LEY DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Y AL USUARIO
EDUCACIÓN FISCALIZACIÓN
FISCALIZACIÓN EDUCACIÓN PARA EL CONSUMO
Es el organismo competente para orientar, educar y defender los derechos de los consumidores y usuarios
ATRIBUCIONES DEL INDECU Educar e informar al proveedor, consumidor y usuario sobre sus deberes y derechos. Orientar y educar a los consumidores y usuarios y defenderlos frente a las trasgresiones a la ley. Requerir de cualquier persona natural o jurídica, pública o privada la información o documentación necesaria. Efectuar sondeos, encuestas e investigaciones.
ATRIBUCIONES DEL INDECU Vela por que los órganos públicos y privados respeten los derechos de los consumidores y usuarios y coadyuven en su defensa. Suscribir acuerdos de cooperación con organismos internacionales para promover la seguridad y la protección del consumidor y usuario. Efectuar reuniones cada seis meses con las asociaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas. Promover y realizar cursos, talleres, seminarios, conferencias, publicaciones y otras acciones dirigidas a la educación.
SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Y AL USUARIO Órgano Rector Organismos Estadales INDECU Asociaciones y Federaciones de Consumidores y Usuarios Municipales Parroquiales
DERECHOS IRRENUNCIABLES DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS Protección de sus intereses económicos. Acceso a la información necesaria para elegir. Adquisición de bienes y servicios. Medidas que permitan la obtención de compensación. Reparación o indemnización. Acceso a productos y servicios, seguros y de calidad. Protección contra la publicidad engañosa.
CONSUMIDOR Toda persona natural que adquiera, utilice o disfrute bienes de cualquier naturaleza como destinatario final USUARIO Toda persona natural o jurídica, que utilice o disfrute servicios de cualquier naturaleza como destinatario final I N D E C U Círculo del Consumo PROVEEDOR Toda persona natural o jurídica, de carácter público o privado, que desarrolle actividades de producción, importación, distribución o comercialización de bienes o de prestación de servicio a consumidores y usuarios
QUÉ ASPIRAMOS CON EL CÍRCULO C DEL CONSUMO? CONSUMIDOR Y USUARIO Planificar su presupuesto Comparar precios Buscar la mejor relación precio-valor Mayor rentabilidad Satisfacción al Cliente Promover servicios de atención al cliente PROVEEDOR
OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR Entregar al consumidor factura, comprobante o recibo en forma detallada y precisa. Respetar los términos, plazos, condiciones, modalidades, garantías. Suministrar al consumidor y/o usuario las garantías suficientes contra desperfectos, mal funcionamiento. No condicionar la venta de un bien o la prestación de un servicio.
ASÍ DEBE SER LA FACTURA
1. Condicionar la venta de bienes y servicios declarados o no de primera necesidad CONDICIONAMIENTOS 2. Discriminar de manera alguna a los consumidores y usuarios 3. Condicionar la prestación de los servicios 5. Establecer diferencia alguna entre los bienes y servicios que ofrezcan al consumidor y usuario PROHIBICIONES ESTABLECIDAS EN LA LPCU 4. Imponer al consumidor o usuario la aceptación de vales, fichas o mercancías 6. Suspender parcial o totalmente la oferta y venta de bienes en serie.
USURA Acción Acción de de sacar sacar provecho provecho o ventaja ventaja desproporcionada desproporcionada mediante mediante acuerdos acuerdos o convenios convenios ESPECULACIÓN Acción Acción de de vender vender bienes bienes o prestar prestar servicios servicios declarados declarados de de primera primera necesidad necesidad a un un precio precio mayor mayor del del establecido establecido por por el el gobierno gobierno ACAPARAMIENTO Acción Acción tendiente tendiente a restringir restringir la la oferta, oferta, circulación circulación o servicios, servicios, con con el el fin fin de de elevar elevar su su precio precio
GARANTÍA Es la obligación que tiene el proveedor de responder por el buen funcionamiento del bien o la apropiada prestación del servicio.
QUÉ DEBE CONTENER LA GARANTÍA?
DEBES SABER QUE Cuando un bien o servicio está en reparación se prolonga la duración garantía En piezas reconstruidas la garantía no puede ser menor de 90 días Debe estar avalada por los talleres autorizados Se debe indemnizar al usuario por la pérdida del bien o deterioro
PRECIOS P.V.P. P.M.V.P. P.S.V. P.O.
TIPOS DE MARCAJES ESTAMPAS ETIQUETAS ADHERIDAS P.V.P. MARBETES LISTA DE PRECIOS
Tachar, remover o enmendar la etiqueta Cobrar precios superiores a los exhibidos QUÉ SE PROHIBE? Marcar más de un precio en un mismo producto Exponer a la venta aquellos productos cuya fecha de expiración haya llegado a su límite
Es aquél cuyas cláusulas han sido colocadas de forma unilateral por el proveedor de bienes y servicios, y los consumidores y usuarios no pueden modificar su contenido CONTRATO DE ADHESIÓN
CARACTERÍSTICAS Deberá estar redactado en términos claros y comprensibles para el consumidor y usuario. Redactado en idioma castellano. No podrá contener remisiones a textos o documentos. Las cláusulas que limitan los derechos patrimoniales de los consumidores y usuarios deberán ser resaltadas.
PROMOCIONES Son prácticas comerciales que consisten en ofrecerle al público bienes y/o servicios con el incentivo de entregar, adicionalmente, premios de cualquier naturaleza en forma gratuita o a menor precio.
PROMOCIONES
REQUISITOS PARA NOTIFICAR PROMOCIONES Carta dirigida al presidente del INDECU, notificando la promoción. La notificación debe hacerse por lo menos con ocho (8) días de antelación. Los proveedores deben informar los términos y condiciones de las promociones. Se deberá informar los beneficios a los consumidores y usuarios. Duración de la promoción.
Para mayor información Llamada gratuita 0800-INDECU-1 (0800-4633281) www.indecu.gov.ve Sede Central Av. Libertador, Centro Comercial Los Cedros, La Florida, Caracas
POR SU PARTICIPACIÓN