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Transcripción:

1 ARTÍCULO 69.- Son obligaciones y facultades de la Secretario Estadística y Asuntos Administrativos, I).- Llevar la Estadística General de El Sindicato, en cuanto a actividades, solicitud y entrega de prestaciones, movimientos de escalafón, la cual servirá de base para elaborar estudios tendientes al mejoramiento de los miembros de la organización. II).- Tener en una base de datos el registro de los agremiados del Sindicato con los datos siguientes como mínimo: Ø Nombre completo, domicilio y teléfono. Ø Fecha de ingreso a la organización y al trabajo. Ø Lugar de adscripción Ø Movimientos Escalafonarios. Ø Profesión y/o Oficio. Ø Salario, y otras gratificaciones económicas. Ø Los demás datos que considere necesarios, procurando que sean los más completos posibles para llevar a efectos los estudios de que habla la fracción. III).- Realizar los trámites administrativos, previo acuerdo con la Secretaría General y la coordinación que se requiera con otra Secretaria, ante la Dependencia que corresponda, con el objeto de tener en tiempo las prestaciones en especie a que tienen derecho los agremiados de El Sindicato. IV).- En general realizar y dar seguimiento a todo trámite ante el área Administrativa del H. Ayuntamiento que corresponda, para efectos de estadística o de archivo, informando cuando se lo solicite, otro secretario sindical, del proceso del trámite. V).- Los titulares de las diferentes Secretarías, recibirán y darán puntual seguimiento a los asuntos de su competencia, en el entendido, que el trámite ante el área administrativa del H. 1

2 Ayuntamiento, que corresponda será Secretaría. por conducto de ésta VI).- Atender con prontitud todos los asuntos que competan a sus Secretaría, acordándolos oportunamente con la Secretaría General y firmando con este la correspondencia y demás documentos de su competencia. VII).- Las demás que le impongan estos estatutos y las que de manera especial le asigne la Secretaría General. ARTÍCULO 70.- Son obligaciones y facultades de la Secretaría Vivienda, Gestión Social y Política. I).- Realizar gestiones tendientes a que los agremiados del sindicato obtengan acceso a programas de vivienda. II).- Gestionar para los agremiados al sindicato paquetes de materiales, créditos hipotecarios y cualquier beneficio que en esta materia sea en provecho de los mismos. III).- Asesorar a los trabajadores en la tramitación de los permisos de construcción y de más relacionados ante la autoridad correspondiente. IV).- Gestionar descuentos comerciales y de servicio para los agremiados sindicales. V).- Vigilar el estricto cumplimiento de las prestaciones laborales competentes a su representación. VI).- Demandar que el H. Ayuntamiento cumpla la obligación de otorgar estímulos honoríficos y económicos a los que tienen derecho los agremiados del Sindicato. VII).- Procurar becas ante Instituciones para los agremiados que estén estudiando y para los hijos de los trabajadores. 2

3 VIII).- Gestionar ante instituciones de Gobierno y particulares de salud apoyos o descuentos cuando lo requieran los agremiados para sus familiares. IX).- Gestionar ante las funerarias apoyos, descuentos o créditos, cuando lo requiera algún agremiado o en su caso el familiar. X).- Ser gestor ante fonacot u otras organismos similares para autorización de créditos a los agremiados sindicales. XI).- Fomentar la participación de los agremiados en el ejercicio de sus derechos políticos. XII).- Procurar la participación de los agremiados en los puestos de elección popular en el partido político que sea a fin a la declaración de Principios y Programa de Acción del Sindicato. XIII).- Tener la representación del Sindicato en los actos políticos que se invite a la organización. XIV).- Atender con prontitud todos los asuntos que competan a su secretaria acordándolos oportunamente con la Secretaría General y firmando con este la correspondencia y demás documentos de su competencia. XV).- Las demás que le impongan estos estatutos y las que de manera especial le asigne la Secretaría General. ARTÍCULO 71.- Son facultades y obligaciones del Secretario de Prensa, Deportes y Acción Social. I).- Planear y realizar la edición de documentos y periódicos útiles a los fines ideológicos del sindicato, así como la divulgación de la información sobre las actividades de la organización. 3

4 II).- Recabar permanentemente de las demás Secretarías el material informativo que sobre actividades sindicales deba ser incluido en los órganos propagandístico e informativos del organismo sindical. III).- Llevar un archivo periodístico en lo referente al sindicato. IV).- Responsabilizarse junto con la Secretaría General de las publicaciones y divulgación de información de El Sindicato en los diversos medios de comunicación. V).- Mantener relaciones periodísticas con medios de comunicación y demás órganos de publicidad que estén a su alcance. VI).- Las demás que le impongan estos estatutos y las que de manera especial le asigne el secretario general. VII).- Conocer e intervenir en la preparación de actos de carácter cívico, social y deportivo en los que participe el sindicato. VIII).- Tener la representación del sindicato en los actos cívicos, sociales, culturales y deportivos en que se invite a la organización. IX).- Proporcionar copia a la Secretaría de Estadística y Asuntos Administrativos durante los primeros 8 días de cada mes de las representaciones inherentes a su cargo. X).- Promover y encauzar actividades sociales y culturales conjuntamente con la Secretaria de Organización y Asuntos Internos, para los agremiados y sus familias a efecto de fortalecer la unidad sindical. XI).- Tener a su cargo la organización y control del desarrollo cultural, social y deportivo de los agremiados del sindicato. XII).- Elaborar y presentar a los delegados un programa anual de actividades deportivas y culturales atendiendo sugerencias de los agremiados. 4

5 XIII).- Hacer todas las gestiones necesarias con el fin de engrandecer la biblioteca sindical. XIV).- Fomentar el deporte y el interés a actividades culturales entre los agremiados. XV).- Fomentar la creación artística entre los agremiados. XVI).- Contribuir a los programas de mejoramiento social, ecológico y protección de los recursos naturales promovidas por el H. Ayuntamiento o Institución encargadas de la materia. XVII).- Atender con prontitud todos los asuntos que competan a su Secretaría, acordándolos con la Secretaría General y firmando con esta la correspondencia y demás documentos de su incumbencia. XIX).- Las demás que le impongan estos estatutos o las que de manera especial le asigne la Secretaría General. ARTÍCULO 72.- Son obligaciones de la Comisión de Honor y Justicia. I).- Conocer las consignaciones que le haga la Secretaría General, los delegados o cualquier agremiado y proponer las sanciones correspondientes que se pondrán a consideración de la asamblea. II.- Escuchar en defensa al acusado y defensores. III).- Presentar y comentar sus dictámenes ante la asamblea cuando sea requerido para ello y defenderlos cuando sean impugnados. IV).- Las demás que le impongan estos estatutos y las que de manera especial acuerde la asamblea. 5

6 ARTÍCULO 73.- Son obligaciones de la Comisión de Vigilancia. I).- Vigilar que los fondos sindicales no se empleen en gastos distintos a los aprobados. II).- Informar a la asamblea de cualquier anomalía que encuentre en el manejo de fondos a cargo de la tesorería del Sindicato. III).- En caso de que lo considere necesario realizar arqueos a la tesorería del sindicato. IV).- Glosar la cuenta semestral revisar y aprobar en su caso los cortes de caja. V).- Vigilar que el acceso y comportamiento en las asambleas se realice conforme lo señalan los presentes estatutos. VI).- Estar al cuidado que en las actividades en que participe El Sindicato, se conserve el buen comportamiento de los agremiados. VII).- Atender con prontitud todos los asuntos que competan a su Secretaria, acordándolos con la Secretaria General y firmando con este la correspondencia y demás documentos de su incumbencia. VIII).- Las demás que le impongan estos estatutos o las que de manera especial le asigne la Secretaria General. 6