REGLAMENTO SOBRE REQUISITOS Y CONDICIONES DE LOS BENEFICIOS BRINDADOS POR LAS TARJETAS DE CRÉDITO BAC CREDOMATIC BAC CREDOMATIC Y AEROPOST TE TRAEN LA NAVIDAD POR ADELANTADO 1. DERECHOS SOBRE LA PROMOCIÓN: La mecánica, la publicidad y los derechos de autor que de la promoción se deriven son propiedad exclusiva de CREDOMATIC DE COSTA RICA S.A., en adelante el patrocinador o solamente CREDOMATIC a nombre de la tarjetas de crédito emitidas en Costa Rica. La presente promoción se regirá bajo las siguientes reglas y condiciones. Por el solo hecho de formar parte de la promoción, los participantes aceptan todas las reglas de este reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad de los organizadores. Así mismo, aceptan someterse a las decisiones de los organizadores en cualquier asunto relacionado con la promoción. Este reglamento será publicado en: www.baccredomatic.com. El otorgamiento de cualquiera de los beneficios aquí estipulados estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este reglamento. El Organizador se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución de los beneficios otorgados a aquellos participantes que directa o indirectamente incumpla las normas y condiciones aquí establecidas. 2. SOBRE LAS EXCLUSIONES: Solamente participan de la presente promoción los tarjetahabientes de tarjetas de crédito de Credomatic y tarjetas de débito de BAC San José, y que cuenten con su tarjeta vigente y al día Sólo aplican transacciones de compra procesadas por los datafonos de CREDOMATIC en las sucursales de Aeropost o el cotizador en línea www.aeropost.com DEFINICIONES: En adelante se entenderá por: reglamento o el reglamento : este documento. promoción o la promoción : la actividad promocional aquí regulada.
tarjetahabiente : Toda persona que posea una tarjeta de crédito y/o débito de BAC CREDOMATIC que esté activa y al día con todos sus pagos. titular : la persona que posee la tarjeta principal y no adicional. Excepto que las tarjetas adicionales tengan su propio estado de cuenta. negocio o comercio afiliado : empresa o punto de venta. 3. SOBRE EL OBJETO DE LA PROMOCION: Todos los clientes que realicen alguna compra a través del sitio web www.aeropost.com o desde las sucursales Aeropost (de forma parcial o total) con las tarjetas pertenecientes al grupo financiero BAC CREDOMATIC e indicadas anteriormente, durante el periodo de la promoción, acumulan una acción electrónica con la cual quedarán participan en el sorteo de 10 BONOS DE COMPRA POR $500 CADA UNO, los cuales podrán redimir mediante un código exclusivo en www.aeropost.com Se acreditarán las acciones de manera automática y se le asignará una acción por cada transacción siempre y cuando sea realizada desde el sitio web www.aeropost.com o en sucursales físicas de Aeropost mediante los datafonos de BAC CREDOMATIC. Si un cliente realiza más de una transacción acumulara la cantidad de acciones que corresponda por transacción. 5. VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN: La promoción es por tiempo limitado, tendrá inicio el 15 de agosto del 2016 y finaliza el 31 de octubre del 2016 6. SOBRE LAS TARJETAS PARTICIPANTES: La promoción está dirigida exclusivamente a tarjetahabientes que poseen tarjetas de crédito y débito del Grupo Financiero BAC CREDOMATIC emitidas en Costa Rica, además, deben estar activas y al día en los pagos respectivos. 7. DE LOS PREMIOS Y EL SORTEO: Entre todos los clientes participantes que realicen alguna compra a través del sitio web www.aeropost.com o sucursales físicas de Aeropost, con las tarjetas pertenecientes al grupo financiero BAC CREDOMATIC dentro del período de la promoción, quedarán participando en el sorteo de 10 BONOS DE COMPRA POR $500 CADA UNO. Los cuales podrán redimir mediante un código exclusivo en www.aeropost.com únicamente. Por cada ganador existirán dos suplentes, los cuales en caso de que el ganador titular no se logre contactar después de 3 intentos de localización o este no sea ubicado, el premio se le otorgará al primer suplente y en caso de que este tampoco se localice, se procederá a otorgar el premio al suplente dos. Por lo tanto en la tómbola electrónica se estarán asignando 10 ganadores y 20 suplentes.
SORTEO: Se realizará un único Sorteo de los ganadores de 10 BONOS DE COMPRA POR $500 CADA UNO, el día 7 de Noviembre de 2016 en San José, Costa Rica, en las instalaciones del Edificio de CREDOMATIC, situado en Cipreses de Curridabat, a través de una tómbola electrónica, dicho sorteo se realizará en presencia de notario público quien dará fe de la legalidad del sorteo. El organizador podrá modificar la fecha del sorteo por razones de conveniencia u oportunidad, pero este cambio no modifica el plazo de participar en la promoción, para no afectar las probabilidades de ganar. Los ganadores deberán reclamar su premio a más tardar 7 días hábiles después de su comunicación. Una vez vencido este plazo no tendrán derecho a reclamarlos ni pretender indemnización alguna. Ninguna participación deberá considerarse como ganadora hasta tanto no se verifique la elegibilidad del participante, la veracidad de la información brindada, y el cumplimiento de los demás requisitos de este reglamento. 8. REQUERIMIENTOS PARA LOS PARTICIPANTES: Participan únicamente mayores de edad. Así mismo, el tarjetahabiente tiene que estar al día con cualquier otro producto o servicio relacionados con el Grupo Financiero BAC Ι CREDOMATIC. Podrán comprar en el sitio web www.aeropost.com o en sucursales físicas de Aeropost, los participantes tanto tarjetahabientes titulares como adicionales de las tarjetas del Grupo Financiero BAC CREDOMATIC. Las tarjetas de Credomatic se regulan por el respectivo contrato individual de Apertura de Línea de Crédito y Emisión y Uso de Tarjeta de Crédito que cada tarjetahabiente haya suscrito y sus respectivas reformas, o anexos, por lo cual el presente Reglamento básicamente regula lo relacionado con la promoción. 9. FORMA DE PARTICIPACIÓN: Toda persona que desee participar en la promoción y utilizar el beneficio aquí descrito, deberá tener conocimiento de este Reglamento, ya que el reclamo, la aceptación y el uso de las tarjetas emitidas por el Grupo Financiero BAC CREDOMATIC en la forma que se indica en este documento, implica la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones y la forma de participación, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto al beneficio ofrecido en la promoción. Por lo anterior y para todos los efectos legales, el patrocinador entenderá que la manifestación de voluntad de la aceptación de ese conocimiento, se verificará por el hecho de las transacciones realizadas en el sitio web www.aeropost.com o sucursales físicas de Aeropost, en cuyo caso, el patrocinador podrá exigir al interesado, que mediante documento escrito, manifieste dicha declaración y a su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las cláusulas del reglamento, sólo si lo considera necesario. Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, el patrocinador no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de reconocer los beneficios aquí descritos.
10. RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES: En la publicidad de la promoción se ha señalado: Aplican restricciones. Ver reglamento aquí, en señal de que la participación de los interesados, así como la propia promoción y el beneficio, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento y las que se señalan en esa página. Igualmente se podrá obtener información y consultar este reglamento en www.baccredomatic.com. www.aeropost.com 11. RESTRICCIONES DE LA PROMOCION: Las transacciones deben realizarse en el sitio web www.aeropost.com o sucursales físicas de Aeropost. Participan los tarjetahabientes que utilicen las tarjetas del Grupo Financiero BAC CREDOMATIC durante el periodo de la promoción; titulares y adicionales. Sólo aplican transacciones de compra procesadas por los datafonos de CREDOMATIC. Esta promoción es válida en Costa Rica y únicamente en el sitio web www.aeropost.com o sucursales físicas de Aeropost. No aplican compras fuera o en el exterior de Costa Rica, con excepción de las compras realizadas por medio de la plataforma digital www.aeropost.com la cual puede ser acezada desde cualquier lugar del mundo y compras realizadas por internet utilizando el servicio del casillero Aeropost. Solamente participan en el sorteo los Tarjetahabientes con status de activos, no se contemplaran los tarjetahabientes que cancelaron su tarjeta de Crédito o Débito durante el periodo de la promoción. 12. REGULACION DE LA PROMOCIÓN: La presente promoción se rige por este Reglamento, y en forma supletoria y complementaria se tiene por incorporada la legislación nacional, la jurisprudencia judicial y administrativa, así como las resoluciones de la comisión del consumidor, en cuanto sean aplicables. El patrocinador se reserva el derecho de determinar de acuerdo a los intereses de CREDOMATIC, así como de la actividad y de los derechos de los consumidores, los casos en que se incumpla con los artículos anteriores. Las pruebas que sustenten actos como los descritos en los puntos anteriores, serán las que de acuerdo a los principios y leyes judiciales, sean las más comunes y/o permitidas por los Tribunales de Justicia. Cualquier asunto que se presente con la promoción y que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por el patrocinador, en estricto apego a las leyes de la República. 13. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD: Credomatic no asume ningún tipo de responsabilidad con respecto a los riesgos inherentes a cualquier compra, por esta razón los tarjetahabientes deberán ir preparados, tarjeta de crédito con fondos suficientes para cubrir la diferencia en la compra si así lo ameritara, por lo tanto asumen los riesgos que ello implique, liberando a CREDOMATIC de toda responsabilidad por el riesgo asumido y las consecuencias que pudieren derivarse de la obtención de los servicios obtenidos por medio de esta promoción. CREDOMATIC tampoco será responsable por daños, perjuicios o pérdidas ocasionados al tarjetahabiente. Además de lo anterior Credomatic no asume ninguna clase de responsabilidad por actuaciones u omisiones de los comercios
participantes, así como quejas por la calidad de los productos o servicios adquiridos en los distintos comercios participantes, así como la calidad de los premios de la presente promoción. 14. PLAZO Y PROCEDIMIENTO PARA RECLAMOS: En caso que un Tarjetahabiente se considere afectado por algún aspecto relacionado por la presente promoción, tendrá que presentar su reclamo dentro de 60 días naturales que se contarán a partir del día en que finalice la promoción. EL reclamo tendrá que presentarse en las Sucursales del BAC San José, en la plataforma de servicio al cliente, o por medio de nuestra sucursal telefónica al 2295-9898, indicando las razones de su inconformidad y si la hubiera, ofreciendo la prueba pertinente. Transcurrido el plazo aquí indicado caducará la acción de reclamo. 15. SOBRE LA SUSPENSION DE LA PROMOCION Y OTRAS PRERROGATIVAS DEL PATROCINADOR: El patrocinador, podrá postergar la fecha de inicio de la promoción. Además podrá cancelarla en forma indefinida o definitiva, de forma parcial o total en cualquier momento sin responsabilidad ante los participantes. Lo cual será comunicada por medio de la página web: www.baccredomatic.com o www.aeropost.com. Podrá suspender de forma inmediata la promoción, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegasen a detectar mecanismos de cualquier naturaleza que afecten o puedan afectar gravemente los intereses de la empresa o de la promoción. Igualmente podrá tomar todo tipo de acciones a fin de evitar que personas se valgan y aprovechen de la promoción en forma fraudulenta o ilícita, pudiendo denunciar cualquier hecho de tal naturaleza que afecte a la empresa. En caso de participaciones en perjuicio de la promoción, el patrocinador se reserva el derecho de establecer todo tipo de acciones civiles y penales que se deriven de actuaciones. CREDOMATIC se reserva el derecho de establecer todo tipo de acción para reclamarlos de vuelta, independientemente de las acciones civiles y penales que se deriven. CREDOMATIC podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo de la promoción, y suspenderá en forma inmediata esta promoción sin asumir responsabilidad alguna, si se llegasen a detectar defraudaciones o cualquier otra irregularidad que suceda o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses de la empresa patrocinadora. Esta circunstancia se comunicará públicamente, fecha a partir de la cual la promoción cesará. 16. RELACION ENTRE LAS PARTES: Ninguna disposición de la presente promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante de la promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de la compañía organizadora. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad. 17. MODIFICACIONES AL REGLAMENTO: El patrocinador se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción, así como los intereses de los participantes. Las anteriores
circunstancias se comunicarán en la misma forma que el presente reglamento, fecha a partir de la cual la promoción cesará, o la reforma al reglamento quedará vigente. 18. INFORMACIÓN ADICIONAL: Para mayor información o consultas puede llamar las 24 horas del día al Centro de Atención Telefónica Credomatic al número 2295-9898 o al centro de atención telefónica Aeropost 2208-4848; o bien visitar la página web www.baccredomatic.com www.aeropost.com