REGLAMENTO DE SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA PÚBLICA MIGUEL HERNÁNDEZ

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Transcripción:

REGLAMENTO DE SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA PÚBLICA MIGUEL HERNÁNDEZ La función de una Biblioteca Pública Municipal es satisfacer las necesidades de información, formación y ocio de toda la población. La variedad de servicios ofrecidos hace aconsejable el establecimiento de una serie de normas que detallen la forma en que la biblioteca presta estos servicios. Es por eso que se ha elaborado el presente Reglamento. Con este reglamento, cualquier ciudadano podrá conocer no sólo todos los detalles de la operativa que le pueden afectar a la hora de usar nuestros servicios, sino también cuáles son sus derechos y deberes como usuario de la biblioteca y aquéllas normas que asume cumplir desde el momento en que utiliza cualquier de nuestros servicios. Será éste, por su propia naturaleza, un documento público por lo que estará siempre disponible para cualquier ciudadano que lo quiera consultar. ART. 1º: INFORMACIÓN GENERAL DE LA BIBLIOTECA La Biblioteca pública municipal está ubicada en la Casa de Cultura con dirección calle Carreterilla, s/n. 1º.1: HORARIO La Biblioteca permanece abierta: -De lunes a viernes de 17:00 a 20:00 h. todo el año excepto los meses de julio, agosto y septiembre que abre de 10:00 a 13:00 1º.2: ACCESO El acceso a la Biblioteca es libre y gratuito. 1º.3: FONDOS La Biblioteca alberga una Colección general, compuesta por todo tipo de materiales informativos (libros, publicaciones periódicas, documentos audiovisuales, electrónicos, etc.) destinados a satisfacer las necesidades informativas, educativas, recreativas y de ocio de toda la población, y una colección Regional y Local, constituida por todos los impresos de temática y autores castellano-manchegos. 1º.4º: SERVICIOS QUE OFRECE Los servicios que la Biblioteca pone a su disposición son los siguientes: 1. Información: De tipo general sobre la organización y funcionamiento de la biblioteca, servicios, horarios, normas de acceso, etc. Bibliográfica y de referencia para responder a las dudas o cuestiones de tipo concreto, bibliográfico, de orientación lectora, etc. 2. Consulta: Consulta libre de los fondos de la colección general de la biblioteca: obras de consulta y referencia, prensa y revistas, documentos electrónicos, etc. 1

3. Acceso gratuito a Internet y el uso de programas de ofimática. 4. Préstamo de fondos: El usuario podrá retirar en préstamo libros y materiales audiovisuales con el carné de la Biblioteca. La Biblioteca dispone del servicio de préstamo interbibliotecario, a través del cual nuestros usuarios pueden acceder a fondos de otras bibliotecas. 5. Reproducción de documentos: La Biblioteca cuenta con un servicio de reprografía que permite obtener reproducciones de las obras albergadas en ella, siempre respetando la legalidad vigente y la integridad física de los fondos así como impresiones de información electrónica y uso de disquetes para almacenamiento de los trabajos realizados. ART. 2º: DERECHOS Y DEBERES 2º.1: DERECHOS: Todos los ciudadanos tienen derecho a: Acceder de manera libre y gratuita a la biblioteca. Recibir una atención cordial y correcta por parte del personal de la Biblioteca. Que sus datos personales y de uso de la biblioteca se mantengan con la adecuada privacidad y sólo sean utilizados para los fines y necesidades de la biblioteca. Hacer sugerencias y reclamaciones y a obtener una respuesta a las mismas. Recibir la formación básica para la utilización de cada uno de los servicios. Usar todos los servicios con las limitaciones establecidas en este reglamento y otra normativa aplicable. Recibir información, asesoramiento y colaboración en la localización y acceso a la información bibliográfica. Realizar sugerencias para la adquisición de los materiales que no encuentren en los fondos de la biblioteca. Participar en las actividades que organice o albergue la biblioteca. 2º.2: DEBERES: Igualmente todos los ciudadanos que usen los servicios de la biblioteca deberán: Utilizar adecuadamente los fondos, equipos e instalaciones de la biblioteca. Responsabilizarse del carné y de su uso. Mantener un comportamiento correcto hacia personal y usuarios. Respetar la legislación vigente en materia de propiedad intelectual al hacer uso de los fondos y servicios de la biblioteca. Abstenerse de utilizar cámaras fotográficas y de vídeo sin autorización expresa. Abstenerse de consumir alimentos ni bebidas y de fumar fuera de las áreas habilitadas al efecto. Cumplir las normas de funcionamiento de la Biblioteca y el Reglamento. 2

ART. 3º: SERVICIOS 3º.1. INFORMACIÓN Y REFERENCIA Este servicio facilita información general de la biblioteca y atiende las demandas informativas de los usuarios. Tipos de consultas: La información que se puede solicitar es muy variada: o Información general sobre la Biblioteca y sus servicios: organización y localización de fondos bibliográficos, horarios, normativa de funcionamiento, etc. o Ayuda en la utilización de los recursos de información de la Biblioteca: Internet, colección de referencia... o Búsquedas bibliográficas de cualquier tipo: Búsqueda de obras y artículos de una materia concreta o de un determinado autor. Completar o verificar una referencia bibliográfica. Obtención de información puntual. Información y localización de recursos de información no existentes en la propia biblioteca. Se rechazarán los siguientes tipos de consultas y peticiones de información: o Consultas que requieran una investigación científica o una búsqueda bibliográfica exhaustiva, o en los que se solicite la redacción de un trabajo escolar o de otro tipo. o Consultas o peticiones de información que requieran investigaciones de tipo personal o familiar. o Peticiones de análisis en profundidad sobre cualquier tema. o Preguntas malintencionadas o en las que se observe claramente la intención de hacer un uso impropio. 3º.2: CONSULTA EN SALA 1. Definición. Mediante este servicio la biblioteca facilita el acceso a sus fondos, en sus propias instalaciones, durante un tiempo limitado al horario de apertura de la misma. 2. Requisitos de acceso. Todos los ciudadanos tienen el derecho de utilizar los materiales de la biblioteca. Para la lectura de libros y revistas de fondo moderno, tanto infantiles como de adultos, no es necesario ningún requisito. Para la audición de discos y visionado de películas es necesario presentar el carné de usuario de la biblioteca. 3. Organización. Cada documento se consultará en la sala y sólo saldrá de la misma con la autorización expresa del personal. Los fondos están dispuestos en libre acceso. Para su consulta no es necesaria la mediación del personal de la biblioteca. Para garantizar la correcta ordenación de la colección, se aconseja a los lectores que no coloquen los libros en las estanterías después de utilizarlos, sino que los dejen en los puestos de lectura. 3

3º.3: SERVICIO DE PRÉSTAMO La Biblioteca ofrece diversas modalidades de préstamo: 1. Préstamo personal 2. Préstamo interbibliotecario 3. Préstamo colectivo. Para hacer uso de este servicio de préstamo es necesario hacerse el carné de socio de la biblioteca. Este carné es una tarjeta de carácter personal que se obtiene gratuitamente previa presentación del DNI. Existen diversos tipos de carné dependiendo de la edad y características del usuario: a. Infantil: Usuarios de hasta 18 años. Para obtenerlo es necesario que el padre, la madre o el tutor legal del menor lo solicite y rellene un impreso al que adjuntará una fotocopia de su DNI. b. Adulto: Usuarios mayores de edad. c. Colectivo: dirigido a asociaciones, entidades, instituciones y otros grupos legalmente constituidos. La obtención y el posterior uso de los carnés suponen la aceptación por parte del usuario de las condiciones que establecen la política de préstamo y demás normativas de la Biblioteca. La Biblioteca no se hace responsable de las consecuencias derivadas de la mala utilización de los carnés. 1. PRESTAMO PERSONAL: Para hacer uso de este servicio es necesario obtener el carné de socio de acuerdo con las normativas específicas. Ejemplares que se pueden obtener A) Libros 2 ejemplares durante 15 días. El préstamo de libros podrá renovarse por otros 3 periodos adicionales de 15 días siempre que no medie una reserva de otro usuario y que se efectúe dentro del plazo de préstamo. La renovación se puede realizar en la propia Biblioteca o por otros medios (telefónicamente.), de acuerdo con las condiciones y horario establecidos. B) Vídeos VHS o DVD 1 ejemplar durante 2 días. Reservas: Cualquier usuario puede reservar libros prestados. El número máximo de reservas por usuario es de dos. Cuando una obra reservada es devuelta, la Biblioteca avisa al interesado por teléfono y la guarda durante cinco días para que la recoja. 4

Sanciones por incumplimiento de los plazos de devolución: El usuario será sancionado con un día de suspensión del préstamo por cada día de retraso y ejemplar no devuelto en el horario de apertura de la Biblioteca. El retraso en la devolución de algún ejemplar reclamado acarrea la suspensión en el acceso a Internet. Pérdida o deterioro de un ejemplar prestado: La responsabilidad sobre los ejemplares, una vez prestados y abandonado el servicio de préstamo correspondiente, es del usuario a cuyo carné han sido prestados. La Biblioteca no se hace responsable de los daños ocasionados por el uso de los documentos prestados. Independientemente de las sanciones por retraso en la devolución, la pérdida o deterioro grave atribuible al usuario de cualquier ejemplar, obliga al mismo a la reposición del material. El ejemplar repuesto debe ser original y nuevo. 2. PRÉSTAMO INTERBIBLIOTECARIO: Tiene como objetivo suministrar a los usuarios de la Biblioteca originales en préstamo o reproducciones de documentos que no se encuentren en los fondos propios, pero sí en los de otras bibliotecas. 3. PRÉSTAMO COLECTIVO: Esta modalidad de préstamo se dirige a usuarios colectivos, entendiendo como tales a entidades, instituciones, asociaciones y otros grupos legalmente constituidos, y posibilita la retirada de materiales bibliográficos yaudiovisuales de los fondos prestables. 3º.4: INTERNET Y OTROS RECURSOS ELECTRÓNICOS DE INFORMACIÓN Se puede acceder a Internet y otros recursos electrónicos de información desde los ordenadores dispuestos a ese efecto en el Centro de Internet. 1. Para utilizar este servicio no es necesario hacerse socio de la biblioteca. 2. Para utilizar Internet la edad mínima es de 12 años. 3. Los jóvenes entre 12 y 18 deben contar con el permiso de sus padres. 4. El tiempo máximo de acceso es de una sesión (60 minutos) por día y usuario. Pero se podrá reservar ordenador por más de un turno para la realización de trabajos si se prevé una utilización de programas ofimáticos por tiempo superior. 5. El acceso será preferentemente individual para guardar el debido silencio. 6. No está permitido: a. modificar la configuración de los ordenadores b. instalar ningún tipo de programas c. reiniciar ni apagar el ordenador ya que esto conlleva una perdida de tiempo y efectividad al centro y a los demás usuarios d. acceder a páginas de contenido pornográfico, sexista, xenófobo o violento. 5

7. Se pueden reproducir los documentos elaborados o consultados por el usuario mediante impresión en papel o grabarlos en CD, DVD o disquete. Pero será el usuario quien venga provisto de dicho material y será el encargado quien realice la copia. 8. El coste de las copias impresas en papel será: Blanco y negro 0,10 euros/ copia Color 0,50 euros/ copia 9. Se admiten reservas solo en caso de trabajos y de asociaciones, previa comunicación al encargado en el centro o mediante llamada telefónica. La reserva se mantiene durante 10 minutos desde la hora de comienzo de la misma. Si transcurrido ese plazo el usuario que realizó la reserva no ocupa el ordenador, éste podrá ser utilizado por otro usuario que lo solicite. 10. Tendrán preferencia a la hora de utilizar el acceso libre a Internet las personas que usen dicho servicio para fines académicos, laborales o de investigación a los que accedan por ocio o diversión. 11. Cualquier incumplimiento de las anteriores normas pueden acarrear la expulsión del usuario y la negación para poder utilizar los servicios del Centro en un periodo de 1 año. La dirección del Centro se reserva la potestad de decidir sobre las situaciones e imprevistos que afecten al buen funcionamiento del Centro y que no estén previstas en la presente normativa. 3º5: REPROGRAFÍA A) La Biblioteca ofrece la posibilidad de obtener copias de sus fondos en diferentes formatos a través del servicio de reproducción de documentos. Ésta se realizará siempre respetando la normativa vigente relativa a la Propiedad Intelectual. El usuario es el responsable de respetar dicha normativa de Propiedad Intelectual cuando descargue o imprima documentos de la red Internet u otras fuentes. B) Tipos de reproducción de documentos: Impresión de documentos: El usuario puede usar las impresoras habilitadas al efecto para poder imprimir trabajos propios, documentos de la red u otros como bases de datos, debiendo abonar las tarifas correspondientes. Descarga de información en disketes: El usuario puede grabar la información obtenida en la red u otras fuentes en soportes magnéticos propios, sin coste adicional. C) Tarifas. Fotocopias e impresiones en blanco y negro: 10 cts. Fotocopias e impresiones en color: 50 cts Fotocopias del DNI: 15 cts Fotografías: 50 céntimos ARTICULO 4º: INFRACCIONES Y SANCIONES. 6

4º.1: INFRACCIONES: Constituyen infracciones al buen uso de la biblioteca que podrán ser motivo de sanción los siguientes comportamientos: 1. El maltrato, mutilación y robo de algún documento. 2. La conducta incorrecta hacia otros usuarios o hacia el personal y la alteración del orden en la biblioteca. 3. El uso indebido de las instalaciones, mobiliario y equipamiento. 4. Los retrasos injustificados en la devolución de préstamos. 5. La devolución en mal estado (incompletos o deteriorados) de los materiales retirados en préstamo 6. El acceso a páginas web de contenido pornográfico, sexista, xenófobo o violento. 7. El impago de reproducciones y de otros servicios que comporten coste para el usuario. 4º.2: SANCIONES: Ante la falta de cumplimiento de la normativa, la biblioteca podrá imponer las siguientes sanciones: 1. Suspender de forma temporal el uso de los servicios de la biblioteca. Dicha suspensión podrá realizarse por periodos de una semana (en la primera sanción a aplicar), un mes (en la segunda sanción a aplicar), un año (en la tercera sanción a aplicar), en función de la l reincidencia en la comisión de infracciones del usuario. 2. Expulsar en el acto al usuario de las instalaciones de la Biblioteca, por ese día, y directamente por el bibliotecario, en casos de alteración del orden público del centro. Si el usuario reincide en su comportamiento, se procederá a suspender su derecho al servicio de conformidad con el párrafo anterior. El procedimiento de aplicación de sanciones de suspensión constará de las siguientes fases: 1. Denuncia de la infracción cometida, a realizar por el bibliotecario o resto de usuarios de la biblioteca. 2. Proposición de la Alcaldía de la sanción e imponer, que será notificada al infractor, otorgando un periodo de alegaciones de diez días. 3. Imposición de sanción por la Alcaldía, y notificación de la misma al infractor. ART. 5º: PÉRDIDA Y DETERIORO DE LIBROS Y MATERIALES AUDIOVISUALES. SITUACIONES Y SANCIONES APLICABLES 5º.1: PÉRDIDA: 1. En caso de pérdida de un libro o audiovisual el usuario deberá reponerlo, sin perjuicio de las sanciones que puedan imponérsele en aplicación del artículo 4º de este reglamento. El ejemplar repuesto deberá ser original y nuevo. 2. En caso de que sea imposible su reposición en un periodo de tiempo razonable, o que se encuentre agotado o descatalogado, deberá abonar el importe del mismo. Dicho importe será el del precio de mercado. En caso de no hallarse dicho precio, la Biblioteca valorará 7

cada caso concreto. En caso de material audiovisual, se abonarán las siguientes cantidades por tipo de material (precio medio estimado): Vídeo VHS: 6 DVD Vídeo: 10 CD-ROM, DVD-ROM, libros y materiales anejos y complementarios: La Biblioteca deberá valorar cada caso concreto. 5º.2: DETERIORO: 1. En caso de deterioro completo del ejemplar el usuario deberá proceder a la reposición del mismo (original y nuevo). 2. En caso de deterioro parcial del ejemplar el usuario deberá subsanar el daño. La biblioteca no se hace responsable de la utilización que los usuarios puedan hacer de documentos con deterioro parcial. La Biblioteca no realizará la devolución del préstamo hasta que el usuario proceda a la subsanación del daño, reposición o abono del importe del ejemplar perdido o deteriorado. En Santa María de los Llanos a 14 de septiembre de 2006. EL ALCALDE Fdo: Anselmo Salido Vera 8