VOTOS GOLONDRINOS Ing. Neal Martin Maura Gonzales Jurado Nacional de Elecciones
Introducción Padrón Electoral Es la relación de los ciudadanos hábiles para votar. Se elabora sobre la base del Registro Único de Identificación de las personas. Es fundamental que se encuentre actualizado y que refleje la verdadera población electoral referida a cada proceso, para de esta manera garantizar elecciones y consultas populares transparentes.
Introducción Padrón Electoral Características: Lo elabora y actualiza el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (artículo 183 CPP). Lo fiscaliza y aprueba el Jurado Nacional de Elecciones (artículo 178 CPP, artículo 201 LOE). Lo utiliza la Oficina Nacional de Procesos Electorales para la elaboración y conformación de las mesas de sufragio (artículo 202 LOE).
Introducción Padrón Electoral Marco Legal: Ley Orgánica de Elecciones N 26859 (Título IX, Capítulo 1, del artículo 196 al 205 ). Ley N 27764 (que permite la inscripción de nuevos ciudadanos durante procesos electorales). Cierre del padrón: no se pueden efectuar variaciones de domicilio, nombre ni otro dato que altere la información contenida en el padrón. Nuevas inscripciones: no se incluyen en el padrón a utilizar en el proceso convocado, sino a partir del siguiente proceso.
Cronograma electoral Elecciones Regionales y Municipales 2006 22 de Julio 1 al 5 de Agosto 21 Agosto 31 Agosto 19 Noviembre Cierre del Padrón Electoral por el RENIEC Publicación del Padrón Electoral por el RENIEC Remisión del Padrón Electoral al JNE Aprobación del Padrón Electoral por el JNE Día del sufragio 120 días antes del proceso electoral 5 días calendario 90 días antes del proceso electoral Hasta 10 días luego de recibido el padrón Domingo 19 de noviembre Fechas Límites
Electores golondrinos Consiste en trasladar un determinado número de electores de un distrito a otro, con la intención de favorecer determinada candidatura, con el objeto de torcer la voluntad popular expresada en las urnas. Generalmente, se presenta en distritos con poca población electoral, donde resulta económicamente viable solventar los cambios fraudulentos de domicilio.
Qué ha realizado el JNE? Recibir denuncias de los ciudadanos sobre posibles casos de electores denominados golondrinos. Realizar un análisis estadístico de los cambios domiciliarios por distrito con respecto del padrón electoral utilizado en las elecciones generales. Fiscalización de supuestos electores golondrinos en trabajo de campo
Trabajo de Campo FASE COBERTURA DE LA FISCALIZACIÓN Distritos Electores Hábiles Muestra Fiscalizada Casos con Pruebas Primera Fase (Del 01al 15/08/2006) JEE 06 Dptos 05 Prov 07 07 17,375 248 93 Fiscalización del Padrón Electoral Durante la Fiscalización del Padrón Electoral se fiscalizaron las denuncias de presuntos electores golondrinos presentadas hasta esa fecha
Trabajo de Campo FASE COBERTURA DE LA FISCALIZACIÓN Distritos Electores Hábiles Muestra Fiscalizada Casos con Pruebas Primera Fase (Del 01al 15/08/2006) JEE 06 Dptos 05 Prov 07 07 17,375 248 93 Segunda Fase (Del 25 al 28/08/2006) JEE 04 Dptos 02 Prov 04 11 11,062 1,605 905 Fiscalización de Denuncias Recibidas del 15 al 24 de Agosto
Trabajo de Campo FASE COBERTURA DE LA FISCALIZACIÓN Distritos Electores Hábiles Muestra Fiscalizada Casos con Pruebas Primera Fase (Del 01al 15/08/2006) JEE 06 Dptos 05 Prov 07 07 17,375 248 93 Segunda Fase (Del 25 al 28/08/2006) JEE 04 Dptos 02 Prov 04 11 11,062 1,605 905 Tercera Fase (Del 04 al 12/09/2006) JEE 33 Dptos 16 Prov 39 72 91,306 16,640 7,220 Fiscalización de Casos Críticos Incremento desproporcionado de Electores Hábiles luego de las Elecciones Generales y denuncias recibidas.
Plan de Fiscalización: Visita a ciudadanos con direcciones específicas (ejm: Calle Lima 344): Constatación Domiciliaria. Visita a ciudadanos con direcciones genéricas (ejm: Caserío Las Aguas): Constatación de Juez de Paz, Autoridad o personalidad de la zona, neutral para el proceso. En cada caso, se elabora una Acta de Fiscalización conteniendo las firmas correspondientes con las respectivas pruebas obtenidas.
Fotografías
Resultados de labor de campo Descripción Total de Distritos Fiscalizados * Total de Electores Hábiles Total de Electores de muestra Electores a los que no se fiscalizó Total de Electores Fiscalizados Total de Casos con Pruebas** Cantidad 83 102,386 20,113 1,382 18,731 8,542 * 16 departamentos, 42 provincias ** Electores desconocidos o que no residen en el distrito
% de Casos Fiscalizados % de Casos con Pruebas 100% 100% 8,542 42.47% 19.64% Total de Electores Hábiles Total de Casos Fiscalizados Total de Casos Fiscalizados Total de Casos con Pruebas
Emisión de Resoluciones: Resolución N 1400-2006-JNE. Resolución N 1956-2006-JNE. Resolución N 2398-2006-JNE. Se aprueba padrón electoral con excepción de los distritos fiscalizados, en los que RENIEC procederá a evaluar las pruebas obtenidas y determinará su procedencia o no.
Qué realizó el RENIEC? Procedimiento: Establecido en el TUPA referido a la Impugnación de Domicilio (Resolución Jefatural N 767-2006- JEF/RENIEC, punto 13.1). Siguiendo el debido proceso que puede durar más de 30 días hábiles.
Resultados del análisis JNE RENIEC Distritos Casos con Pruebas Distritos Electores depurados Porcentaje 83 8,542 55 5,501* 64.40% * El RENIEC procederá con sus atribuciones respecto de aquellos electores que han entregado información que consideran que no es veraz. En estos electores, el RENIEC considera nulo el cambio de domicilio, por lo que el elector retorna al distrito de origen.
JEE DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO DEPURACIÓN RENIEC TOTAL GENERAL 5,501 ABANCAY APURIMAC AYMARAES COLCABAMBA IHUAYLLO 3 TINTAY 96 ANGARAES HUANCAVELICA ANGARAES CHINCHO JULCAMARCA AREQUIPA BOLOGNESI AREQUIPA ANCASH AREQUIPA BOLOGNESI POLOBAYA ABELARDO PARDO LEZAMETA ANTONIO RAIMONDI CANIS LA PRIMAVERA MANGAS SAN MIGUEL DE CORPANQUI 105 TICLLOS 188 OCROS ACAS CARHUAPAMPA SAN CRISTOBAL DE RAJAN SAN PEDRO CAMANÁ AREQUIPA CAMANA MARIANO NICOLAS VALCARCEL CASTILLA AREQUIPA CASTILLA UÑON 17 CHICLAYO LAMBAYEQUE FERREÑAFE CAÑARIS CHINCHA ICA PISCO PARACAS 112 CHOTA CAJAMARCA CHOTA MIRACOSTA 98 CUTERVO CAJAMARCA CUTERVO SANTA CRUZ SAN MIGUEL EL PRADO 103 CATACHE 371 HUALGAYOC CAJAMARCA SAUCEPAMPA 211 SANTA CRUZ SEXI UTICYACU 52 HUAMALIES HUANUCO HUAMALIES SINGA 21 HUANCAYO JUNIN HUANCAYO CARHUACALLANGA 28
JEE DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO DEPURACIÓN RENIEC HUARAL LIMA HUARAL LAMPIAN 55 VEINTISIETE DE NOVIEMBRE HUARAZ ANCASH HUARAZ COLCABAMBA 117 HUANCHAY 97 HUACHUPAMPA 100 SAN JOSE DE LOS CHORRILLOS 60 HUAROCHIRI LIMA HUAROCHIRI SAN PEDRO DE HUANCAYRE 58 SANTIAGO DE TUNA SANTO DOMINGO DE LOS OLLEROS 24 HUAURA LIMA CAJATAMBO MANAS CASTROVIRREYNA TANTARA HUAYACUNDO ARMA 46 HUAYTARA HUANCAVELICA OCOYO 213 HUAYTARA SAN FRANCISCO DE SANGAYAICO 86 SAN ISIDRO 178 SANTO DOMINGO DE CAPILLAS 453 ICA ICA ICA YAUCA DEL ROSARIO LIMA SUR LIMA LIMA PUNTA HERMOSA 77 LUCANAS AYACUCHO LUCANAS SANTA LUCIA LA CAPILLA 93 GENERAL SANCHEZ CERRO PUQUINA 21 MARISCALNIETO MOQUEGUA QUINISTAQUILLAS 81 CUCHUMBAYA 343 MARISCALNIETO SAN CRISTOBAL 1 TORATA 91 PARINACOCHAS AYACUCHO PARINACOCHAS SAN FRANCISCO DE RAVACAYCO 6 PAUCAR DEL SARASARA SAN JOSE DE USHUA 9 POMABAMBA ANCASH MARISCAL LUZURIAGA MUSGA 28 HUAYLLAPAMPA 124 RECUAY ANCASH RECUAY MARCA 103 TAPACOCHA
JEE DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO DEPURACIÓN RENIEC SAN ROMAN PUNO LAMPA CALAPUJA SANTA ANCASH HUARMEY COCHAPETI 35 TACNA TACNA JORGE BASADRE ITE ESTIQUE 68 TARATA TACNA TARATA ESTIQUE PAMPA 142 TARUCACHI 155 TARMA JUNIN YAULI MARCAPOMACOCHA 8 MOROCOCHA 8 TAYACAJA HUANCAVELICA CHURCAMPA LA MERCED 74 TUMBES TUMBES CONTRALMIRANTE VILLAR CASITAS 13 ZARUMILLA MATAPALO UTCUBAMBA AMAZONAS UTCUBAMBA CAJARURO 2 VILCASHUAMÁN AYACUCHO SUCRE BELEN YAROWILCA HUANUCO YAROWILCA CHACABAMBA 435 ALIS 45 CACRA 65 COCHAS 1 YAUYOS LIMA YAUYOS HUAMPARA 174 HUAÑEC 135 PUTINZA 143 SAN JOAQUIN 93 SAN PEDRO DE PILAS 36 TOTAL GENERAL 5,501
Fin del procedimiento Resultado final: Emisión de la Resolución N 4028-2006-JNE que aprueba el Padrón Electoral con 16 594,824 electores. Por lo tanto, el Padrón ya no podrá ser modificado en su contenido.
Pero siguen llegando denuncias y el JNE/JEE está realizando la respectiva fiscalización electoral para obtener pruebas y remitirlas al RENIEC. Dist. Prov. Dpto. Pruebas remitidas por los JEEs 198 68 20 7 Al 10 de octubre DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO ANCASH ICA HUAYLAS CHINCHA HUALLANCA CHAVIN SAN JUAN DE YANAC SAN PEDRO DE HUACARPANA HUÁNUCO YAROWILCA CHORAS TACNA TACNA PALCA CAJAMARCA CHOTA PIÓN
Conclusiones El JNE/JEE realizó la fiscalización, obtuvo pruebas y el RENIEC determinó válidos o no, los cambios domiciliarios. Con la depuración realizada por el RENIEC, el JNE aprobó definitivamente el padrón electoral. El JNE/JEE sigue realizando la fiscalización en algunos distritos del país, cuyas pruebas serán remitidas al RENIEC para su validación. Con los resultados del RENIEC, el JEE determinará en primera instancia, acciones a ejecutar por los casos detectados (antes o después del día del sufragio).
Recordar El Jurado Nacional de Elecciones, con apoyo de los ciudadanos, estará siempre vigilante de estos hechos, con el objeto de evitar la distorsión de la voluntad popular.
MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN Martes 10 de octubre de 2006