Reglamento de los Encuentros Nacionales de Estudiantes de Matemáticas



Documentos relacionados
ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN

REGLAMENTO COMISIÓN DE FIESTAS Y EVENTOS DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES.

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD

REGLAMENTO DE ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE LEON

Reglamento de los Encuentros Nacionales de Estudiantes de Matemáticas

Reglamento de funcionamiento interno del Consejo de Alumnos de la Universidad de Sevilla

DIRECTRICES PARA LA ORGANIZACIÓN DE LAS JORNADAS DE GENÉTICA FORENSE DEL GHEP-ISFG

Reglamento de Régimen Interno de la Comisión de Extensión Universitaria

Hasta el 15 de septiembre debates pre-asamblearios. 15 de septiembre apertura de la asamblea ciudadana "Sí se puede"

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA

PREMIOS DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE FUNDACIONES

DOSSIER DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS RENOVACIÓN CONSEJOS ESCOLARES

La Red de Universidades Lectoras se organiza internamente en un Plenario, una Comisión Permanente y una Universidad Coordinadora.

Nº Delegados de Prevención

REGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.

ESTATUTOS SOCIALES DE [ ], S.A.

DISPOSICIONES GENERALES

ELECCIONES 2015 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA

REGLAMENTO SOBRE LAS PRACTICAS EN EMPRESAS ESCUELA UNIVERSITARIA POLITECNICA DE LA ALMUNIA DE DOÑA GODINA (ZARAGOZA)

Tipos de matrícula La Universidad de Huelva establece para las titulaciones de Grado las siguientes modalidades de matrícula:

PROTOCOLO DE COMUNICACIÓN PROCESO DE PRIMARIAS

Artículo 1. Convocatoria de Elecciones Generales al Claustro de la Universidad de Alcalá.

ESTATUTO RIU-SOL Red Internacional de Universidades que promueven el Software Libre I ORIGEN Y PRINCIPIO

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015

Disposiciones Vigentes de La Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife

CATEGORIA CADETE 2015 / 2016

MANUAL PARA EMPRESAS PRÁCTICAS CURRICULARES

NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I

Instrucciones para el desarrollo del Trabajo Fin de Grado en Biotecnología por la Universidad de Valencia

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL

SINDICATOS. Tipos de sindicatos que establece la ley Los que aquí se señalan no son excluyentes de otro tipo de sindicatos, que puedan conformarse.

ESTATUTOS DE LA FIAT/IFTA Versión Española - Mayo de 2007

AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN)

CONGRESO CONSTITUYENTE DEL SECTOR POSTAL DE FSC DE CCOO DE MADRID

REGLAS DE FUNCIONAMIENTO COMITÉ REGIONAL DE LA JUVENTUD COOPERATIVAS DE LAS ÁMERICAS IDENTIDAD Y DEFINICIONES

DIRECTRICES DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO EN COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL CURSO

Proceso de Desarrollo de Políticas de LACNIC Versión 2.0

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

PROPUESTA. A) Dejar sin efecto, en la parte no utilizada, el acuerdo undécimo de la Junta General de Accionistas celebrada el 25 de Junio de 2004.

En consecuencia, resuelvo:

A C U E R D O: REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD, DE TIZAPÁN EL ALTO, JALISCO. DISPOSICIÓN PRELIMINAR.

MANUAL EMPRESA PRÁCTICAS CURRICULARES

REGLAMENTO DE ADMISIÓN A ESTUDIOS DE GRADO DE MAYORES DE 40 AÑOS POR ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL

Becas para la participación y asistencia al IV Congreso sobre Comunicación Social de la Ciencia Madrid, 21, 22 y 23 de noviembre de 2007

REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE DOCTORADO

NORMATIVA PARA GRUPOS LOCALES DE SEO/BirdLife

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA ASOCIACION SOCIEDAD ESPAÑOLA DE HIPERTENSIÓN LIGA ESPAÑOLA PARA LA LUCHA CONTRA LA HIPERTENSIÓN ARTERIAL S.E.H. L.E.L.H.A.

PROYECTO DE LEY QUE PROTEGE A LAS ALUMNAS DE ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN SITUACIÓN DE EMBARAZO O MATERNIDAD.

REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CONSEJO SECTORIAL DE MEDIO AMBIENTE AYUNTAMIENTO SAN SEBASTIAN DE LOS REYES

ANEXO I PROGRAMA DE MOVILIDAD DE ACADÉMICOS Y GESTORES MÉXICO ARGENTINA (MAGMA)

Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales

PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE FORMACIÓN EN COACHING ESCOLAR (aecoes 2012)

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE LA SOCIEDAD CIVIL PARQUE METROPOLITANO DE SANTIAGO. Título I Del Consejo Nacional de la Sociedad Civil

«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS

3. En caso de estar especificado, el idioma extranjero exigido será el que se que contemple en la memoria de verificación del título.

PROPUESTA DE REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD

PROCEDIMIENTO PARA LAS VOTACIONES ELECTRÓNICAS POR CORREO ELECTRÓNICO Y EN PERSONA

MANUAL DE USUARIO DE LA APLICACIÓN DE ACREDITACION DE ACTIVIDADES DE FORMACION CONTINUADA. Perfil Entidad Proveedora

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN HONDUREÑA DE PSIQUIATRÍA

ESTATUTOS DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ESTUDIOS SOCIALES (I.V.E.S.)

MANUAL DE FUNCIONES DEL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (COPASST)

FIDEICOMISO PARA LA CINETECA NACIONAL

Coordinación de actividades empresariales

De conformidad con el informe formulado por el Consejo de Administración en virtud de lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital

RESOLUCION DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN DE ADULTOS, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA Facultad de Medicina ESCUELA DE PARTERAS ORDENANZA

REGLAMENTO INTERNO DEL PROGRAMA: Magíster en Ciencias de la Ingeniería Informática

FACULTAD DE COMERCIO Y TURISMO UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID PRÁCTICAS EN EMPRESAS PARA ESTUDIANTES DE GRADO

Instituto de Mediación Del Ilustre Colegio de Abogados de Jerez de la Frontera.

TÍTULO 1. ESTANCIA DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID EN UNIVERSIDADES EXTRANJERAS.

CONVOCATORIA FUNDACIÓN INOCENTE, INOCENTE 2015 DE AYUDAS PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN RELACIONADOS CON EL CÁNCER INFANTIL

Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL

REGLAMENTO DE LA CORTE DE ARBITRAJE DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE

SECRETARIOS/AS DE ORGANIZACIÓN DE LAS AGRUPACIONES MUNICIPALES Y DE DISTRITO

COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES 10.10

BEATRIZ BADORREY MARTÍN, SECRETARIA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA,

REUNIÓN DE ALTAS AUTORIDADES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS Y CANCILLERÍAS DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (RAADDHH) REGLAMENTO INTERNO

Territorios solidarios 4ª edición Preguntas frecuentes

NORMAS PARA EL PATROCINIO COMERCIAL DE LAS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN CONTINUADA DE LAS PROFESIONES SANITARIAS

Guía de Consulta para el Comité Paritario de Higiene y Seguridad

PROGRAMA DE MOVILIDAD INTERNACIONAL EMAC-UAC Embajadores Académicos en Universidades Asociadas por Convenio EDICIÓN 2014

REGLAMENTO CURSOS COOPERATIVOS

Capitalización o Pago Único de la prestación Contributiva 27 de agosto de Alberto Repullo

El nombramiento del CAM tendrá una duración de dos años, y sus funciones

Asunto: convocatoria de empresas privadas de la provincia de Pontevedra para participar en el II Plan de práctica laboral de la Diputación 2013

COMISIÓN MUJER Y DEPORTE ADAPTADO A LA DISCAPACIDAD FÍSICA (COMYDA)

PRE-INSCRIPCIÓN CURSOS TÉCNICOS DEPORTIVOS JULIO 2010

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

DISPOSICIONES GENERALES

CONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE

NORMATIVA DE EVALUACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobada en Consejo de Gobierno de 8 de febrero de 2013)

Agencia Tributaria. Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

NOTA SOBRE CONTENIDOS DEL REAL DECRETO DE DESARROLLO DEL ESTATUTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO

5. o. ASIGNATURA: PRACTICUM (Información general) (Código: ) 1. INTRODUCCIÓN 2. OBJETIVOS

REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS

2.- AMBITO DE ACTUACIÓN Los servicios de este contrato tendrán lugar en las instalaciones del Museo del Prado, Paseo del Prado s/n.

REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE UNIVERSIDADES CON TITULACIONES DE INFORMACION Y COMUNICACION

Transcripción:

Reglamento de los Encuentros Nacionales de Estudiantes de Matemáticas Artículo 1: Definición El Encuentro Nacional de Estudiantes de Matemáticas, en lo que sigue el ENEM, se entenderá como el congreso de la Asociación Nacional de Estudiantes de Matemáticas, en adelante la ANEM. Durante el transcurso de cada ENEM, tendrá lugar una Asamblea General Ordinaria de la ANEM, coincidiendo en fecha y lugar con él y garantizándosele un espacio temporal y físico necesario y suficiente para el desarrollo de sus fines, reservado a fin de que no se solape con ninguna otra actividad del encuentro. Artículo 2: Periodicidad, duración, oferta mínima de plazas y modalidades de inscripción a. Los ENEM se celebrarán anualmente en época estival, entre la segunda quincena de julio y el inicio del siguiente curso académico, con el objeto de evitar conflictos con períodos de exámenes y facilitar así la asistencia al mismo, siendo las fechas, en todo caso, consensuadas con la Junta Directiva. En caso de cambios generalizados en los calendarios de exámenes habituales podrá modificarse este rango de fechas de celebración. b. Es conveniente que la duración de los ENEM sea superior a 4 noches, garantizando, en todo caso, la duración necesaria para que la Asamblea General Ordinaria de la ANEM pueda desarrollarse con normalidad. c. La admisión de los participantes en el ENEM se realizará en tres fases: 1. Se abrirá un primer plazo de inscripción en el que se admitirá 3 representantes por delegación de estudiantes socia de la ANEM, así como 10 miembros asociados de la ANEM por universidad. El resto miembros asociados de la ANEM no admitidos en esta primera fase pasarán a una lista de espera. 2. Si después de la primera fase quedan plazas libres, se admitirá a las personas que estén en la lista de espera en el siguiente orden: primero el undécimo inscrito de cada universidad (entre estos por orden de inscripción), luego el duodécimo y así hasta que no queden plazas o no quede nadie en la lista de espera. 3. Si después de la segunda fase quedan plazas libres, se abrirá un segundo plazo de inscripción abierto en el que se admitirá por orden de inscripción. d. En cada ENEM, se ofrecerán, necesariamente, las siguientes modalidades de inscripción: 1. ENEM completo con alojamiento: Este tipo de inscripción da derecho al alojamiento, pensión completa y a toda aquella actividad que se programe en el transcurso del ENEM durante la duración completa del mismo, incluyendo la Asamblea General Ordinaria de la ANEM.

2. ENEM completo sin alojamiento: Este tipo de inscripción da derecho a toda aquella actividad que se programe en el transcurso del ENEM, durante la duración completa del mismo, incluyendo la Asamblea General Ordinaria de la ANEM, exceptuando el alojamiento y las comidas que no se enmarquen dentro de las actividades o itinerarios específicos del ENEM. 3. Asistencia a la Asamblea General Ordinaria de la ANEM: Este tipo de inscripción da derecho a la asistencia a la Asamblea General Ordinaria de ANEM y, si cabe, a alguna actividad que se considere relevante para su correcto desarrollo. El Comité Organizador sugerirá alojamiento a quienes se inscriban en esta modalidad. Artículo 3: Sede: Artículo 3.1: Presentación de candidaturas a sede: a. La Junta Directiva de la ANEM deberá promover la presentación de candidaturas. b. Las candidaturas a sede del ENEM deberán presentarse con al menos 2 días de antelación a la Asamblea General Ordinaria interanual celebrada el año anterior al del ENEM (esto es, a año y medio vista), siendo conveniente el haber anunciado la intención de tal presentación con suficiente antelación. El modo de presentación de esta candidatura será informar vía correo electrónico a la Junta Directiva de la ANEM, haciendo constar en el correo de la existencia de un equipo de al menos tres personas que formarían el comité organizador en caso de que su candidatura resultara la elegida. Esta composición inicial del comité no tiene por qué ser la definitiva. c. La ANEM se encargará de dar difusión a estas candidaturas entre sus miembros asociados mediante correo electrónico. d. Se deja libertad a las sedes potenciales de crear sitios web o perfiles en redes sociales para respaldar sus candidaturas. Los enlaces a los mismos, de existir, serán difundidos por la ANEM en los correos electrónicos antes citados. e. En el caso de no haber candidaturas, la Junta Directiva podrá organizar alguna conferencia durante la fecha de la Asamblea General Ordinaria convocada en la época estival. Artículo 3.2: Elección de la sede: La sede será elegida por los miembros representantes de cada universidad de cara a la ANEM en la Asamblea General Ordinaria interanual celebrada el año anterior al del ENEM (esto es, a año y medio vista). Cada representante tendrá total libertad a la hora de establecer los criterios que pesen a la hora de emitir su voto. Las sedes no elegidas podrán quedar como suplentes ante posibles eventualidades que pudiesen darse. Artículo 3.2.1: Sistema de votación:

Las candidaturas se votarán en un sistema de descarte: Se realiza una votación entre las candidaturas existentes. En caso de que alguna de ellas gane por mayoría absoluta, queda seleccionada. Si ninguna obtiene mayoría absoluta, se volverá a realizar la votación con todas las candidaturas excepto la menos votada, y se repite el proceso hasta que en alguna vuelta una candidatura gane por mayoría absoluta. Artículo 4: Comité organizador El ENEM de cada año será organizado por el correspondiente comité organizador de la candidatura que resulte elegida en virtud del sistema que se establece en el artículo 3 del presente reglamento. En su labor organizativa, el comité será asistido por el equipo directivo de la ANEM y/o por las personas que dicho equipo determine para ese fin. Artículo 4.1: Estructura del comité organizador: El comité organizador deberá estar constituido por al menos 3 personas. Se concede plena libertad a dicho comité organizador para dotarse de estructura propia acorde a su composición. Artículo 4.2: Funciones y obligaciones del comité organizador: El Comité organizador tendrá las siguientes funciones: a. Coordinar el alojamiento y la manutención de los asistentes. b. Organizar las actividades matemáticas (conferencias, talleres), culturales (visitas, excursiones) e institucionales (por ejemplo, las que pudiesen derivarse de convenios con otras organizaciones) del ENEM. c. Optimizar los costes de inscripción para los asistentes al encuentro. Para esto será conveniente conseguir patrocinadores para el mismo. La Junta Directiva de la ANEM mantendrá un archivo de patrocinadores que pondrá a disposición del comité organizador del ENEM. d. El comité deberá estar en contacto con la Junta Directiva de la ANEM, mediante los medios que ambas partes estimen oportunas. e. El comité, o alguno de sus miembros, y la ANEM, o a quien su Junta Directiva designe con dicha finalidad, deberán constituir la cara visible del ENEM ante los medios de comunicación y ante los participantes al encuentro. f. El comité, o alguno de sus miembros, deberá presidir los actos que se desarrollen durante el ENEM. g. El comité deberá velar por el cumplimiento de los estatutos y convenios de la ANEM tanto durante el proceso de preparación del ENEM como durante su celebración, así como por no perjudicar de manera alguna la imagen y/o los intereses de la ANEM con

sus actos. Es decir, el comité deberá cumplir y hacer que se cumpla el código ético derivado de los fines de la ANEM. h. El comité deberá dar parte de las cuentas derivadas de la organización del ENEM a la Junta Directiva de la ANEM cuando les sea solicitado. Artículo 5: Derechos y deberes de los asistentes al ENEM Artículo 5.1: Derechos de los asistentes: a. Solicitar un certificado de asistencia y aprovechamiento del encuentro siempre que se encuentre en condiciones para ello. b. Solicitar una factura del coste del encuentro. Artículo 5.2: Deberes de los asistentes: a. Seguir las directrices dadas por el comité organizador. b. Cumplir los deberes establecidos en los estatutos y los convenios de la ANEM. Artículo 6: Difusión del encuentro El comité organizador creará, al menos, un espacio web con el que dar publicidad al congreso. En dicho espacio deberá figurar: 1. El lugar de celebración del encuentro y los miembros del comité organizador. 2. Las actividades previstas para el encuentro. 3. Las condiciones de inscripción. 4. Los patrocinadores. 5. La información básica sobre el ENEM, y la ANEM (o, en su defecto, enlaces a dicha información). 6. Enlace a la página web de la ANEM. También se crearán perfiles en las principales redes sociales al efecto de facilitar la interacción entre los participantes antes y después del encuentro y también como método adicional para publicitar el mismo. La ANEM procurará que el encuentro sea publicitado también por las organizaciones con las que tenga convenios. Artículo 7: Actividades del ENEM La cantidad de actividades actividades programadas durante el transcurso del ENEM destinadas a la formación y divulgación matemática deberá estar consensuada con la Junta Directiva de la ANEM.

Durante el transcurso de cada ENEM tendrá lugar una Asamblea General Ordinaria de la ANEM. Dicha Asamblea deberá ser la única actividad programada durante al menos el tiempo estimado (en función de los puntos del orden del día) que dure la misma. Artículo 8: Aprovechamiento del ENEM La organización de forma conjunta con la Secretaría General de la ANEM expedirá un certificado acreditando la asistencia de los participantes al ENEM siempre que hayan asistido a un mínimo de actividades del mismo. El establecimiento de dicho mínimo para cada modalidad de asistencia se llevará a cabo de forma consensuada por el comité organizador y por la Junta Directiva de la ANEM. En dichos certificados figurará la modalidad de asistencia. El comité organizador, asimismo, se encargará del control de la asistencia a las actividades. Artículo 9: Igualdad de derechos No se discriminará ni se dará preferencia de asistencia a unos estudiantes frente a otros por motivos de raza, sexo, religión, condición social o física, centro de procedencia o por cualquier otro condicionante discriminativo, y siempre respetando lo establecido en el artículo 2. Artículo 10: Desistimiento en la organización En caso de que, por causas de fuerza mayor, el comité organizador del ENEM no pueda finalmente organizarlo, la celebración o no de dicho ENEM quedará en manos de la Junta Directiva de la ANEM.