Decreto 1228/2004 MINISTERIO DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

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Transcripción:

Decreto 1228/2004 MINISTERIO DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS CREASE LA UNIDAD PROVINCIAL COORDINADORA DEL AGUA (U.P.C.A.) Formosa, 23 de Noviembre de 2004. VISTO: La necesidad de crear un ente encargado de impulsar, coordinar, desarrollar y supervisar las políticas y acciones en materia de recursos hídricos (Expte. P-31.697/04); y CONSIDERANDO: Que el agua, como elemento insustituible para el sostenimiento de la vida y su condición de recurso estratégico fundamental para el desarrollo socioeconómico provincial requiere de una gestión integrada que posibilite su uso equitativo y eficiente, disminuya los factores de riesgo de los excesos o su contaminación, y que logre un equilibrio entre su aprovechamiento y su protección; Que a tal efecto, es menester formular e implementar una planificación hídrica estratégica y consensuada que integre los sectores públicos y privados vinculados al agua, al suelo y a los demás recursos naturales, que contemple los aspectos socioeconómicos y ambientales relevantes en el ámbito provincial, en un marco de desarrollo sustentable; Que el artículo 53º de la Constitución Provincial expresa: "la Provincia debe procurar el aprovechamiento integral y el uso racional del agua, respetando las prioridades que derivan de las necesidades de consumo de la población y el desarrollo primario e industrial"; mandato que exige instrumentar un sistema de coordinación funcional de los diversos organismos técnicos vinculados a los recursos hídricos con el objeto de centralizar, auspiciar, armonizar y supervisar los proyectos, planes y programa, incluyendo la generación de fondos y de información respectivas; Que para la implementación de dicho sistema es necesario la conformación de una estructura ágil, dinámica y eficiente, que posibilite una eficaz conducción, coordinación y supervisión de las tareas a realizar, con una dimensión apropiada, acorde con la fluidez de los trámites técnicos, administrativos y contables; Que a los fines señalados, se propicia la creación de la Unidad Provincial Coordinadora del Agua - U.P.C.A.- como organismo descentralizado que dependa jerárquicamente del Poder Ejecutivo y, funcionalmente, del Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos; Por ello y el dictamen favorable de la Asesoría Letrada General del Poder Ejecutivo a fojas 32; EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA Artículo 1 ) Créase la Unidad Provincial Coordinadora del Agua -U.P.C.A- como organismo descentralizado, con dependencia jerárquica del Poder Ejecutivo, y funcional del Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos, cuya conformación, estructura y Manual de Misiones y Funciones se agregan como anexo al presente. Artículo 2 ) Establécese que deberán incorporarse a la U.P.C.A., en forma obligatoria, los programas y proyectos referidos a los recursos hídricos de inversión provincial, financiados por organismos multilaterales de crédito internacionales, nacionales, provinciales y de inversión privada, actualmente existentes o que en el futuro se implementen en el ámbito provincial. Artículo 3º) Facúltase al Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos, a adoptar las medidas presupuestarias correspondientes, y a dictar las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias que, con motivo del cumplimiento de este decreto, pudieren ser necesarias.

Artículo 4 ) Derógase toda norma que se oponga a este decreto, debiendo los respectivos organismos adecuar su competencia y funciones a las disposiciones del presente, a partir de su publicación. Artículos 5 y 6 ) De Forma. G. INSFRAN R. A. CABRERA ANEXO CONFORMACIÓN DE LA UNIDAD PROVINCIAL COORDINADORA DEL AGUA - UPCA Estructura Orgánica- Manual de Misiones y Funciones La UNIDAD PROVINCIAL COORDINADORA DEL AGUA UPCA - es un organismo descentralizado con rango de Subsecretaría, que depende jerárquicamente del Poder Ejecutivo Provincial, y funcionalmente del Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos. * Estará conducida por un Administrador General, asistido por un Administrador Adjunto, quienes tendrán a su cargo el cumplimiento de las misiones y funciones que se detallan a continuación: Impulsar, coordinar y supervisar las políticas, planes, programas, proyectos y acciones que se desarrollen en materia de recursos hídricos. Diseñar los lineamientos de la política Hídrica Provincial. Asesorar a las dependencias del Gobierno en la formulación y actualización de la política hídrica provincial. Elaborar el Plan Maestro de los Recursos Hídricos Provinciales y los planes y programas sectoriales, a fin de optimizar su aprovechamiento y prevenir, mitigar o evitar los efectos perjudiciales, tanto en calidad cuanto en cantidad de las aguas. Coordinar y supervisar la aplicación del Plan Maestro y los planes directores y sectoriales en materia de recursos hídricos. Intervenir en todo plan, programa o proyecto relacionado con medidas estructurales y no estructurales que se adopten o que tengan incidencias en materia hídrica. Gestionar la obtención de fuentes de financiamiento para los programas, proyectos y acciones relacionadas con el Plan Maestro y los planes directores y sectoriales en materia de recursos hídricos. Auspiciar y coordinar el desarrollo del Sistema de Información Hídrica Provincial para obtener y evaluar en forma permanente, cualitativa y cuantitativamente, el estado de las cuencas superficiales subterráneas. Generar un ámbito de concertación de los sectores responsables del recurso hídrico, con el fin de coordinar y potenciar la gestión integrada y sustentable de dicho elemento.

Propiciar e intervenir en la actualización del marco legal regulatorio y reglamentario del régimen relativo al aprovechamiento de los recursos hídricos y a la defensa contra sus efectos perjudiciales. Fortalecer el poder de decisión de las instancias locales y regionales, estimulando la participación eficaz y organizada de los distintos actores a través de los consorcios de usuarios y de los organismos de gestión hídrica. Colaborar con los organismos públicos y privados en la formulación y adopción de medidas en materia crediticia, financiera, impositiva y de fomento, para el logro de los objetivos propuestos por la política y la planificación hídrica. Promover acciones de concientización y programas educativos orientados a la optimización del uso del agua corno insumo de la producción, como también de su preservación contra la contaminación- Desarrollar toda otra actividad que resulte necesarias para lograr una gestión integral y sustentable de los recursos hídricos, y que conduzca al mejor cumplimiento de las funciones propias de esta Unidad Provincial. AUTORIDAD JERARQUICA SOBRE: DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN. DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE PROYECTOS DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN Promover la coordinación, concertación y conformación de organismos de gestión y de consorcios de usuarios, así como la concientización y educación en materia de recursos hídricos. Realizar las gestiones necesarias para lograr con eficacia la coordinación institucional con organizaciones intermedias y otras entidades vinculadas a los recursos hídricos. Realizar las acciones conducentes para activar la implementación del Plan Maestro y los planes y programas sectoriales. Facilitar la conformación de los consorcios de usuarios y la posterior implementación de los organismos de cuenca. Promover la sistematización de la información referida a los recursos hídricos provinciales. Efectuar los trabajos necesarios para la concientización, educación y capacitación en materia hídrica. DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE PROYECTOS

Impulsar, coordinar, desarrollar y supervisar los proyectos y acciones que surjan del Plan Maestro y los planes y programas sectoriales. Promover los estudios, proyectos y acciones que surjan del Plan Maestro y los planes y programas sectoriales. Organizar y concertar la ejecución de los estudios básicos necesarios para los proyectos relacionados con el Plan Maestro. Propiciar los estudios de evaluación socioeconómico y ambiental necesarios para la realización de los proyectos. Verificar y tomar los recaudos necesarios para garantizar el correcto funcionamiento de los mecanismos de coordinación y seguimiento de proyectos. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Entender en las funciones de carácter contable-financiero del organismo, centralizándolas en servicios adaptados al cumplimiento de los planes generales del Gobierno, que se desarrollen por intermedio de las áreas de acciones técnicas y específicas: Efectuar toda la gestión financiera, económica, patrimonial y presupuestaria del organismo. Establecer y mantener el sistema contable y los estados de ejecución presupuestaria de la U.P.C.A. y de los proyectos a cargo del organismo. Gestionar los desembolsos y adelantos de fondos ante los diversos organismos de financiamiento. Elaborar los estados de ejecución presupuestaria y la documentación contable pertinente, a fin de ser presentados ante los organismos de control de la provincia, de las diversas entidades de financiamiento y de las auditorias externas, cuando así se lo requieran. Verificar la documentación respaldatoria de los gastos incurridos por los distintos proyectos, a los fines del cumplimiento de los requisitos formales exigibles por las áreas de control y financiamiento. Efectuar el seguimiento de la ejecución financiera de los programas, con el fin de facilitar la detección de los desvíos y proponer alternativas de corrección. Cumplimentar con los requisitos formales exigidos para el movimiento de fondos, de conformidad con las normativas vigentes en la materia. Centralizar la registración patrimonial y velar por el mantenimiento y conservación de los bienes de la Unidad. Centralizar el registro de novedades y contralor normativo disciplinario del personal dependiente del organismo.

ORGANIGRAMA DE LA UNIDAD PROVINCIAL COORDINADORA DEL AGUA U.P.C.A.