El punto de referencia del aeropuerto tiene las siguientes coordenadas: ARP: 43º25 37 N 03º49 12 W.

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Transcripción:

8. SERVIDUMBRES AERONAÚTICAS 8.1. INTRODUCCIÓN Para que en un aeropuerto puedan operar las aeronaves con seguridad, es necesario mantener despejado el espacio aéreo de su entorno, por ello se establecen unas servidumbres que implican restricciones a la existencia de obstáculos. Su función, consiste principalmente en proteger la proliferación de nuevos obstáculos en las proximidades del aeropuerto, con el fin de garantizar una operación segura y eficiente garantizando que la calidad de la señal transmitida por las radioayudas y sistemas de comunicaciones permanezcan dentro de los límites establecidos. Podemos clasificarlas en: De aeródromo Radioeléctricas 8.2. DATOS GENERALES DEL AERÓDROMO El punto de referencia del aeropuerto tiene las siguientes coordenadas: ARP: 43º25 37 N 03º49 12 W. La elevación del aeropuerto es de 5m/ 16 ft sobre el nivel del mar con una temperatura de referencia de 23ºC. El campo de vuelo dispone de una única pista de vuelo y una calle de salida ortogonal. La pista tiene una designación de 11-29, con una longitud de 2320m y una anchura de 45m. Según los valores de la tabla siguiente: Nº Clave Longitud (m) Letra Envergadura (m) 1 <800 A <15 2 800-1200 B 15-24 3 1200-1800 C 24-36 4 >1800 D 36-52 Tabla 8.1: Superficies limitadoras de obstáculos Por tanto la clave de referencia del aeropuerto es 4-D Plan director del aeropuerto de Santander Página 1

8.3. SUPERFICIES DE AERÓDROMO A fin de delimitar las áreas de seguridad de la operación de las aeronaves, se definen unas superficies imaginarias en el entorno del aeropuerto. Se describen una a una a continuación. Figura 8.1: Superficies limitadoras de obstáculos 8.3.1. Superficies de aproximación Ésta superficie junto con las de transición definen la parte del espacio aéreo que debería mantenerse libre de obstáculos para proteger a los aviones durante la fase final de la maniobra de aproximación para el aterrizaje. De esta manera, la superficie de aproximación está formada por una sucesión de planos, inclinados y horizontales. Los valores que toman cada uno de los parámetros de esta superficie en función de la clave de pista se indican en las siguientes tablas. Plan director del aeropuerto de Santander Página 2

PISTA DE APROXIMACIÓN DE PRECISIÓN Longitud borde interior Distancia desde el umbral 300m 60m Divergencia 15% Longitud 15000m Pendiente 2,5% Tabla 8.2: Superficies de aproximación Figura 8.2: Superficies de aproximación Plan director del aeropuerto de Santander Página 3

8.3.2. Superficie de ascenso en el despegue En el caso de pistas de despegue se define la superficie de ascenso limitadora de obstáculos con unas dimensiones mínimas. Superficie de Despegue Longitud borde interior Distancia desde el extremos de pista 180m 180m Divergencia 12,5% Anchura final Longitud 1800m 15000m Pendiente 2% Tabla 8.3: Superficie de despegue Plan director del aeropuerto de Santander Página 4

Se comprueba, para el caso de nuestro aeropuerto, que ningún obstáculo vulnere las superficies limitadoras de obstáculos y en caso de que sobrepasaran los mínimos establecidos se incluirán en las cartas de aproximación. A grandes rasgos, teniendo en cuenta la orientación de la pista, las altitudes máximas de las zonas afectadas por el aterrizaje o despegue no vulneran las superficies limitadoras de obstáculos para éste aeropuerto. 8.3.3. Superficie de aproximación Interna Es la porción de la superficie de aproximación que tiene su borde interno coincidiendo con el de aquella, con forma rectangular de 120x900m. En la siguiente tabla se resumen sus características principales: Características Anchura (m) 120 Distancia desde el umbral 60 Longitud (m) 900 Pendiente (%) 2 Tabla 8.4: Superficie de aproximación interna Figura 8.3: Superficie de aproximación interna Plan director del aeropuerto de Santander Página 5

8.3.4 Superficie Horizontal Interna La finalidad de esta superficie es proteger el espacio aéreo para el circuito visual dentro del cual la aeronave deba volar antes de aterrizar. Consiste en un plano horizontal sobre el aeródromo y sus alrededores. El radio de esta superficie se mide bien desde el punto de referencia del aeródromo o desde los umbrales de cada una de las pistas. Según el decreto de Servidumbres, la superficie horizontal Interna es una superficie plana horizontal a 45 m por encima del ARP, y constituida por un círculo de radio 4000m para pistas visuales e instrumentales claves 3 y 4. En el caso de este aeropuerto, situamos esta superficie 5m por encima del ARP (300+ 5m= 305m) con un radio R= 4000m, como se muestra en la figura siguiente. Figura 8.4: Superficie horizontal interna 8.3.4. Superficie de transición Interna Se define esta superficie para las pistas de aproximación de precisión a fin de que sirva de limitadora de obstáculos para las infraestructuras de ayuda a la navegación, las aeronaves y los vehículos que tengan que estar en las cercanías de la pista. Plan director del aeropuerto de Santander Página 6

Es una superficie ascendente con pendiente de 33,3% hacia fuera que se apoya en el borde de la superficie de aproximación interna y el de la superficie de aterrizaje interrumpido hasta la superficie horizontal interna, y tiene como base la paralela del eje de la pista contenida en un plano vertical que pasa por el borde de la franja. Figura 8.5: Superficie de transición interna Para las pistas de aproximación de precisión, no se permitirán objetos fijos por encima de las superficies de aproximación interna, transición interna y aterrizaje interrumpido, salvo que por su función deban estar situados en la franja en cuyo caso tendrán soportes frangibles. Durante la utilización de la pista para aterrizajes no se permitirán tampoco objetos móviles sobre tales superficies. Por encima de la superficie de transición y de aproximación no se permitirá la construcción de nuevos objetos o ampliar lo existentes salvo caso de apantallamiento por obstáculos existentes e inamovibles. Plan director del aeropuerto de Santander Página 7

8.3.5. Superficie Cónica Superficie con el 5% de pendiente ascendente y hacia fuera que comienza en el perímetro de la superficie horizontal interna y que se extiende hasta una altura sobre ésta de 100m. En este caso, la superficie cónica se extiende a partir de la superficie horizontal interna (305m altitud) con una pendiente del 5%. Figura 8.6: Superficie cónica 8.3.6. Superficie de transición La finalidad de esta superficie es servir como limitadora de obstáculos para los edificios del recinto aeroportuario o sus proximidades así como de las aeronaves estacionadas. Plan director del aeropuerto de Santander Página 8

Figura 8.7: Superficie de transición En este caso, el borde interior se encuentra a una altitud de 300m y el exterior coincidiendo con la superficie horizontal interna. 8.3.7. Superficie de aterrizaje interrumpido Su función es proteger una maniobra de aproximación frustrada que se realice por debajo de la altura de decisión (fase visual). Consiste principalmente en un plano situado a una distancia especificada después del umbral, que se extiende entre las superficies de transición interna. La Superficie Libre de obstáculos que se establezca para una pista de clave 3 o 4 tiene por objeto proteger a los aviones cuya envergadura sea de 60m en aproximación de precisión por debajo de una altura de 30m, para permitir que puedan ascender siguiendo un pendiente del 3,33% y con una divergencia de un 10% como máximo. La Plan director del aeropuerto de Santander Página 9

pendiente del 3,33% es la más baja que se permite para el aterrizaje interrumpido con todos los motores operativos, correspondiente a la distancia de aceleración-parada. Se resume en el siguiente dibujo: Figura 8.8: Superficie de aterrizaje interrumpido 8.3.8. Esquema superficies limitadoras de obstáculos Plan director del aeropuerto de Santander Página 10

8.4. SUPERFICIES RADIOELÉCTRICAS El objetivo de las superficies radioeléctricas es evitar la aparición de nuevos obstáculos que hagan que la calidad de la señal en el espacio transmitida por las radioayudas o sistemas de comunicaciones no permanezcan dentro de los límites requeridos. En la actualidad, el Decreto de Servidumbres contiene las especificaciones de las superficies radioeléctricas de los sistemas siguientes: En la definición de las superficies radioeléctricas se utiliza la terminología: - Zona de instalación: Superficie de terreno o de agua, en el que están situados los elementos de una instalación radioeléctrica aeronáutica. - Punto de referencia de la instalación: Punto definido por sus coordenadas geográficas y su altitud, que sirve para situar una instalación. - Plano de referencia de la instalación: Plano horizontal que contiene al punto de referencia de la misma. - Zona de seguridad: Superficie de terreno o de agua que rodea la instalación. - Zona de limitación de alturas: Área de terreno que rodea la zona de seguridad y que se extiende a partir de la zona de instalación a una distancia determinada. - Superficie de limitación de alturas: Superficie inclinada que parte del perímetro de la zona de instalación sobre el plano de referencia y mantiene con ésta un pendiente determinada, extendiéndose hasta el límite de la zona de limitación de alturas. Para el caso de las ayudas a la navegación, describimos mediante un gráfico las dimensiones de las superficies radioeléctricas para el DME y NDB las superficies son similares a las del VOR, siendo: Plan director del aeropuerto de Santander Página 11

Instalación Zona de Seguridad(m) Zona de limitación de alturas (m) Pendiente (%) DME 300 3000 3 VOR 300 3000 3 NDB 300 2000 10 LOC/ILS GP/ILS [1] [1] [1] Tabla 8.5: Zonas de las instalaciones [1] La zona de seguridad del LOC/ILS es la superficie del terreno comprendida entre los cuatro planos 1,2,3 y 4 siendo: 1. Plano vertical perpendicular al eje de la pista que pasa por el umbral más próximo al localizador. 2. Plano vertical simétrico al a con respecto al punto d referencia del localizador. 3. y 4 Planos verticales al eje de la pista que pasan por las intersecciones de los 1 y 2 con dos planos verticales e y f que pasando por el punto de referencia del localizador forman un ángulo de 30º con el plano vertical que contiene el eje de la pista. La zona de seguridad del GP/ILS es la superficie de terreno comprendida entre los cuatro planos verticales siguiente: dos planos paralelos al eje de la pista situado, uno de ellos a 200m del margen de la pista opuesto al GP/ILS y el otro a 200m del punto de referencia de la instalación y en sentido puesto; y otros dos planos perpendiculares al eje de la pista, situados el primero 600m antes del umbral y el segundo 200m después del punto de referencia de la instalación, ambos en sentido de la aproximación. Plan director del aeropuerto de Santander Página 12

Zona de limitación de alturas del LOC/ILS es la superficie de terreno comprendida entre los planos e y f y dos planos verticales perpendiculares al eje de la pista a 5000m del punto de referencia y entre los planos e y f y otros dos planos verticales paralelos al eje de la pista a 1000m del punto de referencia. La zona de limitación de alturas del GP/ILS está formada por la zona de seguridad y, además por la parte de terreno comprendida entre dos planos verticales que pasan por el punto de referencia del GP y forman ángulos de 20º con el plano vertical, que contiene al eje de la pista y un tercer plano vertical perpendicular al eje de la pista situado a 5000m antes del umbral en el sentido de la aproximación. La superficie de limitación de alturas del LOC/ILS es la zona de seguridad, el plano horizontal que contiene el punto de referencia. En el exterior de la zona de seguridad, dentro de los diedros formados por los planos e y f que contienen el eje de la pista y su prolongación, la superficie estará formada por dos planos que pasan por el punto de referencia y tienen una pendiente del 2% medida en el plano vertical que contiene el eje de la pista. En los diedros laterales la superficie de limitación de alturas estará formada por dos planos que contentan las intersecciones de los planos e y f con los dos planos inclinados anteriores. La superficie de limitación de alturas del GP/ILS está formada por el plano horizontal que contiene al punto de referencia hasta el borde exterior de la zona de seguridad a 600m del umbral de la pista y desde este punto por un plano de pendiente 2% medida en el plano vertical paralelo al eje de la pista de vuelo. Se considera que las perturbaciones radioeléctricas sufridas por la utilización de una instalación radioeléctrica se hallan producidas por: Absorciones y/o reflexiones de las ondas electromagnéticas radias o recibidas por la instalación Otras radiaciones ajenas a la misma. Plan director del aeropuerto de Santander Página 13

Para el caso de las comunicaciones, exponemos a continuación los valores de estas superficies en la siguiente tabla: Instalación Zona de Seguridad (m) Zona de limitación de alturas (m) Pendiente (%) Frecuencias bajas (LF) o medias (MF) Frecuencias altas (HF) Frecuencias muy altas o ultra (VHF) o (UHF) Radiobaliza marcadora Radiobaliza marcadora en abanico Radiofaro no direccional Radiofaro omnidireccional Radiogoniómetro VHF ( VDF) o UHF ( UDF) Radar de Vigilancia primario o secundario 200 2000 10 300 2000 7,5 300 2000 5 200 1000 100 200 1000 100 o 50 300 2000 10 300 3000 3 300 5000 2 300 5000 Entre -5 y +2 Tabla 8.6: Superficies radioeléctricas Plan director del aeropuerto de Santander Página 14