INFORMATIVO LABORAL MAYO-JUNIO 2017 I. LEYES PUBLICADAS 1. Ley Nº. 21.018 de 20 de Junio de 2017 El día 20 de Junio de 2017 se publicó en el Diario Oficial la ley N 21.018 que confiere competencia a los tribunales laborales para conocer de las contiendas en que los causahabientes del trabajador buscan hacer efectiva la responsabilidad del empleador, derivadas de accidentes del trabajado o enfermedades profesionales. https://www.leychile.cl/navegar?idnorma=1104351 2. Ley Nº 21.015 de 15 de Junio de 2017 El día 15 de Junio de 2017 se publicó en el Diario Oficial la ley N 21.015 que incentiva la inclusión de las personas con discapacidad al mundo laboral. https://www.leychile.cl/navegar?idnorma=1103997 3. Ley Nº 21.012 de 9 de Junio de 2017 El día 9 de Junio de 2017 se publicó en el Diario Oficial la ley N 21.012 que garantiza seguridad de los trabajadores en situaciones de riesgo y emergencia. https://www.leychile.cl/navegar?idnorma=1103997 II. PROYECTOS DE LEY INGRESADOS A TRAMITACIÓN 1. Proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo, para ampliar el universo de trabajadoras con derecho a sala cuna. Fecha de Ingreso: 31 de Mayo, 2017. Cámara de Origen: Cámara de Diputados. Iniciativa: moción (J. Álvarez, R. Barros, C. Campos, L. Carmona, F. Meza) (Boletín: 11.251-13) El actual artículo 203 del Código del Trabajo dispone que las empresas que tengan 20 o más trabajadoras debe otorgar derecho de sala cuna.
Este proyecto de ley tiene por objeto aumentar el número de trabajadoras beneficiadas con los derechos referidos. Para ello se establece que las empresas que tengan 10 o más trabajadoras deben otorgar los derechos referidos. =11770&tipodoc=mensaje_mocion 2. Proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo, para facilitar el ejercicio del derecho a sala cuna respecto de menores con problemas de salud. Fecha de Ingreso: 31 de Mayo de 2017. Cámara de Origen: Senado. Iniciativa: moción (E. Tuma, A. Muñoz, R. Lagos) (Boletín: 11.252-07) En la actualidad, las trabajadoras que son madres y su hijo tenga 2 años o menos, tienen derecho a tener el beneficio de sala cuna que la ley les otorga. Este beneficio solo es entregado directamente por el empleador. El proyecto de ley propone modificar el Código del Trabajo permitiendo la entrega del dinero equivalente al pago de la sala cuna, a la madre o a quien detenta el cuidado personal del niño, cuando este último, se encuentre por motivos de salud fundados y acreditados por un informe médico, imposibilitado de asistir a la sala cuna convencional, por requerir cuidados y tratamientos especiales que sean incompatibles con dicho recinto, debiendo la junji acreditar que no existe en la comuna de residencia de la trabajadora, el servicio domiciliario de sala cuna. =11769&tipodoc=mensaje_mocion 3. Proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo en materia de extensión del permiso postnatal parental en jornada parcial. Fecha de Ingreso: 7 de Junio de 2017. Cámara de Origen: Cámara de Diputados. Iniciativa: moción (L. Carmona, O. Andrade, M. Monsalve, J. Álvarez, C. Pacheco) (Boletín: 11.262-07) El artículo 197 bis del Código del Trabajo, extiende el descanso posnatal y comienza a correr terminado el postnatal ordinario, sin embargo, dicha extensión puede ser ocupada de manera parcial, pudiendo la madre trabajadora volver a laborar bajo la fórmula de media jornada. Para ejercer este derecho, debe informar por carta certificada a su empleador, con copia a la inspección del trabajo con 30 días de anticipación al término del postnatal ordinario. De no enviar esta carta dentro del plazo la norma asume que la trabajadora hará uso de su descanso de manera total, renunciándola de manera absoluta a ejercer el derecho del post natal extendido de media jornada. Este proyecto de ley tiene por finalidad modificar la norma estableciendo que si transcurrido el plazo la trabajadora no efectuó la comunicación, podrán acordar con su empleador el regreso a sus labores mediante acuerdo escrito, el que deberá ser ejercido, a más tardar, dentro de los 30 días de iniciado el postnatal parental. Cualquiera sea la opción deberá enviarse copia de las notificaciones y/o acuerdos a la Inspección del Trabajo.
=11778&tipodoc=mensaje_mocion 4. Proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo para permitir al trabajador la designación de la sala cuna en los casos que proceda. Fecha de Ingreso: 7 de Junio de 2017. Cámara de Origen: Cámara de Diputados. Iniciativa: moción (J. Tuma, M. Walker, o. Andrade J. Álvarez) (Boletín: 11.265-13) En virtud del artículo 203 del Código del Trabajo las trabajadoras que son madres y su hijo tenga 2 años o menos, tienen derecho a tener el beneficio de sala cuna que la ley les otorga. Este proyecto de ley propone que se le otorgue a ellas la facultad de elegir la institución más conveniente entre aquellas que cuenten con la autorización de funcionamiento o reconocimiento oficial del Ministerio de Educación. Exceptúense de esta designación aquellos empleadores que cuenten con sala cuna o jardín infantil en los lugares de trabajo. =11783&tipodoc=mensaje_mocion 5. Proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo en lo que respecta a la causal de despido consistente en las necesidades de la empresa, establecimiento o servicio. Fecha de Ingreso: 13 de Junio de 2017 Cámara de Origen: Cámara de Diputados. Iniciativa: moción (O. Andrade, L. Carmona, M. Espinosa, P. Vallespín ) (Boletín: 11.274-13) Esta moción tiene por objetivo modificar el Código del Trabajo estableciendo que se entenderá por necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, aquellos motivos que van más allá de la voluntad unilateral y discrecional del empleador y que dicen relación con factores económicos y de mercado, que resulten perjudiciales para la empresa, o aquellos que derivados de la racionalización, necesaria modernización o bajas en la productividad de la misma, hacen inevitable la desvinculación de uno o más trabajadores. Con todo, superadas los factores perjudiciales para la empresa, el empleador podrá priorizar la re contratación de los trabajadores desvinculados en el caso de requerir servicios personales similares a los prestados anteriormente. Asimismo, el empleador deberá adjuntar a la carta de despido un informe que permita verificar las condiciones señaladas. La ausencia de este obligara al empleador a aumentar la indemnización en la forma estipulada en la letra a) del artículo 168 del Código referido. =11790&tipodoc=mensaje_mocion 6. Proyecto de ley que modifica la ley N 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, con el objeto de sancionar al empleador que no denuncia un accidente o enfermedad del
trabajo. Fecha de Ingreso: 16 de Junio de 2017.Cámara de Origen: Cámara de Diputados. Iniciativa: moción. (G. Boric, P. Vallespin, C. Girardi, L. Carmona, A. Sepúlveda)( Boletín: 11.276-13) Este proyecto de ley busca establecer una sanción específica al empleador que no denuncia oportunamente un accidente del trabajo o enfermedad profesional estableciendo una sanción de multa de diez a cien UTM. En caso de reincidencia se podrá aplicar el doble de la multa, en el caso de la segunda infracción; al triple, en el caso de la tercera, y así sucesivamente. =11794&tipodoc=mensaje_mocion 7. Proyecto de ley que modifica la definición de enfermedad profesional contenida en la ley N 16.744 que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Fecha de Ingreso: 16 de Junio de 2017. Cámara de Origen: Cámara de Diputados. Iniciativa: moción. (L. Carmona, P. Vallespin, C. Campos, T. Jiménez, A. Sepúlveda, M. Hernando, C. Girardi) (Boletín: 11.286-07) La ley N 16.744 que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales define la enfermedad profesional como la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte. Este proyecto de ley tiene por finalidad ampliar ese concepto reemplazando la definición señalada por la siguiente: Es enfermedad profesional aquella que es contraída por la exposición a factores de riesgo que resulte de la actividad laboral. =11640&tipodoc=mensaje_mocion II. AVANCES EN PROYECTOS DE LEY 1. Proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo en materia de permisos laborales. (Boletín: 10.229,6173-13,7039-13, 8282-13, refundido) Esta citada la Comisión del Trabajo de la Cámara de Diputados para el día 4 de Julio de 2017 con el objeto de continuar la discusión particular y proceder a su votación para primer informe. Este proyecto de ley se encuentra en primer trámite Constitucional. 2. Proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo con el fin de prohibir la discriminación por discapacidad y establecer una cuota mínima obligatoria de trabajadores con discapacidad. (Boletín: 9394-13)
La Comisión del Trabajo del Senado se encuentra a la espera de la indicación comprometida por el Poder Ejecutivo. Este proyecto de ley se encuentra en primer trámite constitucional. III. DICTAMEN DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO 1. Ordinario Nº 2858/79 de 27 de Junio de 2017 Negociación colectiva reglada. Representación de los trabajadores. Oportunidad para negociar. Extensión de beneficios. http://www.dt.gob.cl/legislacion/1611/w3-article-112235.html 2. Ordianrio Nº 2825 /78 de 22 de Junio de 2017 Vinculación de Trabajadores al instrumento colectivo; Instrumentos suscritos con anterioridad a la entrada en vigencia; Cambio de afiliación sindical; Vigencia de la ley 20.940; Aporte Sindical; Monto; Complementa dictamen N 303/1 de 18.01.2017 http://www.dt.gob.cl/legislacion/1611/w3-article-112220.html 3.Ordinario Nº 2815 /75 de 22 de Junio de 2017 Este ordinario de la Dirección del Trabajo establece que la conducta del empleador que no da respuesta oportuna al proyecto de contrato colectivo debe ser perseguida mediante el procedimiento de fiscalización por denuncia. http://www.dt.gob.cl/legislacion/1611/articles-112217_recurso_1.pdf