Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de la ONU

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Transcripción:

E/2014/43 E/C.19/2014/11 Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de la ONU Informe del 13 o Período de Sesiones (12-23 Mayo 2014) Recomendaciones Específicamente Relativas a las Mujeres y Niñas indígenas, adoptadas por el Foro permanente para las Cuestiones Indígenas

Recomendaciones adoptadas en la Decimotercera Sesión del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de la ONU Reunión internacional del grupo de expertos: Salud sexual y derechos reproductivos: artículos 21, 22 (1), 23 y 24 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas 13. El Foro Permanente toma nota del informe (E/C.19/2014/8) y de las recomendaciones formuladas en la reunión del grupo de expertos, y reitera y respalda las recomendaciones incluidas en los párrafos 62, 63, 64, 70 y 72 de dicho informe, que figuran a continuación y que incumben específicamente a las entidades del sistema de las Naciones Unidas y a los Estados Miembros de las Naciones Unidas. 14. El Foro Permanente recomienda que la Organización Mundial de la Salud, el Fondo de Población de las Naciones Unidas y otras entidades competentes coordinen la formulación de las normas y los indicadores básicos interculturales de la calidad de la atención que han de considerarse para definir un objetivo relativo a la cobertura universal de salud para después de 2015, que comprenda la s alud sexual y reproductiva de los pueblos indígenas. 15. El Foro Permanente recomienda que los organismos e interlocutores de las Naciones Unidas coordinen la formulación y ejecución de un proyecto de investigación internacional sobre la salud sexual y reproductiva de los pueblos indígenas, velando por que los pueblos y las organizaciones indígenas participen activamente en todas las etapas del proyecto. 16. Considerando el impacto que pueden tener en la salud y los derechos sexuales y reproductivos de los pueblos indígenas, en el párrafo 62 del informe el Foro Permanente pide la revisión jurídica de los Convenios de las Naciones Unidas sobre las sustancias químicas, en particular del Convenio de Rotterdam, para asegurar que se ajusten a las normas internacionales de derechos humanos, incluidas la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. 17. En el párrafo 64 del informe, el Foro Permanente recomienda que las entidades pertinentes de las Naciones Unidas lleven a cabo un estudio, en colaboración con las organizaciones de los pueblos indígenas, para documentar los vínculos que existen entre la violencia ambiental, incluidas las operaciones de las industrias extractoras, la contaminación por sustancias químicas y la destrucción del hábitat de los indígenas, y la salud sexual y reproductiva de los pueblos indígenas, así como los aspectos pertinentes a la explotación sexual, la trata de niñas indígenas y la violencia sexual, con recomendaciones concretas sobre las posibles medidas de protección. 18. El Foro Permanente recomienda que el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y otras entidades competentes de las Naciones Unidas colaboren con las organizaciones de pueblos indígenas de todas las regiones a fin de elaborar directrices generales, entre otras cosas sobre mejores prácticas de educación sexual adaptada al contexto cultural por y para los pueblos indígenas. Este tipo de educación integral puede ser un medio eficaz de prevenir la violencia.

Debate de medio día de duración sobre la región de Asia 24. El Foro Permanente recomienda que los Estados velen por que los pueblos indígenas, incluidas las mujeres indígenas, tengan acceso a la justicia, por medio de las instituciones oficiales de justicia, las entidades nacionales de derechos humanos y otras vías de reparación o de recurso, teniendo en cuenta el derecho consuetudinario, las instituciones y los procesos de los pueblos indígenas, de conformidad con los artículos 21, 22 y 34 de la Declaración. Diálogo amplio con los organismos y fondos de las Naciones Unidas 25. El Foro Permanente recomienda que la Comisión Intergubernamental de la ASEAN sobre los Derechos Humanos reconozca los derechos humanos de los pueblos indígenas en la declaración de la ASEAN sobre los derechos humanos y establezca un grupo de trabajo sobre los pueblos indígenas. Además, el Foro insta a la Asociación de Asia Meridional para la Cooperación Regional a que establezca una comisión de derechos humanos y un grupo de trabajo sobre los pueblos indígenas. 33. El Foro Permanente toma nota de la campaña internacional para acabar con la discriminación por razón de sexo en las leyes de nacionalidad y ciudadanía, que se pondrá en marcha en junio de 2014 bajo los auspicios de un comité directivo compuesto por Igualdad Ya, Equal Rights Trust, la Universidad de Tilburgo, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres). Por consiguiente, el Foro exhorta a los Estados Miembros cuyas disposiciones constitucionales y legislación deban ser revisadas a que apoyen urgentemente esta campaña mundial, de conformidad con la Declaración y los derechos de las mujeres indígenas destacados en sus artículos 21 y 22. 34. El Foro Permanente recomienda que los organismos de las Naciones Unidas convoquen una reunión de alto nivel con representantes de las mujeres indígenas para examinar los compromisos y las medidas que se deben adoptar para garantizar los derechos humanos de las mujeres indígenas resaltados en los artículos 21, 22 y 41 de la Declaración. 35. El Foro Permanente destaca la necesidad de fortalecer la colaboración con ONU-Mujeres para finalizar una hoja de ruta que incluya medidas y resultados concretos en su próximo plan estratégico, así como de incluir las prioridades de las mujeres indígenas en los programas mundiales, regionales y nacionales, de conformidad con los artículos 21, 22 y 41 de la Declaración. 35. El Foro Permanente destaca la necesidad de fortalecer la colaboración con ONU-Mujeres para finalizar una hoja de ruta que incluya medidas y resultados concretos en su próximo plan estratégico, así como de incluir las prioridades de las mujeres indígenas en los programas mundiales, regionales y nacionales, de conformidad con los artículos 21, 22 y 41 de la Declaración. 38. La pobreza y la desigualdad son problemas de carácter estructural y a menudo los efectos positivos de las políticas sociales no bastan para reducir las desigualdades en el acceso a las oportunidades de desarrollo humano para los niños y jóvenes indígenas. El desarrollo

humano es el proceso mediante el cual se amplían las libertades y el acceso de las personas a la igualdad de oportunidades y se mejora su bienestar. Debido a su marginación, los niños y jóvenes indígenas no tienen la oportunidad de vivir una vida que consideren digna, o les resulta difícil tener acceso a ella, o de mejorar su situación para poder llevar una vida plena. 39. El modelo económico del extractivismo y la exclusión social, sumado a factores históricos derivados de la colonización y la discriminación, está generando nuevas disparidades entre los niños y jóvenes indígenas y los que no lo son. Las disparidades históricas se han visto agravadas por estos nuevos problemas y requieren una atención especial. 40. El Foro Permanente destaca que los niños y los jóvenes de la región de África enfrentan graves dificultades, y que la situación de los niños y jóvenes indígenas es aún más crítica, ya que son las principales víctimas de la guerra, la pobreza, el hambre, la hambruna, la malnutrición y las enfermedades. La vida de muchos niños y jóvenes indígenas está marcada por la pobreza, el abandono, la falta de acceso a la educación, la malnutrición, la discriminación, el desamparo y la vulnerabilidad. Para ellos la vida es una lucha diaria por la supervivencia. Para muchos de ellos el concepto de la niñez como una etapa de crecimiento, aprendizaje, juego y sensación de seguridad no refleja en absoluto su realidad. 41. El Foro Permanente reconoce los esfuerzos y las iniciativas de los Estados y los organismos de las Naciones Unidas para promover la educación plurilingüe basada en la lengua materna, organizar programas de salud e impartir capacitación en beneficio de los niños y jóvenes indígenas. En este sentido, el Foro Permanente alienta a los Estados y a los organismos de las Naciones Unidas a intensificar sus esfuerzos de una manera amplia y específica a fin de responder a las necesidades y prioridades de los niños y jóvenes indígenas, en particular en los ámbitos de la educación y la salud, de una forma que tenga en cuenta sus particularidades culturales y procure su bienestar general, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11, 14, 41 y 42 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. 42. El Foro Permanente reconoce la entrada en vigor el 14 de abril de 2014 del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones. A este respecto, el Foro recomienda que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y otros organismos de las Naciones Unidas y Estados apoyen la divulgación de la guía que acompaña a este Protocolo Facultativo, incluida su traducción a distintos idiomas, y la creación de capacidad entre las organizaciones e instituciones indígenas para hacer un uso eficaz del Protocolo en la promoción y protección de los derechos de los niños y jóvenes indígenas.

44. El Foro Permanente insta además a los Estados a que mejoren su recopilación de datos sobre las lesiones autoinfligidas y el suicidio entre los niños y jóvenes indígenas, así como sobre la violencia contra mujeres, niños y niñas indígenas, a fin de comprender mejor la magnitud del problema. Los Estados han de comprometerse a reducir la incidencia de las lesiones autoinfligidas, la violencia y el suicidio entre los niños y jóvenes indígenas mediante la asignación de recursos suficientes para la prestación de servicios integrales de prevención y apoyo, en asociación con los pueblos indígenas. 46. El Foro Permanente insta también a los Estados a financiar e impartir capacitación en prevención de suicidios y concienciación acerca de cuestiones relacionadas con la salud mental a todo el personal docente y no docente de todas las escuelas a las que asisten niños indígenas. También debería alentarse la elaboración de programas de capacitación específicos adaptados a cada cultura y acordes con los artículos 11, 14, 15 y 31. 47. El Foro Permanente insta además a la Asamblea General a declarar un año internacional de los niños y jóvenes indígenas del mundo. Derechos Humanos 59. El Foro Permanente felicita al Sr. James Anaya por la conclusión satisfactoria de su mandato como Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas. El Foro reafirma las conclusiones del Relator Especial acerca de los planteamientos instructivos, pragmáticos y optimistas del movimiento de defensa de los derechos humanos de los pueblos indígenas. También celebra el reciente nombramiento de la Sra. Victoria Tauli-Corpuz como Relatora Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas y espera poder trabajar en estrecha colaboración con ella. Prioridades y temas actuales y seguimiento 71. El Foro Permanente encarga al Sr. Álvaro Pop, miembro del Foro, que lleve a cabo, en colaboración con otros miembros del Foro, un estudio sobre la situación de los niños indígenas con discapacidad en las zonas rurales, que deberá presentar en el 14º período de sesiones. El estudio deberá basarse en las conclusiones de estudios anteriores realizados por miembros del Foro y complementarlos (véanse E/C.19/2014/5 y E/C.19/2013/6). 81. En sus sesiones 8ª y 13ª, celebradas los días 16 y 21 de mayo, el Foro examinó el tema 7 del programa, titulado Prioridades y temas actuales y seguimiento: a) Niños indígenas; b) Jóvenes indígenas; c) Segundo Decenio Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo; d) Agenda para el desarrollo después de 2015. Para su examen del tema, el Foro tuvo ante sí un informe sobre las condiciones de vida y el cumplimiento de los derechos de niños, niñas y adolescentes indígenas en Mesoamérica (E/C.19/2014/5). En su 16ª sesión, celebrada el 23 de mayo, el Foro examinó y aprobó las recomendaciones presentadas en relación con el tema 7 del programa (véase cap. I, secc. B).