REGLAMENTO SEMINARIO DE TITULACIÓN Y TALLER DE TÍTULO

Documentos relacionados
Normativa de Titulación del Departamento de Ingeniería Mecánica para las Carreras Ing. Civil Mecánica e Ing. Mecánica Industrial

REGLAMENTO DE EVALUACIONES

DECRETO EXENTO Nº 243/09. REF.: Aprueba Reglamento de titulación para la carrera de Periodismo. La Serena, 01 de diciembre de 2009.

REGLAMENTO DE ACTIVIDADES DE TITULACIÓN CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL EN INFORMÁTICA FACULTAD DE INGENIERÍA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO TÍTULO I

REGLAMENTO ACADÉMICO DE PREGRADO FACULTAD DE MEDICINA Clínica Alemana - Universidad del Desarrollo

GRADUADO/GRADUADA EN ESTUDIOS DE ARQUITECTURA

a) Aprobar todas las asignaturas del Plan de Estudios de la Carrera, incluyendo las

REGLAMENTO DE EVALUACIONES

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES TITULO III

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARQUITECTURA SUSTENTABLE Y ENERGIA TITULO III. De las Normas Generales

REGLAMENTO DIPLOMADO EN SEGURIDAD PRIVADA INTEGRAL

REGLAMENTO DE EXAMENES DE TALLERES

Reglamento de Trabajo Final de Carrera FAU-UNLP

Estos requisitos aplican a los planes de estudio de las cinco maestrías del Programa con sus respectivos campos de conocimiento.

EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO. a través de la División de Estudios Profesionales C O N V O C A

REGLAMENTO DEBERES Y DERECHOS - OTEC FACULTAD DE ARTES -

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL

REGLAMENTO DE REGIMEN CURRICULAR CARRERAS DE TÉCNICO UNIVERSITARIO

UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO

Reglamento Trabajo Final de Grado Licenciatura en Ciencia Política FHUC/FCJS UNL

EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO. a través de la División de Estudios Profesionales C O N V O C A

Reglamento de Créditos Académicos Extracurriculares de las Carreras de Ingeniería Electrónica e Ingeniería Informática

REGLAMENTO DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO DE LA CARRERA DE MEDICINA FACULTAD DE MEDICINA CLÍNICA ALEMANA - UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO

CREA GRADO DE MAGISTER EN DERECHO AMBIENTAL Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS. Decreto Universitario N de 2 de septiembre de 2005

Secretaría de Estudios

NORMAS DEL PROCESO ADMINISTRATIVO PARA LA PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES DE GRADO DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE

GUÍA PARA PRESENTACIÓN DEL EXAMEN DE CANDIDATURA. Doctorado en Ciencias de la Electrónica

LIBROS DE TEXTO O PROTOTIPOS DEDACTICOS. (A FINES A LA ESPECIALIDAD)

H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ, SECRETARIA DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO EXPEDIDO EL DÍA 7 DE ENERO DE 1974,

PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I CONTENIDO Y ALCANCES

REGLAMENTO UNIDAD DE TITULACIÓN ESPECIAL

REGLAMENTO DE DOCENCIA DE LA ESCUELA DE PERIODISMO. TITULO I. De los Alumnos.

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN

LINEAMIENTOS PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE GRADO OPCION EMPRENDIMIENTO

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR

REGLAMENTO DE PASANTÍA DE LA CARRERA DE LICENCIATURA EN CONTADURÍA PÚBLICA DEL NÚCLEO UNIVERSITARIO RAFAEL RANGEL. CAPÍTULO I Disposiciones Generales

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TECAMACHALCO REGLAMENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES

PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DE TRABAJOS DE GRADO DE PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR Departamento de Agronomía ALTOS DEL PALIHUE (8000) BAHIA BLANCA - ARGENTINA

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN TRABAJO SOCIAL TÍTULO III. De las Normas Generales

NORMATIVIDAD ACADÉMICA DE LA UNAM REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS TÉCNICOS Y PROFESIONALES. CAPÍTULO I Definición y Propósitos

Escuela de Ciencias de la Comunicación. Universidad de San Carlos de Guatemala NORMATIVO DEL EXAMEN TÉCNICO DE PUBLICIDAD

Reglamento interno de Evaluación y Promoción Escolar de Adultos de Enseñanza Básica y Media del Centro de Educación Integrada de Adultos Las Américas.

INSTRUCTIVO GENERAL DE PRÁCTICA DE LAS CARRERAS DE PEDAGOGÍA FACULTAD DE HUMANIDADES Y EDUCACIÓN

PROCEDIMIENTO PARA LA REINSCRIPCION SEMESTRE / 2 (MARZO 2014 AGOSTO 2014)

REGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

REGLAMENTO INTERNO DE POSGRADO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES

s MAESTRÍA EN CIENCIAS DE LA ORGANIZACIÓN REGLAMENTO INTERNO TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN V.1.0/

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO

EL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:

Vicerrectoria de Investigación, Innovación y Postgrado U N I V E R S I D A D D E A N T O F A G A S T A

Facultad de Ingeniería. Práctica Profesional Supervisada PPS. Reglamentación y Documentación

Artículo 3. La elaboración, evaluación y aprobación del trabajo de Investigación deberá pasar por los siguientes momentos:

Artículo 4. El Programa de Intercambio Académico y Movilidad Estudiantil está dirigido a:

REGLAMENTO DE TRABAJOS FINALES DE GRADUACION Revisado a febrero del 2003

REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN ESTUDIANTIL

CREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS A. REGLAMENTO TITULO I

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL ESCUELA DE COMERCIO P.U.C.V.

REGLAMENTO ESPECIAL DE ESTUDIOS REGIMEN SEMESTRAL DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO

A. Oferta de tutores y ámbitos o líneas de trabajo para el desarrollo del TFG. C. Requisitos específicos para la matriculación de la asignatura TFG

REGLAMENTO SEMINARIO DE TITULACION

METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN Y PROMOCION DE LA ESCUELA DE ENFERMERÍA DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO ITALIANO DE ROSARIO

Reglamento Trabajo de Grado de Pregrado

MANPOWER CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA REGLAMENTO ACADÉMICO

REGLAMENTO DE MAGÍSTER EN LINGÜÍSTICA APLICADA AL INGLÉS COMO LENGUA EXTRANJERA. TÍTULO I De las Normas Generales

MINISTERIO DE AGRICULTURA SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO

Maestría en Fiscalización y Control Gubernamental. Descripción de la Maestría en Fiscalización y Control Gubernamental

POSGRADO INSTITUCIONAL EN CIENCIAS QUÍMICAS Y BIOQUÍMICAS

Cursos de Lenguas Extranjeras Verano 2017

REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA GRADOS DE DOCTOR Y MAGÍSTER. Aprobado por Consejo Académico de fecha 15 de Noviembre de 2010.

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES PROGRAMA DE INTERCAMBIO PARA ALUMNOS (P.I.A.) CONSIDERACIONES GENERALES OBJETIVO FUNCIONAMIENTO DEL PIA

CARRERAS CONTABILIDAD Y FINANZAS ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS PSICOLOGÍA DERECHO Y CC.PP.

UNIVERSIDAD CATÓLICA SANTA MARÍA LA ANTIGUA Reglamento de Práctica Profesional Supervisada

VISTO: Las propuestas presentadas sobre Reglamento de Tesis de Grado para la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales y;

Para acreditar la(s) asignatura(s) de la Universidad del Soconusco son los siguientes:

CONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION. Buenos Aires, 22 de abril de 2010

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL/FINAL

Objetivos del Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar para los niveles de Iº a IVº año de Educación Media del Colegio Alemán de Santiago

ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIERÍA INDUSTRIAL. TRABAJOS FIN DE GRADO Curso GUÍA DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

NORMAS SOBRE EL EXAMEN PREDOCTORAL

INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN

AULAS DE TÍTULO ESCUELA DE ARQUITECTURA

GUÍA TUTORÍA Y DIRECCIÓN DE TRABAJOS DE GRADO

REPUBLICA DE CHILE I. MUNICIPALIDAD DE ANGOL COLEGIO MARIA SYLVESTER RASCH REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR 2016

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO DE ADMISIÓN

MAESTRÍA Y DOCTORADO EN PSICOLOGÍA

REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO U HOMOLOGACIÓN DE ESTUDIOS EN LAS CARRERAS DE GRADO Y PROGRAMAS DE POSGRADO

Facultad de Ciencias de la Salud Escuela de Fonoaudiología. Versión: 2015

OPCIONES DE TITULACIO N (MODELO EDUCATIVO ENFACE)

Econ. SEGUNDO IPANAQUE ZAPATA Jefe Área Académica de Computación e Informática

Reglamento General para la Obtención del Grado Académico

REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS DEL IUNIR RECONOCIMIENTO DE ASIGNATURAS CURSADAS EN OTRAS UNIVERSIDADES

REGLAMENTO DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS

PROGRAMA DE ESTUDIOS

APROBADO POR ACUERDO DE DIRECTORIO CON RESOLUCIÓN N /PD-USS

Título I Objetivos del Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar para la Enseñanza Básica del Colegio Alemán Chicureo

FUNDACION CARLOS DIAZ VELEZ PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS

Plan de Estudios del Doctorado en Ciencias de la Administración

REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS

Guía rápida para SIAL. Registro de Alumnos - Facultad de Ciencias Humanas - UNRC

Transcripción:

REGLAMENTO SEMINARIO DE TITULACIÓN Y TALLER DE TÍTULO Escuela de Diseño Pontificia Universidad Católica de Chile Vigencia a partir de marzo 2010_ modificado Julio 2014 Disposiciones generales El presente documento regula las acciones y requisitos para obtener el Título Profesional de Diseñador, otorgado por la Pontificia Universidad Católica de Chile. Artículo 1º El Título Profesional de Diseñador se otorgará a quienes aprueben todas las actividades académicas definidas en el plan de estudios de la carrera. Artículo 3º Para obtener el Título Profesional de Diseñador se deben cursar y aprobar las asignaturas Seminario de Título y Taller de Título de forma semestral y consecutiva. En la instancia de Seminario de Título se presenta un informe digital y al finalizar Taller de Titulo se debe presentar una memoria de proyecto, además de una exposición oral en cada semestre ante una comisión examinadora asignada por la Coordinación de Título. Artículo 4º El proceso de titulación se inicia con la inscripción de Seminario de Título, para lo cuál será requisito haber aprobado todas las asignaturas del plan de estudios correspondientes al grado de Licenciatura en diseño (405 créditos) junto con haber aprobado el test de idioma (VRA 2000) y de comunicación escrita (VRA100C). Además podrán iniciar este proceso aquellos alumnos que se encuentren en situaciones especiales, debidamente autorizados por la Dirección de la Escuela. La Coordinación de Título se encargará de la supervisión y ejecución de los procedimientos académicos y administrativos involucrados en el proceso anual de titulación.

Artículo 5º El proceso de titulación tiene como objetivos principales: a) Desarrollar de forma autónoma e innovadora el proyecto de título en coherencia con lo planificado durante el Seminario de Título, de acuerdo a las líneas temáticas y perfiles profesionales cubiertos en la oferta educativa de la Escuela de Diseño de la Pontificia Universidad Católica de Chile. b) Garantizar que el estudiante está capacitado para desarrollar de forma autónoma el proyecto para afrontar su actividad profesional con garantías de éxito. Artículo 6º El proyecto de título está orientado a desarrollar en el estudiante la capacidad de integrar los conocimientos adquiridos en los semestres previos en un proyecto innovador y desarrollado de forma autónoma a partir de los estándares presentes de la disciplina y de los mercados. Se trata de una propuesta enfocada al desarrollo de un producto, servicio o investigación en diseño, desde la detección de oportunidad hasta la formalización del proyecto, que tenga un grado de novedad adecuado y que justifique el estudio teórico que se ha dedicado. Puede ser presentado como prototipo, maqueta o documento audiovisual, digital o escrito. Además, el alumno deberá entregar un informe escrito donde se presentará el material recopilado de la propuesta, denominado memoria de proyecto o memoria de título. Artículo 7º El proyecto de título es de carácter individual. Excepcionalmente podrá ser desarrollado por más de un alumno, si este lo amerita y permite medir distinciones de autoría, previa autorización por escrito de la Coordinación de Título en común acuerdo con la Dirección de la Escuela. Artículo 8º La Dirección de la Escuela encargará a la Coordinación de Título la configuración de comisiones, junto a la organización de fechas y horarios de la rendición de los exámenes de Seminario de Título y Taller de Título, como también la fecha de entrega de las memorias de título respectivas. El calendario de presentaciones de Seminario de Título y de Taller de Título serán publicadas por la subdirección de desarrollo y extensión de la escuela con el fin de promover la asistencia voluntaria de los alumnos y académicos a las presentaciones.

Artículo 9º El Examen de Titulo consistirá en una presentación oral más un informe impreso de memoria de proyecto (tres copias) de los resultados obtenidos en el proceso de Seminario y Taller de Título, de acuerdo a las formalidades que establezca la Dirección de la Escuela de Diseño. Artículo 10º La Coordinación de Título designará los integrantes de la comisión evaluadora de Seminario de Título y Taller de Título que estará compuesta por: a) El profesor guía. Seleccionado por el alumno de un listado de vacantes entregado por la Coordinación de Título al inicio del período. La prioridad en esta elección estará determinada por el Promedio Ponderado Acumulado (PPA) del alumno. b) Dos académicos invitados escogidos por la Coordinación de Título. Los integrantes de la comisión serán las mismas personas en cada semestre, salvo situaciones especiales que determine la Coordinación de Título producto de la enfermedad, año sabático, cambio de situación contractual, estudios en el extranjero y obligaciones de fuerza mayor que afecten a los académicos y la Dirección de la Escuela. De forma excepcional, de manera debidamente justificada, y en sólo una ocasión, el alumno podrá solicitar cambio de profesor guía. Artículo 11º Al menos dos de los integrantes de la comisión examinadora del titulando deberán contar con el grado académico de Diseñador. En casos especiales, y con la aprobación de la Coordinación de Título, se podrán desarrollar coguiaturas de Taller de Seminario y Taller de Título, siempre y cuando uno de los profesores cuente con las competencias profesionales de Diseñador. Artículo 12º Las funciones de esta comisión, que será la misma en todo el proceso, serán aprobar o rechazar las propuestas de Seminario de Título y Taller de Título. Esta decisión y sus fundamentos deberán constatarse en un acta, sobre la base de los criterios establecidos en el plan de estudios de la carrera.

Artículo 13º El profesor guía deberá abstenerse de comentar, responder o contestar preguntas, críticas o cuestionamientos referidos al proyecto durante la presentación del titulando, salvo que una situación irregular amerite su intervención como garante del proceso. Al momento de la calificación, una vez que el alumno abandone la sala, el profesor guía, si así lo desea, podrá dar su opinión al resto de los examinadores. La tres calificaciones y firmas del acta se deben hacer en presencia de toda la comisión, y antes de informar al alumno de la resolución tomada por el comité examinador. La calificación podrá ser consensuada o bien responder a las determinaciones personales de cada docente, considerando los valores numéricos definidos en el Artículo 15º. Es responsabilidad del profesor guía entregar a la Coordinación de Título el acta de notas cerrada, una vez concluido el examen. Artículo 14º La asignatura Seminario de Título será calificada con un rango de nota de 1.0 a 7.0, considerando la evaluación de la presentación de examen de Seminario de Título y el informe impreso de anteproyecto. Si el alumno obtiene una nota inferior a 4.0 deberá reinscribir Seminario de Título e iniciar nuevamente el proceso el siguiente semestre. Artículo 15º El alumno no podrá aprobar Seminario de Título ni Taller de Título sin la presencia y evaluación de su profesor guía tanto en el examen oral como en el informe impreso. En relación al promedio de notas obtenido de las calificaciones de los dos evaluadores invitados, el profesor guía deberá calificar dentro de un rango no mayor ni inferior a 1 punto respecto de dicho promedio. Ante cualquier irregularidad o no cumplimiento de lo anterior, el profesor guía o cualquiera de los miembros de la comisión deberá derivar la situación a Coordinación de Título para su resolución. El profesor guía le informará al alumno al respecto. Artículo 16º Serán requisitos obligatorios para inscribir la asignatura Taller de Título la aprobación del examen de Seminario (nota 4.0 o superior) y el haber cumplido con los requisitos expresados en Artículo 4º. Este proceso culminará con una presentación formal del proyecto que será expuesto por el alumno junto a su profesor guía ante la comisión evaluadora.

Artículo 17º La evaluación de Seminario de Título y Taller de Título se conformará por el promedio de las tres notas emitidas por cada uno de los evaluadores. En caso de que uno de los dos integrantes invitados a la comisión no se presente a la exposición del alumno, se procederá a promediar las notas entregadas por los dos académicos presentes. Artículo 18º Tanto en las presentaciones de Seminario de Título como de Taller de Título, el alumno debe ser calificado por la comisión evaluadora, no existiendo la posibilidad de recurrir a una nota P (pendiente). Se aprueba su examen con una evaluación igual o superior a 4.0 o se reprueba con una nota inferior a 4.0. Artículo 19º La nota de Examen de Título será la que otorgue la Comisión evaluadora por la presentación y defensa del proyecto. Se entenderá aprobado el Examen de Título, cuando la defensa del proyecto haya sido calificada con nota igual o superior a 4,0. Si el alumno es reprobado, deberá reinscribir Taller de Título e iniciar nuevamente el proceso durante un semestre, sólo si continúa desarrollando el mismo tema y problemática de la propuesta aprobada en Seminario de Título. En caso de cambiar la fundamentación y los contenidos del proyecto, deberá reinscribir Seminario de Título y Taller de Título, de forma respectiva. Artículo 20º La calificación final para acceder al Título Profesional de Diseñador, se calculará sobre la base de un 40% del Promedio Ponderado Acumulado (PPA), 20% de la nota de Seminario de Título, y 40% de la nota de Taller de Título. Artículo 21º Si el alumno deja de asistir a las reuniones que haya acordado con su profesor guía por un período de 4 semanas consecutivas, tanto en Seminario de Título como en Taller de Título, el proyecto se entenderá como abandonado y cesará automáticamente la responsabilidad del docente por la guiatura del alumno. El profesor guía informará a la Coordinación de Título esta situación y el alumno deberá reinscribir nuevamente el curso. Esta instancia, una vez ocurrida, será inapelable y deberá ser informada por escrito al alumno sancionado por la Coordinación de Título en común acuerdo con la Dirección de la Escuela. Tanto en los casos de Seminario de Título como en Taller de

Título se exigirá una asistencia mínima de un 75%, considerando un máximo de 5 ausencias no consecutivas. Artículo 22º Si el alumno no entrega el informe de Seminario de Título o la memoria de Taller de Título, o no se presenta al examen ante la comisión evaluadora en las fechas establecidas, será automáticamente reprobado con nota 1.0, salvo causas excepcionales o debidamente justificadas. Cuando se trate de situaciones de orden médico, el titulando deberá hacer entrega de un certificado médico acompañado de una boleta de honorarios o bono de atención de Isapre coincidente y según corresponda. Se exigirá el documento original (no digital) al día siguiente de la fecha fijada en cualquiera de las dos instancias. El alumno cuya situación médica sea debidamente presentada (en documentación y tiempos) y reconocida por la Coordinación de Título, deberá hacer llegar su informe impreso en un plazo máximo de cinco días hábiles. En el caso de la presentación ante la comisión evaluadora, ésta se rendirá no más allá de dos semanas a partir de la fecha original pactada para su presentación. El rechazo de la solicitud o apelación del alumno significará la reinscripción del curso de Seminario de Título o Taller de Título correspondiente, bajo las condiciones estipuladas en el Reglamento de Titulación. Artículo 23º De forma excepcional, y justificada únicamente por situaciones de orden médico o de índole académica, el alumno podrá solicitar prórroga en un sólo periodo durante el proceso de titulación (Seminario de Título o Taller de Titulación). Dicha solicitud se presentará por escrito y acompañada de los documentos que avalen la justificación de prórroga, a no más de una semana a contar de la fecha estipulada para la entrega de los informes. Situaciones de orden médico requieren la entrega de un certificado médico acompañado de una boleta de honorarios o bono de atención de Isapre coincidente y según corresponda. Situaciones de índole académica requieren documentación que apoye el caso presentado. El alumno, cuya solicitud sea debidamente presentada (en documentación y tiempos) y aceptada por la Coordinación de Título, deberá hacer llegar su informe en un plazo máximo de 10 días hábiles y la presentación se rendirá no más allá de dos semanas a partir de la fecha de inicio del período de

evaluación. De no ser posible este escenario de prórroga, la entrega y presentación del alumno se realizará en el siguiente periodo de rendición de exámenes correspondiente. Artículo 24º Junto con las tres copias exigidas de la memoria de título, los alumnos deberán entregar a la Coordinación de Título un CD que contenga un archivo PDF completo de su memoria de proyecto, cinco imágenes del proyecto y una ficha de registro digital del proyecto. Tanto el profesor guía como los dos evaluadores integrantes de la comisión deberán devolver estos informes impresos al momento de la presentación de título. Artículo 26º Este reglamento se complementa con el Protocolo del Académico Anexo al Reglamento Seminario de Titulación y Taller de Título que define la participación y compromiso de los académicos de la Escuela de Diseño en el proceso de titulación. Dicho protocolo hace referencia a la asignación de vacantes, la participación en comisiones y las solicitudes de excepción. Artículo 27º La presente Normativa entró en vigencia a partir del primer semestre de 2010 para todos aquellos alumnos que ingresaron a la carrera desde el año 2006 en adelante, considerando ciertos ajustes realizados a la fecha. Todo aspecto no contemplado en la presente Normativa será resuelto por la Dirección de la Escuela, y de ser necesario en consulta con el Decano de la Facultad.