REGLAMENTO ELECTORAL. Comisión Electoral

Documentos relacionados
REGLAMENTO ELECTORAL CLUB DEPORTIVO BASICO GIJON MARINERS FUTBOL AMERICANO

FEDERACIÓN DE RUGBY DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

REGLAMENTO ELECTORAL

REGLAMENTO ELECTORAL FEDERACIÓN DE DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

REGLAMENTO ELECTORAL FEDERACIÓN DE DEPORTES DE MONTAÑA, ESCALADA Y SENDERIMSMO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL

Se procede a la convocatoria de las elecciones de la Federación Española de Kickboxing conteniendo los siguientes apartados:

CONVOCATORIA DE ELECCIONES DE LA AGRUPACIÓN ESPAÑOLA DE CLUBES DE BAILE

FEDERACION ANDALUZA DE COLOMBOFILIA. Primavera 7 1º C Sevilla. ELECCIONES 2016 PROCEDIMIENTO DEL VOTO POR CORREO

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL

REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL

CONVOCATORIA DE ELECCIONES DE LA REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE BILLAR

CONVOCATORIA DE ELECCIONES REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE DEPORTES DE INVIERNO

I. Principado de Asturias

CONVOCATORIA DE ELECCIONES REAL FEDERACION ESPAÑOLA DE VOLEIBOL

REGLAMENTO ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS SECTORES DE PROFESORES Y DOCTORANDOS EN EL COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA EDUC

Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral.

REGLAMENTO ELECTORAL (ANEXO 2 RRI)

PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DEL VOTO POR CORREO

9 10 de mayo La Junta Directiva acuerda convocar elecciones y la fecha de

INFORMACIÓN ELECTORAL ELECCIONES A CORTES GENERALES: 26 DE JUNIO DE 2016

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Escuela Técnica Superior de Arquitectura y Edificación

CONVOCATORIA DE ELECCIONES FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE FÚTBOL AMERICANO

CONVOCATORIA DE ELECCIONES 2016 A MIEMBROS DE LA ASAMBLEA GENERAL, COMISIÓN DELEGADA Y PRESIDENTE DE LA REAL FEDERACION ESPAÑOLA DE TIRO OLÍMPICO 2016

REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE MADRID

II. Procedimiento de votación, escrutinio y proclamación

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA.

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA CARGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS AERONÁUTICOS DE ESPAÑA

ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA

DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.

CONVOCATORIA A ELECCIONES DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE PÁDEL

EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. (CORREGIDO) ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL

ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓNDE CICLISTAS PROFESIONALES

NORMAS DE JUECES PARA LA DEMOCRACIA POR LAS QUE SE DESARROLLARA EL PROCEDIMIENTO DEL ARTÍCULO 113 DE LA LOPJ CORRESPONDIENTE AL AÑO 2006.

CALENDARIO ELECTORAL elecciones Director Departamento

REGULAMENTO ELECTORAL GENERAL PARA LA ELECCIÓN DE COMISIONES EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ENXEÑEIROS DE CAMIÑOS, CANAIS E PORTOS DA UNIVERSIDADE

REGULACIÓN DEL VOTO POR CORREO. El Reglamento Electoral de la Federación Extremeña de Tenis de Mesa dispone en su artículo 27:

CLUB DEPORTIVO BASICO CLUB PATIN VIRGEN DE LA LUZ - AVILES ESTATUTOS

NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ. (Octubre de Enero de 2018)

APROBADO EN LA 8ª ASAMBLEA 7 DE MARZO DE Convocatoria de elecciones y establecimiento de la Junta Electoral 7 de marzo

CONVOCATORIA DE ELECCIONES 2016

ESTATUTOS CAPITULO 1º - DE LA ENTIDAD

REGLAMENTO ELECTORAL

NORMATIVA REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL

Aprobado en el Consejo Político de 15 de julio de votos a favor, 2 en contra y 7 abstenciones.

Real Federación Española de Natación

ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD DE CAZADORES CONCEJO DE MIERES

Desarrollo del artículo 36 de los Estatutos del Colegio (RD 377/2015) Aprobado en la Asamblea Ordinaria del Colegio de Geógrafos de 6 de mayo de 2017

CONVOCATORIA DE ELECCIONES FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE DEPORTES DE HIELO

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia

REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL

NORMATIVA PARA LA ELECCION DE VOCALES REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES EN LOS CONSEJOS DE DISTRITO

PROPUESTA MODIFICACIÓN PUNTUAL ESTATUTOS MAYO DE 1014

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE GRADUADOS EN RADIOLOGÍA (SEGRA)

ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS.

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia

Normativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96)

ELECCIONES A CORTES GENERALES

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Departamento de Arquitectura y Tecnología de la Edificación

Consulado General de España en Pekín ELECCIONES AL PARLAMENTO DE CATALUÑA (27 DE SEPTIEMBRE DE 2015)

Cual es el proceso del. Voto por Correo

CONVOCATORIA DE ELECCIONES A MIEMBROS DE LA ASAMBLEA GENERAL Y A LA PRESIDENCIA DE LA FEDERACION ANDALUZA DE LOS DEPORTES AÉREOS (FEADA)

19 de octubre LUNES 20 de octubre MARTES 22 de octubre MIÉRCOLES

Elecciones a los Parlamentos del País Vasco y de Galicia

CONVOCATORIA DE ELECCIONES A LA JUNTA DIRECTIVA

A continuación, les informamos de los plazos y pasos previstos para poder ejercer su derecho al voto desde Nicaragua.

CIRCULAR Nº 536 CARGOS DE LA JUNTA ELECTORAL

I. Comunidad Autónoma

PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCIÓN DE CANDIDATO O CANDIDATA A LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ESPAÑA Comité Federal, 28 de mayo de 2011

REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES

Estatutos del Club Patín Mieres

CONVOCATORIA DE ELECCIONES

CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO

Procedimiento Electoral Asociación de Empresarios del Henares

ASOCIACION DE ANTIGUOS ALUMNOS DEL MÁSTER EN DIPLOMACIA Y RELACIONES INTERNACIONALES DE LA ESCUELA DIPLOMÁTICA REGLAMENTO ELECTORAL

INSTRUCCIONES DE DESARROLLO PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO EN LA COMISIÓN DE CALIDAD 2016 ACUERDA

ASAMBLEAS LOCALES Y DE DISTRITO (2017) TITULO I. De la convocatoria

REGLAMENTO ELECTORAL DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE ESPAÑA

División de Psicología de la Actividad Física y el Deporte

ELECCIONES C.R.E. 2016

REGLAMENTO ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VASCA DE DEPORTES AEREOS

3ª FASE DE LAS INSTRUCCIONES PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTES CLAUSTRALES Y JUNTA DE CENTRO: DEPOSITO DE VOTO, MESAS ELECTORALES Y VOTACIÓN.

ELECCIONES AL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA, 2 DE DICIEMBRE 2018.

CONVOCATORIA DE ELECCIONES DE LA FEDERACIÓN ANDALUZA DE PÁDEL

PROTOCOLO DEL PROCESO ELECTORAL PARA ELECCIONES A PRESIDENCIA, Y JUNTA DIRECTIVA DE LA PLATAFORMA DEL VOLUNTARIADO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

ANEXO I PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE A. PROMOCIÓN DEL PROCESO ELECTORAL

ANEXO - I. Durante el citado curso deben realizar elecciones a Consejo Escolar:

Elecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral

Junta Electoral RFME Resolución nº 18/2016

PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES

modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, RELATIVO AL VOTO EN EL EXTERIOR

ELECCIONES A CORTES GENERALES

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

CLUB VOLEIBOL AMARIÓN ELECCIONES 2016

No tendrán la condición de elegibles: a) Los que no reúnan los requisitos establecidos en el artículo anterior.

Transcripción:

REGLAMENTO ELECTORAL Comisión Electoral 1- La Comisión Electoral velará por todo el proceso electoral y se disolverá una vez concluido el mismo, con la elección de Presidente/a del club. Tendrá tres miembros y será Presidente/a de la misma el que resulte elegido/a por votación entre los mismos. Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, el secretario del Club. 2- Los miembros de la comisión Electoral son Pablo Díaz Martin, Iván Lobo Riestra, Jose María Castro Muñiz y Alejandro García Tuero. Este último, actuará como Secretario. 3- Son funciones propias de la Comisión Electoral: Admitir y proclamar las candidaturas Resolver las impugnaciones que en su caso se presenten, tanto con respeto a las candidaturas y candidadtos/as, como las que pudieran originarse durante la votación. Decidir sobre cualquier cuestión que afecte directamente a la celebración de las elecciones y a sus resultados. Sus decisiones tendrán carácter ejecutivo y las eventuales reclamaciones que se interpongan contra las mismas no suspenderán la eficacia de lo acordado. Las reclamaciones en materia de elecciones se formularán ante la Comisión Electoral, dentro de los tres días siguientes al de la decisión impugnada. El plazo para resolver no podrá exceder de los tres días siguientes al de la presentación de la impugnación. 4- El domicilio de la Comisión Electoral será el restaurante La Vaina, sito en la C/Cervantes 20, telf. 984493299. El horario es el siguiente: lunes, martes y miércoles de 20.00 a 23.00, y jueves, viernes y sábados, de 14.00 a 16.00 y de 20.00 a 23.00. Electores y Elegibles 1- Para ser elector/a se requiere tener 16 años cumplidos y una antigüedad ininterrumpida de seis meses como socio/a del Club en la fecha de convocatoria de las elecciones. 2- Serán requisitos para ser elegible: Ser español/a o de un país miembro de la Unión Europea. Mayor de edad. Hallarse en pleno ejercicio de los derechos civiles Tener la antigüedad ininterrumpida de seis meses como socio/a del Club en la fecha de convocatoria de las elecciones.

Censo electoral 1-Será expuesto en el restaurante La Vaina, sito en la C/Cervantes 20, telf. 984493299. El horario es el siguiente: lunes, martes y miércoles de 20.00 a 23.00, y jueves, viernes y sábados, de 14.00 a 16.00 y de 20.00 a 23.00. 2-El tratamiento y publicación de los datos contenidos en el censo tendrá por exclusiva finalidad garantizar el ejercicio por los electores de su derecho de sufragio, no siendo posible su utilización ni cesión para ninguna finalidad distinta de aquella. 3-En todo caso, será de aplicación lo previsto en la ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. Candidaturas 1- Las Candidaturas se presentarán en el domicilio de la comisión Electoral y estarán avaladas, al menos, por el diez por ciento de los socios con derecho a voto. El censo provisional es de setenta y siete (76) electores, de los cuales setenta y cinco (74) son elegibles, por lo que será necesario ocho (8) avales. Debajo de la firma de aval, consignarán nombre, dos apellidos, número de socio y número de Documento Nacional de Identidad, con fotocopia del mismo. En caso de duplicidad de firmas, se tendrá por representada la última que se reciba. Toda candidatura deberá expresar el nombre y dos apellidos del candidato/a, con aceptación expresa del mismo (ver Anexos). Se pondrá a disposición, de todos los posibles candidatos/as, los emails y números de móviles, de los setenta y seis electores. 2- En el supuesto de presentarse una única candidatura que reúna los requisitos establecidos no se procederá a la votación, sino que la Comisión Electoral, previa comprobación de la concurrencia de aquellos requisitos de elegibilidad procederá a su proclamación. 3- En caso de no presentarse candidatura alguna, o que las formuladas no reuniesen los requisitos establecidos, la Junta de Gobierno continuará en sus funciones y se convocarán nuevas elecciones en un plazo máximo de tres meses. Mesa electoral 1- La Mesa Electoral se constituirá con una hora de antelación a la prevista para el comienzo de la votación. Ésta la compondrá la Comisión Electoral, y ejercitarán el derecho al voto en último lugar. 2- Serán funciones de la Mesa Electoral: Comprobar la identidad de los votantes, con anterioridad a que éstos depositen el voto en la urna cerrada y preparada al efecto. Redactar el acta de votación, en la que se reseñará el número de electores, votos válidos emitidos, votos nulos, resultado de la votación e incidencias o reclamaciones que, en su caso, se produzcan. El acta ha de ser firmado por todos los componentes de la Mesa. 3- Efectuado el recuento de votos el Presidente de la Comisión Electoral procederá a proclamar la candidatura elegida. Si se produjera empate se

realizarían sucesivas votaciones con los mismos requisitos señalados anteriormente. Voto por Correo Se permitirá el voto por correo. Para ejercer el mismo se realizarán los siguientes pasos: 1- Solicitarlo previamente a la Comisión Electoral, mediante escrito (ver Anexos) en el que figure la identidad del interesado, domicilio a efectos de notificaciones, acompañado de fotocopia del DNI, pasaporte o documento de residencia. 2- Se podrá realizar a partir del día siguiente de la convocatoria de elecciones y hasta dos días después de la publicación del censo definitivo. Esta solicitud deberá hacerse personalmente, mediante correo certificado, burofax o por cualquier otro medio válidamente admitido en derecho que deje constancia de la solicitud. 3- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y recibida por la Comisión Electoral la documentación, comprobará la inscripción del solicitante en el Censo, resolviendo lo procedente. Publicada la lista definitiva de candidaturas proclamadas, la Comisión Electoral enviará a los solicitantes el Certificado (ver Anexos) en el que se autoriza el voto por correo, junto con la papeleta con los diferentes candidatos/as (ver Anexos), el sobre de votación (ver Anexos) y el sobre contenedor (ver Anexos). El plazo para la remisión de tal documentación será dentro de los dos días hábiles siguientes a la proclamación definitiva de candidatos. 4- Para la emisión efectiva del voto por correo, el/la elector/a acudirá a la oficina de Correos que corresponda o al notario o federativo público que libremente elija, exhibirá el certificado original que le autoriza a ejercer el voto por correo, así como original de su DNI, pasaporte o permiso de residencia en vigor. En ningún caso se admitirá a estos efectos fotocopia de ninguno de los documentos citados. Una vez verificada la identidad del el elector, introducirá la papeleta en el sobre de votación, y una vez cerrado éste, lo introducirá, junto con el certificado original autorizando el voto por correo, en el sobre contenedor, en el que se deberá expresar el nombre y apellidos del remitente, así como la dirección de la Comisión Electoral. 5- El sobre contenedor se remitirá por correo certificado urgente al apartado de Correos 416 de Gijón, 33200. 6- El depósito de los votos en la sede de la Comisión Electoral deberá realizarse con siete días naturales de antelación a la fecha de celebración de las votaciones. No serán admitidos los sobres depositados en fecha posterior.

ANEXOS

DOCUMENTO 1 MODELO DE ACEPTACIÓN DE CANDIDATURA

ELECCIÓN PRESIDENTE/A GIJÓN RUGBY CLUB 2016 Aceptación expresa candidatura D/Dª :... Con DNI :... y domicilio en:... Código Postal:... Localidad... ACEPTA presentar su candidatura a las elecciones a Presidente/a del Gijón Rugby Club, avalado/a por las firmas de los socios/as que se adjuntan. firma: DNI/NIE Nombre Apellidos Nº Socio GRC Firma En... a... de... de dos mil dieciséis. A/A Sr. Presidente de la Comisión Electoral del Gijón Rugby Club

DOCUMENTO 2 MODELO DE SOLICITUD DE VOTO POR CORREO

ELECCIÓN PRESIDENTE/A GIJÓN RUGBY CLUB 2016 Solicitud de voto por correo D/Dª :... Con DNI :... y domicilio en:... Código Postal:... Localidad... SOLICITA ejercer el voto por correo en las presentes elecciones. firma: En... a... de... de dos mil dieciséis. A/A Sr. Presidente de la Comisión Electoral del Gijón Rugby Club

DOCUMENTO 3 MODELO DE CERTIFICACION DE VOTO POR CORREO

ELECCIÓN PRESIDENTE/A GIJÓN RUGBY CLUB 2016 Certificado de voto por correo Apellidos y nombre:... DNI :... Domicilio:... Código Postal:... Localidad... D. ALEJANDRO GARCÍA TUERO Secretario de la Comisión Electora del Gijón Rugby Club CERTIFICA: Que el elector/a cuyos datos anteceden se encuentra inscrito en el Censo Electoral del Gijón Rugby Club. Y para que conste, a los efectos que pueda emitir el voto por correo, expido el presente certificado en Gijón a... de... de dos mil dieciséis. VALIDACIÓN DE LA IDENTDAD DEL ELECTOR (A realizar por empleado de Correos, Notario o federativo público, previa comprobación con el original del DNI, pasaporte o permiso de residencia en vigor del elector) Lugar para estampar el sello de la entidad, fecha y firma de la persona que realiza la validación EL presente Certificado debe adjuntarse con el sobre que contiene la papeleta de votación cerrado y serán introducidos en un sobre ordinario de mayor tamaño, en el que se deberá expresar el nombre y apellidos del remitente. Este sobre ordinario se remitirá por CORREO CERTIFICADO URGENTE al apartado de correos 416 de Gijón (Asturias).

DOCUMENTO 4 MODELO DE SOBRE CONTENEDOR DE VOTO POR CORREO

ELECCIONES A PRESIDENCIA DEL GIJÓN RUGBY CLUB SOBRE DE REMISIÓN DEL VOTO POR CORREO CERTIFICADO URGENTE Sr/a empleado/a de Correos *Valide la identidad del elector *Inclúyase en el presente sobre: -Sobre de Votación Cerrado - Certificado previa estampación de sello de fechas * Estampe el sello de fechas en el anverso del sobre GIJÓN RUGBY CLUB Sr. Presidente de la Mesa Electoral Apartado de correos 416 332000 Gijón

DOCUMENTO 5 MODELO DE SOBRE DE VOTACION

Elecciones a PRESIDENCIA Gijón Rugby Club. 2016

DOCUMENTO 5 MODELO DE PAPELETA DE VOTACION

ELECCIÓN PRESIDENTE/A GIJÓN RUGBY CLUB 2016 PAPELETA DE VOTACIÓN Por la presente otorgo mi voto al siguiente candidato/a la presidencia del Gijón Rugby Club (marcar con una x) Nombre y Apellidos Nombre y Apellidos Nombre y Apellidos Nombre y Apellidos Nombre y Apellidos