Resumen de los elementos técnicos de la configuración del Sistema Unitario de Compensación Regional SUCRE

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Resumen de los elementos técnicos de la configuración del Sistema Unitario de Compensación Regional SUCRE El Sistema Unitario de Compensación Regional SUCRE surge como una iniciativa en el marco de los países de la ALBA para impulsar su comercio recíproco a través del desacoplamiento progresivo de la lógica del dólar como medio para la realización de los pagos internacionales. El SUCRE es un sistema de pagos internacionales que, a diferencia de los mecanismos convencionales de compensación, se fundamenta en la utilización de una moneda virtual que cumple el papel de unidad de cuenta común para el registro de las operaciones canalizadas y permite la liquidación de los pagos resultantes entre los bancos centrales. Asimismo, la utilización de una moneda virtual genera liquidez a partir de su esencia fiduciaria, la que amplía la capacidad de importación de los países participantes por sobre sus posibilidades limitadas a sus tenencias en divisas, convirtiéndose así en la herramienta básica para promover un incremento en su comercio recíproco. El SUCRE impulsa el intercambio sobre bases de complementariedad productiva y adicionalmente incorpora mecanismos orientados hacia la convergencia al equilibrio comercial a través de la gestión de posiciones de superávit y déficit comercial de los países participantes, incluyendo instrumentos de financiamiento para trasladar recursos desde los primeros a los segundos. Asimismo, el SUCRE se orienta a promover la inserción de los países de la Región en la economía global a través de la redefinición de sus relaciones comerciales hacia una dinámica que privilegia el intercambio Sur-Sur desarticulándose de su papel histórico de economías extractivistas y exportadoras primarias. 1. Introducción El Sistema Unitario de Compensación Regional, SUCRE, tiene su origen en la III Cumbre extraordinaria de jefes de Estado y de Gobierno de la Alternativa Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América Tratado de Comercio de los Pueblos (ALBA-TCP) y la República del Ecuador, realizada el 26 de noviembre de 2008, siendo su Tratado Constitutivo suscrito por sus mandatarios el 17 de octubre de 2009. El SUCRE está diseñado para impulsar el comercio recíproco de los países participantes (Estados Partes) minimizando la necesidad de divisas en el pago de las operaciones resultantes. Esta iniciativa fue propuesta en el marco de la redefinición estructural de los elementos monetarios y financieros vigentes bajo la Nueva Arquitectura Financiera Internacional. En este sentido, el SUCRE está configurado como un sistema de características superiores a otros mecanismos de pagos presentes en la Región como son la Cámara de Compensación Centroamericana (1960-1993) y el Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos y su mecanismo de pagos de ALADI (1982-actualmente). Asimismo, su esencia se proyecta bajo características distintas a la reciente iniciativa del Sistema de pagos en Monedas Locales, SML, entre Argentina y Brasil. Para ello, el SUCRE se asienta fundamentalmente en el desacoplamiento de la lógica del dólar a través de la incorporación de una moneda virtual que cumple la

función de unidad de cuenta para el registro de las operaciones comerciales a canalizarse por este Sistema y de medio de pago limitado a la liquidación de los pagos resultantes entre los bancos centrales participantes. El SUCRE incorpora también mecanismos para la gestión de los superávit y déficit comerciales a efectos de generar convergencia al equilibrio comercial basada en el intercambio a partir de la complementariedad productiva de los países participantes, asimismo el SUCRE dispone del Fondo de Reservas y Convergencia Comercial como un mecanismo financiero facilitador de recursos dirigidos al impulso de la producción exportable en el objetivo de ampliar el comercio en beneficio de los países con déficit recurrentes. En el inicio de operaciones del SUCRE se partirá de una canalización parcial del comercio entre los Estados Partes a efectos de incorporar progresivamente y con seguridad los mecanismos que configuran este Sistema mientras se va ampliando. Esto permite administrar el comercio que pase por el SUCRE ya que desde las políticas comerciales y económicas nacionales y los objetivos regionales, es posible que los Estados Partes definan criterios para priorizar de entre todo el comercio intrarregional las operaciones que se canalizarán por este Sistema. 2. Características básicas del SUCRE 2.1. Naturaleza El SUCRE, jurídicamente se constituye mediante un Tratado Constitutivo sujeto al Derecho Internacional Público, estableciendo en sus objetivos la canalización eficiente de los pagos internacionales de los Estados Partes a través del desacoplamiento del dólar, propendiendo al incremento del comercio recíproco sobre bases de complementariedad productiva como eje de un mayor desarrollo económico, y fundamentado en sus propias necesidades y agendas. 2.2. Objetivos 1. Impulsar la expansión del comercio entre los países participantes sobre la base de la complementariedad productiva. 2. Propender al equilibrio comercial entre los países participantes como mecanismo de reducción de asimetrías y de fortalecimiento del propio Sistema. 3. Establecer las bases para la profundización de nuevos mecanismos de integración regional. 2.3. Funciones 1. Establecer, sobre bases técnicas, las asignaciones en moneda virtual para los países participantes, a efectos de proveer de liquidez para la

realización de sus pagos internacionales en una primera instancia producto de su comercio recíproco. 2. Determinar, sobre bases técnicas, el mecanismo de valoración de la moneda virtual y de determinación de los tipos de cambio respectivos con las monedas de los países participantes. 3. Administrar y procesar el registro de las operaciones de comercio exterior y de pagos internacionales entre los países participantes. 4. Establecer los mecanismos operativos y contables para la liquidación en moneda virtual de las operaciones de comercio exterior canalizadas por el Sistema. 5. Proporcionar mecanismos para la gestión de los superávit y déficit comerciales a efectos de propender al equilibrio comercial de los países participantes. 6. Proporcionar el espacio para la coordinación y cooperación de las políticas monetarias y cambiarias de los países participantes, a efectos de que éstas coadyuven a alcanzar los objetivos del sistema. 2.4. Ventajas 1. Proporciona liquidez a los bancos centrales, ampliando su capacidad de realización de pagos internacionales, a través de asignaciones en moneda virtual, como activos de reserva, a efectos de impulsar el comercio internacional entre los países participantes. 2. Minimiza los costos cambiarios, al no utilizar al dólar u otra divisa como intermediario para los pagos internacionales, a través de los sistemas de pagos internacionales convencionales. 3. Minimiza los costos de transacción al no utilizar las largas cadenas de corresponsalías entre entidades financieras bajo los sistemas de pagos internacionales convencionales. 4. Elimina costos y retrasos debidos a mecanismos de control de salida de divisas que puedan aplicarse en los países participantes. 5. Elimina la dependencia en el uso de medios de pagos, cuya emisión no es controlable desde los países participantes. 6. No incorpora costos financieros de compensación de pagos presentes en otros sistemas de pagos internacionales. 7. Facilita la coordinación de las políticas monetarias y cambiarias en los espacios específicos del sistema de pagos y del comercio internacional, entre los países participantes, desvinculándolas de los condicionamientos de la utilización del dólar u otra divisa. 8. En el caso particular del Ecuador fortalece la dolarización ya que elimina la salida de divisas para el pago de importaciones. 2.5. Oportunidades 1. Se complementa integralmente con los otros pilares: banca de desarrollo regional de nuevo tipo y fondo regional común de reservas.

2. Reduce la necesidad de mantener altos niveles de reservas de divisas públicas y privadas para la realización de pagos internacionales por comercio exterior. 3. Permite una valoración estable de las transacciones comerciales reduciendo la afectación de las variaciones del poder de compra del dólar. 4. Provee de una disponibilidad adicional de recursos para potenciar el comercio entre los Estados Partes. 5. Abarata las importaciones e incrementa márgenes de ganancia de agentes operadores de comercio exterior. 6. Reduce tiempos de espera de exportadores para recepción de pagos. 7. El Sistema gana eficiencia por economías de redes y de escala al ampliarse a una mayor cobertura de comercio canalizado y con la incorporación de nuevos países participantes. 8. Permite expandir el Sistema articulándose con mecanismos complementarios. 9. Permite expandir el Sistema hacia otros países y regiones a partir de su traslado y acoplamiento a otros sistemas de pagos existentes 3. Componentes estructurales del SUCRE 3.1. Moneda virtual (sucre) El elemento central en que descansa la diferenciación del SUCRE respecto de otros sistemas para la canalización de los pagos internacionales producto del comercio está en la utilización de una moneda virtual, el sucre, de carácter fiduciario cuya función básica es la de constituirse como una unidad de cuenta común para la valoración de los pagos internacionales que se realizan a través del Sistema. Asimismo, opera como un medio de pago restringido a los bancos centrales para la liquidación de dichos pagos sin que se requiera de divisas para tal efecto. Esta segunda función reemplaza a los mecanismos convencionales basados en la compensación de divisas para su liquidación periódica posterior. La construcción de la moneda virtual en la determinación de su valor inicial y su evolución temporal posterior descansa en la configuración de una canasta de las monedas locales de los países participantes, la que se establece sobre una base de proporcionalidad a partir de variables macroeconómicas y de comercio exterior. Se ha considerado la incorporación de un componente adicional establecido como una canasta que incluye a las principales divisas internacionales en las que se desarrolla el comercio mundial y que conforman los portafolios de reservas internacionales a nivel global. La configuración y cálculo de la canasta de monedas se orienta a garantizar que la evolución del sucre sea estable en el tiempo y que a la vez elimine divergencias entre los tipos de cambio de las monedas participantes establecidos a través de esta moneda virtual y los tipos de cambio de las mismas monedas a través de las principales divisas en que se realiza el comercio

exterior, a efectos de evitar posibles arbitrajes comerciales. Esto significa que una evolución estable del valor del sucre sin divergencias cambiarias propenderá a generar incentivos para la canalización de operaciones de comercio exterior a través del SUCRE. Al contrario, una situación de inestabilidad del sucre y con divergencias cambiarias resultaría en la generación de incentivos para el arbitraje comercial en detrimento del uso del Sistema. La consecución de la estabilidad del sucre demanda cierta complejidad técnica ya que su valoración se asienta en monedas que operan bajo esquemas cambiarios (en relación al dólar) que en el caso de unos países corresponden a tipos de cambio controlados, y en otros flexibles de manera simultánea. A diferencia de otros procesos tendientes a la configuración de unidades de cuenta (el caso del ECU y luego del euro en Europa) han obligado a establecer mecanismos obligatorios de coordinación en las políticas macroeconómicas y monetarias entre los países participantes en una clara cesión de su soberanía en estos espacios. En este sentido, el SUCRE se caracteriza por garantizar su operación y la viabilidad técnica de sus mecanismos respetando la soberanía de los países participantes quienes quedan en libertad para la determinación de sus propias políticas monetarias y cambiarias. Más bien al operar el SUCRE bajo el control y supervisión de un órgano superior, el Consejo Monetario Regional, se abre la posibilidad de que en su seno se genere el espacio adecuado para propender a una coordinación mínima de las políticas comerciales, monetarias y cambiarias de los países participantes, como un mecanismo propio de un proceso de integración regional de nuevo tipo. 3.2. Cámara Central de Compensación Si bien todo sistema de pagos internacionales requiere de una cámara central de compensación para concentrar los registros de las operaciones canalizadas a efectos de realizar las compensaciones y liquidaciones de los valores producto de las transacciones comerciales, en el caso del SUCRE su Cámara Central de Compensación, CCC, asienta su operación primeramente en el establecimiento de una asignación inicial de moneda virtual que se distribuirá entre los países participantes a efectos de proporcionarles de liquidez para la realización de su comercio recíproco mediante su utilización. Para ello se establece una regla de determinación del monto global de moneda virtual sobre la base de una proporción del comercio recíproco proyectado para el inicio de operaciones del SUCRE. Luego, este monto será distribuido entre los países participantes como asignaciones particulares a sus bancos centrales a partir de criterios de proporcionalidad y equidad. Estas asignaciones tendrán una correspondencia con los denominados aportes o contrapartes que constituirán los respaldos en moneda local que los respectivos bancos centrales registrarán a favor a la CCC en equivalencia a las asignaciones recibidas. Conforme se van canalizando operaciones a través del SUCRE, cada banco central las cobra o liquida, si son importaciones o exportaciones, en su

respectiva moneda local, al tiempo que entre los bancos centrales se liquidan en su equivalente moneda virtual a través de sus cuentas en la CCC. Cada seis meses los bancos centrales deberán restituir su asignación en moneda virtual. En caso de los países deficitarios netos en el comercio, sus bancos centrales dispondrán de un valor inferior en su posición en sucres respecto a la asignación recibida a inicios del semestre por lo que deberán entregar a través de la CCC su equivalente en divisas a efectos de que sea restituido dicho valor inicial de sucres. Al contrario, en el caso de los superavitarios netos en el comercio, sus bancos centrales dispondrán de un valor superior en su posición en sucres respecto a la asignación recibida a inicios del semestre, por lo que deberán recibir a través de la CCC su equivalente en divisas a cambio de entregar el excedente de unidades de cuenta. Durante el lapso semestral que dura cada período de operaciones del SUCRE los países podrán manejar su liquidez en sucres a través de varios mecanismos establecidos para incentivar la utilización de los excedentes en la moneda virtual para ampliar el comercio a través de mayores importaciones y en el segundo, la ampliación de exportaciones. En casos en que temporalmente los países requieran sobregirarse en la utilización de sucres para atender pagos por importaciones, existen también mecanismos de financiamiento para tal efecto con el propósito de que posibles problemas coyunturales de liquidez no afecten la dinámica del Sistema y los países puedan continuar comerciando. Asimismo, se han configurado mecanismos para la recirculación de los recursos excedentes como forma de financiamiento para ampliar la producción exportable en los países con déficit comercial a través del Fondo de Reservas y Convergencia Comercial. 3.3. Fondo de Reservas y Convergencia Comercial El Fondo de Reservas y Convergencia Comercial, FRCC, tiene dos funciones básicas. La primera configurada bajo la lógica convencional en que es necesaria una fuente de recursos que permita atender necesidades coyunturales de los bancos centrales frente a situaciones de afectación a la estabilidad monetaria interna. En la medida en que es indispensable el mantenimiento de la estabilidad de la moneda virtual, la que a su vez está conformada por una canasta de las monedas de los países participantes, su respectiva estabilidad resulta fundamental. Es en ese sentido que el FRCC puede atender eventuales necesidades de los países para apuntalar a sus monedas locales. Pero la segunda función del FRCC se orienta hacia la incorporación de un mecanismo financiero en el marco de los elementos propios de un sistema de pagos. Esta función le otorga al SUCRE otro componente de diferenciación respecto a los sistemas de pagos convencionales. El objetivo fundamental de esta segunda función es la proveer recursos frescos a los países para ampliar su base productiva para la exportación, principalmente a aquellos deficitarios recurrentes en el comercio recíproco. El FRCC desde su definición, sobre criterios de orientación de recursos para el desarrollo

económico y complementariedad productiva de los países participantes a través de su comercio recíproco, financiará los proyectos que vengan a atender estas necesidades en refuerzo a los otros elementos del SUCRE en el afán de alcanzar los objetivos planteados para este Sistema. 3.4. Comercio administrado El concepto de comercio administrado remite a la prerrogativa que se abre a los países participantes del SUCRE de priorizar el comercio que, de acuerdo a sus respectivas políticas económicas y comerciales, consideren favorecerlo a través de su canalización por este Sistema que está configurado sobre bases preferenciales en relación a las alternativas existentes. La administración de comercio es posible en la medida en que el SUCRE iniciará sus operaciones canalizando una proporción limitada del comercio recíproco total de los países participantes que, conjuntamente con los incentivos que proporcionará a los agentes importadores y exportadores, otorga la posibilidad de seleccionar en términos de sectores, productos, tamaños de empresas y otros criterios, el comercio que se canalizará por este Sistema. Si bien es necesaria una coordinación entre los países a efectos de que se generen correspondencias entre lo que procurarán exportar e importar, la administración de comercio es una herramienta importante en la medida en que permite dirigir el comercio hacia los objetivos de las políticas económica y comerciales soberanas de cada país, a la vez de los objetivos de una política comercial regional. Es precisamente a través de este mecanismo que se genera la posibilidad de propender hacia un comercio complementario y equilibrado en el afán de desprenderse de las estructuras vigentes bajo la actual denominada división internacional del trabajo establecida con una lógica Norte-Sur. 3.5. Consejo Monetario Regional En el marco del SUCRE se está avanzando en la configuración del Consejo Monetario Regional, CMR, organismo llamado a normar, controlar y supervisar no solo el funcionamiento de este Sistema, sino de otros componentes que en el espacio monetario vayan configurándose en el marco de la Nueva Arquitectura Financiera Regional, a efectos de propender hacia las soberanías financiera y monetaria a escala regional. El CMR se constituirá en el espacio, tanto para la administración y control de los mecanismos operativos del SUCRE, como para la discusión y coordinación de las políticas comerciales, monetarias y cambiarias de los países participantes en aras de mantener la coherencia mínima necesaria que garantice el adecuado funcionamiento de este Sistema y otros componentes que se adscriban a este órgano.

4. Conclusión El SUCRE constituye una propuesta viable de nuevo tipo que, enmarcada en los principios de redefinición hacia una Nueva Arquitectura Financiera Internacional, replantea en su diseño la esencia de los sistemas de pagos vigentes, en combinación con nuevas iniciativas técnicas, en procura de objetivos muy claros en términos de apuntalar el desarrollo económico y social de los países participantes en el marco de la integración regional basándose en la consecución de las soberanías monetaria y financiera regionales. Documento elaborado por la Comisión Técnica Presidencial NAFR Banco del Sur y revisado por las instituciones que participaron en reuniones para elaborar el plan de difusión del SUCRE.