HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZÁLEZ

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Transcripción:

HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZÁLEZ MANUAL PARA LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN, EN TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL Y A SU REGLAMENTO SEPTIEMBRE 2010

ÍNDICE Pag. Considerando...2 Abreviaturas..2 Marco Jurídico...3 Capítulo I Capítulo II Objetivos del Comité...5 De la integración y funciones del Comité...6 1

MANUAL PARA LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN, EN TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL Y A SU REGLAMENTO HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZÁLEZ CONSIDERANDO: El Artículo 29 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 11 de junio de 2002, establece que, los Titulares de las dependencias de la Administración Pública Federal integrarán un Comité de Información, como instancia facultada para llevar a cabo el procedimiento de acceso a la información que señala la propia ley. En cumplimiento a lo anterior, el Hospital General Dr. Manuel Gea González con fecha 29 de Noviembre de 2002, integró su propio Comité de Información. Ante la necesidad de contar con un Manual de Operación e Integración, que rija las actividades del Comité de Información del Hospital General Dr. Manuel Gea González, y con el propósito de facilitar el cumplimiento de lo dispuesto en la LFTAIPG, se procedió a la elaboración del presente documento, que permita la debida consecución de los fines para los cuales fue creado. ABREVIATURAS: Se entenderá por: IFAI.- Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos. LFTAIPG.- Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. SECODAM.- Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo. SFP.- Secretaría de la Función Pública. SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. SISI.- Sistema de Solicitudes de Información. TESOFE.- Tesorería de la Federación. 2

MARCO JURÍDICO CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS D.O.F. 5-II-1917 Reforma: D.O.F. 29-VII-2010 LEYES: Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. D.O.F. 11-06-02 Reformas: 05-VII-2010 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal D.O.F. 29-XII-1976 Reforma: 17-VI-2009 Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos D.O.F. 31-XII-1982 Reforma: 13-VI-2003 Ley General de Salud D.O.F. 7-II-1984 Reforma: 27-IV-2010. Ley Federal de Entidades Paraestatales D.O.F. 14-V-1986 Reforma: 28-XI-2008 Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales D.O.F. 24-XII-1986 Ley Federal del Procedimiento Administrativo D.O.F. 4-VIII-1994 Reforma: 30-V-2000. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos D.O.F. 13-III-2002 Reforma 28-V-2009 Ley de Salud para el Distrito Federal D.O.F. 27-I-2004. Adiciones Gaceta Oficial del D.F. 22-X-2008 Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares. D.O.F. 05-VII-2010 CÓDIGOS Código Civil Federal D.O.F. 26-III-1928 Reforma: 28-I-2010 3

Código Federal de Procedimientos Civiles D.O.F. 24-II-1943 Reforma: 18-VI-2010 REGLAMENTOS Reglamento de la Ley Federal de Entidades Paraestatales D.O.F. 26-I-1990 Reforma: 07-IV-1995 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica D.O.F. 14-V-1986 Reglamento Interior de la Secretaría de Salud D.O.F. 19-I-2004 Reforma: 02-II-2010 Fe de Erratas: 28-I-2004. Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental D.O.F. 11-VI-2003 DECRETOS Decreto por el que se crea el Hospital General Dr. Manuel Gea González D.O.F. 26-VII-1972. Decreto por el que se rige el Hospital General Dr. Manuel Gea González D.O.F. 22-VIII-1988 Decreto del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública. D.O.F. 24-XII-2002. OTRAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS Manual de Organización vigente del Hospital General Dr. Manuel Gea González Manual de Procedimientos vigente del Hospital General Dr. Manuel Gea González Manual de Trámites y Servicios al Público vigente del Hospital General Dr. Manuel Gea González Manual para la Integración y Funcionamiento de las Unidades de Enlace y Comités de Información de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal en los términos del IFAI. 4

MANUAL PARA LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN, EN TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL Y A SU REGLAMENTO HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZÁLEZ Capítulo I De Objetivos del Comité ARTÍCULO 1º La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG), publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 11 de junio de 2002, es de orden público y tiene la finalidad de proveer lo necesario para garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, los órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal, y cualquier otra entidad federal. ARTÍCULO 2º Toda la información gubernamental a que se refiere la LFTAIPG es pública y los particulares tendrán acceso a la misma en los términos que ésta señala, con excepción de la información reservada o confidencial. ARTÍCULO 3º La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental establece la obligación de los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal de designar a las Unidades de Enlace e integrar los Comités de Información, quienes serán las instancias facultadas para llevar a cabo el procedimiento de acceso a la información que señala la propia ley. ARTÍCULO 4º Para dar cumplimiento a lo dispuesto por la LFTAIPG, el titular del Hospital General Dr. Manuel Gea González, designó a la Unidad de Enlace e integró el Comité de Información, en los términos que la misma Ley señala. ARTÍCULO 5º La Unidad de Enlace será el vínculo entre esta entidad y el solicitante. La Unidad de Enlace recibirá las solicitudes de acceso a la información; orientará a los particulares sobre la manera de realizarlas; gestionará dichas solicitudes al interior de esta dependencia; será la responsable de hacer las notificaciones a que se refiere la LFTAIPG y llevará a cabo todas las gestiones necesarias a fin de facilitar el acceso a la información. ARTÍCULO 6º El Comité de Información del Hospital General Dr. Manuel Gea González, tendrá importantes funciones normativas, de decisión, de supervisión y de organización de los procedimientos de acceso y conservación de la información, mismas que se mencionan en el Capítulo II de este Manual. ARTÍCULO 7º Contra las resoluciones del Comité de Información que nieguen el acceso o informen de la inexistencia del documento, el particular podrá interponer por sí mismo o a través de su representante, el recurso de revisión ante el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos o ante la Unidad de Enlace de este hospital, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de la notificación. La Unidad de Enlace deberá remitir el asunto al Instituto al día siguiente de haberlo recibido. El Comité será el responsable de presentar ante el Instituto los argumentos que soporten dicha resolución. 5

Capítulo II De la Integración y Funciones del Comité de Información ARTÍCULO 8º En términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y su Reglamento, el Comité de Información del hospital estará integrado por el Titular del Órgano Interno de Control, el Titular de la Unidad de Enlace (Subdirector de Planeación) y el Servidor Público designado por el Director General de este hospital (Subdirector de Asuntos Jurídicos). Los miembros del Comité de Información del hospital sólo podrán ser suplidos en su ausencia por los titulares de los Departamentos de: Auditoría para Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública del Órgano Interno de Control; Organización y Métodos de la Unidad de Enlace y el de Normatividad, Convenios y Contratos por el Subdirector de Asuntos Jurídicos. El Comité de Información sesionará cuando menos 6 veces al año, y serán presididas por el Presidente del Comité de Información, quien será el Servidor Público designado por el titular del hospital. Las decisiones del Comité de Información se adoptarán por mayoría de votos. La Unidad de Enlace dará seguimiento a los acuerdos determinados por el Comité de Información, mediante acuerdos programados para las sesiones posteriores. Los Comités de Información deberán enviar al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos mediante los sistemas que para tal efecto establezca éste, dentro de los primeros 20 días hábiles del mes de enero de cada año, toda la información que posean relativa a: I. El número y tipo de solicitudes de información presentadas y sus resultados, incluidas aquellas en las que no fue posible localizar la información en los archivos. II. Los tiempos de respuesta a las diferentes solicitudes; III. El estado en que se encuentran las denuncias presentadas por el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos ante los Órganos Internos de Control, y IV. Las dificultades observadas en el cumplimiento de la Ley, este Reglamento y demás disposiciones aplicables. Funciones del Comité: I.- Coordinar y supervisar las acciones de este hospital tendientes a proporcionar la información prevista en la Ley; II.- Instituir de conformidad con el reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, los procedimientos para asegurar la mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información; III.- Confirmar, modificar o revocar la clasificación de la información hecha por los titulares de las unidades administrativas de este hospital; IV.- Realizar a través de la unidad de enlace, las gestiones necesarias para localizar los documentos administrativos en los que conste la información solicitada; 6

V.- Establecer y supervisar la aplicación de los criterios específicos para esta entidad en materia de clasificación y conservación de los documentos administrativos, así como la organización de archivos, de conformidad con los lineamientos expedidos por el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos y el Archivo General de la Nación, según corresponda; VI.- Elaborar un programa para facilitar la obtención de información de esta entidad, que deberá ser actualizado periódicamente y que incluya las medidas necesarias para la organización de los archivos y VII.- Elaborar y enviar al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, de conformidad con los lineamientos que éste expida, los datos necesarios para la elaboración del informe anual a que se refiere el artículo 39 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. 7