CLINICAS EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL MODULO II Signos Distintivos y Figuras Afines Taller de Marcas, Nombres Comerciales y Avisos Comerciales Lic. Laura Collada Laura Collada, Julio 17 de 2014, México, D.F.
Taller de Marcas. Cuando se solicita el registro o publicación de algún signo distintivo, la autoridad competente, IMPI, revisará las solicitudes correspondientes para determinar el cumplimiento de las formalidades (examen de forma) y posteriormente se analizará la registrabilidad de la marca en cuanto impedimentos y/o anterioridades, en términos de la LPI (examen de fondo). Una vez solventados ambos exámenes se expedirá el título.
Taller de Marcas. El IMPI publicó el año pasado la Guía que establece las directrices generales del Examen de Forma de Signos Distintivos, documento en el cual se establecen los criterios a seguir tanto por parte del usuario del sistema de PI, como de las autoridades.
Taller de Marcas. La Guía mencionada describe el llenado de la solicitud y de los anexos, que en su caso, se acompañan. Así mismo, establece lineamientos para la representación, la titularidad y tramites secundarios. Por último aborda el tema de la resolución del examen de forma. Esta Guía es una útil herramienta para el quehacer diario del usuario del sistema de PI.
Taller de Marcas. Guía. El IMPI en su calidad de autoridad registral debe de llevar un estricto orden y registro progresivo de las solicitudes que ante el se presentan. Es por ello que a cada solicitud recibida se le otorga un número progresivo de recepción (folio de entrada) y el número de expediente ante el cual se sustanciará el trámite de registro o publicación. Si la solicitud se presenta de la forma tradicional, el expediente estará conformado por el formato de solicitud, o en caso de presentarse vía internet, por la representación del formato de solicitud. En ambos casos, los anexos también se agregarán como constancias que forman parte de dicho expediente. (Capítulos I Y II [Conceptos Generales y Recepción de la Solicitud])
Taller de Marcas. Guía. Capitulo III Pagos - Tarifa Comprobante de pago Requerimiento de Pago Capitulo IV Estudio de Forma de la Solicitud Tipo de Solicitud Uso Exclusivo de Delegaciones y Subdelegaciones Federales. Uso Exclusivo del IMPI, Oficinas Regionales del IMPI.
Taller de Marcas. Guía. D. Datos del Solicitante D.1 Nombre del Solicitante (Titular) D.2 Nacionalidad D.3 Domicilio E. Domicilio para Oír y Recibir Notificaciones
Taller de Marcas. Guía. F. Tipo de Marcas G. Fecha de Primer Uso
Taller de Marcas. Guía H. Clase y Descripción de Productos o Servicios Uniclase: solo productos o servicios pertenecientes a una misma clase. (auxiliarse con el Acuerdo por el que se dan a conocer los criterios de interpretación y aplicación de la Clasificación del Arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas.
Taller de Marcas. Guía I. Denominación J. Signo Distintivo K. Leyendas y Figuras no reservables L. Domicilio del Establecimiento M. Firma de la Solicitud N. Formato N.1 Motivos de Requerimiento por modificación o alteración del Formato Oficial.
Taller de Marcas. Guía Capítulo V La Representación A. La protesta conforme al art. 181 de la LPI B. Del poder C. Presentación de poder C.1 Presentación Posterior del Poder C.2 Presentación del Poder de un Nuevo Mandatario D. La Revocación de Poder
Taller de Marcas. Guía Capítulo VI La Titularidad A. La cotitularidad o copropiedad B. La Marca Colectiva Capítulo VII Fecha de Presentación
Taller de Marcas. Guía Capítulo VIII Estudio de los Anexos a. Anexos Obligatorios a.1 Comprobante de Pago a.2 Reglas de Uso de una Marca Colectiva a.3 Documento que Acredite la Legal existencia de una asociación o sociedad. a.4 Reglas sobre el Uso de la Copropiedad a.5 Fe de Hechos
Taller de Marcas. Guía Continúa Estudio de los Anexos B. Anexos Opcionales b.1 Hojas adicionales en el Apartado 10 y 13 b.2 Poder Capítulo IX Tramites Secundarios A. Cambios de Domicilio B. Acreditamiento De Personalidad C. Transmisión de Derechos D. Licencias de Uso/Franquicias
Taller de Marcas. Guía Capítulo X Resolución de Examen de Forma A. Abandono B. Desechamiento B.1 Solicitud B.2 Promociones C. Desistimiento D. Visto Bueno de Examen de Forma
Taller de Marcas. Fondo Una vez obtenido el visto bueno de examen de forma, el expediente de solitud o registro será turnado al examen de fondo. El examen de fondo consistirá en el estudio de la solicitud propuesta para que cumpla con los demás requisitos de registrabilidad. Esto es, que no haya anterioridades oponibles o impedimentos legales para que se pueda otorgar su registro.
Taller de Marcas. Fondo En dado caso que al realizar el examen de fondo el IMPI encuentre anterioridades y/o impedimentos emitirá un oficio con el resultado del mismo, a lo que el solicitante tendrá un plazo de dos meses para manifestar lo que a su derecho convenga. (Arts. 122, 122 bis, 123 de la LPI. A partir de este momento pueden existir varios escenarios.
Taller de Marcas. Fondo a. Contestar el oficio b. Modificación o sustitución de marca, que se sujetará a un nuevo trámite. c. La presentación de algún procedimiento administrativo. (Se suspenderá el trámite hay que pedir la suspensión).
Taller de Marcas. Registro Art. 125 y ss Concluido el tramite de la solicitud y satisfechos todos los requisitos, se expedirá el título. En caso de que niegue el registro lo comunicará por escrito el IMPI.
Taller de Marcas Fin Muchas Gracias!