PONENCIA SOBRE RECOMENDACIONES SOBRE CRITERIOS DE COLABORACIÓN ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS PRESTATARIAS DE SERVICIOS DEPORTIVOS EN GIPUZKOA.



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Transcripción:

PONENCIA SOBRE RECOMENDACIONES SOBRE CRITERIOS DE COLABORACIÓN ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS PRESTATARIAS DE SERVICIOS DEPORTIVOS EN GIPUZKOA. Consejo Guipuzcoano del Deporte. Comisión Especial de Deporte Municipal y Comarcal. Julio de 2010.

Integrantes del grupo de trabajo: Mikel Izquierdo Ayuntamiento de Orio Ixiar Olano Ayuntamiento de Andoain Juantxo Landaberea Asesor jurídico de la Diputación Foral de Gipuzkoa Maribi Aldarondo AGIDE Asociación Guipuzcoana Empresarial de Instalaciones Deportivas Francisco Tamayo AGUIDE Javier Arriaga AGUIDE Maite Iraola AGUIDE Gorka Gamboa AGUIDE Jorge García Hydra Íñigo Zumeaga At. San Sebastián Tomás Zubimendi EHU/UPV Arkaitz Angiozar KAIT (Asociación Vasca de Gestores del Deporte) Valentín Cabrejas Asociación Guipuzcoana de Empresas Gestoras de Servicios y Equipamientos Deportivos de Entidades Públicas y/o Privadas Dinamizador: Iñaki Iturrioz, Diputación Foral de Gipuzkoa. Secretaría: Ainhoa Leizaola, Kirol Management,SL. Jon Ander García de Cortazar, Kirol Management, SL.

1. JUSTIFICACIÓN. La Comisión Especial de Deporte Municipal y Comarcal (CEDMC) es una Comisión del Consejo Guipuzcoano del Deporte, órgano consultivo de la Diputación Foral de Gipuzkoa. Se trata del foro de encuentro de los agentes del deporte de ámbito local donde se trata asuntos propios del deporte municipal y comarcal y de la coordinación a nivel territorial y local de distintas iniciativas. En sesión de fecha tres de junio de 2009, la CEDMC acordó, recogiendo la solicitud formulada en el Pleno del Consejo Guipuzcoano del Deporte por Dña. Maribi Aldarondo, representante de AGIDE-Asociación Guipuzcoana Empresarial de Instalaciones Deportivas, crear una ponencia específica para la elaboración de recomendaciones sobre criterios de colaboración entre entidades públicas y privadas prestatarias de servicios deportivos en Gipuzkoa, encomendándose su dinamización al dinamizador de la propia CEDMC. Tras una labor previa de diseño y reclutamiento del grupo de trabajo y de orientación de la ponencia, la primera sesión se puso en marcha el día veintitrés de febrero de 2010. 2. OBJETIVOS: - Recabar información sobre modelos de referencia de colaboración público-privada aplicables al entorno de Gipuzkoa. - Emitir propuesta de recomendaciones sobre criterios de colaboración entre entidades públicas y privadas prestatarias de servicios deportivos en Gipuzkoa. - Proponer medidas para dar a conocer a los profesionales y las entidades prestatarias de servicios deportivos de Gipuzkoa las recomendaciones propuestas. 3. METODOLOGÍA: Se ha diseñado un grupo de trabajo con la representación de distintos sectores involucrados directamente en la cuestión de la colaboración público-privada de servicios deportivos: servicios deportivos municipales, Asociación Guipuzcoana Empresarial de Instalaciones Deportivas, Asociación Guipuzcoana de Empresas Gestoras de Servicios y Equipamientos Deportivos de Entidades Públicas y/o Privada, otras empresas de servicios deportivos, asociaciones deportivas que operan como empresas de servicios deportivos y expertos provenientes del sector jurídico y de la gestión del deporte. Se han desarrollado un total de tres sesiones dentro de la ponencia con la participación de los representantes de los distintos colectivos. Se han elaborado actas a modo de guión del trabajo desarrollado en las sesiones, las cuales aparecen como anexo.

Paralelamente se ha llevado a cabo una labor de revisión y recepción de información sobre modelos de referencia, propuestas técnicas y bases jurídicas que sirvan de base de trabajo de la ponencia. Se han encontrado referencias en Navarra y Extremadura, también se ha informado de experiencias en Castilla y León y Madrid. En todo caso parece existir muy poca información al respecto y la que se ha tenido al alcance, ha planteado dificultades de aplicación al entorno guipuzcoano. Finalizado el proceso, el panel de la ponencia ha emitido una propuesta consensuada a la Comisión de Deporte Municipal y Comarcal del Consejo Guipuzcoano del Deporte, contemplando distintas recomendaciones para el abordaje de la cuestión planteada, así como medidas para la difusión y aplicación efectiva de las propuestas. El presente documento se remitirá a la CEDMC para su valoración y la remisión, en su caso, al Pleno del Consejo Guipuzcoano del Deporte. El Pleno considerará la remisión del documento de recomendaciones al Servicio de Deportes de la Diputación Foral de Gipuzkoa y a otros actores del sistema deportivo guipuzcoano. 4. PREMISAS DEL MARCO GENERAL DE TRABAJO. 1. El trabajo de elaboración de recomendaciones se centrará en las posibilidades de colaboración existentes entre las entidades locales de gestión del deporte municipal y las empresas que prestan servicios deportivos en el ámbito municipal. 2. Se incluye en el término empresa mencionado en el apartado anterior aquellas entidades que ostentan centros deportivos conforme a la definición establecida en la Ley 14/1998, de 11 de junio, del deporte del País Vasco y estén al corriente de las altas y tributaciones correspondientes al ejercicio de su actividad empresarial. 3. Se excluyen del objeto de análisis de la ponencia las entidades privadas que gestionan instalaciones de titularidad municipal y las que prestan servicios de carácter voluntario (no existen relaciones laborales contractuales). También se excluyen del estudio las relaciones existentes entre entidades públicas y privadas derivadas de la subcontratación de la prestación de servicios (outsourcing). 4. El enfoque de la ponencia se orientará prioritariamente a la elaboración de criterios y la adopción de medidas que permitan una mejor atención a las necesidades de las personas, de los guipuzcoanos y guipuzcoanas, en relación con el acceso y la adherencia a la práctica regular de actividad física. 5. Las recomendaciones planteadas deberán cumplir un triple objetivo: procurar un beneficio real para los ciudadanos, para las empresas y para las entidades locales respecto de la situación actual. 6. Desde la ponencia se planteará el tratamiento de las entidades locales como entidades cuya misión es la de facilitar a las todas personas aptas la practica de actividad física suficiente de manera regular. Este posicionamiento incorpora, además de la posible acción directa de proveer de instalaciones y servicios de práctica deportiva, la acción indirecta de cooperación con

los aliados de la comunidad en la promoción del deporte, en este caso las empresas que prestan servicios deportivos. 7. El trabajo tendrá una orientación eminentemente práctica y con afán de logro. Las propuestas se atendrán al marco legal e institucional vigente y a la viabilidad de su aplicación a corto y medio plazo. 8. El documento estará abierto a las aportaciones de otros agentes guipuzcoanos involucrados. 9. El documento de conclusiones de la ponencia será remitida al Pleno del Consejo Guipuzcoano del Deporte (CGD), que remitirá, en su caso, la propuesta a la Diputación Foral de Guipuzcoa para que estime su difusión e impulso. 10. La adopción de los criterios y medidas adoptadas por el CGD se constituirá en recomendaciones, siendo voluntaria por parte de los actores locales llevar a la práctica acuerdos efectivos de colaboración.

RECOMENDACIONES PARA LA COLABORACIÓN ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS PRESTATARIAS DE SERVICIOS DEPORTIVOS. Ponencia de la Comisión Especial de Deporte Municipal y Comarcal del Consejo Guipuzcoano del Deporte. 1.- Consideramos que, entendiendo la misión fundamental de las entidades locales en materia de deportes como la de facilitar a las todas personas aptas del municipio la práctica de actividad física suficiente de manera regular, convendría que el papel de los ayuntamientos se orientarse hacia una mayor cooperación con los aliados de la comunidad en la promoción de la actividad física y el deporte, en este caso las empresas que prestan servicios deportivos. 2.- Esta orientación plantea un nuevo posicionamiento de los organismos municipales responsables del deporte hacia un rol de promotor de la actividad física y el deporte, de facilitador del acceso a los recursos existentes en el municipio (públicos, privados, práctica libre), más abierto y flexible, que incorpore fórmulas de colaboración estables con el sector privado de servicios deportivos. 3.- La conjugación de dos variables resulta básica en relación a los espacios propios de la Administración y el sector privado. De un lado, los precios de los servicios, de otro la consideración de actividades básicas o actividades complementarias. 4.- Proponemos a los ayuntamientos la elaboración de catálogos donde se establezcan los servicios considerados básicos y los considerados complementarios, tomando como referencias de servicio básico:. la definición de actividad física básica recogida en el Plan Vasco del Deporte 2003-2007,. los habitualmente incluidos en las fórmulas de abono (natación libre, fitness y musculación y otros servicios deportivos básicos). Los servicios deportivos complementarios vendrían definidos como los servicios deportivos municipales ofertados por el ayuntamiento y no catalogados como servicios básicos. 5.- Recomendamos que el importe de los precios/tasas de los servicios considerados básicos sea igual al de los costes de prestación del servicio. No obstante, en el caso de los servicios básicos, podría prestarse determinados servicios a un importe por debajo del coste. Con el fin de controlar el desfase económico que podría generarse a este nivel, cabría establecer por parte de los ayuntamientos un índice de referencia en cuanto al índice de autofinanciación mínimo que debiera cumplirse en el presupuesto de la entidad local de deportes. 6.- Consideramos que el importe del precio de los servicios deportivos complementarios debería situarse en el coste del servicio o por encima del coste, aproximándose a los valores de mercado, de manera que permita la convivencia con el sector privado. 7.- Consideramos que la acción de la Administración en el ámbito de la actividad física y el deporte debe impulsarse aún más para hacer frente a los retos derivados del alto nivel de sedentarismo de la población. No obstante, proponemos limitar la acción de la oferta pública de servicios complementarios, reconociendo como espacios propios y prioritarios de los operadores

privados los servicios individualizados o dirigidos a grupos reducidos y la introducción en primera instancia de actividades novedosas en su ámbito de influencia. 8.- La oferta pública de servicios deportivos priorizará, en su intervención, la atención a las necesidades básicas de práctica de actividad física de la ciudadanía, introduciendo medidas específicas orientadas a la equidad en el acceso a la práctica de actividad física, tratando de mitigar desigualdades y eliminando barreras que afectan especialmente a los colectivos más desfavorecidos. 9.- Invitamos a las administraciones locales a la inclusión de las distintas oportunidades de práctica de actividad física existentes en el municipio en sus acciones habituales de comunicación de la oferta deportiva del municipio, incluyendo la oferta existente proveniente de la iniciativa privada. Esta actuación conjunta en la comunicación de los servicios deportivos requerirá del compromiso de las entidades privadas para facilitar la información en los plazos establecidos y con los contenidos solicitados en cada caso. 10.- Se propone estudiar a nivel local las posibilidades de establecer mecanismos de colaboración para la gestión de las listas de espera en servicios públicos en los que existe más demanda que oferta, de manera que se deriven usuarios de las entidades locales a los servicios de las entidades privadas en las condiciones que en cada caso se pacten y que resulten favorables a usuarios, entidades privadas y entidades públicas. 11.- Se solicita a las entidades públicas, especialmente a los ayuntamientos y centros educativos, adecuar, en breve plazo, la prestación de servicios deportivos por parte de asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, en las que pudieran existir relaciones laborales no reconocidas, uso de instalaciones inadecuadas, etc., con implicación directa de las propias entidades públicas en cuanto a cesión de instalaciones, locales, etc. En atención al interés que pudieran tener estas prácticas deportivas para la población, se propone alcanzar acuerdos con las empresas de servicios deportivos de los municipios correspondientes al efecto de regularizar la situación de dichas ofertas. 12.- En el caso de asociaciones deportivas que se constituyen en empresas para la prestación de servicios deportivos (gestión y prestación de servicios en instalaciones deportivas municipales), consideramos que estas asociaciones deberán cumplir los mismos requisitos que los establecidos para las propias empresas con ánimo de lucro. La Administración velará por este cumplimiento de la normativa fiscal, laboral, contractual, de índole estatutaria del club, etc. estableciendo mecanismos de control al objeto de garantizar dicho cumplimiento. 13.- Se invita a las administraciones públicas a establecer mecanismos de colaboración con la iniciativa privada del sector deportivo con el fin de estimular el acceso de colectivos con determinadas barreras de acceso, a las instalaciones y servicios de las empresas en franjas horarias de menor utilización. 14.- Aconsejamos a las empresas del sector privado de servicios deportivos a fortalecer el nivel de asociacionismo actualmente existente, de manera que pueda encontrarse una interlocución clara del colectivo, una mejora en la defensa de sus intereses y una vía para la solución de problemas comunes.

15.- Proponemos la creación de una red de empresas de servicios deportivos de Gipuzkoa en el seno de la web Gipuzkoa Kirolak que sirva de foro de encuentro de los profesionales del sector en Gipuzkoa. Asimismo, podrá utilizarse Kirolarte, centro de recursos para el deporte guipuzcoano para el desarrollo de distintas iniciativas. 16.- Invitamos a las administraciones públicas y las empresas de servicios deportivos de Gipuzkoa a elaborar programas colaborativos de intervención para el fomento de la práctica de la actividad física y el deporte por la población, con especial atención a los colectivos que muestran menores niveles de práctica de actividad física regular. *************************

Recomendaciones en relación con la difusión del documento para facilitar una aplicación práctica de las recomendaciones. Con el fin de lograr un avance y mejora de la situación actual en relación a la colaboración entre las entidades públicas y privadas que prestan servicios a través de una aplicación efectiva de las recomendaciones adoptadas por la ponencia, proponemos las siguientes medidas de comunicación del documento Recomendaciones para la colaboración entre entidades públicas y privadas prestatarias de servicios deportivos, elaborado por esta Ponencia: 1.- Comunicación a la Comisión Especial de Deporte Municipal y Comarcal del Consejo Guipuzcoano del Deporte y, en su caso, al Pleno del Consejo. 2.- Comunicación a EUDEL-Asociación de Municipios Vascos, para su consideración y difusión a los ayuntamientos guipuzcoanos. 3.- Comunicación a entidades locales del deporte municipal y a empresas de servicios deportivos del Territorio, incluyendo propuesta de constituir mesas locales integradas por representantes de las empresas y de las entidades locales para tratar de posibles acuerdos derivados de la consideración de las recomendaciones y propuesta de hacer efectiva la inclusión de la información relativa a la oferta privada en las iniciativas de comunicación de los ayuntamientos a corto plazo, de cara a la temporada 2010-11. 4.- Comunicación a otros agentes del Territorio.