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Transcripción:

e s t u d i o N E C E S I D A D E S D E F O R M A C I Ó N E N E L S E C T O R D E L A S E G U R I D A D 2 0 1 3

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í n d i c e CONCLUSIONES 11 ESTUDIO SOBRE LAS NECESIDADES DE FORMACIÓN EN EL SECTOR DE LA SEGURIDAD 19 ANEXOS 55

11 CONCLUSIONES 14 1.1 Técnicos y Operadores de Seguridad 15 1.2 Ingenieros de Seguridad 16 1.3 Directivos de Seguridad 17 1.4 Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado 19 ESTUDIO 21 2.1 Introducción 21 2.1.1 Justificación y Objeto del Estudio 22 2.1.2 Estructura 23 2.2 NECESIDADES DE FORMACIÓN EN EL SECTOR DE SEGURIDAD 24 2.2.1 Técnicos y Operadores 24 2.2.1.1 Vigilantes y Escoltas 27 2.2.1.2 Operadores de CRA (Central Receptora de Alarmas) 29 2.2.1.3 Técnicos Instaladores y Mantenedores de Seguridad 31 2.2.1.4 Ingenieros 35 2.2.2 Directivos 38 2.3 NORMATIVA Y REQUISITOS DE FORMACIÓN EN EL SECTOR DE LA SEGURIDAD 38 2.3.1 Formación de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y las Administraciones Autonómicas y Locales 39 2.3.2 Técnicos y Operadores de Seguridad 39 2.3.2.1 Vigilantes de Seguridad 39 2.3.2.2 Escoltas 40 2.3.2.3 Otro Personal de Seguridad Privada 41 2.3.2.4 Operadores de CRA y SOC 41 2.3.2.5 Instaladores y Técnicos de Mantenimiento de Sistemas de Seguridad Físicos y de Ciberseguridad 41 2.3.3 Formación de Ingenieros de Seguridad 42 2.3.4 Formación de Directivos de Seguridad 44 2.4 OFERTA FORMATIVA EN EL SECTOR DE LA SEGURIDAD 44 2.4.1 Formación Profesional de Seguridad 44 2.4.1.1 Cualificaciones Profesionales de Seguridad 45 2.4.1.2 Títulos de Formación Profesional del Sector de Seguridad

47 2.4.2 Enseñanza Universitaria de Seguridad 47 2.4.3 Formación Propia de Seguridad 47 2.4.3.1 Escuelas de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado 50 2.4.3.2 Centros de Formación de Seguridad Privada Registrados 51 2.4.3.3 Centros de Formación de Escoltas 51 2.4.3.4 Enseñanzas de Ciberseguridad 52 2.4.3.5 Centros de Formación de Directivos de Seguridad 55 ANEXOS 57 3.1 TERMINOLOGÍA 61 3.2 ENCUESTA DE OPINIÓN 69 3.3 REQUISITOS DE FORMACIÓN DE LA POLICÍA NACIONAL, GUARDIA CIVIL Y POLICÍAS AUTONÓMICAS 69 3.3.1 Formación de la Policía Nacional 69 3.3.1.1 Escala Básica 70 3.3.1.2 Escala Ejecutiva 70 3.3.2 Formación de la Guardia Civil 71 3.3.3 Formación de las Policías de la Comunidades Autónomas 71 3.3.4 Formación de las Policías Locales 72 3.4 SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL 76 3.4.1 Formación Profesional 78 3.4.1.1 Cualificaciones Profesionales 81 3.4.1.2 Programa de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) 81 3.4.1.3 Títulos de Formación Profesional 82 3.4.2 Enseñanzas Universitarias 85 3.4.2.1 1 er Ciclo: Grado 85 3.4.2.2 2º Ciclo: Máster 86 3.4.2.3 3 er Ciclo: Doctorado 87 3.4.2.4 Máster Propio 87 3.4.2.5 Experto Universitario 88 3.4.2.6 Especialista Universitario 88 3.4.2.7 Oferta de Enseñanza Universitaria Española 90 3.5 REFERENCIAS

c o n c l u s i o n e s

A modo de resumen, y en base a las informaciones obtenidas hasta la fecha de la edición, las principales conclusiones del estudio realizado se concretan en dos: Es absolutamente necesario que la formación de los profesionales del sector de la Seguridad, en sus diferentes niveles y especialidades, sea cuanto antes responsabilidad del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Es deseable que, en la mayoría de los casos, el Ministerio del Interior acredite a los profesionales egresados de la formación académica para el ejercicio de las diferentes profesiones de la Seguridad MINISTERIO educación MINISTERIO INTERIOR Las conclusiones alcanzadas respecto de la formación de cada grupo analizado se expresan a continuación, y contrastan fuertemente con la situación actual. 13

ORIENTACIÓN HACIA SEGURIDAD ELECCIÓN DE ESPECIALIDAD EN SEGURIDAD CONTENIDOS SEGÚN CRITERIO [INCUAL] 1 er ciclo FP grado medio 2 er ciclo FP grado medio estudios FP grado superior NIVEL DE FORMACIÓN ACADÉMICA ESPECIALIDAD EN SEGURIDAD PÚBLICA: REGULACIÓN ESPECÍFICA POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR 1.1 Técnicos y Operadores de Seguridad Dada la diversidad, parece aconsejable un primer ciclo, correspondiente al nivel Medio de Formación Profesional, común y centrado en conocimientos básicos de Seguridad. El segundo ciclo de Grado Superior, el que permite obtener la titulación necesaria para cada una de las especialidades, debiera ser específico para cada actividad, incluyendo la de la Seguridad Pública. Los contenidos debieran ser aprobados por el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL). El paso de la situación actual de formación de este colectivo a la propuesta se hará de manera gradual con la posibilidad de homologación de los Centros de Formación actuales. Independientemente de los profesionales que se integren en la Seguridad Pública, en el caso de los que presten servicios en contacto directo con los Fuerzas y Cuerpos de Seguridad Pública, como los Vigilantes y Escoltas y los Operadores de CRA (Centro de Receción de Alarmas) y SOC (Security Operation Center), parece conveniente que deban ser registrados en el Ministerio del Interior y dotados de una responsabilidad legal específica. 14

ORIENTACIÓN HACIA SEGURIDAD contenidos especializados en seguridad estudios nivel grado estudios especializ. máster! recomendable no títulos propios! contenidos aprobados por aneca 1.2 Ingenieros de Seguridad Deben tener formación académica universitaria oficial de Grado, y una especialización mediante Máster. Los contenidos de esta formación universitaria deben incluir aspectos de tecnología, de legislación aplicable y de metodología de análisis de riesgos y criterios de protección. Dada la responsabilidad de estos profesionales y lo crítico de sus conocimientos, es recomendable no utilizar Títulos Universitarios Propios y que los contenidos sean aprobados por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA). La responsabilidad de estos profesionales es menor que en el caso de los Directores y Jefes de Seguridad, por lo que el papel del Ministerio del Interior no parece tan necesario, en el sentido de registrar a los titulados para el ejercicio profesional. 15

ORIENTACIÓN HACIA SEGURIDAD contenidos especializados en seguridad estudios nivel grado estudios especializ. máster! control a través del mº del interior! homologación progresiva desde el sistema actual enseñanzas complementarias 1.3 Directivos de Seguridad Deben tener formación académica universitaria oficial al menos de Grado, siendo recomendable Grado y Máster especializado como enseñanzas complementarias. Los contenidos de esta formación universitaria deben incluir aspectos de gestión y, en todo caso, deben ser aprobados por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA). El paso de la situación actual de formación de este colectivo a la propuesta se hará de manera gradual, con la posibilidad de homologación de los Centros de Formación actuales. El papel del Ministerio del Interior debe centrarse: > en el registro de los egresados de estos estudios que deseen acreditarse para el ejercicio profesional de la Seguridad, estando por ello sujetos a responsabilidades legales específicas. > la acreditación de la capacidad para desempeñar dichos puestos, dirigida a profesionales con experiencia en estos roles, que pueden solicitar la acreditación como Directivos de Seguridad sin tener que realizar una formación académica de Grado. 16

ORIENTACIÓN HACIA SEGURIDAD ELECCIÓN DE ESPECIALIDAD EN SEGURIDAD CONTENIDOS SEGÚN CRITERIO [INCUAL] aspirantes a la escala ejecutiva 1 er ciclo FP grado medio 2 er ciclo FP grado medio estudios FP grado superior NIVEL DE FORMACIÓN ACADÉMICA estudios nivel grado ESPECIALIDAD EN SEGURIDAD PÚBLICA: REGULACIÓN ESPECÍFICA POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR 1.4 Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado Los aspirantes a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en la Escala Básica deben tener, al menos, estudios de Formación Profesional. Dada la diversidad (policías locales, autonómicas, policía nacional, guardia civil), parece aconsejable un primer ciclo, correspondiente al nivel Medio de Formación Profesional, común y centrado en conocimientos básicos de Seguridad. El segundo ciclo de Grado Superior, el que permite obtener la titulación necesaria para cada una de las especialidades, debiera ser específico para cada tipo de policía. Los contenidos debieran ser aprobados por el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL). Los aspirantes a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado de la Escala Ejecutiva deben tener estudios de Grado universitario. El paso de la situación actual de formación de este colectivo a la propuesta se hará de manera gradual, con la posibilidad de homologación de los Centros de Formación actuales para los estudios de Formación Profesional. 17

e s t u d i o

2.1 Introducción 2.1.1 Justificación y Objeto del Estudio En España existen alrededor de 356.000 empleos en el Sector de la Seguridad, de acuerdo a las cifras recogidas en el Informe Anual de la Seguridad en España 2012 de la Fundación ESYS 1. El reparto de este empleo se distribuye de la siguiente forma: 250.000 correspondientes a las Fuerzas de Seguridad Pública, 90.000 personas de la Seguridad Física Privada y 16.000 empleos de Ciberseguridad. 250.000 FUERZAS DE SEGURIDAD PÚBLICA 90.000 SEGURIDAD FÍSICA PRIVADA 16.000 EMPLEOS DE CIBERSEGURIDAD Esta actividad emplea, por lo tanto, a un número importante de españoles, y su desempeño está ligado fuertemente a una función esencial a los ciudadanos: su seguridad y la de sus propiedades y puestos de trabajo. Sorprendentemente, este conjunto de actividades profesionales tiene un muy débil reflejo en la formación académica oficial, por lo que las necesidades formativas se han ido resolviendo por diversos y heterogéneos caminos. Analizar esta situación es el objeto del presente estudio, en el que se pretende, por un lado, exponer las necesidades formativas encontradas y expresadas por los usuarios; los requisitos legales, en los casos en que existen, que ordenan la formación; la oferta formativa existente, mayormente fuera de las trayectorias oficiales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y, finalmente, alcanzar unas conclusiones al respecto. [1] informe anual de la seguridad en españa 2012. http://www.fundacionesys.com 21

En el estudio no se trata la formación continua que las empresas imparten internamente a sus empleados, ni tampoco la ocupacional, cuya duración es generalmente inferior a seis meses. De la misma forma, este estudio no valora la formación que las distintas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado imparten a sus efectivos, una vez que han superado las pruebas de ingreso correspondiente. 2.1.2 Estructura Este documento se ha estructurado según cuatro capítulos fundamentales: > Necesidades de formación, opinión de los usuarios y proveedores de Servicios de Seguridad a través de una encuesta específica. > Normativa y Requisitos, existentes en la diversa legislación española > Oferta formativa, tanto Pública como Privada > Conclusiones, alcanzadas por el grupo de expertos de la Fundación ESYS Se han incluido también un Capítulo formal de Referencias, y otro de Anexos, con la documentación de consulta utilizada. N N+R O C R A 22

2.2 NECESIDADES DE FORMACIÓN EN EL SECTOR DE SEGURIDAD Las necesidades de Formación en Seguridad se han estudiado a partir de una serie de encuestas dirigidas a las principales empresas de servicios de Seguridad, y a los mayores usuarios de servicios de Seguridad privada, así como a sindicatos y asociaciones del sector. Las necesidades reales de formación de los empleados públicos que se consideran son las que se recogen en las bases de las distintas convocatorias de empleo público y por tanto, no se han realizado encuestas complementarias. Se han recibido 38 encuestas (los modelos de encuesta utilizados en cada caso están incluidos en el capítulo de Anexos), lo que se considera una muestra representativa, no tanto por el número, sino porque representan a más del 80% del volumen económico de la empresas de servicios de Seguridad, a 15 grandes empresas del IBEX principales usuarias de servicios de Seguridad, a las dos asociaciones empresariales mayoritarias del sector y a uno de los tres principales sindicatos. La encuesta se ha dividido en tres partes en función del nivel profesional. Los tres niveles formativos son: 1. Técnicos y Operadores Personal de nivel operativo en las empresas, con funciones diversas: vigilantes, escoltas, operadores de CRA (Centro de Recepción de Alarmas), instaladores de Sistemas de Seguridad y operadores de SOC (Security Operation Center). 2. ingenieros Se trata de profesionales, normalmente titulados, que diseñan Sistemas de Seguridad (Física o Ciberseguridad), dirigen las instalaciones, realizan las puestas en marcha, auditan Sistemas, asesoran a empresas, etc. 3. directivos Personal de nivel directivo en las empresas, ya sean de servicios de Seguridad (Física o Ciberseguridad), es decir, Jefes de Seguridad, o de empresas en las que se responsabilizan de la Seguridad, es decir, Directores de Seguridad según la legislación de Seguridad Privada. De cada uno de los tres grupos se analizan las respuestas y se presentan las consiguientes conclusiones sobre las necesidades existentes en materia de formación. 23

2.2.1 Técnicos y operadores 2.2.1.1 2.2.1.2 2.2.1.3 2.2.1.4 vigilantes y escoltas operadores de cra técnicos instaladores ingenieros [central receptora de alarmas] y mantenedores de seguridad 2.2.1.1 Vigilantes y escoltas Sería necesario que existiera Formación Profesional específica? formación profesional 95,24% 4,76% sí no ns/nc Considera adecuados los requisitos o aptitudes físicas que se exigen para ejercer como vigilante de seguridad o escolta? requisitos de formación exigidos 52,38% 47,62% adecuados inadecuados Para aquellos que no consideran adecuados los requisitos que se demandan, las principales causas se resumen a continuación: causas de inadecuación 0,0% 71,67% 0,0% 25% 41,67% demasiado exigentes deberían adecuarse a cada especialidad no deberían ser un factor a valorar no suficientemente exigentes otros 24

Cabe destacar que la suma de los porcentajes no es del 100% por permitirse varias opciones en la respuesta. La inmensa mayoría (71,7%) consideran que los requisitos o aptitudes físicas deberían adecuarse a cada especialidad. Entre otras causas posibles de inadecuación se destaca el incumplimiento de la normativa exigible o la necesidad de que los títulos fuesen de carácter temporal con necesidad de renovación. Se debe mantener la acreditación por el Ministerio del Interior para estas profesiones? acreditación obligatoria 95,45% 4,55% sí no ns/nc Es adecuada la formación actual de los vigilantes y escoltas? adecuación de nivel de formación 18,18% 22,73% 45,45% 31,82% sí no mejorable varía en función de cada especialidad profesional El porcentaje de las respuestas no suma un 100% porque se ha permitido marcar más de una opción en la respuesta. Las principales dificultades o carencias que los encuestados manifiestan en la formación de este colectivo son: > Formación insuficiente y poco reconocimiento social a su profesión. > Falta de formación práctica y de nuevas tecnologías de la Seguridad. > Formación especializada, adaptada a las necesidades de los distintos tipos de cliente y servicio (aeropuertos, centrales nucleares, centros comerciales, rondas, control de accesos, etc.) > Necesidad de cursos de reciclaje y formación periódica. > Conocimiento de las operativas, intervención, capacidad de respuesta, etc. 25

Las conclusiones extraídas de la encuesta de las Necesidades de Formación de los Vigilantes de Seguridad y Escoltas se resumen en: conclusiones de las necesidades de formación de vigilantes y escoltas [ 1 ] Se demanda la puesta en marcha de Formación Profesional dirigida a Vigilantes y Escoltas. [ 2 ] Los requisitos o aptitudes físicas exigidas para ejercer como Vigilante o Escolta deberían adecuarse a cada especialidad profesional. [ 3 ] La acreditación obligatoria por parte del Ministerio del Interior para ejercer como Vigilante de Seguridad o Escolta debe mantenerse. [ 4 ] La formación de los Vigilantes de Seguridad o Escoltas debería estar más especializada en función del tipo de cliente o servicio que se vaya a prestar. 26

2.2.1.2 Operadores de C.R.A [ central receptora de alarmas ] Sería necesario que existiera Formación Profesional específica? formación profesional 76,19% 23,81% sí no Es preciso que exista una acreditación por parte del Ministerio del Interior para estos profesionales? acreditación obligatoria 57,14% 42,86% sí no En esta ocasión, los resultados se muestran bastante divididos, con una ligera ventaja de los que consideran que debe mantenerse esta acreditación obligatoria, una 57,1 % del total, frente a un 42,9% que consideran que no es adecuada. Es adecuada la formación actual de los operadores de CRA? adecuación de nivel de formación 25% 50% 25% si mejorable no 27

Las principales carencias o dificultades que se han revelado en la formación de los Operadores de CRA se centran en: > Adiestramiento práctico en respuesta a incidentes, operaciones y Protección Civil. > Inexistencia de formación específica para esta especialidad. > Necesidad de cursos de formación adaptados para cada puesto con reciclajes periódicos. Cada CRA tiene su propio funcionamiento interno por su tipología de servicios y por tanto, debería de existir un examen de acceso a su habilitación. > Formación en atención al cliente. > Los operadores de CRA deberían ser una especialidad del Vigilante de Seguridad. El apartado de la encuesta dedicado a las Necesidades de Formación de los Operadores de CRA arroja varias conclusiones generales: conclusiones de las necesidades de formación de los operadores de cra [ 1 ] Se considera necesaria la puesta en marcha de Formación Profesional para los Operadores de CRA. [ 2 ] La Formación de los Operadores de CRA es mejorable, debería contemplar una mayor especialización para adaptarse a las necesidades propias del puesto. 28

2.2.1.3 Técnicos Instaladores y Mantenedores de Seguridad Sería necesario que existiera Formación Profesional específica? formación profesional 4,55% 86,36% 9,09% indiferente sí no Qué conocimientos deberían tener los técnicos instaladores y mantenedores de Sistemas de Seguridad? conocimientos exigibles 13,64% 90,91% 90,91% 54,54% otros técnicos de seguridad nuevas tecnologías legales Otros conocimientos que los encuestados han considerado de interés para estos colectivos son la gestión de riesgos y protocolos de Seguridad. Debiera existir una acreditación del Ministerio del Interior para estos profesionales? (No es así en la actualidad) acreditación obligatoria 31,82% 4,54% 63,64% no indiferente sí Es adecuada la formación actual? adecuación de nivel de formación 27,27% 45,46% 27,27% sí mejorable no 29

En general, los encuestados manifiestan las siguientes carencias o dificultades en la formación de los Técnicos Instaladores y Mantenedores de Seguridad: > Formación académica especializada insuficiente. Falta de habilitación y de la asignatura curricular específica de Seguridad dentro de la Formación Reglada. > Desconocimiento de la legislación y normativa. > Falta de formación práctica y de reciclaje. > Intrusismo, personal subcontratado sin conocimientos de los sistemas y equipos. > Escasos conocimientos sobre los criterios de aplicación de medidas de Seguridad. Falta de visión global y capacidad para integrar el sistema de alarma en el resto del de Seguridad. > Desconocimiento de Nuevas Tecnologías y Técnicas Delictivas. conclusiones de las necesidades de formación de los técnicos instaladores y mantenedores de sistemas de seguridad [ 1 ] Se debe poner en marcha Formación Profesional adecuada a esta especialidad profesional. [ 2 ] Un Técnico Instalador y Mantenedor de Sistemas de Seguridad debe tener conocimientos de carácter técnico de Seguridad, de nuevas tecnologías y de la normativa y legislación aplicable. [ 3 ] Debe implantarse la acreditación obligatoria del Ministerio del Interior para ejercer como Técnico Instalador. [ 4 ] El nivel actual de la formación de los Técnicos Instaladores de Seguridad es claramente mejorable. 30

2.2.1.4 Ingenieros Qué titulación se considera necesaria? titulación 50% 0,0% 27,27% 0,0% 31,82% grado universitario ninguna grado +máster indiferente título propio (La suma de las respuestas es mayor del 100% al haberse permitido más de una opción en las contestaciones.) Qué materias deberían incluirse en la formación? Los profesionales encuestados manifiestan que para ejercer como Ingeniero de Seguridad son necesarios, y por tanto deberían exigirse, además de una visión global de la operativa del sector, conocimientos técnicos en las siguientes áreas: > Sistemas de Seguridad Física y Ciberseguridad > Ingeniería de Sistemas e instalaciones > Gestión del riesgo > Legislación y normativa aplicable > Otros conocimientos técnicos adecuados al puesto que vaya a desempeñar (electricidad y electrónica, redes, sistemas de vigilancia, tecnologías de la información, etc.) En esta cuestión, algunos encuestados también abogan por establecer diferentes grados o módulos formativos en función de la especialidad, por ejemplo, en las áreas de Ciberseguridad, Electricidad, Electrónica, Telecomunicaciones, etc. 31

Se deberían acreditar los Ingenieros de Seguridad por el Ministerio del Interior? acreditación obligatoria 63,64% 4,54% 31,82% sí indiferente no Es adecuada la formación actual de los Ingenieros de Seguridad? nivel de formación de ingenieros en seguridad física 22,73% 31,82% 45,45% adecuado indiferente mejorable Las principales carencias o dificultades que se consideran en relación a la formación de estos profesionales se resumen en las siguientes: > Carencia de una visión integral de la Seguridad, concepto y gestión de los riesgos. > Falta de formación y preparación técnica. > Pocos conocimientos en Metodología de Aplicación y Evaluación de las Medidas de Seguridad. > Necesidad de formación para el reciclaje periódico de los profesionales en áreas como las nuevas tecnologías y equipamientos o la normativa aplicable. 32

nivel de formación de ingenieros en ciberseguridad 31,82% 22,73% 45,45% adecuado inadecuado mejorable En cuanto al nivel de formación de los Ingenieros especializados en tareas relacionadas con la Ciberseguridad, los encuestados muestran una percepción ligeramente más positiva que en el caso de la Seguridad Física pero existe división de opiniones. En líneas generales, las demandas de formación para los Ingenieros especializados en Ciberseguridad se centran en: > Necesidad de una estructura formativa adecuada de base, falta de formación práctica y de una mayor homogeneidad en los centros y contenidos. > Convergencia hacia una visión de la Seguridad Integral. Existen carencias en cuanto a la visión general de la gestión de los riesgos y de la Seguridad. > Necesidad de un mayor reciclaje de los profesionales. > Carencia de conocimientos técnicos en determinadas áreas: Telecomunicaciones, Protocolos de configuración, Formación en el equipamiento suministrado por los operadores de Telecomunicaciones, Amenazas, etc. En algunas de las respuestas recogidas, tanto para los Ingenieros de Seguridad Física como de Ciberseguridad, se apunta a que las exigencias actuales del mercado pueden redundar en un menor nivel de calidad. El análisis del apartado del estudio sobre las Necesidades de Formación de los Ingenieros de Seguridad arroja las siguientes conclusiones: 33

conclusiones de las necesidades de formación de los ingenieros de seguridad [ 1 ] Los Ingenieros de Seguridad deben tener una formación académica adecuada para ejercer su profesión, acreditada mediante la obtención de un Grado Universitario y que puede complementarse con un Máster especializado en el caso del Grado Universitario. [ 2 ] Los Ingenieros de Seguridad deberían tener, además de una visión global de la operativa del sector, conocimientos en áreas como Sistemas de Seguridad Física y Ciberseguridad, Ingeniería de Sistemas e Instalaciones, Gestión del Riesgo y Legislación aplicable. [ 3 ] Se debe mantener la acreditación obligatoria por parte del Ministerio del Interior para ejercer como Ingeniero de Seguridad. [ 4 ] El nivel de formación actual de los Ingenieros de Seguridad es claramente mejorable. 34

2.2.2 Directivos Qué titulación debieran tener los Directivos de Seguridad? titulación 36,36% 31,82% 31,82% 0% 9,09% grado universitario grado +máster título propio ninguna indiferente Debería exigirse experiencia previa en el Sector a un Directivo de Seguridad? experiencia 85,71% 0% 14,29% sí indiferente no Esta pregunta se complementa para los que consideran la necesidad de experiencia para los Directivos de Seguridad con el número de años exigibles. Los encuestados consideran como media cuatro años, siendo el mínimo de 3 años y el máximo de 7. No obstante, casi la mitad de los encuestados que consideran que deben tener experiencia previa, establecen 3 años como el valor de la experiencia exigible. Qué conocimientos debiera tener un Directivo de Seguridad? conocimientos exigibles 90,91% 68,18% 86,36% 77,27% 22,73% técnicos nuevas tecnologías gestión jurídicos otros 35

Debe mantenerse la acreditación de los Directivos de Seguridad por el Ministerio del Interior? acreditación obligatoria 4,54% 81,82% 13,64% sí indiferente no La formación actual de los Directivos de Seguridad, es satisfactoria? nivel de formación 4,5% 59,1% 36,4% mejorable adecuado inadecuado Más del 95% de los encuestados consideran que el nivel de formación de los Directivos de Seguridad es inadecuado o mejorable. Las carencias que se han recogido son las siguientes: > Sus conocimientos de la Seguridad se basan en la experiencia, más que en la formación, y no alcanzan el nivel de formación de otros directivos de las grandes empresas. > Escasa formación académica y de Seguridad, tanto Física como Ciberseguridad. > El curso actual existente para la habilitación es insuficiente. > Formación dispersa y contenido muy heterogéneo. Es una formación generalista, y sería conveniente plantear distintas especialidades. No es lo mismo profesionalmente un Director de Seguridad de una entidad financiera que de una instalación energética, sobre todo a efectos de normativa afectada en la operativa de la actividad. > Escasa formación de las nuevas tecnologías, baja formación de gestión de negocio y de personas y nula formación de Ciberseguridad. > Reciclaje periódico inexistente. Necesidad de actualización de los conocimientos tanto técnicos como jurídicos. 36

El análisis de las encuestas sobre las necesidades de formación de los Directivos de Seguridad permite concluir lo siguiente: conclusiones de las necesidades de formación de los directivos de seguridad [ 1 ] La formación académica del Directivo de Seguridad es inadecuada. [ 2 ] Se desea que el nivel de estudios del Directivo de Seguridad sea de Grado y Máster Universitario o Título Propio. [ 3 ] La formación debe incidir en técnicas de Seguridad, Sistemas de gestión, conocimientos jurídicos y de nuevas tecnologías. [ 4 ] Se necesita experiencia previa en el Sector de Seguridad de más de tres años. [ 5 ] La acreditación por parte del Ministerio del Interior debe mantenerse. 37

2.3 NORMATIVA Y REQUISITOS DE FORMACIÓN EN EL SECTOR DE LA SEGURIDAD Las necesidades de formación del personal de Seguridad tanto Pública como Privada en lo relativo a la Seguridad Física están regladas. No así en lo relativo a la Ciberseguridad, en donde las acreditaciones y habilitaciones del personal y la formación exigida, provienen de la demanda concreta de las empresas o de las acreditaciones privadas como las de ISACA y AENOR. En este apartado se recogen las características principales de las normas y requisitos de formación para cada tipo de empleo del Sector de Seguridad. 2.3.1 Formación de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y las Administraciones Autonómicas y Locales Las Fuerzas de Seguridad tienen dos bloques formativos bien diferenciados. Los primeros son los que hacen referencia a los requisitos de formación exigidos para el acceso a los distintos Cuerpos. Generalmente se realiza por oposición y los programas sobre los que se establecen las pruebas se recogen en su totalidad o se matizan las bases habituales en función de cada convocatoria de plazas para cada Cuerpo. Un segundo bloque formativo es el relativo al personal que ha superado las pruebas de ingreso, al que se le imparten unos cursos previos a la entrada en servicio. También en este segundo grupo se encuentra la formación de especialización, mantenimiento y promoción. Las oposiciones para el ingreso son libres, con requisitos diversos según permitan el acceso a las escalas básicas (guardias) o a los niveles ejecutivos o de mando. Las oposiciones se preparan normalmente en academias privadas, especializadas en los temarios de las oposiciones. 38

En el anexo se recogen los requisitos de formación del Cuerpo Nacional de Policía, la Guardia Civil, Policías Autonómicas y Policías Locales. 2.3.2 Técnicos y Operadores de Seguridad 2.3.2.1 Vigilantes de Seguridad Para ser Vigilante de Seguridad se requiere superar las pruebas de selección que convoca la Secretaría de Estado de Seguridad. A estas pruebas solo se podrán presentar las personas que posean el diploma o certificación acreditativa de haber superado el curso o cursos correspondientes en los centros de formación de seguridad privada autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad para Vigilantes de Seguridad de al menos ciento ochenta horas y seis semanas, según se recoge en la Resolución de 12 de noviembre de 2012 2, de la Secretaría de Estado de Seguridad (BOE núm. 296, de 10 de diciembre). No es necesario tener ningún título oficial ni tan siquiera de Primaria. Además, para poder prestar servicios con armas, los Vigilantes de Seguridad habrán de obtener licencia C en la forma prevista en el Reglamento de Armas. 2.3.2.2 Escoltas Para ser Escolta se requiere superar las pruebas de selección que convoca la Secretaría de Estado de Seguridad. A estas pruebas solo se podrán presentar las personas que posean el diploma o certificación acreditativa de haber superado el curso o cursos correspondientes en los centros de formación de seguridad privada autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad para Vigilantes de Seguridad de al menos ciento ochenta horas y seis semanas lectivas, y los módulos complementarios y específicos para escoltas privados, de sesenta horas lectivas, según se recoge en [2] http://www.boe.es/boe/dias/2012/12/10/pdfs/boe-a-2012-14947.pdf 39

la Resolución de 12 de noviembre de 2012 3, de la Secretaría de Estado de Seguridad (BOE núm. 296, de 10 de diciembre). Para ser Escolta Privado es necesario estar en posesión del título de Graduado Escolar, de Graduado en Educación Secundaria, de Formación Profesional de primer grado, u otros equivalentes o superiores. 2.3.2.3 Otro Personal de Seguridad Privada Además de los profesionales anteriormente descritos de la Seguridad Privada, existen Otro Personal de Seguridad con funciones concretas y que necesitan una formación adaptada a su desempeño profesional. Estos Profesionales de Seguridad son de dos tipos: Vigilantes de Seguridad especializados (ver en anexo sus especializaciones) Guardas Particulares de Campo Los requisitos formativos para los Vigilantes de Seguridad Especializados son los mismos que los de los Vigilantes de Seguridad más el temario correspondiente recogido en la Resolución. Los Guardas Particulares de Campo precisan superar las pruebas de selección que convoca la Secretaría de Estado de Seguridad. A estas pruebas solo se podrán presentar las personas que posean el diploma o certificación acreditativa de haber superado el curso o cursos correspondientes en los centros de formación de seguridad privada autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad de al menos sesenta horas y dos semanas lectivas, que se determinan en la Resolución de 18 de enero de 1999, de la Secretaría de Estado de Seguridad (BOE núm. 24, de 28 de enero). [3] http://www.boe.es/boe/dias/2012/12/10/pdfs/boe-a-2012-14947.pdf [4] http://www.boe.es/boe/dias/1999/01/28/pdfs/a03871-03899.pdf 40

2.3.2.4 Operadores de CRA y SOC Estos profesionales tienen como misión operar Sistemas de monitorización de Seguridad Física (alarmas, imágenes de TV) en el caso de las CRA, y de alertas e incidentes de Ciberseguridad en el caso de los SOC. La formación específica para Vigilantes de Seguridad que presten servicio de respuesta ante alarmas se considera insuficiente y para los Operadores de SOC no existe. 2.3.2.5 Instaladores y Técnicos de Mantenimiento de Sistemas de Seguridad Físicos y de Ciberseguridad Los profesionales englobados en este grupo son capaces de instalar y mantener y administrar Sistemas de Seguridad Físicos (detectores de intrusión, cámaras de Televisión, centrales de control, lectoras de control de accesos, etc.) y de Ciberseguridad (firewalls, antivirus, Sistemas de correlación de logs y gestión de eventos de Seguridad, Sistemas de Gestión de Identidades y Accesos etc.). En ninguno de los casos existe requerimiento específico de la formación a recibir. 2.3.3 Formación de Ingenieros de Seguridad Se consideran dentro de este apartado a los técnicos de nivel alto, normalmente ingenieros o licenciados, (no necesariamente en todos los casos), de especialidades tecnológicas, que diseñan Sistemas de Seguridad Física o de Ciberseguridad, dirigen las instalaciones correspondientes y realizan o supervisan las puestas en marcha de estos Sistemas. No existe requerimiento alguno para este tipo de profesionales en la legislación existente sobre Seguridad. 41

En el caso de los Ingenieros que trabajan en Seguridad Física, no existe ningún tipo de acreditación que implique una formación reglada o no reglada que lo ampare. En el caso de los ingenieros de Ciberseguridad por el contrario, existe una gran cantidad de acreditaciones internacionales, impartidas por diversas asociaciones, que implican la asistencia a determinados cursos especializados, con diversidad de contenidos. No obstante, se pueden agrupar en dos tipos: acreditaciones generalistas y acreditaciones específicas de fabricante o de tecnología. Los estudiantes que superan las pruebas de estos cursos, se acreditan al respecto y en muchos casos son acreedores a puestos de trabajo o a contratos de asistencia técnica que exigen estas acreditaciones. Es una situación de facto no recogida en ninguna legislación en España. Entre las acreditaciones más reconocidas en España se pueden mencionar las siguientes: CISSP Certified Information System Security Professional CISA Certified Information System Auditor CISM Certified Information System Manager GIAC Global Information Assurance Certification CCSP Cisco Certified Security Professional MCSP Microsoft Certified System Professional CCSE Check Point Certified Security Expert 2.3.4 Formación de Directivos de Seguridad Para esta parte del estudio, se consideran Directivos de Seguridad tanto al Director de Seguridad como al Jefe de Seguridad. La diferencia fundamental entre ambas profesiones está principalmente relacionada con el lugar en el que ejerzan su trabajo. Los Directores de Seguridad trabajan para una empresa que tiene sus propios Sistemas de Seguridad y los Jefes de Seguridad trabajan en 42

empresas prestadoras de Servicios de Seguridad. Por ello, los requerimientos para los dos tipos de profesionales se consideran similares. Los requisitos exigidos al Director y al Jefe de Seguridad están fijados en la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre. Posteriormente se han modificado por la Orden INT/318/2011 5, de 1 de febrero sobre Personal de Seguridad Privada del Ministerio del Interior y que en su artículo 6 hace referencia a los Directores de Seguridad. Para la habilitación del Jefe de Seguridad no se recoge en la normativa vigente que se pueda obtener mediante un título reconocido similar al de Director de Seguridad, a pesar de tener funciones similares, por lo que en todo caso se necesita superar unas pruebas. Las pruebas de habilitación para los Jefes de Seguridad se basarán sobre el funcionamiento de las empresas de seguridad, funciones, deberes y responsabilidades del personal de seguridad privada, funcionamiento de los sistemas y medidas de seguridad, organización de servicios de seguridad, y modalidades de prestación de los mismos, de acuerdo al artículo 11 de la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, del Ministerio del Interior. La habilitación de un Director de Seguridad se puede obtener también si no se dispone de titulación reconocida y se superan las Pruebas de habilitación para los Directores de Seguridad no titulados. Las pruebas tendrán carácter teórico-práctico y versarán sobre la normativa reguladora de la Seguridad Privada y, en especial, sobre servicios de seguridad, funciones de los departamentos de seguridad, y características y funcionamiento de los sistemas y medidas de seguridad de acuerdo al artículo 12 de la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, del Ministerio del Interior. Los Directores y los Jefes de Seguridad solo existen legalmente en lo referente a la Seguridad Física. En Ciberseguridad existen de hecho los Directores de Seguridad, llamados en algunos casos CISO (Chief Information Security Officer), y no existen ni funcionalmente los Jefes de Seguridad de las empresas de servicios de Ciberseguridad. [5] http://www.interior.gob.es/normativa-89/ordenes-int-1325/orden-int-318-2011-de-1-de-febrero-1476#art12 43

2.4 OFERTA FORMATIVA EN EL SECTOR DE LA SEGURIDAD Para el presente estudio concretaremos las enseñanzas del sistema educativo español en las correspondientes a la Formación Profesional y a las Enseñanzas Universitarias. 2.4.1 Formación Profesional de Seguridad 2.4.1.1 Cualificaciones Profesionales de Seguridad De las familias de cualificaciones profesionales relacionadas con la Seguridad (ver anexo) solo hay dos que pueden ser referenciadas para el objeto del estudio: la de Seguridad y Medio Ambiente (SEA) y la de Informática y Comunicaciones (IFC). La Familia de Seguridad y Medio Ambiente (SEA) tiene 26 cualificaciones y de ellas solo 8 están relacionadas directamente con el Sector de Seguridad objeto de estudio. De la Familia de Informática y Comunicaciones (IFC) hay 7 cualificaciones que se pueden considerar relacionadas con el Sector de Seguridad, y de la Familia Electricidad y Electrónica se considera que hay una cualificación que se ajusta a las necesidades básicas del Sector de Seguridad. En total, 16 cualificaciones, que se relacionan en la tabla siguiente, deben considerarse útiles para formar a los profesionales del Sector de la Seguridad. CÓDIGO DENOMINACIÓN NIVEL SEA029_2 Vigilancia y Seguridad Privada 2 IFC081_3 Administración y Diseño de Redes Departamentales 3 44

SEA130_2 Guarderio Rural y Marítimo 2 IFC152_3 Gestión de Sistemas Informáticos 3 IFC153_3 Seguridad Informática 3 SEA183_2 Cometidos Operativos Básicos y de Seguridad Militar 2 ELE258_3 Telecomunicación y de Redes de Voz y Datos en el Entorno de Edificios 3 IFC299_2 Operación de Redes Departamentales 2 IFC300_2 Operación de Sistemas Informáticos 2 IFC362_2 Mantenimiento de Primer Nivel en Sistemas de Radiocomunicaciones 2 IFC364_3 Gestión y Supervisión de Alarmas en Redes de Comunicaciones 3 SEA531_2 Adiestramiento de Base y Educación Canina 2 SEA532_2 Operaciones de Vigilancia y Control en el Entorno Acuático e Hiperbárico 2 SEA535_3 Gestión de Emergencias Acuáticas en Aguas Continentales 3 SEA537_3 Instrucción Canina en Operaciones de Seguridad y Protección civil 3 SEA647_3 Teleoperaciones de Atención, Gestión y Coordinación de Emergencias 3 Fuente: INCUAL. Elaboración de la Fundación ESYS 2.4.1.2 Títulos de Formación Profesional del Sector de Seguridad Las titulaciones de Formación Profesional tienen validez en todo el Estado, con valor académico y profesional. Sólo hay cuatro titulaciones de las tres familias profesionales que tienen relación con el Sector de Seguridad. Son las siguientes: 1. De la Familia Electricidad y Electrónica Técnico en Instalaciones de Telecomunicaciones. (se establece el título por Real Decreto 1632/2009, de 30 de octubre). Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. 45

2. De la Familia Informática y Comunicaciones Técnico Superior de Administración de Sistemas Informáticos en Red. 3. Seguridad y Medio Ambiente Ninguna. Se puede deducir que estas titulaciones pueden incluir entre sus materias algunas relacionadas con la Seguridad, pero evidentemente no existen titulaciones específicas de Seguridad. El número de centros en los que se pueden realizar los estudios correspondientes para cada uno de los títulos considerados relacionados con el Sector de la Seguridad son los siguientes: [ a ] Técnico en Instalaciones de Telecomunicaciones: 148 Centros [ b ] Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico: 41 Centros [ c ] Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos: 56 Centros [ d ] Técnico Superior de Administración de Sistemas Informáticos en Red: 392 Centros Se puede decir que en España hay casi 550 Centros de Formación Profesional públicos y privados en donde se pueden estudiar los cuatro títulos formativos que tienen relación con el Sector de la Seguridad en cuanto instaladores y gestores de redes de comunicaciones, pero no existe ningún centro ni curso relacionado con la seguridad dentro de la familia Seguridad y Medio Ambiente. De lo anterior se puede deducir que la oferta formativa está cubierta para Instaladores y personal de mantenimiento de equipos y sistemas de Seguridad pero no existe para Vigilantes, Escoltas y Fuerzas de Orden Público. 46

2.4.2 Enseñanza Universitaria de Seguridad En España hay 51 Centros Universitarios entre públicos y privados en donde se imparten 89 Grados y 158 Máster Oficiales relacionados con la Seguridad, según la base de datos de ANECA 6. En este punto cabe destacar que la mayoría de los Grados se relacionan con Riesgos Laborales y Criminología, y solo hay tres Grados relacionados directamente con la Seguridad. En cuanto a los 158 Máster calificados como de Seguridad por ANECA solo hay 18 que se consideran que tienen relación directa con el objeto del presente documento. La relación de títulos universitarios propios relacionados con el sector de la Seguridad en España son los siguientes: Máster Propios 18 Grados Universitarios Propios 02 Expertos Universitarios 09 Cursos de Diplomatura y de Especialización propios 19 2.4.3 Formación Propia de Seguridad El Sector de Seguridad tanto Pública como Privada ha desarrollado su propio sistema educativo. En los apartados siguientes se presentan los más representativos. 2.4.3.1 Escuelas de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado Las Fuerzas de Seguridad disponen de escuelas específicas para cada una de ellas. Los apartados siguientes presentan las principales características y los centros de formación más representativos para cada especialidad profesional. [6] http://srv.aneca.es/listadotitulos/search/site/seguridad 47

2.4.3.1.1 Escuela Nacional de Policía El Escuela Nacional de Policía (ENP) forma parte de la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía perteneciente al Ministerio del Interior. El ENP se encuentra ubicado en Ávila y está en funcionamiento desde 1986. Tiene capacidad de hasta 5.000 alumnos, atendidos por alrededor de 150 profesores. En los últimos años ha estado muy alejado de estas cifras. En la Escuela cursan estudios quienes, tras superar las pruebas selectivas, aspiran a ingresar en el ENP en las categorías de Inspector y de Policía; así como los Subinspectores que desean ascender a Inspector por promoción interna. Para cursar el curso de Inspector se necesita estar en posesión del Título de Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario o formación equivalente o superior. Para el curso de Policía sólo se necesita disponer del título de Enseñanza Secundaria Obligatoria. 2.4.3.1.2 Centros de Enseñanza de la Guardia Civil La enseñanza en la Guardia Civil se estructura en: Enseñanza de formación Destinada a la incorporación a las Escalas del Cuerpo de la Guardia Civil. Se estructura en los siguientes grados: > Enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias, que se corresponde con la Formación Profesional de Grado Medio. > Enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales, que se corresponde con la Formación Profesional de Grado Superior. > Enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales, que se corresponde con la educación universitaria de primer ciclo. > Enseñanza de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales, que se corresponde con la educación universitaria de segundo ciclo. Para acceder directamente a la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala Superior 48

de Oficiales de la Guardia Civil se debe cursar una primera fase en la Academia General Militar del Ejército de Tierra. Enseñanza de perfeccionamiento Destinada a capacitar al personal del Cuerpo de la Guardia Civil para el desempeño de los cometidos de empleos superiores y una especialización. altos estudios profesionales Destinada a capacitar para las categorías de Oficiales Generales. Para impartir sus enseñanzas, la Guardia Civil cuenta con los siguientes 9 centros de formación: Academia de Oficiales (AOGC) Academia de Guardias y Suboficiales Colegio de Guardias Jóvenes Duque de Ahumada Escuela de Especialización Centro de Adiestramientos Especiales (CAE) Centro de Adiestramientos en Desactivación de Explosivos y Defensa Nuclear, Radiológico, Biológico y Químico (CADEX-N.R.B.Q.) Centro de Adiestramientos Específicos de Montaña Escuela de Adiestramiento de Perros Escuela de Tráfico 2.4.3.1.3 Escuelas de Policías de las Comunidades Autónomas Las Comunidades de Cataluña, Navarra y País Vasco disponen de Policías Autonómicas. En cada una de las Comunidades hay escuelas de formación para sus policías. 49

2.4.3.1.4 Escuelas de Policías Locales El Cuerpo de Policía Local (conocida como Policía Municipal), es un instituto armado, de naturaleza civil con estructura y organización jerarquizada municipal. Se rige, en cuanto a su régimen estatutario, por los principios generales de la Ley Orgánica 2/86 de 13 de marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad 7, con la adecuación que exija la dependencia de la administración correspondiente, las disposiciones dictadas al respecto por las Comunidades Autónomas y los reglamentos específicos dictados por los correspondientes ayuntamientos. Por ello, este cuerpo de seguridad pública es muy dispar en su formación. En las tres Comunidades Autónomas con policías autonómicas propias: Cataluña, Navarra y País Vasco, son sus centros de formación autonómicos los que prestan los servicios de formación a sus Policías Locales. En cada una de las restantes Autonomías hay una escuela de formación para sus policías locales. 2.4.3.2 Centros de Formación de Seguridad Privada Registrados La formación para el personal de la Seguridad Privada se realiza en Centros de Formación que están acreditados de acuerdo a la todavía vigente Ley de Seguridad Privada de 1992 y su Reglamento de 1994 junto con la más reciente Orden 318/2011 de 11 de febrero sobre personal de seguridad privada 8. En la Orden de 2011 se fija principalmente los requisitos de acreditación del profesorado para su acreditación. Según el último registro disponible de Centros de Formación de Seguridad Privada, de finales de 2012, en España hay 896 Centros en los que se pueden preparar el personal de la Seguridad Privada. [7] http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=boe-a-1986-6859 [8] http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=boe-a-2011-3172 50

2.4.3.3 Centros de Formación de Escoltas La formación de Escoltas se imparte en Centros de Formación autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad. Estos centros están distribuidos por toda la geografía y son coincidentes con los de Vigilantes de Seguridad. Los Centros de Formación de escoltas que reúnen al mayor número de alumnos son los gestionados por la empresa Avizor. Esta entidad tienen sus Centros de Formación en Madrid, San Sebastián y Valencia. El profesorado de los Centros de Formación habrá de estar acreditado conforme a la Ley de Seguridad Privada y las normas que la desarrollen en lo relativo a la formación del personal de Seguridad Privada. 2.4.3.4 Enseñanzas de Ciberseguridad La enseñanza de Ciberseguridad se imparte fundamentalmente en los Centros de Formación Profesional y en los Centros Universitarios. Además, hay tres Asociaciones y un Instituto Universitario, que imparten cursos específicos de Ciberseguridad dirigidos principalmente a los profesionales del sector. Estas son: ISACA en Madrid, Barcelona y Valencia: 5 cursos ISMS Forum en Madrid: 4 cursos AENOR: 4 cursos CNEC (Centro Nacional de Excelencia en Ciberseguridad). Previstos 3 cursos Además, es de resaltar los 14 cursos que imparte INTECO on-line dirigidos principalmente a PYMES. 51