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CIRCULAR N Fecha Emisión Versión Fecha Versión 9 30-10-2012 1.0 30-10-2012 TERCER PAGO DE SUBSIDIO PROCESO 2012-2013, PARA LOS PROPIETARIOS DE BUSES, MINIBUSES Y TROLEBUSES SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO N 4 LETRA A) DE LA LEY N 20.378. Elaborado Materia N Interno Sección Transparencia y Normativa División Jurídica División de Operaciones Egresos 2.5 1.- MATERIA En el contexto de la Ley N 20.378 se crea un subsidio nacional para el transporte público remunerado de pasajeros, consistente en el pago de un Subsidio a la oferta en zonas no licitadas, para los propietarios de Buses, Minibuses y Trolebuses urbanos y rurales de las zonas geográficas distintas a la Provincia de Santiago y comunas de Puente Alto y San Bernardo, que cuenten con servicio de transporte público remunerado de pasajeros y que no operen en el marco de una concesión de uso de vías otorgada en virtud de la Ley 18.696 o en uno de los supuestos a que se refiere el artículo 3 de la Ley 20.378 y que al 30 de abril del año de aplicación del subsidio, se encuentren con su inscripción vigente en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Público de Pasajeros (RNSTPP), al momento de solicitar el subsidio. Se establece el pago del tercer pago de este subsidio correspondiente al proceso 2012-2013. 2.- ANTECEDENTES LEGALES Ley N 20.378, Publicada en el Diario Oficial el 05 de septiembre de 2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, crea un Subsidio Nacional para el transporte público remunerado de pasajeros. Decreto Supremo N 01, publicado en el Diario Oficial del 10 de marzo de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamentó la fórmula de cálculo del subsidio y el procedimiento para el pago de este beneficio. En el artículo 6 de este Reglamento se indica que la solicitud debe presentarse en la Tesorería del domicilio del beneficiario. Resolución Exenta Nº2300, de fecha 18 Octubre de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que determina el periodo de presentación de solicitudes para el otorgamiento del subsidio contemplado en el artículo 4 a) de la ley N 20.378 para el proceso 2012-2013. Resolución Exenta Nº1498, de fecha 24 de Octubre de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que determina el monto del subsidio contemplado en el artículo 4 a) de la ley N 20.378 a otorgar por vehículo para el proceso 2012-2013. Página 1 de 8

3.- DESTINATARIOS - Propietarios de vehículos de zonas geográficas distintas a la Provincia de Santiago y comunas de Puente Alto y San Bernardo, que cuenten con servicio de transporte público remunerado de pasajeros y que no operen en el marco de una concesión de uso de vías - Mantener al 30 de abril la propiedad del vehículo. - Contar con su permiso de circulación y revisión técnica vigente, estar prestando servicio y estar adscritos a algún servicio al menos en los 4 meses anteriores a la fecha de solicitud del subsidio. - En el caso de los vehículos arrendados con opción de compra, los propietarios podrán, otorgar un mandato a los arrendatarios de vehículos con inscripción vigente y a otros arrendatarios o terceros para solicitar y percibir este subsidio. 4.- ORGANISMOS INVOLUCRADOS - Servicio de Tesorerías. - Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. 5.- PROCEDIMIENTO 5.1.- PRESENTACION DE LAS SOLICITUDES DE REEMBOLSO. En el sitio institucional www.tesoreria.cl, se habilitó una consulta denominada Subsidio Transporte Ley N 20.378, que se encuentra disponible en el menú principal del sitio web, opción que se direcciona directamente al sitio internet http://www.subtrans.cl/appsubsidios/orientacion4a/ del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Para consultar basta ingresar el número de RUT e inmediatamente le indicará las patentes beneficiarias con este subsidio. Página 2 de 8

5.2.- SOLICITUD DE REEMBOLSO Para solicitar este beneficio los propietarios de vehículos identificados en el punto 3 anterior, deberán confeccionar un formulario denominado SOLICITUD DE SUBSIDIO A LOS PROPIETARIOS DE BUSES, MINIBUSES Y TROLEBUSES, ARTICULO 4 LETRA A DE LA LEY N 20.378. Este formulario se encontrará a disposición de los interesados en el sitio institucional www.tesoreria.cl, Subsidio Rebaja Tarifa Escolar (Art. 4 a) Ley N 20.378), opción que se direcciona directamente al sitio internet http://www.subtrans.cl/appsubsidios/orientacion4a/ del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, desde donde se podrá imprimir para llenarla en dos ejemplares y presentarla en la Tesorería correspondiente. Los interesados deben llenar la solicitud con los datos requeridos e indicar con una X, el tipo de vehículo y el tipo de servicio, se adjunta anexo donde se encuentra ejemplar de la solicitud. Al ingresar el número de RUT e inmediatamente le indicará las patentes asociadas a ese RUT y la Tesorería Regional o Provincial, que le corresponde de acuerdo a su domicilio; lo anterior dependerá de la dirección que informó al Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Además, se le informará la documentación que deberá presentar para acceder a este subsidio. 5.3.- PLAZO DE PRESENTACION DE LA SOLICITUD DE SUBSIDIO La presentación de las postulaciones al subsidio comienza el 29 de Octubre de 2012 y termina el 21 de Diciembre de 2012. El subsidio se pagará en tres cuotas, los montos de dichas cuotas serán calculados de la siguiente manera: - La primera cuota corresponderá a un 70% del monto anual del subsidio y se pagará dentro del plazo máximo de 20 días hábiles a contar de la presentación y aceptación de la solicitud de subsidio. - La siguiente cuota equivaldrá a un 15% del monto anual del subsidio y se pagará en un plazo máximo de 140 días hábiles, contados desde la fecha de inicio del periodo de presentación de las solicitudes de subsidio (29 de octubre de 2012). - Por último la tercera cuota corresponderá al 15% restante y se pagará en un plazo máximo de 200 días hábiles, contados desde la fecha de inicio del periodo de presentación de las solicitudes de subsidio (29 de Octubre de 2009). Página 3 de 8

5.4.- MONTO DEL SUBSIDIO El monto del subsidio a entregar por vehículo, según lo señalado en Resolución Exenta Nº 1498 del Ministerio de Transportes, se regirá de acuerdo al siguiente cuadro: Región Zona 2012 Monto 2012 ($) 1 Iquique (Rural) 370.785 2 Calama (Urbano) 796.218 2 Antofagasta (Rural) 370.785 2 Calama (Rural) 370.785 3 Copiapó (Urbano) 1.493.482 3 Copiapó (Rural) 1.125.876 4 Coquimbo-La Serena (urbano) 2.152.232 4 Ovalle (urbano) 1.012.413 4 Coquimbo La Serena (Rural) 1.094.499 4 Ovalle (rural) 567.053 5 San Felipe- Los Andes (Rural) 473.432 5 San Felipe (Urbano) 457.036 5 Los Andes (Urbano) 457.036 5 Quillota (Urbano) 457.036 5 La Calera_Quillota (Rural) 370.785 5 Valparaíso (Rural) 1.127.453 5 San Antonio (Rural) 370.785 6 San Fernando (Urbano) 457.036 6 San Fernando (Rural) 370.785 6 Rancagua (Rural) 962.631 7 Curicó (Urbano) 591.976 7 Linares (Urbano) 457.036 7 Talca (Urbano) 2.618.492 7 Curicó-Talca-Linares (Rural) 819.457 8 Chillán - Chillán viejo (Urbano) 1.081.907 8 Los Ángeles (Urbano) 1.396.278 8 Chillán- Los Ángeles- Concepción (Rural) 910.429 9 Temuco - Padre Las Casas (Urbano) 1.852.998 9 Angol (Rural) 655.387 9 Temuco (Rural) 1.108.190 10 Osorno (Urbano) 1.163.114 10 Puerto Montt (Urbano) 1.039.722 10 Osorno-Puerto Montt (Rural) 853.798 11 Coyhaique (Urbano) 457.036 11 Coyhaique (rural) 370.785 Página 4 de 8

12 Punta Arenas (Urbano) 1.018.718 12 Punta Arenas (Rural) 370.785 14 Río Bueno - La Unión (Urbano) 457.036 14 Valdivia (Urbano) 2.291.549 14 Río Bueno - La Unión (Rural) 1.103.465 14 Valdivia (Rural) 1.019.487 15 Arica (Rural) 405.337 15 Arica (Urbano) 816.331 8 Arauco (Rural) 370.785 8 Arauco - Lebu (Urbano) 457.036-1 Otro Rural 370.785-1 Otro Urbano 457.036 5.5.- DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE PRESENTAR La solicitud de subsidio deberá presentarse acompañada de los siguientes antecedentes: 5.5.1.- PERSONA NATURAL Si el propio interesado se presenta a solicitar este subsidio, deberá presentar cédula de identidad y fotocopia de la misma y los siguientes documentos: - En caso que el contribuyente no pueda solicitar este subsidio personalmente, podrá autorizar a un tercero, el cual deberá presentar además los siguientes antecedentes,: - Cédula de identidad del contribuyente y del mandatario (Vigentes), adjuntando fotocopia de ambas - Carta poder otorgada ante Notario, la cual deberá contener la identificación y Rut del mandatario, especificarse que el mandatario se encuentra autorizado para efectuar el trámite, firma del mandante, lugar donde se extendió el poder, fecha en que fue otorgado, firma y timbre del Notario. Página 5 de 8

Además de los documentos señalados en los párrafos anteriores se deben adjuntar los documentos del vehículo, señalados en punto 5.6 de esta Circular. 5.5.2.- PERSONA JURIDICA O COMUNIDADES. subsidio, deberá presentar: Si el representante legal personalmente solicita este - La entidad debe estar inscrita en el registro de Personas Jurídicas receptoras de Fondos Públicos ley N 19.862. - Rol único tributario de la persona jurídica y cédula de identidad del representante legal y fotocopia de ambos documentos. - Copia autorizada de escritura de constitución social con certificado de vigencia, la cual deberá contener la razón social de la empresa, identificación y RUT del representante legal. En el evento de que el actual representante sea una persona distinta deberá acompañarse copia autorizada de su personería. - En el caso de las personas jurídicas, certificado de estar inscrita en el registro de personas jurídicas receptoras de fondos públicos. Si se presenta una persona distinta al representante legal a solicitar este subsidio, deberá, además de los documentos señalados precedentemente, adjuntar: - Rol único tributario del contribuyente, cédula de identidad del representante legal y del mandatario vigente, adjuntando fotocopias. - Carta poder otorgada ante Notario, la cual deberá contener identificación y RUT del representante legal, identificación y RUT del mandatario, especificándose que el mandatario se encuentra autorizado para efectuar el trámite, firma del representante legal (Mandante), lugar donde se extendió el poder, fecha en que fue otorgado y firma y timbre del Notario. - Al igual que para las personas naturales se deben adjuntar los documentos del vehículo señalados en el siguiente punto. Página 6 de 8

5.6.- DOCUMENTOS DEL VEHICULO Junto a la solicitud de subsidio los propietarios, mandatarios o representantes deberán adjuntar los documentos que se señalan a continuación, de los cuales deberán dejar una copia simple que acompañe la solicitud respectiva. - Copia del comprobante de pago del permiso de circulación o la cuota que corresponda o copia del permiso de circulación vigente a la fecha de presentación de la solicitud. - Certificado de inscripción y anotaciones vigentes del Registro de Vehículos Motorizados de él o los vehículos. Los certificados deberán tener fecha de emisión no superior a 30 días previos a la fecha de la solicitud. El propietario de él o los vehículos deberá corresponder a quien figure como solicitante del subsidio a través de los sistemas que soportan el proceso de postulación. - Certificado de revisión técnica al día, en que conste la prestación de transporte público. - Declaración Jurada del solicitante efectuada ante Notario Público que consigne el hecho que el solicitante se compromete a rebajar la tarifa escolar a un 33% de la tarifa adulta y que acepta las consecuencias jurídicas que le sean aplicables en el evento que no rebaje la tarifa en los términos comprometidos. Este documento e extrae del sitio internet del Ministerio de Transportes http://www.subtrans.cl/appsubsidios/orientacion4a/ - En el caso de los arrendatarios con opción de compra de vehículos objeto de este subsidio, copia autorizada del mandato otorgado por medio del cual la entidad propietaria del vehículo haya facultado al arrendatario con opción de compra a percibir este subsidio. Página 7 de 8

6.- LUGAR DE TRAMITACIÓN En cada una de las Tesorerías Regionales y/o Provinciales del país, siendo preciso que la solicitud se haga en la Tesorería correspondiente al domicilio del solicitante. 7.- CONSULTAS, RECLAMOS O SUGERENCIAS - En la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS) de la Tesorería Regional o Provincial, que corresponda al domicilio del solicitante del subsidio. - Al teléfono (02)7689800 de la Mesa de Ayuda o a través de la opción Reclamos y Sugerencias del Servicio al Cliente, disponible en el sitio web del Servicio de Tesorerías (www.tesoreria.cl). Saluda Atentamente a Ud., VICTOR VIDAL GANA TESORERO GENERAL DE LA REPÚBLICA (S) Página 8 de 8