Seguro del Hogar - HOGAR ARRENDADOR. Solicitante INSTITUTO GALEGO DE VIVENDA E SOLO (IGVS)

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Transcripción:

ESTUDIO DE SEGURO Seguro del Hogar - HOGAR ARRENDADOR Solicitante INSTITUTO GALEGO DE VIVENDA E SOLO (IGVS) - La Entidad Aseguradora: Es BILBAO COMPAÑÍA ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. (SEGUROS BILBAO), con domicilio en Paseo del Puerto, 20, Getxo, Vizcaya y sometida al control de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Hacienda. - El Mediador: Es AON GIL Y CARVAJAL S.A. ( GALICIA ) CORREDOR DE SEGUROS, que media seguros para SEGUROS BILBAO, con domicilio en C/ CANTON PEQUEÑO 13-14 8º, en 15003, CORUÑA, y Teléfono: 981216013. Tipo de vivienda: Piso El tomador es: Propietario y alquila con muebles Situación del piso: Piso en alto Ubicación: Núcleo urbano Año de construcción: 1999 Metros cuadrados construidos vivienda: 70 Se incluye garaje en la misma situación Se incluye trastero en la misma situación El tomador/asegurado declara que SI es propietario de perros Uso al que se destina: Alquila para uso habitual Código postal: 15002 Calidad de construcción: Media/Buena Tipo de construcción: Estándar Nº de personas que habitan: 3 El tomador/asegurado declara que NO es propietario de otros animales potencialmente peligrosos Elementos constructivos: Estructura: Hormigón ladrillo Cubierta/bajocubierta Pizarra teja Cerramientos: Ladrillo CONTINENTE CONTENIDO Recomendado vivienda 77.040 Vivienda 55.000 Recomendado vivienda 25.920 Vivienda 15.000 TOTAL CONTINENTE 55.000 TOTAL CONTENIDO 15.000 (*) Se considera objeto de valor especial a partir de 2.000 LÍMITES CONTENIDO Objetos de valor especial (*) Página 1 de 7

Cuando por un mismo siniestro resulten afectadas varias garantías de las siguientes: "Incendio, explosión, caida de rayo", "Coberturas complementarias", "Riesgos extensivos", "Daños por agua", "Rotura de cristales y espejos", el límite máximo de indemnización conjunto no podrá superar el 100% del capital Asegurado para Continente y Contenido. Pago anual: 240,00 CONTINENTE CONTENIDO Incendios, explosión y rayo 55.000 15.000 Coberturas complementarias Inhabitabilidad Pérdida de alquileres 13.750 Bomberos 55.000 Desescombro 55.000 Salvamento 55.000 Reposición de documentos - 1.000 Bienes refrigerados - 500 Obtención de licencias y honorarios profesionales 1.500 Riesgos extensivos Extensivos cobertura Básica 55.000 15.000 Lluvia, viento, pedrisco, nieve Humo, inundación, ondas sónicas Choque de vehículos, caída de aeronaves Derrame instalaciones extinción de incendios Actos vandálicos Daños por agua 55.000 15.000 Roturas Rotura de cristales 55.000 15.000 Rotura aparatos sanitarios 55.000 Rotura de vitrocerámicas 15.000 Rotura de encimeras de mármol y granito 55.000 15.000 Responsabilidad Civil 600.000 R.Civil propietario R.Civil Familiar R.Civil propiedad de perros 1 ejemplar de : MESTIZO (TALLA MEDIANA) R.Civil Patronal Límite por víctima 150.000 Página 2 de 7

Robo y expoliación 55.000 Límite objetos de valor especial 15.000 Joyas en caja fuerte Joyas fuera de caja fuerte Joyas a primer riesgo Vehículos-embarcaciones en reposo Robo contenido trastero Daños estéticos por robo (incluido armarios de cocina) 9.000 Desperfectos por robo 3.000 Metálico en caja fuerte Metálico fuera de caja fuerte Hurto 750 Atraco bienes personales 600 Atraco efectivo Uso fraudulento de tarjetas de crédito por atraco 300 Sust.cerraduras robo,expoliación,hurto ó pérdida llaves 300 Ampliación de garantías Daños estéticos (incluido armarios de cocina) 9.000 Daños eléctricos en aparatos e instalaciones 55.000 15.000 Defensa jurídica Vivienda 3.000 Asistencia Básica Asistencia Hogar Certificación energética CONTINENTE CONTENIDO Línea de orientación médica Asistencia informática Página 3 de 7

Las discrepancias entre el tomador del seguro, asegurado y/o beneficiario de una póliza y el Asegurador, sin perjuicio de poder acudir a la vía administrativa o judicial que se considere oportuna, podrán resolverse mediante la presentación de la correspondiente queja o reclamación por escrito ante el Servicio de Atención al Cliente de Seguros Bilbao (Paseo del Puerto, nº 20, Getxo -48992-, Vizcaya) o por correo electrónico a la dirección: sacre@segurosbilbao.com, en las condiciones, y dentro de los plazos que constan detallados en el Reglamento Interno para la Defensa del Cliente aprobado por el Asegurador, que se encuentra a disposición de los tomadores, asegurados y/o beneficiarios en la página web oficial, www.segurosbilbao.com en el apartado Defensa del Cliente. Asimismo, se detallan en dicha página web oficial, www.segurosbilbao.com, los diferentes sistemas habilitados para contactar con la Entidad Aseguradora. En caso de que la queja o reclamación sea desestimada por el Servicio de Atención al Cliente, o de que transcurran dos meses desde su presentación sin que la misma haya sido resuelta, y sin perjuicio de poder iniciar la vía administrativa o judicial que considere oportuna, el reclamante podrá dirigirse al Servicio de Reclamaciones adscrito a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (Paseo de la Castellana, nº 44, Madrid 28046). Si precisa de más información, consulte la Guía de las Buenas Prácticas en: http://www.segurosbilbao.com/recuperarfichero.file?webid=ef2612d0-bf54-4802-aed8-5898646184 59&ListId=1569acae-7bc3-4e9e-a39c-8b5bf513cc1b&ItemId=e3b48d85-a62e-4d35-91ea-da58ef931e a4 Los datos personales facilitados podrán ser objeto de tratamiento en ficheros cuya finalidad es la elaboración del estudio de seguro, siendo necesaria la aportación de los mismos para dicha finalidad. El responsable del tratamiento es SEGUROS BILBAO, siendo el mediador encargado del tratamiento. El solicitante se compromete a informar a los terceros cuyos datos haya proporcionado en el presente documento, de las circunstancias contenidas en esta cláusula. En el caso de que no formalice el contrato para el que se elaboró este estudio, la Compañía conservará los datos durante un plazo de doce meses desde su elaboración con la finalidad de atender eventuales consultas o peticiones. El solicitante podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y/o cancelación de datos, así como revocar cualquier autorización conferida dirigiéndose al Servicio de Atención al Cliente del Grupo Seguros Bilbao, sito en C/ Paseo del Puerto, nº 20, 48992 en Getxo (Vizcaya) o a través del correo electrónico: lopd@segurosbilbao.com Salvo error tipográfico, los precios, garantías y coberturas que contiene se corresponden fielmente con la tarifa vigente en Seguros Bilbao. El proyecto será válido siempre que la vivienda no esté o no haya estado asegurada o anulada por decisión de la compañía Seguros Bilbao. El precio ofertado tiene una validez de 75 días a partir de la fecha indicada. Este documento carece de validez contractual. Seguros Bilbao le comunica que dispone del derecho a consultar ficheros comunes de información sobre solvencia patrimonial y de crédito. Los datos relativos a impagos podrán ser comunicados a ficheros relativos al incumplimiento de obligaciones dinerarias. Página 4 de 7

Cláusulas CARACTERÍSTICAS DE LA VIVIENDA El Asegurado declara que la vivienda objeto del seguro es de las características que se detallan en estas condiciones particulares; es decir, año de construcción, tipo de vivienda, nº de metros cuadrados construidos, nº personas que habitan la vivienda y uso de la vivienda. CONSTRUCCIÓN ESTANDAR El Asegurado declara que la vivienda objeto del seguro forma parte de un edificio de sólida construcción, entendiéndose como tal aquél cuya construcción cumpla los siguientes requisitos: - ESTRUCTURA: De hormigón armado, de ladrillo, piedra de cemento y otros materiales incombustibles. - CERRAMIENTOS: De hormigón armado, de ladrillo o piedra de cemento. - CUBIERTA: De teja, pizarra u otros materiales sólidos e incombustibles. CALIDAD CONSTRUCCIÓN: MEDIA/BUENA El Asegurado declara que el tipo de construcción de la vivienda asegurada se ajusta a la consideración de MEDIA/BUENA, entendiendo por talque reune al menos TRES de las siguientes condiciones: a) Instalaciones de calefacción, bien central o bien individual. b) Puertas de primera calidad (Madera de Guinea o similar). c) AL MENOS un baño completo y un aseo con inodoro y lavabo. d) Superficie total construida superior a 80 (OCHENTA) metros cuadrados. EDIFICIO NO INDUSTRIAL El Asegurado declara que el edificio donde se encuentra la vivienda objeto del seguro se destina a viviendas y/o comercios, sin actividades industriales. SITUACIÓN EN NÚCLEO URBANO El Asegurado declara que la vivienda asegurada se encuentra ubicada " En el Núcleo Urbano " de la población indicada en la Situación delriesgo. Por Núcleo Urbano se entiende el conjunto de al menos 10 edificaciones regularmente habitadas que disponen de todos los servicios públicos municipales, tales como alumbrado y agua,... A estos efectos un edificio forma parte de un conjunto si la distancia entre fachadas al edificio más próximo es de menos de 50 metros. LÍMITE POR VÍCTIMA En caso de siniestro que ocasione daños corporales amparados por la garantía de Responsabilidad Civil, queda establecido un límite máximo de indemnización para cada víctima, cuya cantidad se refleja en lascondiciones Particulares de la presente póliza. Página 5 de 7

En cualquier caso, y sea cual sea el número de víctimas afectadas enel siniestro, la indemnización máxima a satisfacer por el Aseguradortendrá como tope el límite MÁXIMO POR SINIESTRO reflejado en las Condiciones Particulares para dicha garantía. ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS A los efectos de lo establecido en el punto 4 dentro de la Responsabilidad Civil Particular y cabeza de familia de la garantía 3.6 Responsabilidad Civil, el Asegurado declara que NO es propietario de animales potenciamente peligrosos. No obstante, a petición expresa del Asegurado y declaración en las Condiciones Particulares de la póliza con pago de la correspondiente prima, dicha garantía podrá extenderse a la derivada de la propiedad de dichos animales. DECLARACIÓN PERROS/ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS La garantía de Responsabilidad Civil indicada en el Artº 3.6 de las Condiciones Generales, se hace extensiva a la derivada del Asegurado en su calidad de propietario de los perros o animales potencialmente peligrosos que se citan mas adelante, siendo de aplicación las exclusiones GENERALES que se establecen en dicho Artº 3.6.Responsabilidad Civil Descripción: Raza: MESTIZO (TALLA MEDIANA) Fecha nacimiento: 01-01-1900 EXCLUSIÓN RIESGOS INFORMATICOS Quedan excluidos de la cobertura del presente contrato los daños y pérdidas directos o indirectos que sufran los datos, informaciones, registros, programas y demás elementos informáticos y, en particular, cualquier alteración de los mismos que fuera debida a borrado, corrupción, alteración, destrucción, pérdida o mal funcionamiento, así como los daños, pérdidas y gastos de cualquier clase ocasionados por tales circunstancias. RESPONSABILIDAD CIVIL PATRONAL Mediante esta cobertura, el Asegurador toma a su cargo el pago de las indemnizaciones derivadas de cualquier Responsabilidad Civil que por sentencia judicial sea imputada al Asegurado, como consecuencia de reclamaciones presentadas por su personal doméstico asalariado o sus derechohabientes y/o beneficiarios, a causa de daños personales sufridos por dicho personal con ocasión de accidentes laborales sufridos estando a su servicio. A los efectos de la presente cobertura tendrá la consideración de tercero, el personal doméstico o cualquier otra persona al servicio del Asegurado, incluido en nómina y dado de alta en el Seguro Obligatorio de Accidentes de Trabajo, durante el normal desarrollo de los trabajos domésticos encomendados. El capital máximo de indemnización por los hechos cubiertos por esta cobertura es el especificado en las Condiciones Particulares. DAÑOS ESTÉTICOS EN ARMARIOS DE COCINA Ampliando lo dispuesto en las Condiciones Generales, el Asegurador garantiza, hasta el límite de la suma pactada y recogida en Condiciones Particulares, los Daños estéticos que se produzcan en Armarios de cocina instalados de forma fija y permanente, a consecuencia de un siniestro cubierto por las garantías de Incendios, Riesgos Extensivos, Daños por agua o Robo. Página 6 de 7

Se condiciona el pago de la indemnización a efectuar realmente la reparación de que se trate. La reparación de los complementos estéticos queda limitada a la habitación o estancia donde se han producido los daños. Página 7 de 7