1/6 Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo 1/6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo.

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Transcripción:

/6 Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo /6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo. Bankinter S.A. se encuentra adherido al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito. La cantidad máxima garantizada actualmente por el mencionado Fondo es de 00.000 Euros por depositante. Ficha de información Precontractual Depósitos a la vista y ahorro La información incorporada en el presente documento tiene carácter meramente informativo. *La información resaltada en negrita y subrayada es especialmente relevante. Datos identificativos de la entidad de crédito Datos Identificativos Datos de Contacto Bankinter, S.A. Paseo de la Castellana, nº 29 28046, Madrid Se puede contactar con la entidad a través del número de teléfono 902 3 23 3, o a través del teléfono del servicio de atención telefónica para empresas 902 88 88 55. Igualmente se puede contactar con la entidad a través de la siguiente dirección de correo electrónico: buzon@bankinter.com. Características principales del depósito a la vista Indicadores de riesgo y alertas de liquidez Divisa Disponibilidad del saldo Forma de realización de ingresos Otras operaciones de pago Servicios asociados (tarjetas de debito, talonarios de cheques..)(condiciones de uso, conservación y coste) De conformidad con la Orden ECC/236/205, de 4 de noviembre, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros, a continuación le mostramos la/s alerta/s aplicables a este producto. Indicador de riesgo: /6: Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo /6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo. EUR El cliente podrá disponer del saldo acreedor de la cuenta mediante cheques cuyo talonario será facilitado por el banco a petición del cliente. Igualmente la disposición de fondos podrá realizarse mediante domiciliaciones de pago, órdenes de disposición, transferencias y otros medios que el banco admita como validos. Los ingresos de fondos podrán realizarse mediante efectivo, transferencia, cheques o demás efectos cedidos al Banco de conformidad con éste. Los ingresos que no sean realizados en efectivo serán abonados en cuenta salvo buen fin, siendo mientras tanto indisponibles estos fondos por el Cliente, es decir, el Cliente podrá disponer de ellos una vez que el banco tenga constancia de haber hecho efectivos los correspondientes documentos. -Ingreso y retirada de efectivo. -Emisión y recepción de transferencias de dinero. -La domiciliación de recibos o adeudos domiciliados (recurrentes o no). -La emisión y adquisición de instrumentos de pago, como es el caso de las tarjetas. -Los pagos mediante tarjetas o dispositivos similares. -El envío y recepción de dinero mediante el servicio de Hal Cash. -Tarjeta de débito -Tarjeta de crédito. - Cheques Las condiciones de uso y comisiones aplicables a estos servicios estarán reflejadas en las condiciones particulares de cada contrato y en la información precontractual que le será entregada al cliente con suficiente antelación a la contratación BANKINTER S.A. R.M. MADRID T. 857, F.220,H.9643. N.I.F. A-28/57360 Origen: T - Ref.: - SUC076-0076 (0603207) Página

Duración El contrato tiene una duración indefinida, permaneciendo en vigor mientras el cliente mantenga en activo algún producto o servicio contratado con el Banco. - Comisión de mantenimiento y administración: Una comisión anual de 0,00 euros, y una comisión de 0,00 euros por cada adeudo en cuenta (los tres primeros apuntes serán gratuitos) salvo los debidos a cheques. Estas comisiones se liquidan en el mismo momento que los intereses. Si la Cuenta No-Nómina 5% deja de serlo por no cumplir los requisitos exigibles, la comisión de mantenimiento pasará a ser de 45. - Descubiertos: Cuando se produzca un descubierto en cuenta corriente o en cuenta de ahorro, el banco podrá aplicar al saldo deudor existente un 7,50% TAE. Los intereses se devengarán diariamente y se liquidarán mensualmente. Comisiones o gastos (supuestos, condiciones y periodicidad) Asimismo, el banco cobrará una comisión de 4,50% sobre el mayor saldo deudor del periodo de liquidación con un mínimo de5,00 euros, que se devengará al producirse el descubierto y se liquidará mensualmente. En ningún caso aplicará a los descubiertos que se generen por valoraciones. En los descubiertos en cuenta con consumidores la comisión será del 4,50% con un mínimo de 5, se liquidará semestralmente y el importe de la comisión junto con los intereses no podrá dar lugar a una tasa anual equivalente superior a 2,5 veces el interés legal del dinero. - Comisión de reclamación de descubiertos en cuenta: Se aplicará cuando se efectúen reclamaciones para reponer posiciones deudoras, con la finalidad de compensar al banco por las gestiones realizadas para regular la posición (teléfono, correo, correos electrónicos, desplazamientos, etc ). Se cobrarán 35,00 euros, una sola vez, respecto de la reclamación que se efectúe. - Comisión por atención manual de adeudos: El Banco podrá adeudar 3 por cada cargo manual realizado por la Entidad cuando no se haya podido realizar el adeudo de forma automática por falta de saldo en cuenta. Esta comisión se liquidará y devengará en el momento del cargo del recibo. - Comisiones y gastos que se deriven del servicio de Caja vinculado a la cuenta, si el cliente solicita las operaciones correspondientes, tales como negociación de cheque, giros, transferencias, órdenes de pago, etc. Estas comisiones se devengarán y liquidarán en el momento de la prestación del servicio. Liquidación Semestral desde fecha de apertura, sobre saldo medio del período. Saldo máximo a remunerar: 5.000,00 EUR Retribución (supuestos, condiciones, potencial variación, periodicidad y forma de liquidación y abono) Indices de referencia Tipo de Interés Nominal: 4,94% el primer año,,99% el segundo año, 0% el tercero y sucesivos. El tipo de interés ofrecido podría estar sujeto a variación en el momento de la contratación efectiva de la cuenta. TAE calculada de acuerdo con lo establecido en la Circular 5/202, del Banco de España, de 27 de junio, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos, teniendo en cuenta que la Cuenta No-Nómina 5% no tiene comisión de mantenimiento y administración, y que el saldo se mantiene durante un año completo. En caso de que la cuenta pierda su condición de Cuenta No-Nómina 5%, resultarán de aplicación a la misma desde el inicio del período de liquidación en el que se ha perdido esa condición, las condiciones de retribución de la Cuenta Corriente Ordinaria, esto es: Tipo de Interés: 0% TAE: 0% Período de liquidación: semestral CUENTA NO- NOMINA: tiene unas condiciones económicas especiales que resultarán aplicables desde el momento y durante el tiempo que la cuenta cumpla los siguientes requisitos: Servicios accesorios que condicionen la contratación (naturaleza, características y coste) a) Tener un mínimo de diez cargos por recibos en el último trimestre. Los controles se realizarán mensualmente comprobando los cargos realizados en los tres meses anteriores. b) Una misma persona únicamente podrá ser titular de un máximo de dos Cuentas No- Nómina, o de una Cuenta No- Nómina y una Cuenta Nómina/pensión/profesional. Esta limitación aplicará también a cualquier otra cuenta remunerada, bonificada o con condiciones especiales que Bankinter pueda comercializar en el futuro. c) Adicionalmente y para poder disfrutar de la/s tarjeta/s de crédito gratuita/s, en un plazo de dos meses desde su contratación la cuenta deberá recibir un importe acumulado mínimo BANKINTER S.A. R.M. MADRID T. 857, F.220,H.9643. N.I.F. A-28/57360 Origen: T - Ref.: - SUC076-0076 (0603207) Página 2

de 633 mediante transferencias, ingresos de cheques, ingresos de efectivo o traspasos de otros bancos mediante Adeudos Directos Sepa. Cumplido este requisito, se emitirá/n la/s tarjeta/s. d) Será necesario realizar un gasto mínimo conjunto de 3.000 euros en compras con la/s tarjeta/s de crédito gratuita/s asociada/s a la cuenta en los últimos doce meses. El primer control se realizará una vez transcurridos los doce primeros meses desde la fecha de apertura de la cuenta, a partir de esa fecha los controles se realizarán mensualmente, comprobando los cargos realizados los doce meses anteriores. e) Ninguno de los titulares de la cuenta podrá mantener posición morosa alguna en el Banco. La no concurrencia de alguno de estos requisitos al inicio o durante la vigencia de la cuenta corriente hará que la cuenta pierda la consideración de cuenta corriente No- Nómina, dejando de ser aplicables las condiciones especiales de la misma pasando a tener la consideración y condiciones de una cuenta corriente ordinaria. De igual modo, cualquier producto o servicio del que el cliente haya dispuesto gratuitamente o en condiciones especiales por ser titular de la Cuenta No-Nómina cuando ésta pierda dicha condición podrá, dependiendo del producto o servicio de que se trate, cancelarse o pasar a tener las condiciones económicas que con carácter general esté aplicando en ese momento la entidad para cada servicio o producto, de lo que se informará previamente al cliente. T.A.E.: primer año 5,00%, segundo año 2,00%, tercer año y sucesivos: 0% La fórmula utilizada para calcular el importe absoluto de los intereses devengados será: Capital x Rédito x Tiempo/36500 (36.600 en años bisiestos). Tipo acreedor La TAE que a efectos informativos figura en este documento se formulará de acuerdo con lo establecido en el anejo 7 de la Circular 5/202, de 27 de junio del Banco de España (B.O.E de 6 de julio de 202), teniendo en cuenta que la cuenta No-Nómina no tiene comisión de mantenimiento y administración, y que el saldo se mantiene durante un año completo. En el caso de operaciones a tipo variable, la TAE tendrá la consideración de TAE Variable, y se ha calculado bajo la hipótesis de que los índices de referencia no varían; por tanto esta TAE Variable variará con las revisiones del tipo de interés. Retribución en especie No aplica El cliente puede resolver el contrato de cuenta corriente, o cancelar el depósito a la vista en cuenta corriente, en cualquier momento y sin necesidad de causa alguna, con un preaviso mínimo de dos días hábiles, en cuyo caso se procederá a la cancelación de los productos o posiciones asociadas a la misma. En caso de que la resolución del contrato solicitada por el cliente tenga lugar antes del transcurso del primer año de duración del contrato el Banco podrá repercutir al cliente los gastos derivados de la resolución. Resolución del contrato Asimismo, el Banco podrá resolver el contrato en cualquier momento, y sin causa alguna, siempre y cuando se lo comunique al cliente con una antelación mínima de 2 meses a la fecha en que el contrato deba considerarse resuelto. En el caso de que el Cliente no sea consumidor el plazo de preaviso será de 0 días naturales como mínimo. No obstante, en los casos en que el Banco alegue justa causa por existir indicios de fraude o de graves irregularidades que puedan suponer un incumplimiento de las obligaciones legales impuestas a las entidades de crédito, en especial, en relación con medidas de prevención de blanqueo de capitales y defraudación fiscal, o bien, si existe riesgo de descubierto en cuenta, el Banco podrá suspender la operativa del cliente en relación a la cuenta corriente, o al menos cierta operativa, hasta la fecha de resolución del contrato. Toda modificación del contrato de cuenta corriente, especialmente en lo que respecta a tarifas, debe ser comunicada al cliente con una antelación no inferior a dos meses respecto de la fecha en que entre en vigor la modificación propuesta. En el caso de que el Cliente no sea consumidor el plazo de preaviso será de 5 días naturales como mínimo. Se entiende que el cliente acepta la modificación si éste no ha notificado al Banco, antes de la fecha de entrada en vigor la modificación propuesta, su disconformidad con dicha modificación. En caso de que el cliente rechace la modificación propuesta, puede rescindir sin gastos, antes de dicha fecha, el contrato de cuenta corriente. BANKINTER S.A. R.M. MADRID T. 857, F.220,H.9643. N.I.F. A-28/57360 Origen: T - Ref.: - SUC076-0076 (0603207) Página 3

Adhesión o no a los "Principios comunes para el traslado de cuentas bancarias" Si Adhesión al Real Decreto-Ley 6/20, de 4 de octubre: Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito El producto se encuentra cubierto por el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito creado por el Real Decreto Ley 6/20, de 4 de octubre al que este Banco se encuentra adherido. Determinadas condiciones de la cuenta dependen de la condición de consumidor o no consumidor de su titular, y de que a través de la misma se lleve a cabo operativa de carácter personal o doméstico, o de carácter profesional o empresarial. A estos efectos, se considerará cuenta de consumidor aquella cuyo titular sea persona física, y la operativa que se lleve a cabo con la misma sea exclusivamente de carácter doméstico. BANKINTER S.A. R.M. MADRID T. 857, F.220,H.9643. N.I.F. A-28/57360 Origen: T - Ref.: - SUC076-0076 (0603207) Página 4

IMPRESO DE INFORMACIÓN A LOS DEPOSITANTES Información básica sobre la cobertura de los depósitos Los depósitos mantenidos en Bankinter S.A., están garantizados por: El Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito creado por el Real Decreto Ley 6/20, de 4 de octubre al que este Banco se encuentra adherido (). Límite de la cobertura: 00.000 euros por depositante (2). La siguiente marca comercial forma parte de esta entidad de crédito: Coinc. Si tiene usted más depósitos en la misma entidad de crédito: Si tiene una cuenta en participación con otra(s) persona(s): Período de reembolso en caso de concurso de la entidad de crédito: Moneda en que se realiza el reembolso: Contacto: Para más información: Todos sus depósitos en la misma entidad de crédito se suman y el total está sujeto al límite de 00.000 euros. El límite de 00 000 EUR se aplica a cada depositante por separado (3). Veinte días hábiles (4) Euros C/ José Ortega y Gasset, 22 5ª planta, 28006 Madrid Teléfono: +34 9 43 66 45 Email: fogade@fgd.es www.fgd.es Información adicional (toda o parte de la información que aparece más abajo) () Sistema responsable de cobertura de su depósito. Su depósito está garantizado por un Sistema de Garantía de Depositos creado por una disposición legal. En caso de insolvencia, el Sistema de Garantía de Depositos le reembolsara su depósito hasta 00.000 EUR. (2) Límite general de la protección. Si no pudiera disponerse de un depósito debido a que una entidad de crédito no esté en condiciones de cumplir sus obligaciones financieras, un Sistema de Garantía de Depósitos reembolsará a los depositantes. El reembolso asciende como máximo a 00.000 EUR por entidad de crédito. Esto significa que se suman todos sus depósitos efectuados en la misma entidad de crédito para determinar el nivel de cobertura. Si, por ejemplo, un depositante posee una cuenta de ahorro con 90.000 EUR y una cuenta corriente con 20.000 EUR, solo se le reembolsarán 00.000 EUR. Como este método se utilizará también si una entidad de crédito opera con diferentes denominaciones comerciales y dado que Bankinter S.A., opera comercialmente también con la denominación COINC, todos los depósitos comercializados bajo denominación Bankinter o COINC están garantizados hasta un total de 00.000 EUR de acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior. (3) Límite de la protección para las cuentas en participación. En el caso de cuentas en participación, el límite de 00.000 EUR se aplicara a cada depositante. Sin embargo, los depósitos en una cuenta sobre la que tengan derechos dos o más personas como socios o miembros de una sociedad, una asociación o cualquier agrupación de índole similar, sin personalidad jurídica, se agregan y tratan como si los hubiera efectuado un depositante único a efectos del cálculo del límite de 00 000 EUR. (4) Reembolso. El sistema de garantía de depósitos responsable es el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito creado por el Real Decreto Ley 6/20, de 4 de octubre, sito en C/ José Ortega y Gasset, 22-5ª planta, 28006 Madrid, Teléfono: +34 9 43 66 45, Email: fogade@fgd.es; www.fgd.es. El Fondo de Garantía de Depósitos le reembolsará sus depósitos (hasta un máximo de 00 000 EUR) en los siguientes plazos máximos: veinte días hábiles, hasta el 3 de diciembre de 208; quince días hábiles entre el de enero de 209 y el 3 de diciembre de 2020; BANKINTER S.A. R.M. MADRID T. 857, F.220,H.9643. N.I.F. A-28/57360 Origen: T - Ref.: - SUC076-0076 (0603207) Página 5

diez días hábiles desde el de enero de 2020 al 3 de diciembre de 2023; siete días hábiles a partir del 3 de diciembre de 2023. Hasta el 3 de diciembre de 2023, cuando el Fondo de garantía de Depositos de Entidades de Crédito no pueda restituir el importe reembolsable en un plazo de siete días hábiles, pagara a los depositantes, en un plazo máximo de cinco días hábiles tras su solicitud, un importe adecuado de sus depósitos garantizados con el fin de cubrir su sustento. Dicho importe se deducirá de la suma reembolsable del importe garantizado. Si en este plazo no se le ha reembolsado, debe ponerse en contacto con el sistema de garantía de depósitos, ya que el tiempo durante el cual puede reclamarse el reembolso puede estar limitado. Para más información, sírvase consultar en www.fgd.es. Otra información importante. En general, todos los depositantes minoristas y las empresas están cubiertos por sistemas de garantía de depósitos. Las excepciones aplicables a ciertos depósitos pueden consultarse en el sitio web del sistema de garantía de depósitos responsable. Su entidad de crédito le informará también, si así lo solicita, de si determinados productos están cubiertos o no. Si los depósitos están cubiertos, la entidad de crédito se lo confirmará también en los extractos de cuenta. Declaro haber recibido de la entidad un ejemplar del presente impreso de información a los depositantes y de la ficha precontractual. En, a EL TITULAR BANKINTER S.A. R.M. MADRID T. 857, F.220,H.9643. N.I.F. A-28/57360 Origen: T - Ref.: - SUC076-0076 (0603207) Página 6