ATRIBUCIÓN CULTURAL Hierro I (S) Plenomedieval Cristiano (S) TIPOLOGÍA Yacimiento sin diferenciar Lugar cultual: Santuario, Ermita Bajomedieval Cristiano (S) DESCRIPCIÓN El yacimiento Santa Cruz fue incluido en el Inventario Arqueológico de Valladolid en la campaña de 1994, efectuada por la Universidad de Valladolid. El enclave se identificó en superficie por la aparición de abundante material cerámico, lítico y constructivo, que actualmente se encuentra depositado en el Museo de Valladolid. Además, en una fotografía realizada en 1993 por la arqueóloga I. Centeno Cea e incluida en la ficha de inventario de este enclave redactada en 1994, se evidenció un crecimiento diferencial del cereal. Según la información obtenida de la correspondiente ficha del Inventario Arqueológico de Valladolid, desde el punto de vista geográfico se encuentra en la transición entre el fondo del valle del Arroyo Botijas y las primeras cuestas del Páramo de Campaspero, de ahí que se extienda tanto por tierras llanas con suaves alomamientos, como por la ladera oriental del Cerro del Castillo. Estos terrenos están dedicados al cultivo de cereal y viñedo, ofreciendo buena visibilidad de la superficie. Este hecho favoreció la prospección de 1994, documentándose abundante material (cerámico, lítico y constructivo), perteneciente a diferentes épocas. Un primer lote, compuesto por cerámicas elaboradas a mano junto con un canto trabajado de cuarcita, permite un encuadre cronológico preciso dentro de la Primera Edad del Hierro. Este núcleo tiene una ubicación muy concreta en el extremo noroccidental del área general, coincidiendo con la ladera este del Cerro del Castillo, no viéndose afectado por la reciente construcción del cementerio municipal. Los materiales en él documentados son tanto constructivos (tejas, ladrillos y calizas) como cerámicos (piezas elaboradas a torno entre las que se identifican algunas ollas de factura tosca, así como platos y vasos pertenecientes a la vajilla de mesa y cubiertas de engobe característico de las producciones Duque de la Victoria), permitiendo una adscripción cronológica a épocas pleno y bajomedieval. En cuanto a los materiales pertenecientes a época histórica, sus rasgos definitorios parecen claros, así como las referencias documentales y bibliográficas de la zona, ya que el medievalista Salvador Repiso Cobo señala en su tesis doctoral que quizá pueda tratarse de una ermita documentada ya en el siglo XIV en esa zona, aunque también indica que posiblemente hubiera un poblado en torno a ella, información recogida en la pertinente ficha del Inventario Arqueológico. Tras la supervisión efectuada en el mes de enero de 2009 para la elaboración del presente Catálogo, que será incluido en la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Peñafiel, se ha podido atestiguar la presencia de restos constructivos diseminados por el entorno, así como restos cerámicos que avalan los datos aportados por la correspondiente ficha del Inventario Arqueológico de Castilla y León. Además, se pudo constatar la presencia de abundantes vertidos contemporáneos derivados de la proximidad del núcleo urbano de Peñafiel. EXTENSIÓN COORDENADAS GEOGRÁFICAS U.T.M. 19,684 Has. 41º 35 52 4º 6 27 Área del yacimiento: 1.- X= 407505 / Y= 4605993 2.- X= 407697 / Y= 4606072 3.- X= 408040 / Y= 4605847 4.- X= 407699 / Y= 4605541 5.- X= 407465 / Y= 4605795
SITUACIÓN URBANÍSTICA Datos tomados de la Oficina Virtual del Catastro (http://ovc.catastro.meh.es/) Polígono 6, parcelas 9, 11 a 19, 5058 y 5059. SITUACIÓN JURÍDICA Propiedad privada. PROCEDENCIA DE LA INFORMACIÓN. ACTUACIONES ARQUEOLÓGICAS. BIBLIOGRAFÍA Actuaciones arqueológicas Inventario Arqueológico de Castilla y León. Provincia de Valladolid - Campaña de 1994 (Universidad de Valladolid). ESTADO DE CONSERVACIÓN El enclave está afectado por el habitual laboreo agrícola USOS DEL SUELO CLASIFICACIÓN DEL SUELO Tierras de Labor Suelo Rústico con Protección Cultural (S.R.P.C.). CATEGORÍA / TIPO DE BIEN NIVEL DE PROTECCIÓN Yacimiento Arqueológico GRADO 2 (parte del área delimitada del yacimiento Santa Cruz se encuentra dentro del ámbito del Conjunto Histórico de Peñafiel, Bien de Interés Cultural)
CRITERIOS DE INTERVENCIÓN Los terrenos sobre los que se asienta el enclave tienen la calificación de Suelo Rústico con Protección Cultural, por lo que los usos del suelo permitidos se ajustarán a lo establecido en la normativa para esta categoría de suelo (art. 56 y 64.2 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero). En los lugares arqueológicos incluidos en suelo rústico con protección cultural no deberán autorizarse usos excepcionales que puedan suponer un detrimento de los valores que han motivado su protección cultural (art. 92. 2.3 del Decreto 37/2007, de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León). El nivel de protección establecido para este enclave es de GRADO 2, que es el aplicado a los enclaves arqueológicos en los que la presunción de la existencia de restos arqueológicos en el subsuelo es grande, siendo necesaria una valoración o estimación de la importancia arqueológica de los mismos y la concreta determinación de su alcance espacial. Supone que, de forma previa a las obras que sean autorizables de acuerdo a las vigentes leyes de Urbanismo y Patrimonio Cultural, y siempre con el correspondiente permiso oficial de la administración competente en materia de Cultura, deberá ejecutarse una excavación de sondeos comprobatorios y valorativos, con la adecuada metodología arqueológica. El número y las dimensiones de estos sondeos variarán en función de las características del enclave y de la obra que los motive y se dispondrán dentro del espacio afectado de forma que a través de ellos pueda obtenerse la mayor información posible acerca de la riqueza arqueológica del enclave. La metodología con la que se realicen (mecánica, manual, mixta) se determinará tomando en cuenta las circunstancias particulares de cada caso, siempre de acuerdo con los Servicios Técnicos de Arqueología de la Junta de Castilla y León. En todo caso, los planteamientos técnicos y la metodología que ha de emplearse en la ejecución de estos sondeos se expondrán en la correspondiente propuesta de intervención arqueológica que deberá ser redactada por un técnico arqueólogo y aprobada por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural. Si los resultados obtenidos en los sondeos comprobatorios indicaran que los vestigios arqueológicos continúan más allá del espacio demarcado como yacimiento o entorno de protección, las dimensiones de este espacio se ampliarán, haciéndose extensiva la protección de Grado 2 a la nueva superficie delimitada. Si los restos exhumados en los sondeos son de una importancia arqueológica elevada, será precisa la completa excavación en área del espacio afectado por las obras e, incluso, si fuera procedente a la luz de la importancia de los restos exhumados, el cambio de su nivel de protección al Grado 1. En el caso de que los restos documentados en los sondeos no hagan necesaria una excavación en área de la zona afectada por las obras, será preceptiva la realización del control arqueológico de las remociones de tierra que se efectúen en el espacio al que se había atribuido una protección de Grado 2. Este control deberá ser llevado a cabo por un técnico arqueólogo y posibilitará la documentación de restos arqueológicos ubicados en zonas no sondeadas y que pudieran ponerse al descubierto con las remociones de tierra que traerá consigo la obra. ELABORACIÓN DE LA FICHA STRATO, S. L.
LOCALIZACIÓN M.T.N.E., HOJA Nº 374-I Peñafiel LOCALIZACIÓN EN EL PLANO PARCELARIO 1 2 Santa Cruz 5 3 4
FOTOGRAFÍA 1 1.- Borde meridional del enclave Santa Cruz sobre un pequeño alomamiento dedicado al cultivo de viñedo; 2.- Ladera oriental del Cerro del Castillo en cuyo pie se localizaron las evidencias de cronología prehistórica. 2
FOTOGRAFÍA Panorámica del área central del yacimiento, desde el sur y desde el este, respectivamente.