La Industria Minera de México y la Normatividad Ambiental Octubre, 2014
Participación minera En la historia de México, la industria minera ha sido un ejemplo de empeño y evolución hacia la modernidad. Un sector dinámico que ha contribuido a la construcción de un país más próspero y competitivo. Participación en la producción mundial Plata Wollastonita Bismuto Fluorita Celestita Cadmio Sulfato de Sodio Diatomita Molibdeno Plomo Zinc Sal Barita Yeso Oro Grafito Arena Sílica Manganeso Cobre
Jerarquía Normativa SJM 1.- Constitución Política de los EUM 2.- Tratados Internacionales 3.- Leyes Generales 4.- Leyes Federales y Locales Garantía de Legalidad 5.- Reglamentos Federales y Locales 6.- Normas Oficiales Mexicanas
Marco Normativo Etapas del desarrollo minero Actividad Minera Prospección Exploración Factibilidad Construcción y Desarrollo Operación de la Unidad Minero Metalúrgica Fundición y Refinería Comercialización Reglamento de la Ley Minera Ley Minera Reglamento para el Aprovechamiento del Gas Asociado al Carbón Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 27 Leyes y sus reglamentos en los siguientes temas: Protección del Medio Ambiente 5 Leyes y sus Reglamentos Seguridad de los Trabajadores 1 Ley y su Reglamento Constitución de Sociedades Mineras Mexicanas 3 Leyes y sus Reglamentos Manejo de Substancias Explosivas 2 Leyes y sus Reglamentos Gravámenes a la Minería 2 Leyes y sus Reglamentos Acceso a la Superficie 1 Leyes y sus Reglamentos Otras leyes de cumplimiento obligatorio 13 Leyes y sus Reglamentos 9 Normas Oficiales Mexicanas de Aplicación Exclusiva a la Minería 7 Normas Oficiales Mexicanas de Protección Ambiental 2 Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad en Minas
Legislación ambiental I. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y sus Reglamentos en materia de: Impacto ambiental Áreas naturales protegidas Prevención y control de la cont. de la atmosfera Registro de emisiones y transferencia de contaminantes Autorregulación y auditorias ambientales Ordenamiento Ecológico
Reglamento de la LGEEPA Artículo 5, inciso L) EXPLORACIÓN, EXPLOTACIÓN Y BENEFICIO DE MINERALES Y SUSTANCIAS RESERVADAS A LA FEDERACIÓN: I.- Obras para la explotación de minerales y sustancias reservadas a la Federación, así como su infraestructura de apoyo. II.- Obras de exploración, excluyendo las de prospección gravimétrica, geológica superficial, geoeléctrica, magnetotelúrica, de susceptibilidad magnética y densidad, así como las obras de barrenación, de zanjeo y exposición de rocas, siempre que se realicen en zonas agrícolas, ganaderas o eriales y en zonas con climas secos o templados en donde se desarrolle vegetación de matorral xerófilo, bosque tropical caducifolio, bosques de coníferas o encinares, ubicadas fuera de las áreas naturales protegidas. III.- Beneficio de minerales y disposición final de sus residuos en presas de jales, excluyendo las plantas de beneficio que no utilicen sustancias consideradas como peligrosas y el relleno hidráulico de obras mineras subterráneas.
Impacto Ambiental Artículo 28.- Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental. III.- Exploración, explotación y beneficio de minerales (Ley Minera); VII.- Cambios de uso del suelo de áreas forestales, selvas y zonas áridas; XI.- Obras en áreas naturales protegidas de competencia de la Federación; Si se maneja alguna substancia enlistada (actividad considerada altamente riesgosa), acompañando a la MIA se deberá presentar: UN ESTUDIO DE RIESGO
Reglamento de la LGEEPA Artículo 18.- El estudio de riesgo consistirá en incorporar a la manifestación de impacto ambiental la siguiente información: I. Escenarios y medidas preventivas resultantes del análisis de los riesgos ambientales relacionados con el proyecto; II. Descripción de las zonas de protección en torno a las instalaciones, en su caso, y III. Señalamiento de las medidas de seguridad en materia ambiental.
LGEEPA, proceso de impacto Artículo 31.- La realización de las obras y actividades a que se refieren la fracción III del artículo 28, requerirán la presentación de un informe preventivo (IP) y no una manifestación de impacto ambiental, cuando: I.- Existan NOM s u otras disposiciones que regulen las emisiones, las descargas, el aprovechamiento de recursos naturales y, en general, todos los impactos ambientales relevantes que puedan producir las obras o actividades;
Legislación ambiental II. Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento. III. Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento. IV. Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento.
Fases de la minería y la legislación ambiental Exploración Informe Preventivo LGEEPA y Reglamento en materia de impacto ambiental Prevención, protección y restauración del ambiente NOM-120-SEMARNAT-2011, Exploración minera Explotación Impacto Ambiental Cambio de Uso de Suelo LGEEPA y Reglamento en materia de impacto ambiental LGDFS Manejo de Residuos LGPGIR
Fases de la minería y la legislación ambiental Beneficio Impacto Ambiental Estudio de Riesgo Lixiviación de oro y plata Lixiviación de cobre Control de residuos mineros Remediación de suelos LGEEPA y Reglamento en materia de impacto ambiental NOM-155-SEMARNAT-2007 NOM-159-SEMARNAT-2011 NOM-141-SEMARNAT-2003 NOM-157-SEMARNAT-2009 NOM-147-SEMARNAT/SSA1-2004 Más Permisos para uso de agua. Permisos para descarga de aguas residuales. Emisiones a la atmósfera. Permiso en áreas naturales protegidas.
NOMs para minería Normas Oficiales Mexicanas para la protección ambiental 1. NOM-120-SEMARNAT-2011 de exploración minera directa. 2. NOM-141-SEMARNAT-2003 para construcción y operación de jales. 3. NOM-147-SEMARNAT/SSA1-2004 para la remedición de suelos. 4. NOM-155-SEMARNAT-2007 de lixiviación de minerales de oro y plata. 5. NOM-157-SEMARNAT-2009 de planes de manejo de residuos mineros. 6. NOM-159-SEMARNAT-2011 de lixiviación de cobre. 7. NMX-AA-132-SCFI-2006 de muestreo de suelos.
NOM-120-SEMARNAT-2011 Que establece las especificaciones de protección ambiental para las actividades de exploración minera directa, en zonas agrícolas, ganaderas o eriales y en zonas con climas secos y templados en donde se desarrolle vegetación de matorral xerófilo, bosque tropical caducifolio, bosques de coníferas o encinos.
NOM-120-SEMARNAT-2011
Medio ambiente La minería responsable es una industria sustentable. Atiende las normas nacionales y los estándares internacionales que garantizan el cuidado y protección del medio ambiente antes, durante y después de sus operaciones En 2013, las inversiones medioambientales en México, ascendieron a 1,372 millones de pesos. En los últimos 8 años se han plantado más de 15.4 millones de árboles, 17 áreas de protección de flora y fauna en todo el país son atendidas por el sector minero - 100 empresas mineras participan en el Programa de Industria Limpia de la PROFEPA
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