Aspectos Constitucionales y Panorama Legislativo

Documentos relacionados
Balance Legislativo Poder Ejecutivo Senado

DIRECCIÓN DE PROFESIONALIZACIÓN Y CAPACITACIÓN DEL SERVIDOR PÚBLICO LOCAL

ANTECEDENTES. política:

Federalización Administrativa en el Sector Rural.

Ejes Estratégicos y Programas con Prioridad Nacional

REACTIVOS SOBRE LEY GENERAL DE EDUCACION] Ley General de Educación PROFESOR(A):

V. EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO (CÓMO MEDIMOS LOS AVANCES, LA RENDICIÓN DE CUENTAS COMO PARTE DEL PROCESO DEMOCRÁTICO).

Agenda para el Desarrollo Estatal (ADE)

Gobierno del Estado de Puebla. Presupuesto Ciudadano

III. Lista de Subsecretarías y Direcciones generales que se relacionan con la empresa 31

SUBSECRETARÍA DE EGRESOS M ANUAL DE CONTABILIDAD GUBERNAM ENTAL PARA EL PODER EJECUTIVO FEDERAL

CLASIFICADOR POR TIPO DE GASTO

Plan Nacional de Desarrollo:

LA ADOPCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA ARMONIZACIÓN CONTABLE

CURRÍCULUM VITAE ANTONIO IGNACIO MATUTE GONZÁLEZ. NOMBRE: FECHA DE NACIMIENTO: 24 DE MAYO DE 1977 CÉDULA PROFESIONAL:

LA ACTIVIDAD DEL CONACYT POR ENTIDAD FEDERATIVA. Jalisco

Reformas Estructurales

ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO MEXICANO MTRO. LUIS ALFONSO RAMOS PEÑA

HONORABLE ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Modernización Municipal

Marco Jurídico de la Comunicación

XIII. Las demás que determinen otras disposiciones jurídicas aplicables o le delegue el Secretario.

La Experiencia de la Provincia de Buenos Aires

Centro Subregional Sudamericano de Capacitación n y Transferencia de Tecnología, en el marco del Convenio de Basilea.

Sistema Nacional de Investigación en salud en Perú

CEFP / 018 / 2016 Agosto 4, 2016

INE/JGE96/2016 ANTECEDENTES

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

INSTITUTO PARA EL DESARROLLO TÉCNICO DE LAS HACIENDAS PÚBLICAS ORGANISMO PÚBLICO DEL SISTEMA NACIONAL DE COORDINACIÓN FISCAL

Ley de Asociaciones Público-Privadas para el Estado de Tabasco

METAS Y OBJETIVOS DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

El Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica en México

Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo EL PROGRAMA CYTED

FORO DE REGULACIÓN DE ENERGÍAS RENOVABLES

Estructuración de proyectos de Ciencia, Tecnología e Innovación para acceder a beneficios tributarios

ACUERDO ADMINISTRATIVO, QUE CREA EL INSTITUTO NAYARITA DE ALFABETIZACIÓN DE LENGUAS EXTRANJERAS

PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

Unidad 5. La ciencia del derecho administrativo y las ramas especializadas que tienden hacia su autonomía.

24 de junio de

REGLAMENTO DE AUTOCONTROL COOPERATIVO DECRETO SUPREMO N TR

ENERGÍA RENOVABLE Y EFICIENCIA FRONTERIZAS

Diplomado para la Formación del Asesor-Auditor de Calidad de la UAN.

AGENDA LEGISLATIVA CONGRESO DE AGUASCALIENTES 1 LXI Legislatura Del 15/XI/10 al 14/XI/13

Series Históricas del Gasto en Ciencia, Tecnología e Innovación en México

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

Luisa María Calderón Hinojosa Senadora de la República

AYUNTAMIENTO MUNICIPAL HUAZALINGO, HIDALGO.

Derecho Económico ADR II. Licenciatura. 1 de Junio 2004

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE CURTINCÁPAC

Misión. Visión. Organización. Antecedentes. Funciones

CREA COMISION ASESORA PRESIDENCIAL PARA LA COOPERACION INTERNACIONAL EN REGIONES. Santiago, 11 de junio de Nº 368 VISTOS :

SEMINARIO GERENCIA Y BUEN GOBIERNO PARA LAS FINANZAS TERRITORIALES 25 y 26 de octubre de Bogotá D.C.

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE COLDEPORTES

CONCEJO DE SANTIAGO DE CALI

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero Número 193 Capítulo IV

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

NORMATIVA Y MARCO INSTITUCIONAL

2. Tributos directos e indirectos Relacionada con la manifestación inmediata o mediata de capacidad contributiva.

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

BASES CONSTITUCIONALES DEL CÓDIGO TRIBUTARIO MUNICIPAL DEL ESTADO MEXICANO. Rafael Coello Cetina San José de Costa Rica Abril 2013

Ingresos. Egresos. El presupuesto ciudadano considera una explicación sustentado en las siguientes preguntas:

Estado de México. Norma para la difusión a la Ciudadanía de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos 2015

PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2015 ESTRATEGIA PROGRAMÁTICA

Manual Único de Procesos

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE HUEJUTLA DE REYES, HIDALGO.

CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR

27. CUESTIONES PARTICULARMENTE RELEVANTES DE LAS CONSTITUCIONES Y EL ESTATUTO DEL DISTRITO FEDERAL a. JEFE DE GABINETE

Ordenamiento y Estructura del Estado

CONTRATACION PÚBLICA

PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA MCPEC 2014

FEDERALES. Avalado por:

CEFP / 003 / 2016 álisis del Gasto Federalizado por concepto de Participaciones y Aportaciones Federales pagadas a

REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ

SECRETARÍA DE FINANZAS. Reforma Energética: Implicaciones para las Entidades Federativas

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

Se han realizado 100 sesiones, de entre ellas, la Constitutiva, en la que se instaló la Sexagésima Segunda Legislatura.

SISTEMA EN LÍNEA DE CONTABILIDAD

para el Fomento y Supervisión de las cooperativas en América Latina

ANEXO 1 POLÍTICA DE IGUALDAD DE GÉNERO Y NO DISCRIMINACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

LA LEY FEDERAL DE ARCHIVOS Y SU RELACIÓN CON LA LEGISLACIÓN ESTATAL

INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO MARIANO GONZÁLEZ ZARUR EN EL FORO EMPRESARIOS MICHOACANOS ANTE LA COMPETITIVIDAD

ACUERDO POR EL QUE SE CONSTITUYE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL DE TRANSVERSALIDAD INSTITUCIONAL PARA EL DESARROLLO INDÍGENA

al Fondo Metropolitano, y con ello, destinar erogaciones adicionales a las aprobadas en el

Bloque de Integración

Reglamento del Servicio Profesional de Carrera del Municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco.

LA COLABORACIÓN Y EL INTERCAMBIO: ESTRATEGIAS PARA LA TRANSFORMACIÓN Y EL CAMBIO EN LAS ESCUELAS NORMALES AUTORES:

Instituto Mexiquense de la Vivienda Social Normateca

EJE TEMÁTICO 1. SEGURIDAD Y TRANQUILIDAD PARA TODOS.

UNASUR. Temas centrales en la creación del Organismo ha sido los de energía e infraestructura Art. 3 Tratado Constitutivo literal d) y e)

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales

C O N S I D E R A N D O

A N T E C E D E N T E S

La institucionalidad pública en el marco de la economía solidaria

TÍTULO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS CAPÍTULO I DE LOS MUNICIPIOS Y DEL GOBIERNO MUNICIPAL

Director: Lic. Jorge Armando Verdín López SUMARIO

Comisión de Federalismo

VI LEGISLATURA DElODOS

TÍTULO VII: DE LA INTERNACIONALIZACIÓN Y MOVILIDAD ACADÉMICA DE LA UNAH ÍNDICE

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVIL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

Transcripción:

Aspectos Constitucionales y Panorama Legislativo Preparado para Foro Consultivo Científico y Tecnológico, A.C. por: Alejandro Romero Gudiño Socio y Director General dinnovacionjuridicaarg@prodigy.net.mx Septiembre 21, 2004

Contenido Aspectos Constitucionales Panorama Legislativo

La Constitución establece diversas disposiciones sobre ciencia y tecnología Art. 3 fracción V Art. 73 Fracc. XXV Fracc. XXIX F Fracc. XXX Señala que el Estado apoyará a la investigación científica y tecnológica El Congreso tiene facultad para: Establecer, organizar y sostener en toda la República escuelas rurales elementales, superiores, secundarias y profesionales, de investigación científica, Expedir leyes tendientes a la promoción de la inversión mexicana, la regulación de la inversión extranjera, la transferencia de tecnología y la generación, difusión y aplicación de los conocimientos científicos y tecnológicos que requiere el desarrollo nacional. Expedir todas las leyes que sean necesarias a objeto de hacer efectivas las facultades anteriores, y todas las otras concedidas por esta Constitución a los Poderes de la Unión. entre ellas se destaca el artículo 3º fracción V, que es la disposición constitucional que reglamenta la Ley de Ciencia y Tecnología.

La Constitución establece un sistema de distribución de competencias cias entre la federación, los estados y el Distrito Federal. Entre ellas están n las competencias exclusivas por corresponder a cada nivel de gobierno en forma excluyente Facultades exclusivas de la Federación (art. 73) Legislar en materia sobre: hidrocarburos, minería, industria, cinematográfica, energía nuclear y eléctrica, comercio, nacionalidad, migración, vías generales de comunicación y otras. Facultades de las entidades federativas (arts. 116 y 124) Facultades relativas al Distrito Federal (art. 122) Principio general: Las facultades no están expresamente concedidas a la Federación, se entienden reservadas a los estados, como por ejemplo expedir su Constitución y sus leyes electorales. Corresponde al Congreso de la Unión: expedir el estatuto del Gobierno del DF, legislar en materia de deuda pública y las demás que le señale la Constitución. Corresponde a la Asamblea Legislativa del DF: legislar en materia de administración pública local, materias civil y penal, derechos humanos, servicios públicos, desarrollo urbano, vivienda, medio ambiente y otros. Prohibiciones y limitaciones a las entidades federativas (arts. 117 y 118) Celebrar tratados con otros estados y países, acuñar moneda, emitir papel moneda, gravar el tránsito de personas y de mercancías, contraer deuda con extranjeros, tener tropa y buques de guerra y otras. el apoyo a la investigación científica y tecnológica no es una materia que está dentro de las competencias federales exclusivas. Si es una materia atribuida a la Federación, pero no de manera excluyente

Dentro del sistema de distribución de competencias igualmente se encuentran las competencias concurrentes en las cuales participan dos o más esferas de gobierno en una sola materia Facultades concurrentes de la Federación y los estados (arts. 3º, 4º, 73 Fracciones XXIX C y G) Ejs. Salubridad general, educación, asentamientos humanos y protección al ambiente. Esta concurrencia la establece expresamente la Constitución, de tal manera que la distribución de competencias específicas en determinada materia se realice por una ley general. el apoyo a la investigación científica y tecnológica no es una materia que está dentro de las competencias concurrentes, por lo que el Congreso de la Unión no tiene exclusividad para legislar en la materia, por medio de una Ley General.

En la distribución de competencias se localiza una modalidad que tiene características similares a las concurrentes, pero que en la Constitución se identifican como tales, al referirse al Estado.. Estas son las Facultades Coexistentes que se caracterizan porque una misma materia compete a dos jurisdicciones diferentes (Jorge Carpizo). El Estado apoyará la investigación científica y tecnológica (art. 3º fracción V) FEDERACIÓN ENTIDADES FEDERATIVAS Facultad coexistente de las entidades federativas, en tanto que la legislación local respete la Constitución General y su propia Constitución

Conclusiones: El apoyo a la investigación científica y tecnológica es una facultad coexistente, por lo que la Federación y las entidades federativas tienen plena soberanía para legislar sobre esta materia y pueden coordinarse entre ellas dentro de un federalismo cooperativo conforme al artículo 116 frac. VII de la Constitución (convenios Federación-estados para la asunción de las funciones federales y para el desarrollo económico y social). La Ley de Ciencia y Tecnología no es una Ley General que distribuya competencias. Es una Ley Federal, reglamentaria de la fracción V del artículo 3º constitucional, y promueve el federalismo cooperativo al establecer instancias y mecanismos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas (convenios para el desarrollo y descentralización de las actividades científicas y tecnológicas; Fondos Mixtos de carácter regional, estatal y municipal; Conferencia Nacional y REDNACECYT).

Panorama Legislativo Reforma Constitucional Reforma Fiscal Centros Públicos de Investigación Propiedad Intelectual Comercio Exterior

Reforma Constitucional: I+D como Actividad Prioritaria: Son aquellas concurrentes del sector público ( social) y privado que resulta conveniente impulsar para fines del desarrollo nacional (Diego Valadés) La demarcación de las áreas prioritarias se establece por la asignación directa de recursos por parte del Estado; para I+D resultará vinculante con el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología y con el PECYT 2001-2006 (1% del PIB destinado a IDE) Definir el apoyo a la investigación científica y tecnológica como una facultad coexistente entre la Federación y las entidades federativas. Vinculante con el concepto de Política de Estado (Ejecutivo y Legislativo) de la Ley de Ciencia y Tecnología.

Reforma Fiscal: Establecer contribuciones fiscales con destino específico a la ciencia y la tecnología (consecuencia del artículo 9 Bis LCyT). Incorporar al PEF 2005, en el ramo 39, el acuerdo de la CONAGO para destinar un monto adicional a los Fondos Mixtos (etiquetado a entidades federativas). Incrementar en la Ley de Ingresos 2005, el monto destinado a estímulos fiscales (de mil a tres mil millones de pesos).

Centros Públicos de Investigación: Fortalecer su autonomía administrativa, técnica y de gestión (propuesta ADIAT): Recursos Ramo 38 no objeto de disminución, ni reasignados Normatividad específica para flexibilizar el ejercicio del gasto (autogenerados y recursos humanos) Plantear las asociaciones estratégicas (asociaciones, alianzas y consorcios; y empresas de base tecnológica) Incorporación de investigadores o tecnólogos a otras instituciones o desarrollo de proyectos externos (LFRASP) Diferenciar convenios de desempeño del PEF Información a presentar para flexibilidad administrativa Rendición de cuentas? indicadores de desempeño

Propiedad Intelectual: Utilización de bancos de datos de la propiedad industrial, para fortalecer, direccionar o evaluar proyectos de I+D Convenio con OMPI Incentivos, difusión y simplificación

Comercio Exterior: Exención (parcial o total) de IVA en importaciones de equipo, material e infraestructura para IDE. Facilidades aduaneras en Ley (hoy Decreto) y que CONACYT califique insumos para I+D (hoy Secretaría de Economía).