FONDO DE INVERSIÓN PENTA LAS AMÉRICAS INFRAESTRUCTURA DOS INFORMA DEPÓSITO Y MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO INTERNO DEL FONDO

Documentos relacionados
CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO DE INVERSIÓN LARRAÍN VIAL HARBOURVEST EX - US

FONDO DE INVERSION INMOBILIARIA SANTANDER MIXTO CONTRATO DE APORTE

FONDO DE INVERSION SANTANDER-SANTIAGO DESARROLLO INMOBILIARIO II PROSPECTO PARA EMISION DE CUOTAS

Santiago, 22 de Diciembre de Señor Aportante Fondos Mutuos IM Trust Presente. De nuestra consideración:

CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO DE INVERSIÓN CHILE BLEND

POR. Letra A.1.1. Nombre del Fondo: Se modifica el nombre a Fondo Mutuo Latam Corporate Investment Grade.

MODIFICACIONES AL REGLAMENTO INTERNO DEL FONDO DE INVERSIÓN NEVASA HMC RENTA FIJA LOCAL. Nevasa HMC S.A. Administradora General de Fondos

REGLAMENTO INTERNO FONDO DE INVERSIÓN PÚBLICO PENTA LAS AMÉRICAS INFRAESTRUCTURA DOS

PRIMERA PARTE Capítulo 1.3 Hoja N 1 Normas Monetarias y Financieras MERCADO PRIMARIO DE INSTRUMENTOS DE DEUDA EMITIDOS POR EL BANCO CENTRAL DE CHILE

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS BANCHILE ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Fondo de Inversión Banchile Inmobiliario IV

BOLSA ELECTRONICA DE CHILE, BOLSA DE VALORES POLITICA SOBRE OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO MUTUO CORP OPORTUNIDAD DÓLAR

AVISO FONDO DE INVERSIÓN INVERSIONES HOTELERAS. Fondo de Inversión Administrado por LARRAÍN VIAL ACTIVOS S.A. ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS

Los principales cambios y/o modificaciones introducidas al Reglamento General de Fondos son:

i) El Fondo cambio de nombre de IM Trust Trading Deuda Local a Credicorp Capital Macro CLP 3.

BANCHILE ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. FONDO MUTUO RENTA VARIABLE CHILE MODIFICACIÓN REGLAMENTO INTERNO POR

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores

Estados Financieros BANESTADO MICROEMPRESAS S.A. ASESORIAS FINANCIERAS. Santiago, Chile Diciembre 31, 2001 y 2000

NORMA LA ADQUISICIÓN DE INSTRUMENTOS CON RETROVENTA PARA LOS FONDOS MUTUOS Y DEROGA CIRCULAR N DE 1997.

Modificación Reglamento Interno Fondo Mutuo Itaú Plus

CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO DE INVERSIÓN LARRAÍN VIAL DEUDA CON SUBSIDIO HABITACIONAL

AVISO FONDO DE INVERSIÓN LARRAÍN VIAL BCP. Fondo de Inversión Administrado por LARRAÍN VIAL ACTIVOS S.A. ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS

Modificación Reglamento Interno Fondo Mutuo EuroAmerica Experto

COMUNICACION INTERNA Nº

Unidad responsable del documento Gerencia de Control Financiero

COMUNICACION INTERNA Nº

Estados Financieros BANCO FALABELLA CORREDORES DE SEGUROS LTDA.

En la letra B. Política de Inversión y Diversificación, Número 1. Objeto del Fondo, se hicieron las siguientes modificaciones:

CIRCULAR N Estado de Cambio de la Inversión en Instrumentos Extranjeros

AVISO FONDO DE INVERSIÓN LARRAINVIAL CORDILLERA. Fondo de Inversión Administrado por

REGLAMENTO INTERNO BICE ARGENTINA FONDO DE INVERSIÓN

CIRCULAR Nº 166 OPERACIONES SIMULTÁNEAS; TEXTO REFUNDIDO DE LAS CIRCULARES COMPLEMENTARIAS

CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO MUTUO CORP MAS PATRIMONIO SERIE

Programa de Capacitación 2016

NORMA LA INVERSIÓN DE LOS FONDOS MUTUOS EN INSTRUMENTOS DERIVADOS. DEROGA NORMA DE CARÁCTER GENERAL N 71 Y SUS MODIFICACIONES.

COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO DEROGA ACUERDO N 8 Y FIJA PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE CUOTAS DE FONDOS DE INVERSIÓN Y FONDOS MUTUOS NACIONALES

FONDO DE INVERSION SANTANDER DESARROLLO INMOBILIARIO V PROSPECTO PARA EMISION DE CUOTAS. 1.3 Fecha del prospecto Octubre del año 2007

Capítulo II. Disposiciones Legales Generales de Custodia de Títulos de los Fondos de Pensiones

TEXTO DEL PROYECTO DE LEY APROBADO POR EL SENADO

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO CELFIN ACCIONES USA

TEXTO ACTUALIZADO. Disposición: CIRCULAR N 108 (de ) Para: COOPERATIVAS. Materia:

BLUMAR S.A. CÓDIGO DE CONDUCTA RESPECTO DE OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

Política. De Habitualidad para Operaciones con Partes Relacionadas

HBCL Política Habitualidad para Operaciones con Partes

TEXTO ACTUALIZADO. Disposición: CIRCULAR N 108 (de ) COOPERATIVAS. Para: Instrucciones generales para las cooperativas de ahorro y crédito.

POLITICA GENERAL DE HABITUALIDAD BANMEDICA S.A.

CIRCULAR Nº 218. Santiago, 27 de septiembre de 2011

COMUNICACION INTERNA Nº

BCI ASESORIA FINANCIERA S.A. Estados financieros. 31 de diciembre de 2003 CONTENIDO

REGLAMENTO INTERNO FONDO DE INVERSIÓN INDEPENDENCIA RENTAS INMOBILIARIAS

COMUNICACION INTERNA Nº

FONDO DE INVERSION SANTANDER-SANTIAGO DESARROLLO INMOBILIARIO III PROSPECTO PARA EMISION DE CUOTAS

SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANCIERO SAN SALVADOR, EL SALVADOR, C.A. TELEFONO (503) Web:

COMUNICACION INTERNA Nº

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION DE CUOTAS DE FONDOS DE INVERSION Y FONDOS MUTUOS EN LA BOLSA DE COMERCIO DE SANTIAGO

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL

otro significado, se entenderá:


(b) Operaciones con Retroventa, se especifican los activos sobre los cuales se pueden efectuar operaciones de retroventa, que serán los siguientes:

DEPOSITO DE VALORES EN CHILE: REGULACION, DESARROLLO Y SUPERVISION

del Notariado, la Sala Segunda y la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, principalmente.

Carlos F. Marín Orrego S.A. Corredores de Bolsa. Activo Circulante

COMUNICACION INTERNA N

PRINCIPALES, ADMINISTRADORES Y LIQUIDADORES Y SU ACTUALIZACION CONTINUA. MODIFICA OFICIO CIRCULAR N DE 9 DE JUNIO DE 2000.

BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2004

MANDATO. SERVICIOS CORPORATIVOS CREDITO FAMILIAR, S.A. DE C.V. (Servicios CF)

REGLAMENTO INTERNO FONDO DE INVERSIÓN SARTOR LEASING A) CARACTERÍSTICAS DE FONDO DE INVERSIÓN SARTOR LEASING

FONDO DE INVERSION SANTANDER-SANTIAGO DESARROLLO INMOBILIARIO IV PROSPECTO PARA EMISION DE CUOTAS

CIRCULAR No 469. REF.: CUSTODIA DE TÍTULOS Y VALORES DE LOS FONDOS DE PENSIONES: MODIFICA CIRCULAR No 1217.

NORMA DE CARACTER GENERAL N. A las empresas mineras

CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO DE INVERSIÓN LARRAÍN VIAL BCP

Por medio del cual se reglamentan parcialmente los artículos 3, 5, 7, 8, 9, 10 y 14 de la Ley 797 de 2003.

REGLAMENTO SOBRE DIVULGACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN DE ENTIDADES EMISORAS

AMERIS DESARROLLO INMOBILIARIO VI FONDO DE INVERSIÓN I. INFORMACIÓN GENERAL DEL FONDO

Tarifas de Productos y Servicios Banco Itaú CorpBanca 2016

Empresa Portuaria Talcahuano San Vicente RUT.: Avda. Blanco Encalada Nº 547, Talcahuano

CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS BICE INMOBILIARIO III FONDO DE INVERSIÓN

GENERA CORREDORES DE SEGUROS LTDA. Estados financieros. 31 de diciembre de 2004 CONTENIDO

REGLAMENTO INTERNO. FONDO DE INVERSION FYNSA RENTA INMOBILIARIA I (No Rescatable) administrado por FYNSA Administradora General de Fondos S.A.

CIRCULAR Nº 357. Al respecto, el Directorio de la Bolsa, en cumplimiento de lo dispuesto por la NCG 380, acordó lo siguiente:

FONDO MUTUO SURA RENTA CORTO PLAZO CHILE SERIE A Folleto Informativo al cierre de diciembre 2017

CIRCULAR N SANTIAGO '1 2 FEB. 2010

COMUNICACION INTERNA Nº

Estados Financieros Anuales 2005 CORPBANCA ASESORIAS FINANCIERAS S.A.

BANCO CENTRAL DE CHILE CARTA CIRCULAR

REF.: ESTABLECE NORMAS PARA LA VALORIZACIÓN Y CONTABILIZACIÓN DE OPERACIONES DE VENTA CORTA Y PRÉSTAMO DE ACCIONES.

REGLAMENTO INTERNO FONDO DE INVERSIÓN ACTIVA DEUDA SGR

LABORATORIO ANDROMACO S.A. Y AFILIADAS HECHOS RELEVANTES

ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL POLÍTICA DE HABITUALIDAD PARA OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

Estados Financieros CLINICA ODONTOLOGICA UDP S.A.

REGLAMENTO INTERNO. FONDO DE INVERSIÓN FYNSA DEUDA CHILE (Rescatable) administrado por FYNSA Administradora General de Fondos S.A.

Para todas las sociedades que administren fondos mutuos o fondos de inversión

SCOTIA SUD AMERICANO ASESORÍAS FINANCIERAS LTDA.

PROCESO DE CANJE DE DEUDAS. Empresas La Polar S.A.

CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO DE INVERSIÓN LARRAÍN VIAL HARBOURVEST EX - US

COMUNICACION INTERNA N

REGLAMENTO INTERNO FONDO DE INVERSIÓN ACTIVA DEUDA AUTOMOTRIZ GLOBAL

REGULACION APLICABLE A LA INFORMACIÓN PRIVILEGIADA. 1. Ley de Mercado de Valores : Decreto Legislativo 861

Transcripción:

Santiago, 29 de junio de 2017 FONDO DE INVERSIÓN PENTA LAS AMÉRICAS INFRAESTRUCTURA DOS INFORMA DEPÓSITO Y MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO INTERNO DEL FONDO Señor aportante: Por medio de la presente, tengo a bien comunicar a Ud. que con fecha 30 de junio de 2017, Penta Las Américas Administradora General de Fondos S.A. procedió a depositar en el registro que al efecto lleva la Superintendencia de Valores y Seguros, el texto refundido del Reglamento Interno del Fondo de Inversión Penta Las Américas Infraestructura Dos, al cual se le introdujeron las modificaciones que se indican más adelante. Dichas modificaciones fueron aprobadas por la Asamblea Extraordinaria de Aportantes realizada con fecha 28 de junio de 2017 en las oficinas de la sociedad administradora. De conformidad con lo establecido por la Norma de Carácter General número 365 ya individualizada y por el expreso acuerdo de la unanimidad de las cuotas suscritas con derecho a voto del Fondo, el nuevo texto del Reglamento Interno entrará en vigencia el día hábil siguiente al depósito respectivo, esto es, el día 3 de julio de 2017. Las modificaciones realizadas se individualizan a continuación: DETALLE DE LAS MODIFICACIONES Sección del R.I. Modificación Texto anterior Texto modificado 21.1 Base de cálculo de la Remuneración Fija remuneración fija La remuneración fija ascenderá al 1,2% anual más IVA, calculado sobre el valor del activo representado por la inversión del Fondo, de manera directa o indirecta, en las Sociedades, incluyendo títulos de deuda asociados a los referidos títulos de capital, conforme a este Reglamento Interno. La remuneración fija, se devengará diariamente y se cobrará el último día hábil de La remuneración fija será de UF 351 + IVA mensual que se devengará a partir del 1 de julio de 2017. Este valor se ajustará en la medida que el fondo perciba disminuciones de capital, y el ajuste corresponderá a la proporción de días remanentes hasta el término del mes, contados desde la fecha efectiva del haber percibido disminuciones, calculado sobre la base de 1,2% anual

2 Artículo 22 Política de gastos del Fondo cada mes. Además de la remuneración de administración, el Fondo deberá, con sus recursos, solventar los siguientes gastos: 1. Gastos de colocación de las Cuotas del Fondo 2.- Honorarios de los auditores independientes y gastos incurridos por los mismos en las auditorías realizadas a los estados financieros, memoria anual del Fondo o de las empresas que sean evaluadas como alternativa de inversión, y que no cuenten con información debidamente auditada. Honorarios referentes a informes periciales, asesorías, gestión y estudios realizados por peritos u otros profesionales cuyos servicios sea necesario contratar para las operaciones del Fondo, incluyendo todos aquellos gastos anteriores o coetáneos a la formación del Fondo necesarios para permitir la inversión de éste en las Sociedades. Asimismo, serán a cargo del Fondo los gastos de traslados y estadía asociados a la dirección, mantención, supervisión y monitoreo de los proyectos del Fondo. 3. Comisiones, provisiones de fondos, derecho base 365 días del monto en cuestión, todo ello en UF. La remuneración fija, se devengará diariamente y se cobrará el último día hábil de cada mes. Sin perjuicio de lo anterior, únicamente para el mes de junio de 2017, la Administradora recibirá una remuneración fija de UF 351 + IVA, pagadera a partir del último día hábil de dicho mes. Además de la remuneración de administración, el Fondo deberá, con sus recursos, solventar los siguientes gastos: 1. Gastos de colocación de las Cuotas del Fondo 2.- Honorarios de los auditores independientes y gastos incurridos por los mismos en las auditorías realizadas a los estados financieros, memoria anual del Fondo o de las empresas que sean evaluadas como alternativa de inversión, y que no cuenten con información debidamente auditada. Honorarios referentes a informes periciales, asesorías, gestión y estudios realizados por peritos u otros profesionales cuyos servicios sea necesario contratar para las operaciones del Fondo, incluyendo todos aquellos gastos anteriores o coetáneos a la formación del Fondo necesarios para permitir la inversión de éste en las Sociedades. Asimismo, serán a cargo del Fondo los gastos de traslados y estadía asociados a la dirección, mantención, supervisión y monitoreo de los proyectos del Fondo. 3. Comisiones, provisiones de fondos, derecho de bolsa y

3 de bolsa y otros gastos asociados a la compra o venta de los activos del Fondo, incluyendo las inversiones en cuotas de fondos mutuos. 4. Gastos legales, permanentes o esporádicos para uno o más proyectos o activos del fondo, gastos notariales y gastos del Conservador de Bienes Raíces y del Diario Oficial, originados por la formación del Fondo, la transformación del mismo, así como por las operaciones que realice. 5. Litigios, costas, honorarios profesionales y otros gastos legales incurridos en defensa de los intereses del Fondo (incluyendo compensaciones monetarias por fallos judiciales o arbitrales como sanciones administrativas, todas las anteriores nacionales o extranjeras, emitidas en contra de los intereses del Fondo). 6. Toda comisión, derecho de bolsa u otros derechos, provisión de fondos, u otro gasto que se derive, devengue, cobre o en que se incurra con ocasión de la inversión, reinversión, desarrollo, o transferencia de los recursos del Fondo, especialmente las comisiones de intermediación y custodia. 7. Honorados correspondientes al Comité de Vigilancia y todo servicio que deba contratar el citado Comité para el cumplimiento de sus funciones. 8. Los gastos bancarios, intereses, e impuestos derivados de créditos contratados por cuenta del Fondo. 9. Gastos derivados de la otros gastos asociados a la compra o venta de los activos del Fondo, incluyendo las inversiones en cuotas de fondos mutuos. 4. Gastos legales, permanentes o esporádicos para uno o más proyectos o activos del fondo, gastos notariales y gastos del Conservador de Bienes Raíces y del Diario Oficial, originados por la formación del Fondo, la transformación del mismo, así como por las operaciones que realice. 5. Litigios, costas, honorarios profesionales y otros gastos legales incurridos en defensa de los intereses del Fondo (incluyendo compensaciones monetarias por fallos judiciales o arbitrales como sanciones administrativas, todas las anteriores nacionales o extranjeras, emitidas en contra de los intereses del Fondo). 6. Toda comisión, derecho de bolsa u otros derechos, provisión de fondos, u otro gasto que se derive, devengue, cobre o en que se incurra con ocasión de la inversión, reinversión, desarrollo, o transferencia de los recursos del Fondo, especialmente las comisiones de intermediación y custodia. 7. Honorarios correspondientes al Comité de Vigilancia y todo servicio que deba contratar el citado Comité para el cumplimiento de sus funciones. 8. Los gastos bancarios, intereses, e impuestos derivados de créditos contratados por cuenta del Fondo. 9. Gastos derivados de la convocatoria, citación,

4 convocatoria, citación, realización y legalización de las asambleas de Aportantes. 10. Seguros y demás medidas de seguridad que deben adoptarse por parte del Fondos de Inversión en conformidad a la Ley, a que se acoja este Reglamento Interno, o demás normas aplicables a los fondos de inversión, para el cuidado y conservación de los títulos que integren el activo del Fondo, incluida la comisión y gastos derivados de la custodia de títulos. 11. Honorarios y gastos por el servicio de clasificación de riesgo, de haberlos. 12. Gastos de liquidación del Fondo, incluida la remuneración u honorarios del liquidador, incluyendo los gastos que provoquen la discusión o decisión relativa a la liquidación anticipada del Fondo, los cuales deberán ser aprobados en la asamblea extraordinaria de Aportantes. 13. Gastos de publicaciones, informes, y documentos que deban realizarse en conformidad a las normas aplicables a los fondos de inversión en virtud de lo que corresponda conforme a este Reglamento Interno y a las normas de la Ley y el Reglamento de la Ley, así como las normas que dicte la Superintendencia. 14. Gastos derivados de la contratación de servicios externos para la ejecución y evaluación de determinados actos, negocios, actividades o enajenación de activos, incluyendo sin limitación procesos de due diligence o revisión de proyectos, sea de orden legal, financiero, realización y legalización de las asambleas de Aportantes. 10. Seguros y demás medidas de seguridad que deben adoptarse por parte del Fondos de Inversión en conformidad a la Ley, a que se acoja este Reglamento Interno, o demás normas aplicables a los fondos de inversión, para el cuidado y conservación de los títulos que integren el activo del Fondo, incluida la comisión y gastos derivados de la custodia de títulos. 11. Honorarios y gastos por el servicio de clasificación de riesgo, de haberlos. 12. Gastos de liquidación del Fondo, incluida la remuneración u honorarios del liquidador, incluyendo los gastos que provoquen la discusión o decisión relativa a la liquidación anticipada del Fondo, los cuales deberán ser aprobados en la asamblea extraordinaria de Aportantes. 13. Gastos de publicaciones, informes, y documentos que deban realizarse en conformidad a las normas aplicables a los fondos de inversión en virtud de lo que corresponda conforme a este Reglamento Interno y a las normas de la Ley y el Reglamento de la Ley, así como las normas que dicte la Superintendencia. 14. Gastos derivados de la contratación de servicios externos para la ejecución y evaluación de determinados actos, negocios, actividades o enajenación de activos, incluyendo sin limitación procesos de due diligence o revisión de proyectos, sea de orden legal, financiero,

5 tributario, operacional, técnico o de toda otra naturaleza, y asesorías de todas esas áreas, tales como asesorías prestadas por bancos de inversión, entre otros, y los gastos de los aspectos asociados a ello, lo que contempla el traslado y similares, que sean necesarios o convenientes para el cumplimiento del objeto del Fondo lo que podrá incluir servicios prestados por personas relacionadas a la Administradora. En todo caso, estos gastos solventados con recursos del Fondo (con la sola excepción de gastos relativos a litigios y gastos financieros a que aluden los N 4), 5), 8) y 14), este último en lo relativo a la enajenación de activos, respectivamente del inciso anterior), no podrán exceder anualmente del 1,25% del Valor del Fondo, salvo durante el Período de Inversión y Período de Desinversión, en que no existirá límite y todo gasto deberá ser soportado por el Fondo y en ningún caso por la Administradora. Los gastos relativos a litigios y gastos financieros a que aluden los N 4), 5), 8) no podrán exceder anualmente de un 1,5% y un 5%, respectivamente, del Valor del Fondo. Los gastos a que se refiere el número 14) anterior en cuanto a la enajenación de activos, no estarán sujetos a límite, aun cuando se efectúen fuera del Período de Inversión o del Período de Desinversión. Los excesos de estos gastos sobre sus respectivos porcentajes deberán ser de cargo de la Administradora. Será facultad de los Aportantes tributario, operacional, técnico o de toda otra naturaleza, y asesorías de todas esas áreas, tales como asesorías prestadas por bancos de inversión, entre otros, y los gastos de los aspectos asociados a ello, lo que contempla el traslado y similares, que sean necesarios o convenientes para el cumplimiento del objeto del Fondo lo que podrá incluir servicios prestados por personas relacionadas a la Administradora. Para los efectos de este Reglamento Interno, se entenderá por Valor de la Inversión el valor de compra de la participación directa e indirecta del Fondo en Sociedad Concesionaria Autopistas de Antofagasta, cifra a la cual se restarán las devoluciones hechas a título de disminuciones de capital de dicha participación,, todo ello expresado en unidades de fomento. Los gastos de cargo del Fondo, con la sola excepción de aquellos relativos a litigios y gastos financieros a que aluden los N 4), 5), 8) y 14), todos ellos del párrafo anterior, no podrán exceder anualmente del 1,25% del Valor de la Inversión, salvo durante el Período de Inversión y Período de Desinversión, en que no existirá límite y todo gasto deberá ser soportado por el Fondo y en ningún caso por la Administradora. Los gastos relativos a litigios y gastos financieros a que aluden los N 4), 5), 8) no podrán exceder anualmente de un 1,5% y un 5%,

6 reunidos en asamblea extraordinaria autorizar a la Administradora a exceder los límites anteriores. La Administradora estará facultada para contratar la prestación de servicios externos necesarios para el cumplimiento de su giro, distintos a los señalados o por montos superiores al límite anual señalado al comienzo de esta sección, los que en todo caso serán de cargo de la Administradora. Asimismo, en caso de que los gastos del Comité de Vigilancia indicados en el numeral 7) excedan del 0,10% del Valor del Fondo, se aumentará en la proporción que exceda de dicho 0,10% del Valor del Fondo, el límite máximo de 1,25% señalado en el párrafo anterior. En el informe anual a los partícipes se entregará una información completa de cada uno de estos gastos solventados con recursos del Fondo. Con todo, los impuestos, retenciones u encajes u otro tipo de carga tributaria o cambiaria que, conforme al marco legal vigente, deba pagar el Fondo en la adquisición o enajenación de inversiones directas del Fondo, las operaciones del Fondo o a las ganancias del Fondo, entendiéndose por ganancias los dividendos e intereses que reciba el Fondo por las inversiones directas y el mayor valor de venta de las inversiones directas del Fondo, no tendrán límite respectivamente, del Valor de la Inversión. Sin perjuicio de los límites señalados, los gastos a que se refiere el número 14) de este artículo, únicamente en cuanto a la enajenación de activos, no estarán sujetos a límite, aun cuando se efectúen fuera del Período de Inversión o del Período de Desinversión. Los excesos de estos gastos sobre sus respectivos porcentajes deberán ser de cargo de la Administradora. Será facultad de los Aportantes reunidos en asamblea extraordinaria autorizar a la Administradora a exceder los límites anteriores. La Administradora estará facultada para contratar la prestación de servicios externos necesarios para el cumplimiento de su giro, distintos a los señalados o por montos superiores al límite anual señalado al comienzo de esta sección, los que en todo caso serán de cargo de la Administradora. Asimismo, para los gastos del Comité de Vigilancia indicados en el numeral 7) tendrán el límite máximo de 1,25% del Valor de la Inversión. En el informe anual a los partícipes se entregará una información completa de cada uno de estos gastos solventados con recursos del Fondo. Con todo, los impuestos, retenciones u encajes u otro

7 Artículo 23 Límites especiales para determinados gastos Con todo, en los siguientes casos, además de los límites anuales precedentemente referidos, los gastos podrán extenderse hasta un 1,25% del Valor del Fondo, excluyendo para ello los gastos destinados a otras materias: 1. Procesos de venta o compra de activos (incluyendo otros títulos traslaticios), más o menos regulados, formales o informales, que superen 10% del Valor del Fondo, individual o conjuntamente, o que, por otra razón fundada, requieran gastos extraordinarios. 2. Gastos de litigios legales con límite de 2% y gastos financieros con límite de 5% del Valor del Fondo. El límite de 2% respecto de los litigios legales se podrá incrementar hasta en un 20% adicional si se incurre en gastos judiciales y legales extraordinarios para la defensa, en cualquiera de sus formas, de los intereses del Fondo (incluyendo compensaciones monetarias por fallos emitidos en contra de los intereses del Fondo y transacciones judiciales o extrajudiciales). Asimismo, el límite del 20 % se incrementará también hasta en tipo de carga tributaria o cambiaria que, conforme al marco legal vigente, deba pagar el Fondo en la adquisición o enajenación de inversiones directas del Fondo, las operaciones del Fondo o a las ganancias del Fondo, entendiéndose por ganancias los dividendos e intereses que reciba el Fondo por las inversiones directas y el mayor valor de venta de las inversiones directas del Fondo, no tendrán límite. Con todo, en los siguientes casos, los gastos podrán exceder los límites referidos precedentemente, en cuyo caso se estará a los límites que se señalan a continuación: 1. Procesos de venta o compra de activos (incluyendo otros títulos traslaticios), más o menos regulados, formales o informales, que superen 10% del Valor de la Inversión, individual o conjuntamente, o que, por otra razón fundada, requieran gastos extraordinarios: el límite será hasta el 5 % del valor esperado de la compra o venta de los activos que acuerden la Administradora con el asesor financiero que se contrate al efecto, lo que será informado al Comité de Vigilancia. 2. Gastos de litigios legales con límite de 2% y gastos financieros con límite de 5% del Valor de la Inversión. El límite de 2% respecto de los litigios legales se podrá incrementar hasta en un 20% adicional si se incurre en gastos judiciales y legales extraordinarios para la defensa, en cualquiera de sus formas, de los intereses del Fondo (incluyendo

8 un 5% adicional cuando se incurra en gastos financieros relacionados con los pasivos del Fondo. Cualquier exceso de gastos sobre los incrementos señalados precedentemente, será de cargo de la sociedad administradora. Sin perjuicio de lo señalado, los gastos a que se refiere el número 14) del artículo anterior, en cuanto a la enajenación de activos, no estarán sujetos a los límites señalados en el presente artículo, aún cuando se efectúen fuera del Período de Inversión o del Período de Desinversión. compensaciones monetarias por fallos emitidos en contra de los intereses del Fondo y transacciones judiciales o extrajudiciales). Asimismo, el límite del 20 % se incrementará también hasta en un 5% adicional cuando se incurra en gastos financieros relacionados con los pasivos del Fondo. Cualquier exceso de gastos sobre los incrementos señalados precedentemente, será de cargo de la sociedad administradora. CANAL DE CONTACTO PARA ATENDER CONSULTAS A fin de resolver cualquier duda que los aportantes pudieren tener en relación al nuevo texto del Reglamento Interno del Fondo, hacemos presente que estos podrán contactarse con la Administradora a través de su ejecutivo, o bien, escribiendo al correo electrónico operaciones.afi@lasamericas.cl. Sin otro particular, saluda atentamente a Ud., Horacio Peña Novoa Gerente General Penta Las Américas Administradora General de Fondos S.A.