I Disposiciones Generales

Documentos relacionados
A N E X O PARA LA ELECCIÓN DE RECTOR, VICERRECTORES Y DECANOS

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL

DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC.

REGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO DEL CIESAS. ARTÍCULO l. FUNCIONES

Capítulo I Disposiciones Generales

Perfil del Jefe de Departamento Académico

REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL

La Junta Directiva del Fondo de Empleados Fondexo, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas en los Estatutos y, CONSIDERANDO

Cuadro de equivalencias entre las Asignaturas de la Especialización en Contaduría Pensum Viejo VS Pensum Nuevo Mención AUDITORIA

Y C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Junta Directiva aprobar su propio reglamento y los demás que crea necesarios y convenientes.

REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FACULTAD DE AGRONOMÍA

RECTORÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 1399 DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2009

COORDINACIÓN DE RECONOCIMIENTOS DEPORTIVOS

REGLAMENTO REGULADOR DE LOS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN DEL COLECTIVO DE PERSONAS MAYORES DE QUART DE POBLET

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS

ARTICULO 2º.- La designación como miembro del Comité Electoral es irrenunciable y su asistencia es obligatoria durante el proceso eleccionario.

PROCEDIMIENTO PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL EN CRUZ ROJA

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA. En uso de las facultades Reglamentarias, dicta las siguientes

C O N V O C A T O R I A

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA CONSIDERANDO

ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS.

Reglamento de Elecciones del Sindicato SINAUT-SUNAT. Proceso Electoral para elección de la Junta Directiva Período

REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA FEDERACION NACIONAL DE PERIODISTAS DEL ECUADOR (versión codificada)

REGLAMENTO DE ELECCIONES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL AÑO 2016 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL VENP- DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL

UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR

-1- ANEXO TÍTULO I DEL PERSONAL ACADÉMICO CLAUSTRO PROFESORES

REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA

COMISIÓN ESTATAL DE PROCESOS INTERNOS GUANAJUATO

Capítulo I De las Jubilaciones

PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES

PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA "Institución Educativa " CAPITULO I GENERALIDAD

Reglamento a la Ley de Defensa del Idioma Español y Lenguas Aborígenes Costarricenses

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE INSTITUCIONES DEL MUNICIPIO DE TEPATITLAN DE MORELOS, JALISCO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO

PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE DIRECTORES EN REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS

Artículo 2: A los efectos del artículo anteriores se entiende como Sellos de la Universidad los siguientes:

LEY QUE CREA LA ACADEMIA OAXAQUEÑA DE LENGUA MIXTECA

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

Normas de funcionamiento del programa de post-grado Maestria en Inmunologia. De las definiciones, de los objetivos y de los requisitos.

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales

REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL DECRETO NÚMERO DE 2011 ( )

Opositas Andujar, S.L. Avda. Puerta de Madrid 15, pasaje. Andujar. Quien puede promover las elecciones a Delegados de Personal y Junta de Personal

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO

Consejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9

ELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL

PREGUNTAS FRECUENTES ELECCIONES A DECANA O DECANO DE FACULTAD Y DIRECTOR O DIRECTORA DE ESCUELA

Revisión de documentos de elecciones

Capítulo I Disposiciones generales

ANEXO I REGLAMENTO DE COORDINACIONES DE CARRERAS

Juntas Directivas para Pymes. Mag Jaime González Ortiz Escuela de Negocios Universidad del Norte

REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO DE NUTRICIONISTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.

CONSIDERANDO ACUERDA CAPITULO I DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES.

ANEXO 1. Reglamento para la elección de Presidente de la Asociación Española de la Clase Snipe- SCIRA ESPAÑA

Universidad del Valle

ASPECTOS LEGALES DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL

Estatuto electoral del poder público

CAPÍTULO II.- PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL ÓRGANO MÁXIMO DE REPRESENTACIÓN COMPOSICIÓN DEL ÓRGANO MÁXIMO DE REPRESENTACIÓN

Reglamento Comisiones de Salud Ocupacional

Política de selección, nombramiento, y sucesión de la Junta Directiva. BBVA Colombia

Convocatoria para Elección Estudiantes Miembros de Consejo del Instituto de Bioética Período

2.16. relieve en el campo de la educación, la ciencia o la cultura. (cfr. E. O. Artº 6,3).

CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA

CONSEJOS ESCOLARES (E S C U E L A S) M O D E L O S

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

CONVOCATORIA BASES. 1.- Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

Normativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96)

CONSIDERANDO REGLAS. 2ª.- Para los efectos de la aplicación de las presentes reglas, se entenderá por:

OFICINA DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA NORMAS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DE LA UNIVERSIDAD DE MARGARITA

CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PROFESORES DE LA FACULTAD DE QUÍMICA ANTE EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS, REMUNERACIONES Y GOBIERNO CORPORATIVO DE BIOMAX BIOCOMBUSTIBLES S.A.

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.

LA DECANA DE LA FACULTAD DE TRABAJO SOCIAL RESUELVE: ARTÍCULO 1º.-

DECRETO EJECUTIVO 148 RAFAEL CORREA DELGADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO

PRONTUARIO DE TÉRMINOS, PRÁCTICAS Y PROCEDIMIENTOS MÁS USADOS EN EL TRABAJO PARLAMENTARIO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN

REGLAMENTO GENERAL DE FACULTADES T Í T U L O I DE LA ESTRUCTURA ACADÉMICA DE LA FACULTAD

GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A JUNTAS DE FACULTAD Y ESCUELA Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO

Universidad del Valle

23 ORGANIZACIÓN ELECTORAL

CONVOCATORIA. Quito, 25 de febrero del Señor PRESIDENTE CLUB DEPORTIVO LDBA Presente.- De nuestras consideraciones:

INSTRUCCIONES DE DESARROLLO PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO EN LA COMISIÓN DE CALIDAD 2016 ACUERDA

CALENDARIO ELECTORAL FMB 2016

Reglamentado por Decreto 859/03 de La Pampa Decreto 1.663/03 de La Pampa MODIFICATORIO DTO.859/03 (ART.10)

La Junta Plenaria de la Casa de la Cultura Ecuatoriana 'Benjamín Carrión' Considerando:

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE PRESIDENTE Y VOCALES DEL DIRECTORIO DE LA CASA DE LA CULTURA ECUATORIANA "BENJAMÍN CARRIÓN" NÚCLEO DEL CHIMBORAZO

Capítulo I Disposiciones Generales

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR.

REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE JUNTAS Y COMISARÍAS EN EL MUNICIPIO DE COMALA.

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.

BASES. Asistente en Comunicación de la Dirección Sectorial de Planificación Educativa

Facultad de Comercio Exterior y Relaciones Internacionales

Secretaría General REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE TEATRO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A RECTOR O RECTORA

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA

Regional Distrito Capital Centro de Servicios Financieros Bienestar, Convivencia y Comunicaciones

Transcripción:

El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones legales y reglamentarias previstas en el numeral 21 del Artículo 26 de la Ley de Universidades y Artículo 9 numeral 23 del Reglamento General de la Universidad, dicta el presente Reglamento que regirá la Elección de los Jefes de Departamentos Académicos de los distintos I Disposiciones Generales Artículo: 1 El presente Reglamento regirá el proceso de elecciones de los Jefes de Departamentos Académicos de los diferentes Decanatos de la Universidad. Artículo: 2 La elección de los Jefes de Departamentos se hará por votación universal, directa y secreta. Artículo: 3 El Decano propondrá al Rector el nombramiento del aspirante que resulte electo. Artículo: 4 En caso de renuncia, remoción o ausencia absoluta del Jefe de Departamento el Decano propondrá al Rector el nombre del jefe interino, el cual podrá durar en sus funciones hasta treinta (30) días, en cuyo lapso se elegirá el próximo Jefe de Departamento. II De la Organización del Proceso Artículo: 5 La organización y desarrollo del proceso estará a cargo de una Comisión Electoral integrada por tres profesores con sus respectivos suplentes, adscritos al respectivo Decanato conformada de la manera siguiente : El Representante de los Profesores ante el Consejo de Decanato, el Representante del Decanato en la Junta Directiva de APUCO y un miembro que 1/5

designará el Consejo de Decanato. El Decano instalará la Comisión Electoral en los tres (3) días hábiles siguiente a su conformación. Artículo: 6 La Comisión Electoral se encargará de organizar y realizar el proceso en un período no mayor de diez (10) días hábiles posteriores a su instalación. Además deberá garantizar que dicho proceso sea pulcro e imparcial y propiciar la convivencia y responsabilidad durante su desarrollo. Artículo: 7 El proceso electoral constará de las siguientes etapas: a) Publicación de lugar, fecha, hora de votación y de escrutinios y así como de la lista de profesores con derecho a voto. b) Impugnación del Registro Electoral. c) Postulación, aceptación, impugnación y promoción de candidatos. d) Publicación del Registro Electoral definitivo. e) Votación y escrutinios. f) Impugnación de las elecciones. g) Proclamación. Parágrafo Único: Las impugnaciones a que hubiere lugar serán formuladas por escrito ante la Comisión Electoral. III De las Postulaciones Artículo: 8 Las postulaciones deberán hacerse ante la Comisión Electoral mediante comunicación escrita. 2/5

Artículo: 9 La postulación deberá contener la aceptación del candidato y deberá estar respaldada por un número no menor del 20% de los profesores electores del respectivo Departamento. Artículo: 10 Los Jefes de Departamento deberán ser Venezolanos, con Categoría Académica no inferior a la de Asistente y Título de Postgrado Universitario con Dedicación a Tiempo Completo o Dedicación Exclusiva, con tres (3) años mínimos adscrito al Departamento. Parágrafo Único: En el caso del Decanato de Medicina, los Jefes de los Departamentos sujetos al Convenio UCLA-SAS, se elegirán de acuerdo a la Cláusula VIII del Parágrafo Único en su Título II de dicho Convenio. Artículo: 11 Los Jefes de Departamento durarán tres (3) años en sus funciones, pudiendo ser reelectos por un período igual, por una sola vez. No podrán optar nuevamente al cargo hasta haber transcurrido un período de gestión. IV De los Electores Artículo: 12 Tendrán derecho a ejercer el voto todos los miembros del Departamento en condición de Ordinarios, Auxiliares Docentes y los Jubilados que hubieren prestado servicios al Departamento para la fecha de su jubilación. V De las Votaciones Artículo: 13 Las votaciones se efectuarán en la fecha, hora y lugar que fije la Comisión Electoral dentro del lapso establecido en el artículo 7 del presente Reglamento. Parágrafo Único: El local destinado para realizar la votación, deberá estar ubicado dentro del recinto del Decanato. Si por alguna circunstancia 3/5

excepcional no se pudiere realizar en el local elegido, la escogencia de otro lugar, quedará a criterio de la Comisión Electoral. Artículo: 14 Cada candidato postulado tiene derecho a designar un testigo con su respectivo suplente, para presenciar los actos de votación y escrutinios. Esta designación deberá hacerse por escrito con el objeto de que la Comisión otorgue la credencial correspondiente. Artículo: 15 Las mesas de votación se instalarán una (1) hora antes de la fijada para el inicio de las votaciones. Artículo: 16 El Decanato deberá suministrar a la Comisión Electoral el listado de los miembros electores, contemplados en el Artículo 12 del presente Reglamento, adscritos al Departamento respectivo con derecho a ejercer el voto. Este listado deberá ser suministrado a la Comisión Electoral en el momento de su instalación. Artículo: 17 Cuando se haya cumplido el lapso establecido para la votación, se dará por terminada la misma. Al concluir el proceso se levantará el Acta correspondiente por duplicado, donde se hará constar la hora en que comenzó y terminó la votación, el número de votantes y el número de votos obtenidos por los postulados. El Acta deberá ser firmada por los integrantes de la Comisión Electoral y por los testigos si los hubiere. Parágrafo Único: En caso de empate, la Comisión Electoral deberá repetir el proceso de votación en el Departamento respectivo, en el término de dos (2) días hábiles posteriores al proceso de elección. En caso de nuevo empate, el Consejo de Decanato decidirá por votación secreta. Artículo: 18 Se declarará ganador al candidato postulado que obtenga la mayoría simple de los votos válidos del listado del Departamento respectivo. 4/5

Artículo: 19 El acta de votación y el material de la elección, serán remitidos al Decano quien lo llevara al Rector en el próximo día hábil. VI Disposiciones Transitorias Artículo: 20 Aquellos Jefes de Departamento que fueron electos en fecha anterior a la aprobación de este Reglamento, continuarán en el ejercicio de sus funciones hasta la conclusión del período de tres (3) años. Artículo: 21 En aquellos Departamentos donde no existan profesores aspirantes con Título de Postgrado Universitario, se aceptarán postulados sin este requisito por una sola y única vez. VII Disposiciones Finales Artículo: 22 Lo no previsto en estas normas será resuelto por el Consejo Universitario. Artículo: 23 Con la entrada en vigencia de este Reglamento, quedan derogadas todas las disposiciones o resoluciones referidas a la materia. Dado, sellado y firmado en la sala de sesiones del Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en Barquisimeto a los veinticuatro días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y cuatro, sesión ordinaria No. 624. Lic. José Bethelmy Rector Prof. Justina Guerra de Cordero Secretaria General 5/5