Registro Nacional de Turismo. Santiago de Cali, 20 de febrero de 2018

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Transcripción:

Santiago de Cali, 20 de febrero de 2018

Cambios normativos y requisitos para actualizar el Registro Nacional de Turismo 2

Es un registro en el cual deben inscribirse los prestadores de servicios turísticos y tiene por objeto: Habilitar las actividades de los prestadores de servicios turísticos. Dar publicidad a los actos de inscripción, actualización, modificación, cancelación o suspensión de la inscripción. Establecer un sistema de información sobre el sector turismo. Es requisito previo para iniciar operaciones 3

Principales disposiciones normativas relacionadas con el Registro Nacional de Turismo Normas Año Breve descripción Ley 300 1996 Ley General de Turismo Ley 1101 2006 Modifica la Ley 300 de 1996 Ley General de Turismo Decreto 019 2012 Normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública Ley 1558 2012 Modifica las leyes 300 de 1996 y 1101 de 2006 Decreto 1074 2015 Circular Única SIC Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo (El Decreto 229 del 14 de febrero de 2017 modificó este decreto) Instrucciones para llevar el Registro Nacional de Turismo 4

Prestadores de servicios turísticos Los hoteles, centros vacacionales, campamentos, viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente, excluidos los establecimientos que prestan el servicio de alojamiento por horas. Las agencias de viajes y turismo, agencias mayoristas y las agencias operadoras. Las oficinas de representaciones turísticas. Los guías de turismo. Los operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones. Los arrendadores de vehículos para turismo nacional e internacional. Los usuarios operadores, desarrolladores e industriales en zonas francas turísticas. 5

Prestadores de servicios turísticos Las empresas promotoras y comercializadoras de proyectos de tiempo compartido y multipropiedad. Las compañías de intercambio vacacional. Los establecimientos de gastronomía y bares. Las empresas captadoras de ahorro para viajes y de servicios turísticos prepagados. Los concesionarios de servicios turísticos en parque. Las empresas de transporte terrestre automotor especializado, las empresas operadoras de chivas y de otros vehículos automotores que presten servicio de transporte turístico. Los parques temáticos. Los demás que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Gobierno Nacional determinen. 6

Acceso www.ccc.org.co 7

Trámites Registro Nacional de Turismo Inscripción Actualización Suspensión 8

Trámites Registro Nacional de Turismo Reactivación Edición Cancelación 9

Actualización Registro Nacional de Turismo Paso 1 Renueve su matrícula mercantil Paso 2 Seleccione en www.ccc.org.co, servicios virtuales, Registro Nacional de Turismo, ingreso prestador (usuario/contraseña) Paso 3 Diligencie el formulario de actualización Paso 4 Realice el pago del impuesto de registro Paso 5 Adjunte los documentos obligatorios 10

Requisitos generales para la actualización: La actividad económica reportada en el Registro Mercantil debe corresponder a la categoría o subcategoría de prestador de servicios turísticos en el Registro Nacional de Turismo. Informar el cumplimiento de la Norma Técnica Sectorial que le aplique. Informar el cumplimiento de la Certificación calidad turística (turismo de aventura). Realizar el pago del impuesto de registro (sin cuantía). 11

Requisitos nuevos para la actualización: Diligenciar la capacidad técnica: relación de los elementos electrónicos, magnéticos y mecánicos puestos al servicio de la empresa en cual se presta el servicio. Diligenciar la capacidad operativa: descripción de la estructura orgánica y el número de empleados, con indicación del nivel de formación cada uno de ellos. Diligenciar en el formulario electrónico la información correspondiente al patrimonio neto (adjuntar estado de situación financiera). Adherirse al código de conducta (evitar explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes). 12

Requisitos nuevos para la actualización: Certificación de pago contribución parafiscal expedida por Fontur certificacionesrnt@fontur.com.co (15 días hábiles). No están obligados a adjuntar la certificación de pago de la contribución parafiscal: Los guías de turismo Las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente que tengan ingresos operacionales inferiores a 50 smlmv y las que estén ubicadas en territorios indígenas con ingresos operacionales inferiores a 100 smlmv. 13 Las empresas operadoras de proyectos de tiempo compartido y multipropiedad.

Requisitos específicos para cada prestador: Viviendas turísticas: incluye los que se dediquen a la operación de inmuebles o intermediación del servicio de alojamiento en viviendas turísticas; y los que destinen vivienda turística su propiedad a prestar servicio alojamiento turístico y la operen directamente. Deben estar matriculadas previamente en el Registro Mercantil Individualizar su inscripción en el RNT La destinación de los inmuebles sometidos a régimen de propiedad horizontal para la prestación de los servicios de vivienda turística debe estar autorizada en los reglamentos de propiedad horizontal. 14

Requisitos específicos: Oficinas de representación turística Señalar las empresas y los productos o servicios que representan, para lo cual deberán adjuntar los documentos que acrediten que por parte de la representada se le ha conferido un mandato para adelantar la venta, promoción o explotación de servicios turísticos en el territorio nacional o en el extranjero. Cuando la representación fuera de una agencia de viajes, la oficina de representaciones turísticas deberá cumplir con las normas que rigen a estos prestadores de servicios turísticos y los relativos a la correspondiente inscripción. 15

Requisitos específicos: Guías de Turismo El solicitante debe estar acreditado con la correspondiente tarjeta profesional (Consejo Profesional de Guías de Turismo). 16

Requisitos específicos: Arrendadores de vehículos Diligenciar en el formulario los datos correspondientes a la existencia del local comercial abierto al público. Adjuntar la relación de vehículos de su propiedad con los que presta el servicio o bajo la figura de arrendamiento financiero o leasing, certificada por contador público. Adjuntar las tarifas de vehículos y servicios accesorios, suscrito por contador público o revisor fiscal. 17

Requisitos específicos: Usuarios Industriales de servicios turísticos en zonas francas: Calificación como usuario industrial de servicios turísticos; o Reconocimiento como tal por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. 18

Requisitos específicos: Establecimientos de gastronomía y bares Ingresos por ventas anuales superiores a 500 smlmv Se encuentren en los lugares que determine como sitio de interés turístico el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. 19

Requisitos específicos: Empresas captadoras de ahorro para viajes y de servicios: patrimonio neto de dos mil quinientos (2.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Empresas de transporte terrestre automotor especial, empresas operadoras de chivas y otros vehículos automotores que presten servicio de transporte turístico: resolución Mintransporte. Parques temáticos: adjuntar el registro expedido por la autoridad distrital o municipal. 20

Otras disposiciones: No se inscriben en el RNT, los establecimientos de alojamiento por horas Los guías de turismo no requieren estar matriculados en el Registro Mercantil. Cuando el prestador de servicios turísticos no actualice durante dos (2) periodos consecutivos su Registro Nacional de Turismo se cancelará de manera automática la inscripción del mismo. 21

Plazo para que la Cámara de Comercio de respuesta al trámite La Cámara de Comercio procederá a efectuar el registro, devolver o rechazar la solicitud, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud en el sistema. Certificado Una vez aprobada la solicitud de inscripción o actualización o cuando el prestador solicite alguna modificación de sus datos, podrá descargar desde el sistema del RNT, el certificado respectivo. 22

23 Registro Nacional de Turismo

Información adicional de interés Resolución 1236 del 28 de junio de 2017 del MINCIT. Requisitos para la certificación virtual de normas técnicas sectoriales del sector turismo. Circular No. 002-2017 del 25 de julio de 2017 del MINCIT. Esquema de certificación virtual de calidad turística www.certificacioncalidadturistica.com.co 24

Información adicional de interés Centro de Información Turística de Colombia Es un sistema único integral para el manejo de información cuantitativa y cualitativa de turismo de Colombia, que facilita el seguimiento del comportamiento del turismo y genera datos para la formulación, evaluación y seguimiento para la toma de decisiones tanto en el sector público como privado, haciendo uso de las tecnologías de la información. www.citur.gov.co 25

Información adicional de interés Situr Valle del Cauca Sistema de información turística del Valle www.siturvalle.com 26

Mayor información Call center (2) 8861329 contacto@ccc.org.co www.ccc.org.co Sedes de la Cámara de Comercio 27

28 Gracias