Demandas de Jóvenes y Mujeres Indígenas a Autoridades Federales para mejorar la Provisión de Servicios de Salud Sexual y Reproductiva Los Derechos Sexuales y Reproductivos forman parte de los Derechos Humanos y por tanto son inherentes a todas las personas sin importar su edad, identidad, género, nacionalidad, adscripción étnica, situación socio-económica o cualquier otra condición. Es imperativo que el Estado mexicano en todo su territorio: Garantice la disponibilidad, accesibilidad (física, económica y geográfica), aceptabilidad, y calidad de servicios de salud sexual y reproductiva que sean oportunos, cálidos e inclusivos, que estén basados en información veraz, laica y científica. Provea estos servicios desde una perspectiva intercultural sustentada en el reconocimiento de un México diverso y pluricultural, así como en el respeto a las diferencias y enriquecimiento mutuo a partir del diálogo y la convivencia. Promueva la corresponsabilidad entre hombres y mujeres en el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos para avanzar hacia relaciones más equitativas. Para contribuir a mejorar los servicios de salud sexual y reproductiva, entre 2015 y 2016, el Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir (ILSB) llevó a cabo una investigación de los servicios de salud sexual y reproductiva dirigidos a mujeres indígenas y jóvenes, encabezada por integrantes del Programa de Mujeres Indígenas (PROMUI) y la Red de Liderazgos Jóvenes por los Derechos Sexuales y Reproductivos (REDEFINE), bajo el principio de que las poblaciones directamente afectadas por problemáticas que las colocan en condiciones de desigualdad, son quienes deben promover y demandar políticas públicas efectivas que mejoren sus condiciones de vida. La investigación se enfocó en identificar el abasto, accesibilidad y disponibilidad de métodos anticonceptivos para adolescentes y mujeres indígenas, así como la calidad de la atención con perspectiva de género e intercultural que se les otorga en las unidades
rurales y urbanas del sector salud en 10 estados de la República. Los resultados han aportado un panorama sobre los servicios de salud sexual y reproductiva desde la mirada de personas jóvenes y de mujeres indígenas, que muestran que existen problemáticas en torno al acceso de los métodos anticonceptivos (sobre todo con las poblaciones indígenas y jóvenes) así como con la variedad de los mismos, principalmente para fortalecer la corresponsabilidad masculina y respecto de la anticoncepción de emergencia en casos de violencia sexual. Con base en estos los hallazgos, planteamos las siguientes demandas: 1. A la Secretaria de Salud: asegurar un abasto suficiente, variado y pertinente de Métodos Anticonceptivos para toda la población sin discriminación por condición étnica, de género o etárea (es decir, que haya métodos anticonceptivos de todos los tipos con suficiente número para atender a las demandas de mujeres jóvenes, indígenas, adolescentes sin que la edad, la condición étnica o el género sean un impedimento para el acceso a los métodos), quien deberá coordinarse con la Secretaría de Educación Pública y la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), a fin de llegar al más amplio número de población posible. 2. La Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes (ENA- PEA) busca asegurar el acceso efectivo a una gama completa de métodos anticonceptivos, incluyendo los reversibles de acción prolongada (ARAP), para garantizar una elección libre e informada y la corresponsabilidad del varón en el ejercicio de la sexualidad, sin embargo, esta investigación muestra que la oferta de ARAP no contempla las necesidades y preferencias de la población adolescente, ni de la población indígena, por lo que instamos a la Secretaría de Salud a tener una gama diversa de anticoncepción, que incluya espermicidas y condones femeninos, así como anticoncepción de emergencia. 3. A la Secretaria de Salud, asegurar la capacitación y sensibilización a proveedores de servicios de salud en la provisión de la anticoncepción de emergencia, como parte del protocolo de atención a casos de violencia sexual para prevenir embarazos no deseados, así como de la aplicación de profilaxis de emergencia
para prevenir Infecciones de Transmisión Sexual y el Virus de Inmunodeficiencia Humana acorde a la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005 Violencia Familiar, Sexual y Contra las Mujeres. Criterios para la Prevención y Atención. 4. A la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas en coordinación con la Secretaria de Salud, asegurar la capacitación y sensibilización a prestadores de servicios de salud para la atención con enfoque intercultural, género y derechos humanos, libre estigmas, racismo y prejuicios contra las personas indígenas. 5. A la Secretaria de Salud: garantizar la existencia de servicios amigables para personas jóvenes y adolescentes en las Unidades de Salud del Primer Nivel de Atención, en cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana NOM 005 SSA2 1993 de los Servicios de Planificación Familiar, que incluye la entrega de información confiable y anticonceptivos, como la anticoncepción de emergencia y los de larga duración, incentivando la corresponsabilidad masculina más allá de sólo la vasectomía. 6. Al Grupo Interinstitucional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes (GIPEA): coordinar la actualización estadística y de información que se enuncia en la ENAPEA, incluyendo publicar y publicitar anualmente y en formato de datos abiertos la información con las instituciones, programas, líneas de acción y presupuestos asignados para tener un diagnóstico de las acciones implementadas para atender el embarazo en adolescentes. 7. Al Instituto Mexicano de la Juventud (IMJUVE): Reconocer y dar visibilidad a las agendas que impulsan las juventudes indígenas en materia de salud sexual y reproductiva en contextos rurales y urbanos. 8. A la Secretaría de Educación Pública, al Instituto Nacional de lenguas Indígenas (INALI), a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), al Instituto Mexicano de la Juventud (IMJUVE), Instituto Nacional
de las Mujeres (NMUJERES), el Consejo Nacional de Población (CONAPO) y al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) demandamos implementar campañas de comunicación sobre los derechos sexuales y reproductivos, y los servicios amigables, adaptadas a los contextos socioculturales y a las etapas de la adolescencia y juventud, estos deberán difundirse también a través de radios comunitarias para alcanzar al mayor número de audiencia posible, especialmente llegar a localidades donde habitan personas hablantes de lenguas indígenas. 9. A los Grupos Estatales para la Prevención del Embarazo Adolescente (GE- PEAS) demandamos incorporar a jóvenes y mujeres jóvenes indígenas en sus comités estatales mediante mecanismos de participación ciudadana abiertos, accesibles, amigables y lo suficientemente publicitados, para compartir conocimiento, expericneca y buenas prácticas, a fin de coadyuvar en la atención y reducción de embarazos en la adolescencia. 10. A la Secretaría de Salud, la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) y al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI), éste último como órgano ejecutor, garantizar los servicios de atención de calidad con traducción e interpretación en las lenguas y culturas de las personas indígenas. Además de incluir en sus formatos de registro de pacientes, la adscripción étnica y lengua indígena de las personas que llegan a las Unidades Médicas de Salud. 11. Al INALI, CDI y Secretaría de Salud: asegurar la partida presupuestal necesaria para garantizar la contratación y pago digno a intérpretes y traductores en lenguas indígenas en todos los servicios de salud que requieran las personas indígenas, así como la creación de rutas eficientes para garantizar este derecho a la población indígena. 12. A la Comisión de Hacienda y Crédito y de Presupuesto y Cuenta pública de la Cámara de Diputados demandamos incrementar anualmente al menos el 5%
del presupuesto destinado a la coordinación general de la ENAPEA, con mecanismos claros de transparencia en el ejercicio de los gastos; y que el GIPEA publiquen y publiciten anualmente la información correspondiente al ejercicio de dicho gasto, así como un mecanismo de seguimiento del mismo, que pueda ser consultado en la Cuenta Pública. 13. Al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y sujetos obligados por la Ley General de Transparencia: capacitar y sensibilizar al personal de sus Unidades de Enlace en un enfoque de interculturalidad, género y derechos humanos, para dar una atención con calidad humana, libre de estigmas y prejuicios. 14. Al INAI, instar a los Sujetos Obligados especialmente a aquellos cuyas funciones incluyen la provisión de servicios de salud sexual y reproductiva (Secretarías de Salud Federal y Estatales, Jurisdicciones Sanitarias) a publicitar los protocolos de acceso a métodos anticonceptivos, así como el abasto de los mismos en las unidades de salud, principalmente de primer nivel, como un ejercicio de transparencia proactiva.