I)NM Dirección Nacional de Migraciones Ministerio del Interior I Nota N /11 DAIS BUENOS AIRES, 07 de junio de 2011 A LA DIRECCiÓN NACIONAL: Por medio de la presente me dirijo a Ud. a fin de remitir para su conocimiento, Acuerdo Interministerial sobre modificación del Anexo de la Decisión CMC N 18/08 sobre "Documentos de Viaje de los Estados Parte y Asociados del MERCOSUR", en lo referente a los documentos de viaje de la República Argentina, la República Federativa de Brasil, el Estado Plurinacional de Bolivia y la República de Colombia. El Acuerdo fue subscripto en la ciudad de Asunción el 03 de junio del corriente, el mismo entró en vigencia desde su firma y tendrá el alcance de Acuerdo Interministerial hasta su entrada en vigor como norma del MERCOSUR. Atentamente, c/c A LA DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRA TORJO C/C A LA DIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN C/C A LA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA
MERCOSURlRMIIACUERDO N 004/11 MODIFICACiÓN DEL ANEXO DEL ACUERDO SOBRE DOCUMENTOS DE VIAJE DE los ESTADOS PARTE Y ASOCIADOS DEL MERCOSUR La Ministra de Seguridad de la República Argentina, el Ministro de Justicia de la República Federativa del Brasil, el Ministro del Interior de la República del Paraguay y el Ministro del Interior de la República Oriental del Uruguay, Estados Parte del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), el Viceministro de Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, el Ministro del Interior y Seguridad Pública (s) de la República de Chile, el Embajador de la República de Colombia y el Viceministro del Interior de la República del Ecuador, Estados Asociados al MERCOSUR en los términos de las Decisiones del CMC N 38/03, 12/97, 39/03,44/04,43/04 Y 42/04 respectivamente, ACUERDAN: ARTíCULO 1._ Aprobar el proyecto de modificación del Anexo de la Decisión CMC N 18/08 sobre "DOCUMENTOS DE VIAJE DE LOS ESTADOS PARTE Y ASOCIADOS DEL MERCOSUR", en lo referente a los documentos de viaje de la República Argentina, la República Federativa del Brasil, el Estado Plurinacional de Bolivia y la República de Colombia, según consta en el proyecto de Decisión que se anexa, y elevarlo al Consejo del Mercado Común para su aprobación. ARTíCULO 2._ Las actualizaciones referidas en el lculo entrarán en vigencia al momento de su firma y tendrán el alcance d cuerdo terministerial hasta su entrada en vigor como norma del MERCOSU
P. DEC. /11 MERCOSURlCMC/DEC. N /11 MODIFICACiÓN DEL ANEXO DEL ACUERDO SOBRE DOCUMENTOS DE VIAJE DE LOS ESTADOS PARTE Y ASOCIADOS DEL MERCOSUR VISTO el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión N 18/08 del Consejo del Mercado Común, CONSIDERANDO: Que resulta necesario actualizar el listado de Documentos de Viaje en el MERCOSUR y Estados Asociados, de acuerdo con las alteraciones documentales adoptadas en el ámbito interno de los países del Bloque. Que la Decisión CMC N 18/08 instruye a los representantes nacionales ante el Foro Especializado Migratorio, en el marco de la Reunión.de Ministros del Interior del MERCOSUR, a informar eventuales modificaciones de los documentos establecidos en el Anexo de la misma. Que, en función de ello, la República Argentina, la República Federativa del Brasil, el Estado Plurinacional de Bolivia y la República de Colombia presentaron ante el Foro Especializado Migratorio modificaciones al listado de documentos de viaje emitidos por dichos países que habilitan a sus titulares a transitar en la Región. EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE: Artículo 1._ Aprobar la modificación del Anexo de la Decisión CMC N 18/08 sobre "DOCUMENTOS DE VIAJE DE LOS ESTADOS PARTE Y ASOCIADOS DEL MERCOSUR", en lo referente a los documentos de viaje de la República Argentina, la República Federativa del Brasil, el Estado Plurinacional de Bolivia y la República de Colombia, que consta en Anexo e integra la presente Decisión. Artículo 2._ El Anexo modificado reemplaza el Anexo aprobado por la Decisión CMC 18/08 y entrará en vigencia de manera inrner. _., Artículo 3._ La presente Decisión no ne sita ser i rporada al ordenamiento jurídico de los Estados Parte y Asociado del MERCa UR. ~~ fm---
ANEXO DOCUMENTOS DE VIAJE DE LOS ESTADOS PARTE Y ASOCIADOS DEL MERCOSUR Argentina Documento Nacional de Identidad. Cédula de Identidad MERCOSUR expedida por la Poñcía Federal (utilización válida hasta su respectivo vencimiento). Cédula de Identidad emitida por la Policía Federal NO MERCOSUR (utilización válida hasta el15 de marzo de 2012). Libreta de Enrolamiento (utilización válida hasta el15 de marzo de 2012). Libreta Civica (utilización válida hasta el 15 de marzo de 2012). Brasil Registro de Identidad Civil. Cédula de Identidad expedida por cada Unidad de la Federación con validez nacional. Cédula de Identidad de Extranjero expedida por la Policía Federal. Paraguay Uruguay Bolivia Cédula de Extranjeros. Chile Colombia Cédula de Ciudadanía. Tarjeta de Identidad. Cédula de Extranjería.
Cédula de Ciudadanía. Cédula de Identidad (para extranjeros). Perú Documento Nacional de Identidad. Carné de Extranjería. Venezuela Estados Parte POR LA REPÚBLICA ARGENTINA POR LA REPÚBLICA~3eR DEL SIL Nilda GA É Ministra de S guridad POR LA REPÚBLICA P RAGUAY DEL POR LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY el FILlZZOLA SERRA inistro del Interior Eduardo BONOMI VARELA Ministro del Interior
Estados Asociados POR EL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA POR LA REPÚBLICA DE CHILE Mlrcos vicerfinistr ARFÁN de Gobierno ROdrig UBILLA MACKENNEY Ministro del Interior y Seguridad Pública (s) POR LA REPÚBLICA DE COLOMBIA POR LA REPÚBLICA DE ECUADOR, ( / " Mauricio GONZÁLEZ LÓPEZ - E ajador ante la República del Paraguay Leonardo BERREZUETA CA RIÓN /. Viceministro dellnteri r