Presentación de inconformidad del paciente Demanda civil, queja ante la CONAMED y queja ante Profeco Lic. Luis Ernesto Meneses Delgadillo azurjuridico@outlook.com
Naturaleza jurídica de la relación médico-paciente Esa relación se tipifica en el contrato de prestación de servicios profesionales que regula el Código Civil Es la actividad del médico tendiente a prestar los cuidados que la profesión médica aconseja en el tratamiento de la enfermedad del paciente
Naturaleza jurídica de la relación médico-paciente A su vez en esta relación médico-paciente, éste último, queda obligado al pago de los honorarios
Obligaciones de resultado En las cuales el deudor se compromete a realizar determinada prestación, independientemente de los medios que tenga que emplear para obtener su cumplimiento Entendiéndose por incumplida la obligación en caso de no lograr aquello a lo cual se había comprometido.
Obligaciones de medio El médico no se obliga a curar sino a procurar los medios para que ello pueda suceder, por otra parte, no puede asegurar ni prometer
Artículo 1916 Código Civil para el Distrito Federal Por daño moral se entiende la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspecto físicos, o bien, en la consideración que de sí misma tienen los demás Se presumirá que hubo daño moral cuando se vulnere o menoscabe ilegítimamente la libertad o la integridad física o psíquica de las personas
Artículo 1916 Código Civil para el Distrito Federal Cuando un hecho u omisión ilícitos produzcan un daño moral, el responsable del mismo tendrá la obligación de repararlo mediante una indemnización en dinero Igual obligación de reparar el daño moral tendrá quien incurra en responsabilidad objetiva conforme a el Artículo 1913.
Artículo 1913 Código Civil para el Distrito Federal El monto de la indemnización lo determinará el juez tomando en cuenta: Los derechos lesionados El grado de responsabilidad La situación económica del responsable y la de la víctima Las demás circunstancias del caso
Queja anta le CONAMED
La CONAMED Tiene facultad de intervenir en situaciones de inconformidad médica relacionadas tanto con la iniciativa privada, como la pública, dentro de las cuales están: 1) Atender las quejas presentadas 2) Brindar Asesoría e información a los usuarios y prestadores de servicios médicos sobre sus derechos y obligaciones 3) Atender e investigar las quejas que presentan los usuarios de servicios médicos sobre sus derechos y obligaciones
La CONAMED 4) Recibir información y las pruebas que presenten los prestadores de servicios médicos y los usuarios en caso de controversia 5) Intervenir con conciliador en los conflictos generados por discrepancias en la prestación de servicios médicos 6) Fungir como árbitro en la emisión del laudo, cuando las partes se sometan al arbitraje 7) Elaborar los dictámenes y peritajes médicos que las autoridades encargadas de la procuración e impartición de justicia consideren pertinentes
Medios para presentar la queja el usuario del servicio médico Podrán hacerlo por medio de un escrito firmado por el usuario o por el promovente en la Dirección General de Orientación y Gestión Acudiendo de forma directa con los servidores públicos de la CONAMED, quienes se encargaran de redactar la queja Vía internet en la pagina www.conamed.gob.mx
Artículo 50 Reglamento de procedimientos para la atención de quejas médicas y gestión pericial de la CONAMED 1) Cuando en la queja no se asienten pretensiones de carácter civil 2) Cuando se trate de actos u omisiones en materia civil sometidas a un procedimiento judicial que se encuentre en trámite; excepto en los casos en que las partes renuncien a éste y decidan someterlo al arbitraje de la comisión 3) Cuando las quejas sean competencia de autoridades laborales
Artículo 50 Reglamento de procedimientos para la atención de quejas médicas y gestión pericial de la CONAMED 4) Cuando la presentación de la queja tenga por objeto la preparación a un juicio civil o mercantil; o bien, el perfeccionamiento y la obtención de pruebas preconstituidas para iniciar un procedimiento judicial o administrativo 5) Cuando por motivo de la queja se hubiera iniciado averiguación previa 6) Cuando la controversia se refiere al cobro de servicios médicos derivados de la atención médica
Procedimiento Admisión de inconformidades Análisis por un médico y un abogado de la CONAMED Resolución de inconformidades mediante gestión inmediata En los casos en que por la situación de salud del paciente, se necesite una pronta solución o que la controversia se refiera a problemas exclusivos de atención médica o de información. Resolverá en un plazo máximo de 5 días.
Etapa conciliatoria Procedimiento La CONAMED en un plazo de 10 días contados a partir de la fecha de recepción de la queja, invitará a través de un escrito al prestador de los servicios médicos para que participe voluntariamente en el proceso arbitral de la comisión En caso de que el prestador de los servicios médicos no acepte participar en el proceso arbitral, La CONAMED le solicitará un informe médico y copia del expediente clínico, con un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la recepción de la notificación
Procedimiento Cuando el prestador de servicios acepte el proceso arbitral, tendrá un plazo de 9 días hábiles siguientes a la notificación para presentar un resumen clínico y su contestación a la queja, refiriéndose a todos los hechos e indicando su propuesta de arreglo También deberá de anexar: Curriculum Copia de su título De su cédula profesional En su caso comprobante de especialidad y cedula correspondiente
Procedimiento Si no presenta en el plazo otorgado la contestación a la queja ni la documentación, se presumirán ciertos los hechos de la queja Concluido el plazo de los 9 días se citará a las partes a audiencia de conciliación En caso de que cualquiera de las partes no se presente a la audiencia o no se llegue a un acuerdo, la CONAMED emitirá una propuesta de arreglo Si se concluye la etapa de conciliación de manera satisfactoria, se dejará constancia legal y se procederá a archivar el expediente como asunto concluido
Procedimiento Der acuerdo con el Artículo 66 del Reglamento de procedimientos para la atención de quejas médicas y gestión pericial de la CONAMED, las controversias se podrán resolver por voluntad de las partes mediante: 1) Transacción En términos del Art. 2944 del Código Civil Federal, es el contrato por el cual las partes se hacen recíprocas concesiones 2) Desistimiento de la acción 3) El pago del finiquito correspondiente
Etapa decisoria Cuando no se logra un arreglo en la etapa de conciliación, la CONAMED en estricto derecho resuelve el fondo del litigio, atendiendo a los puntos probados por las partes Así, la etapa decisoria concluye con la emisión del laudo una vez que se ofrecieron y desahogaron las pruebas y se recibieron los alegatos finales de las partes
Queja ante PROFECO: Artículo 5 Quedan exceptuadas de las disposiciones de esta ley, los servicios que se presten en virtud de una relación o contrato de trabajo, los servicios profesionales y los servicios que presten las sociedades de información crediticia.
Gracias