ACTUALIZACIONES DE INTERÉS EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR VERSIÓN 1/2014 1
Artículos de comercio exterior 1. Se eliminó la obligatoriedad del agente aduanal 2. Se otorgó el plazo de un año para la expedición de nuevos reglamentos aduaneros 3. Aumenta el control en aduanas para evitar la mercancía subvaluada Actualizaciones de interés 4. 6ta. Modificación a las RCGMCE 5. Resumen de publicaciones relevantes en los últimos días Diversión 6. Juegos de destreza 2
La Organización Mundial de Comercio (OMC) acordó eliminar la obligatoriedad del uso de los agentes aduanales en las operaciones comerciales entre sus 160 miembros, incluido Yemen, que se sumó a la membresía el pasado mes. Esta medida forma parte del acuerdo sobre facilitación comercial que aprobó el organismo, en el que se desmantelan obstáculos al comercio relacionados con los procesos en las aduanas y en los puertos. Sin perjuicio de las preocupaciones políticas importantes de algunos miembros por mantener actualmente un especial papel de sus agentes aduanales, los miembros no deben introducir el uso obligatorio de agentes aduanales desde la entrada en vigor de este acuerdo, establece el documento. Convinieron que cada miembro debe notificar y publicar sus medidas sobre el uso de agentes aduanales, las modificaciones subsecuentes relacionadas con este tema deben ser notificadas al Comité de Facilitación Comercial de la OMC y publicadas inmediatamente. Otro de sus compromisos fue aplicar reglas transparentes y objetivas con respecto a las licencias de los agentes aduanales. En México, la Secretaría de Hacienda publicó el pasado 09 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, en donde introduce cambios que van de acuerdo con las disposiciones multilaterales. Con las modificaciones se permitirá a las empresas realizar directamente el despacho aduanero, brindando nuevas facilidades y dando la opción de prescindir de los agentes aduanales. Las empresas que no contraten un agente aduanal se obligan a realizar el despacho aduanero a través de su representante legal, mismo que deberán acreditar ante el Servicio de Administración Tributaria, en los términos y condiciones que se establezcan en el reglamento (aún sin publicarse). Los representantes legales deberán reunir al menos los siguientes requisitos: ser persona física y estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, ser de nacionalidad mexicana, acreditar la existencia de una relación laboral con el importador o exportador, entre otras. Regularán no obligatoriedad de agentes. Fuente de Información: El Economista. 3
A pesar de que la reforma a la Ley Aduanera entró en vigor, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tendrá como plazo hasta un año para emitir las disposiciones jurídicas para los mecanismos que deberán utilizar los importadores y exportadores que opten por despachar directamente sus mercancías. En tanto se expida el reglamento respectivo, seguirá en vigor el actual. Así lo dio a conocer la Secretaría de Hacienda, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), debido a que con la reforma ya no será obligatorio el servicio que presta el agente aduanal, por lo que la figura de los agentes aduanales sustitutos y los apoderados aduanales desaparecen. Por lo anterior, Hacienda dio a conocer, mediante la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas de Comercio Exterior 2013, que se dará un plazo a más tardar el 30 de agosto del 2014 para que los agentes aduanales sustitutos puedan concluir sus trámites para obtener la patente, siempre y cuando el agente aduanal que los designó se retire voluntariamente, para lo cual tendrá hasta 24 meses para solicitar su retiro. Para estos efectos, el SAT dará a conocer las fechas en que se practicarán los exámenes de conocimientos y psicotécnico, éste último constará de dos etapas, que serán practicados por única ocasión. Precisó que los apoderados aduanales en activo estarán vigentes en tanto su autorización no se cancele o extinga. Fuente de Información: El Economista. Sabías que..? A partir de las 00:00 horas de este miércoles 1 de enero entró en vigor la reforma fiscal y con ello aumentaron los precios en diversos artículos y servicios, entre ellos los transportes foráneos, la comida chatarra, refrescos, cervezas, y hasta los chicles. 4
México es un país muy competitivo a nivel mundial, pero requiere mayor equidad en el trato comercial, no solo de las autoridades hacendarias locales, sino de organismos internacionales para impedir el contrabando y la subvaluación de mercancías. Así lo afirmó el presidente de la Asociación Nacional de Proveedores de la Industria del Calzado, Carlo Benedetti, quien pidió a las autoridades hacendarias mexicanas y a la Organización Mundial del Comercio (OMC) que exija a los países miembros el cumplimiento de las leyes para un comercio leal y altamente competitivo. En el marco de la presentación de los galardonados con el Premio Italia-México 2013, que otorga la Embajada de ese país a los empresarios italianos y mexicanos exitosos, afirmó que al sector del calzado mexicano le perjudica más estos dos ilícitos que la apertura arancelaria. Benedetti recordó que la petición reiterada a las autoridades hacendarias ha sido la de un mayor esfuerzo para disminuir la permisión del paso de mercancía vía contrabando o la que está subvaluada. Consideró que ello beneficiaría no solo a la industria del calzado, sino a muchos sectores productivos del país que se observan afectados por estos ilícitos; "queremos el piso parejo para competir con cualquier otra economía", expresó. Aseguró que México tiene mucho futuro en la industria del calzado y recordó que actualmente se encuentra entre los primeros diez lugares como productor de calzado a nivel mundial. México, apuntó, es altamente competitivo a nivel laboral y con un concepto de calidad muy elevado, lo que lo hace atractivo a las inversiones.. Fuente de Información: NOTIMEX. 5
El 1 de enero de 2014 se publica en el DOF la Sexta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013, en la que se establece entre otros, el procedimiento que deberán seguir las empresas para obtener la certificación a fin de poder obtener los beneficios previstos en el artículo 28-A de la Ley del IVA y 15-A de la Ley del IEPS. Con las reformas a las leyes del IVA e IEPS, se estableció en los artículos 28-A y 15-A, de la LIVA y la LIEPS, respectivamente, que las personas que introduzcan bienes a los regímenes aduaneros de importación temporal para la elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación, de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículo, de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado, y de recinto fiscalizado estratégico, podrán aplicar un crédito fiscal equivalente al 100% del IVA o IEPS que deba pagarse por la importación, mismo que será acreditable contra el mismo impuesto que deba pagarse por las citadas actividades, siempre que obtengan una certificación por parte del SAT. No obstante, por disposiciones transitorias establecidas en las citadas leyes se estableció que dichas reformas entrarían en vigor hasta un año después de que fueran publicadas en el DOF las reglas sobre la certificación previstas en las citadas disposiciones. Fuente de Información: Servicio de Administración Tributaria. 6
09/12/2013 Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera. Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación. Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013 y sus anexos 1, 14 y 19. 11/12/2013 Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo. 20/12/2013 Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y sus anexos 1, 1-A y 11. 26/12/2013 Decreto que otorga estímulos fiscales a la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación. Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa. Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos que fija los salarios mínimos generales y profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2014. 7
30/12/2013 Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 y su anexo 19. Resolución de facilidades administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2014. Quinta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en materia de Comercio Exterior para 2013 y su Anexo 27. Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 31/12/2013 Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior. 01/01/2014 Sexta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013. 02/01/2014 Lista de los registros de empresa de la frontera que continúan vigentes a partir de la entrada en vigor del Decreto que modifica y amplía la vigencia del diverso por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte. 03/01/2014 Acuerdo por el que se dan a conocer la serie de leyendas, imágenes, pictogramas, mensajes sanitarios e información que deberá figurar en todos los paquetes de productos del tabaco y en todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos a partir del 24 de marzo de 2014. 8
SOPA DE LETRAS Encuentra los Alimentos NO Básicos (Botanas) que de conformidad con la última modificación a la Ley del IEPS, pagan impuesto del 8%: 1. Cacahuate 2. Papas E C S A L I R A P C L P G L O E O H L S C A C A H U A T E O E E P E L P A S A S A C H C T L A P L A H T A H E L E I O E E P A P A S C T E H A L P L T S A P A O 3. Galleta *El presente documento sólo se emite para fines informativos y es para efectos de referencia. 9