UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO

Documentos relacionados
REGLAMENTO DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NAYARIT

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE ZACATECAS FRANCISCO GARCÍA SALINAS PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍA UNIDAD ACADÉMICA DE FILOSOFÍA

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas

MAESTRÍA EN DESARROLLO HUMANO

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE YUCATÁN FACULTAD DE MATEMÁTICAS PROGRAMA DE TUTORÍAS

Asesoría Vs. Tutoría. El tutor 2

Código: NI Revisión: 00 Emisión: 24/01/2008

ORIENTACIONES PARA EL TUTOR O TUTORA. Tutoría. para el bienestar de adolescentes

PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS / DIRECCIÓN DE TESIS.

EL SOFTWARE DE TUTORÍAS COMO HERRAMIENTA DE APOYO AL MAESTRO- TUTOR DE LA UAAAN.

R E G L A M E N T O D E T U T O R Í A S

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA VENEZUELA REGLAMENTO GENERAL DE PASANTIA

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas

UNIVERSIDAD DE CUENCA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS

POLÍTICAS OPERATIVAS PARA EL DESARROLLO DE LAS TUTORÍAS ACADÉMICAS EN LA UNIDAD IZTAPALAPA

UNIVERSIDAD POLITECNICA DEL SUR DE ZACATECAS

PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS. Lineamientos Generales

FACULTAD DE ARQUITECTURA LICENCIATURA EN ARQUITECTURA

REGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS

LICENCIATURA EN ASESORÍA PSICOPEDAGÓGICA. Este programa educativo se ofrece en las siguientes sedes académicas de la UABC:

Asesorar y orientar sobre las posibles soluciones a las dificultades que se presenten en el ámbito académico.

INSTRUCTIVO NORMATIVO DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD DE ARTURO MICHELENA CAPITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DE LAS RESIDENCIAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

CONVOCATORIA 2010 PROGRAMA NACIONAL DE POSGRADOS DE CALIDAD. Categoría: 1) Estructura del programa

Instrumento para determinar la Evaluación Favorable, con base en el artículo 98, Fracciones IV del RIPPPA.

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.

EL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

PROGRAMA DE TUTORÍA EN EL NUEVO PLAN DE ESTUDIOS. Nivel Educativo: Educación Superior

CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA BECAS DEL CIESAS

2.5. Principios de la orientación educativa, la forma de atención al alumnado y el plan de acción tutorial

INSTRUCTIVO GENERAL DE PRÁCTICA DE LAS CARRERAS DE PEDAGOGÍA FACULTAD DE HUMANIDADES Y EDUCACIÓN

Reglamento de los Colegios

MANUAL DE POLÍTICAS, PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS CONTRIBUIR A LA FORMACIÓN INTEGRAL DEL ESTUDIANTE TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCIÓN... 2 OBJETIVO...

Responsabilidades: Fecha: Junio 2012

Escuela Nacional de Estudios Superiores Unidad Morelia. Plan de Acción Tutoral (PAT) Revisión Diciembre 2013 Sujeto a revisión permanente

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL

Estudiantes CONSIDERANDOS

7.FUNCIONES DE LOS COMPONENTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Reglamento de Residencia Profesional. Ing. Arnoldo Solís Covarrubias Instituto Tecnológico Superior de san luis potosí, capital

Misiones y funciones

CONSEJO ACADÉMICO REGLAMENTO INTERNO DE MONITORÍAS

REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS

TUTORÍA Y ORIENTACIÓN

REGLAMENTO DE LAS ACADEMIAS

ANEXO I REGLAMENTO DE COORDINACIONES DE CARRERAS

REGLAMENTO DE BECAS DE ESTUDIO, APOYOS ECONÓMICOS, LICENCIAS CON GOCE DE SUELDO DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA

NORMAS REGULADORAS DEL PLAN DE ACCIÓN TUTELAR (PAT) DE POSGRADO DE LA FACULTAD DE DERECHO

Facultad Ciencias Económicas, Empresariales y Turismo. Manual Coordinador Grado

REGLAMENTO DE LAS ACADEMIAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ

REGLAMENTO DE TRABAJO COMUNAL UNIVERSITARIO (TCU)

PROCESO DEMOCRÁTICO GOBIERNO ESCOLAR COLEGIO CRISTIANO LA ESPERANZA

ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS ESCOLARES EN CONTEXTO

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA MONSERRATE FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y ECONÓMICAS PROGRAMA DE TRABAJO SOCIAL

TÉRMINOS DE REFERENCIA

Facultad de Ingeniería. Práctica Profesional Supervisada PPS. Reglamentación y Documentación

I.E.S. Itaba Proyecto Educativo

MODELO DE GESTION PEDAGOGICA TERRITORIAL DE LIMA METROPOLITANA

En consecuencia, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto: I.- DISPOSICIONES GENERALES. Primero.- Marco normativo.

SISTEMA EDUCATIVO UNIVERSIDAD REGIONAL DEL NORTE REGLAMENTO GENERAL DE SERVICIO SOCIAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE

Proyecto 4x4: una experiencia de acción tutorial en el CCH Plantel Sur de la UNAM.

2 Dirigir la planeación y la programación académica, de acuerdo con los criterios establecidos en

PRACTICUM DE GRADO Resumen informativo

LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS TÉCNICOS ESCOLARES

PROGRAMA DE TUTORIA DE POSGRADO MAESTRIA PROFESIONALIZANTE Y ESPECIALIZACION Julio 2011

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA Facultad de Derecho Culiacán Administración

Semestre Agosto/2012-Enero/2013

Universidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS

Universidad Autónoma de Tlaxcala Procedimiento: TUTORÍA Y ASESORÍA ACADÉMICA

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PEDAGÓGICAS: Progresivas y Profesionales

Normativa reguladora de las Prácticas externas para los estudiantes del Institut Barcelona d Estudis Internacionals (IBEI).

CAFÉ TUTOR: COMPARTIENDO EXPERIENCIAS DE LA ACCIÓN TUTORIAL EN LA ESCA TEPEPAN. Bertha Paula Rodríguez Licea &Graciela Erika Trujillo Núñez

OBJETIVOS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE PASANTÍA DE LA CARRERA DE LICENCIATURA EN CONTADURÍA PÚBLICA DEL NÚCLEO UNIVERSITARIO RAFAEL RANGEL. CAPÍTULO I Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE CONSEJERÍA Y TUTORÍA ACADÉMICA

Acreditación B1 en Lengua extranjera

REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS

Plan de Prácticas EN EL MÁSTER OFICIAL ENSEÑANZA BILINGÜE PARA LA EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA".

TEMA 4: LOS CONTENIDOS DE LA ACCIÓN TUTORIAL EN LOS DISTINTOS CICLOS Y

PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS

REGLAMENTO DE INTERNADO PROFESIONAL DE ENFERMERIA DISPOSICIONES GENERALES

TÉRMINOS DE REFERENCIA

1. INTRODUCCIÓN 2. TITULACIONES IMPLICADAS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PUBLICA VICEMINISTERIO ACADEMICO DIRECCION DE VIDA ESTUDIANTIL

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE

PERFIL DE PUESTO DESCRIPCION GENERAL DEL PUESTO

Autorizado por: H. Junta de Gobierno de los SEPEN Sesión XL de fecha 12 de Marzo de 2004 MANUAL DE ASESOR TÉCNICO PEDAGÓGICO DE EDUCACIÓN ESPECIAL

REGLAMENTO DE PROYECTO DE GRADO EN LA MODALIDAD DE PASANTIAS PARA LOS ESTUDIANTES DE TECNOLOGIA EN PROCESOS INDUSTRIALES

DIAGNÓSTICO Y ORIENTACIÓN DE PERSONAS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES

CONSEJERIA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO

CONSEJO TÉCNICO ESCOLAR SECTOR 19 FEDERALIZADO

TERMINOS DE REFERENCIA ASESORIA PARA EL DISEÑO DE INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO DE DIRECTIVOS DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS

PROGRAMAS DE ATENCIÓN DIFERENCIADA A LOS ALUMNOS

Plan de Acción tutorial y Orientación al estudiante de la FCCS

REGLAMENTO GENERAL PARA ESTUDIANTES QUE PARTICIPAN EN TALLERES Y CLUBES DEPORTIVOS

PLAN DE ORIENTACIÓN ACADÉMICA Y PROFESIONAL DE LAS ETAPAS DE EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO (CURSO )

LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES

Transcripción:

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. El presente reglamento establece y fija las bases para la realización del Programa Institucional de Tutorías en las diferentes escuelas y facultades de la Universidad Autónoma de Querétaro. Articulo 2º. Con el objeto de interpretar y aplicar debidamente el presente Reglamento Interno del Programa Institucional de Tutorías, se estipulan las siguientes definiciones: I.- TUTORÍA.- La tutoría es el proceso mediante el cual se ofrece a los estudiantes - en forma individual o grupal- una atención especializada, sistemática e integral, a través de los catedráticos que para tal fin hayan sido designados como tutores, con el propósito de facilitar su incorporación al medio universitario y académico; reforzar el proceso enseñanza - aprendizaje; orientar y asesorar en la definición de su plan de estudios y en todas aquellas actividades que complementen su desarrollo académico; en caso de situaciones personales del Tutorado, tales como procesos de formación personal, proyectos de vida, aspectos psicológicos, médicos y sociales, mismos que deberán ser canalizados en los casos que así lo demanden, a otras instancias y, en general, guiar y dar seguimiento en el desarrollo académico y personal del estudiante tutorado. II.- TUTOR.- Es todo aquel académico de la Universidad, encargado de llevar a cabo la función tutorial. III.- TUTORANDO.- Es todo aquel alumno de la Universidad que recibe los servicios de actividad tutorial por parte de las instancias establecidas para el efecto. IV.- REGLAMENTOS LEGALES.- La Ley Orgánica, el Estatuto Orgánico y el Estatuto de Personal Académico, de la Universidad Autónoma de Querétaro. V.- REGLAMENTO INTERNO DE TUTORÍAS.- Documento por escrito que se establece con el fin de regular las Tutorías dentro de la Universidad Autónoma de Querétaro. Artículo 3º. Dentro de la Tutoría se incluye la Asesoría, que a diferencia de la anterior, se entenderá como aquella actividad cotidiana, asistemática, temporal, y no necesariamente estructurada, que ofrece la Universidad, a través de los docentes, y 1

se brinda por petición formal e informal del estudiante, cuando éste requiere de apoyo en cuestiones únicamente de corte académico. Artículo 4º. El Programa Institucional de Tutorías se establece con los siguientes objetivos: I. Fortalecer el proceso educativo para preservar la calidad y optimizar la eficiencia terminal del alumnado en su conjunto. II. Detectar a estudiantes con necesidades especiales entendidas como deficitarias o de alto rendimiento- y según sea el caso, canalizarlos de inmediato a las instancias establecidas para ambos propósitos, como son Gabinetes de Apoyo Psicológico, de Apoyo Pedagógico, Unidad de Becas e Intercambio, Coordinaciones de Investigación y Área de Postgrado. III. Asesorar al estudiante en todos los procesos académicos y administrativos propios de su estancia dentro de la Universidad. IV. Orientar al estudiante en la toma de decisiones para la conformación de su programa académico respectivo, estimulando el interés del alumno por su propia carrera. V. Promover el desarrollo de métodos de estudio y el autoaprendizaje. VI. Involucrar más activamente a los docentes en el apoyo de plan de vida y carrera del alumnado. CAPITULO II ESTRUCTURA DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS Artículo 5º. El Programa Institucional de Tutorías, es organizado, supervisado y coordinado, en forma general, por el Secretario de Desarrollo Académico de la Universidad Autónoma de Querétaro. Artículo 6º. La organización, coordinación, seguimiento, evaluación y control del Programa Institucional de Tutorías, de cada Escuela y Facultad, depende, a su vez, de las Secretarías Académicas, a través de las Coordinaciones de Carrera, en caso de que su estructura actual cuente con estas últimas; o en su caso, si la Escuela y Facultad lo considera pertinente, podrá crear la Coordinación de Tutorías. Articulo 7º. Las Secretarías Académicas o en su caso las Coordinaciones de Tutorías de cada Escuela o Facultad, son responsables de designar a los docentes que fungirán como tutores. Artículo 8º. Las Secretarías Académicas o en su caso las Coordinaciones de Tutorías de cada Escuela o Facultad, deberán reunirse con todos los tutores, cuando menos dos veces por semestre, siendo una de estas al final de cada ciclo escolar, en donde propondrán las reformas necesarias al programa, basados en los resultados de la evaluación. Artículo 9º. Las escuelas y facultades que conforman una Dependencia de Educación Superior (DES), podrán promover la reunión de sus respectivos 2

encargados del Programa Institucional de Tutorías, cuando así lo consideren pertinente. CAPÍTULO III ORGANIZACIÓN Artículo 10º. Cada Escuela y Facultad, a través de la Secretaría Académica correspondiente o en su caso las Coordinaciones de Tutorías, proveerá lo necesario para desarrollar las condiciones de infraestructura para el buen desarrollo de las Tutorías. Artículo 11º. Las Escuelas y Facultades promoverán permanentemente, entre los estudiantes, el Programa Institucional de Tutorías. Artículo 12º. Para ser designado Tutor, se deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Ser miembro del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Querétaro. b) Conocer la estructura organizacional, funciones generales y servicios que brinda la Universidad. c) Conocer la estructura organizacional, funciones generales y servicios que conforman la Escuela y Facultad a la que corresponde. d) Conocer los perfiles de egreso y los programas de estudio de la Escuela y Facultad a la que pertenece. e) Asistir y acreditar los cursos y/o talleres que la Dirección Académica o la Escuela y Facultad correspondiente determinen. f) Cumplir con las evaluaciones periódicas que la Escuela y Facultad establezca. Artículo 13º. La Tutoría será proporcionada por los docentes de tiempo completo, medio tiempo, tiempo libre y por honorarios. Para los docentes de tiempo completo, consistirá de veinte horas mensuales y tendrá carácter obligatorio. Para los docentes de medio tiempo y tiempo libre, consistirá de diez horas mensuales (???) y tendrá carácter obligatorio. Para los docentes por honorarios de nuevo ingreso, la tutoría tendrá carácter obligatorio, para lo cual deberán acreditar los cursos de formación respectivos. Artículo 14º. El servicio que se brinde a través del Programa Institucional de Tutorías, comprende: la orientación sobre los procedimientos que el Tutor juzgue conveniente canalizar, seguimiento de la trayectoria de los Tutorados desde su ingreso a la Universidad hasta su titulación; en problemas de orientación vocacional, educativa y psicológica; bolsa de trabajo, becas, servicio médico, desarrollo deportivo; coordinación de programas para alumnos de alto rendimiento, de cursos remediales y de talleres de apoyo en diversas áreas del conocimiento y todos aquellos servicios que en su momento demande la formación integral de los estudiantes. 3

Artículo 15º. El Programa Institucional de Tutorías contará con los mecanismos de información y la infraestructura, necesarios para facilitar la actividad e interacción de los tutores y el resto de los docentes. Artículo 16º. Los mecanismos de seguimiento y de evaluación de las tutorías, tanto del ejercicio del Tutor como del desarrollo del Tutorado, se aplicarán de acuerdo al Sistema de Evaluación que se desarrolle para tal efecto por parte de la Secretaría de Desarrollo Académico en colaboración con la Secretaría Académica correspondiente o en su caso las Coordinaciones de Tutorías de cada Escuela o Facultad. Artículo 17º. Los alumnos tutorados que al final del semestre muestren una mejoría en su desempeño académico, serán recompensados con una beca que podrá ser hasta del 100% sobre el costo del siguiente ciclo lectivo, lo anterior a criterio de la Secretaría de Desarrollo Académico en colaboración con la Secretaría Académica correspondiente o en su caso las Coordinaciones de Tutorías de cada Escuela o Facultad. Articulo 18º. Cada Escuela y Facultad, al inicio del ciclo escolar, deberá informar a la Secretaría Académica: a. Los nombres de los Tutores designados. b. Los nombres de los alumnos que en ese momento recibirán el beneficio de la Tutoría y al término del ciclo, las evaluaciones y los resultados de dicha actividad. CAPITULO IV SERVICIOS DE TUTORÍA Artículo 19º. La Universidad ofrecerá orientación respecto a los servicios de: a. Servicio médico b. Trabajo social c. Asistencia psicológica d. Consejería educativa e. Servicio social y práctica profesional f. Bolsa de trabajo g. Extensión universitaria h. Cursos y talleres presenciales o en cualquier otro formato. i. Cursos remediales j. Asesoría académica k. Inducción a la universidad, Escuela y Facultad o carrera l. Todos aquellos servicios que el programa de tutorías demande Artículo 20º. El servicio de Tutorías será asignado por la Secretaría Académica correspondiente o en su caso las Coordinaciones de Tutorías de cada Escuela o Facultad y recaerá principalmente en aquellos alumnos cuyo desempeño académico se encuentre por debajo de un promedio de 7.5 en el ciclo inmediato anterior. Artículo 21º. Independientemente de lo establecido en el artículo anterior, cualquier alumno podrá solicitar el servicio de Tutoría en cualquier momento de su trayectoria 4

estudiantil, sin más restricción que la disposición material del cuerpo docente calificado para ello y previa autorización de la Secretaría Académica correspondiente o en su caso las Coordinaciones de Tutorías de cada Escuela o Facultad. Artículo 22º. Cada Escuela y Facultad determinará el número de alumnos por tutor, no pudiendo ser mayor diez estudiantes, lo anterior, a fin de garantizar la calidad en la prestación de dicha atención. Artículo 23º. El servicio de tutoría se otorgará al alumno mediante previa cita acordada con el Tutor asignado. CAPÍTULO V OBLIGACIONES DEL TUTOR Articulo 24º. Las obligaciones del Tutor son: a. Orientar al alumno en la elección de las asignaturas y actividades académicas, esto en el caso de Unidades Académicas que ofrecen elegibilidad curricular. b. Canalizar al alumno para la elaboración de trabajos académicos, de tesis y de ejecución de su servicio social. c. Canalizar a los distintos servicios e instancias de la Universidad, así como a aquellas instancias externas, que puedan brindarle apoyo personal en salud, asesoría psicológica y apoyo en situaciones sociales que así se demanden, para luego darle seguimiento estrecho a la trayectoria del alumno. d. Apoyar al alumno en todos los asuntos relacionados con el aprendizaje, ayudándole a desarrollar habilidades de estudio. e. Procurar que el Tutorado conozca la estructura y la organización del plan de estudios, el perfil de egreso, así como los aspectos generales de la organización, para lograr la integración en su ambiente. f. Propiciar ambientes de confianza en el alumno, para que manifieste sus dificultades en el desempeño escolar, en cuyo caso deberá gestionar apoyo y canalizarlo. g. Mantener confidencialidad de la información manejada con el Tutorado. h. Informar al final de cada período escolar sobre sus actividades como Tutor a través de un instrumento de evaluación. i. Mantener constante comunicación con el Coordinador de Tutorías o con el Secretario Académico de la Escuela y Facultad correspondiente para resolver los problemas que con motivo de su función se le presenten. CAPÍTULO VI OBLIGACIONES DEL TUTORADO Artículo 25º. El Tutorado deberá cumplir con el programa de trabajo que el Tutor le señale. Artículo 26º. Si el Tutorado no acude a la hora y fecha asignada por el Tutor, se les establecerá nueva fecha y hora. En caso de no asistir a la segunda cita, quedará sin efecto la solicitud de Tutoría. 5

ARTÍCULOS TRANSITORIOS Artículo Primero. Aquellos aspectos no contemplados en el presente Reglamento, así como los problemas de interpretación, serán resueltos por el H. Consejo Universitario, de conformidad con la legislación universitaria vigente. Artículo Segundo. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de ser aprobado por el H. Consejo Universitario. 6