REGLAMENTO PROMOCIÓN: NAVIDAD UN MILLÓN DE COLONES DIARIOS El presente Reglamento Promoción Navidad un millón de colones diarios es un programa que pertenece en forma exclusiva a BANCO PROMERICA DE COSTA RICA, S.A., en adelante denominado el Emisor, el cual constituye un beneficio de la Tarjeta de Crédito Promerica otorgado a los Tarjetahabientes, de conformidad con el Contrato de Emisión y Uso de Tarjeta de Crédito, en adelante denominado el Contrato, suscrito entre el Emisor y el Tarjetahabiente. Condiciones Generales 1. Objeto: El presente Reglamento tiene por objeto regular las condiciones de la promoción Navidad un millón de colones diarios así como desarrollar y complementar las condiciones generales de los Programas Especiales definidas en el Contrato de Emisión y Uso de Tarjeta de Crédito, y que han sido expresamente acordadas y consentidas entre el Emisor y Tarjetahabiente. 2. Aceptación de las condiciones, restricciones y limitaciones del presente Reglamento: El Tarjetahabiente participante reconoce y acepta que deberá cumplir con las restricciones y limitaciones del presente Reglamento, como condición necesaria para ser acreedor del beneficio del premio, en caso de resultar ganador. Para esto, el Tarjetahabiente Ganador deberá firmar la aceptación de las condiciones, restricciones y limitaciones del presente Reglamento previo a la entrega del premio. Banco Promerica se reserva el derecho de disponer del premio en la forma que estime conveniente, en caso de que el premio sea declarado desierto por el incumplimiento en las condiciones, restricciones y limitaciones establecidas en el presente Reglamento por parte del Tarjetahabiente Ganador. 3. Formas de participar: El Tarjetahabiente físico Titular o Adicional de cualquier Tarjeta de Crédito o Débito Promerica acumulará una (1) acción electrónica por cada diez mil colones ( 10.000), o su equivalente en dólares, al realizar y pagar sus compras con dicha 1
Tarjeta, en cualquier comercio nacional o internacional, durante el periodo de la promoción. 4. Beneficio: La promoción permite que el tarjetahabiente (persona física titular o física adicional), de cualquier tarjeta de crédito o débito Promerica, acumule acciones electrónicas para participar en uno de los veinticuatro (24) sorteos de un millón de colones ( 1.000.000) exactos. Son veinticuatro (24) ganadores con un millón de colones ( 1.000.000) exactos por día, cada uno. Para ser acreedor del beneficio, los participantes deberán cumplir con todos y cada uno los requisitos establecidos en el Contrato de Tarjeta de Crédito y en el presente Reglamento. 5. Vigencia: Esta promoción se regirá por los siguientes plazos, que son de carácter definitivo: a. Plazo de la promoción: Aplica del lunes veintitrés (23) de octubre al domingo veinticuatro (24) de diciembre del dos mil diecisiete (2017), inclusive. b. Sorteo: Se sorteará un millón de colones ( 1.000.000) exactos por día, iniciando el día lunes 04 de diciembre con los primeros 3 ganadores. El sorteo de días no hábiles se realizará el primer día hábil posterior. c. Lugar de entrega del Premio: Banco Promerica de Costa Rica. Centro Corporativo El Cedral. Trejos Montealegre. San Rafael. Escazú. San Jose. Costa Rica. 6. Cronograma de Sorteos: Día del Sorteo Ganador del Día Cantidad de Ganadores 04 de diciembre 01, 02 y 03 de diciembre 3 05 de diciembre 04 de diciembre 1 06 de diciembre 05 de diciembre 1 07 de diciembre 06 de diciembre 1 08 de diciembre 07 de diciembre 1 11 de diciembre 08, 09 y 10 de diciembre 3 12 de diciembre 11 de diciembre 1 13 de diciembre 12 de diciembre 1 14 de diciembre 13 de diciembre 1 15 de diciembre 14 de diciembre 1 18 de diciembre 15, 16 y 17 de diciembre 3 19 de diciembre 18 de diciembre 1 20 de diciembre 19 de diciembre 1 2
21 de diciembre 20 de diciembre 1 22 de diciembre 21 de diciembre 1 26 de diciembre 22, 23 y 24 de diciembre 3 Total de Ganadores 24 7. Condiciones del sorteo: a) Los sorteos se realizarán los días establecidos en la cláusula 6: Cronograma de Sorteos del presente reglamento, mediante un sistema de elección aleatoria que se llevará a cabo en las Oficinas Centrales de Banco Promerica, situada en San José, Escazú, San Rafael, Trejos Montealegre, Centro Corporativo El Cedral. b) Al momento del sorteo se seleccionará la cantidad de ganadores establecida en la cláusula 6: Cronograma de Sorteos del presente reglamento. Asimismo, se seleccionarán tres (3) posibles ganadores suplentes por cada ganador, quienes participarán del sorteo en el mismo orden como se fueron seleccionados, en caso de que los primeros ganadores favorecidos no cumplan con los requisitos descritos en el presente Reglamento. c) Promerica procederá a validar el cumplimiento de los requisitos y condiciones de los ganadores. En caso de que alguno no cumpla con las condiciones del presente Reglamento, se procederá a verificar al siguiente posible ganador suplente, en el mismo orden en que fueron seleccionados hasta identificar al ganador final. d) Los Tarjetahabientes Ganadores que cumplan con todos los requisitos y condiciones, serán contactados vía telefónica por un Representante de Banco Promerica. Los Tarjetahabientes Ganadores deberán atender dicha llamada, brindando sus datos personales y toda la información que sea requerida. e) Para retirar el premio, los Tarjetahabientes Ganadores deberán presentarse al lugar, fecha y hora indicados por el Representante de Banco Promerica. Al momento de retirar el premio adjudicado, cada Tarjetahabiente Ganador deberá presentar su cédula de identidad vigente o el documento de identificación correspondiente. Debe de entenderse que el premio no puede cederse a ninguna otra persona, y el retiro debe de hacerse de forma personal. 3
f) Los Tarjetahabientes Ganadores deben de contar con disponibilidad para presentarse a aceptar el premio el día, hora y lugar indicado, sin excepción, de lo contrario se declarará automáticamente como desierto y el Tarjetahabiente perderá cualquier derecho sobre el premio. g) La cita de aceptación del premio implica firmar el documento de Recibido Conforme y toma de fotografías para la publicación en redes sociales del Banco, por lo que queda entendido que desde este momento todo participante de esta promoción acepta la distribución y exposición de su imagen. h) Si el Tarjetahabiente Ganador no se presenta a la cita de aceptación del premio, el mismo será declarado desierto y Banco Promerica se reserva el derecho de disponer del premio en la forma que estime conveniente. i) Posterior a la cita de aceptación del premio, Banco Promerica cuenta con un plazo de quince (15) días hábiles para acreditar el premio al ganador, previa verificación de los requisitos y cumplimiento de lo dispuesto en el presente reglamento. j) La acumulación de acciones se mantiene durante todo el plazo de la promoción, del lunes veintitrés (23) de octubre al domingo veinticuatro (24) de diciembre del dos mil diecisiete (2017), inclusive. De manera que los clientes pueden seguir acumulando acciones y participando posterior a la elección de ganadores. k) La acreditación del premio se realizará según las indicaciones del ganador, pudiendo ser aplicación al saldo de la tarjeta de crédito, deposito en cuenta de efectivo en Banco Promerica o transferencia SINPE a una cuenta de otra entidad financiera. Sin detrimento a otro medio de acreditación. 8. Restricciones y Limitaciones: Los Tarjetahabientes que deseen utilizar el presente Programa, deberán cumplir con los siguientes requisitos: 4
a) La promoción aplica para Tarjetahabientes Titulares o Adicionales personas físicas. No aplica para tarjetas Empresariales. b) Solo acumulan acciones electrónicas las Tarjetas de Crédito que estén al día en sus pagos y sin bloqueos vigentes al momento de la compra. c) Los Tarjetahabientes ganadores deben de estar al día en sus pagos al momento de la premiación y sin bloqueos vigentes sobre la tarjeta o la cuenta. d) Si uno (1), o todos los ganadores no cumplen con los requisitos aquí establecidos se elegirá a él o los ganadores de los suplentes que cumplan con las condiciones necesarias y descritas en el presente reglamento. e) El premio no es endosable, ni transferible, ni negociable. f) No se reconocerán gastos adicionales al Ganador para retirar el premio, si aplicara. g) Los cargos en concepto de anualidades, intereses, mantenimiento de valor, retiros en efectivo y compras sin intereses (financiamiento cero interés) no acumularán acciones. h) El Tarjetahabiente perderá las acciones acumuladas en su cuenta si cancela la Tarjeta de Crédito durante el período de la promoción. i) No se tomarán en cuenta las transacciones flotantes, ni las transacciones no electrónicas que no hayan sido reportadas por algún comercio y/o que no hayan sido cargadas en el Estado de Cuenta del Tarjetahabiente. j) En aquellas cuentas que tengan Tarjetas de Crédito adicionales, únicamente tendrá derecho a recibir el premio los Tarjetahabientes Titulares registrados, sin perjuicio de las acciones y/o puntos que acumulen los adicionales. k) Los Tarjetahabientes que al momento del sorteo se encuentren en situación de cesación de pago con su Tarjeta de Crédito o presenten mora con cualquier otra obligación adquirida con Banco Promerica en 5
los últimos seis (6) meses, estarán inhibidos a participar o ser beneficiario del premio. En tales casos, el premio se declarará automáticamente como desierto y el Tarjetahabiente perderá cualquier derecho sobre el premio. Banco Promerica se reserva el derecho de disponer del premio en la forma que estime conveniente sin responsabilidad judicial y/o administrativa. l) Cuando sea para beneficio de los participantes o para mejorar la transparencia de la promoción, Banco Promerica podrá variar los términos y condiciones del presente Reglamento, durante la vigencia de la presente promoción notificándolo previamente a los participantes, siempre y cuando se mantengan los incentivos originales, de lo cual eximen de cualquier responsabilidad desde ahora al Banco por tal situación los tarjetahabientes participantes. m) Los Tarjetahabientes participantes en el programa, por el sólo hecho de participar, expresamente autorizan a Banco Promerica a utilizar sus nombres, números de cédulas, imágenes personales y/o voces para publicitar la Promoción, sin recibir ningún tipo de compensación sobre esto. n) Los Tarjetahabientes Ganadores aceptan todas y cada una de las condiciones indicadas en la cláusula siete (7): Condiciones del Sorteo de este reglamento, de lo contrario el premio se declarará automáticamente como desierto y el Tarjetahabiente perderá cualquier derecho sobre el premio. Banco Promerica se reserva el derecho de disponer del premio en la forma que estime conveniente. o) La responsabilidad de Banco Promerica termina con la entrega del premio al Ganador y no se responsabilizará por daños ocultos, accidentes, muerte, enfermedades o gastos médicos en los que pueda incurrir por el uso o disfrute de cualquiera de los premios por parte del Tarjetahabiente Ganador. p) Una vez concluida la promoción, Banco Promerica no tendrá ninguna responsabilidad con respecto a las acciones acumuladas, las cuales caducarán en el momento que finalice esta promoción. q) Un ganador no podrá ser elegible más de una vez, en dado caso se descartará y se elegirá un nuevo ganador. No así para los ganadores 6
suplentes, los cuales podrán aparecer como ganadores suplentes en un nuevo sorteo, excepto que haya sido ganador en una oportunidad. r) Se expresa y aclara que Banco Promerica, no será responsable por cualquier postergación o cancelación de la Promoción, cuando las circunstancias que originen tal hecho resulten ajenas a su arbitrio, sea por caso fortuito o fuerza mayor, dado que todos los participantes en la promoción, por el sólo hecho de participar en ella reconocen expresamente la limitación a tal responsabilidad, renunciando a efectuar a Banco Promerica, cualquier reclamo fundado en dichas circunstancias. s) No aplica para funcionarios de Banco Promerica de Costa Rica. 9. Elegibilidad: Esta promoción esta únicamente dirigida a los Clientes personas físicas que cuenten con una Tarjeta de Crédito o Débito emitidas por el Emisor, Banco Promerica de Costa Rica S.A. En igual forma, Banco Promerica de Costa Rica S.A se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución de los beneficios otorgados a aquellos participantes que directa o indirectamente incumpla las normas y condiciones aquí establecidas. El Emisor podrá modificar o descontinuar uno o todos los programas ofrecidos notificando al Tarjetahabiente en el Estado de Cuenta inmediato posterior a la eliminación de los mismos, o bien modificar las condiciones en cada programa cuando fuere necesario. Para rechazar estas modificaciones, el Tarjetahabiente contará con un plazo de dos meses posterior a la emisión del Estado de Cuenta, y transcurrido este plazo los acuerdos quedarán firmes. 10. Responsabilidad general: El disfrute de los productos y servicios de esta promoción, es un beneficio que Banco Promerica gestionó con terceros comercios para el disfrute por parte del Tarjetahabiente Ganador, para lo cual Banco Promerica de Costa Rica S.A. únicamente brinda este Programa Especial con el fin de que los Tarjetahabientes obtengan un beneficio, según las condiciones antes indicadas. Por esta razón, Banco Promerica de Costa Rica S.A. no se hará responsable por la calidad y condiciones de los productos y servicios brindados por los terceros comercios contratados para el disfrute de este beneficio por parte del Tarjetahabiente, a lo que el 7
Tarjetahabiente manifiesta y acepta que, en caso de existir algún tipo de diferencia o incumplimiento sobre el servicio y productos, exime a Banco Promerica de Costa Rica S.A. ante eventuales reclamos, sean éstos en la vía administrativa y/o judicial. 11. De la modificación de las condiciones y/o suspensión o cancelación de la promoción: Banco Promerica de Costa Rica S.A. podrá suspender o cancelar en forma inmediata la presente promoción así como modificar en forma inmediata las condiciones de la misma, sin asumir responsabilidad civil, penal, contractual y extracontractual alguna, de forma total o parcial, indefinida o definitivamente, si se producen causas de fuerza mayor y/o caso fortuito, que puedan provocar un grave perjuicio y que así obliguen. La suspensión de la promoción por alguna o varias causas, será debidamente comunicada por el Emisor en forma escrita por los medios con los que cuenta la entidad, para que el Tarjetahabiente pueda determinar si mantiene la relación contractual o no. Una vez concluido el periodo promocional, cesarán automáticamente los efectos, tanto de la promoción como del presente Reglamento. 12. Solución de Controversias: Cualquier controversia, conflicto, duda o asunto en general que se presente con respecto a las presentes condiciones y que no esté previsto en el presente Reglamento, será resuelto en estricto apego a las leyes, usos y buenas costumbres de la República de Costa Rica. 13. Información y consultas: Para mayor información y consultas, los interesados pueden llamar a Solución Promerica, al teléfono 2519-8090 o consultar mediante www.promerica.fi.cr. Se prohíbe la reproducción total o parcial de este documento por cualquier medio. El nombre Banco Promerica de Costa Rica, S.A. y sus productos son marca registrada a nombre de su respectivo propietario. 14. Este Reglamento se encuentra publicado en la dirección electrónica https://www.promerica.fi.cr/reglamentos 8