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Transcripción:

Actualización jurídica. 1

2 CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE JALISCO

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ISBN: 978-607-9391-08-9 Esta edición y sus características son propiedad de Gallardo Ediciones. Reservados Todos los derechos. No puede reproducirse o transmitirse, total o parcialmente; por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación, sin permiso escrito de Gallardo Ediciones. Copyright. Guadalajara; Jal. Tel: 01 33 38 70 28 49 IMPRESO EN MÉXICO. 4

SUMARIO PRÓLOGO Pág. 9 CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO Pág. 21 Decreto No. 24864/Lx/14, se emiten las declaratorias de incorporación del Sistema Procesal Penal Acusatorio y del Código Nacional De Procedimientos Penales al orden jurídico del Estado de Jalisco Pág. 163 CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES Pág. 171 CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO Pág. 365 LEY DE JUSTICIA INTEGRAL PARA ADOLESCENTES DEL ESTADO DE JALISCO Pág. 489 LEYES COMPLEMENTARIAS EN MATERIA PENAL (Incluidas en CD ROM) CÓDIGO PENAL FEDERAL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA PARA PERSONAL DE SEGURIDAD, CUSTODIA, VIGILANCIA, Y PRECEPTORÍA DE VIGILANCIA, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN Y READAPTACIÓN SOCIAL DEL ESTADO DE JALISCO 5

CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA PARA LA POLICÍA ESTATAL DE JALISCO LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA DEL ESTADO DE JALISCO LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ESTADO DE JALISCO LEY DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS DEL ESTADO DE JALISCO LEY DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE JALISCO LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PARA EL ESTADO DE JALISCO LEY DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR DEL ESTADO DE JALISCO LEY DEL CENTRO DE ATENCIÓN PARA LAS VÍCTIMAS DEL DELITO LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD PÚBLICA PARA EL ESTADO DE JALISCO LEY DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS LEY ESTATAL PARA PREVENIR, COMBATIR Y ERRADICAR LA TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE JALISCO LEY ESTATAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TORTURA LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO JALISCIENSE DE CIENCIAS FORENSES LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE JALISCO REGLAMENTO DEL CENTRO DE OBSERVACIÓN DE MENORES DE JALISCO REGLAMENTO DEL CENTRO DE READAPTACIÓN FEMENIL DEL ESTADO DE JALISCO REGLAMENTO DEL CENTRO DE READAPTACIÓN SOCIAL DE JALISCO REGLAMENTO DEL CENTRO INTEGRAL DE JUSTICIA REGIONAL COSTA NORTE DEL ESTADO DE JALISCO REGLAMENTO DEL CENTRO INTEGRAL DE JUSTICIA REGIONAL SUR-SURESTE DEL ESTADO DE JALISCO REGLAMENTO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA REGLAMENTO DEL RECLUSORIO PREVENTIVO DE GUADALAJARA REGLAMENTO DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA 6

REGLAMENTO DE LA LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ESTADO DE JALISCO REGLAMENTO DE LA LEY DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR PARA EL ESTADO DE JALISCO REGLAMENTO DE LA LEY ESTATAL DE SALUD EN MATERIA DE RECLUSORIOS Y CENTROS DE READAPTACIÓN SOCIAL REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE JALISCO REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE JALISCO REGLAMENTO DE LA POLICÍA ESTATAL REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE QUIENES HAYAN OBTENIDO EL BENEFICIO DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA EN EL ESTADO DE JALISCO REGLAMENTO PARA LOS CENTROS INTEGRALES DE JUSTICIA REGIONAL REGLAMENTO PARA VIGILAR LA ACTUACIÓN DE LOS ELEMENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE GUADALAJARA REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO JALISCIENSE DE CIENCIAS FORENSES REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS 7

8 CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE JALISCO

PRÓLOGO Con agrado escribo estas líneas para la publicación de Gallardo Ediciones, relativa al Código Penal para el Estado de Jalisco, en la que se ofrece una exposición sencilla y sugerente a concebir la norma jurídica punitiva para esta entidad, es decir, la ley o compendio ordenado de la legislación aplicable en materia penal que busca la eliminación de redundancias, la ausencia de lagunas y la universalidad: esto es, que se encuentra actualizada hasta la data de su publicación, pues hubo esmero en plasmar de forma accesible el ius puniendi, que no es otra cosa, que la facultad sancionadora del Estado. De esta manera, con el afán de plegarse a las nuevas disposiciones constitucionales, derivadas de la implementación del Sistema de Justicia Penal en el Estado, tal y como se expresó mediante Decreto 24864/LX/14, publicado en el Periódico Oficial de la entidad, el once de abril último, se emitieron las Declaratorias de incorporación del Sistema Procesal Penal Acusatorio y del Código Nacional de Procedimientos Penales al orden jurídico local, con lo que se pone de manifiesto, que el Estado a través del legislador, busca evitar la aplicación de penas arbitrarias, ya que sólo puede ser sancionada penalmente una conducta cuando ésta se consigna expresamente en el mismo código penal y con la sanción que el mismo establece a la reparación del daño como la consecuencia principal por la comisión de un delito no grave; propuesta que nos lleva a un derecho penal de tres vías y rompe con la idea tradicional de que todo delito debe tener como consecuencia una sanción penal -prisión o medida de seguridad-. El planteamiento anterior constituye uno de los puntos más debatidos en los foros internacionales contemporáneos y se enmarca dentro de los parámetros del derecho penal propio de un Estado social y democrático de derecho, en el cual se utilice menos la privación de la libertad y se busquen medios más efectivos y menos nocivos para la prevención y sanción del delito -principio de ultima ratio, de ahí que tal codificación se ocupe del análisis de los sustitutivos penales. Podría parecer un tanto contradictorio presentar un código a favor de la reducción del uso de la pena privativa de libertad (con la propuesta de utilizar mecanismos alternos a solución de conflictos), en una entidad como Jalisco, aquejado por el incremento de la criminalidad que da lugar a un sonoro reclamo social de sancionar a los delincuentes con todo el peso de la ley; pero con esta última postura se puede llegar a radicalismos que contravengan los fines de la pena previstos en nuestra carta magna. 9

PRÓLOGO CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE JALISCO En efecto, de acuerdo con el párrafo segundo del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la pena privativa de libertad tiene como fin la readaptación social del delincuente a través del trabajo y la educación, lo cual implica que la reacción penal del Estado no descansa en la retribución sino en la reinserción del condenado (prevención especial). La opinión tradicional sostiene que quien ha realizado una conducta típica, antijurídica y culpable ha cometido un delito y deberá ser sancionado con una pena privativa de libertad cuya duración, dentro del tiempo previsto en la ley, se determinará de acuerdo con el grado de culpabilidad. Así, en el delito de lesiones que no ponen en peligro la vida y tardan en sanar menos de quince días, la sanción prevista es de diez días a siete meses de prisión (artículo 207, fracción I, del Código Penal), dentro de ese rango el juez impondrá la pena atendiendo al reproche que se pueda hacer al sujeto que, pudiendo comportarse conforme a derecho, decidió transgredirlo (culpabilidad). Sin embargo, en supuestos como el anterior, la privación de la libertad no cumpliría con los designios constitucionales de la pena dado que quien ha cometido un delito no grave no necesariamente requiere ser resocializado, es más, la prisión puede tener el efecto contrario (disocialización). Por ello, Claus Roxin ha propuesto que la tercera categoría de la teoría del delito (culpabilidad) se transforme en el primer elemento de la responsabilidad penal (cuyo segundo elemento sería la necesidad de la pena), ello supondría que quien realiza la conducta típica, antijurídica y culpable puede no ser sancionado con la pena privativa de libertad cuando es innecesario y son mejores o más aconsejables la imposición de sustitutivos que cumplan mejor con los fines de la pena (concepción de la responsabilidad penal). Hoy, es necesario replantear la orientación de los fines de la pena y buscar alternativas (como se expresa en el Código Nacional de Procedimientos Penales), de sanción para delitos cuya punibilidad sea considerada como de menor trasgresión al bien jurídico que se tutele. Empero, no debemos olvidar que para la correcta aplicación de los sustitutivos penales se requiere de criterios jurisprudenciales claros que permitan su aplicación y garanticen, al mismo tiempo, la dignidad del condenado. Así, por ejemplo, cuando los trabajos a favor de la comunidad consisten en barrer o hacer la limpieza en una institución pública, ello no se puede considerar como un trabajo degradante cuando es la única actividad que puede desempeñar el sujeto y se opte, como sucede en la práctica, por hacer que el condenado se presente en las instalaciones del tribunal 10

PRÓLOGO a firmar y espere sentado, mano sobre mano, a que se le diga que ya se puede retirar; no debemos olvidar que los trabajos en favor de la comunidad constituyen la sustitución de la pena de prisión que debería compurgar el delincuente que ha lesionado un bien jurídico fundamental y, por esa razón, dicha actividad supone una forma de disculpa frente a la sociedad y de confirmación de la vigencia de la norma penal transgredida con el fin de restablecer la paz jurídica. Lo anterior no puede significar en modo alguno la violación de los derechos humanos del condenado. Por otra parte, una propuesta de un derecho penal de tres vías llama mucho la atención, donde el sistema vicarial (pena privativa de libertad y medida de seguridad) adoptado en el Código Penal implica que las penas privativas de libertad se imponen por el hecho realizado por el sujeto culpable, mientras que las medidas de seguridad se imponen cuando el individuo carente de capacidad de culpabilidad o con culpabilidad disminuida realiza un injusto y, de esa forma, pone de manifiesto su culpabilidad. Así, las tendencias encaminadas a la globalización están claramente materializadas, pues las discusiones y propuestas de regulación en torno a la supresión de las penas cortas privativas de la libertad, tiene la vertiente a nuevas orientaciones de los sustitutivos penales, la suspensión y libertad condicional; si previamente no se logró la actualización de un mecanismo alterno de solución al conflicto. Mtro. Enrique Espinosa Madrigal 11

12 CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE JALISCO

CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO ÍNDICE LIBRO PRIMERO...21 TÍTULO PRELIMINAR...21 CAPÍTULO ÚNICO. De la Aplicación de Este Código... 21 TÍTULO PRIMERO. DE LOS DELITOS Y LA RESPONSABILIDAD PENAL...22 CAPÍTULO I. Reglas Generales sobre Delitos y Responsabilidad de los Partícipes... 22 CAPÍTULO II. Tentativa... 23 CAPÍTULO III. Personas Responsables de los Delitos... 23 CAPÍTULO IV. Causas Excluyentes de Responsabilidad... 24 CAPÍTULO V. Concurso de Delitos... 27 CAPÍTULO VI. Reincidencia y Habitualidad... 27 TÍTULO SEGUNDO. DE LAS SANCIONES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD...27 CAPÍTULO I. Enumeración... 27 CAPÍTULO II. Prisión... 29 CAPÍTULO III. Relegación... 29 CAPÍTULO IV. Del Confinamiento y El Arraigo... 29 CAPÍTULO V. Prohibición de Ir a Lugar Determinado o De Residir en Él... 30 CAPÍTULO VI. Reparación del Daño... 30 CAPÍTULO VII. Multa... 30 CAPÍTULO VIII. Decomiso de los Instrumentos y Del Producto del Delito... 31 CAPÍTULO IX. Amonestación... 31 CAPÍTULO X. Apercibimiento y Caución de No Ofender... 32 CAPÍTULO XI. Suspensión de Derechos, Oficio o Profesión y Destitución o Suspensión de Funciones o Empleos... 32 13

CAPÍTULO XII. Publicación Especial de Sentencia... 33 CAPÍTULO XIII. Internamiento o Tratamiento en Libertad Vigilada de Sujetos con Imputabilidad Disminuida... 33 CAPÍTULO XIV. Pérdida Definitiva de la Patria Potestad, Tutela o Custodia... 34 TÍTULO TERCERO. APLICACIÓN DE SANCIONES...34 CAPÍTULO I. Reglas Generales... 34 CAPÍTULO II. Aplicación de Sanciones a los Delitos Culposos... 37 CAPÍTULO III. Sanción para la Tentativa... 39 CAPÍTULO IV. Sanciones en los Casos de Concurso de Delitos, Reincidencia, Habitualidad y Quebrantamiento de Condena... 40 CAPÍTULO V. Reclusión para Enfermos Mentales, Sordomudos y Ciegos... 41 CAPÍTULO VI. Sustitución y Conmutación de Sanciones... 41 TÍTULO CUARTO. CUMPLIMIENTO DE LAS SANCIONES...42 CAPÍTULO I. Ejecución de las Sanciones... 42 CAPÍTULO II. Trabajo de los Presos... 43 CAPÍTULO III. Libertad Condicional y Retención... 43 CAPÍTULO IV. Suspensión Condicional de la Pena... 44 TÍTULO QUINTO. EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL...46 CAPÍTULO I. Muerte del Delincuente... 46 CAPÍTULO II. Perdón del Ofendido... 46 CAPÍTULO III. Reconocimiento de Inocencia e Indulto... 46 CAPÍTULO IV. Rehabilitación... 47 CAPÍTULO V. Amnistía... 47 CAPÍTULO VI. Prescripción... 47 Disposiciones Generales... 47 CAPÍTULO VII. Prescripción del Derecho de Querella... 48 CAPÍTULO VIII. Prescripción de la Acción Penal... 48 CAPÍTULO IX. Prescripción de las Sanciones... 49 TÍTULO SEXTO. REPARACIÓN DEL DAÑO PROVENIENTE DEL DELITO...50 CAPÍTULO ÚNICO... 50 LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS EN PARTICULAR...53 TÍTULO PRIMERO. DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD INTERIOR DEL ESTADO...53 14

CAPÍTULO I. Conspiración... 53 CAPÍTULO II. Rebelión... 54 CAPÍTULO III. Sedición... 55 CAPÍTULO IV. Motín... 55 CAPÍTULO V. Regla General... 55 TÍTULO SEGUNDO. DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA...56 CAPÍTULO I. Evasión de Presos... 56 CAPÍTULO II. Quebrantamiento de Sanción... 57 CAPÍTULO III. Armas y Objetos Prohibidos... 57 CAPÍTULO IV. Asociación Delictuosa... 58 CAPÍTULO V. Pandillismo... 58 CAPÍTULO VI. Delitos de Tránsito... 58 TÍTULO TERCERO. ATENTADOS A LAS COMUNICACIONES...59 CAPÍTULO I. Ataques a las Vías de Comunicación... 59 CAPÍTULO II. Reglas Generales... 60 TÍTULO CUARTO. DELITOS CONTRA LA AUTORIDAD...60 CAPÍTULO I. Desobediencia o Resistencia de Particulares... 60 CAPÍTULO II. Oposición a que se Ejecute alguna Obra o Trabajo Público... 60 CAPÍTULO III. Quebrantamiento de Sellos, Protección del Lugar de los Hechos Materia del Delito y de la Cadena de Custodia... 61 CAPÍTULO IV. Delitos Cometidos Contra Representantes de la Autoridad... 61 TÍTULO QUINTO. DELITOS CONTRA LA MORAL PÚBLICA...62 CAPÍTULO I. Ultrajes a la Moral o a las Buenas Costumbres e Incitación a la Prostitución... 62 CAPÍTULO II. Corrupción de Menores y Pornografía Infantil... 62 CAPÍTULO II (SIC). Lenocinio... 63 CAPÍTULO III. Provocación de un Delito y Apología de Éste o de Algún Vicio... 63 TÍTULO QUINTO BIS. DELITOS CONTRA EL DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD...64 CAPÍTULO I. Corrupción de Menores... 64 CAPÍTULO II. Pornografía Infantil... 64 CAPÍTULO III. Atentados al Pudor... 65 CAPÍTULO IV. Prostitución Infantil... 65 15

16 CAPÍTULO V. Estupro... 65 CAPÍTULO VI. De la Gestión de la Adopción Ilegal... 65 CAPÍTULO VII. Abuso Sexual Infantil... 66 CAPÍTULO VIII. Agravantes Comunes a los Delitos Contra el Desarrollo de la Personalidad... 67 TÍTULO SEXTO. REVELACIÓN DE SECRETOS Y LA OBTENCIÓN ILÍCITA DE INFORMACIÓN...67 CAPÍTULO I. Revelación de Secretos... 67 CAPÍTULO II. La Obtención Ilícita de Información Electrónica... 68 CAPÍTULO III. Utilización Ilícita de Información Confidencial... 68 CAPÍTULO IV. Suplantación de Identidad... 68 TÍTULO SÉPTIMO. DELITOS COMETIDOS POR SERVIDORES PÚBLICOS...69 CAPÍTULO I. Reglas Generales... 69 CAPÍTULO II. Ejercicio Indebido y Abandono del Servicio Público... 70 CAPÍTULO III. Abuso de Autoridad... 71 CAPÍTULO IV. Cohecho... 73 CAPÍTULO V. Peculado... 74 CAPÍTULO VI. Concusión... 75 CAPÍTULO VII. Delitos Cometidos en la Custodia o Guarda de Documentos... 75 CAPÍTULO VIII. Desvío y Aprovechamiento Indebido de Atribuciones y Facultades... 76 CAPÍTULO IX. Enriquecimiento Ilícito... 77 CAPÍTULO X. Delitos Cometidos en la Administración de Justicia y en otros Ramos del Poder Público... 78 CAPÍTULO XI. De la Desaparición Forzada de Personas... 80 TÍTULO OCTAVO. RESPONSABILIDAD PROFESIONAL...82 CAPÍTULO I. Delito de Abogados, Patronos y Litigantes... 82 CAPÍTULO II. Responsabilidad Médica... 83 CAPÍTULO III. Responsabilidad Profesional y Técnica... 84 TÍTULO NOVENO. FALSEDAD...84 CAPÍTULO I. Falsificación de Documentos Expedidos por los Poderes del Estado, Organismos Autónomos, Ayuntamientos o de los Documentos de Crédito... 84 CAPÍTULO II. Falsificación y Uso Indebido de Sellos, Marcas, Llaves y Troqueles... 85

CAPÍTULO III. Falsificación de Documentos en General... 86 CAPÍTULO IV. Falsificación de Certificaciones... 87 CAPÍTULO V. Falsedad en Declaraciones y en Informes Dados a una Autoridad... 88 CAPÍTULO VI. Variación del Nombre o del Domicilio... 88 CAPÍTULO VII. Usurpación de Funciones Públicas o de Profesión y Uso Indebido de Uniformes o Insignias... 89 CAPÍTULO VIII. Falsificación de Medios Electrónicos o Magnéticos... 90 CAPÍTULO IX. Reglas Generales... 91 TÍTULO DÉCIMO. DELITOS DE PELIGROSIDAD SOCIAL...91 CAPÍTULO ÚNICO. Explotación e Inducción a la Mendicidad... 91 TÍTULO DÉCIMO PRIMERO. DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD Y LIBERTAD SEXUAL...91 CAPÍTULO I. Atentados al Pudor... 91 CAPÍTULO II. Estupro y Prostitución Infantil... 92 CAPÍTULO III. Violación... 92 CAPÍTULO IV. Hostigamiento y Acoso Sexual... 92 TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO. DELITOS CONTRA EL ORDEN DE LA FAMILIA...93 CAPÍTULO I. De la Violencia Intrafamiliar... 93 CAPÍTULO II. De la Suposición y Supresión del Estado Civil... 94 CAPÍTULO III. Exposición de Infantes... 94 CAPÍTULO IV. Substracción de Menores y Robo de Infante... 95 CAPÍTULO V. Bigamia... 96 CAPÍTULO VI. Incesto... 96 CAPÍTULO VII. Adulterio... 96 CAPÍTULO VIII. Abandono de Familiares... 97 TÍTULO DÉCIMO TERCERO. VIOLACIÓN A LAS LEYES SOBRE INHUMACIONES Y EXHUMACIONES...98 CAPÍTULO I. Delitos en Materia de Inhumaciones y Exhumaciones... 98 CAPÍTULO II. Profanación de Sepulcros o Cadáveres... 99 TÍTULO DÉCIMO CUARTO. DELITOS CONTRA LA PAZ, LIBERTAD Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS...99 CAPÍTULO I. Amenazas... 99 CAPÍTULO II. Extorsión... 99 17

CAPÍTULO III. Chantaje... 100 CAPÍTULO IV. Allanamiento de Morada... 101 CAPÍTULO V. Asalto... 101 CAPÍTULO VI. Privación Ilegal de la Libertad... 101 CAPÍTULO VII. Secuestro... 101 CAPÍTULO VIII. Rapto... 101 TÍTULO DÉCIMO QUINTO. DELITOS CONTRA EL HONOR...102 CAPÍTULO I. Golpes Simples... 102 CAPÍTULO II. Injurias... 102 CAPÍTULO III. Difamación... 102 CAPÍTULO IV. Calumnia... 102 CAPÍTULO IV BIS. De los Delitos Contra la Dignidad de las Personas... 102 CAPÍTULO V. Reglas Generales... 103 TÍTULO DÉCIMO SEXTO. DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD CORPORAL...103 CAPÍTULO I. Disparo de Arma de Fuego sobre Persona, Ataque Peligroso y Maltrato al Infante... 103 CAPÍTULO II. Lesiones... 104 CAPÍTULO III. Homicidio... 106 CAPÍTULO IV. Reglas Comunes para los Delitos de Lesiones y Homicidios... 107 CAPÍTULO V. Parricidio... 109 CAPÍTULO VII. Infanticidio... 110 CAPÍTULO VIII. Aborto... 110 CAPÍTULO IX. Abandono de Personas... 111 CAPÍTULO X. Feminicidio... 112 TÍTULO DÉCIMO SÉPTIMO. DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO...113 CAPÍTULO I. Robo... 113 CAPÍTULO II. Abigeato y Robo de Animales... 120 CAPÍTULO III. Abuso de Confianza... 124 CAPÍTULO IV. Violación de Depósito... 125 CAPÍTULO V. Fraude... 126 CAPÍTULO VI. Delitos Contra el Desarrollo Urbano... 129 18

CAPÍTULO VII. Administración Fraudulenta... 130 CAPÍTULO VIII. Delitos Relacionados con la Capacidad Pecuniaria de las Personas Sujetas a Concurso de Acreedores... 131 CAPÍTULO IX. Usura... 132 CAPÍTULO X. Daños en las Cosas... 132 CAPÍTULO XI. Daño al Patrimonio Urbano... 133 CAPÍTULO XII. Despojo de Inmuebles y Aguas... 133 CAPÍTULO XIII. Del Pillaje... 134 TÍTULO DÉCIMO OCTAVO. ENCUBRIMIENTO Y ADQUISICIÓN ILEGÍTIMA DE BIENES MATERIALES DE UN DELITO...135 CAPÍTULO I. Encubrimiento... 135 CAPÍTULO II. Adquisición Ilegítima de Bienes Materia de un Delito o de una Infracción Penal... 136 TÍTULO DÉCIMO NOVENO. DE LOS DELITOS ELECTORALES...137 CAPÍTULO I. De las Definiciones... 137 CAPÍTULO II. De los Delitos Cometidos por los Ciudadanos... 137 CAPÍTULO III. Delitos Cometidos por los Funcionarios Electorales... 138 CAPÍTULO IV. Delitos Cometidos por Representantes de Partido... 139 CAPÍTULO V. Delitos Cometidos por los Servidores Públicos... 140 CAPÍTULO VI. Disposiciones Comunes... 140 TÍTULO VIGÉSIMO. DE LOS DELITOS FISCALES...142 TÍTULO VIGÉSIMO PRIMERO. DE LOS DELITOS CONTRA EL AMBIENTE...145 CAPÍTULO ÚNICO... 145 TÍTULO DÉCIMO (SIC) SEGUNDO. DE LOS DELITOS EN MATERIA DE INFORMACIÓN PÚBLICA...149 CAPÍTULO ÚNICO... 149 TÍTULO VIGÉSIMO TERCERO. DE LOS DELITOS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS...150 CAPÍTULO ÚNICO... 150 TÍTULO VIGÉSIMO CUARTO. DE LA VIOLENCIA CONTRA LOS ANIMALES...151 CAPÍTULO ÚNICO. Crueldad Contra los Animales... 151 TRANSITORIOS...154 HISTORIAL DE REFORMAS...154 19

20 CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE JALISCO

ART. 1-3 CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 14 DE JUNIO DE 2014 CÓDIGO PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE JALISCO, EL JUEVES 2 DE SEPTIEMBRE DE 1982 Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Legislativo. Secretafa (sic) del Congreso. Estados Unidos Mexicanos. Flavio Romero de Velasco, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber: Que por la Secretaría del H. Congreso del Estado se me ha comunicado el siguiente DECRETO Número 10985. El Congreso del Estado decreta: CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO LIBRO PRIMERO TÍTULO PRELIMINAR CAPÍTULO ÚNICO De la Aplicación de Este Código ARTÍCULO 1. Este Código se aplicará por los delitos cometidos en el estado de Jalisco que sean de la competencia de sus Tribunales. ARTÍCULO 2. Se aplicará asimismo por los delitos que se inicien, preparen o cometan fuera del Estado, cuando produzcan o se pretenda que tengan efectos en el territorio de Jalisco y siempre que no se haya sentenciado definitivamente por ellos al responsable en cualquier otro lugar. ARTÍCULO 3. Los delitos continuados y los permanentes iniciados fuera del Estado y que se sigan cometiendo en éste, se perseguirán con arreglo a lo dispuesto por las Leyes de la Entidad. 21

ART. 4-7 CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE JALISCO ARTÍCULO 4. Este código se aplicará a las personas físicas penalmente responsables, sean nacionales o extranjeras, con las excepciones que se establezcan en las Leyes Especiales. La conducta antisocial de los infractores, menores de dieciocho años, se regirá de acuerdo con lo establecido por la Ley de Justicia Integral para Adolescentes del Estado de Jalisco. Cuando se cometa un delito no previsto en este Código, pero sí en otra Ley Especial, se aplicará ésta, observando las disposiciones conducentes de este Código. 22 TÍTULO PRIMERO DE LOS DELITOS Y LA RESPONSABILIDAD PENAL CAPÍTULO I Reglas Generales sobre Delitos y Responsabilidad de los Partícipes ARTÍCULO 5. Delito es el acto u omisión que concuerda exactamente con la conducta que, como tal, se menciona expresamente en este Código o en las Leyes especiales del Estado. ARTÍCULO 6. Los delitos pueden ser: I. Dolosos; y II. Culposos. Es doloso, cuando el agente quiere que se produzca total o parcialmente el resultado o cuando actúa, o deja de hacerlo, pese al conocimiento de la posibilidad de que ocurra otro resultado cualquiera de orden antijurídico. Es culposo, cuando se comete sin dolo, pero por imprudencia o negligencia. Son delitos graves para los efectos de lo previsto en los artículos 16 y 20, fracción I, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aquellos que afecten de manera importante los valores fundamentales de la sociedad, con acciones u omisiones que generan mayor riesgo o con resultados de mayor peligro para la persona, bienes y familia del ofendido. ARTÍCULO 7. El delito es instantáneo, cuando su consumación se agota en el preciso momento en que se realizan todos sus elementos constitutivos;