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Transcripción:

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS POR EL QUE SE REGIRÁ LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE COORDINACIÓN DE CONDUCTORES Y MANTENIMIENTO DE LA AMBULANCIA MUNICIPAL. 1. OBJETO DEL CONTRATO El Ayuntamiento de Carmona pretende contratar el Servicio de Coordinación de conductores y mantenimiento de la Ambulancia Municipal para reforzar la atención urgente que se presta en nuestro término municipal. 2.- DESCRIPCION DE LOS SERVICIOS A PRESTAR. El servicio general que constituye el objeto del contrato regido por el presente Pliego engloba la realización de los siguientes servicios de carácter sanitario, bajo la bajo la supervisión de la Delegación de Salud del Ayuntamiento de Carmona: - Servicio de 5 conductores técnicos de Emergencias Sanitarias en turnos de 24 horas, los 365 días del año, incluyendo descansos, vacaciones y días de asuntos propios de los trabajadores, que quedan sujetos al convenio de Transporte Sanitario. - Adquisición y mantenimiento del vestuario de los conductores conforme a las prescripciones técnicas sobre el mismo del Dispositivo de Cuidados Críticos y Urgencias de la Dirección General de Asistencia Sanitaria de la Junta de Andalucía. - Control y mantenimiento del material técnico sanitario de la ambulancia municipal. - Desinfectado, limpieza e higiene de todo el material correspondiente al Soporte Vital Avanzado. - Arreglo urgente de avería o incidencia menor que se produzca en la mecánica o equipamiento de la ambulancia o, en su caso, sustitución urgente del producto. - Sustitución del vehículo en caso de necesidad por otra ambulancia igualmente con soporte vital avanzado, con similares dimensiones del chasis y parecidas características del motor, de manera que no se vea mermado el servicio y que cuente con toda la documentación exigida por la Administración en regla. 3.- CUALIFICACIÓN DEL PERSONAL. Para la prestación de este servicio, la empresa deberá acreditar que sus conductores están en posesión de los permisos de conducir de la categoría BTP y C1, único requisito necesario para la conducción de este tipo de vehículos en nuestra comunidad autónoma. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARMONA 1

4.- CONTROL DEL SERVICIO. Mensualmente entregará al Ayuntamiento la relación de los diferentes turnos realizados, con un histórico de las salidas realizadas por la ambulancia: motivo de la actuación, hora de la salida y llegada, tiempo de llegada al lugar de actuación, kilómetros recorridos, etc. Y, asimismo, un informe resumen en el que conste, al menos: - número total de servicios realizados. - número total de horas empleadas. 5.- ÁREA DE DESCANSO. Los conductores dispondrán para su descanso del lugar del Centro de Salud de Carmona reservado para el personal sanitario de urgencias para tal fin. 6.- INFRACCIONES DE TRÁFICO. Será responsabilidad del contratista cualquier infracción de tráfico por la que hubieren sido denunciados o sancionados los conductores adscritos a los servicios. 7.- PRECIO DEL CONTRATO. Según se desprende del Estudio Económico, el coste anual para la prestación del servicio descrito en el presente pliego sería el siguiente: 110.000 (IVA INCLUIDO) 8. CARGOS DE LA EMPRESA. La empresa adjudicataria se hace cargo de los siguientes gastos de la ambulancia municipal: - Combustible - Mantenimiento completo de la ambulancia, incluidas averías y revisiones periódicas. - Sustitución durante el tiempo en que no esté disponible la ambulancia municipal. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARMONA 2

9.- DURACION DEL CONTRATO. La duración del contrato se fija desde que se formalice el contrato hasta el 31 de diciembre de 2010. 10.- NORMATIVA. La empresa concesionaria debe cumplir con todos los requisitos impuestos en la normativa referente al transporte sanitario terrestre (REAL DECRETO 619/1998 de 17 de abril, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera; Orden de 3 de septiembre de 1998 por la que se desarrolla el reglamento de la ley de ordenación de los transportes terrestres, aprobado por el real decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, en materia de transporte sanitario por carretera; y cuantas otras lo regulen). En caso de incumplimiento el Ayuntamiento podrá resolver el contrato con incautación de la garantía definitiva y la imposición de indemnización correspondiente por daños y perjuicios. 11.- CRITERIOS DE ADJUDICACION. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, una vez comprobado que la empresa reúne los requisitos legales mínimos para concursar, se atenderá a los criterios de valoración siguientes: A. Oferta de fomento del empleo. Se valorará la capacidad de los licitadores de mantenimiento y creación de empleo, a través del volumen de ocupación dedicado directamente a la prestación del servicio. El volumen de ocupación constitutiva de la oferta de empleo del licitador, se obtiene del producto del número de trabajos directos ( expresado en número de trabajadores/as y categoría laboral) por los días de alta en la Seguridad Social, admitiéndose exclusivamente a los efectos de dicho cómputo las jornadas de trabajo completas dedicadas a la ejecución del contrato. Se consideran puestos de trabajo directos, aquellos directamente implicados en la prestación del servicio objeto del contrato. No se considerarán los puestos de trabajo de carácter indirecto personal EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARMONA 3

directivo, administrativo o similar-, ni aquellos que con carácter general, perciben honorarios y rendimientos de trabajo no vinculados a la prestación del servicio. A la hora de formular la oferta y su posterior valoración se distingue, entre: 2.1.- Personal propio de la empresa licitadora, contratado con anterioridad, que se destinará a la ejecución directa del contrato. 10 puntos ( C1) 2.2.- Nuevas contrataciones de trabajadores/as en situación legal de desempleo que se destinarán a la prestación del servicio y que serán contratados a jornada completa con la duración que se indique en la oferta.30 puntos (C2) (es necesario como mínimo la contratación de un trabajador) Se incluirá una declaración ( ajustada al modelo del ANEXO I del pliego de cláusulas administrativas particulares), suscrita por el titular o representante de la empresa, sobre el número de días de alta en la seguridad social que implicará la ocupación de personas de la ejecución del contrato, distinguiendo, entre los dos tipos de trabajadores descritos en el párrafo anterior. La puntuación del licitador resulta de la suma de la puntuación obtenida en cada uno de los tipos. Para su determinación se otorgará la máxima puntuación a la empresa que mayor volumen de ocupación (número de días de alta en la Seguridad social resultante de multiplicar el número de contratos de cada tipo por su duración) oferte para la ejecución del contrato, y el resto se distribuirá proporcionalmente con arreglo a la siguiente fórmula: NºDC1 NºDC2 PL= ----------------------x 10 + ---------------------x 30 MnºDC1 MnºDC2 PL= Puntuación del licitador NºDC1=. Número de días de alta en la Seguridad Social que oferta el licitador del tipo C1. MnºDC1=Mayor número de días de alta en la Seguridad Social ofertado del tipo C1. NºDC2=. Número de días de alta en la Seguridad Social que oferta el licitador del tipo C2. MnºDC2=Mayor número de días de alta en la Seguridad Social ofertado del tipo C2. Para la categoría C2, solo se computarán los contratos realizados o por realizar con los trabajadores desempleados inscritos en el Servicio Andaluz de Empleo como demandantes de empleo no ocupados, así como con trabajadores autónomos que hayan cesado en su actividad y que estén inscritos en el SAE como demandantes de empleo no ocupados. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARMONA 4

B.Nivel de cualificación de los conductores. Hasta 20 puntos. Por cada conductor con título de Técnico de Transporte Sanitario mediante curso superior (0,5 punto por cada fracción de 40 horas de cursos relacionados con el puesto). Hasta 4 puntos por conductor. C.Por tener garaje en Carmona con ambulancia y materiales sanitarios disponibles o compromiso de tenerlo en el plazo de un mes desde que se adjudique definitivamente el contrato. Hasta 20 puntos. D.Experiencia de la empresa en el desarrollo de servicios de conducción de ambulancias con soporte vital avanzado. Hasta 10 puntos. Por meses con experiencia en servicios similares...0,5 puntos por mes. E.Oferta mas económica.hasta 10 puntos.(anexo II del pliego de cláusulas administrativas particulares). La puntuación se determinará a partir de la baja realizada respecto al tipo base de licitación aplicando los siguientes criterios: -Las ofertas que no supongan baja alguna recibirán cero puntos. -Las ofertas que superen el tipo base de licitación quedaran excluidas del procedimiento de contratación. -La oferta mas económica recibirá 10 puntos, valorándose el resto de ofertas de forma inversamente proporcional. -Se fija como baja máxima admisible la baja media expresada en tanto por ciento con dos cifras decimales más quince puntos porcentuales. Toda oferta cuya baja supere la máxima admisible será considerada temeraria, quedando por ello excluida del procedimiento de contratación. 12. SUSTITUCIONES. La empresa deberá dar un listado con los nombres, experiencia y cualificación de los cuatro conductores que vaya a emplear en el servicio de conducción y mantenimiento de la ambulancia municipal al objeto de poder baremar las mejoras. A lo largo del desarrollo del servicio, en el caso de que la empresa adjudicataria tuviera que sustituir a uno o más de los conductores, éstos serán reemplazados por profesionales de igual o mejor cualificación y de igual o mayor experiencia en puesto similar. Director Servicios Sociales Rogelio Manuel Orts García EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARMONA 5