ITP / SANIPES REQUISITOS SANITARIOS PARA LA EXPORTACION DE PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS PROMPERU, 10.JUN.09 ING. ROY SILVA ALAMO
Generalidades Base legal - Otras Directivas y Reglamentos De la Certificación Requisitos según Tipo de Producto
GENERALIDADES El PRODUCE es el órgano rector del Servicio Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), que establece la política sanitaria pesquera y de calidad. El ITP, a través de la Dirección del SANIPES, es la autoridad competente de nivel nacional en sanidad pesquera, en materia de inocuidad alimentaria, en alimentos pesqueros y acuícolas. Tiene competencia exclusiva en el aspecto técnico, normativo y de vigilancia en materia de inocuidad de los alimentos y de piensos de origen pesquero y acuícola.
GENERALIDADES Sus funciones: Realiza la vigilancia sanitaria (observaciones y mediciones de parámetros de control sanitario, sistemáticos y continuos a efectos de prevenir, identificar y/o eliminar peligros y riesgos en la cadena alimentaria). Otorgar la Certificación Oficial Sanitaria, (en forma exclusiva y excluyente, conforme al procedimiento establecido. Plantas con licencia de operación). Emitir protocolos técnicos. Conducir y mantener el sistema de trazabilidad. Gestionar la equivalencia internacional de la normativa sanitaria.
GENERALIDADES Vigilancia higiénica y sanitaria: La producción importación y comercio de alimentos destinados al consumo humano esta sujeta a la vigilancia sanitaria, a fin de garantizar su inocuidad en protección de la salud. Vigilancia y control de la inocuidad de alimentos. Los lugares de producción e instalaciones relacionadas con la producción de alimentos, podrán ser objeto en cualquier momento de vigilancia y control sanitario, para verificar la aplicación de un sistema se aseguramiento de la calidad, basado en el análisis de peligros y puntos críticos de control (APPCC).
GENERALIDADES Obligaciones de los proveedores: Deben suministrar alimentos sanos y seguros y son responsables directos por la inocuidad de los mismos Cumplir con las normas sanitarias y de calidad. Cumplir con la normativa sanitaria aplicando los Principios Generales de Higiene (BPM, HACCP) del Codex Alimentarius. Garantizar y responder por el contenido y la vida útil del producto indicado en el envase. Brindar información del producto en idioma castellano, sobre sus condiciones, garantías advertencias y riesgos. Adoptar medidas, para eliminar o reducir el peligro, como notificar a la autoridad d competente, t sobre peligros no previstos, retirar los alimentos, disponer su sustitución e informar a los consumidores.
BASE LEGAL Decreto Supremo Nº 004-2009-PRODUCE TUPA del ITP, que aprueba los requisitos y derechos de trámite de los procedimientos y servicios del ITP. R. M. Nº 591-2008/MINSA. Norma Sanitaria que establece criterios microbiológicos de calidad sanitaria e Inocuidad para alimentos y bebidas de consumo humano. Decreto Supremo Nº 034-2008-AG. Reglamento de la Ley de Inocuidad de los Alimentos, por el que se establece las normas y procedimientos generales para la aplicación y cumplimiento del D. L. Nº 1062. Decreto Legislativo Nº 1062. D. L. que aprueba la Ley de Inocuidad de los Alimentos, en concordancia con los Principios Generales de Higiene de los Alimentos del Codex Alimentarius. D. S. Nº 025-2005-PRODUCE, Reglamento de la Ley del SANIPES. Ley Nº 28559, Ley del Servicio Nacional de Sanidad Pesquera SANIPES. D. S. Nº 07-2004-PRODUCE, Norma Sanitaria de Moluscos Bivalvos Vivos. D. S. Nº 040-2001-PE, Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuícolas.
OTRAS DIRECTIVAS Y REGLAMENTOS Reglamento (CE) Nº 1251/2008 de la Comisión, por el que se aplica la Directiva 2006/88/CE del Consejo en lo referente a las condiciones u los requisitos de certificación para la comercialización y la importación en la comunidad de animales de la acuicultura y productos derivados y se establece una lista de especies portadoras. Reglamento (CE) Nº 1250/2008 de la Comisión, por lo que se modifica al reglamento (CE) Nº 2074/2005, en lo relativo a los requisitos de certificación para la importación de productos de la pesca, moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos marinos vivos destinados al consumo humano. Reglamento (CE) Nº 1664/2006 de la Comisión sobre medidas de aplicación de determinados productos de origen animal y modelos de certificación sanitaria para las importaciones destinadas al consumo humano. Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la higiene de los productos alimenticios. Reglamento (CE) Nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, establece normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.
OTRAS DIRECTIVAS Y REGLAMENTOS Reglamento (CE) Nº 854/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, establece normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano. Reglamento (CE) Nº 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre la salud y bienestar de los animales. Reglamento (CE) Nº 1774/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano.
DE LA CERTIFICACION Certificación Procedimiento mediante el cual el ITP/SANIPES, garantiza por escrito o de un modo equivalente, que los alimentos y piensos de origen pesquero y acuícola son conformes a los requisitos reglamentarios. Certificación Oficial Sanitaria y/o de Calidad: Aplicable a la exportación, importación, retorno y libre venta o comercialización de los alimentos y piensos de origen pesquero y acuícola, incluyendo muestras sin valor comercial. Todo el proceso de certificación se registra y actualiza en la Web del ITP (http://www.itp.org.pe/consulta-expediente/index1.lhl).
DE LA CERTIFICACION La Certificación Oficial Sanitaria se sustenta en: CONTROL SANITARIO DE PARTE DEL SANIPES: HABILITACION DE LA PLANTA Y REGISTRO SANITARIO DEL PRODUCTO INFORMACION SANITARIA DE LAS ENTIDADES DE APOYO EA : ACTIVIDADES DE INSPECCION Y ENSAYO DE LABORATORIO
DE LA CERTIFICACION ENTIDADES DE APOYO Laboratorios privados acreditados por INDECOPI y autorizados, mediante un PROTOCOLO DE AUTORIZACION por parte del ITP- SANIPES, para que participan p en apoyo al proceso de certificación oficial. Desarrollan actividades de inspección y ensayo de laboratorio únicamente para las cuales han sido autorizadas y durante el periodo de vigencia de dicha autorización (dos años). Están sometidas a evaluación de desempeño, mediante pruebas interlaboratorios (Norma ISO 43), auditorias semestrales y anuales
DE LA CERTIFICACION INICIO CAJA Asignar Nro. Expediente Emitir Factura TRAMITE DOCUMENTARIO Recepcionar, Clasificar Distribuir AREA CERTIFICACION Clasificar por tipo de expediente AREA CERTIFICACION Analizar Exp. Definitivo Correcciones / observaciones No Expedie nte Preliminar? Sí ARCHIVO TRANSITORIO Conservar CLIENTE / LABORATORIO Notificar Sí Observacio nes? No AREA CERTIFICACION Decidir certificación Digitar certificados AREA CERTIFICACION Firmas aprobatorias ARCHIVO GENERAL Almacenar Conservar ATENCION AL CLIENTE Entregar certificado Distribuir copias FIN
DE LA CERTIFICACION Del expediente El expediente debe ser presentado en TD antes del embarque (arribo) de los alimentos y piensos. Contiene información sanitaria del producto (inicio de la certificación). Luego del embarque, se presenta la información comercial: B/L, Guía aérea, packing list (información definitiva). De la Evaluación: La División de Certificaciones Pesqueras, verifica el cumplimiento de los requisitos sanitarios establecidos y la trazabilidad de la información del expediente. Se admite cambio en la información del expediente (antes del p ( embarque), en la medida de que esta no se refiera a aspectos sanitarios, de calidad ni de etiquetado.
DE LA CERTIFICACION Del Certificado Sanitario Luego de la evaluación conforme del expediente y del proyecto de certificado, se autoriza la impresión y colocación de sellos y firmas en el Certificado Oficial Sanitario. Se registra en la Web del ITP y se alcanza a la Tá Trámite Documentario del litp, para su recojo por parte de la EA, previa firma del cargo. Se aceptan modificaciones, solo cuando no involucran aspectos sanitarios, de calidad ni de etiquetado (devolución de los certificados originales, informes de ensayo vigentes, etc.).
DE LA CERTIFICACION
DE LA CERTIFICACION
REQUISITOS SEGÚN TIPO DE PRODUCTO La EXPORTACION a destinos como la Unión Europea, los Estados Unidos y Canadá son los más exigentes en materia sanitaria, con regímenes y disposiciones especiales que son de cumplimiento obligatirio. Otros países exigen protocolos sanitarios especiales.
REQUISITOS SEGÚN TIPO DE PRODUCTO REQUISITOS PARA EXPORTAR CONSERVAS 1. SOLICITUD DEL EXPORTADOR 2. AUTORIZACION DEL PRODUCTOR O TITULAR (Original) 3. Nº DEL PROTOCOLO TECNICO SANITARIO DE HABILITACION O REGISTRO DE PLANTA O ESTABLECIMIENTO DE LA PRODUCCION. 4. ACTA DE INSPECCION SANITARIA DE LOTE (Original) 5. INFORMES DE ENSAYO DEL LOTE: A. FISICO SENSORIAL B. CONTROL DE CIERRE C. QUIMICO (HISTAMINA, CADMIO - DE SER EL CASO) 6. LISTA DE EMBARQUE / CONTROL DE SALDOS 7. ETIQUETA ORIGINAL DE PRODUCTO (Para producto de consumo humano directo) 8. PAGO POR DERECHO DE TRAMITE
REQUISITOS SEGÚN TIPO DE PRODUCTO REQUISITOS PARA EXPORTAR ESPECIES VIVAS 1. SOLICITUD DEL EXPORTADOR. 2. COPIA DE FACTURA COMERCIAL. 3. COPIA DE PACKING LIST 4. CERTIFICADO VETERINARIO. 5. COPIA DE LISTA DE EMPAQUE. 6. ACTA DE INSPECCION REALIZADO POR INSPECTOR DEL SANIPES. 7. RECIBO DE PAGO.
REQUISITOS SEGÚN TIPO DE PRODUCTO REQUISITOS PARA EXPORTAR MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL 1. SOLICITUD DEL EXPORTADOR. 2. DECLARACION JURADA DEL PRODUCTOR (DE SER EL CASO) 3. ACTA DE INSPECCION-MUESTREO DEL LOTE. (DE SER EL CASO) 4. ETIQUETA DEL PRODUCTO. (DE SER EL CASO) 5. INFORMES DE ENSAYO : (*) () A. FISICO SENSORIAL (OLOR, SABOR, COLOR, TEXTURA). 6. RECIBO DE PAGO (*) NOTA: PARA EL CASO DE MOLUSCOS BIVALVOS CON DESTINO A LA UNION EUROPEA SE DEBE PRESENTAR INFORME DE ENSAYO DE BIOTOXINAS MARINAS (DSP, PSP, ASP, HEPATITIS A).
REQUISITOS SEGÚN TIPO DE PRODUCTO REQUISITOS PARA EXPORTAR PRODUCTOS FRESCOS 1. SOLICITUD DEL EXPORTADOR. 2. DECLARACION JURADA DEL PRODUCTOR (DE SER EL CASO) 3. ACTA DE INSPECCION-MUESTREO DEL LOTE. 4. ETIQUETA DEL PRODUCTO. 5. INFORMES DE ENSAYO DEL LOTE: A. FISICO SENSORIAL (OLOR, SABOR, COLOR, TEXTURA). B. MICROBIOLOGICO (PARA PRODUCTOS REFRIGERADOS ENVASADOS) 6. RECIBO DE PAGO
REQUISITOS SEGÚN TIPO DE PRODUCTO REQUISITOS PARA EXPORTAR PRODUCTOS CONGELADOS 1. SOLICITUD DEL EXPORTADOR. 2. DECLARACION JURADA DEL PRODUCTOR (DE SER EL CASO) 3. ACTA DE INSPECCION-MUESTREO DEL LOTE. 4. ETIQUETA DEL PRODUCTO. 5. INFORMES DE ENSAYO DEL LOTE: A. FISICO SENSORIAL (OLOR, SABOR, COLOR, TEXTURA). B. MICROBIOLOGICO (SALMONELLA, ESCHERICHIA COLI, STAPHYLOCOCCUS AUREUS, VIBRIO CHOLERAE, RECUENTO DE AEROBIOS MESOFILOS). C. QUIMICO (HISTAMINA, CADMIO, MERCURIO - DE SER EL CASO). 6. RECIBO DE PAGO
REQUISITOS SEGÚN TIPO DE PRODUCTO REQUISITOS PARA EXPORTAR MOLUSCOS BIVALVOS Control Sanitario en Lotes de Producción Declaración de Extracción o Recolección de Moluscos Bivalvos (DER) Indicadores sanitarios Indicadores microbiológicos: E. coli, Salmonella, VHA y V. cholerae, Staphylococcus aureus, Recuento de Aerobios mesofilos Indicadores químicos: Biotoxinas marinas PSP, Lipofilicas (Grupo DSP) y ASP Cadmio (Para la zona norte: Piura). ENVASANDO CONCHA DE ABANICO EN PLANTA DE PROCESAMIENTO PRESENTACIÓN DE NAVAJAS ENSIS MACHA PARA SER EXPORTADAS VIVAS
REQUISITOS SEGÚN TIPO DE PRODUCTO REQUISITOS PARA EXPORTAR HARINAYACEITE 1. CARTA DEL EXPORTADOR 2. DECLARACION JURADA DEL PRODUCTOR 3. MODELO DEL PROYECTO DE CERTIFICADO, PESO NETO Y PESO BRUTO DEL PRODUCTO A EXPORTAR INDICANDO: PAIS DESTINO, PUERTO ORIGEN, PUERTO DESTINO, ENTRE OTROS. 4. HABILITACION DE LA PLANTA VIGENTE A LA FECHA DE PRODUCCION DEL PRODUCTO A EXPORTAR 5. RECIBO DE PAGO 6. ACTA DE I/M E INFORMES DE ENSAYO HARINA MICROSCOPIA, INSECTOS, MOHOS, MICROBIOLOGICO: SALMONELLA, SHIGUELLA, ENTEROBACTERIAS. ACEITE ANAEROBIOS EN PLACA, SALMONELLA, STAPHILOCOCUS.
REQUISITOS SEGÚN TIPO DE PRODUCTO REQUISITOS PARA VENTA LOCAL O LIBRE COMERCIALIZACION 1. SOLICITUD DEL USUARIO 2. REGISTRO SANITARIO DEL PRODUCTO COPIA 3. RECIBO DE PAGO
ITP / SANIPES REQUISITOS SANITARIOS PARA LA EXPORTACION DE PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS PROMPERU, 10.JUN.09 Muchas gracias ING. ROY SILVA ALAMO