Página1 Intervención del diputado Omar Jalil Flores Majul, para dar lectura a una propuesta de acuerdo parlamentario donde el Congreso del Estado de Guerrero solicita en pleno respeto a la división de poderes al ciudadano gobernador constitucional del Estado de Guerrero, ciudadano Ángel Aguirre Rivero Aguirre titular del Ejecutivo estatal, su anuencia para que comparezca al seno de la Comisión de Protección Civil el subsecretario de protección civil del gobierno del Estado de Guerrero, el ciudadano Constantino González Vargas, a efecto de que informe completamente de las actividades, acciones y mandatos relacionados con su encargo antes, durante y después, frente a la tormenta tropical Manuel y su combinación con la tormenta tropical Ingrid en el Estado, ocurrida entre los días más notorios del 13 al 16 de septiembre del año en curso y demás consecuencias provocadas por estas en las poblaciones, localidades y municipios afectados y en su caso, conocer la magnitud del impacto social y el número exacto de damnificados. Asimismo del secretario de salud, ciudadano Lázaro Mazón Alonso, para que informe ante esta soberanía sobre las acciones que se han emprendido en las poblaciones afectadas en el territorio del Estado, para prevenir e impedir enfermedades provocadas por los efectos de consecuencia de estas tormentas. La Presidenta: En desahogo del inciso h del quinto punto del Orden del Día, se concede el uso de la palabra al diputado Omar Jalil Flores Majul, para dar lectura a una propuesta de acuerdo parlamentario. El diputado Omar Jalil Flores Majul:
Página2 Compañeras y compañeros diputados de este Honorable Congreso del Estado de Guerrero. El que suscribe diputado Omar Jalil Flores Majul, integrante de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 7, 8, 88, 127, 149, 155, 156 y 170 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guerrero número 286, me permito someter a consideración de esta Honorable Soberanía, la propuesta de acuerdo parlamentario para que se discuta y en su caso se apruebe, al tenor del siguiente: CONSIDERANDO Que los días 13, 14, 15 de septiembre del año en curso se presentó en el estado de Guerrero la tormenta tropical nombrada como Manuel y provocó precipitaciones pluviales extraordinarias, creando efectos únicos y devastadores en la población y en el territorio del Estado de Guerrero, dañando la infraestructura básica, la planta productiva, pero sobre todo afectando la vida y futuro de miles de guerrerenses. Esta tormenta asimismo, se combinó con la denominada tormenta tropical Ingrid, proveniente del Golfo de México aumentando su peligrosidad. Que la protección civil de conformidad con la ley de la materia del estado de Guerrero, establece el programa estatal de protección civil y el plan estatal de emergencias como el auxilio y recuperación y vuelta a la normalidad. Que la acción obligada del gobierno inexcusablemente es determinar las acciones y estrategias necesarias para la recuperación de la normalidad una vez ocurrida la emergencia o desastre estatal o regional. Y que la denuncia de cualquier ciudadano puede señalar los actos u omisiones de autoridades que causen o puedan causar riesgos y emergencias a la población en contra de su vida. Que para ocupar el cargo de subsecretario de protección civil, la
Página3 ley exige como uno de los requisitos tener cinco años como mínimo comprobados en relación a la materia de la protección civil. Que existiendo el Sistema Estatal de Protección Civil que es parte integrante del Sistema Nacional de Protección Civil y es un instrumento de información y consulta en la materia. Que la Ley de Protección Civil del Estado define como prevención a las acciones, normas, principios, procedimientos, realizados antes de una emergencia o un desastre. Tendiente a disminuir o eliminar la vulnerabilidad de la población, evitando el impacto destructivo sobre la vida, la salud, los bienes de las personas, la planta productiva, los servicios públicos y el medio ambiente. Que también ley citada describe al Programa de Protección Civil como el instrumento de ejecución de estrategias y acciones en el territorio estatal, en el que se deben de precisar las acciones a realizar, ante contingencias. Que una alerta se entiende como el momento en el que se informa a la población, sobre la inminente ocurrencia de un fenómeno perturbador en virtud de la evolución que presenta. De tal manera que es muy probable aplicar medidas de auxilio preventivas e inmediatas. Que también existe la pre alerta, que es el estado permanente de prevención de los organismos encargados de la protección civil estatal, para informar a la población de la presencia de un fenómeno perturbador. Y que la Alarma es el estado en el que se produce la fase de contingencias de auxilio. Que durante el mes de septiembre y octubre en nuestro país se producen la mayor ocurrencia de lluvias intensas durante el año. Así mismo, los efectos de estas tormentas tropicales provocaron que en regiones del Estado, que el transporte de alimentos, medicamentos, combustible y demás accesorios se
Página4 colapsaran por la destrucción de caminos y carreteras. Provocando desplazados y refugiados. Sin dejar de mencionar las decenas lamentables de muertos y damnificados así como el patrimonio de personas. Que hoy se sabe que el Sistema Nacional de Protección Civil, el SINAPROC, había envido a estados y municipios, por Internet vía correo electrónico y facebook el jueves 12 de septiembre, advertencias para la zona costera de Guerrero hasta Michoacán, anticipando lluvias torrenciales y calificando la situación como de alerta amarrilla. La autoridad estatal ha señalado que comunicó dicha alerta vía Internet a los municipios y a su población. La tercera de cinco fases previstas en el protocolo de protección civil significaba peligro. Esta alerta determina la necesidad de avisar a la población guerrerense por medios masivos de comunicación sobre la existencia de un ciclón para la toma de previsiones. Habrá que definir compañeras y compañeros diputados si en los protocolos de protección civil los medios electrónicos como Twitter y el facebook son medios masivos idóneos de comunicación para alertar a la población sobre la existencia de una tormenta o ciclón, considerando que ante las inclemencias del tiempo, en muchas regiones del Estado, comúnmente existen fallas eléctricas ante este tipo de fenómenos. Que actualmente existe confusión sobre las medidas tomadas en su momento por las autoridades competentes para evitar el desastre provocado por la tormenta Manuel en todo el Estado, presumiéndose la existencia de incapacidad, ignorancia y negligencia ante esta eventualidad. Asimismo en varias zonas afectadas severamente, se infiere que hubo acumulación de eventos perniciosos en el transcurso del tiempo, basados en actos de corrupción, violentando la normatividad para el otorgamiento de los usos del suelo y garantía en el patrimonio de las personas, por ello se requiere una investigación imparcial que permita conocer la
Página5 verdad de lo que ocurrió, para no repetir esta penosa calamidad. En este sentido también la salud es un asunto de interés público que debe de atenderse con prontitud. El estado de Guerrero requiere una reconstrucción basada en la confiabilidad de las investigaciones sobre lo ocurrido y ubicar las responsabilidades donde existan o donde las hubiera. El progreso se aleja cada vez que ocurre un siniestro o eventualidad, con ello el Estado retrocede más de 30 años, complicando las condiciones de vida de su población. La dejadez en las acciones de gobierno no cabe en una entidad con altos índices de pobreza y falta de oportunidades para el futuro de su población. Por ello y con base en lo anteriormente descrito y expuesto propongo el siguiente: PUNTO DE ACUERDO Único. El Congreso del Estado de Guerrero solicita en pleno respeto a la división de poderes al ciudadano gobernador constitucional del Estado de Guerrero, ciudadano Ángel Aguirre Rivero Aguirre titular del Ejecutivo estatal, su anuencia para que comparezca al seno de la Comisión de Protección Civil el subsecretario de protección civil del gobierno del Estado de Guerrero, el ciudadano Constantino González Vargas, a efecto de que informe completamente de las actividades, acciones y mandatos relacionados con su encargo antes, durante y después, frente a la tormenta tropical Manuel y su combinación con la tormenta tropical Ingrid en el Estado, ocurrida entre los días más notorios del 13 al 16 de septiembre del año en curso y demás consecuencias provocadas por estas en las poblaciones, localidades y municipios afectados y en su caso, conocer la magnitud del impacto social y el número exacto de damnificados. Asimismo del secretario de salud, ciudadano Lázaro Mazón Alonso, para que informe ante esta soberanía sobre las acciones que se han emprendido en las poblaciones afectadas en el territorio del Estado, para prevenir e
Página6 impedir enfermedades provocadas por los efectos de consecuencia de estas tormentas. TRANSITORIOS Primero.- El presente acuerdo surtirá sus efectos en el momento de su aprobación por el Pleno de la Honorable Cámara de Diputados del Congreso del Estado de Guerrero. Segundo.- Comuníquese y notifíquese el presente acuerdo, al ciudadano gobernador constitucional del Estado de Guerrero, ciudadano Ángel Aguirre Rivero Aguirre, para los efectos legales conducentes. Tercero.- Publíquese el presente acuerdo parlamentario en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado para su mayor conocimiento y en la página Web del Congreso del Estado. Dado en Chilpancingo de los Bravo, en el Salón de Sesiones del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, a los 8 días del mes de Octubre del Año Dos Mil Trece.