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FACULTAD DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE RESOLUCIÓN C.D. Fa.E.A. Nº178 NEUQUÉN, 20 de noviembre de 2014 VISTO: El proyecto de Reglamento Interno de la Facultad de Economía y Administración, que establece el procedimiento para el Llamado a Inscripción de Auxiliares Docentes Interinos, elaborado por la Tec. Patricia Panguilef,; y CONSIDERANDO: Que por Ordenanza N 0691/89 se aprueba el Reglamento de designación del personal docente interino, estableciendo los pasos estrictamente administrativos y referentes a la designación; Que no existe en esta Facultad una reglamentación interna de Llamado a inscripción para la provisión de cargos de Auxiliares de Docencia que establezca el proceso de Concurso; Que la propuesta presentada establece el procedimiento para la Designación de Ayudantes Alumnos o de Segunda, salvando el vacío normativo sobre la temática; Que es necesario reglamentar los mecanismos de acceso a dichos cargos a fin de contar con un régimen unificado de todos los Departamentos Académicos, para la designación de ayudantes de segunda en el ámbito de la Facultad de Economía y Administración; FUNDAMENTACIÓN: Docentes Interinos son aquellos Auxiliares de Docencia designados por tiempo determinado, cuando ello es imprescindible y mientras se sustancien los Concursos Regulares respectivos, ya que el objetivo de la Universidad Nacional del Comahue debe ser la regularización de su planta docente. Serán designados por el Consejo Directivo, con carácter estrictamente temporal ya que la figura del Docente Interino como tal, tiende a dar respuesta a requerimientos específicos y puntuales de coyuntura que permitan el normal desarrollo de las actividades académicas de docencia. Ante la diversidad de modalidades que se dan dentro de la Universidad Nacional del Comahue y de la Facultad de Economía y Administración, se hace necesario reglamentar el procedimiento para el acceso al cargo interino, con el fin de buscar la alternativa que ponga en pie de igualdad a los postulantes, en función de la evaluación de los antecedentes académicos y prueba de oposición. Que la Comisión de Docencia y Asuntos Estudiantiles e Interpretación y Reglamento, emitió despacho aconsejando aprobar el Proyecto presentado; Que el Consejo Directivo, en su sesión ordinaria del día 20 de Noviembre de 2014, trató y aprobó por unanimidad los despachos de las Comisiones: Por ello; EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1 : APROBAR el Reglamento de Llamado a Inscripción para la cobertura de cargos de Ayudantes Alumnos o Ayudantes de Segunda de la Facultad de Economía y Administración y que como anexo único se adjunta a la presente.- ARTÍCULO 2 : COMUNICAR a los Directores de los distintos Departamentos Académicos de esta Unidad Académica, de lo resuelto en la presente. ARTÍCULO 3 : REGISTRESE, comuníquese y archívese

ANEXO I REGLAMENTO PARA EL LLAMADO A INSCRIPCIÓN DE AUXILIARES DOCENTES INTERINOS DEL PROCEDIMIENTO: ARTICULO 1 : Para cubrir los cargos de Auxiliares Docentes Interinos, el Director del Departamento respectivo con el aval de la Secretaría Académica, solicitará autorización al Consejo Directivo de la Unidad Académica para el llamado a inscripción de los cargos que no se pueden cubrir dentro del Departamento con los docentes existentes. Las características de los cargos a concursar, serán establecidas en función de las necesidades y disponibilidad presupuestaria de la Unidad Académica y del Departamento. ARTICULO 2 : El llamado a Inscripción se difundirá a través de carteleras en la Unidad Académica, a través de la página web de la Facultad, de Prensa de la Universidad Nacional del Comahue y otros medios de comunicación masivos. De considerarse pertinente por parte del Consejo Directivo se publicará como mínimo un día en un diario regional. La inscripción se realizará durante cinco (5) días hábiles, pudiéndose modificar el plazo de inscripción, previa autorización de la Secretaría Académica. Deberá contener las siguientes especificaciones: a) Nombre de la asignatura b) Localización donde deberán realizarse las tareas docentes. c) Número de cargos a cubrir, categoría y dedicación. d) Carácter de la designación interina. e) Fecha y cierre de la inscripción. f) Lugar donde se reciben las inscripciones con indicación expresa de horario. ARTICULO 3 : La inscripción deberá efectuarse por escrito, mediante el formulario de inscripción, que figura como Anexo del presente Reglamento. Deberá mencionar el cargo al que se aspira y asignatura en la que se inscribe. Irá acompañada del Curriculum Vitae del postulante que incluirá la siguiente información, la que tendrá carácter de declaración jurada: a) Datos personales, conjuntamente con el domicilio legal constituido. b) Títulos obtenidos, indicando denominación, institución que los expidió y fechas en las que fueron obtenidos. c) Cargos docentes desempeñados, especificando tipo, dedicación, asignatura, institución y carácter de la designación. d) Asistencia a cursos y otros estudios realizados afines con la materia a la que se presenta, indicando titulo, carácter (teórico y/o práctico), contenidos, institución que lo organizó, número de horas, existencia o no de evaluación e) Dictado de cursos, con las mismas precisiones que el inciso d),indicando además el tipo de participación en los mismos. f) Otros antecedentes de interés. Toda la información del Curriculum Vitae deberá estar acompañada de las certificaciones respectivas. En el caso que el postulante sea o haya sido docente de la Unidad Académica y tenga legajo docente en la Unidad Académica, bastará con presentar la documentación faltante o actualizada para su confirmación por parte del Departamento Docente, pero en todos los demás casos deberán presentarse las constancias correspondientes. No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad a la clausura del plazo de inscripción. ARTICULO 4 : Requisitos de Inscripción: a) Se establece que se llamará a inscripción para Asistentes de Docencia Encargados de Cátedra cuando dentro de los Departamentos Académicos no sea posible cubrir las asignaturas con los profesores existentes. Los aspirantes a cubrir cargos de Encargados de Cátedra deberán ser o haber sido designados en alguna ocasión Asistentes de Docencia regular o Asistente interino en el área, según art 13 de la Ord. 691/89 y deberán acompañar a la documentación solicitada una propuesta del Programa de la Materia y el material de cátedra que considere pertinente para su evaluación. En caso de no existir aspirantes en las condiciones de este inciso a cubrir cargos de Asistentes de Docencia

encargados de cátedra, se solicitara al Consejo Directivo la excepción a estos requisitos. b) Se establece que para la cobertura de cargos de Asistentes de Docencia, se deberá tener en cuenta al momento de la inscripción que el postulante sea o haya sido designado anteriormente como Ayudante de Primera regular o Ayudante de primera interino según lo establece el art 10 de la Ord. 691/89. Los aspirantes que se postulen para cubrir cargos de Asistentes de Docencia deberán acompañar a la documentación enunciada, una propuesta de trabajo docente consistente en una planificación de trabajos prácticos correspondientes a una unidad de la asignatura para la que se inscribe. c) Los aspirantes que se postulen para cubrir cargos de Ayudantes de Primera no deberán anexar ninguna propuesta, y no se solicitará requisito alguno de inscripción referente a designaciones previas. ARTICULO 5 : Para poder ser designado Ayudante de Primera se requiere poseer título universitario según art 9 de la Ord. 691/89 y otro si lo hubiere. El aspirante no debe estar comprendido en las causales de inhabilitación para el desempeño de cargos públicos. ARTICULO 6 : El Jurado encargado de evaluar los antecedentes de los aspirantes y la clase de oposición, será designado Ad-Honorem por Disposición del Decano de la Fa.E.A., a fin de agilizar los tiempos. El mismo estará integrado por tres (3) miembros titulares: dos (2) profesores regulares del Departamento a propuesta del Director del Departamento respectivo y un estudiante. De los dos profesores, al menos uno deberá ser del Área a la que pertenece la materia del cargo a cubrir. El estudiante será propuesto por el Centro de Estudiantes de la Fa.E.A, deberá ser alumno regular, tener aprobado cómo mínimo el 50% de las materias que componen su plan de estudio, incluyendo la materia objeto del concurso. En el caso que no existan estudiantes que tengan aprobada la asignatura, se considerará una asignatura con contenidos equivalentes. Adicionalmente se designará un jurado profesor suplente a propuesta del Director del Departamento, el cual podrá suplantar a cualquiera de los tres miembros titulares en caso de ausencia. Cualquier excepción a este artículo deberá ser autorizado por el Consejo Directivo. ARTICULO 7 : El Departamento Docente conjuntamente con la Secretaría Académica, previa consulta a los miembros del Jurado fijará: Lugar, fecha y hora de la constitución del Jurado, para el examen del conjunto de antecedentes de los aspirantes, entrevista personal y exposición del tema sorteado. ARTICULO 8 : El Jurado designado a tal fin, examinará en forma minuciosa los antecedentes presentados por parte de los aspirantes. En los casos de cargos con mayor dedicación se deberá tener en cuenta en forma particular los antecedentes de investigación, formación profesional o equivalente, participación en proyectos de extensión universitaria y/o proyectos institucionales según el carácter del cargo a cubrir. Si el concursante posee actividad docente en la Facultad, el Departamento al cual pertenece deberá facilitarles al jurado los informes de cátedra. De existir otros antecedentes que a juicio del Jurado merezcan ser destacados, deberá dejarse constancia de ello. ARTICULO 9. La prueba de oposición tendrá lugar como mínimo setenta y dos (72) horas después de efectuado el sorteo de temas correspondiente. El postulante no podrá ser interrumpido durante su exposición; finalizada ésta el Jurado podrá formular preguntas sobre el tema y no podrá ser presenciada por el resto de los aspirantes. La realización de entrevistas personales, serán posteriores a la realización de la prueba de oposición. ARTICULO 10 : El Jurado deberá establecer la duración de la prueba de oposición, la que no podrá ser mayor a (20) veinte minutos y consistirá en una exposición oral del tema sorteado, según el cargo a cubrir, ya que para los cargos de Ayudantes de Primera o Asistentes de Docencia la exposición será práctica, mientras que para los Encargados de Cátedra la exposición será teórica. En relación con el sorteo, el jurado fijará tres temas para el sorteo y los colocarán en un sobre que cerrarán y firmarán al dorso. En el momento del sorteo se asignarán números a cada uno de ellos; y se sorteará sólo uno, sobre el que deberán exponer todos los aspirantes. El sorteo se efectuará en presencia del Secretario/a Académico/a o Director de Departamento o de quien él designe y de los aspirantes que concurriesen al acto. ARTICULO 11 : La propuesta del Jurado deberá ser explícita y debidamente fundada y el acta correspondiente contendrá la evaluación de los siguientes elementos de juicio: a) antecedentes y títulos. b) prueba de oposición. c) entrevista personal.

d) evaluación de las propuestas docentes presentadas en el momento de la inscripción. e) demás elementos de juicio considerados. La ponderación obtenida en cada uno de los ítems será de carácter reservada, conocida solo por el jurado y por el concursante si así lo solicitare. La propuesta no podrá omitir el orden de postulantes propuesto encabezado por el (los) aspirante(s) propuesto(s) para ocupar el/los cargo(s). De no darse unanimidad, se consignará que es por mayoría. El Jurado deberá determinar el orden de mérito de los aspirantes indicando la categoría que puede ocupar, sin perjuicio de excluir de la nómina a los que considere que carecen de mérito suficiente para aspirar al cargo. Cuando a juicio del Jurado, todos los aspirantes estén en esta última situación se podrá aconsejar que se declare desierto el llamado a inscripción. ARTICULO 12 : El dictamen del Jurado estará a disposición de todos los inscriptos en Secretaria Académica. El orden de mérito que surja de cada concurso tendrá una validez de 1 (un) año a partir de la fecha del acta de concurso. ARTICULO 13. El Decano elevará al Consejo Directivo de la Facultad el orden de mérito propuesto por el Jurado. ARTICULO 14 : El Consejo Directivo podrá solicitar al Jurado ampliación o aclaración del dictamen en cuyo caso, el Jurado deberá expedirse dentro de los cinco (5) días de tomada en conocimiento la solicitud. ARTICULO 15 : El Consejo Directivo podrá anular el llamado a inscripción cuando se registren defectos en el procedimiento legal no subsanables, con las aclaraciones contempladas en el Artículo anterior. ARTÍCULO 16 : La designación del Personal Docente Interino, deberá regirse en un todo de acuerdo con la Ordenanza N 0691/89, la Ordenanza N 492/91 que establece el Régimen de Obligaciones del Personal Docente y todo normativa vigente al momento de su designación. ARTICULO 17 : Salvo indicación en contrario, todos los términos establecidos en este procedimiento se computarán por días hábiles. ARTÍCULO 18 : Toda cuestión no prevista que se presente en la interpretación o aplicación de estas normas, será resuelta por el Consejo Directivo.

Sr. Decano de la Fa.E.A: UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE FACULTAD DE ECONOMIA Y ADMINISTRACIÓN Solicitud de Inscripción para cubrir cargos de Auxiliares de Docencia Interinos Solicito ser inscripto/a en: Departamento: Area: Orientación: Asignatura:. Cargo Docente: Dedicación: Fecha de Inscripción: DATOS PERSONALES: Apellido y Nombre: Lugar y fecha de nacimiento: Nacionalidad: (En caso de ser extranjero presentará certificación de residencia permanente den la Argentina Decreto 1023/94, art. 96, Ley Nacional de Migraciones). DNI. N : Domicilio: (consignar código postal y localidad) Teléfono: ( ) Email: Detalle de la Documentación presentada (deberá consignarse sí o no) Curriculum Vitae Títulos Obtenidos: Certificados de Cursos, Seminarios, Congresos, Publicaciones, etc. Plan de Actividad Docente: Plan de Actividad de Investigación: Plan de Actividad de Extensión: Otra Documentación (antecedentes que considere de valor y relevantes para el cargo objeto del concurso): Declaración Jurada: En la ciudad de Neuquén, a los días del mes de DECLARO no estar comprendido en las causales establecidas como inhabilitación para ejercer cargos públicos. La presente, tiene carácter de DECLARACIÓN JURADA. Firma: Aclaración: