Programa de Bienes Públicos SUT PARAGUAY Cali, Colombia Octubre 2010 OFIC. INSP. OS. TEÒDULO PALACIOS LICENCIADO ROBERTO ESCURRA
1- Experiencia del país en cuanto a la recolección de información a- Policía Nacional b- Ministerio Público POLICIA NACIONAL Reglamento Orgánico Funcional Objetivo Sistema de Información Art: 91; Del Departamento de Estadística Responsable de organizar, clasificar, tabular, analizar datos, producir estadísticas y distribuirlas. Compilar datos, tabular, producir estadística, publicar y difundir a quienes correspondan el informe estadístico con la finalidad de servir como base para la toma de decisiones y correcciones considerados sensibles y vulnerables del Comando Institucional. NO SE DISPONE DE UN SOFTWARE DE INFORMACION
POLICIA NACIONAL Como se Trabaja Actualmente Antecedentes Del Sistema SE UTILIZA UNA PLANILLA ELECTRONICA E X C E L DE LA FAMILIA MICROSOFT OFFICE, CON SISTEMA OPERATIVO WINDOWS 2007 NO EXISTE REFERENCIAS Fuentes de Información Información que produce el sistema Productos y usuarios de los datos difundidos Reportes de Funcionarios Policiales, redactadas a partir de Actas de Denuncias. Número de casos de cada evento, proporciones, tablas, comparaciones con periodos anteriores Boletines Anules, Semestral, Mensual para Reportes Estadísticos
FLUJO DE INFORMACION SUB COMISARIAS DPTO. DE ESTADISTICA COMISARIAS JEFATURA DIRECCION ORDEN y SEGURIDAD DIRECCION DE ZONA COMANDANCIA POLICIA NACIONAL
Sistema de Información MINISTERIO PÚBLICO Sistema Informático SIAC/SIGEFI De no contar con el Sistema Informático, se deber completar, la Planilla que el Dpto de Estadísticas diseño. Como se Trabaja Actualmente Si los datos son enviados en soportes magnéticos (en caso de que los datos provengan de los Sistemas Informáticos SIAC/SIGEFI, EXCELL, etc) estos deberán ser verificados Si los datos provienen del Sistema Informático SIGEFI, deberán coordinar con la Dirección de Informática para la migración de los datos a una base de datos entendible por el ACCESS. Si los datos son enviados en Planilla o copias de libro, estos deberán ser verificados antes de cargar Fuentes de Información Mesas de entrada, Unidades de apoyo y Unidades penales del Ministerio Público
Información que produce el sistema Productos y usuarios de los datos difundidos Fecha denuncia, Lugar del hecho, código de denuncia, Delito. Anuario Estadístico, Informes estadísticos, Boletín estadístico, Atlas criminológico, Memoria, Informe de Gestión Qué datos se recolectan? Mesa de Entrada Gestión ó n Fiscal Atención a Ví ctimas Medicina Legal
Mesas de Entrada del Pa ís Sistema Informático Manual SIAC SIGEFI(migración Copia de seguridad Planilla Referente del Área Mesa de Entrada Sede Central
MINISTERIO PUBLICO Reglamento Orgánico Funcional Objetivo La Ley Nº 1.562/00 de la Carta Or gánica del Ministerio Público en su art. 14 menciona que: para el mejor cumplimiento de sus funciones en materia penal, el Ministerio Público deberá: elaborar estadísticas de los hechos punibles y de los procesos penales e integrar un sistema general de información con las otras oficinas o instituciones que producen estadísticas relacionadas con las funciones del Ministerio Publico. Centralización de la producción de las Estadísticas, mediante la tarea de recepción, carga, verificación y procesamiento de los datos enviados por las distintas fuentes de datos así como la elaboración de documentos estadísticos; tales como anuarios, atlas, trípticos, etc
NOMBRE DE LA NORMA FUNCIÓN DE LA NORMA OBJETIVO PRINCIPIOS BÁSICOS Código Penal Hecho punible contra la vida Art. 105 Homicidio doloso Art. 106 Homicidio Motivado por Súplica de la Víctima Definir el Hecho Punible, Establecer el grado de reprochabilidad y la pena por la violación del bien jurídico Protección de la vida de los seres humanos Debido Proceso Penal y la protección al bien jurídico: La Vida
CONCEPTO DE CONVIVENCIA O SEGURIDAD CIUDADANA IMPLICACIONES SOBRE LA PRODUCCIÓN O USO DE LA INFORMACIÓN LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN SEGÚN LA NORMA INSTITUCIÓN ASIGNADA SISTEMA DE CONTROL Y RESPONSA BILIDAD Sancionar penalmente a la persona que priva de su vida a otro Ser Humano en forma consiente. La información será reservada y manejada por la policía en la investigación preliminar, bajo dirección Fiscal y Control del Poder Judicial. La norma sustantiva no lo establece. La Legislación Procesal define competencias y pautas de actuación para los sujetos intervinientes En todos los casos el conocimiento del hecho corresponde al Ministerio Público, con independencia de la existencia o no de una intervención policial preliminar La responsabilidad penal solamente la identifica el juez. El mismo ejerce el Control de la Investigación