Proceso: Atención Integral a la Salud Subproceso: Coordinación de Salud Pública Procedimiento: Vigilancia Epidemiológica (SAIS-GE-P-09)

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(SAIS-GE-P-09) CONTENIDO Descripción Políticas Responsabilidades y Autoridad para el Desarrollo Referencias Formatos y Anexos Página 1 de 18

I. Descripción Objetivo Conocer en forma sistemática y continua la situación de salud que viven los trabajadores de la Universidad Veracruzana y sus dependientes identificando sus características demográficas, los principales daños a la salud que los aquejan, y las consecuencias reflejadas en su desempeño, productividad y ausentismo; a fin de elaborar y ejecutar medidas eficaces y oportunas de intervención, promoción a la salud y prevención de enfermedades. Alcance El presente procedimiento es aplicable a los derechohabientes del SAISUV región alapa, y debe ser seguido por todo el personal involucrado en la prestación del servicio. Definiciones y Terminología Brote: ocurrencia de dos o más casos asociados epidemiológicamente entre sí. La existencia de un caso único bajo vigilancia especial en un área donde no existía el padecimiento se considera también como brote. Caso sospechoso: individuo susceptible que presenta algunos síntomas o signos compatibles con el padecimiento o evento bajo vigilancia. Caso probable: persona que presenta signos o síntomas sugerentes de la enfermedad bajo vigilancia. Caso confirmado: caso cuyo diagnóstico se corrobora por medio de estudios auxiliares, o aquel que no requiere estudios auxiliares pero presenta signos o síntomas propios del padecimiento o evento bajo vigilancia, o aquel que presente evidencia de asociación epidemiológica con algún caso confirmado por laboratorio. COJUPCE: Comité Jurisdiccional de Prevención y Control de Enfermedades. Contrarreferencia de Pacientes: procedimiento administrativo-asistencial mediante el cual el establecimiento de salud de referencia, una vez resuelto el problema de salud, devuelve la responsabilidad del cuidado de salud o el resultado de una prueba diagnóstica de un paciente, al establecimiento de salud referente (de menor complejidad) para su control y seguimiento necesario. Definiciones operacionales de caso: son aquellas que permiten unificar los criterios para la detección, notificación y clasificación de los casos. Se caracterizan por tener elevada sensibilidad, es decir, permiten detectar la mayoría de los casos a través de los signos y síntomas más frecuentes de la enfermedad y de las pruebas de tamizaje. Estudios auxiliares de diagnóstico: exámenes de los que el médico se puede servir para apoyar o descartar el diagnóstico que reporta el comportamiento de parámetros específicos Página 2 de 18

del organismo, la mayoría de las veces son cuantitativos o a través de apreciación visual; entre ellos se encuentran, análisis clínicos de laboratorio, estudios de gabinete radiológico o de imagenología, electrocardiogramas, electroencefalogramas, etc. Expediente clínico: conjunto único de información y datos personales de un paciente, que se integra dentro de todo tipo de establecimiento para la atención médica, ya sea público, social o privado, el cual, consta de documentos escritos, gráficos, imagen lógicos, electrónicos, magnéticos, electromagnéticos, ópticos, magneto-ópticos y de cualquier otra índole, en los cuales, el personal de salud deberá hacer los registros, anotaciones, en su caso, constancias y certificaciones correspondientes a su intervención en la atención médica del paciente, con apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Expediente clínico electrónico (ECE): conjunto de información almacenada en medios electrónicos centrada en el paciente que documenta la atención médica prestada por profesionales de la salud con arreglo a las disposiciones sanitarias, dentro de un establecimiento de salud. Estilos de vida: forma de vida que se basa en patrones de comportamiento identificables, determinados por la interacción entre las características personales individuales, las interacciones sociales y las condiciones de vida socioeconómicas y ambientales. Educación para la salud: forma de comunicación destinada a mejorar la alfabetización sanitaria, incluida la mejora del conocimiento de la población en relación con la salud y el desarrollo de habilidades personales que conduzcan a la salud individual y de la comunidad. Estudio epidemiológico de caso: Investigación sistemática de las características de un caso y del contexto epidemiológico en el que éste ocurre. Hospitalización: servicio de internamiento de pacientes para un diagnóstico, tratamiento o rehabilitación así como para los cuidados paliativos. Morbilidad: número de personas enfermas o número de casos de una enfermedad en relación a la población en que se presentan en un lugar y tiempo determinado. Se expresa generalmente a través de tasas. Mortalidad: número de defunciones ocurridas por una enfermedad determinada en relación a la población en que se presentan en un lugar y tiempo determinado; expresada generalmente a través de tasas. Prescripción médica/prescripción de tratamiento médico: tratamiento farmacológico o no farmacológico que el médico indica con fines preventivos o curativos. Primer Nivel de Atención: es el nivel más cercano a la población, o sea, el nivel del primer contacto. Está dado, en consecuencia, como la organización de los recursos que permite resolver las necesidades de atención básica y más frecuente, que pueden ser resueltas por actividades de promoción de salud, prevención de la enfermedad y por procedimientos de recuperación y rehabilitación. Promoción de la salud: proceso que permite fortalecer los conocimientos, aptitudes y actitudes de las personas para participar corresponsablemente en el cuidado de su salud y para optar por estilos de vida saludables, facilitando el logro y conservación de un Página 3 de 18

adecuado estado de salud individual y colectivo mediante actividades de participación social, comunicación educativa y educación para la salud. Referencia/Contrareferencia: procedimiento médico-administrativo entre establecimientos para la atención médica de los tres niveles de atención, para facilitar el envío-recepciónregreso de pacientes con el propósito de brindar atención médica oportuna, integral y de calidad. Segundo Nivel de Atención: es el nivel donde se ubican los hospitales y establecimientos que prestan servicios relacionados a la atención especializada y/o procedimientos de diagnóstico de mayor complejidad. SIA-SAISUV: Sistema de Información Administrativa - SAISUV Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica (SINAVE): es un programa de acción conformado por un conjunto de estrategias y acciones que permiten identificar y detectar los daños y riesgos para la salud. Sistema Único Informático de Vigilancia Epidemiológica (SUIVE): es el informe semanal de casos nuevos de enfermedades, a través del cual se sistematiza la información de morbilidad y mortalidad recabada, con participación de todos los niveles del sector salud. Tercer Nivel de Atención: es el nivel que corresponde a hospitales donde se resuelven los problemas médicos o quirúrgicos de alta especialidad. Urgencia: Problema médico-quirúrgico agudo que pone en riesgo la vida, órgano o función del paciente y que requiere de atención médica inmediata. USMI: Unidad de salud monitora de influenza Vigilancia epidemiológica: es el estudio permanente y dinámico del estado de salud en la población, y tiene como propósito presentar opciones para la toma de decisiones. Desde el punto de vista operativo incluye la recopilación, procesamiento y análisis de los daños y riesgos en salud. REGRESAR Página 4 de 18

II. Políticas 1. Es responsabilidad del Coordinador de Salud Pública vigilar el cumplimiento de los lineamientos aquí establecidos. 2. El personal del SAISUV involucrado en el procedimiento debe respetar la confidencialidad del paciente, apegándose en todo momento al Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de la UV y a la Declarativa de Privacidad del SAISUV. 3. El Coordinador Médico, Coordinador de Salud Pública y el Médico Salubrista serán los responsables de la calidad y oportunidad de los servicios, producto de la vigilancia epidemiológica a los derechohabientes. 4. El Médico Salubrista será responsable de recopilar de manera sistemática la información concerniente al estado de salud de los derechohabientes del SAISUV. 5. El Médico de Consulta de Primer Nivel que sospeche el diagnóstico de alguna enfermedad transmisible de relevancia epidemiológica, deberá informarlo oportunamente al área de vigilancia para el diagnóstico confirmatorio, y llevar a cabo el estudio de caso correspondiente. 6. El Coordinador Médico supervisará de forma periódica y permanente la buena operación del presente procedimiento, revisando que las notas médicas se apeguen a la NOM-004-SSA3-2012 del expediente clínico; que exista congruencia clínicodiagnostica terapéutica; así mismo, vigilará que se lleven a cabo las actividades de promoción y prevención primaria y secundaria necesarias. 7. Es responsabilidad del derechohabiente notificar al SAISUV la ocurrencia de nacimientos y defunciones, en un plazo máximo de 1 semana después de ocurrido el evento, para lo cual deberá presentar copia del certificado de nacimiento o copia del certificado de defunción. 8. Es responsabilidad del derechohabiente informar al área de vigilancia epidemiológica los resultados de las detecciones oportunas de cáncer, vacunaciones y demás procedimientos preventivos. 9. Es responsabilidad del derechohabiente regresar a consulta con el médico salubrista, después de ser atendido en la unidad médica de primer o segundo nivel, para que se lleve el seguimiento pertinente. 10. En caso de presentarse alguna de las condiciones, eventos o urgencias epidemiológicas emergentes o reemergentes indicadas en el ANEO 1-Apéndice Informativo A Padecimientos de notificación inmediata, el Médico Salubrista deberá notificar al nivel jurisdiccional por vía telefónica antes de que transcurran 24 hrs. desde su conocimiento. 11. Es responsabilidad del Médico Salubrista revisar el reporte epidemiológico de las enfermedades de notificación semanal, validar los diagnósticos de acuerdo al Apéndice Informativo A y entregar al analista de sistemas el reporte validado para su captura y registro en el SUIVE. Página 5 de 18

12. El médico salubrista, en coordinación con el área de vigilancia epidemiológica jurisdiccional debe garantizar la toma de muestras al 100% de los casos y enviar a la Jurisdicción Sanitaria o Laboratorio de Referencia. 13. Es responsabilidad del Médico Salubrista elaborar el Estudio Epidemiológico de Caso y seguimiento de contactos. 14. Es responsabilidad del Médico Salubrista elaborar el reporte estadístico mensual basado en el número de eventos ocurridos y reportados en el SAISUV (nacimientos y defunciones). 15. Es responsabilidad del médico salubrista participar en las reuniones mensuales del Comité Jurisdiccional de Prevención y Control de Enfermedades. 16. El análisis periódico que se realiza de la situación de salud de los derechohabientes deberá estar disponible para procesos de supervisión, monitoreo y seguimiento por parte de las autoridades, del personal de salud y de la comunidad universitaria en general. 17. El médico salubrista se obliga a actualizar el expediente clínico con apego a la NOM-004-SSA3-2012, y el expediente clínico electrónico de acuerdo a la NOM-024-SSA3-2012 de la Ley General de Salud, correspondientes a cada uno de los pacientes. 18. La Coordinación de Salud Pública es responsable de responder oportunamente a las solicitudes de vinculación e información con los Servicios de Salud de Veracruz conjuntamente con la Coordinación Médica-, tanto para el impulso de campañas de promoción de la salud y prevención de enfermedades como para contribuir con el sistema de información sobre vigilancia epidemiológica de la población derechohabiente al SAISUV. 19. La Coordinación de Salud Pública conjuntamente con la Coordinación Médica deberá generar el registro y los reportes de pacientes hospitalizados para el análisis de las causas de morbilidad y mortalidad. 20. La Coordinación de Salud Pública es la responsable de promover y coordinar la realización de proyectos de investigación con los cuerpos académicos de la UV de manera que el SAISUV represente un espacio para la generación y aplicación de conocimientos. 21. Todas las acciones derivadas de este procedimiento deben ser registradas en el expediente clínico electrónico y físico. 22. La Referencia/Contrarreferencia de pacientes se realizará en el marco del procedimiento autorizado para este fin. REGRESAR Página 6 de 18

III. Responsabilidades y Autoridad para el Desarrollo N RESPONSABLE ACTIVIDAD 1 Paciente/familiar y/o responsable Viene del Procedimiento de Consulta Médica de Primer Nivel o del Procedimiento Consulta externa de especialidad y alta especialidad. 1.1 Acude con el Médico Salubrista para revisión y seguimiento o después de ser referido por el Médico de Primer Nivel y/o Médico especialista ante la sospecha de un caso de relevancia epidemiológica. 2 Médico Salubrista 2.1 Recibe al paciente, le hace interrogatorio y exploración física. Si el paciente viene referido por el Médico de primer nivel, pregunta si le ordenó realizarse estudios auxiliares de diagnóstico, si es así, le solicita al paciente copia de los resultados de dichos estudios y los integra al expediente clínico físico. En el caso de que el paciente no cuente con los estudios de laboratorio y requiera que se le realicen, entra al SIA-SAISUV e imprime la solicitud de estudios auxiliares de diagnóstico y la entrega al paciente. Conectar con el paso 5.1 Si considera que el paciente no requiere de estudios auxiliares de diagnóstico, elabora la nota médica de epidemiología entrando al expediente clínico electrónico del SIA-SAISUV; si cree necesario hacerle seguimiento epidemiológico, le indica que debe regresar a una próxima cita, o lo remite con el Médico de Primer Nivel 2.2 Revisa los resultados de los estudios auxiliares de diagnóstico, y de acuerdo con las definiciones operacionales de caso, determina el diagnóstico probable y emite la nota médica de epidemiología dentro del expediente clínico electrónico del SIA- SAISUV. Dependiendo del padecimiento, el derechohabiente será enviado a la jurisdicción sanitaria o al hospital de segundo nivel para su atención, para lo cual emite el Formato de estudio epidemiológico de caso correspondiente. 2.3 Si la enfermedad es transmisible, hace el estudio de los contactos para identificar el riesgo de contagio e indica al paciente las medidas de prevención pertinentes que debe implementar. Ante la sospecha de un caso probable de dengue, el médico salubrista enviará al paciente a la Jurisdicción Sanitaria número V con el resumen clínico emitido mediante el SIA-SAISUV. Si hay sospecha de influenza, el paciente será enviado a la USMI (Unidad de salud monitora de influenza) del CEMEV. Si presenta mordedura de perro o gato, se enviará al centro de salud Gastón Melo. Para otros padecimientos que ameriten la realización de otras pruebas especializadas de laboratorio, o requiera de hospitalización, el paciente será referido al CEMEV. En todos los casos donde se refiere al paciente a otro nivel de atención, entra la SIA-SAISUV en el apartado correspondiente e imprime el formato de Referencia/Contrarreferencia y lo entrega al paciente. Conectar con Procedimiento de Página 7 de 18

N RESPONSABLE ACTIVIDAD Referencia/Contrarreferencia En caso de no ser enfermedad trasmisible y de acuerdo al padecimiento, le pide al paciente que solicite cita con el Médico de Primer Nivel para vigilar su recuperación y estado de salud. 3 Paciente/familiar y/o responsable 4 Jurisdicción/ Unidad Hospitalaria de referencia 5 Paciente/familiar y/o responsable 6 Proveedor de servicios de Laboratorio o estudios de gabinete 7 Paciente/familiar y/o responsable 3.1 Si el médico salubrista lo refirió con el Médico de Primer Nivel deberá solicitar nueva cita. Conectar con el paso 2 del Procedimiento de Admisión y Archivo. Si el médico salubrista le indica que regrese para seguimiento epidemiológico, asiste a nueva consulta en la fecha indicada. Regresar al paso 1. 3.2 Si fue referido a otra instancia (USMI, CEMEV, Gastón Melo), porque la enfermedad es transmisible, lleva a cabo las acciones preventivas recomendadas por el Médico salubrista para evitar contagios, y asiste a la jurisdicción u hospital al que fue referido presentando el Formato de Referencia/Contrarreferencia, la nota médica de epidemiología y/o el resumen clínico. 4.1 Recibe al paciente con el Formato de Referencia/Contrarreferencia y la nota médica de epidemiología. Si es la jurisdicción sanitaria quien atiende el caso, toma las muestras necesarias y las envía al Laboratorio Estatal de Salud Pública con el fin de descartar o confirmar el diagnóstico. Mientras se tienen los resultados de los estudios realizados, el paciente recibe tratamiento empírico para el padecimiento y le entregan un resumen de contrarreferencia para que asista con el médico salubrista. Regresar al paso 1.1 Si se confirma el diagnóstico, se le da el tratamiento correspondiente para su atención. En caso de descartar el diagnóstico inicial, se informa al paciente acerca de la negatividad de la prueba y se le dan indicaciones generales de salud. Si aun descartando el diagnóstico el paciente manifiesta sintomatología, se le indica que regrese con el Médico de Primer Nivel para investigar otras casusas de su padecimiento. Conectar con el paso 2 del Procedimiento de Admisión y Archivo. Si es la unidad hospitalaria quien atiende el caso, brinda atención médica de acuerdo al cuadro clínico reportado, y al momento del alta, egresa al paciente con un resumen clínico de egreso, contra- refiriéndolo al Médico salubrista para su seguimiento. La copia de dicho resumen deberá entregarla el paciente en la próxima consulta para integrarlo al expediente clínico. Regresar al paso 1. 5.1 Recibe la solicitud de estudios auxiliares de diagnóstico y acude con el proveedor de servicios autorizado. 6.1 Recibe la solicitud, realiza los estudios de laboratorio indicados y entrega los resultados al paciente. 7.1 Recoge los resultados de los estudios solicitados y regresa al paso 2 para revisión del Médico Salubrista. Página 8 de 18

ANÁLISIS DE DATOS 1 Médico(a) salubrista Viene de Consulta Médica de Primer Nivel y Médicos Especialistas del Módulo SAISUV 1.1 Como parte del registro de las consultas médicas en el Módulo de Atención Médica del SAIS en alapa, el médico salubrista genera y valida el reporte semanal del Sistema Único Informático de Vigilancia Epidemiológica (SUIVE). 1.2 El diagnóstico se valida mediante la revisión de la nota médica incluida en el expediente clínico, en la cual se debe justificar la relación clínico-diagnóstico-terapéutica. Si el diagnóstico se sustenta, se deja en el SUIVE y se envía al Analista de Sistemas para su captura en el SUAVE. Además genera las estadísticas de padecimientos mensuales de Primera vez, las cuales se envían al Coordinador de Salud Pública. De no sustentarse el diagnóstico, éste será eliminado del SUIVE. Fin de la Actividad 2 Analista de Sistemas 2.1 Recibe reporte del Médico Salubrista y captura en plataforma SUAVE de la Dirección General de Epidemiología. 3 Coordinador de Salud Pública 4.1 Recibe estadísticas de padecimientos mensuales de primeva vez, se analizan para la toma de acciones conjuntas con el Coordinador Médico. Conectar con el Procedimiento de Educación, Promoción de la Salud y Prevención de Enfermedades. GENERACIÓN DE REPORTES 4 Médico(a) Salubrista Viene del Consulta Médica de Primer Nivel y Médicos Especialistas del Módulo SAISUV. Como parte del registro de las consultas médicas en el Módulo de Atención Médica del SAIS en alapa 4.1 Genera el reporte mensual de la productividad de los médicos de Primer nivel y especialistas en los tres turnos, que incluye el total de usuarios atendidos, usuarios de primera vez, subsecuentes, número y proporción de referencias a segundo nivel en el periodo así como el promedio de usuarios atendidos por hora. 4.2 Genera el reporte mensual de nuevos pacientes con diagnóstico de Cáncer. Dicho reporte se obtiene de la información proporcionada por la Coordinación Médica a través de las autorizaciones de medicamentos y procedimientos relacionados con la detección y manejo de los diagnósticos mencionados. 4.3 Genera el reporte mensual de nacimientos y defunciones. El reporte se alimenta de los certificados de nacimiento y defunción (fotocopia) entregados al responsable del área de vigencia en el SAISUV. 4.4 Mediante la información obtenida por el médico supervisor de hospitales se elabora el reporte mensual de egresos hospitalarios REGRESAR Página 9 de 18

GENERACIÓN DE REPORTES 4.5 Genera reporte de productividad mensual de Odontología de manera manual a través del formato usado por el Odontólogo. Todos los reportes generados (4.1 a 4.5) se entregan a la Coordinación de Salud Pública. 4.6 Genera las estadísticas de morbilidad, mortalidad y datos demográficos para el apartado de Vigilancia epidemiológica. Llena el Formato solicitud de publicación de información para los portales SAF y solicita firma de autorización del Coordinador General del SAISUV, para su posterior autorización por parte de la Secretaria de la SAF. Una vez firmado por ambas autoridades, solicita al Analista de Sistemas la publicación trimestral de las estadísticas de morbilidad, mortalidad y datos demográficos en el apartado de Vigilancia epidemiológica del portal web del SAISUV. Conectar con en el paso 6.1. 5 Coordinación de Salud Pública 5.1 Recibe todos los reportes generados por el Médico Salubrista, los analiza para la toma de acciones conjuntas con el Coordinador Médico en materia de Salud Pública o para la generación de indicadores de efectividad. Conectar con el Procedimiento de Educación, Promoción de la Salud y Prevención de Enfermedades. 6 Analista de Sistemas 6.1 Recibe formato de solicitud debidamente autorizado así como las estadísticas a publicar. Las publica en portal web SAISUV e informa a quien corresponda para su consulta. Fin de la actividad REGRESAR Página 10 de 18

IV. Referencias IDENTIFICACIÓN NOMBRE DEL DOCUMENTO S/N Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 4, Párrafo III Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de La Llave. Última reforma Gaceta Oficial 23-07-2012 Leyes Ley General de Salud. Última Reforma DOF 04-06-2014 Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Nueva Ley DOF 30-05-2011 Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Última Reforma DOF 25-04-2012 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Veracruz de Ignacio de La Llave. Última reforma Gaceta Of. Núm. 332 del 26-08- 2013 Ley Número 581 para la Tutela de los Datos Personales en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Gaceta Of. 02-10-2012 Reglamentos Reglamento de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Nuevo Reglamento DOF 30-11-2012 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica. Última Reforma DOF 24-03-2014 Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de la Universidad Veracruzana. Consejo Universitario General del 23-11-2006 Normas Norma Oficial Mexicana NOM 004-SSA2-2012, Del Expediente Clínico. DOF: 15-10-2012 Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA2-2012, Para la vigilancia epidemiológica Norma oficial Mexicana NOM-024-SSA3-2012, Del Expediente Clínico Electrónico Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, para la atención a la salud del niño. D.O.F. 09-II-2001. Modificación D.O.F. 26-I-2006 Planes y Programas Programa Sectorial de Salud 2013-2018 Plan Veracruzano de Desarrollo 2011-2016. Gobierno del Estado de Veracruz. 7-10-2013 Programa de Trabajo Estratégico 2013-2017. Universidad Veracruzana. Acuerdos Acuerdo de la rectora de 10 de junio de 2014 ratificado por el Consejo Universitario General el 15 de diciembre de 2014 Guías e Instructivos Guías de Práctica Clínica (GPC) del CENETEC. http://www.cenetec.salud.gob.mx/contenidos/gpc/catalogomaestrogpc.html Instructivo para la Integración y Manejo del Expediente Clínico Guía de operación del SIA-SAISUV Otros Declarativa de Privacidad del SAISUV Catálogo institucional de medicamentos de la UV REGRESAR Página 11 de 18

V. Formatos IDENTIFICACIÓN SAIS-GE-F-08 SAIS-GE-F-11 SAIS-GE-F-12 SAIS-GE-F-17 SAIS-GE-F-18 SAIS-GE-F-19 SAIS-GE-F-20 SAIS-GE-F-21 SAIS-GE-F-22 SAIS-GE-F-23 SAIS-GE-F-24 SAIS-GE-F-25 SAIS-GE-F-26 No Aplica NOMBRE DEL DOCUMENTO Solicitud de autorización del estudio auxiliar de diagnóstico, tratamiento complementario o cirugía Referencia/Contrarreferencia SAISUV (FRC SAISUV) Cartilla de Salud Formato de estudio de caso Formato de estudio epidemiológico de caso dengue Formato de estudio epidemiológico de caso hepatitis Formato de estudio epidemiológico de caso rubeola Formato de estudio epidemiológico de caso tuberculosis Formato de estudio epidemiológico de caso Enfermedad Febril exantemática Formato de estudio epidemiológico de caso Parálisis flácida aguda Formato de estudio epidemiológico de caso Sx. Coqueluchoide Formato de estudio epidemiológico de caso Tétanos Formato de notificación SISVEFLU Formato Solicitud de publicación de información para los portales de la SAF REGRESAR Página 12 de 18

Enfermedades Transmisibles VI. Anexos ANEO 1 APÉNDICE INFORMATIVO A GRUPO SUB-GRUPO PADECIMIENTO CLAVE CIE PERIODICIDAD DE NOTIFICACIÓN INMEDIATA DIARIA SEMANAL SISTEMA ESPECIAL Enfermedades prevenibles por vacunación Enfermedades infecciosas y parasitarias del aparato digestivo Difteria A36 Hepatitis vírica A B15 Hepatitis vírica B B16 Enteritis debida a rotavirus A08.0 Infecciones invasivas por Haemophilus influenzae A41.3, G00.0, J14 Poliomielitis A80 Rubéola B06 Sarampión B05 Meningitis meningocócica A39.0 Síndrome de rubéola congénita P35.0 Tétanos A34, A35 Tétanos neonatal A33 Tos ferina A37 Infección por virus del papiloma humano S/C Enfermedad invasiva por neumococo A40.3, G00.1, J13 Influenza J09-J11 Parotiditis infecciosa B26 Varicela B01 Meningitis tuberculosa A17 Absceso hepático amebiano A06.4 Amibiasis intestinal A06.0-A06.3, A06.9 Ascariasis B77 Cólera A00 Enterobiasis B80 Fiebre tifoidea A01.0 Giardiasis A07.1 Intoxicación alimentaria bacteriana A05 Otras helmintiasis. Otras infecciones intestinales debidas a protozoarios Infecciones intestinales por otros organismos y las mal definidas B65-B67, B70-B76, B78, B79, B81-B83 A07.0, A07.2, A07.9 A04, A08-A09 excepto A08.0 Otras salmonelosis A02 Paratifoidea A01.1 Shigelosis A03 Página 13 de 18

GRUPO SUB-GRUPO PADECIMIENTO CLAVE CIE PERIODICIDAD DE NOTIFICACIÓN INMEDIATA DIARIA SEMANAL SISTEMA ESPECIAL Faringitis y amigdalitis estreptocócicas J02.0, J03.0 Enfermedades infecciosas del aparato respiratorio Enfermedades de transmisión sexual Enfermedades transmitidas por vectores Zoonosis Infecciones respiratorias agudas Neumonías y bronconeumonías J00-J06, J20, J21 excepto J02.0 y J03.0 J12-J18 excepto J18.2 Otitis media aguda H65.0-H65.1 Tuberculosis respiratoria A15-A16 Linfogranuloma venéreo por clamidias A55 Candidiosis urogenital B37.3-B37.4 Chancro blando A57 Herpes genital A60.0 Infección gonocócica del tracto genitourinario A54.0-A54.2 Vulvovaginitis inespecífica N76.0 Infección asintomática por virus de la inmunodeficiencia humana Z21 Sífilis adquirida A51-A53 Sífilis congénita A50 Síndrome de inmunodeficiencia adquirida B20-B24 Tricomoniasis urogenital. A59.0 Encefalitis equina venezolana A92.2 Fiebre amarilla A95 Fiebre hemorrágica por dengue A91 Fiebre manchada A77 Fiebre por dengue A90 Fiebre del oeste del Nilo A92.3 Paludismo por Plasmodium falciparum B50 Paludismo por Plasmodium vivax B51 Peste A20 Tifo epidémico A75.0 Tifo murino A75.2 Otras rickettsiosis A79 Brucelosis A23 Cisticercosis B69 Leptospirosis A27 Rabia humana A82 Página 14 de 18

Enfermedades no transmisibles GRUPO SUB-GRUPO PADECIMIENTO CLAVE CIE PERIODICIDAD DE NOTIFICACIÓN INMEDIATA DIARIA SEMANAL SISTEMA ESPECIAL Otras enfermedades exantemáticas Otras enfermedades transmisibles Otras enfermedades de interés local regional o institucional Enfermedades bajo vigilancia sindromática Teniasis B68 Triquinelosis B75 Erisipela A46 Escarlatina A38 Conjuntivitis epidémica aguda hemorrágica B30.3 Conjuntivitis H10 Escabiosis B86 Hepatitis vírica C B17.1, B18.2 Pinta (Mal del Pinto) A67 Lepra A30 Meningoencefalitis amebiana primaria Otras hepatitis víricas B60.2 B17-B19 excepto B17.1, B18.2 Toxoplasmosis B58 Tripanosomiasis americana (enfermedad de Chagas). Tuberculosis otras formas B57 A17.1, A17.8, A17.9, A18-A19 Infecciones nosocomiales Y95 Leishmaniasis visceral B55.0 Leishmaniasis cutánea B55.1 Oncocercosis B73 Enfermedad por virus chikungunya A92.0 Tracoma A71 Enfermedad febril exantemática U97 Parálisis flácida aguda U98 Síndrome coqueluchoide U99 Síndrome febril S/C Meningitis G00-G03 excepto A17.0, A39.0 Golpe de calor T67 Infecciones de vías urinarias N30, N34, N39.0 Adicciones F10-F19 Asma J45, J46 Bocio endémico E01 Cirrosis hepática K70.3 Diabetes mellitus insulinodependiente (tipo I) Diabetes mellitus no insulinodependiente (tipo II) E10 E11-E14 Diabetes mellitus en el embarazo O24.4 Página 15 de 18

GRUPO SUB-GRUPO PADECIMIENTO CLAVE CIE PERIODICIDAD DE NOTIFICACIÓN INMEDIATA DIARIA SEMANAL SISTEMA ESPECIAL Nutrición Displasias y neoplasias Edema, proteinuria y trastornos hipertensivos en el embarazo parto y puerperio Efectos adversos temporalmente asociados a vacunas (ETAV) O10-O16 Y58, Y59 Enfermedad alcohólica del hígado K70 Enfermedad cerebrovascular I60-I67, I69 Enfermedad isquémica del corazón I20-I25 Fiebre reumática aguda I00-I02 Hiperplasia de la próstata N40 Hipertensión arterial I10-I15 Hipotermia T68 Insuficiencia venosa periférica I87.2 Intoxicación aguda por alcohol F10.1 Intoxicación por monóxido de carbono Contacto traumático con avispones, avispas y abejas. Intoxicación por picadura de alacrán T58 23 T63.2, 22 Intoxicación por plaguicidas T60 Intoxicación por ponzoña de animales T63, 21, 23, 27, excepto T63.2 Gingitivis y enfermedad periodontal K05 Quemaduras T20-T32 Ulceras, gastritis y duodenitis K25-K29 Desnutrición leve E44.1 Desnutrición moderada E44.0 Desnutrición severa E40-E43 Sobrepeso y obesidad E66 Anorexia y bulimia F50 Displasia cervical leve y moderada N87.0-N87.1 Displasia cervical severa y Cacu in situ N87.2, D06 Tumor maligno del cuello de útero C53 Tumor maligno de la mama C50 Tumor maligno de la próstata C61 Tumor maligno de tráquea, bronquios y pulmón C33-C34 Tumor maligno del estómago C16 Tumor maligno del colon y recto C18-C21 Tumor maligno del hígado y de las vías biliares intrahepáticas C22 Linfoma Hodking C81 Página 16 de 18

GRUPO SUB-GRUPO PADECIMIENTO CLAVE CIE PERIODICIDAD DE NOTIFICACIÓN INMEDIATA DIARIA SEMANAL SISTEMA ESPECIAL Defectos al nacimiento Enfermedades neurológicas y de salud mental Accidentes Eventos de riesgo a la salud S/C= sin código Linfoma no Hodking C82-C85 Leucemia C91-C95 Tumor maligno del esófago C15 Tumor maligno del páncreas C25 Tumor maligno del cuerpo del útero C54 Tumor maligno del ovario C56 Tumores malignos del encéfalo y de otras partes del sistema nervioso central Tumores malignos de los huesos y de los cartílagos articulares C70-C72 C40-C41 Tumor maligno de riñón C64 Anencefalia Q00 Encefalocele Q01 Espina bífida Q05 Labio y paladar hendido Q35-Q37 Depresión F32 Enfermedad de Parkinson G20 Enfermedad de Alzheimer G30 Accidentes de transporte en vehículos con motor Peatón lesionado en accidente de transporte Herida por arma de fuego y punzocortantes V20-V29, V40-V79 V01-V09 W32-W34 Mordeduras por perro W54 Mordeduras por otros mamíferos W55 Mordeduras por serpiente 20 Lesiones por violencia intrafamiliar Y07.0-Y07.2 Eventos hidrometereológicos S/C Eventos geológicos S/C Eventos emergentes y reemergentes para la salud humana S/C Otros eventos de alto impacto S/C Las claves U97 a U99, son códigos provisionales que se utilizan por el CEMECE y la vigilancia epidemiológica, estas causas y sus códigos deberán ser modificados al final, luego de los resultados de la investigación o estudio epidemiológico. Se debe notificar inmediatamente la presencia de brotes o epidemias de cualquier enfermedad, urgencias o emergencias epidemiológicas y desastres, así como los eventos que considere necesario incluir el Órgano Normativo. REGRESAR Página 17 de 18

VII. Histórico de revisiones I [ FeCHA ReVISION o SECCION o PAGINA No. DE Rev s ON MODIFICACION MODIFICADA DESCRIPCiÓN DE LA ReVISióN o MODIFICACiÓN o NA NA Procedimiento de nueva creación VIII. Firmas de autorización AUTORIZACiÓN ~~ ~ Ili'->= - Dra. Ma. del ocio Salado Pérez CoordinadQ a General del SAISUV MA Clementina "11~,,~rn Secretaria de Mayo/2015 Mayo/2015 Página 18 de 18