1 PACHUCA DE SOTO, HIDALGO; A 15 QUINCE DE ABRIL DE 2013, DOS MIL TRECE. V I S T O S para resolver en definitiva los autos del Juicio de Divorcio Bilateral promovido por **** y ****, Expediente Número 01/2013, y: R E S U L T A N D O S 1. Por escrito de fecha 07 siete de Enero de la presente anualidad, comparecieron ante éste Juzgado Tercero de lo Familiar de éste Distrito Judicial, por su propio derecho los Ciudadanos **** y ****, promoviendo Divorcio Bilateral, fundándose en los hechos y consideraciones de derecho que hicieron mención, para lo cual anexaron los documentos base de su acción. 2. Por auto de fecha 15 quince de Enero del presente año, se registró y formó expediente, admitiéndose lo solicitado en la vía y forma propuesta, previniéndose a los promoventes, para que dentro del termino legal de 03 tres días acreditaran con documento fehaciente la propiedad de los bienes que fueron adquiridos dentro del matrimonio, requerimiento que se tiene dando cumplimiento en auto de fecha 11 once de Febrero de la presente anualidad y en el cual se requiere a los mismo, para que propusieran la forma en que habría de liquidarse la sociedad, requerimiento que se tiene dando cumplimiento en auto de fecha 22 veintidós de Febrero del presente año, dándose la intervención legal correspondiente al Ciudadano Agente del Ministerio Público adscrito a éste Juzgado; se dictaron las medidas provisionales correspondientes, señalándose día y hora, para que tuviera verificativo la ratificación del convenio exhibido, lo cual se realizo en fecha 11 once de Marzo del presente año y vista la conformidad del Ciudadano Agente del Ministerio Público en auto de fecha 22
2 veintidós de Marzo del presente año, se ordenó dictar la sentencia definitiva que en derecho corresponda, misma que hoy se pronuncia en base a los siguientes: C O N S I D E R A N D O S I.- Este Juzgado resulta competente para conocer y resolver el presente juicio, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 28 Fracción VIII, y 468 del Código de Procedimientos Familiares en vigor. II.- Ha procedido la Vía Especial de Divorcio Bilateral, en términos de lo dispuesto por los artículos 470, 471, 472 del Código de Procedimientos Familiares en vigor. III.- Los Ciudadanos **** y ****, acreditan el matrimonio que contrajeron con la certificación del acta respectiva, la cual obra a foja 06 seis de autos, inscrita ante el Oficial del Registro del Estado Familiar de Apan, Hidalgo, en la Oficialia ****, del Libro Numero ****, a la Foja Numero ****, Acta Numero ****, de fecha de registro ****, documental pública que en términos de lo dispuesto por los artículos 155 fracción IV, en relación con el 212 de la Ley Adjetiva Familiar aplicable, merece valor probatorio pleno; de la que se desprende que las partes contrajeron matrimonio civil bajo el régimen de sociedad conyugal. IV.- Por otro lado, acreditan el nacimiento de su hija de nombre **** de apellidos ****, con la certificación del acta de nacimiento, que obra a foja 05 cinco del presente sumario, documento de tal naturaleza, a la cual ésta Autoridad le otorga pleno valor probatorio, en términos de lo dispuesto por los artículos 155 fracción IV, en relación con el 212 del Código de Procedimientos Familiares vigente en el Estado, con lo que se comprueba que la persona anteriormente citada a la fecha es mayor de edad, por haber nacido el día ****.
3 V.- De acuerdo a lo establecido por el artículo 476 Quáter del Código de Procedimientos Familiares en vigor, en fecha 11 once de Marzo del presente año, tuvo verificativo la ratificación del convenio exhibido por las partes y en la que los solicitantes manifestaron su conformidad con su petición de Divorcio Bilateral y con el convenio exhibido mediante escrito de fecha 07 siete de Enero de 2013, dos mil trece y las adiciones realizadas mediante escrito de 19 diecinueve de Febrero de la presente anualidad, en el cual quedaron establecidas las siguientes cláusulas: A.- Los suscritos **** y ****, manifestamos bajo protesta de decir verdad que no existe juicio, litigio o controversia alguna en trámite o que guarde relación directa o indirecta con el fondo del presente asunto. B.- Nuestra única hija de nombre **** cuenta actualmente con **** años de edad, cuenta con empleo y medios suficientes para su subsistencia por mérito propio, por lo que no necesita sujetarse a condicionantes de pensión alimenticia alguna. C.- En virtud de lo anterior, no existe obligación de observar las fracciones II, III y IV del artículo 471 del Código de Procedimientos Familiares, sin embargo, los suscritos manifestamos que mantendremos la relación de padres e hija de manera amorosa, leal y de respeto. D.-El uso del domicilio conyugal y del menaje corresponderá a cargo del señor **** E.- Manifestamos que durante la sociedad conyugal adquirimos los siguientes bienes: INMUEBLES 1.-****, que corresponde por alineamiento y numero oficial al ****. 2.- ****, formando parte del régimen de propiedad en condominio numero nueve. MUEBLES 1.-AUTOMOVIL.- Camioneta línea: Chevy Pick Up; modelo 2002, marca Chevrolet; cuatro cilindros, color blanco brillante, de procedencia extranjera, con pedimento de importación ****, que ampara la factura * ***.- AUTOMOVIL.- Marca Dodge; Journey SXT, automático,
4 modelo 2010, numero de serie:****; cuatro cilindros; color rojo infierno,que ampara la factura ****. 3.- AUTOMOVIL.- Marca Dodge; Atos básico; transmisión manual, numero de serie; ****, cuatro cilindros, modelo 2011, color Blanco, que ampara la factura ****. F.- La forma en que se administrarán provisionalmente en tanto dure el procedimiento de divorcio bilateral y se adjudicarán de manera definitiva es la siguiente: El inmueble identificado con el numero 1 del apartado E del presente convenio será administrado y adjudicado en definitiva al señor ****. El inmueble identificado con el numero 2 del apartado E del presente convenio será administrado y adjudicado en definitiva a la señora ****. El automóvil identificado el numero 1 del apartado E del presente convenio será administrado y adjudicado en definitiva al señor ****. Los automóviles identificados con los números 2 y 3 del apartado E del presente convenio serán administrados y adjudicados en definitiva a la señora ****. G.-Los suscritos manifestamos que renunciamos a la exigencia de pensión alimenticia o indemnización alguna prevista en los artículos 476 Bis y Ter del Código de Procedimientos Familiares, ya que contamos con los medios de subsistencia propios y suficientes. H.- Los suscritos nos comprometemos a mantener una relación de respeto mutuo, en nuestras personas, familia y patrimonio y a estar siempre al tanto de nuestra hija en la medida en que nuestras posibilidades lo permitan. I.- Los suscritos nos comprometemos a cumplir fielmente los términos del presente convenio. Y mediante escrito de 19 diecinueve de Febrero de la presente anualidad, manifestaron, que: venimos a dar cumplimiento al acuerdo notificado en fecha catorce de febrero del año en curso, listando los bienes pasivos que integran la sociedad conyugal, así como la propuesta de liquidación, de la siguiente manera: 1. Bien
5 inmueble identificado como ****, que corresponde por lineamiento oficial ****, ****; su liquidación es decir la cantidad que se adeuda por dicho crédito hipotecario será cubierto por el C. ****, persona a quien le será adjudicado en forma definitiva. 2. Automóvil marca Dodge, Journey SXT, modelo 2010, su liquidación es decir el pago de las mensualidades adeudadas estará a cargo de la C.****, persona a quien le será adjudicado en forma definitiva. 3. Automóvil marca Dodge, Atos básico, modelo 2011, su liquidación, es decir el pago de las mensualidades adeudadas, estará a cargo de la C. ****, persona a quien le será adjudicado en forma definitiva. Por otro lado el Ciudadano Agente del Ministerio Público de la adscripción, no presentó objeción alguna, manifestando su conformidad, en auto de fecha 22 veintidós de Marzo de la presente anualidad. Por lo que la suscrita Juez considera que se han reunido los requisitos que para el caso exigen los artículos 470 al 471 del Código de Procedimientos Familiares en vigor. VI.- En consecuencia y atendiendo a que el convenio referido de fecha 07 siete de Enero de 2013, dos mil trece, no contiene cláusulas contrarias a la moral, al derecho o a las buenas costumbres, es procedente aprobarlo, con las adiciones realizadas al mismo mediante escrito de fecha 19 diecinueve de Febrero del presente año y decretar la disolución del vinculo matrimonial que une a los Ciudadanos **** y ****; así como la Sociedad Conyugal que rige el mismo. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 102 y 103 de la Ley para la Familia; 262, 263, 264, 265, 266, 267, 468 al 476 del Código de Procedimientos Familiares en vigor, es de resolverse y se: R E S U E L V E:
6 PRIMERO.- Este Juzgado ha sido competente para conocer y resolver el presente juicio. SEGUNDO.- Ha procedido la Vía Especial de Divorcio Bilateral. TERCERO.- Se aprueba en todas y cada una de sus partes el convenio celebrado por los Ciudadanos **** y ****, de fecha 07 siete de Enero de 2013, dos mil trece, con las adiciones realizadas al mismo mediante escrito de fecha 19 diecinueve de Febrero del presente año, por reunir los requisitos que exige el artículo 470 del Código de Procedimientos Familiares, vigente en el Estado, condenándoles a su fiel y puntual cumplimiento, en todo tiempo y lugar. CUARTO.- Se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los Ciudadanos **** y ****, celebrado ante el Oficial del Registro del Estado Familiar de Apan, Hidalgo, en la Oficialia ****, del Libro Numero ****, a la Foja Numero ****, Acta Numero ****, de fecha de registro ****; así como la Sociedad Conyugal que rige el mismo. QUINTO.- En lo sucesivo, la Ciudadana ****, deberá utilizar su nombre de soltera. SÉXTO.- Una vez que cause ejecutoria la presente resolución, dése cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 116 de la Ley para la Familia; girándose para tal efecto atento exhorto con los insertos necesarios al C. Juez Civil y Familiar del Distrito Judicial de Apan, Hidalgo, para que en auxilio de las labores de este H. Juzgado se lleve a cabo lo conducente. SEPTIMO.- De conformidad con lo dispuesto por el numeral 23 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo, la cual fue publicada el 29 veintinueve de Diciembre del año 2007 dos mil siete en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, misma
7 que entró en vigor un día después de su publicación, de conformidad con lo dispuesto por el transitorio PRIMERO, en la que se impone la obligación de hacer públicas las sentencias que hayan causado estado o ejecutoria; para dar cumplimiento a dicho precepto, se requiere a las partes para que en el término legal de 3 tres días, manifiesten si es su voluntad que en el extracto de la resolución se publiquen sus datos personales, en el entendido que de no realizar manifestación alguna, se entenderá su inconformidad con la publicación de los mismos. OCTAVO.- Notifíquese y cúmplase. A S Í, definitivamente lo resolvió y firmó la Juez Tercero Familiar de éste Distrito Judicial, Ciudadana LICENCIADA MARISOL LÓPEZ BARRERA, que actúa con Secretario de Acuerdos que autentica y da fe, Ciudadana LICENCIADA CONSEPCION ALEJANDRA JAEN MARISCAL. En términos de lo previsto en el/los artículos 23, 42 Fracción V y 43 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para el Estado de Hidalgo, en esta versión se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos. Autorizo MTRO. ELIGIO JOSE URIBE MORA, 09 de Julio de 2013, dos mil trece.