el ex Administrador Municipal, don, según consta en correos electrónicos de 27 de septiembre y 10 de diciembre de 2013, que recuerda a los directores cumplir con la instrucción sobre las fechas de entrega de las boletas de honorarios para los días 22 de cada mes, con el objeto de remunerar los días 30, excepto para septiembre y diciembre, períodos en los cuales el pago se efectúa los días 20, con un corte de unos días antes, para la recepción de antecedentes. Concluye, que el cumplimiento del trabajo se fiscalizó en base a la fecha establecida de corte de un mes con respecto al mes siguiente. Consigna, además, que en los contratos de la especie no se ha estipulado una fecha de pago. Al respecto, en primer término, procede señalar que la instrucción aludida por el edil en su respuesta, sobre el procedimiento ordenado por el ex Administrador Municipal, para efectos de coordinar el proceso de pago de servicios a honorarios, solo hace referencia a la emisión anticipada de las boletas de 23

honorarios respectivas, sin hacer alusión alguna al momento en que debían ser emitidos los informes de los servicios ejecutados por tales servidores y las respectivas certificaciones de las unidades pertinentes. Seguidamente, es preciso advertir que los documentos que sustentan los pagos objetados, a saber, los informes de servicios prestados y la visación estampada en ellos por las entidades encargadas de su fiscalización, nada dicen respecto de las fechas específicas de ejecución de los servicios que informan. De esta manera, con el mérito de lo expuesto, los argumentos esgrimidos por la autoridad edilicia no permiten desvirtuar la situación advertida, ya que los antecedentes que respaldan los pagos cuestionados no justifican lo alegado en su respuesta, que en síntesis indica, que la visación del informe de las labores realizadas cubre fracciones consecutivas de meses, toda vez que los referidos reportes, como ya se manifestó, fueron emitidos en forma anticipada por los prestadores de servicios, dando cuenta de lo ejecutado dentro del mes corriente, en consecuencia quedando sin acreditación los días posteriores a su entrega. Al tenor de lo señalado, es dable manifestar que mientras esa entidad no remita a este Organismo Fiscalizador en un plazo no superior de 30 días hábiles contados desde el día siguiente a la recepción del presente informe, los documentos que acrediten la ejecución efectiva de las tareas convenidas, se formulará el reparo pertinente por la suma de $ 11.950.798.-, por falta de respaldo suficiente, conforme lo previsto en los artículos 95 y siguientes de la ley N 10.336. 3.- Imputación errónea 3.1 Contratos a honorarios. Conforme a los antecedentes proporcionados por la entidad comunal, a saber, libros mayores, comprobantes contables, y decretos de pagos, se detectó que del total de 99 servidores analizados, durante el período fiscalizado, 70 de ellos, cuyo gasto ascendió a $ 242.432.023.-, fueron imputados con cargo al subtítulo 21 gastos en personal, ítem 04 "Otros Gastos en Personal", la asignación 004 "Prestaciones de Servicios en Programas Comunitarios", del clasificador de gasto presupuestario, en circunstancias que las labores desempeñadas son permanentes y/o de gestión municipal interna, lo que resultó improcedente, por cuanto las aludidas contrataciones no reunieron las condiciones copulativas exigidas para ello en el decreto N 854, de 2004, antes indicado, a cuyo respecto se han referido los dictámenes Nos 31.394, de 2012, y 14.064, de 2013, ambos de este origen. Sobre este punto, el jefe comunal reitera en su oficio respuesta lo expuesto en los puntos 4.1 y 4.2, del capítulo II, examen de la materia auditada, del presente informe, en el sentido de que la situación advertida tiene su origen en que el reglamento interno de funciones se encuentra sobredimensionado, y que éste considera funciones permanentes sin que exista la dotación de personal de planta y contrata disponible para realizar dichas labores. Por lo antes expuesto, manifiesta que resulta necesario el ajuste del citado reglamento, onsiderando las actividades que realmente lleva a cabo en forma permanente el 24

personal municipal. Además, señala que se están analizando cada uno de los contratos para proceder a modificar la naturaleza de las funciones o bien, cambiar la modalidad del contrato, según la disponibilidad presupuestaria, considerando el gasto permitido de 20% en personal a contrata, y el 10% en honorarios a suma alzada. No obstante los argumentos esgrimidos por la autoridad comunal, considerando que se trata de un hecho consumado, no susceptible de ser regularizado, se mantiene la observación formulada, por lo que deberá disponer las gestiones necesarias para que en lo sucesivo, los gastos incurridos en virtud de los pagos de honorarios de que se trata, se imputen en el concepto que corresponda de acuerdo a su naturaleza, con el objeto de evitar que irregularidades como las advertidas se repitan, lo que será verificado en futuras auditorias. 3.2 Contratos a honorarios por servicios prestados en actividades artísticas. Como primera situación, cabe advertir que algunos programas comunitarios incluyeron pagos por concepto de realización de diversas actividades artísticas, cuyos servicios fueron contratados a través de 8 representantes, por un total de $ 53.222.217.-, tal como se detalla en el Anexo N 13. Ahora bien, resulta del caso anotar, que a contar del ejercicio presupuestario 2008, las municipalidades han quedado afectas al clasificador general de ingresos y gastos regulado por el decreto N 854, de 2004, del Ministerio de Hacienda, el que, en lo que interesa, previene en su apartado "II. Clasificación, por Objeto o Naturaleza", que el ordenamiento dispuesto para los rubros establecidos responde, en cuanto a los ingresos, al origen o naturaleza de éstos y en lo relativo a los gastos, al motivo u objeto que genera el egreso de recursos de que se trate. En este contexto, de conformidad al criterio contenido en los dictámenes Nos 14.287 y 14.289, ambos de 2009, y 18.740, de 2015, de este origen, para este tipo de desembolsos se deberá atener al motivo de los ingresos y a la naturaleza, objeto o destino de los gastos para determinar el ítem y asignación que les corresponda dentro de la estructura general de las clasificaciones presupuestarias vigentes, de forma que si un egreso no puede ser imputado a una determinada categorización de acuerdo a la definición que esta contempla, deberá ser incluido en la que proceda conforme a su identidad específica, lo cual en el caso concreto se da en el subtítulo 22, bienes y servicios de consumo, ítem 08, servicios generales, asignación 011, servicios de producción y desarrollo de eventos, conceptualizados en el apuntado decreto N 854, de 2004, del Ministerio de Hacienda. ( Al respecto, el municipio en su respuesta reconoce el error observado, señalando que entre las razones que fundamentaron dicha imputación, se encuentra lo consignado en el artículo 3 de la ley N 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en cuanto a que quedan excluidos de la aplicación de la citada ley, las contrataciones de personal de la Administración del Estado reguladas por estatutos especiales y los ontratos a honorarios que se celebren con personas naturales para que presten ervicios a los organismos públicos, cualquiera que sea la fuente legal en que se 25

'/ CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA sustenten. Añade que efectuó el ajuste contable correspondiente, de acuerdo a lo indicado por este Organismo de Control, mediante comprobante de movimientos contables 9-418, registrado el 1 de septiembre de 2015, por $ 53.222.217.-, de cuyo análisis, se advirtió que dicha imputación afectó el período correspondiente al año 2014, hecho que posteriormente se reversó con el comprobante 9-419, de 8 de octubre de 2015. Ahora bien, considerando que lo observado no es posible de regularizar por tratarse de un hecho consolidado, por lo cual éste debe mantenerse, debiendo la autoridad adoptar las providencias conducentes a evitar su reiteración en lo sucesivo, e impartir las instrucciones que procedan para que los gastos sean registrados en la cuenta presupuestaria pertinente, de acuerdo a su naturaleza, lo que será verificado en futuras auditorías. IV. OTRAS OBSERVACIONES El examen practicado ha determinado otras objeciones, entre las que ameritan citarse las siguientes: 1. Conciliación Bancaria Efectuada la reconciliación de cuenta corriente municipal N 31014224, del Banco de Crédito e Inversiones, al 31 de diciembre de 2014, se verificó que ésta presenta un saldo neto no conciliado, entre el saldo bancario contable y el de la cartola bancaria, ascendente a $ 2.856.659.-, que incluye ítems provenientes del año 2009, en adelante, y partidas tales como, cheques girados no conciliados, cheques cobrados no conciliados, depósitos efectuados no conciliados, depósitos según cartolas no conciliados y saldo conciliación, cuyos montos se exponen en el cuadro adjunto, situaciones que, según lo verificado por este Organismo de Control, a la fecha aún no se han regularizado, lo que no se ajusta a los principios de control y eficiencia, establecidos en los artículos 3 y 5 de la citada ley N 18.575, y cuyo detalle se presenta a continuación: CONCEPTO MONTO $ Saldo Contable 73.959.728 (+) cheques girados no conciliados 44.010.569 (-) cheques cobrados no conciliados 952.500 (-) depósitos efectuados no conciliados 50.746.019 (+) depósitos según cartolas no conciliados 6.865.450 Saldo Conciliación 73.137.228 Saldo Cartola 75.993.887 Diferencia...,.. 2.856.659 n le e ormacion: Elab oración propia a partir de los datos de la conciliación bancaria de diciembre de 2014 de la cuenta corriente N 31014224. Al respecto, el Alcalde remitió informe S/N, de 2 de septiembre de 2015, emitido por el Encargado de Contabilidad y Presupuesto, quien informa que analizada la diferencia determinada por esta Contraloría General, se estableció que a partir del año 2009, la cuenta contable 111.03.01.011, correspondiente a la cuenta corriente N 31014224, del Banco de Crédito e Inversiones, registra contabilizaciones erróneas de movimientos de fondos, las que indica- fueron ajustadas en esta anualidad, según consta de los comprobantes contables y, de la conciliación bancaria al 1 de septiembre de 2015, que adjunta. 26

Pese a lo informado y, atendido que la desigualdad objetada se trata de una situación consolidada, debido a que las operaciones que la generaron, corresponden a un ejercicio contable-presupuestario fenecido, la observación formulada debe ser mantenida, debiendo esa autoridad disponer las acciones pertinentes para evitar la reiteración del hecho advertido, de manera que los saldos contables coincidan con los saldos certificados por las instituciones bancarias, lo que será verificado en futuras auditorías. 2. Servicios de arriendo y mantención de software computacional sin licitar, pese a que no se encuentra vigente la prestación actual. La municipalidad cuenta con un software arrendado a la empresa Sistemas Modulares de Computación Ltda. (SMC Ltda.), quien además efectúa la mantención del mismo, según contrato suscrito el 9 de mayo de 2013, formalizado por decreto TC N 168, de 24 de junio de ese año. Dicha contratación se dispuso bajo la modalidad de trato directo, en virtud de lo establecido en el artículo 10, N S 2, 3 y 7, letra m), del decreto N 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la ley N 19.886, según consta en decreto alcaldicio N 70, de 8 de marzo de 2013, cuya vigencia, para efectos de dar continuidad al servicio en comento, fue de un año a contar del 1 de enero de dicha anualidad, mientras se prepararan y revisaran las bases administrativas y técnicas del nuevo llamado a licitación pública. Al efecto, y tal como ya se analizó en el Informe Final N 63/2014, sobre auditoría al macroproceso de recursos humanos, de este Organismo de Control, en la Municipalidad de Buin, corresponde reiterar lo allí advertido, en orden a que para el año 2014, y a la fecha de término de la visita en terreno, esto es el 6 de julio de 2015, la entidad comunal no ha efectuado el llamado a licitación ni ha suscrito contrato alguno con la referida empresa, pese a que ésta continúa prestando los servicios de arriendo y mantención de software. Además, es pertinente observar que el servicio en cuestión no se encuentra caucionado, por cuanto la boleta de garantía N 6146351, del Banco del Estado, por un monto de $ 1.852.359.-, expiró el 31 de marzo de 2014, y no ha sido regularizada a la fecha indicada en el párrafo precedente, situación corroborada por la Directora de Administración y Finanzas, en su oficio ord. N 79, de 5 de junio de la presente anualidad. Sobre el particular, el Alcalde en su oficio de respuesta manifestó que el municipio dispuso el cronograma para el llamado a licitación pública, denominada "Contratación Sistemas de Información Municipal 2015", según consta en decreto TC N 203, de 27 de agosto de 2015. Asimismo, se verificó que el aludido proceso de compra fue publicado bajo el ID N 2723-55-LQ15, en el Portal de Compras Públicas el 22 de septiembre de esta anualidad, con fecha de cierre 15 de octubre de ese año, pese a lo cual se mantiene la observación inicialmente planteada, mientras no se finalice el proceso licitatorio y se concrete la contratación del servicio, lo que será verificado en una próxima visita de seguimiento que realice esta Contraloría General. 27

Luego, resulta oportuno señalar que el edil no se manifestó respecto de la observación referida, en cuanto a que la boleta de garantía que caucionó el contrato en cuestión se encuentra vencida desde el 31 de marzo de 2014. En este contexto, resulta del caso consignar que, al estar terminado el contrato desde el 1 de enero de 2014, se trata de una situación consolidada no susceptible de ser corregida, por lo que se debe mantener la objeción inicialmente formulada, razón por la cual la municipalidad, en adelante, deberá velar porque las boletas de garantía que reciba caucionen efectivamente los períodos de prestación de los servicios contratados, con la finalidad de evitar la reiteración del alcance advertido, lo que será objeto de una futura auditoría. En este orden de consideraciones, es dable señalar que en el Informe Final N 63, de 2014, auditoría al macroproceso de recursos humanos en la Municipalidad de Buin, se observó en el numeral 4, del capítulo I, aspectos de control interno, respecto de la "omisión de suscripción de contrato por los servicios computacionales, recibidos durante el año 2014, que el municipio debía instruir un procedimiento disciplinario, para determinar las eventuales responsabilidades administrativas que pudieran derivar, debiendo remitir copia del documento que así lo acredite, a esta Contraloría General". Siendo ello así, en el Informe de Seguimiento al citado Informe N 63, de 2014, se constató que el municipio no había realizado el procedimiento disciplinario, concluyéndose entonces, que la entidad edilicia debía instruir un proceso disciplinario, y remitir a la Unidad de Seguimiento de Fiscalía de esta Entidad Fiscalizadora, dentro del plazo de 15 días hábiles, a contar del día hábil siguiente a la recepción de dicho informe de seguimiento, copia del decreto que disponga tal medida. CONCLUSIONES Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Municipalidad de Buin ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar algunas de las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N 653, de 2015, de este Ente de Control. En efecto, las observaciones señaladas en el capítulo II, examen de la materia auditada, numeral 1.2, falta de emisión de contratos a honorarios, en los casos de don, RUT 4.86, don, RUT 15.35 ; y, don, RUT 7.95 ; 1.6, aguinaldo de Fiestas Patrias autorizado por decreto alcaldicio, sin modificación de contrato; 5.2, falta de documentación de sustento de los informes de gestión; capítulo III, examen de cuentas, numeral 1, pagos no acreditados; 2.1, informes de actividades, en lo concerniente al contenido genérico de los informes de las prestaciones ejecutadas, en los casos de don J,, respecto de la boleta N 37, de julio de 2014, doña y, don, en lo referido a la falta de documentación de sustento 28

de los informes de gestión, y los casos consignados en el Anexo N 11; 3.2, contratos a honorarios por servicios prestados en actividades artísticas; se dan por subsanadas o levantadas según el caso, considerando las explicaciones y antecedentes aportados por la citada entidad comunal. Cabe consignar que lo mencionado en el numeral 2, del capítulo I, aspectos de control interno, sobre la falta de auditorías de parte del Departamento de Control, se recomienda a la municipalidad efectuar periódicamente fiscalizaciones a las contrataciones a honorarios con cargo al subtítulo 21, ítem 04, asignación 004, todo para un mejor control de los mismos. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario atender, a lo menos, las siguientes: 1. En relación a lo observado en el capítulo III, examen de cuentas, numerales 2.1, (C), y 2.2, (C), sobre pagos no acreditados e insuficientemente acreditados, respectivamente, deberá remitir a esta Entidad de Control, en el plazo de 30 días hábiles, contados desde el día siguiente de la recepción del presente documento, los antecedentes que acrediten la ejecución de las labores encomendadas a los servidores de que se trata, que permitan sustentar el gasto respectivo con cargo a la cuenta contable 21.04.004; en caso contrario, este Órgano de Fiscalización formulará el reparo correspondiente por la suma de $ 12.650.798.-, en virtud de lo prescrito en los artículos 95 y siguientes de la ley N 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Entidad Fiscalizadora. 2. Sobre el capítulo I, aspectos de control interno, numeral 3, (C), referente a la ausencia en el estamento directivo del municipio del cargo de Director de Control, la autoridad comunal deberá proceder a crearlo, y acompañar el acto administrativo que llama a concurso público para proveer el cargo, dando así cumplimiento a lo establecido en el artículo 16 de la ley N 18.695, y, lo concluido en el dictamen N 41.047, de 2014, de esta Contraloría General, cuyo estado de avance, será verificado en una posterior acción de seguimiento. 3. En relación con el capítulo I, aspectos de control interno, numeral 4, (MC), alusivo a la omisión de un manual de descripción de cargos, que permita conocer las tareas, deberes y responsabilidades de cada puesto de trabajo, esa entidad edilicia deberá agilizar la confección y formalización de dicho documento, el cual deberá ser remitido a este Ente Fiscalizador, lo que será constatado en una próxima visita de seguimiento. 4. Acerca de lo detectado en el numeral 5, (MC), del acápite I, aspectos de control interno, sobre delegación de funciones, ese municipio deberá mantener en los decretos de pago, mientras esté vigente la aludida delegación, la frase "por orden del Alcalde'', conforme a lo establecido en el artículo 63, letra j) de la ley N 18.695, lo que será comprobado en futuras auditorías. AC: Altamente compleja C: Compleja MC: Medianamente compleja LC: Levemente compleja 29

5. A su turno, en cuanto a lo expuesto en el capítulo II, examen de la materia auditada, numeral 1.1, (MC), sobre los decretos que aprueban contratos a honorarios sin registrar, procede que el Alcalde remita al trámite de registro los actos administrativos que sancionan las convenciones de que se trata, y registre electrónicamente en el Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado, según corresponda, de conformidad con las directrices impartidas por este Organismo Fiscalizador a través del oficio circular N 33.701, de 14 de mayo de 2014, relacionado con la resolución N 573, de 2014, de este origen, situación que será verificada en ulteriores auditorías. 6. Sobre el numeral 1.2, (LC), falta de emisión de contratos a honorarios, del capítulo II, examen de la materia auditada, deberá remitir el acuerdo de voluntades del programa Verano Junto a Usted año 2014, de don, lo cual será comprobado en una posterior acción de seguimiento. 7. Tratándose de lo observado en el punto 1.3, (MC), del acápite II, examen de la materia auditada, relativo a la demora en la dictación de los decretos alcaldicios, el ente comunal deberá sancionar los actos administrativos que aprueban los convenios que suscribe, en la debida oportunidad, a fin de respetar el principio de celeridad, previsto en el artículo 7 de la ley N 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, y los artículos 3, inciso segundo, y 8 de la ley N 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado, que imponen a los órganos que la integran el deber de observar los principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia y de accionar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites, lo que será constatado en una posterior auditoría. 8. Respecto del numeral 1.4, (MC), acápite II examen de la materia auditada, sobre labores ejecutadas con anterioridad a la celebración del contrato, el municipio deberá velar por la oportunidad en que se materialicen los acuerdo de voluntades, conforme al principio de celeridad, dispuesto en el artículo 7, de la referida ley N 19.880, cuestión que será constatada en una futura auditoría. 9. Tratándose de la falta de especificidad de funciones en la contratación a honorarios, punto 1.5, (MC), del aludido acápite II, examen de la materia auditada, la entidad municipal deberá, en lo sucesivo, disponer en los contratos que suscriban, una cláusula que precise en forma clara las labores a cumplir, en conformidad con lo indicado en el dictamen N 45.711, de 2001, de este origen, situación que será corroborada en posteriores auditorías. 10. Luego, lo advertido en el capítulo II, examen de la materia auditada, punto 3.1, (AC), sobre ausencia de cláusulas de inhabilidades de ingreso en los contratos a honorarios, ese municipio deberá incorporar en aquellos, en lo sucesivo, una cláusula sobre inhabilidades ciñéndose a lo establecido AC: Altamente compleja C: Compleja MC: Medianamente compleja LC: Levemente compleja 30

en el artículo 54, de la ley N 18.575, aspecto que será verificado en una próxima auditoría. 11. Asimismo, en lo referido al numeral 3.2, (C), del mismo capítulo, falta de certificados de antecedentes y/o declaración jurada de probidad, respectivamente, deberá adjuntarse, en adelante, en los expedientes de los prestadores de servicios, ajustándose a lo dispuesto en los artículos 54 y 55 de la aludida ley N 18.575, lo que será comprobado en futuras auditorías. 12. En lo que concierne a las situaciones advertidas en el aludido capítulo II, examen de la materia auditada, numeral 4, honorarios por prestaciones de servicios en programas comunitarios que no cumplen con las instrucciones impartidas en el decreto N 854, de 2004, del Ministerio de Hacienda, puntos 4.1, (C), 4.2, (AC); y 6, validaciones en terreno, letras a), (C), y b), (AC), respectivamente, el edil deberá ajustarse a la normativa y la jurisprudencia vigente contenida entre otros, en los dictámenes Nos 31.394, de 2012 y 77.146, de 2014, de este origen, relativos a la materia en análisis, todo lo cual será corroborado en una posterior auditoría. 13. Tratándose del contenido genérico de los informes de las prestaciones ejecutadas, punto 5.1, (MC), del aludido acápite II, examen de la materia auditada, la entidad municipal deberá, en lo sucesivo, disponer que los citados informes precisen en forma clara las labores cumplidas por los servidores contratados a honorarios, situación que será corroborada en siguientes auditorías. 14. Sobre el capítulo III, examen de cuentas, numeral 3.1, (AC), imputación errónea de contratos a honorarios, esa entidad deberá ajustarse en lo sucesivo a lo prescrito en el aludido decreto N 854, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Determina Clasificaciones Presupuestarias, a objeto que dichas contrataciones cumplan con los requisitos establecidos en la cuenta 21.04.004, prestación de servicios en programas comunitarios, absteniéndose de imputar a esta cuenta gastos que no se encuentren asociados a labores ocasionales y/o transitorias, o que se refieran a gestión interna municipal, aspectos que serán verificados en próximas auditorías. 15. Seguidamente, en cuanto a la imputación errónea de los servicios prestados en actividades artísticas, establecida en el numeral 3.2, del citado acápite III, examen de cuentas, ese municipio deberá atenerse a la naturaleza, objeto o destino de los gastos para determinar el ítem y asignación que le corresponda dentro de las clasificaciones presupuestarias vigentes, conforme a su identidad específica, situación que será validada en posteriores auditorías. 16. Tratándose del numeral 1, (MC), del apítulo IV, otras observaciones, la municipalidad deberá aplicar las medidas nformadas en esta oportunidad, y mantener la conciliación bancaria de la cuenta AC: Altamente compleja C: Compleja MC: Medianamente compleja LC: Levemente compleja 31

corriente N 31014224, del BCI, debidamente respaldada y sin presentar diferencias, lo que será corroborado en una posterior auditoría. 17. En cuanto al numeral 2, (C) del capítulo IV, otras observaciones, servicios de arriendo y mantención de software computacional sin licitar, esa entidad deberá dar término al proceso licitatorio publicado bajo el ID N 2723-55-LQ15, en el Portal de Compras Públicas, y concurrir a la suscripción del contrato respectivo, hecho que será verificado en una visita de seguimiento que se realice en ese municipio. 18. Respecto de la observación planteada en relación con el citado numeral 2, (MC), del capítulo IV, otras observaciones, la municipalidad, en lo sucesivo, deberá vigilar que las boletas de garantía que reciba caucionen efectivamente los períodos de prestación de los servicios contratados, lo que será objeto de una futura auditoría. Finalmente, en relación a las conclusiones Nos 1, 2, 3, 6, y 17, se deberá remitir el "Informe de Estado de Observaciones", de acuerdo al formato adjunto en Anexo N 15, en un plazo máximo de 60 días hábiles, o el que se haya establecido en cada caso, a partir del día siguiente de la recepción del presente informe, comunicando las medidas adoptadas y acompañando antecedentes de respaldo respectivo. Transcríbase al Alcalde, a la Dirección de Control y al Concejo Municipal de Buin, a la Unidad de Seguimiento, dependiente de la Fiscalía, a la Unidad Técnica de Control Externo, Unidad de Validación y Registro y a la Unidad de Seguimiento, últimas de la División de Municipalidades, todas de esta ontraloría General. Saluda atentamente a Ud., Ni ÉRE.a JEFA ÁREA AlloT SUBDIVISIÓN AUDITORI DIVISIÓN DE MUNICIPALLi. AC: Altamente compleja C: Compleja MC: Medianamente compleja LC: Levemente compleja 32

ANEXO N 1 Actos administrativos no remitidos para su registro a esta Contraloría General. NOMBRE DECRETO RUT N FECHA 1306 1892 25-06-2014 1306 2425 29-08-2014 1693 3082 12-11-2014 375 2769 08-10-2014 375 3083 12-11-2014 831 3178 26-11-2014 425 1914 25-06-2014 425 2721 03-10-2014 425 3058 07-11-2014 1296 1795 18-06-2014 1296 1983 04-07-2014 1296 2374 26-08-2014 1296 2520 08-09-2014 1296 2761 07-10-2014 1296 3083 12-11-2014 1296 2091 21-07-2014 786 1500 26-05-2014 786 1820 20-06-2014 786 2179 29-07-2014 786 2434 29-08-2014 786 2594 16-09-2014 786 3119 17-11-2014 786 2776 08-10-2014 1370 1456 16-05-2014 1370 2204 31-07-2014 1401 1500 26-05-2014 1401 1820 20-06-2014 1401 2179 29-07-2014 1401 2434 29-08-2014 1401 2594 16-09-2014 1401 3119 17-11-2014 1401 2776 08-10-2014 1723 1454 16-05-2014 1723 1968 04-07-2014 521 2690 30-09-2014 1721 2059 17-07-2014 1721 2965 29-11-2014 1239 1706 12-06-2014 1696 2662 25-09-2014 574 2436 29-08-2014 574 2831 14-10-2014 574 2901 21-10-2014 574 1880 25-06-2014 33

NOMBRE RUT DECRETO N FECHA 540 1501 26-05-2014 540 1821 20-06-2014 540 2185 29-07-2014 540 2435 29-08-2014 540 2595 16-09-2014 540 3120 17-11-2014 540 2777 08-10-2014 1370 2992 30-10-2014 1805 2972 29-10-2014 1805 3056 07-11-2014 766 1982 04-07-2014 766 2892 21-10-2014 632 1500 26-05-2014 632 1820 20-06-2014 632 2179 29-07-2014 632 2434 29-08-2014 632 2594 16-09-2014 632 3119 17-11-2014 632 2776 08-10-2014 1698 2692 30-09-2014 501 1816 20-06-2014 501 2180 29-07-2014 501 2428 29-08-2014 501 2588 16-09-2014 501 2770 08-10-2014 953 1822 20-06-2014 953 2550 11-09-2014 1127 1500 26-05-2014 1127 1820 20-06-2014 1127 2179 29-07-2014 1127 2434 29-08-2014 1127 2594 16-09-2014 1127 3119 17-11-2014 1127 2776 08-10-2014 441 1515 26-05-2014 441 1817 20-06-2014 441 2181 29-07-2014 441 2429 29-08-2014 441 2589 16-09-2014 441 2771 08-10-2014 441 3122 17-11-2014 1766 1896 25-06-2014 1766 2179 29-07-2014 1766 2434 29-08-2014 1766 2594 16-09-2014 1766 3119 17-11-2014 1766 2776 08-10-2014 34

NOMBRE RUT DECRETO N FECHA 1674 2381 26-08-2014 1014 1516 26-05-2014 1014 1817 20-06-2014 1014 2181 29-07-2014 1014 2429 29-08-2014 1014 2589 12-09-2014 1014 2771 08-10-2014 1014 3122 17-11-2014 1326 1725 12-06-2014 1326 2550 11-09-2014 1326 2888 14-10-2014 1041 2053 17-07-2014 1696 2087 21-07-2014 1696 2545 09-09-2014 1334 1908 12-06-2014 1334 1720 12-06-2014 1334 2990 30-10-2014 839 2382 26-08-2014 1437 1749 13-06-2014 1437 2991 30-10-2014 626 2204 31-07-2014 1025 2830 14-10-2014 1655 1899 25-06-2014 1655 2895 21-10-2014 1655 3232 28-11-2014 1367 1911 25-06-2014 1437 2092 21-07-2014 806 1816 20-06-2014 806 2180 29-07-2014 806 2428 29-08-2014 806 2588 16-09-2014 806 2770 08-10-2014 806 3121 17-11-2014 1533 1499 26-05-2014 1533 1903 25-06-2014 1345 2426 29-08-2014 322 1816 20-06-2014 322 2180 29-07-2014 322 2428 29-08-2014 322 2588 16-09-2014 322 2770 08-10-2014 322 3121 17-11-2014 803 1913 25-06-2014 803 2717 03-10-2014 803 3061 07-11-2014 1573 2095 21-07-2014 881 1886 25-06-2014 35

NOMBRE RUT DECRETO N FECHA 1523 2374 26-08-2014 1523 2520 08-09-2014 1523 2761 07-10-2014 1523 3083 12-11-2014 1197 2375 26-08-2014 1573 2152 25-07-2014 795 1983 04-07-2014 795 2374 26-08-2014 795 2520 08-09-2014 795 2761 07-10-2014 795 3083 12-11-2014 795 2091 21-07-2014 1661 1713 12-06-2014 1840 3083 12-11-2014 1759 278 26-08-2014 1439 2293 16-10-2014 1067 2220 01-08-2014 1689 1889 25-06-2014 1689 2418 29-08-2014 835 1500 26-05-2014 835 1820 20-06-2014 835 2179 29-07-2014 835 2434 29-08-2014 835 2594 16-09-2014 835 3119 17-11-2014 835 2776 08-10-2014 1383 1758 13-06-2014 1377 1744 13-06-2014 965 1500 26-05-2014 965 1820 20-06-2014 965 2179 29-07-2014 965 2434 29-08-2014 965 2594 16-09-2014 965 3119 17-11-2014 965 2776 08-10-2014 1573 1897 25-06-2014 945 2273 08-08-2014 1787 1904 25-06-2014 1787 2896 21-10-2014 1535 2421 29-08-2014 1006 2204 31-07-2014 1006 2550 11-09-2014 1400 2376 26-08-2014 1723 3152 18-11-2014 Fuente de Información: Elaboración propia sobre a base de los decretos alcaldicios Que aprueban las contratarinneq na. os por lamunicipalidadde Buin, y verificaciones efectuadas en SIAPER. 36

Actos administrativos no registrados en SIAPER. NOMBRE DECRETO RUT N FECHA 375 1377 12-12-2014 1296 1377 12-12-2014 1370 3504 31-12-2014 441 3383 12-12-2014 1014 3383 12-12-2014 626 3504 31-12-2014 1436 3440 23-12-2014 1523 1377 12-12-2014 795 1377 12-12-2014 1689 3452 26-12-2014 ercionas de Inform do n: aoracion pr opasn ui oreelraifibeasceiodnes y loes decretos feetuadas e srque aprueban las contrataciones, por rlamunicipalidad de aln SIAPER. 37

ANEXO N 2 Decretos alcaldicios dictados por el municipio después del inicio de ejecución de las labores contratadas. NOMBRE RUT DECRETO QUE FORMALIZA EL CONTRATO N FECHA FECHA SUSCRIBE CONTRATO CONTRATO DE HONORARIOS FECHA INICIO FECHA TERMINO VIGENCIA DÍAS DE DESFASE 1304 1130 15-04-2014 17-03-2014 01-03-2014 31-03-2014 45 1723 1968 04-07-2014 02-07-2014 01-06-2014 31-07-2014 33 1721 2965 29-11-2014 28-10-2014 01-10-2014 31-12-2014 59 1239 520 14-02-2014 12-02-2014 04-01-2014 31-01-2014 41 1239 734 14-03-2014 11-03-2014 01-02-2014 28-02-2014 41 766 520 14-02-2014 12-02-2014 04-01-2014 31-01-2014 41 766 734 14-03-2014 11-03-2014 01-02-2014 28-02-2014 41 953 520 14-02-2014 12-02-2014 04-01-2014 31-01-2014 41 953 734 14-03-2014 11-03-2014 01-02-2014 28-02-2014 41 1326 978 04-04-2014 03-04-2014 01-03-2014 30-06-2014 34 1326 520 14-02-2014 12-02-2014 04-01-2014 31-01-2014 41 1326 734 14-03-2014 11-03-2014 01-02-2014 28-02-2014 41 915 725 14-03-2014 10-03-2014 15-01-2014 31-01-2014 58 915 726 14-03-2014 10-03-2014 01-02-2014 28-02-2014 41 915 1070 10-04-2014 10-04-2014 01-03-2014 31-03-2014 40 1334 284 27-02-2014 27-01-2014 01-01-2014 30-06-2014 57 1334 1217 22-04-2014 22-04-2014 26-02-2014 02-03-2014 55 1334 1109 14-04-2014 17-03-2014 08-03-2014 08-03-2014 37 1758 422 04-02-2014 04-02-2014 04-01-2014 31-01-2014 31 1758 702 12-03-2014 10-03-2014 01-02-2014 28-02-2014 39 1600 546 19-02-2014 19-02-2014 01-01-2014 28-02-2014 49 1600 982 04-04-2014 04-04-2014 01-03-2014 31-03-2014 34 1656 702 12-03-2014 10-03-2014 01-02-2014 28-02-2014 39 1067 1386 09-05-2014 02-05-2014 01-04-2014 31-07-2014 38 864 1202 22-04-2014 21-04-2014 21-03-2014 21-03-2014 32 1006 520 14-02-2014 12-02-2014 04-01-2014 31-01-2014 41 1006 734 14-03-2014 11-03-2014 01-02-2014 28-02-2014 41 1037 422 04-02-2014 04-02-2014 04-01-2014 31-01-2014 31 1037 702 12-03-2014 10-03-2014 01-02-2014 28-02-2014 39 ase de los actos administrativos que sancionaron las contrataciones a onorarios proporcionados por la Municipalidad de Buin. 38

Ejecución de labores previo a la suscripción del contrato. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA ANEXO N 3 NOMBRE RUT PROGRAMA FECHA SUSCRIPCIÓN CONTRATO INFORME DE ACTIVIDADES FECHA INICIO FECHA TÉRMINO VIGENCIA DÍAS TRANSCURRIDOS DESDE EL INICIO DEL SERVICIO 1306 Oficina Municipal de Intermediación Laboral - OMIL 25-06-2014 01-06-2014 31-08-2014 24 520 Programa de Mantención de Áreas Verdes, comuna de Buin 28-01-2014 01-01-2014 31-03-2014 27 1304 Oficina de subsidios sociales 24-01-2014 01-01-2014 28-02-2014 23 425 Seguridad pública comunal 24-01-2014 01-01-2014 30-06-2014 23 Limpieza de Acequias, dentro de la comuna 1296 786 1648 1370 1401 1723 521 1721 de Buin. Programa de Mantención de Áreas Verdes, comuna de Buin. Catastro formulación de proyectos año 2014. Oficina de Organizaciones Comunitarias año 2014 Programa de Mantención de Areas Verdes, comuna de Buin. Programa del Departamento de Deportes 2014 Oficina de Organizaciones Comunitarias año 2014 Programa del Departamento de Deportes 2014 24-01-2014 01-01-2014 31-03-2014 23 29-08-2014 01-08-2014 31-08-2014 28 29-01-2014 01-01-2014 30-06-2014 28 26-12-2014 01-12-2014 31-12-2014 25 29-08-2014 01-08-2014 31-08-2014 28 02-07-2014 01-06-2014 31-07-2014 31 30-09-2014 01-09-2014 30-09-2014 29 28-10-2014 01-10-2014 31-12-2014 27,1 1239 Verano junto a usted año 2014 11-03-2014 01-02-2014 28-02-2014 38 39

L - NOMBRE RUT PROGRAMA FECHA SUSCRIPCIÓN CONTRATO INFORME DE ACTIVIDADES FECHA INICIO FECHA TÉRMINO VIGENCIA DÍAS TRANSCURRIDOS DESDE EL INICIO DEL SERVICIO 540 Programa de Mantención de Áreas Verdes, comuna de Buin. 29-08-2014 01-08-2014 31-08-2014 28 1600 Aniversario 170 de la Comuna de Buin 2014 21-01-2014 19-02-2014 19-02-2014 29 766 Programa del Departamento de Deportes año 2014 28-01-2014 01-01-2014 31-03-2014 27. 766 Verano junto a usted año 2014 11-03-2014 01-02-2014 28-02-2014 38 632 Programa de Mantención de Áreas Verdes, comuna de Buin. 29-08-2014 01-08-2014 31-08-2014 28 501 Programa de Mantención de Áreas Verdes, comuna de Buin. 29-08-2014 01-08-2014 31-08-2014 28 953 Verano junto a usted año 2014 12-02-2014 04-01-2014 31-01-2014 38 Verano junto a usted año 2014 11-03-2014 01-02-2014 28-02-2014 38 953 Bibliotecas Públicas Buin y Maipo 24-01-2014 01-01-2014 30-06-2014 23 Programa de Mantención de Áreas Verdes, 1127 comuna de Buin. 29-08-2014 01-08-2014 31-08-2014 28 441 Programa de Mantención de Áreas Verdes, comuna de Buin. 29-08-2014 01-08-2014 31-08-2014 28 1766 Programa de Mantención de Áreas Verdes, comuna de Buin. 29-08-2014 01-08-2014 31-08-2014 28 1014 Programa de Mantención de Áreas Verdes, comuna de Buin. 29-08-2014 01-08-2014 31-08-2014 28 1331 Oficina de Organizaciones Comunitarias año 2014 19-02-2014 20-01-2014 24-02-2014 29 1326 Verano junto a usted año 2014 11-03-2014 01-02-2014 28-02-2014 38 1696 Oficina de vivienda 24-01-2014 01-01-2014 31-03-2014 23 915 Programa del Departamento de Deportes 2014 10-03-2014 15-01-2014 31-01-2014 25 40

NOMBRE RUT PROGRAMA FECHA SUSCRIPCIÓN CONTRATO INFORME DE ACTIVIDADES FECHA INICIO FECHA TÉRMINO VIGENCIA DÍAS TRANSCURRIDOS DESDE EL INICIO DEL SERVICIO 1334 Modernización Gestión Municipal 27-01-2014 01-01-2014 30-06-2014 26 1334 Aniversario Localidades 2014 22-04-2014 26-02-2014 02-03-2014 56 1758 Verano junto a usted año 2014 10-03-2014 01-02-2014 28-02-2014 37 839 Oficina de subsidios sociales 01-06-2014 31-08-2014 23 1437 Medios de Comunicación 2014 29-10-2014 01-10-2014 31-12-2014 28 626 Oficina de Organizaciones Comunitarias año 2014 26-12-2014 01-12-2014 31-12-2014 25 1655 Programa del Departamento de Deportes 2014 28-11-2014 01-11-2014 31-12-2014 27 1437 Tecnología y Comunicaciones Ilustre Municipalidad de Buin 22-07-2014 01-07-2014 31-12-2014 21 1296 Programa del Departamento de Deportes 2014 28-01-2014 01-01-2014 31-03-2014 27 806 Programa de Mantención de Áreas Verdes, comuna de Buin. 29-08-2014 01-08-2014 31-08-2014 28 1600 Programa del Departamento de Deportes 2014 04-04-2014 01-03-2014 31-03-2014 33 1436 Oficina de Organizaciones Comunitarias año 2014 22-12-2014 01-12-2014 25-12-2014 21 1546 Renovación de Permisos de Circulación de 322 vehícul os particulares año 2014. 31-03-2014 03-03-2014 03-04-2014 28 Programa de Mantención de Áreas Verdes, comuna de Buin. 29-08-2014 01-08-2014 31-08-2014 28 803 Seguridad pública comunal 24-01-2014 01-06-2014 30-06-2014 23 1656 Verano junto a usted año 2014 10-03-2014 01-02-2014 28-02-2014 37 1573 Tecnología y Comunicaciones Ilustre Municipalidad de Buin 22-07-2014 01-07-2014 31-12-2014 21 41

NOMBRE RUT PROGRAMA FECHA SUSCRIPCIÓN CONTRATO INFORME DE ACTIVIDADES FECHA INICIO FECHA TÉRMINO VIGENCIA DÍAS TRANSCURRIDOS DESDE EL INICIO DEL SERVICIO 881 Modernización Gestión Municipal con la comunidad de Buin. 27-01-2014 01-01-2014 30-06-2014 26 1523 Limpieza de Acequias, dentro de la comuna de Buin. 24-01-2014 01-01-2014 31-03-2014 23 1573 Oficina Adulto Mayor 23-07-2014 01-07-2014 31-12-2014 22 795 Limpieza de Acequias, dentro de la comuna de Buin. 24-01-2014 01-01-2014 31-03-2014 23 1661 Catastro formulación de proyectos año 2014 29-01-2014 01-01-2014 30-06-2014 28 1067 Oficina de Cultura 2014 02-05-2014 01-04-2014 31-07-2014 31 1689 Oficina Discapacidad 24-12-2014 01-12-2014 31-12-2014 23 835 Programa de Mantención de Áreas Verdes, comuna de Buin. 29-08-2014 01-08-2014 31-08-2014 28 965 Programa de Mantención de Áreas Verdes 29-08-2014 01-08-2014 31-08-2014 28 1573 Oficina de Turismo Municipal 2014 24-01-2014 01-01-2014 30-06-2014 23 1696 Tecnología y Comunicaciones Ilustre Municipalidad de Buin 27-01-2014 01-01-2014 30-06-2014 26 1535 Centro de Intervención Familiar 2014 25-08-2014 01-08-2014 31-12-2014 24 1006 Verano junto a usted año 2014 11-03-2014 01-02-2014 28-02-2014 38 1006 Oficina de Organizaciones Comunitarias año 2014 19-02-2014 20-01-2014 24-02-2014 29 103 Verano junto a usted año 2014 10-03-2014 01-02-2014 a oracion propia sobre la base de los contratos a honorarios proporcionados por la Municipalidad de Buin. 28-02-2014 39 42

Cometidos genéricos. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORIA 2 ANEXO N 4 NOMBRE RUT PROGRAMA FUNCIÓN SEGÚN CONTRATO 1 1306 Oficina Municipal de Intermediación Laboral OMIL. 1304 Oficina de subsidios sociales Encargada de la Oficina laboral OMIL Encargada de la Oficina de Ficha de Protección Social y Subsidios Sociales 953 Bibliotecas Públicas Buin y Maipo 1041 Red Protección Social 1345 Oficina de Discapacidad año 2014 1345 Oficina de subsidios sociales Encargada de Bibliotecas Públicas de Buin Jefa de la Unidad de Acompañamiento del Programa Puente e Ingreso Ético Familiar y como Administradora del Centro Comunitario Federico Arteaga, por media jornada. Encargada de la Oficina de Discapacidad, Coordinadora de Discapacidad y del Centro Comunitario de Rehabilitación Federico Artea. a Encargada de Oficina de Ficha de Protección Social y Subsidios Sociales 1067 Oficina de Cultura 2014 1689 Oficina Discapacidad 1689 Oficina Discapacidad Encargado de la oficina de cultura, gestor de diversas actividades al rescate del patrimonio local a través de sus fiestas ciudadanas y aniversarios. Profesional de apoyo en la oficina de discapacidad (enero a mayo de 2014). Encargado de la Oficina de discapacidad, coordinador de discapacidad y del centro de rehabilitación Federico Arteaga (junio a noviembre de 2014). Fuente de Información: Elaboración propia sobre la base de los contratos a honorarios proporcionados por la Municipalidad de Buin. 43

N CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA ANEXO N 5 Detalle de pago de aguinaldos sin contar con anexo de contrato. RUT NOMBRE DECRETO DE PAGO MONTO $ 1006 2020 15.000 1067 2020 15.000 1239 2020 15.000 1296 2047 15.000 1306 2020 15.000 1326 2020 15.000 1345 2020 15.000 1370 2029 15.000 1377 2020 15.000 1383 2020 15.000 1400 2020 15.000 1437 2020 15.000 1437 2029 15.000 1523 2047 15.000 1535 2079 15.000 1573 2029 15.000 1573 2020 15.000 1573 2020 15.000 1655 2029 15.000 1661 2020 15.000 1674 2020 15.000 1689 2020 15.000 1696 2029 15.000 1696 2029 15.000 1721 2029 15.000 1759 2020 15.000 1787 2029 15.000 425 2029 15.000 626 2029 15.000 766 2020 15.000 795 2047 15.000 803 2020 15.000 839 2020 15.000 881 2079 15.000 953 2020 15.000 988 a 2079 15.000 TOTAL 540.000 propia sobre " la base de los contratos a honorarios proporcionados por la Municipalidad de Buin.

Programas comunitarios año 2014. ANEXO N 6 PROGRAMA DECRETO FECHA Oficina municipal de intermediación laboral OMIL 52 10-01-2014 Programa de mantenimiento y reparación de edificación 2463 02-09-2014 comunitaria y/o pública en diversas localidades y unidades vecinales de Buin. Semana Parronina 2014 830 20-03-2014 Seguridad fiesta de la vendimia 2014 891 28-03-2014 Digitalización de antecedentes que emana de la DOM, con motivo 51 10-01-2014 de crear una base de datos que permita mejorar la gestión y tiempos de respuesta de esta unidad en la atención al usuario. Bibliotecas públicas Buin y Maipo 183 22-01-14 Red protección social 88 14-01-2014 Limpieza fiesta de la vendimia 2014 892 28-03-2014 Ciclos culturales 350 28-01-2014 Aniversario localidades e instituciones sociales, culturales y 33 08-01-2014 deportivas 2014 Fiesta de la vendimia del corazón del Maipo. 128 17-01-2014 Programa de desarrollo social 2014 1198 22-04-2014 Programa limpieza e higiene semana buinense 2014 592 27-02-2014 Oficina de vivienda 245 23-01-2014 Subsidios sociales 181 22-01-2014 Renovación de permisos de circulación de vehículos particulares año 2014. 180 22-01-2014 Oficina seguridad pública comunal 192 23-01-2014 Modernización de la gestión municipal con la comunidad de Buin 252 23-01-2014 Oficina adulto mayor 55 10-01-2014 Catastro formulación de proyectos 248 23-01-2014 Limpieza de acequias, dentro de la comuna de Buin 187 23-01-2014 Oficina de la mujer 247 23-01-2014 Oficina discapacidad 89 14-01-2014 Apoyo al servicio vehicular comunitario 276 24-01-2014 Medios de comunicación 2014 121 17-01-2014 Programa de mantención de áreas verdes 186 22-01-2014 Oficina de turismo municipal 2014 189 23-01-2014 Tecnología y comunicaciones Ilustre Municipalidad de Buin 134 17-01-2014 Día del niño y la niña 2014 357 28-01-2014 Programa del Departamento de Deportes 2014 273 24-01-2014 Oficina de cultura 2014 184 22-01-2014 Centro de intervención familiar 2014 3487 31-12-2013 Oficina de organizaciones comunitarias 182 22-01-2014 Modernización gestión municipal 253 23-01-2014 Verano junto a usted año 2014 87 14-01-2014 Aniversario de localidades e instituciones sociales, culturales y 495 14-02-2014 deportivas 2014 \Aniversario 170 de la Comuna de Buin 2014 67 13-01-2014 uente de Información: Elaboración propia a partir de los programas y los decretos alcaldicios que los aprueban, roporcionados por la Municipalidad de Buin. 45

ANEXO N 7 Ausencia de cláusulas de inhabilidades de ingreso en los contratos y falta de certificados de antecedentes y declaración jurada de probidad NOMBRE RUT 1306 1693 520 1304 613 375 988 831 425 1296 786 1648 1370 1401 1723 521 1721 1239 1166 1696 942 1581 574 540 1088 787 1370 1805 1600 766 632 1698 501 600 953 1127 486 441 1540 1766 1674 1014 1331 1326 1573 1696 945 1787 864 1535 NOMBRE f ormación: Elaboración propia a partir de la información proporcionada por la Municipalidad de Buin. RUT 1041 1696 972 915 1334 1758 839 1437 626 1025 1655 1367 1437 908 1296 806 1598 1600 1533 1345 1436 1546 322 803 1204 1656 1573 881 1523 1731 1197 1573 795 1661 1840 1759 1439 1067 1689 835 1383 1116 1377 965 1006 1400 1037 1723 669 46

Servicios prestados no ocasionales y/o transitorios. ANEXO N 8 1661 1693 1696 1006 RUT NOMBRE PROGRAMAS EN 2014 y 2015 Catastro formulación de proyectos Medios de Comunicación 2014 Programa de Mantenimiento y reparación de Edificación comunitaria y/o Pública en diversas localidades y Unidades Vecinales de Buin. Verano junto a usted año 2014 1067 Oficina de Cultura 2014 L.1696 Oficina de vivienda LABORES Coordinador de Proyectos y Presupuesto en el Departamento de Formulación de Proyectos SECPLA Editor televisivo y camarógrafo en oficina de prensa- medios de comunicación. Profesional del programa Mantenimiento y reparación de edificación comunitaria y/o pública. Labores de apoyo administrativo y de gestión en la Oficina de Organizaciones Comunitarias. Encargado de la oficina de cultura, gestor de diversas actividades al rescate del patrimonio local a través de sus fiestas ciudadanas y aniversarios. Dibujo técnico de arquitectura y obras civiles MONTO $ SEGÚN CONTRATO 2014 PERÍODO CONTRATADO 2014 PERÍODO CONTRATADO 2015 13.799.994 01-01-2014 31-12-2014 01-01-2015 30-04-2015 1.000.000 01-11-2014 31-12-2014 01-01-2015 30-04-2015 3.555.552 01-09-2014 31-12-2014 01-01-2015 30-04-2015 4.187.496 04-01-2014 30-11-2014 01-01-2015 30-04-2015 4.083.330 01-01-2014 31-12-2014 01-01-2015 30-04-2015 6.116.665 01-01-2014 31-12-2014 01-01-2015 30-04-2015 47

c. 1698 RUT NOMBRE PROGRAMAS EN 2014 y 2015 Digitalización catastral D.O.M 2014 1041 Red Protección Social 1014 Programa de Mantención de Áreas Verdes LABORES Labores administrativas, apoyo en digitalizar documental y planimétricamente, la totalidad de las resoluciones que emane mensualmente de la Dirección de Obras Municipales. Jefa de la Unidad de Acompañamiento del Programa Puente e Ingreso Ético Familiar y como Administradora del Centro Comunitario Federico Arteaga, por media jornada. MONTO $ SEGÚN CONTRATO 2014 1.050.000 6.150.000 PERÍODO CONTRATADO 2014 29-09-2014 01-01-2014 31-12-2014 31-12-2014 PERÍODO CONTRATADO 2015 01-01-2015 01-01-2015 30-04-2015 30-04-2015 Mantención de Áreas Verdes y Espacio Público. 2.173.500 01-01-2014 31-12-2014 01-01-2015 31-01-2015 1197 Modernización Gestión Municipal Coordinar y sistematizar el proceso de recopilación en terreno y del levantamiento de la información entre la municipalidad y las organizaciones sociales de la comuna, para mejorar la capacidad de respuesta de los vecinos de Buin, generar un nexo con juntas de vecinos, clubes deportivos, asociaciones gremiales, etc. 333.333 12-08-2014 31-12-2014 01-01-2015 30-04-2015 G696 Tecnología y Comunicaciones Ilustre Municipalidad de Buin Soporte informático y estar a cargo del sistema FIC. 6.000.000 01-01-2014 31-12-2014 01-01-2015 30-04-2015 48

1370 RUT NOMBRE PROGRAMAS EN 2014 y 2015 Oficina de Organizaciones Comunitarias 613 Fiesta de la Vendimia 1787 Programa del departamento de deportes 2014 1689 Oficina Discapacidad 795 Limpieza de Acequias 425 1655 Seguridad pública comunal Programa del departamento de deportes 2014 LABORES Labores de apoyo como monitora en actividades realizadas por la Oficina de Organizaciones Comunitarias Servicios adicionales de gasfitería durante la fiesta de la vendimia 2014. Labores de aseo y mantención en Piscina Municipal Maipo, mantención de espacios internos y externos Parque Piscina Maipo. Profesional de apoyo en la oficina de discapacidad por 22 horas Limpieza de acequias, movimiento de tierras y limpieza de sifones Operador de la Central de Monitoreo Cámaras de Televigilancia y mantener coordinación radial y telefónica, con personal de Carabineros y la PDI. Profesor de Natación en Piscina Municipal: Planificación de actividades acuáticas, realización de sesiones de natación, control, planificación, desarrollo y evaluación de aprendizaje de los alumnos, clases de hodrogimnasia para el adulto mayor los lunes, martes y viernes de 16:30 a 17:30 y Rama de natación los lunes, martes y viernes de 17:30 a 19:30 y sábado de 11:00 a 13:00 horas. MONTO $ SEGÚN CONTRATO 2014 PERÍODO CONTRATADO 2014 PERÍODO CONTRATADO 2015 708.710 21-07-2014 31-12-2014 01-01-2015 30-04-2015 266.666 28-03-2014 30-03-2014 01-01-2015 30-04-2015 1.890.000 6.766.662 01-04-2014 01-01-2014 31-12-2014 31-03-2014 01-01-2015 01-01-2015 30-04-2015 30-04-2015 3.363.820 01-01-2014 31-12-2014 01-01-2015 30-04-2015 4.065.000 01-01-2014 31-12-2014 01-01-2015 30-04-2015 6.983.306 01-01-2014 31-12-2014 01-01-2015 30-04-2015 49

626 803 RUT NOMBRE s PROGRAMAS EN 2014 y 2015 Oficina de Organizaciones Comunitarias Seguridad pública comunal 375 Limpieza de Acequias 1296 Limpieza de Acequias 1523 Limpieza de Acequias LABORES Labores de apoyo como monitora en actividades realizadas por la Oficina de Organizaciones Comunitarias Elaborar el diagnóstico y el Plan Comunal de Seguridad Ciudadana, elaborar un plan de trabajo con el Encargado del Sistema comunal de Prevención de Consumo de Drogas, supervisar-evaluar-controlar la gestión de la ejecución de los proyectos que hayan recibido financiamiento Fondo Concursable. Administración de Recursos Humanos y asignación de tareas. Elaboración y presentación de proyectos año 2014. Limpieza de acequias, movimiento de tierras y limpieza de sifones Limpieza de acequias, movimiento de tierras y limpieza de sifones Limpieza de acequias, movimiento de tierras y limpieza de sifones T MONTO $ SEGÚN CONTRATO 2014 PERÍODO CONTRATADO 2014 PERÍODO CONTRATADO 2015 638.710 21-07-2014 31-12-2014 01-01-2015 30-04-2015 11.316.657 01-06-2014 31-12-2014 01-01-2015 30-04-2015 718.200 3.212.200 3.351.600 01-10-2014 01-01-2014 01-01-2014 31-12-2014 31-07-2014 31-12-2014 01-01-2015 01-01-2015 01-01-2015 30-06-2015 30-06-2015 30-06-2015 TOTAL 91.731.401 Puente de Información Elaboración ro lacni,,,,, I,. 1-,,,,-, A^ i,s, contratoshonorarios --,_ ciona " orios de. os anos 2014 y 2015, y conforme los objetivos específicos de los programas unitarios para esas mismas anualidades, proporcionados por la Municipalidad de Buin. 50

Labores correspondientes ala gestión interna municipal. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA ANEXO N 9 r NOMBRE DEL PROGRAMA PRESTADOR DEL SERVICIO DECRETO QUE FORMALIZA CONTRATACIÓN MONTO TOTAL PAGADO EN EL AÑO 2014 NOMBRE RUT N FECHA $ COMETIDOS 2014 Oficina Laboral 1306 1892 25/06/2014 2.550.000 Encargada de la Oficina laboral OMIL 2425 29/08/2014 3.400.000 Medios de Comunicación 2014 1693 3082 12/11/2014 1.000.000 Editor televisivo y camarógrafo en oficina de prensa- medios de comunicación. 328 28/01/2014 283.500 Programa de Mantención de Áreas Verdes 520 Subsidios sociales 1304 Programa de Mantención de Áreas Verdes 786 1172 17/04/2014 94.500 Catastro formulación de proyectos 1648 370 29/01/2014 5.100.000 Oficina de Organizaciones Comunitarias 1370 Mantención de Áreas Verdes y Espacio Público 291 27/01/2014 1.000.000 1130 15/04/2014 1.000.050 Encargada de la Oficina de Ficha de 1095 11/04/2014 Protección Social y Subsidios Sociales 1.000.050 327 28/01/2014 283.500 1184 17/04/2014 94.500 1500 26/05/2014 94.500 1820 20/06/2014 94.500 2179 29/07/2014 Mantención de Arcas Verdes y 94.500 Espacio Público 2434 29/08/2014 94.500 2594 16/09/2014 94.500 3119 17/11/2014 94.500 2776 08/10/2014 94.500 1456 16/05/2014 70.000 2204 31/07/2014 518.710 51 Diseño y estudios arquitectónicos en proyectos comunales para financiamiento externo Servicios artísticos de grupo de danza en la ceremonia de entrega de becas de útiles escolares. Labores de apoyo como monitora en actividades realizadas por la Oficina de Organizaciones Comunitarias DISPOSICIÓN LEGAL Corresponde a las funciones de la DIDECO, art. 22, letra c), de la ley N 18.695, y art. 46 del Reglamento Interno Corresponde al art. 12 numerales 9,10 y 11 del Reglamento Interno Corresponde a las funciones de la Dirección de Medio Ambiente, a Aseo y Ornato, DIMAO, art. 25 ley N 18.695, letra c), y art. 98 numeral 3 del Reglamento Interno Corresponde a las funciones de la DIDECO art. 47 del Reglamento Interno Corresponde a las funciones de la DIMAO, art. 25 ley N 18.695, letra c), y art. 98 numeral 3 del Reglamento Interno Ley N 18.695, art. 21, letra a), art. 27 del Reglamento Interno, recae en el Departamento de Formulación de Proyectos, de la SECPLA. Art. 22, letra b) ley N 18.695, art. 31 y 33 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Art. 22, letra b) ley N 18.695, art. 31 y 33 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO.

NOMBRE DEL PROGRAMA Oficina de Organizaciones Comunitarias Programa de Mantención de Áreas Verdes Programa del departamento de deportes 2014 Oficina de Organizaciones Comunitarias CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DECRETO QUE PRESTADOR DEL SERVICIO FORMALIZA CONTRATACIÓN NOMBRE RUT N FECHA MONTO TOTAL PAGADO EN EL AÑO 2014 $ 1370 3504 31/12/2014 120.000 1401 1723 Digitalización Catastral D.O.M. 1239 Verano junto a usted año 2014..., 327 28/01/2014 94.500 1500 26/05/2014 94.500 1820 20/06/2014 94.500 2179 29/07/2014 94.500 2434 29/08/2014 94.500 2594 16/09/2014 94.500 3119 17/11/2014 94.500 2776 08/10/2014 94.500 1454 16/05/2014 374.000 1968 04/07/2014 748.000 521 2690 30/09/2014 555.555 1239 168 22/01/2014 1.980.000 1706 12/06/2014 2.079.000 COMETIDOS 2014 Labores de apoyo como monitora en actividades realizadas por la Oficina de Organizaciones Comunitarias Mantención de Áreas Verdes y Espacio Público Despacho, recibo, archivo, manejo, confección de documentos. Atención de público y teléfono en el Complejo Deportivo Municipal de Buin. Labores de apoyo con la coordinación, promoción y convocatoria de clubes de huasos las fiestas criollas que se realizaron en estadio Lautaro. Labores administrativas. Encargada de apoyar en la atención de público y elaboración de documentos, tales como: certificados de número, habitabilidad, recepción definitiva para los proyectos de fondo solidario de vivienda y programa de protección al patrimonio familiar y otros bajo el mismo tenor que resulten necesarios. 520 14/02/2014 15.000 Monitor Viajes Verano: Viña del Mar y 734 14/03/2014 30.000 Cartagena DISPOSICIÓN LEGAL Art. 22, letra b) ley N 18.695, art. 31 y 33 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Corresponde a las funciones de la DIMAO, art. 25 ley N 18.695, letra c, y art. 98 numeral 3 del Reglamento Interno Art. 22, letra c) ley N 18.695, art. 31 y 35 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Art. 22, letra b) ley N 18.695, art. 31 y 33 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Artículo 91 del reglamento interno. Art. 22, letra c, ley N 18.695, art. 31 y 34 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. 52

NOMBRE DEL PROGRAMA PRESTADOR DEL SERVICIO CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DECRETO QUE FORMALIZA CONTRATACIÓN MONTO TOTAL PAGADO EN EL AÑO 2014 NOMBRE RUT N FECHA $ Digitalización catastral D.O.M 2014 1581 169 22/01/2014 5.599.992 Oficina Adulto Mayor 574 2436 29/08/2014 500.000 Programa de Mantención de Áreas Verdes 540 332 28/01/2014 567.000 1185 17/04/2014 189.000 1501 26/05/2014 189.000 1821 20/06/2014 189.000 2185 29/07/2014 189.000 2435 29/08/2014 189.000 2595 16/09/2014 189.000 3120 17/11/2014 189.000 2777 08/10/2014 189.000 Programa del Departamento de Deportes Año 2014 766 316 28/01/2014 1.399.998 COMETIDOS 2014 Encargado de la elaboración de los antecedentes planimétricos de Proyectos Técnico- arquitectónicos ante el SERVIU RM. Dentro del proyecto apoyo fiscalización Unidad Río Maipo, efectuar la revisión mensual de antecedentes de extracción de áridos y cálculos de derechos municipales de las empresas con contrato y/o concesión, fiscalización de concesiones de la ribera del Río Maipo, control topográfico de zonas de extracción de áridos del Río Maipo, Elaboración de un estudio para implementar un manual de procedimientos fiscalización, planta áridos, análisis y pronunciamiento de los proyectos técnicos de extracción de áridos, elaboración presupuestos oficiales y especificaciones técnicas, recepción de trazados planimétricos e inspección técnica fiscal. Gestor artístico en actividad "Pasamos Agosto", a realizarse en el Liceo Haydee Azócar Mancilla. Mantención de Áreas Verdes y Espacio Público Coordinador de actividades y mantención del gimnasio municipal DISPOSICIÓN LEGAL Artículo 91 del reglamento interno. Corresponde a funciones que contempla el artículo 48 del Reglamento Interno. Corresponde a las funciones de la DIMAO, art. 25 ley N 18.695, letra c, y art. 98 numeral 3 del Reglamento Interno Art. 22, letra c) ley N 18.695, art. 31 y 35 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. 53

DECRETO QUE MONTO TOTAL NOMBRE DEL PRESTADOR DEL SERVICIO FORMALIZA PAGADO EN EL PROGRAMA COMETIDOS 2014 DISPOSICIÓN LEGAL CONTRATACIÓN AÑO 2014 NOMBRE RUT N FECHA $ 520 14/02/2014 60.000 Verano junto a usted año 2014 Art. 22, letra c, ley N 18.695, art. 31 y 34 766 Monitor Viajes Verano: Viña del Mar y 734 14/03/2014 90.000 Cartagena Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Programa del Departamento de Deportes Año 2014 766 Programa de Mantención de Áreas Verdes 632 1094 11/04/2014 1.399.998 1982 04/07/2014 1.399.998 Coordinador de actividades 2892 mantención del gimnasio municipal 21/10/2014 1.399.998 v ' 327 28/01/2014 283.500 1184 17/04/2014 94.500 1500 26/05/2014 94.500 1820 20/06/2014 94.500 2179 29/07/2014 94.500 Público 2434 29/08/2014 94.500 de Áreas Verdes y Espacio 2594 16/09/2014 94.500 3119 17/11/2014 94.500 2776 08/10/2014 94.500 Art. 22, letra c) ley N 18.695, art. 31 y 35 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Corresponde a las funciones de la DIMAO, ' art. 25 ley N 18.695, letra c), y art. 98 numeral 3 del Reglamento Interno Digitalización catastral D.O.M 2014 1698 2692 30/09/2014 1.050.000 Labores administrativas, apoyo en digitalizar documental y planimétricamente, la totalidad de las Resoluciones que emane mensualmente de la Dirección de Obras Municipales. Artículo 91 del reglamento interno. Programa de Mantención de Áreas Verdes 328 28/01/2014 283.500 1172 17/04/2014 94.500 1816 20/06/2014 94.500 2180 29/07/2014 94.500 2428 29/08/2014 94.500 2588 16/09/2014 94.500 Programa de Mantención de Áreas Verdes 501 2770 08/10/2014 94.500 501 Mantención de Áreas Verdes y Espacio Público Mantención de Áreas Verdes y Espacio Público Corresponde a las funciones de la DIMAO,,, art. 25 ley N 18.695, letra c), y art. 98 numeral 3 del Reglamento Interno Corresponde a las funciones de la DIMAO, art. 25 ley N 18.695, letra c), y art. 98 numeral 3 del Reglamento Interno 54

1 XI ñü CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA NOMBRE DEL PROGRAMA PRESTADOR DEL SERVICIO Verano junto a usted año 2014 953 Bibliotecas Públicas Buin y Maipo 953 Programa de Mantención de Áreas Verdes 1127 Programa de Mantención de Áreas Verdes 441 Programa de Mantención de Áreas Verdes 1766 Programa de Mantención de Áreas Verdes ) DECRETO QUE FORMALIZA CONTRATACIÓN MONTO TOTAL PAGADO EN EL AÑO 2014 NOMBRE RUT N FECHA $ COMETIDOS 2014 520 734 14/02/2014 14/03/2014 90.000 Monitor Viajes Verano: Viña del Mary 120.000 Cartagena 303 27/01/2014 2.205.000 Encargada de Bibliotecas Públicas de 1822 20/06/2014 2.205.000 Buin 327 28/01/2014 283.500 1184 17/04/2014 94.500 1500 26/05/2014 94.500 1820 20/06/2014 94.500 2179 29/07/2014 94.500 2434 29/08/2014 94.500 2594 16/09/2014 94.500 3119 17/11/2014 94.500 2776 08/10/2014 94.500 336 28/01/2014 567.000 1176 17/04/2014 189.000 1515 26/05/2014 189.000 1817 20/06/2014 189.000 2181 29/07/2014 189.000 2429 29/08/2014 189.000 2589 16/09/2014 189.000 2771 08/10/2014 189.000 3122 17/11/2014 189.000 3383 12/12/2014 94.500 1896 25/06/2014 94.500 2179 29/07/2014 94.500 2434 29/08/2014 94.500 2594 16/09/2014 94.500 3119 17/11/2014 94.500 1766 2776 08/10/2014 94.500 Mantención de Áreas Verdes y Espacio Público Mantención de Áreas Verdes y Espacio Público Mantención de Áreas Verdes y Espacio Público Mantención de Áreas Verdes y Espacio Público DISPOSICIÓN LEGAL Art. 22, letra c, ley N 18.695, art. 31 y 34 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Art. 31y 37 del Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Corresponde a las funciones de la DIMAO, art. 25 ley N 18.695, letra c), y art. 98 numeral 3 del Reglamento Interno Corresponde a las funciones de la DIMAO, art. 25 ley N 18.695, letra c), y art. 98 numeral 3 del Reglamento Interno Corresponde a las funciones de la DIMAO, art. 25 ley N 18.695, letra c), y art. 98 numeral 3 del Reglamento Interno Corresponde a las funciones de la DIMAO, art. 25 ley N 18.695, letra c), y art. 98 numeral 3 del Reglamento Interno 55

NOMBRE DEL PROGRAMA PRESTADOR DEL SERVICIO Programa de Mantención de Áreas Verdes 1014 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DECRETO QUE FORMALIZA CONTRATACIÓN MONTO TOTAL PAGADO EN EL AÑO 2014 NOMBRE RUT N FECHA $ 337 28/01/2014 567.000 1177 17/04/2014 189.000 1516 26/05/2014 189.000 1817 20/06/2014 189.000 2181 29/07/2014 189.000 2429 29/08/2014 189.000 Público 2589 12/09/2014 189.000 2771 08/10/2014 189.000 3122 17/11/2014 189.000 Programa de Mantención de Áreas Verdes 1014 3383 12/12/2014 94.500 Oficina de Organizaciones Comunitarias 1331 547 19/02/2014 460.000 Red protección social 1326 Verano junto a usted año 2014 1326 151 22/01/2014 666.666 978 04/04/2014 1.400.000 1725 12/06/2014 1.050.000 Red protección social 1326 2888 14/10/2014 1.050.000 Red Protección Social 1041 150 22/01/2014 3.000.000 Red Protección Social 1041 2053 17/07/2014 3.150.000 COMETIDOS 2014 Mantención de Áreas Verdes y Espacio Restauración de áreas verdes y espacios públicos en la localidad de Maipo, comuna de Buin. Apoyo en la construcción de carros alegóricos. Elaboración de gigantografia del Quijote para la semana buinense de 2014. Apoyo administrativo de la protección social red de 520 14/02/2014 15.000 Monitor Viajes Verano: Viña del Mar y 734 14/03/2014 120.000 Cartagena 56 Apoyo administrativo de la red de protección social. Jefa de la Unidad de Acompañamiento del Programa Puente e Ingreso Ético Familiar y como Administradora del Centro Comunitario Federico Arteaga, por media jornada. Jefa de la Unidad de Acompañamiento del Programa Puente e Ingreso Ético Familiar y como. Administradora del Centro Comunitario Federico Arteaga, por media jornada. DISPOSICIÓN LEGAL Corresponde a las funciones de la DIMAO, art. 25 ley N 18.695, letra c), y art. 98 numeral 3 del Reglamento Interno Corresponde a las funciones de la DIMAO, art. 25 ley N 18.695, letra c), y art. 98 numeral 3 del Reglamento Interno Art. 22, letra b) ley N 18.695, art. 31 y 33 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Artículo 4, letra d), y 8 de la ley N 20.739, en relación con art. 5, inciso final, ley N 18.695 y art. 32 del Reglamento Interno. Art. 22, letra c), ley N 18.695, art. 31 y 34 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Artículo 4, letra d), y 8 de la ley N 20.739, en relación con art. 5, inciso final, ley N 18.695 y art. 32 del Reglamento Interno. Artículo 4, letra d), y 8 de la ley N 20.739, en relación con art. 5, inciso final, ley N 18.695 y art. 32 del Reglamento Interno. Artículo 4, letra d), y 8 de la ley N 20.739, en relación con art. 5, inciso final, ley N 18.695 y art. 32 del Reglamento Interno.

NOMBRE DEL PROGRAMA PRESTADOR DEL SERVICIO CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DECRETO QUE FORMALIZA CONTRATACIÓN MONTO TOTAL PAGADO EN EL AÑO 2014 NOMBRE RUT N FECHA $ Limpieza Fiesta de la Vendimia 2014 972 947 03/04/2014 73.333 Programa del Departamento de Deportes 2014 915 Modernización Gestión Municipal 1334 Verano junto a usted año 2014 1758 Subsidios sociales 839 317 28/01/2014 3.150.000 988 04/04/2014 3.150.000 725 14/03/2014 750.000 726 14/03/2014 1.500.000 1070 10/04/2014 1.111.111 284 27/02/2014 8.400.000 1720 422 12/06/2014 04/02/2014 8.400.000 300.000 702 12/03/2014 225.000 Medios de Comunicación 2014 143 158 22/01/2014 1.999.998 Medios de Comunicación 2014 1437 COMETIDOS 2014 Limpieza en la Fiesta de la Vendimia 2014 Mantención de la piscina municipal: aspirado de fondo de piscina, escobillado de bordes, pisos, muros, limpieza de agua con red de profundidad, verificación de PH y nivel de cloración de agua, adición de agua de productos químicos necesarios, reseña de hoja de control de los parámetros principales de la mantención, limpieza de los pre-filtros y enjuague de arenas, inspección visual para avisar ante cualquier inconveniente que pudiera ocurrir. Apoyar con amplificación a las diversas actividades sociales de la comuna patrocinadas por la Municipalidad, bingos 1 diario sábados y domingos, traslado municipal a localidades, solo actividades municipales, máximo 1 diario y no más de 22 amplificaciones al mes.. Monitor Viajes Verano: Viña del Mar y Cartagena 290 27/01/2014 1.666.665 Atención de público, apoyo 2382 26/08/2014 1.750.000 administrativo y recepción y despacho 2382 de documentos de ficha de protección 26/08/2014 1.400.000 social 1749 13/06/2014 1.050.000 2991 30/10/2014 1.333.332 Entrevistas radiales y televisivas, Promocionar eventos municipales, locución de distintas actividades comunales Entrevistas radiales y televisivas, Promocionar eventos municipales, locución de distintas actividades comunales DISPOSICIÓN LEGAL Labores contempladas en el artículo 99 del Reglamento Interno Art. 22, letra c) ley N 18.695, art. 31 y 35 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Lo contemplan los artículos 19 y 33 del Re lamento Interno. - Art. 22, letra c), ley N 18.695, art. 31 y 34 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Corresponde a las funciones de la DIDECO art. 47 del Reglamento Interno Corresponde al art. 12 numerales 1 y 9 del Reglamento Interno Corresponde al art. 12 numerales 1 y 9 del Reglamento Interno 57

NOMBRE DEL PROGRAMA PRESTADOR DEL SERVICIO Oficina de Organizaciones Comunitarias 626 Tecnología y Comunicaciones Ilustre Municipalidad de Buin 1437 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DECRETO QUE FORMALIZA CONTRATACIÓN MONTO TOTAL PAGADO EN EL AÑO 2014 Programa del departamento de deportes 2014 908 479 12/02/2014 210.000 COMETIDOS 2014 DISPOSICIÓN LEGAL NOMBRE RUT N FECHA $ 2204 31/07/2014 518/10 Labores de apoyo como monitora en Art. 22, letra b) ley N 18.695, art. 31 y 33 3504 31/12/2014 actividades realizadas por la Oficina de 120.000 Reglamento Interno, corresponde a la Organizaciones Comunitarias DIDECO. 289 27/01/2014 3.000.000 Monitoreo de red y soporte a usuarios. Corresponde al artículo 17 del Reglamento 2092 21/07/2014 3.150.000 Interno. Mantención de espacios internos y Art. 22, letra c) ley N 18.695, art. 31 y 35 externos en Parque Piscina Maipo Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Programa del departamento de deportes 2014 1296 1092 11/04/2014 748.000 Programa del departamento de deportes 2014 1296 319 28/01/2014 630.000 Programa de Mantención de Áreas Verdes 806 328 28/01/2014 283.500 1172 17/04/2014 94.500 1816 20/06/2014 94.500 2180 29/07/2014 94.500 2428 29/08/2014 94.500 2588 16/09/2014 94.500 2770 08/10/2014 94.500 3121 17/11/2014 94.500 Programa Limpieza e Higiene semana buinense 2014 1598 597 27/02/2014 122.222 Subsidios sociales 1345 Labores de secretaria en Piscina Municipal, atención de público sin recibir dineros, labores administrativas, elaboración de informes, control e informe de asistencia del personal. Mantención y aseo Piscina Municipal Maipo, mantención de espacios internos y externos Parque Piscina Maipo. Mantención de Áreas Verdes y Espacio Público Limpieza e Higiene en la Semana Buinense 2014. 1418 13/05/2014 4.200.000 Encargada Oficina de Ficha de 2426 29/08/2014 4.200.000 Protección Social y Subsidios Sociales Art. 22, letra c) ley N 18.695, art. 31 y 35 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Art. 22, letra c) ley N 18.695, art. 31 y 35 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Corresponde a las funciones de la DIMAO, art. 25 ley N 18.695, letra c), y art. 98 numeral 3 del Reglamento Interno Labores contempladas en el artículo 99 del Reglamento Interno Corresponde a las funciones de la DIDECO art. 47 del Reglamento Interno Oficina de Organizaciones Comunitarias y j y 1436 3440 23/12/2014 2.502.500 Producción de actividad "Trineo Navideño" que recorrerá todas las localidades de la comuna de Buin y apoyo en distintas celebraciones de fiestas de fin de año y navidad en juntas de vecinos, agrupaciones, jardines infantiles y escuelas de la comuna. Art. 22, letra b) ley N 18.695, art. 31 y 33 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. 58

NOMBRE DEL PROGRAMA PRESTADOR DEL SERVICIO Programa de Mantención de Áreas Verdes 322 DECRETO QUE FORMALIZA CONTRATACIÓN MONTO TOTAL PAGADO EN EL AÑO 2014 NOMBRE RUT N FECHA $ 328 28/01/2014 283.500 1172 17/04/2014 94.500 1816 20/06/2014 94.500 2180 29/07/2014 94.500 2428 29/08/2014 94.500 2588 16/09/2014 94.500 2770 08/10/2014 94.500 3121 17/11/2014 94.500 COMETIDOS 2014 Mantención de Áreas Verdes y Espacio Público DISPOSICIÓN LEGAL Corresponde a las funciones de la DIMAO, art. 25 ley N 18.695, letra c), y art. 98 numeral 3 del Reglamento Interno Verano junto a usted año 2014 1656 702 12/03/2014 30.000 Tecnología y Comunicaciones Ilustre Municipalidad de Buin 1573 286 27/01/2014 4.500.000 2095 21/07/2014 4.725.000 Modernización Gestión Municipal 1197 2375 26/08/2014 333.333 Oficina Adulto Mayor 1573 Catastro formulación de proyectos ) 1661 Monitor Viajes Verano: Viña del Mary Cartagena Administración y mantención de seguridad de redes computacionales, diseño y programación de atributos y permisos para operar carpetas públicas, soporte informático, servicio técnico interno a los usuarios de software y hardware. Coordinar y sistematizar el proceso de recopilación en terreno y del levantamiento de la información entre la municipalidad y las organizaciones sociales de la comuna, para mejorar la capacidad de respuesta de los vecinos de Buin, generar un nexo con juntas de vecinos, clubes deportivos, asociaciones gremiales, etc. 152 22/01/2014 2.999.997 1129 15/04/2014 3.149.997 Coordinadora Programa adulto mayor 2152 25/07/2014 6.299.994 366 29/01/2014 6.299.994 Coordinador de Proyectos y Presupuesto en el Departamento de Formulación de 1713 12/06/2014 7.500.000 Proyectos - SECPLA Art. 22, letra c), ley N 18.695, art. 31 y 34 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Corresponde al artículo 17 del Reglamento Interno. Lo contemplan los artículos 19 y 33 del Reglamento Interno. Corresponde a funciones que contempla el artículo 48 del Reglamento Interno. Ley N 18695, art. 21, letra a), art. 27 del Reglamento Interno, recae en el Departamento de Formulación de Proyectos, de la SECPLA. 59

NOMBRE DEL PROGRAMA PRESTADOR DEL SERVICIO Oficina de Cultura 2014 1067 DECRETO QUE FORMALIZA CONTRATACIÓN MONTO TOTAL PAGADO EN EL AÑO 2014 NOMBRE RUT N FECHA $ 374 29/01/2014 2.449.998 1386 09/05/2014 816.666 2220 01/08/2014 816.666 COMETIDOS 2014 Encargado de la oficina de cultura, gestor de diversas actividades al rescate del patrimonio local a través de sus fiestas ciudadanas y aniversarios. DISPOSICIÓN LEGAL Se contempla en el artículo 36 del Reglamento Interno. Oficina Discapacidad 1689 176 22/01/2014 1.050.000 Profesional de apoyo en la oficina de 1091 11/04/2014 1.050.000 discapacidad por 22 horas Se contemplan el artículo 53 del Reglamento Interno. Oficina Discapacidad 1689 Programa de Mantención de Áreas Verdes 835 Apoyo al Servicio Vehicular Comunitario 1383 Medios de Comunicación 2014 1377 1889 25/06/2014 1.999.998 Encargado de la Oficina de 2418 29/08/2014 1.999.998 discapacidad, coordinador de discapacidad y del centro de 3452 26/12/2014 666.666 rehabilitación Federico Arteaga 327 28/01/2014 283.500 1184 17/04/2014 94.500 1500 26/05/2014 94.500 1820 20/06/2014 94.500 2179 29/07/2014 94.500 Mantención de Áreas Verdes y Espacio Público 2434 29/08/2014 94.500 2594 16/09/2014 94.500 3119 17/11/2014 94.500 2776 08/10/2014 94.500 375 29/01/2014 3.600.000 1758 13/06/2014 3.600.000 Mantener el Parque vehicular en buen estado, reducir el tiempo de panne de los vehículos, y los gastos de reparaciones mayores, mantener una contraparte municipal especializada para las reparaciones mayores, apoyo administrativo en la mantención y operación del Parque automotriz, con todas las funciones inherentes al cargo, bajo la responsabilidad del Director de DIMAAO. Se contemplan el artículo 53 del Reglamento Interno. Corresponde a las funciones de la DIMAO, art. 25 ley N 18.695, letra c), y art. 98 numeral 3 del Reglamento Interno Lo contempla el artículo 109 del Reglamento Interno. 163 22/01/2014 1.200.000 Radio controlador Corresponde al art. 12 numerales 1 y 9 del Reglamento Interno 1744 13/06/2014 1.260.000 60

'N NOMBRE DEL PROGRAMA PRESTADOR DEL SERVICIO Programa de Mantención de Áreas Verdes 965 Oficina de Turismo Municipal 2014 1573 Tecnología y Comunicaciones Ilustre Municipalidad de Buin 1696 Programa del departamento de deportes 2014 Programa del departamento de aportes 2014 12 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORIA 2 DECRETO QUE FORMALIZA CONTRATACIÓN MONTO TOTAL PAGADO EN EL AÑO 2014 COMETIDOS 2014 NOMBRE RUT N FECHA $ 327 28/01/2014 283.500 1184 17/04/2014 94.500 1500 26/05/2014 94.500 1820 20/06/2014 94.500 Mantención de Áreas Verdes y Espacio 2179 29/07/2014 94.500 2434 29/08/2014 94.500 2594 16/09/2014 94.500 3119 17/11/2014 94.500 2776 08/10/2014 94.500 294 27/01/2014 4.013.334 1897 25/06/2014 4.013.334 Público Encargada de la oficina municipal de turismo de Buin: Planificar, gestionar y elaborar propuestas productivas y recreativas para el desarrollo comunal y nacional del programa tales como: 1) Desarrollo de turismo interno y externo, programas de viaje, gestión de recursos de privados. 2) Elaboración de proyectos, participación en actividades asociativas con Municipalidades y territorios. 3) Vinculación a redes privadas, difusión, relaciones públicas. 4) Cursos de capacitación, coordinación de participación a seminarios, encuentros, ferias, workshops, pasantías, giras técnicas, promoción, entre otros. 287 27/01/2014 3.000.000 Soporte informático y estar a cargo del 2093 27/01/2014 3.000.000 sistema FIC. 1787 1093 11/04/2014 630.000 1787 1904 25/06/2014 630.000 Labores de aseo y mantención en Piscina Municipal Maipo, mantención de espacios internos y externos Parque Piscina Maipo. Labores de aseo y mantención en Piscina Municipal Maipo, mantención de espacios internos y externos Parque Piscina Maipo. DISPOSICIÓN LEGAL Corresponde a las funciones de la DIMAO, art. 25 ley N 18.695, letra c), y art. 98 numeral 3 del Reglamento Interno Se contemplan en el artículo 34 del Reglamento Interno. Corresponde al artículo 17 del Reglamento Interno. Art. 22, letra c) ley N 18.695, art. 31 y 35 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Art. 22, letra c) ley N 18.695, art. 31 y 35 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. 61

NOMBRE DEL PROGRAMA PRESTADOR DEL SERVICIO CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DECRETO QUE FORMALIZA CONTRATACIÓN MONTO TOTAL PAGADO EN EL AÑO 2014 NOMBRE RUT N FECHA $ Programa del departamento de deportes 2014 1787 2896 21/10/2014 630.000 Centro de Intervención Familiar 2014 1535 2421 29/08/2014 4.150.000 Verano junto a usted año 2014 1006 Oficina de Organizaciones Comunitarias 1006 Verano junto a usted año 2014 1037 COMETIDOS 2014 Labores de aseo y mantención en Piscina Municipal Maipo, mantención de espacios internos y externos Parque Piscina Maipo. Realización de evaluaciones psicológicas de las personas que presentan problemas en dinámicas familiares y son derivados desde el Tribunal de Familia de Buin, ejecución de talleres de habilidades parentales, de violencia intrafamiliar, ejecución de talleres en coordinación con otras oficinas a solicitud de esta dirección, elaboración y presentación a Sename de una OPD para Buin como proyecto social, apoyo en actividades comunitarias. 520 14/02/2014 15.000 Monitor Viajes Verano: Viña del Mar y 734 14/03/2014 120.000 Cartagena 547 19/02/2014 375.000 Labores de apoyo administrativo y de 2204 31/07/2014 gestión en la Oficina de Organizaciones 466.666 Comunitarias. 422 04/02/2014 150.000 Monitor Viajes Verano: Viña del Mary 702 12/03/2014 45.000 Cartagena TOTAL 195.294.861 DISPOSICIÓN LEGAL Art. 22, letra c) ley N 18.695, art. 31 y 35 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Artículo 91 del Reglamento Interno. Art. 22, letra c), ley N 18.695, art. 31 y 34 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Art. 22, letra b) ley N 18.695, art. 31 y 33 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Art. 22, letra c), ley N 18.695, art. 31 y 34 Reglamento Interno, corresponde a la DIDECO. Fuente de Información: Elaboración nronia snhrp la haca r Irle rerifrn+r c - V, U,_ por Municipalidad ae Buin. 62

ANEXO N 10 Informes genéricos. NOMBRE RUT Nombre EGRESO FECHA BOLETA FECHA 766 Programa del Departamento de Deportes Año 2014 137 27-06-2014 106 30-06-2014 766 Programa del Departamento de Deportes Año 2014 159 1326 Red protección social 1326 Red protección social 1326 Red protección social 98-37 30-07-2014 27-02-2014 107 25 31-07-14 28-02-14 137 27-06-2014 36 30-06-14 159 30-07-2014 37 31-07-14 MONTO 466.666 466.666 350.000 350.000 350.000 Mes Junio Julio Febrero Junio Julio INFORMES SIN ACREDITACIÓN SEGÚN DETALLE Atención de público, calendarización solicitudes de uso de gimnasio, orden y aseo del mismo y apoyo entrega de becas. Atención de público, calendarización solicitudes de uso de gimnasio, orden y aseo del mismo y apoyo entrega de becas. Redacción de comunicados de prensa referentes a las actividades de DIDECO para la radio y televisión local. Apoyo diverso a las oficinas que componen DIDECO. Redacción de comunicados y notas de prensa. Apoyo actividades realizadas por DIDECO. Atención de público, atención en trabajos, registro dé libros recibidos, ordenamiento y clasificación de libros y registro de nuevos socios. 63

CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA NOMBRE RUT Nombre I 839 Subsidios sociales 839 Subsidios sociales 1383 Apoyo al Servicio Vehicular Comunitario 1383 Apoyo al Servicio Vehicular Comunitario 1383 Apoyo al Servicio Vehicular Comunitario 1383 Apoyo al Servicio Vehicular Comunitario 1383 Apoyo al Servicio Vehicular Comunitario 1383 Apoyo al Servicio Vehicular Comunitario EGRESO ' FECHA BOLETA FECHA 179 27-08-2014 28 31-08-14 98-209 29-09-2014 31 30-09-14 98-37 27-02-2014 21 28-02-14 137 27-06-2014 25 30-06-14 18 31-01-2014 31-01-14 65 28-03-2014 19 31-03-14 159 30-07-2014 26 31-07-14 179 27-08-2014 27 31-08-14 MONTO $ 350.000 Mes Agosto INFORMES SIN ACREDITACIÓN SEGÚN DETALLE Labores de apoyo administrativo y atención de público. Labores de apoyo 350.000 Septiembre administrativo y atención de público. Mantener el funcionamiento Febrero de los vehículos del parque 600.000 automotriz y funciones administrativas. Mantener el funcionamiento de los vehículos delparque Junio 600.000 automotriz y funciones administrativas. Mantener el funcionamiento de los vehículos del parque Enero 600.000 automotriz y funciones administrativas. 600.000 600.000 600.000 Marzo Julio Agosto Mantener el funcionamiento de los vehículos del parque automotriz y funciones administrativas. Mantener el funcionamiento de los vehículos del parque automotriz y funciones administrativas Mantener el funcionamiento de los vehículos del parque automotriz y funciones administrativas 64

NOMBRE RUT Nombre 1383 Apoyo al Servicio Vehicular Comunitario 1383 Apoyo al Servicio Vehicular Comunitario 1383 Apoyo al Servicio Vehicular Comunitario CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA EGRESO FECHA BOLETA FECHA 98-209 29-09-2014 28 30-09-14 98-233 29-10-2014 30 31-10-14 275 19-12-2014 32 31-12-14 MONTO Mes 600.000 Septiembre 600.000 600.000 Octubre Diciembre TOTAL 8.083.332,Fuente de Infnrmanirín- Elaboración nrrinin n nnrfir rin In rntric.i.an.-i,. I.-,,, :,..C...----. - I adjuntos egresos de la muestra, proporcionados. por la Municipalidad de Buin. INFORMES SIN ACREDITACIÓN SEGÚN DETALLE Mantener el funcionamiento de los vehículos del parque automotriz y funciones administrativas Mantener el funcionamiento de los vehículos del parque automotriz y funciones administrativas. Mantener el funcionamiento de los vehículos del parque automotriz y funciones administrativas. 65

ANEXO N 11 Servicios prestados con respaldo insuficiente NOMBRE RUT PROGRAMA LABORES DOCUMENTACIÓN FALTANTE QUE RESPALDE EL EGRESO FECHA MONTO $ MES INFORME DE LA LABOR CONVENIDA 13.06 Oficina Laboral Encargada de la Oficina laboral OMIL Falta informe Transparencia 159 30-07-2014 850.000 Julio 13.06 Oficina Laboral Encargada de la Oficina laboral OMIL Falta informe de Transparencia 275 19-12-2014 850.000 Diciembre 16.48 Catastro Formulación De Proyectos 15.81 Digitalización Catastral D.O.M 2014 Diseño y estudios arquitectónicos en proyectos comunales para financiamiento externo Encargado de la elaboración de los antecedentes planimétricos de Proyectos Técnico- arquitectónicos ante el SERVIU RM. Dentro del proyecto apoyo fiscalización Unidad Río Maipo, efectuar la revisión mensual de antecedentes de extracción de áridos y cálculos de derechos municipales de las empresas con contrato y/o concesión, fiscalización de concesiones de la ribera del Río Maipo, control topográfico de zonas de extracción de áridos del Río Maipo, Elaboración de un estudio para implementar un manual de procedimientos fiscalización, planta áridos, análisis y pronunciamiento de los proyectos técnicos de extracción de áridos, elaboración presupuestos oficiales y especificaciones técnicas, recepción de trazados planimétricos e inspección técnica fiscal. Falta informe estado de proyecto skate+bike park, e informe de proyectos PMU educativos Falta estudio para implementar manual de procedimientos, de fiscalización Planta de áridos, análisis y pronunciamiento de los proyectos técnicos de extracción de áridos. ' 98-37 27-02-2014 892.500 Febrero 115 29-05-2014 933.332 Mayo 66

NOMBRE RUT PROGRAMA LABORES DOCUMENTACIÓN FALTANTE QUE RESPALDE EL EGRESO FECHA INFORME DE LA MONTO $ MES LABOR CONVENIDA 16.00 Aniversario 170 De Gestor artístico del artista "Grupo De Falta respaldar la La Comuna De Plástico Verde'', para presentación en el realización de la Buin 2014 marco del aniversario 170 de Buin, actividad a través de 01-238 19-02-2014 688.889 Febrero medios visuales como por ejemplo fotografías. 9.53 Bibliotecas Encargada de Bibliotecas Públicas de Buin Falta informe de Públicas Buin Y transparencia y nómina Maipo asistentes 65 28-03-2014 367.500 curso Marzo computación básica 9.53 Bibliotecas Encargada de Bibliotecas Públicas de Buin Falta informe Públicas Buin Y transparencia. 179 27-08-2014 367.500 Agosto Maipo 9.53 Bibliotecas Encargada de Bibliotecas Públicas de Buin Falta informe Públicas Buin Y transparencia. 98-209 29-09-2014 367.500 Septiembre Maipo 10.41 Red Protección Social 10.41 Red Protección Social 10.41 Red Protección Social Jefa de la Unidad de Acompañamiento del Falta informe de Programa Puente e Ingreso Ético Familiar transparencia sobre y como Administradora del Centro programa Puente y del Comunitario Federico Arteaga, por media programa ingreso ético jornada. familiar. 159 30-07-2014 525.000 Julio Jefa de la Unidad de Acompañamiento del Falta informe de Programa Puente e Ingreso Ético Familiar transparencia sobre y como Administradora del Centro programa Puente y del 98-209 Comunitario Federico Arteaga, por media programa ingreso ético jornada. familiar. 29-09-2014 525.000 Septiembre Jefa de la Unidad de Acompañamiento del Falta estrategias de Programa Puente e Ingreso Ético Familiar intervención familias y como Administradora del Centro atención prioritaria Comunitario Federico Arteaga, por media 137 27-06-2014 525.000 Junio jornada. 67

NOMBRE RUT PROGRAMA LABORES DOCUMENTACIÓN FALTANTE QUE RESPALDE EL INFORME DE LA 10.41 Red Protección LABOR CONVENIDA Social 10.41 Red Protección Social Jefa de la unidad de Acompañamiento del Programa Puente e Ingreso Ético Familiar y como Administradora del Centro Comunitario Federico Arteaga, por media jornada. Jefa de la unidad de Acompañamiento del Programa Puente e Ingreso Ético Familiar y como Administradora del Centro Comunitario Federico Arteaga, por media jornada. 16.96 Oficina De Vivienda Dibujo técnico de arquitectura y obras civiles 13.45 Subsidios Sociales Encargada Oficina de Ficha de Protección Social y Subsidios Sociales Faltan estrategias de intervención a familias con atención prioritaria e informe de transparencia. Falta elaboración de estrategias de inversión con casos de familias que requieren atención prioritaria. Falta proyectos planimétricos sobre ampliación de villas: El Progreso, Las Viñas y Los Magnolios. EGRESO FECHA MONTO $ MES 179 27-08-2014 525.000 Agosto 98-233 29-10-2014 525.000 Octubre 159 30-07-2014 408.333 Julio Falta informe financiero final. 179 27-08-2014 1.050.000 Agosto 8.03 Seguridad Pública Comunal Elaborar el diagnóstico y el Plan Comunal de Seguridad Ciudadana, elaborar un plan de trabajo con el Encargado del Sistema comunal de Prevención de Consumo de Drogas, supervisar-evaluar-controlar la gestión de la ejecución de los proyectos que hayan recibido financiamiento Fondo Concursable. Administración de Recursos Humanos y asignación de tareas. Elaboración y presentación de proyectos año 2014. Falta diagnóstico y plan comunal de seguridad ciudadana, plan de trabajo sobre prevención de consumo de drogas. 98-37 27-02-2014 816.666 Febrero 68

NOMBRE RUT PROGRAMA. LABORES DOCUMENTACIÓN FALTANTE QUE RESPALDE EL INFORME DE LA LABOR CONVENIDA 8.03 Seguridad Pública Elaborar el diagnóstico y el Plan Comunal Falta diagnóstico y plan Comunal de Seguridad Ciudadana, elaborar un plan comunal de seguridad de trabajo con el Encargado del Sistema ciudadana, plan de comunal de Prevención de Consumo de trabajo sobre prevención Drogas, supervisar-evaluar-controlar la de consumo de drogas gestión de la ejecución de los proyectos que hayan recibido financiamiento Fondo Concursable. Administración de Recursos Humanos y asignación de tareas. Elaboración y presentación de proyectos año 2014. 8.03 Seguridad Pública Comunal 8.03 Seguridad Pública Comunal D año 2014. Elaborar el diagnóstico y el Plan Comunal de Seguridad Ciudadana, elaborar un plan de trabajo con el Encargado del Sistema comunal de Prevención de Consumo de Drogas, supervisar-evaluar-controlar la gestión de la ejecución de los proyectos que hayan recibido financiamiento Fondo Concursable. Administración de Recursos Humanos y asignación de tareas. Elaboración y presentación de proyectos año 2014. Elaborar el diagnóstico y el Plan Comunal de Seguridad Ciudadana, elaborar un plan de trabajo con el Encargado del Sistema comunal de Prevención de Consumo de Drogas, supervisar-evaluar-controlar la gestión de la ejecución de los proyectos que hayan recibido financiamiento Fondo Concursable. Administración de Recursos Humanos y asignación de tareas. Elaboración y presentación de proyectos Faltan proyectos 2014, elaboración y presentación a marzo 2014. Falta proyectos 2014, elaboración y presentación a marzo 2014 EGRESO FECHA MONTO $ MES 14 30-01-2014 777.777 Enero 65 28-03-2014 816.666 Marzo 137 27-06-2014 816.666 Junio 69

SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN NOMBRE RUT PROGRAMA LABORES DOCUMENTACIÓN FALTANTE QUE RESPALDE EL INFORME DE LA LABOR CONVENIDA 11.16 Aniversario de Servicios artísticos el 18 de febrero de Falta respaldo Localidades e 2014 para el aniversario de Buin. documental que acredite Instituciones la realización de los Sociales, Culturales servicios artístico. y Deportivas 2014 15.73. Oficina De Turismo Municipal 2014 Encargada de la oficina municipal de turismo de Buin: Planificar, gestionar y elaborar propuestas productivas y recreativas para el desarrollo comunal y nacional del programa tales como: 1) Desarrollo de turismo interno y externo, programas de viaje, gestión de recursos de privados. 2) Elaboración de proyectos, participación en actividades asociativas con Municipalidades y territorios. 3) Vinculación a redes privadas, difusión y relaciones públicas. 4) Cursos de capacitación, coordinación de participación a seminarios, encuentros, ferias, workshops, pasantías, giras técnicas, promoción, entre otros. Falta proyecto Vendimia Buin 2014 de postulación al 2% de cultura., u=n1.4, do InfrIrrramniAn Mlninr,r.,;A....-..4., 1......--.-,- I-- TOTAL Informes los egresos de a muestra, proporcionados por la Municipalidad de Buin EGRESO FECHA MONTO $ MES 01-231 18-02-2014 166.667 Febrero 98-37 27-02-2014 688.889 Febrero 13.483.88 5 70

ANEXO N 12 Decretos de pago no habidos. NOMBRE RUT LABORES 1805 600 1540 1540 1540 1540 1370 Servicios artísticos de Orquesta Bailable para Actividad Recreativa. Gestor artístico del "Grupo Voces" en el marco de la Semana Linderana 2014. Gestor artístico del artista" Banda Conmoción" para que éste desarrolle la presentación artística en el marco de la 12 versión de la Fiesta de la Vendimia 2014. Gestor artístico del artista " Mario Guerrero" en el marco de la fiesta de la vendimia. Gestor artístico del grupo "Los Iracundos", en el marco de las actividades de la semana linderana 2014. Gestor artístico del ''Humorista Pipo Arancibia" para la actividad semana linderana 2014. Servicios artísticos de grupo de danza en la ceremonia de entrega de becas de útiles escolares. DECRETO DE CONTRATACIÓN FECHA FECHA INICIO FECHA TERMINO VIGENCIA MONTO SEGÚN CONTRATO PERIODO SIN ACREDITAR EGRESO NO ACREDITADO FECHA 2972 29-10-2014 30-10-2014 30-10-2014 222.222 Octubre 2404 30-10-2014 629 27-02-2014 01-03-2014 01-03-2014 777.778 Marzo 447 28-02-2014 845 25-03-2014 28-03-2014 28-03-2014 4.444.444 Marzo 671 28-03-2014 860 25-03-2014 28-03-2014 28-03-2014 5.555.555 Marzo 673 28-03-2014 591 27-02-2014 27-02-2014 27-02-2014 1.555.556 Febrero 423 27-02-2014 590 27-02-2014 27-02-2014 27-02-2014 444.444 Febrero 422 27-02-2014 1456 16-05-2014 14-05-2014 14-05-2014 70.000 Mayo 1928 05-09-2014 71

NOMBRE RUT LABORES 1581 1296 Encargado de la elaboración de los antecedentes planimétricos de Proyectos Técnicoarquitectónicos ante el SERVIU RM. Dentro del proyecto apoyo fiscalización Unidad Río Maipo, efectuar la revisión mensual de antecedentes de extracción de áridos y cálculos de derechos municipales de las empresas con contrato y/o concesión, fiscalizar concesiones de la ribera del Río Maipo, control topográfico de zonas de extracción de áridos del Río Maipo. Elaborar un estudio para implementar un manual de procedimientos fiscalización, planta áridos, análisis y pronunciamiento de los proyectos técnicos de extracción de áridos,.elaboración presupuestos oficiales y especificaciones técnicas, recepción de trazados planimétricos e inspección técnica fiscal. Mantención y aseo Piscina Municipal Maipo, y de espacios internos y externos Parque Piscina Maipo. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DECRETO DE CONTRATACIÓN FECHA nente de Información- EI2hnrarifín nrnnia a narfir Agá In rentician rl,. I,-., ;,,r,...,...e..-4.-- - 1-- -- 1_. FECHA INICIO FECHA TERMINO VIGENCIA 169 22-01-2014 01-01-2014 30-06-2014 319 28-01-2014 01-01-2014 31-03-2014 MONTO SEGÚN CONTRATO 888 888 210.000 TOTAL 14.168.887 ra, proporcionados por la Municipalidad de Buin PERIODO SIN ACREDITAR Abril EGRESO NO ACREDITADO FECHA 919 29-04-2014 Febrero 156 30-01-2014 72

Desembolsos efectuados en actividades artísticas. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA ANEXO N 13 NOMBRE RUT LABORES EGRESO FECHA DECRETO DE PAGO FECHA BOLETA FECHA MONTO $ Gestor artístico del artista "Doble de Luis Miguel con 1166 orquesta" por presentación del 20 de enero de 2014 en el marco del aniversario de Buin. 01-249 20-02-2014 308 20-02-2014 20 10-02-2014 1.388.889 Gestor artístico de " Orquesta Bailable", 574 para efectuar presentación el 22 y 23 de marzo en la actividad Semana Parronina 2014. 676 29-04-2014 890 22-04-2014 36 25-03-2014 666.667 Gestor artístico del dúo "Torbellino 574 Show", para el día 21 de marzo en la 675 actividad Semana Parronina 2014. 29-04-2014 889 22-04-2014 35 25-03-2014 166.667 Gestor artístico en actividad "Pasamos 574 Agosto", a realizarse en el Liceo Haydee Azócar Mancilla. 01-1512 08-09-2014 1941 04-09-2014 43 06-09-2014 500.000 Gestor artístico que proporciona una Parilla de artistas como: Grupo de Cumbias, Grupo Ranchero, Sonora de 574 Música Tropical o Bachata, Dúo, Trío o 01-1724 Cuarteto Humorístico entre otros para la 17-10-2014 2298 17-10-2014 45 15-10-2014 10.533.333 actividad denominada " Aniversario 431 de Maipo". 73

NOMBRE RUT LABORES EGRESO FECHA DECRETO DE PAGO FECHA BOLETA FECHA MONTO $ 574 Gestor artístico que proporciona una Parrilla de artistas como: Grupo de Cum bias, Grupo Ranchero, Sonora de Música Tropical o Bachata, Dúo, Trío o Cuarteto Humorístico, Orquesta Estelar 1817 27-10-2014 2346 24-10-2014 46 21-10-2014 9.333.333 entre otros para la actividad denominada " Aniversario 101 de Alto Jahuel". 574 Gestor artístico de artistas en el 13 aniversario Nuevo Buin 2014. 1165 24-07-2014 1581 22-07-2014 40 27-06-2014 3.666.663 1600 1540 1540 1540 1204 864 Gestor artístico del artista "Grupo De Plástico Verde", para presentación en el marco del aniversario 170 de Buin. Gestor artístico de "Rutina Humorística" en el marco de la " Semana Parronina 2014". Gestor artístico de la "Doble de Shakira, en el marco de la Semana Parronina 2014. Gestor artístico del "Doble de Juan Gabriel" en el marco de la Semana Parronina 2014. Gestor artístico del artista "Quilapayún" por presentación efectuada el 16 de febrero de 2014, en el marco del aniversario de Buin. Representante del grupo folclórico "Con tormento y Pandero", por presentación en conjunto con Campeones Nacionales de cueca de la comuna, en el Salón Nemesio Antúnez de la Gobernación Provincial del Maipo. 01-238 19-02-2014 301 19-02-2014 24 06-02-2014 688.889 673 29-04-2014 887 22-04-2014 32 25-03-2014 444.444 672 29-04-2014 886 22-04-2014 31 25-03-2014 333.333 674 29-04-2014 888 22-04-2014 30 25-03-2014 111.111 215 14-02-2014 352 14-02-2014 86 13-02-2014 3.500.000 731 08-05-2014 1019 08-05-2014 111 30-04-2014 444.444 74

NOMBRE RUT LABORES EGRESO FECHA DECRETO DE PAGO FECHA BOLETA FECHA MONTO $ 1723 Representante y director de "Patricio Villar y su Banda", en el marco de la actividad "IV Aniversario Villa José Miguel Carrera". 2167 23-12-2014 2716 11-12-2014 22 25-11-2014 444.444 Gestor artístico del artista "Sonora 669 Malecón" en el marco del aniversario comunal. 01-259 21-02-2014 316 21-02-2014 60 06-02-2014 4.777.778 669 669 669 Gestor artístico del artista "Fusión Humor" por presentación del 17 de febrero en el marco del aniversario de Buin. Gestor artístico de "Dinamita Show" por presentación el 17 de febrero en el marco del aniversario de la comuna de Buin. Gestor artístico del artista "Leo Rey y la Noche" por presentación el 22 de febrero en el marco del aniversario de la comuna de Buin. ' Elaborac~on propia en base a la informacion proporcionada 61-224 17-02-2014 315 12-02-2014 58 06-02-2014 2.888.889 01-225 17-02-2014 318 12-02-2014 59 06-02-2014 6.111.111 256 21-02-2014 317 21-02-2014 61 06-02-2014 7.222.222 TOTAL 53.222.217 por la Municipalidad de Buin. 75

ANEXO N 14 Informes de actividades recibidos antes del cumplimiento del período que se pagó. NOMBRE RUT EGRESO FECHA MONTO FECHA ENTREGA INFORME A RECURSOS HUMANOS MES OBJETADO 13.06 275 19-12-2014 850.000 12-12-2014 Diciembre 3.759 98-233 29-10-2014 239.400 20-10-2014 Octubre 4.25 92 29-04-2014 315.000 20-03-2014 Marzo 115 29-05-2014 315.000 20-03-2014 Marzo 12.96 65 28-03-2014 239.400 20-03-2014 Marzo 98-233 29-10-2014 239.400 20-10-2014 Octubre 12.39 252 27-11-2014 346.500 23-10-2014 Octubre 5.40 275 19-12-2014 189.000 16-12-2014 Diciembre 5.01 252 27-11-2014 94.500 23-10-2014 Octubre 137 27-06-2014 367.500 19-06-2014 9.53 Junio 159 30-07-2014 367.500 17-07-2014 Julio 4.41 275 19-12-2014 94.500 16-12-2014 Diciembre 10.14 275 19-12-2014 94.500 16-12-2014 Diciembre 13.26 65 28-03-2014 120.000 19-03-2014 Marzo 8.39 159 30-07-2014 350.000 17-07-2014 Julio 65 28-03-2014 503.950 19-03-2014 16.55 Marzo 137 27-06-2014 503.950 19-06-2014 Junio 13.45 275 19-12-2014 1.050.000 12-12-2014 Diciembre 16.56 65 28-03-2014 30.000 19-03-2014 Marzo 15.73 275 19-12-2014 787.500 16-12-2014 Diciembre 15.23 98-233 29-10-2014 239.400 20-10-2014 Octubre 15.73 137 27-06-2014 1.049.999 19-06-2014 Junio 65 28-03-2014 239.400 20-03-2014 7.95 Marzo 98-233 29-10-2014 239.400 20-10-2014 Octubre 17.59 275 19-12-2014 333.333 16-12-2014 Diciembre 13.83 275 19-12-2014 600.000 15-12-2014 Diciembre 16.96 179 27-08-2014 525.000 20-08-2014 Agosto 17.87 137 27-06-2014 210.000 19-06-2014 Junio r 15.35 137 27-06-2014 830.000 19-06-2014 Junio 65 28-03-2014 120.000 19-03-2014 10.06 Marzo 159 30-07-2014 466.666 15-07-2014 Julio uen e de Inf ormación: Elaboración propia en base a la información proporcionada por la Municipalidad de Buin. 76

Estado de Observaciones de Informe Final N 653, de 2015. ANEXO N 15 N DE OBSERVACIÓN Capítulo I, aspectos de control interno, numeral 3. Capítulo I, aspectos de control interno, numeral 4. MATERIA DE LA OBSERVACIÓN Municipalidad no ha creado el cargo Director de Control. No existe manual de descripción de cargos. NIVEL DE COMPLEJIDAD C: Compleja. MC: Medianamente compleja. REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN SOLICITADA POR CONTRALORÍA GENERAL EN INFORME FINAL La autoridad comunal deberá proceder a crear el cargo de Director de Control, y acompañar el acto administrativo que llama a concurso público para proveer el cargo, dando así cumplimiento a lo establecido en el artículo 16 de la ley N 18.695, y, lo concluido en el dictamen N 41.047, de 2014, de esta Contraloría General, lo que será verificado en un plazo de 60 días hábiles contados desde el día siguiente a la recepción del presente informe. La entidad edilicia deberá confeccionar, y posteriormente remitir, un manual de descripción de cargos, que permita establecer las tareas, deberes y responsabilidades de cada puesto de trabajo, hecho que será comprobado por este Órgano de Control, en un plazo de 60 días hábiles, contados desde el día siguiente a la recepción del presente informe. MEDIDA IMPLEMENTADA Y SU DOCUMENTACIÓN DE RESPALDO FOLIO O NUMERACIÓN DOCUMENTO DE RESPALDO OBSERVACIONES Y/0 COMENTARIOS DE LA ENTIDAD 77

N DE OBSERVACIÓN MATERIA DE LA OBSERVACIÓN NIVEL DE COMPLEJIDAD REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR LA OBSERVACIÓN SOLICITADA POR CONTRALORÍA GENERAL EN INFORME FINAL MEDIDA IMPLEMENTADA Y SU DOCUMENTACIÓN DE RESPALDO FOLIO O NUMERACIÓN DOCUMENTO DE RESPALDO OBSERVACIONES Y/0 COMENTARIOS DE LA ENTIDAD Capítulo II, examen de la materia auditada, numeral 1.2. Contrato honorarios proporcionado. de no LC: Levemente compleja. La municipalidad deberá remitir el acuerdo de voluntades del programa Verano Junto a Usted año 2014, de don lo cual será verificado en un plazo de 60 días hábiles contados desde el día siguiente a la recepción del presente informe. Capítulo III, examen de cuentas, numerales 2.1 y 2.2. Capítulo IV, otras observaciones, numeral 2. --"N Gastos insuficientemente acreditados. Servicios de arriendo y mantención de software computacional sin licitar C: Compleja. C: Compleja El municipio deberá remitir a esta Entidad de Control, en el plazo de 30 días hábiles, contados desde el día siguiente de la recepción del presente documento, los antecedentes que acrediten la ejecución de las labores encomendadas a los servidores de que se trata, que permitan sustentar el gasto respectivo con cargo a la cuenta contable 21.04.004; en caso contrario, este Órgano de Fiscalización formulará el reparo correspondiente por la suma dé $ 12.650.798.-, en virtud de lo prescrito en los artículos 95 y siguientes de la ley N 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Entidad Fiscalizadora. Esa municipalidad deberá remitir el contrato de servicios de arriendo y mantención de software computacional, debidamente suscrito con el proveedor seleccionado, lo cual será comprobado en un plazo de 60 días hábiles contados desde el día siguiente a la recepción del presente informe. 78

www.contraloria.c1